ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaLTAIPBCSA75FIIASe deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puesto (Redactados con perspectiva de género)Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género)Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembrosÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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20241/1/202431/3/2024
H. Consejo General Universitario
Consejero General UniversitarioConsejero General UniversitarioNASección Primera Art. 15
El H. Consejo General tendrá las siguientes atribuciones: I. Expedir todas las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general para la organización y funcionamiento académico y administrativo de la Universidad; II. Crear modificar o suprimir a propuesta del Rector y/o de los Consejos Académicos la organización académica que se requiera para el cumplimiento del objeto institucional; III. Crear, modificar o suprimir a propuesta del Rector y/o de los Consejos Académicos los planes y programas de estudio; IV. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos que presente el Rector; V. Otorgar reconocimientos y conferir grados honoríficos; VI. Elegir y nombrar cada año al miembro de la Junta Consultiva que sustituya al que ocupe el último lugar en el orden que esta haya fijado por insaculación y a quienes cubrirán las vacantes que se presenten por cualquier causa; VII. Elegir y nombrar como auditor externo a un despacho independiente de reconocido prestigio; VIII. Conocer y resolver sobre el dictamen de auditoria externa a la cuenta anual universitaria y los estados financieros; IX. Conocer y resolver sobre el informe anual del Rector; X. Elegir y nombrar a los integrantes del organismo autónomo defensor de los derechos de los universitarios; XI. lntegrar las comisiones que requieran los asuntos de su competencia; XII. Autorizar la adquisición y la enajenación de bienes inmuebles; XIII. Revisar a petición de parte, y resolver como última instancia, las sanciones impuestas por otros órganos de la Universidad; XIV. Conocer y resolver los casos que no sean competencia de ningún otro órgano de la universidad; XIV. Conocer y resolver los casos que no sean competencia de ningún otro órgano de la universidad; XVI. Elegir y nombrar al Rector, conforme el siguiente procedimiento: a) La Comisión Electoral del H. Consejo General Universitario publicara la convocatoria para la elección del Rector, previamente aprobada por el pleno del H. Consejo General Universitario; b) La Comisión Electoral recibirá la documentación de cada uno de los aspirantes para su registro de acuerdo al artículo 18 de esta ley; c) En caso de que haya más de tres aspirantes, la Comisión Electoral entregará los expedientes de los aspirantes registrados a la Junta Consultiva, la cual, previa evaluación de los expedientes de los aspirantes y auscultación a la comunidad universitaria, deberá proponer una terna con los mejores perfiles al H. Consejo General Universitario. De entre ellos, el H. Consejo General Universitario elegirá al Rector; d) En caso de que haya tres aspirantes o menos, el H. Consejo General Universitario elegirá al Rector; e) En ambos casos la elección del Rector se hará por mayoría calificada. Cada consejero podrá votar por un candidato; f) La mayoría calificada se obtendrá cuando un candidato obtenga las dos terceras partes de los votos; g) En caso de que en la primera ronda no se alcance la mayoría calificada, se procederá a una segunda en la que se elegirá por mayoría simple. XVII. Conocer y decidir sobre la renuncia del Rector; XVIII. Designar a los miembros del Patronato; y XIX. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
https://www.uabcs.mx/dppu41Abogado General10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Junta ConsultivaMiembroMiembro de la Junta ConsultivaNASección tercera, Artículo 22,23,24,25
La Junta Consultiva tiene las atribuciones siguientes: I. Realizar el proceso de evaluación de expedientes y la auscultación a la comunidad universitaria sobre los aspirantes para la designación de Rector previo a la integración de la terna cuando el registro de aspirantes sea mayor de tres. II. Conocer y resolver en definitiva cuando el Rector vete los acuerdos del H. Consejo General Universitario; Ill. Conocer y resolver· en definitiva de conflictos entre órganos de gobierno de la Universidad, a solicitud del H. Consejo General Universitario; IV. Proponer su propio reglamento para su análisis y, en su caso, aprobaci6n ante el H. Consejo General Universitario.
https://www.uabcs.mx/dppu7Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Junta HacendariaMiembroMiembro de la Junta HacendariaNASección séptima, Artículo 36, Reglamento de la Junta Hacendaria
La Junta Hacendaria estará conformada por tres miembros designados por el H. Consejo General Universitario y desempeñaran su cargo por cinco anos de forma honorífica. Los miembros de la Junta Hacendaria tendrán las atribuciones y obligaciones que se establezcan en el reglamento correspondiente. En lo referente al presupuesto anual, la Junta Hacendaria deberá conocer, analizar y poner a disposición del Secretario del HCGU, su dictamen del presupuesto. Por conducto del Rector, la Junta Hacendaria podrá solicitar información complementaria con respecto al presupuesto universitario. En lo referente a la cuenta anual, la Junta Hacendaria, previo dictamen del auditor externo, deberá conocer, analizar y poner a disposición del secretario del Consejo su dictamen de la cuenta anual. La Junta Hacendaria deberá conocer y analizar el informe semestral que presente el Tesorero General de la Universidad y poner sus comentarios a disposición del Secretario del Consejo General.

