ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAA
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SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDADCÓDIGOCYC-PRO-009
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PROCESO GESTIÓN DE TRAMITES Y SERVICIOS AMBIENTALESVERSIÓN5
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PROCEDIMIENTO PARA PROSPECCION Y EXPLORACION DE AGUAS SUBTERRANEASFECHA DE ACTUALIZACIÓN 1/22/2019
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1. OBJETIVO
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Tramitar ante la Corporación el permiso de prospección y exploración de Aguas Subterráneas
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2. ALCANCE
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Este procedimiento aplica desde la recepcion de la informacion para el trámite de permisos de exploracion y prospeccion de aguas subterraneas, la evaluación jurídica y técnica de la viabilidad de otorgar o no el permiso hasta terminar con la publicacion del acto administrativo que la otorga o niega.
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3. BASE LEGAL
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Constitucion politica de 1991
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Ley 99 de 1993 (creacion del SINA)
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Decreto - Ley 2811 de 1974 (Codigo de los Recursos Naturales)
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Decreto 1076 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible
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4. DEFINICIONES
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Cuenca hidrografica: Área de aguas superficiales o subterráneas, que vierten a una red hidrográfica natural con uno o varios cauces naturales, de caudal continuo o intermitente, que confluyen en un curso mayor que, a su vez, puede desembocar en un río principal, en un depósito natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar.
Agua freatica: Agua contenida en rocas permeables, como la caliza, y en sedimentos no consolidados como la arena y la grava. El nivel de las aguas subterráneas por debajo del cual las rocas o los sedimentos están saturados recibe el nombre de “zona del agua de crecida”; en consecuencia, el agua presente en los suelos de un humedal se considera agua subterránea si el suelo está casi permanentemente saturado.
Acuífero: Formación geológica construida por materiales permeables o fisurados, capaz de almacenar y transportar un flujo significativo de agua denominada subterránea o freática; por lo general, son formaciones de alta permeabilidad cuando su material parental es yeso, caliza, arenisca y grava; también pueden ser de baja permeabilidad en cuyo caso están compuestos por granitos fracturados.
Área de recarga: Espacio donde el agua proveniente de las lluvias se introduce a través del suelo para alcanzar el acuífero.
Reserva de un acuífero: Es la cantidad de agua subterránea almacenada en el acuífero.
Caudal disponible un acuífero: Corresponden al caudal que se podría extraer continuamente de un acuífero, sin que se reduzcan sus reservas.
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5. REGISTROS Y DOCUMENTOS
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CYC-FOR-017Lista de chequeo solicitud para la exploracion y prospeccion de aguas subterraneas.
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CYC-FOR-029Determinación de costos de proyecto debidamente diligenciado y firmado.
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CYC-FOR-050Formato concepto técnico.
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Formulario Único Nacional de Solicitud de Exploracion y Prospeccion de Aguas Subterraneas.
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Documentos que acrediten la personería juridica del solicitante y el documento de indentidad del representante legal. Para persona natural, fotocopia del documento de identidad
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Poder debidamente otorgado cuando se actue por medio de apoderado (cuando aplique).
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Certificado actualizado del registrador de instrumentos públicos y privados sobre la propiedad del inmueble con fecha de expedicion no superior a dos (2) meses al momento de radicar la solicitud, o la prueba adecuada de la sana posesión o tenencia (excepto para proyectos a ejecutar sobre bienes de dominio publico como vias y fuentes hidricas, entre otros).
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Cuando se trate de predios ajenos al solicitante, autorización expresa del propietario o propietarios del predio donde se va a realizar la exploración.
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Certificado de Uso de Suelo vigente, expedido por la oficina de Planeacion Municipal
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Documento tecnico contenido de: Descripción general del proyecto, características hidrogeológicas de la zona donde se desarrollara el pozo (estudio hidrogeológico si se tienen,o información geoeléctrica disponible para definir la zona de interés y adelantar los sondeos eléctricos verticales (SEVs), mínimo tres SEVs, o en su defecto utilizar cualquier método de exploración geofísica aplicable para definir el punto de exploración hechos por empresas que acrediten idoneidad en la materia, con su respectiva interpretación), diseño preliminar del pozo; ubicación y extensión del predio o predios a explorar indicando si son propios, ajenos o baldíos;Nombre y número de inscripción de la empresa perforadora, y relación y especificaciones del equipo que va a usar en las perforaciones;Sistema de perforación a emplear y plan de trabajo;PRESENTADO DE MANERA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO.
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Comprobante de pago del servicio de evaluacion.
