ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
2
TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
3
Estructura OrgánicaLTAIPEAM55FIISe deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente.
6
Tabla Campos
7
EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puesto (Redactados con perspectiva de género)Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género)Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembrosÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
8
20241/4/202430/6/2024PresidenciaPresidentaPresidentaPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Representar legalmente a la Comisión y delegar dicha representación en los servidores públicos de la Comisión que, por la naturaleza de sus funciones, corresponda según el caso;
II. Distribuir y delegar funciones al Secretario General, Visitadora General y Visitadoras y Visitadores en términos de la reglamentación interna de la Comisión;
III. Presidir la Junta y proponerle los lineamientos generales a los que se sujetará el servicio profesional en la Comisión;
IV. Proponer al Consejo los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas;
https://docs.google.com/document/d/1ZFod3u8LtmAeX79-9v-v7ypzBdAqw0oup7sfpQhv93w/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
9
20241/4/202430/6/2024ConsejoConsejerasConsejoConsejoLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Aprobar los lineamientos generales de actuación de la Comisión;
II. Aprobar las disposiciones reglamentarias y demás instrumentos que regulen el funcionamiento de la Comisión;
III. Opinar sobre el proyecto del informe anual que la Presidenta habrá de presentar al Congreso del Estado;
IV. Solicitar a la Presidenta toda información sobre asuntos que se encuentren en trámite o que se hayan resuelto;
https://drive.google.com/open?id=1n4btkt3xRJ3g3Eufldcd5L7Pz48_OnZn0Secretaría General8/7/2024Ninguna
10
20241/4/202430/6/2024Secretaría GeneralSecretario GeneralSecretario GeneralPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Atender las necesidades administrativas de la Comisión, de acuerdo con los lineamientos generales fijados por el Consejo;
II. Establecer junto con la Presidenta y con aprobación del Consejo, las políticas, normas, criterios, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión y la prestación de servicios generales de apoyo;
III. Coordinar la formulación del programa operativo anual y del proyecto de presupuesto de la Comisión y vigilar su cumplimiento;
IV. Dirigir el diseño, desarrollo e implantación de reglamentos y demás normatividad interna;
https://docs.google.com/document/d/1X4cf7jFNBWUodwxii-sbXhwlgtJR1CwOoAeNvnAy5yQ/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
11
20241/4/202430/6/2024VisitaduríaVisitadora GeneralVisitadora GeneralPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. La recepción e investigación de las quejas presentadas por las personas, proveyendo el desahogo de las mismas, hasta la formulación del proyecto de resolución correspondiente.
II. Recibir, admitir o rechazar las quejas e inconformidades presentadas por los quejosos, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión;
III. Iniciar a petición de parte o de oficio, investigaciones sobre la presunta violación de Derechos Humanos;
IV. Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de conflictos derivados de posibles violaciones de Derechos Humanos que por su propia naturaleza así lo permitan; V. Quien sea titular de la Visitaduría General, será titular de la Unidad Investigadora con las facultades y atribuciones previstas para la Autoridad Investigadora en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, y para los procedimientos que realice le será aplicable la citada ley así como en lo que no se oponga a lo dispuesto en dicha Ley, será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Aguascalientes (sic)
https://docs.google.com/document/d/1SS2XJAzv86mTANAWXVLxfEr8_Fe_4nqCiBqClZI65BA/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
12
20241/4/202430/6/2024Dirección de Educación en Derechos HumanosDirectora de Educación en Derechos HumanosDirección de Educación en Derechos HumanosPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Promocionar los Derechos Humanos y capacitar a la población en esa materia;
II. Elaborar programas a fin de lograr la culturización de los Derechos Humanos;
III. Promover la inclusión de programas de estudio sobre Derechos Humanos en instituciones educativas, recreativas y laborales;
IV. Desarrollar actividades y estudios así como preparar informes, publicaciones y campañas con el propósito de crear conciencia en los diversos sectores de la población sobre la importancia de los Derechos Humanos;
XI. Las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan, así como aquellas que le confiera la Presidenta de la Comisión.