https://www.uabcs.mx/dppu3Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Defensoría de los Derechos Universitarios
MiembroMiembro de la Defensoría de los Derechos UniversitariosNASección séptima, capítulo VI, Artículo 39
La Defensoria de los Derechos Universitarios es el organismo encargado de la defensa de los derechos humanos de los miembros de la comunidad universitaria. Sus dictamenes tendran el caracter de recomendación. Su composición y funcionamiento se estableceran en el reglamento correspondiente.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Patronato Universitario
MiembroMiembro del Patronato UniversitarioNASección sexta, Atículo 35
I. Gestionar el incremento del patrimonio universitario; II. Obtener ingresos para el financiamiento de la Universidad; II. Obtener ingresos para el financiamiento de la Universidad; III. Las demas que establezcan otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad
https://www.uabcs.mx/dppu6Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024RectoríaRectorRectorNALey Orgánica, Artículo 20
Fundamento Legal: Ley Orgánica, Artículo 20
I. Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus reglamentos, así como los acuerdos y decisiones del H. Consejo General Universitario;
II. Tener a su cargo el gobierno ejecutivo de la Universidad;
III. Convocar y presidir el H. Consejo General Universitario;
IV. Designar, nombrar y remover libremente al Secretario General, al Secretario de Administración y Finanzas, al Abogado General, Directores Generales, Contralor, Directores, Jefes de Departamentos Administrativos y Secretarios Técnicos y demás personal cuyo nombramiento dependa de él;
V. Otorgar nombramiento a los Jefes de Departamento Académico que han sido electos por el personal del Departamento respectivo correspondiente y por el voto del Consejero General Alumno.
VI. Remover, en su caso, a los Jefes de Departamento Académico a solicitud motivada y fundada de más de la mitad de los miembros del personal académico del Departamento y Consejero General alumno correspondiente;
VII. Presentar para su aprobación, al H. Consejo General Universitario, el Programa de Planeación y Desarrollo Institucional que regirá durante su gestión;
VIII. Coordinar las labores de planeación y evaluación general de la Universidad;
IX. Ejercer el derecho de veto respecto de los acuerdos del H. Consejo General Universitario;
X. Presentar para su aprobación, ante el H. Consejo General Universitario, el presupuesto anual de ingresos y egresos y dirigir su ejercicio;
XI. Tener derecho de iniciativa ante el H. Consejo General Universitario;
XII. Nombrar al personal académico y administrativo;
XIII. Crear, modificar o suprimir las unidades administrativas que considere necesarias para el mejor funcionamiento de la institución;
XIV. Aplicar las medidas disciplinarias y las sanciones que sean procedentes y que correspondan al ámbito de sus competencias;
XV. Otorgar la representación legal de la Universidad al Abogado General, con facultades de sustituir y revocar poderes;
XVI. Presentar un informe por escrito al H. Consejo General Universitario de las actividades realizadas durante el año anterior; y
XVII. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.

El Rector, además de las señaladas en la Ley Orgánica, tendrá las facultades y obligaciones establecidas en el Artículo 36 del Estatuto General Universitario, entre las que se mencionan
I. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la competencia de la Junta Consultiva;
II. Presentar proyectos de reglamentación general ante el H. Consejo General Universitario;
III. Organizar y promover actividades generales de difusión cultural;
IV. Gestionar los permisos y realizar los trámites necesarios para la operación de la Universidad, sus programas y proyectos;
V. Integrar la propuesta de presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, para su presentación al H. Consejo General Universitario;
VI. Emitir circulares y acuerdos para hacer cumplir la Ley Orgánica, las normas y disposiciones reglamentarias que expida el H. Consejo General Universitario y para regular el funcionamiento de los servicios de la Rectoría;
VII. Delegar funciones ejecutivas en los responsables de los campus universitarios;

https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Abogado GeneralAbogado GeneralAbogado GeneralRectoríaCapítulo IV de las instancias de apoyo, sección primera, artículo 47
I.Representar legalmente a la Universidad ante toda clase de autoridades y particulares con las facultades que le delegue el Rector; II. Asesorar a los órganos colegiados y personales, así como a las instancias de apoyo de la Universidad, sobre interpretación de la legislación nacional y universitaria; III. Procurar el cumplimiento del orden jurídico de la Institución; IV. Asesorar al H. Consejo General Universitario y al Rector en la elaboración de proyectos de normas y disposiciones reglamentarias de observancia general en la Universidad; V. Representar al Rector en las negociaciones o conflictos que deriven de las relaciones individuales y colectivas de trabajo; VI. Proponer a los órganos e instancias de apoyo las medidas legales sobre administración y operatividad que considere apropiadas para el cumplimiento de sus competencias; VII. Atender las controversias que se susciten con motivo de las relaciones individuales de trabajo; VIII. Dirigir la formulación, elaboración, revisión, cotejo y registro de los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que celebre la Universidad; IX. Cumplir con las actividades que le sean asignadas por el Rector; X. Presentar anualmente al Rector, el informe de actividades desarrolladas; y XI. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
