ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAHAIAJ
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Inventario de datos de la Dirección Jurídica
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Fecha en que se concluye la elaboración del inventario: 30/mayo/2024
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Clasificación de Sujeto Obligado
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Sujeto Obligado
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Unidad Administrativa
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Nombre del Sistema de Datos Personales
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Nombre del Aviso de Privacidad
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Hipervínculo del Aviso de Privacidad Integral
(6)
Servidor (es) Público (s) con acceso a los DP
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Funciones y Obligaciones
(8)
Datos Personales Tratados
(9)
Número Total de Datos Tratados en el Sistema (10)Número Total de Titulares con los que cuenta el Sistema
(10.1)
Datos Personales Sensibles Tratados
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Categoría de Datos Personales (12)Fundamento Legal del Tratamiento
(13)
Hipervínculo del Fundamento Legal del Tratamiento
(14)
Finalidad concreta, lícita y explícita del Tratamiento
(15)
Señalar si el tramiento de DP requiere consentimiento
(16)
En caso de recabar consentimiento, señalar qué tipo es: expreso, tácito y Expreso y por Escrito.
(17)
Supuestos del Art. 19 LPDPPSOQROO, que se actualizan.
(18)
El tratamiento de los DP conllevan una difusión. (19)Señale instrumento jurídico que ordena la difusión de los DP.
(20)
Señalar el plazo de conservación de los DP,
(21)
Sección de Archivos.
(22)
Serie de Archivos.
(23)
Subserie de Archivos.
(24)
Riesgo Inherente y Nivel de Riesgo por tipo de Datos Recabado y Tratado.
(25)
Tipo de Soporte
(26)
¿Se realizan transferencias?
(27)
Tercero al que se transfieren los datos personales, en su caso
(28)
Finalidades de la transferencia
(29)
¿Requiere consentimiento la transferencia?
(30)
Supuestos del Art. 77 LPDPPSOQROO, que se actualizan.
(31)
¿La transferencia requiere la suscripción de cláusulas contractuales, convenios de colaboración u otro instrumento jurídico?
(32)
Supuesto artículo 81 que se actualiza, en su caso
(33)
Observaciones
(34)
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Poder EjecutivoSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL URBANO SUSTENTABLEDirección JurídicaExpediente de convenios5. Aviso de privacidad integral y simplificado de Cesión de Derechos de Posesiónhttps://drive.google.com/file/d/1idfBsjPGFoKVWl5Bz2go23thsV4HWpJ6/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1n5bYHblGUqM7snm_X9AnQmMrnVc1F6Rh/view?usp=sharing1.-SECRETARIA EJECUTIVA DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA. 2.-JEFA DE DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO ZONA SUR. A la Jefa del Departamento de lo Contencioso Zona Sur le corresponde elaborar el instrumento jurídico denominado “Convenio de ratificación de voluntad para la cesión respecto a los derechos y obligaciones contenidos en el contrato de compraventa con reserva de dominio”, el cual una vez concluido, se envía a la Subsecretaría de Vivienda para los trámites a que haya lugar. Nombre, nacionalidad, edad, dirección (Acta de Nacimiento, Estado Civil, INE) 440NO APLICAPersonales de identificación La SEDETUS trata los datos personales antes señalados con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; en el artículo 64 y 66 fracciones II, III, V, VIII y XII, 145 y 146 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana, en el artículo 24 Ley Estatal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Quintana Roo, Ley de Derechos del Estado de Quintana Roo, en el artículo 52, 53 y 54, así como también de conformidad al artículo 12 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable del Estado de Quintana Roo, publicado en el periódico oficial del Estado de Quintana Roo, el 28 de abril de 2021.
https://drive.google.com/file/d/1PI1RRooYhgOEPEXoAh7iE3cy5OZUjqXj/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1fICcPHuqBF2v3c_fz2Ra0rhmvtfhEmwS/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1b6H8sHj_lICSHd8J_sMUqKedt2oQkCfg/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1jHTqiRFaoi5Logbj9jD4EF5oIVcGXhLd/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1N3D_8LvVsBUI-7ZLn2uK0XEJY6Ru34ap/view?usp=sharing https://drive.google.com/file/d/1LgFEU_wK766xVWxMgtE6k3eSm5hLuGmf/view?usp=sharing
Sus datos personales serán utilizados con la finalidad de realizar el instrumento jurídico denominado “Convenio de ratificación de voluntad para la cesión respecto a los derechos y obligaciones contenidos en el contrato de compraventa con reserva de dominio”, el cual una vez concluido, se envía a la Subsecretaría de Vivienda para los trámites a que haya lugar. NOTácito Artículo 19. El responsable no estará obligado a recabar el consentimiento del titular para el tratamiento de sus datos personales en los siguientes casos: I. Cuando una ley así lo disponga, debiendo dichos supuestos ser acordes con las bases, principios y disposiciones establecidos en esta Ley en ningún caso podrán contravenirla; II. Cuando las transferencias que se realicen entre responsables, sean sobre datos personales que se utilicen para el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas con la finalidad que motivó el tratamiento de los datos personales; III. Cuando exista una orden judicial, resolución o mandato fundado y motivado de autoridad competente; IV. Para el reconocimiento o defensa de derechos del titular ante autoridad competente; V. Cuando los datos personales se requieran para ejercer un derecho o cumplir obligaciones derivadas de una relación jurídica entre el titular y el responsable; VI. Cuando exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona o en sus bienes; VII. Cuando los datos personales sean necesarios para efectuar un tratamiento para la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria; VIII. Cuando los datos personales figuren en fuentes de acceso público; IX. Cuando los datos personales se sometan a un procedimiento previo de disociación, o X. Cuando el titular de los datos personales sea una persona reportada como desaparecida en los términos de la ley en materia. NONo aplicaEn trámite: 5 años
En concentración: 5 años
Archivo de total de años: 10 años
1C1C.10No aplicaBajoFísico y Electrónico NONo aplicaNo aplicaNONo aplicaNo aplicaArtículo 81. El Responsable podrá realizar transferencias de datos personales sin
necesidad de requerir el consentimiento del titular, en los siguientes supuestos:
I. Cuando la transferencia esté prevista en esta Ley u otras leyes, convenios o Tratados
Internacionales suscritos y ratificados por México;
II. Cuando la transferencia se realice entre Responsables, siempre y cuando los datos
personales se utilicen para el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas
con la finalidad que motivó el tratamiento de los datos personales;
III. Cuando la transferencia sea legalmente exigida para la investigación y persecución
de los delitos, así como la procuración o administración de justicia;
IV. Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un
derecho ante autoridad competente, siempre y cuando medie el requerimiento de esta
última;
V. Cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la
prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios
sanitarios, siempre y cuando dichos fines sean acreditados;
VI. Cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una
relación jurídica entre el responsable y el titular, y
VII. Cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés del titular, por el Responsable y un tercero.
La actualización de alguna de las excepciones previstas en este artículo, no exime al
Responsable de cumplir con las obligaciones previstas en el presente Capítulo que
resulten aplicables.
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