https://docs.google.com/document/d/1Dc8Nsgf34jgcp-EIQuZSjfyIAOaCIuAEJ5YbXZYmZC4/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
13
20241/4/202430/6/2024Organo Interno de ControlOrgano Interno de ControlOrgano Interno de ControlPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Llevar el registro de las leyes, acuerdos, reglamentos, manuales, instructivos y demás normas a las que deba sujetarse la Comisión, así como controlar, fiscalizar e inspeccionar su cumplimiento;
II. Vigilar que las erogaciones de la Comisión se ajusten al presupuesto autorizado y se ejerza en términos de la normatividad aplicable;
III. Vigilar que los servidores públicos de la Comisión cumplan con las disposiciones aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes, activos y recursos materiales y demás actividades relacionadas con el manejo de recursos materiales y humanos;
IV. Realizar auditorías de desempeño a fin de evaluar el resultado de los programas de la Comisión por medio del análisis de la efectividad presupuestal y el avance de los objetivos y metas establecidos;
https://drive.google.com/file/d/1aS94l-8030EwNkeP-0SvHFEkIE8NxeEo/view?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
14
20241/4/202430/6/2024Coordinación AdministrativaCoordinadora AdministrativaCoordinadora AdministrativaSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Atender las necesidades administrativas de la Comisión, de acuerdo con los lineamientos que se tengan II. Proponer y ejecutar procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión y la prestación de servicios generales de apoyo; III. Elaborar proyecto de presupuesto de la Comisión y vigilar su cumplimiento; IV. Efectuar el pago de los documentos, gastos y demás egresos que se le presenten para su cobro y afecten el Presupuesto de la Comisión;
V. Llevar el registro y control de los bienes muebles e inmuebles de la Comisión, para su conservación y custiodia; VI. Las demas funciones que las disposiciones legales y reglamentarías les atribuyan, asi como aquellas que le confiera la Presidencia y la Secretaría General de la Comisión.
https://docs.google.com/document/d/1bDNumU1IiRVEqzDiWQd9e73cI4odGwFYsD-gijso7lo/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
15
20241/4/202430/6/2024Unidad de DifisiónUnidad de DifusiónUnidad de DifusiónSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Proponer y operar los programas de comunicación institucional, así como las campañas de los derechos
humanos; II. Difundir las actividades y la imagen de la Comisión en redes sociales; III. Producir y diseñar contenidos gráficos y audiovisual es para difundir los derechos humanos y la imagen institucional de la Comisión. IV. Diseñar, elaborar y ejecutar la producción creativa de campañas publicitarias de la Comisión, previa aprobación de la Presidencia de la Comisión; V. Difundir las tareas de las actividades de la Dirección de Educación en Derechos Humanos, en lo referente al plan anual de capacitaciones; VI. Proporcionar atención y realizar el monitoreo a los diferentes medios de comunicación; VII. Organizar la Actualización de la página electrónica en coordinación con todas las áreas de la Comisión; VIII. Elaborar, emitir, imprimir y difundir las publicaciones, libros, revistas, folletos, carteles, trípticos y materiales audiovisuales; IX. Elaborar los boletines de prensa de las actuaciones de la Comisión, mismos que serán difundidos una vez que sean aprobados por la Presidencia de la Comisión o en su caso por la secretaría general; y X. Las demás que le confieran las disposiciones legales, así como aquellas que le asigne la Presidencia de la Comisión.