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6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
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ACTIVIDADDESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDADEJECUTORÁREA DE EJECUCIÓNOBSERVACIÓNREGISTRO
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1Verificacion de la lista de chequeo relacionada con el procedimiento.TecnicoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalEl tecnico verificara si los requisitos están completos.Lista de chequeo solicitud para la exploracion y prospeccion de aguas subterraneas CYC-FOR-017
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2Recepción y registro en el sistema de información. Auxiliar / Técnico AdministrativoSubdirección Administrativa/Subdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalDocumento radicado.base de datos correspondencia-ATHENTO
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3Asignación de la solicitud de exploracion y prospeccion de aguas subterraneas.CoordinadorSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalReparto de acuerdo a la distribución interna del área / Subsede / Unidadbase de datos correspondencia
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4Revision preliminar de la documentacion e informacion e informacion presentada para el tramite.Tecnico / AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalReparto de acuerdo a la distribución interna del área / Subsede / Unidad
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5Si el usuario no presenta la información completa, se devuelve la solicitud (documentos e informacion tecnica) mediante oficio, para su complementación. Si la informacion tecnica y documentos estan completos, se procede con el item 7.Tecnico y AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe elabora oficio requiriendo la complementacion de la documentacion de acuerdo con la revision realizada por parte del tecnico y abogado.Oficio de devolución-ATHENTO
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6El usuario radica la información completa.Auxiliar administrativoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalDocumento radicado.base de datos correspondencia-ATHENTO
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7Se establece el valor de la liquidación por servicio de evaluación y se remite la factura de pago al peticionario mediante oficio.Coordinador y AbogadoSubdirección de Contro y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe remite oficio junto con la factura indicando los costos a pagar por servicios de evaluacion.Factura-ATHENTO
Determinación de costos de proyecto debidamente diligenciado y firmado CYC-FOR-029
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8Si el usuario manifiesta desacuerdo con la factura generada, se revisa la liquidación, se confirma o modifica el oficio y factura, y se surte el paso 7 continuando hacia el paso 9.Coordinador y AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalOficio de Reliquidación (factura) -ATHENTO.
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9El usuario presenta documento que acredite el pago por servicios de evaluacion.Coordinador designa funcionarioSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe radica la factura cancelada.Factura cancelada
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10Se emite comprobante del pago.Profesional Area RecaudosSubdireccion Administrativa y Financiera
La Oficina de Recuados reporta los respectivos recaudos por concepto de servicios de evaluación a la Subdireccion de Control y calidad
Comprobante de pago
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11Se registra información en la ventanila integral de trámites ambientalesAuxiliar administrativoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad Ambiental
Se genera Número de registro VITAL
VITAL
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12Se da apertura al expediente.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalExpediente aperturado
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13Se proyecta auto de inicio de tramite.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe ordena la evaluación de la información allegada, la realización de la visita técnica y publicación del acto administrativoAuto de inicio proyectado
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14El auto de inicio es revisado por el lider juridico.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe ordena la evaluación de la información allegada, la realización de la visita técnica y publicación del acto administrativoAuto de inicio proyectado
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15Se numera el acto administrativo de inicio de tramite.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalAuto de inicio numerado en expediente
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16Se realiza citacion para notificación del auto de inicio de tramite.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalOficio de citacion / VITAL
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17Se notifica el auto de inicio de tramite.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las subsedes o unidad ambiental.constancia de notificacion / VITAL
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18Se comunica y se publica el auto notificado.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalSe comunica a la Subdirección de Control y Calidad los autos ejecutoriadosGaceta o pagina web.
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19Se hace revision de la documentacion tecnica presentada y proyecccion del concepto. En caso de que el proyecto implique la prospección y exploración para un número plural de pozos mayor de 10 unidades, se realizará visita técnica para verificar las condiciones ambientales para cada caso.TécnicoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSi en la evaluación se determina que la información no se ajusta a los requisitos de la normatividad se realiza el respectivo requerimiento.Formato de concepto tecnico CYC-FOR-050, Formato de Informe tecnico CYC-FOR-051
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20Revision del concepto o informe tecnico por parte del lider tecnico y coordinador de grupo de evaluacion.Coordinador / TecnicoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalFormato de concepto tecnico CYC-FOR-050, Formato de Informe tecnico CYC-FOR-051
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21Si el profesional designado determina que el usuario debe corregir o complementar informacion, se genera auto de requerimientos con el cual se suspende el proceso. En caso contrario se surte el paso 27.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalVITAL
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22El auto de requerimientos es revisado por el lider juridico.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalAuto de inicio proyectado
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23Se numera el acto administrativo de requerimientos.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalAuto de inicio numerado en expediente
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24Se realiza citacion para notificación del auto de requerimientosAbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalOficio de citacion / VITAL
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25Se notifica el auto de requerimientosAuxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las subsedes o unidad ambiental.constancia de notificacion / VITAL
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26Se emitirá el concepto técnico, en el cual se determina la viabilidad técnica de la exploracion y prospeccion de aguas subterraneas. En este punto se incluye el analisis de la documentacion complementaria que el solicitante haya entregado en cumplimiento del auto de requerimientos indicado en el item 23.TécnicoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalFormato de Concepto Técnico CYC-FOR-050

VITAL
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27Se numera el concepto técnico de evaluación técnicaAuxiliar administrativoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalConcepto numeradoFormato de Concepto Técnico CYC-FOR-050

VITAL
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28Se proyecta la resolución por parte del profesional juridico, en el cual se otorga o niega el permiso.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalResolucion proyectada
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29La resolucion es revisado por el lider juridico.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalResolucion revisada
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30Se numera la resolucion que otorga o niega la autorizacion y/o permiso de ocupacion de cauce.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalResolucion numerada en expediente
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31Se realiza citacion y se notifica la resolucion.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las subsedes o unidad ambiental.Oficio de citacion y constancia de notificacion / VITAL
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32Se comunica y se publica la resolucion notificada.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalGaceta o pagina web.