https://www.uabcs.mx/dppu1Abogado General10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Secretaría ParticularSecretario ParticularSecretario ParticularRectoríaManual General de Organización DPPU
I. Atender las demandas de carácter administrativo y académico, coordinando las diferentes áreas para solución de la problemática;
II. Coordinar la agenda de la persona titular de Rectoría;
III. Atender las solicitudes escolares y solucionar la problemática que ha sido encomendada por la persona titular de Rectoría;
IV. Representar a la persona titular de Rectoría en actos académicos o administrativos que sean necesarios;
V. Atender requerimientos de autoridades externas y turnarlos al área correspondiente con el visto bueno de la persona titular de Rectoría
VI. Asegurar el cumplimiento de la normatividad y el buen clima organizacional entre las diversas áreas de la Universidad;
VII. Dar atención al público en general;
VIII. Apoyar en todo momento en las actividades de la persona titular de Rectoría;
IX. Atender todas aquellas actividades encomendadas por las autoridades superiores que estén dentro su ámbito de competencia.
https://www.uabcs.mx/dppu1Rectoría10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024ContraloríaContraloraContraloraRectoríaCapítulo IV de las instancias de apoyo, sección sexta, artículo 53
I. Obtener información de los órganos e instancias de apoyo de la Universidad sobre las adquisiciones de bienes; II. Practicar auditorías periódicas, o cuando lo juzgue pertinente, a órganos e instancias de apoyo respecto de la adquisición de bienes e informar al Rector para los efectos correspondientes; III. Verificar el ejercicio del presupuesto aprobado por el H. Consejo General Universitario; IV. Obtener informes del movimiento de inversiones y de operaciones bancarias que realicen el Secretario de Administración y Finanzas y demás órganos e instancias de apoyo de la Universidad, que le permitan supervisar y emitir las opiniones correspondientes ante el Rector; V. Verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de la Universidad; VI. Vigilar las transferencias y adecuaciones presupuestales; VII. Vigilar desde el punto de vista financiero los concursos y procedimientos para el aseguramiento de los miembros de la comunidad universitaria y de los bienes de la Institución; VIII. Fungir como unidad de enlace en materia de transparencia y acceso a la información universitaria; IX. Vigilar desde el punto de vista financiero los concursos y procedimientos para la venta de desechos y bienes sin utilidad para la Universidad; X. Presentar anualmente al Rector el informe de actividades desarrolladas; y XI. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
https://www.uabcs.mx/dppu1Contraloría10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
DirecciónDirector de Planeación y Programación UniversitariaRectoríaCapítulo II Artículo 6
I.Coordinar el proceso de planeación para la formulación y actualización de los documentos de la Visión institucional, el Programa de Planeación y Desarrollo Institucional, los planes de desarrollo de los Departamentos Académicos, de los campus cuando corresponda, y de las extensiones académicas, así como los programas de trabajo de las áreas directivas. II. Coordinar y supervisar los ejercicios estratégicos o participativos de planeación universitaria para la formulación y actualización periódica de las solicitudes de recursos a fondos extraordinarios y demás ejercicios de planeación de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) para tal propósito. III. Asegurar la integración de los proyectos institucionales que respondan a las convocatorias federales anuales para el acceso a recursos económicos provenientes de fondos extraordinarios, como los establecidos en el Programa de Egreso de la Federación. IV. Fungir como enlace, cuando el Rector lo disponga, entre la Universidad y la Secretaría de Educación Pública (SEP), la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES), la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior (COEPES) y el Consejo para la Evaluación de la Educación del tipo Medio Superior (CEPEEMS), así como de otros organismos interinstitucionales relacionados con actividades, proyectos y programas en materia de planeación, evaluación y desarrollo institucional. V. Supervisar el ejercicio programático y financiero de la Universidad para dar seguimiento al cumplimiento de la normativa establecida de los recursos provenientes de los fondos extraordinarios y partidas adicionales al subsidio federal y estatal ordinario. VI. Coordinar las tareas de seguimiento y evaluación del Programa de Planeación y Desarrollo Institucional, los planes de desarrollo de los Departamentos Académicos, de los campus cuando corresponda, y de las extensiones académicas, así como los programas de trabajo de las áreas directivas. VII. Elaborar, implementar y dar seguimiento a la metodología institucional para la elaboración de los programas operativos anuales. VIII. Convocar a los diversos actores universitarios