https://docs.google.com/document/d/1krbtsgOc65jnGvde1_LApAC6gNI2vOvgQItUXSmT7pw/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
16
20241/4/202430/6/2024Coordinadora de Vinculación, Seguimiento y TransparenciaCoordinador de Vinculación, Seguimiento y TransparenciaCoordinador de Vinculación, Seguimiento y TransparenciaSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del Reglamentol. Solicitar y requerir, información y documentación a las diversas autoridades, asl como realizar todas las acciones y gestiones necesarias, para dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión; 11 . Recibir la información y documentación sobre el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones, evaluándolas y determinar el estado de cumplimiento.; III. Proporcionar apoyo y asesoría jurídica necesarios a las unidades administrativas de la Comisión para el ejercicio de sus atribuciones; IV. Formular las bases y revisar los requisitos legales a que deban someterse los convenios y contratos a celebrar por la Comisión, de acuerdo con los requerimientos de las áreas respectivas, así como los instrumentos jurídicos de cualquier naturaleza relativos a los derechos y obligaciones patrimoniales de la Comisión; V. Elaborar los estudios, propuestas y proyectos de acdones de. inconstitucionalidad para ser sometidos a la aprobación respectiva; en su caso, dar el seguimiento que corresponda .a las acciones promovidas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación; VI. Proponer proyectos normativos que resulten relevantes en relación con los derechos humanos y recomendar mejoras o correcciones a la normatividad; VII. Verificar que la normatividad estatal existente cumpla con las normas internacionales en materia de derechos humanos; VIII. Ser el Vínculo con Organizaciones de .la Sociedad Civil; IX. Ser Titular de la Unidad de Transparencia X. Ser Titular de la Unidad Sustanciadora, con las facultades y atribuciones previstas para la Autoridad Substanciadora así como las facultades y atribuciones previstas para la Autoridad Resolutora en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes; y para los procedimientos que realice le será aplicable la citada ley así como en lo que no se oponga a lo dispuesto en dicha Ley, será de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Aguascalientes. XI. Las demás que le confieran las disposiciones legales, así como aquellas que le asigne la Presidenta de la Comisión.https://docs.google.com/document/d/1mxQAieaPuV7pkVHlRbVzDDBbw4WkSAy4f0pGgO6aXgg/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
17
20241/4/202430/6/2024Unidad de Control Documental y AnálisisUnidad de Control Documental y AnálisisUnidad de Control Documental y AnálisisSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del Reglamentol. Coordinar y administrar los archivos, archivos de quejas e históricos y administrativos que integran el patrimonio documental de la Comisión 11. Para su ordenación y conservación física, esto es, su acomodo secuencial.en el área de acervo, de acuerdo a su procedencia y orden original, y las medidas para evitar su deterioro y asegurar su permanencia, atenderá a las directrices y a .los criterios que emita el Consejo; 111. Proponer y aplicar las norinas, directrices, criterios. lineamientos y manuales para la administración, sistematización, valoración y destino final de los expedientes de queja y administrativos, así como el diseño y desarrollo de sistemas automatizados para la gestión documental y archivística; IV: Elaborar los instrumentos de control y consulta para la adecuada organización y localización expedita de los expedientes o documentos, de apoyo jurídico o de control; V. Atender las funciones de tutoría conferidas a la Comisión; VI. Formar parte, por conducto de su titular. del Comité de Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales como asesor en materia de archivos. VII. Realizar trabajos de análisis e investigación jurídica e histórico documental sobre temas re·1acionados con la Comisión, principalmente con base en los archivos y demás acervos que resguarda, y generar obras para su posterior publicación en formato impreso o electrónico, asi como brindar consulta y asesoría en la materia; VIII. Sistematizar y clasificar las obras especializadas en el área de Derechos Humanos y afines, y una vez efectuada ésta, incorporar1as a los acervos de la biblioteca. IX. Recopilar y sistematizar la_ legislación nacional e internacional, los procesos legislativos y dar seguimiento cronológico a las reformas y adiciones que presente el marco jurídico federal, local e internacional, de trascendencia al orden jurfdico nacional en materia de derechos humanos; X. Brindar acceso a información confiable respecto de los acervos que resguarda , de conformidad con los procedimientos de acceso a la información, en términos de las disposiciones aplicables en la materia; XL Ser titular de la Unidad de Transparencia encargada de atender las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO; XII. Las demás que le confieran las disposiciones de observancia general aplicables, así como las que le sean encomendadas por la Presidenta o por el Secretario General.https://docs.google.com/document/d/1relFiQuiqmg_WUnNT65HMk9QLDqaxLPau53ZpLazj2M/edit?usp=sharing0Secretaría General8/7/2024Ninguna
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103