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33Si el usuario interpone recurso, éste será evaluado por el técnico de la SCCA y/o el abogado de la SCCA según corresponda. En caso que el solicitante no presente recurso de reposicion, el proceso continuara en el item 50.Técnico / AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalFormato de Concepto Técnico CYC-FOR-050

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34Se proyecta resolución como respuesta al recurso interpuesto.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalResolucion proyectada
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35Se revisa y firma resolución resolviendo recurso interpuesto.Director General / Director TerritorialDirección General / Director TerritorialAnálisis de motivaciones técnico jurídicas para aceptar o negar el recurso de reposición y ordena la publicación de este acto administrativoResolución firmada
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36Se numera la resolucion resolviendo recurso de reposicion.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalResolucion numerada en expediente
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37Se realiza citacion y se notifica la resolucion.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las Subsedes o unidad ambiental.Oficio de citacion y constancia de notificacion / VITAL
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38Se comunica y se publica la resolucion notificada.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalGaceta o pagina web.
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39En caso de que el peticionario no de cumplimiento al auto de requerimientos indicado en el item 22 en los tiempos establecidos en dicho acto administrativo, el profesional juridico procede a proyectar el auto de archivo del expediente considerando "desistimiento" del proceso por parte del solicitante.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalResolucion proyectada
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40El auto de archivo es revisado por el lider juridico.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe consideran las razones que motivan el desistimiento del tramite, considerando la falta de documentacion y/o informacion tecnica requerida por la CorporacionAuto de archivo proyectado
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41Se numera el acto administrativo de archivo.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalAuto de archivo numerado en expediente
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42Se realiza citacion y se notifica el auto de archivo.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las subsedes o Unidad Ambiental.Oficio de citacion y constancia de notificacion / VITAL
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43Se comunica y se publica el auto notificado.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalGaceta o pagina web.
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44Si el usuario interpone recurso, éste será evaluado por el técnico de la SCCA y/o el abogado de la SCCA según corresponda.Técnico / AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalFormato de Concepto Técnico CYC-FOR-050

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45Se proyecta auto como respuesta al recurso interpuesto.AbogadoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalAuto proyectado
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46Se revisa y firma auto resolviendo recurso de reposicion interpuesto.Subdirector Control y Calidad Ambiental / Director TerritorialSubdireccion de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad ambientalAnálisis de motivaciones técnico jurídicas para aceptar o negar el recurso de reposición y ordena la publicación de este acto administrativoAuto revisado y firmada
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47Se numera el auto resolviendo recurso de reposicion.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalAuto numerado en expediente
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48Se realiza citacion y se notifica el auto respondiendo el recurso de reposicion.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalLas notificaciones se realizaran en la sede principal a través de la Secretaria General y en las subsedes o unidad ambiental.Oficio de citacion y constancia de notificacion / VITAL
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49Se comunica y se publica el auto de respuesta de recurso de reposicion notificado. En caso de que se retome el tramite, se debe pasar al numeral 26.Auxiliar administrativoSecretaria General / Subsede / Unidad AmbientalGaceta o pagina web.
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50Ejecutoriado el acto administrativo se enlista para realizar el control y seguimiento a las condiciones del permiso ambiental y obligaciones impuestas en el acto administrativo que otorgo la exploracion y prospeccion de aguas subterraneas.Abogado y TécnicoSubdirección de Control y Calidad Ambiental / Subsede / Unidad AmbientalSe realiza la inspección y evaluación técnica y ambiental de la exploracion de aguas subterraneas.Procedimiento seguimiento y control CYC-PRO-013
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7. CONTROL DE CAMBIOS
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VERSION FECHA MOTIVO DEL CAMBIORESUMEN DEL CAMBIO
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110/1/2014Revisión general del documentoDebido a recodificacion de los Procesos, se actualizan todos los documentos
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27/13/2015Actualización del Sistema de Gestión IntegralActualización en encabezado y versión del documento
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38/1/2015Actualización del Sistema de Gestión IntegralActualización del documento
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45/5/2017Armonización ISO 9001:2015Actualización en encabezado y versión del documento y ajuste a la guía documental
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511/28/2018Revision general del documentoactualización en registro y documenos
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