a las reuniones de planeación institucional. IX. Asesorar, coordinar y/o desarrollar investigaciones, estudios y proyectos relacionados con el contexto externo y la situación interna de la Universidad requeridos para los procesos de planeación, seguimiento y evaluación del desarrollo institucional. X. Sistematizar la información de la situación institucional y generar información veraz, confiable y oportuna para la acertada toma de decisiones, y el logro de los objetivos institucionales. XI. Formular, en coordinación con las dependencias universitarias, el desarrollo y mantenimiento de un sistema de indicadores institucionales que posibilite el seguimiento del logro de las metas establecidas en el PROPLADI para el cumplimiento de la Visión. XII. Integrar la información anual de la situación que guarda la Universidad para su informe ante el H. Consejo General Universitario. XIII. Establecer los criterios para la formulación de los informes anuales de desempeño que elaboren los titulares de Departamento Académico y delos campus cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido para tales fines en estos Lineamientos, con el propósito de que sean congruentes con los programas establecidos para el logro de la Misión y Visión institucionales.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación
DirecciónDirector de Tecnologías de la Información y ComunicaciónRectoríaPag 28, Funciones
1. Actualización de las políticas y lineamientos relacionados con el uso y adquisición de TI, 2. Definir el marco normativo general de las Tecnologías de la Información de ámbito institucional, así como la supervisión de su cumplimiento, 3. Mantener en óptimo funcionamiento una infraestructura tecnológica moderna y sólida que asegure la ejecución de todas las actividades académicas, de investigación y de gestión interna, 4. Planear, diseñar, desarrollar, ejecutar y mantener los proyectos institucionales en Tecnologías de la Información, 5. Asesoramiento técnico para el diseño, planeación y ejecución del crecimiento o sustitución de la infraestructura que soporta los proyectos y servicios de TI.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Dirección de Investigación Interdisciplinaria y Posgrado
DirecciónDirector de Investigación Interdisciplinaria y PosgradoSecretaría GeneralManual General de Organización DPPU
I. Coordinar los procesos de creación, actualización, seguimiento, evaluación y control de los programas de posgrado;
II. Proponer y modificar la normatividad correspondiente y adecuada conforme a los programas de posgrado ofertados;
III. Establecer los mecanismos adecuados que garanticen la competitividad académica y calidad en cada uno de los posgrados ofertados;
IV. Elaborar el Programa de Investigación, así como proponer y coordinar las políticas y normatividad de investigación de la Universidad.
V. Coordinar la elaboración de los proyectos institucionales de investigación y respaldo hacia las instituciones convocantes;
VI. Registrar y dar seguimiento a los proyectos de investigación con financiamiento interno y externo, así como de los Convenios de Investigación de la Universidad con otras instituciones.
VII. Coordinar el seguimiento de las actividades de investigación de la Universidad, integrar los informes académicos y presentarlos ante las instancias correspondientes;
VIII. Fungir como Enlace Institucional ante CONACYT en representación de la Universidad.
IX. Realizar el seguimiento de la integración y permanencia del personal académico en el Sistema Nacional de Investigadores del CONACYT.
X. Fungir como Responsable Institucional del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, para el Tipo Superior (PRODEP) en representación de la Universidad y realizar el seguimiento del personal académico en relación con su integración y permanencia en este programa.
XI. Atender todas aquellas actividades encomendadas por las autoridades superiores que estén dentro su ámbito de competencia.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Dirección de Vinculación, Relaciones Interinstitucionales e Internacionalización
Dirección
Director de Vinculación, Relaciones Interinstitucionales e Internacionalización
RectoríaManual General de Organización DPPU
En el ámbito de la Vinculación:
I. Promover y coordinar operativamente las actividades de vinculación que desarrollen el personal académico y el estudiantado de la Universidad.
II. Apoyar en la gestión de convenios o compromisos en colaboración institucional que contraiga la Universidad o pretenda contraer para promover las actividades de vinculación.
III. Presidir de manera ejecutiva el Comité de Vinculación Interno y el Consejo Externo de Vinculación y Pertinencia.
IV. Diseñar y someter a aprobación el calendario de sesiones y el programa de actividades del Comité de Vinculación Interno y el Consejo Externo de Vinculación y Pertinencia.
V. Elaborar y presentar un programa de actividades y operarlo en coordinación con las diferentes áreas de la Universidad.
VI. Elaborar, difundir y mantener actualizado el catálogo de servicios que la Universidad ofrezca a las empresas y organismos del sector productivo.
VII. Establecer mecanismos de participación del alumnado universitarios en programas, proyectos y actividades de vinculación.
VIII. Rendir informe anual de actividades de la Dirección para la integración del informe de la persona titular de Rectoría.

