ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaLGT_ART70_FIIa_2018-2020Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puestoDenominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el casoHipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su casoNúmero total de prestadores de servicios profesionalesÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoAuxiliar AdtivoAuxiliar Adtivo01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoSecretariaSecretaria01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022CabildoRegidorRegidor01 CabildoArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalJubilado JLS SecretariaJubilado JLS Secretaria02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalSecretariaSecretaria02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalContralorContralor02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalUnid Inv de Faltas AdministrativasUnid Inv de Faltas Administrativas02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalSubcontralor MunicipalSubcontralor Municipal02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalUnidad Substanciadora de ProcedimientosUnidad Substanciadora de Procedimientos02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalAuditorAuditor02 ContraloriaArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Contraloria MunicipalAuditorAuditor02 Contraloria/Dir de PlaneacionArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios Pub / Proteccion CivilArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecánicoMecánico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS CarroceroJubilado JLS Carrocero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS SoldadorJubilado JLS Soldador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS SecretariaJubilado JLS Secretaria03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS AyudanteJubilado JLS Ayudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS JardineroJubilado JLS Jardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS JardineroJubilado JLS Jardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS MecanicoJubilado JLS Mecanico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
49
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS AyudanteJubilado JLS Ayudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
50
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
51
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
52
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS MecanicoJubilado JLS Mecanico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
53
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLSJubilado JLS03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
54
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
55
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS OperadorJubilado JLS Operador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
56
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecánicoMecánico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
57
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChecadorChecador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
58
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS JardineroJubilado JLS Jardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
59
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
60
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
61
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
62
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoDirector OperativoDirector Operativo03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
63
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecánicoMecánico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
64
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJubilado JLS ChoferJubilado JLS Chofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
65
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
66
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecánicoMecánico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
67
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
68
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoIntendenteIntendente03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
69
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
70
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
71
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoCarroceroCarrocero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
72
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoVeladorVelador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
73
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
74
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecanico RefrigeraciónMecanico Refrigeración03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
75
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
76
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAuxiliarAuxiliar03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
77
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
78
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
79
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
80
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
81
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoMecánicoMecánico03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
82
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAuxiliarAuxiliar03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
83
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoIntendenteIntendente03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
84
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
85
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
86
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAlbañilAlbañil03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
87
20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoVeladorVelador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoOperadorOperador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoVeladorVelador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoAyudanteAyudante03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoChoferChofer03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoVeladorVelador03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoElectricistaElectricista03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A
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20221/4/202230/6/2022Coord General de Desarrollo Urbano y EcoJardineroJardinero03 Dir. Servicios PublicosArtículo 40 Reglamento Interior del Ayuntamiento y de la Administracion Publica MunicipalARTÍCULO 40.- Los Regidores son integrantes del Ayuntamiento que fueron colegiadamente en cabildo y comisiones para deliberar, vigilar e inspeccionar sobre asuntos relacionados con la administración Municipal y tendrán además de las facultades y obligaciones señaladas en los art. 67,68 y 69 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.https://drive.google.com/file/d/1q0OD6GtwHFUhnsryHMy92qhCriEgndAn/view?usp=sharing1Recursos Humanos5/7/20225/7/2022N/A