En el ámbito de las Relaciones Interinstitucionales:
I. Coordinar actividades de organización y promoción de eventos de la Universidad ante las instituciones educativas, gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales;
II. Apoyar al Departamento de Servicios Estudiantiles en el establecimiento de alianzas estratégicas en pro de la movilidad estudiantil interinstitucional;
III. Contribuir en el desarrollo de programas que fortalezcan las relaciones entre la Universidad y empresas u organismos públicos y privados;
IV. Gestionar convenios que apoyen y propicien la creación y la transmisión del conocimiento, así como la integración de saberes;
V. Apoyar en todo momento en las actividades del Rector; y rendir informe anual de actividades de la Dirección para la integración del informe de la persona titular de Rectoría;

En el ámbito de la Internacionalización:
I. Promover y conducir las relaciones internacionales de la Universidad buscando en todo momento encauzar las iniciativas de naturaleza académica destinadas a internacionalizar la docencia, la investigación y la extensión, mediante la gestión y promoción de acciones de colaboración y cooperación entre la institución y otras del extranjero.
II. Rendir informe anual de actividades de la Dirección para la integración del informe de la persona titular de Rectoría;
III. Atender todas aquellas actividades encomendadas por las autoridades superiores que estén dentro su ámbito de competencia.
https://www.uabcs.mx/dppu1
Dirección de Vinculación, relaciones interinstitucionales e internacionalización
10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Departamento de Vinculación
JefaturaJefe de DepartamentoRectoríaManual General de Organización DPPUEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Unidad Académica Pichilingue
Secretario TécnicoSecretaría Técnica
Dirección de Vinculación, Relaciones Interinstitucionales e Internacionalización
En proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Departamento del Sistema Integral de Información Administrativa
JefaturaJefe de Departamento
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
Pag. 33, Funciones
1. Atención de los requerimientos de información y sistematización de las unidades administrativas y académicas, con la finalidad de alcanzar los objetivos institucionales establecidos, 2. Elaboración de plan de trabajo semestral, 3. Elaboración del plan anual de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo de cómputo administrativo, 4. Vigilar el cumplimiento y actualización de políticas internas, 5. Proponer y participar en el diseño de soluciones de las necesidades de sistematización de la institución.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Departamento de Telecomunicaciones
JefaturaJefe de Departamento
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
Pag. 36, Funciones
1. Liderar el equipo de trabajo a su cargo, así como asignar y hacer seguimiento a las responsabilidades asignadas, 2. Diseñar y planificar la infraestructura de la red universitaria y la adquisición de equipos de telecomunicaciones y software, 3. Administración de la operación de la red universitaria de voz y datos para el suministro de servicios a los usuarios de la UABCS, 4. Desarrollar y documentar procedimientos de administración y control de toda infraestructura de red de voz y datos de la institución, 5. Coordinar los trabajos de cableado estructurado y mantenimiento de los equipos de telecomunicaciones.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Departamento de Evaluación Institucional
JefaturaJefe de Departamento
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
Manual General de Organización DPPU
1. Apoyar en la coordinación para la elaboración y actualización del PROPLADI.
2. Brindar seguimiento a las metas establecidas en el PROPLADI.
3. Dar asesoría en la elaboración de planes de desarrollo de las dependencias universitarias.
4. Participar en el diseño y elaboración de mecanismos e instrumentos que orienten la planeación participativa universitaria.
5. Participar en la elaboración de los documentos normativos de la Dirección y participar en su actualización.
6. Asesorar y participar activamente en la aplicación de la Metodología del Marco Lógico.
7. Apoyar en la coordinación y organización de la información para la formulación de programas estratégicos y operativos.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Departamento de Planeación
JefaturaJefa de Departamento
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
Manual General de Organización DPPU
1. Diseñar e implementar un sistema institucional de planeación y programación, así como coordinar su operación.
2. Coordinar el proceso de integración del Programa de Planeación y Desarrollo Institucional con la participación de las Unidades Responsables de la UABCS.
3. Coordinar el proceso de integración del informe de gestión académica-administrativa con la participación de las Unidades Responsables de la UABCS.
4. Proponer el desarrollo de actividades, estudios y proyectos específicos requeridos para el proceso de planeación.
5. Apoyar a la Dirección de Planeación y Programación Universitaria en el análisis, elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo institucional.
6. Coordinar con la Unidad de Estadística el uso de los datos que sirvan de apoyo para la planeación y toma de decisiones.
7. Proponer estrategias para el desarrollo institucional que aseguren la congruencia entre los programas de desarrollo institucional y las necesidades sociales.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Secretaría Técnica de Proyectos y Obras de Infraestructura
Secretario TécnicoSecretaría Técnica
Dirección de Planeación y Programación Universitaria
En proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Secretaria de Administración y Finanzas
SecretaríaSecretario RectoríaManual General de Organización DPPU
Fundamento Legal: Estatuto General Universitario, Artículo 49
I. Administrar y custodiar los fondos y valores de la Universidad, en términos de la normatividad aplicable;
II. Programar y distribuir los ingresos y egresos señalados en el presupuesto aprobado para cada dependencia de la Universidad, de acuerdo con los lineamientos de planeación universitaria que establezca el Rector;
III. Aplicar las políticas, normas, sistemas, registros y procedimientos para la programación, presupuestación y administración integral de los recursos humanos, materiales y financieros de la Universidad;
IV. Elaborar y someter a la consideración del Rector el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, sujetándose a lo que establezca la normatividad en la materia;
V. Realizar los movimientos bancarios de los recursos financieros de la Universidad;
VI. Elaborar los proyectos de manuales administrativos y demás disposiciones relativas que regulen la organización y el funcionamiento de la Institución, y someterlos a la consideración del Rector;
VII. Emitir los lineamientos, previa aprobación del Rector, para la realización de operaciones financieras seguras y oportunas, y para el control eficiente del patrimonio de la Universidad;
VIII. Observar y aplicar las disposiciones en materia de adquisiciones, conservación, mantenimiento y reparación de bienes muebles e inmuebles de la Universidad, así como llevar el inventario correspondiente;
IX. Proponer acciones para la modernización administrativa de la Institución y vigilar su cumplimiento;
X. Proveer los bienes y servicios para el desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Institución;
XI. Elaborar los estados financieros, la cuenta pública, el informe de adquisiciones y los demás documentos que sean requeridos por las diversas autoridades federales y estatales;
XII. Establecer un sistema directo de información mensual a la Rectoría, así como a la comunidad universitaria cada seis meses, sobre los movimientos de ingresos, gastos, inversiones, control e recursos materiales y tramitaciones diversas sobre el personal;
XIII. Implementar y mantener el Sistema Integral de Archivos; elaborar los procedimientos, normatividad de control de administración documental y criterios específicos de organización de archivos de acuerdo a la normatividad en la materia
XIV. Presentar anualmente al Rector, el informe de actividades desarrolladas; y
XV. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
https://www.uabcs.mx/dppu1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Dirección de Finanzas
DirecciónDirector de Finanzas
Secretaria de Administración y Finanzas
Manual General de Organización DPPU
I. Coadyuvar en la administración y custodia de los fondos y valores de la Universidad, en términos de la normatividad aplicable.
II. Brindar seguimiento en la distribución de los ingresos y egresos señalados en el presupuesto aprobado para cada dependencia de la Universidad, de acuerdo con los lineamientos de planeación universitaria que se establezcan.
III. Cumplir las políticas, normas, sistemas, registros y procedimientos para la programación y presupuestación integral de los recursos financieros de la Universidad.
IV. Colaborar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, sujetándose a lo que establezca la normatividad en la materia.
V. Supervisar los movimientos bancarios de los recursos financieros de la Universidad.
VI. Acatar los lineamientos, previamente aprobados, para la realización de operaciones financieras seguras y oportunas, y para el control eficiente del patrimonio de la Universidad.
VII. Aplicar las disposiciones en materia de adquisiciones de bienes muebles e inmuebles de la Universidad.
VIII. Proponer acciones para la modernización administrativa de la Institución y contribuir a su cumplimiento.
IX. Coordinar la elaboración de los estados financieros, la cuenta pública, el informe de adquisiciones y los demás documentos que sean requeridos por las diversas autoridades federales y estatales.
X. Proveer un sistema directo de información mensual a la SAF sobre los movimientos de ingresos, gastos e inversiones.
XI. Presentar anualmente a la SAF el informe de actividades desarrolladas; y
XII. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Compras y Almacén (DCA)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Contabilidad (DC)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Control Presupuestal (DCP)
JefaturaJefe de DepartamentoDirector de FinanzasEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Ingresos y Egresos (DIEG)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Nómina y Sistemas Financieros
JefaturaJefe de DepartamentoDirector de FinanzasCapítulo IV, Sección Tercera, Artículo 49
I. Administrar y custodiar los fondos y valores de la Universidad, en términos de la normatividad aplicable; II. Programar y distribuir los ingresos y egresos señalados en el presupuesto aprobado para cada dependencia de la Universidad, de acuerdo con los lineamientos de planeación universitaria que establezca el Rector; III. Aplicar las políticas, normas, sistemas, registros y procedimientos para la programación, presupuestación y administración integral de los recursos humanos, materiales y financieros de la Universidad; IV. Elaborar y someter a la consideración del Rector el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad, sujetándose a lo que establezca la normatividad en la materia; V. Realizar los movimientos bancarios de los recursos financieros de la Universidad; VI. Elaborar los proyectos de manuales administrativos y demás disposiciones relativas que regulen la organización y el funcionamiento de la Institución, y someterlos a la consideración del Rector; VII. Emitir los lineamientos, previa aprobación del Rector, para la realización de operaciones financieras seguras y oportunas, y para el control eficiente del patrimonio de la Universidad; VIII. Observar y aplicar las disposiciones en materia de adquisiciones, conservación, mantenimiento y reparación de bienes muebles e inmuebles de la Universidad, así como llevar el inventario correspondiente; IX. Proponer acciones para la modernización administrativa de la Institución y vigilar su cumplimiento; X. Proveer los bienes y servicios para el desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Institución; XI. Elaborar los estados financieros, la cuenta pública, el informe de adquisiciones y los demás documentos que sean requeridos por las diversas autoridades federales y estatales; XII. Establecer un sistema directo de información mensual a la Rectoría, así como a la comunidad universitaria cada seis meses, sobre los movimientos de ingresos, gastos, inversiones, control de recursos materiales y tramitaciones diversas sobre el personal; XIII. Implementar y mantener el Sistema Integral de Archivos; elaborar los procedimientos, normatividad de control de administración documental y criterios específicos de organización de archivos de acuerdo a la normatividad en la materia; XIV. Presentar anualmente al Rector, el informe de actividades desarrolladas; y XV. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Dirección de Administración
DirecciónDirector de Administración
Secretaria de Administración y Finanzas
Manual General de Organización DPPU
Se destacan:
I. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Dirección, en coordinación con la Jefatura de Departamento Administrativo, con base a los programas que se tengan que realizar durante el ejercicio fiscal, para someterlo a la aprobación ante la Secretaría de Administración y Finanzas.
II. Mantener comunicación constante con la Secretaría de Administración y Finanzas, para que esté al tanto en todo lo relativo al personal y los servicios generales, a fin de lograr una administración más eficaz, eficiente y transparente.
III. Programar en forma conjunta con la Jefatura de Departamento Administrativo, las actividades a realizar con base a las funciones particulares y los procedimientos previamente formulados por cada uno de ellos.
IV. Supervisar que las actividades que realicen los Departamentos a su cargo, se lleven a cabo de acuerdo al programa elaborado por cada uno de ellos, en apego a la normatividad y procedimientos de la reglamentación universitaria, vigilando que no haya duplicidad de esfuerzos y actividades.
V. Supervisar los movimientos del personal, por altas, bajas, reclasificaciones, re categorizaciones y prestaciones contractuales que se les otorguen, vigilando que se le informe con toda oportunidad al Departamento de Nómina y Sistemas Financieros, para que se incluyan en ésta, en apego a lo estipulado en la legislación universitaria, así como en los contratos colectivos de trabajo UABCS-SPAUABCS y UABCS-SUTAUABCS en vigor.
VI. Supervisar que las contrataciones de nuevo personal, Académico, Administrativo y/o Directivo cubran todos y cada uno de los perfiles de conformidad a la legislación Universitaria, la documentación requerida, a fin de que los expedientes se encuentren completos con su contrato respectivo al momento de darlos de alta.
VII. Supervisar constantemente, y en forma conjunta con el (la) Jefe (a) del Departamento de Recursos Humanos, la vigilancia de los contratos del trabajador, sobre todo cuando estos son provisionales o por tiempo determinado.
VIII. Supervisar constantemente, y en forma conjunta con la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos, la vigilancia de los contratos del trabajador, sobre todo cuando estos son provisionales o por tiempo determinado.
IX. Proponer dentro de la comisión mixta UABCS-SUTAUABCS los temas de capacitación del personal administrativo.
X. Vigilar que los bienes y servicios autorizados por la Secretaría de Administración y Finanzas para el desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Institución sean aplicados para su fin en tiempo y forma.
XI. Supervisar que la disciplina del personal administrativo no se altere, observando en todo momento el comportamiento del mismo en el desempeño de sus actividades asignadas de conformidad al Reglamento Interior de Trabajo en vigor.
XII. En colaboración con el Departamento de Mantenimiento y Seguimiento de Obra y el Departamento de Servicios Generales, atender los servicios o realización de obra de acuerdo al catálogo de prestadores de servicios autorizados, solicitando por escrito las cotizaciones, para someterlas a la consideración de los comités respectivos para la autorización correspondiente.
XIII. Proponer acciones para la modernización administrativa de la Institución y vigilar su cumplimiento.
XIV. Supervisar que se proporcionen los servicios de mantenimiento general, a todas las áreas académicas y dependencias de la Universidad de acuerdo a los programas previamente formulados, para vigilancia, limpieza y conservación de mobiliario y equipo, edificios y áreas verdes, así como las contratadas con prestadores de servicios y contratistas por obras menores.
XV. Supervisar que los vehículos oficiales reciban el mantenimiento oportuno, de acuerdo al calendario de servicios para cada unidad que debe elaborar la Jefatura del Departamento de Servicios Generales, y de conformidad con los criterios de eficacia, eficiencia y economía.
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Mantenimiento y Seguimiento de Obra (DMSO)
JefaturaJefe de DepartamentoDirector de AdministraciónEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Patrimonio (DPAT)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Recursos Humanos (DRH)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Servicios Generales (DSG)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Servicios Médicos (DSM)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Trabajo Social (DTS)
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Entidades Académicas de Producción y Servicios (EAPS)
JefaturaJefe de DepartamentoDirector de AdministraciónEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Secretaría Técnica de Auditoría Interna
Secretario TécnicoSecretaría Técnica
Secretaría de Administración y Finanzas
En proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Secretaría de Administración y Finanzas10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Secretaría GeneralSecretaríaSecretarioRectoríaCapítulo III, Sección Segunda, Artículo 45
I. Suplir las ausencias temporales del Rector no mayores de noventa días; II. Fungir como Secretario del H. Consejo General Universitario y administrar la oficina técnica y el archivo general del H. Consejo; III. Coordinar las relaciones de la administración de la Rectoría con los campus universitarios, extensiones y unidades académicas; IV. Coordinar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Universidad; V. Coordinar en forma permanente las dependencias a su cargo; VI. Expedir los documentos que acrediten los estudios que ofrece la Universidad; VII. Expedir los documentos que acrediten o revaliden los estudios cursados; VIII. Expedir y certificar los documentos que acrediten la prestación de servicios en las diversas dependencias de la Universidad; IX. Autorizar con su firma los documentos para gestiones externas determinadas por el Rector; X. Organizar y custodiar el archivo general de la Universidad; XI. Expedir y certificar documentos emitidos por la Universidad; XII. Informar por escrito anualmente al Rector de las actividades a su cargo; y XIII. Las demás que señalen otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Coordinación de Responsabilidad Social Universitaria
CoordinaciónCoordinadorSecretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Coordinación para la Igualdad de Género
CoordinaciónCoordinadorSecretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Laboratorios de Docencia
JefaturaJefe de DepartamentoSecretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamento de Lenguas Extranjeras
JefaturaJefe de DepartamentoSecretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024
Extensión Académica Ciudad Insurgentes
ResponsableResponsable Secretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Extensión Académica Guerrero Negro
ResponsableResponsable Secretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Extensión Académica Loreto
ResponsableResponsable Secretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Extensión Académica Los Cabos
ResponsableResponsable Secretaría GeneralEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://1Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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Departamentos Académicos
ResponsableResponsable Secretaría GeneralManual General de Organización DPPU
Fundamento Legal: Estatuto General Universitario, Artículo 43
I. Cuidar que se cumplan correctamente los planes y programas académicos;
II. Vigilar el cumplimiento de las funciones inherentes al personal académico;
III. Presentar al Consejo Académico respectivo los proyectos de creación, modificación o supresión de los planes y programas académicos;
IV. Proponer candidatos para participar en programas de superación académica;
V. Proponer medidas para el buen desarrollo de las actividades académicas y propiciar la colaboración con otros departamentos académicos;
VI. Someter a la aprobación del Consejo Académico los proyectos internos de investigación que proponga el personal académico;
VII. Asistir a las juntas de coordinación que convoque el Rector;
VIII. Asignar las cargas docentes al personal académico del Departamento Académico;
IX. Integrar comisiones para el mejor desempeño de las funciones del Departamento Académico;
X. Formular la propuesta de presupuesto de egresos del Departamento Académico ante la Secretaría General;
XI. Administrar los recursos asignados a su Departamento;
XII. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que le comuniquen los órganos competentes;
XIII. Formular la propuesta anual de necesidades de personal académico;
XIV. Informar por escrito anualmente al Rector del funcionamiento del Departamento a su cargo;
XV. Planear las actividades y el desarrollo del Departamento a su cargo;
XVI. Las demás que señale el presente Estatuto y otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad; y
Las funciones siguientes corresponden únicamente al Departamento Académico de Agronomía y al Departamento Académico de Ciencia Animal y Conservación del Hábitat, respectivamente, en virtud del campo que tienen a su cargo:
I. Supervisar y controlar las actividades inherentes del campo agrícola en apoyo a la docencia, investigación y vinculación de las carreras de los programas educativos (Departamento Académico de Agronomía); y
II. Supervisar y controlar las actividades inherentes del campo pecuario en apoyo a la docencia, investigación y vinculación de las carreras de los programas educativos (Departamento Académico de Ciencia Animal y Conservación del Hábitat).
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Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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20241/1/202431/3/2024Consejo AcadémicoConsejero AcadémicoConsejero AcadémicoDepartamentos AcadémicosEn proceso de elaboraciónEn proceso de elaboraciónhttps://45Dirección de Planeación y Programación Universitaria10/4/2024
Es importante resaltar que ninguno de los miembros participantes en dichas actividades son prestadores de servicios profesionales.
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