ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaLTAIPVIL15IIa
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puesto (Redactados con perspectiva de género)Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género)Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembrosÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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B93B266293BA4E02958EE063D7C6E90B202601/04/202630/06/2026COMERCIODIRECTORDIRECTOR DE COMERCIOTESORERIA MUNICIPALRegula y supervisa las actividades comerciales dentro del municipio.Regula y supervisa las actividades comerciales dentro del municipio.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2666529F9AA8286F0C5FD3A0B7590A75202601/04/202630/06/2026SALUDDIRECTORDIRECTOR DE SALUDPRESIDENCIA MUNICIPALCoordina acciones de prevención y atención en materia de salud pública municipal.Coordina acciones de prevención y atención en materia de salud pública municipal.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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52AF2B62CD4903A002AB60A8B724FA12202601/04/202630/06/2026REGISTRO CIVILOFICIALOFICIAL DE REGISTRO CIVILTESORERIA MUNICIPALRegistra y certifica actos del estado civil de las personas conforme a la ley.Registra y certifica actos del estado civil de las personas conforme a la ley.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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9EB7FF0B673E31553702CF1BB74A7A5B202601/04/202630/06/2026DESARROLLO RURAL SUSTENTABLEDIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO SUSTENTABLEPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve políticas de crecimiento económico equilibrado con el cuidado del medio ambientePromueve políticas de crecimiento económico equilibrado con el cuidado del medio ambienteOFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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483675A08460FE8BBB1989FE1E37FDDB202601/04/202630/06/2026ATENCIÓN CIUDADANACOORDINADORCOORDINADOR DE ATENCIÓN CIUDADANAPRESIDENCIA MUNICIPALRecibe, canaliza y da seguimiento a solicitudes y quejas de la población.Recibe, canaliza y da seguimiento a solicitudes y quejas de la población.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2D96FA0FAC33D1C7BFE5FE0CD86A06E4202601/04/202630/06/2026TRANSPARENCIATITULARTITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAPRESIDENCIA MUNICIPALGarantiza el acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia.Garantiza el acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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B485FC9F13230A417FFAE1040F3BA804202601/04/202630/06/2026COMUNICACIÓN SOCIALDIRECTORDIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIALPRESIDENCIA MUNICIPALDifunde información institucional y mantiene la relación con medios de comunicación.Difunde información institucional y mantiene la relación con medios de comunicación.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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AE6C1F88876F743D16F2D475A71072AC202601/04/202630/06/2026ALUMBRADO PÚBLICOCOORDINADORCOORDINADOR DE ALUMBRADO PÚBLICOPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra y supervisa el servicio de iluminación en espacios públicos.Administra y supervisa el servicio de iluminación en espacios públicos.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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1EF863B03098267EF80A62C3B274C9BD202601/04/202630/06/2026VIALIDAD Y TRANSPORTECOORDINADORCOORDINADOR DE VIALIDADPRESIDENCIA MUNICIPALRegula el tránsito y promueve la movilidad segura dentro del municipio.Regula el tránsito y promueve la movilidad segura dentro del municipio.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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BD7012351B0637D6A64ACBA4512A3D1E202601/04/202630/06/2026ASUNTOS RELIGIOSOSCOORDINADORCOORDINADOR DE ASUNTOS RELIGIOSOSPRESIDENCIA MUNICIPALAtiende y coordina la relación institucional con asociaciones religiosas en el municipio.Atiende y coordina la relación institucional con asociaciones religiosas en el municipio.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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E1F60EED1A7FC2DE09A17147EC041E32202601/04/202630/06/2026PROGRAMA DE GOBIERNOCOORDINADORCOORDINADOR DE BUEN GOBIERNOPRESIDENCIA MUNICIPALImpulsa la transparencia, rendición de cuentas, ética pública y mejora administrativa.Impulsa la transparencia, rendición de cuentas, ética pública y mejora administrativa.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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4A3DA51F6442D969D54A9AC5B57F5A82202601/04/202630/06/2026ECOLOGIACOORDINADORCOORDINADOR DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTEPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve la protección ambiental y regula el uso sustentable de los recursos naturales.Promueve la protección ambiental y regula el uso sustentable de los recursos naturales.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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B342E15B078BC27522A6D5CA9E4E3E49202601/04/202630/06/2026JURÍDICODIRECTORADIRECTORA DE JURÍDICOSINDICATURABrinda asesoría legal al Ayuntamiento y representa jurídicamente al municipio en asuntos legales.Brinda asesoría legal al Ayuntamiento y representa jurídicamente al municipio en asuntos legales.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2CAAA8C391F39941960F857DCBAB3459202601/04/202630/06/2026PANTEONESCOORDINADORACOORDINADORA DE PANTEONESREGIDURIAAdministra y supervisa el funcionamiento de los cementerios municipales.Administra y supervisa el funcionamiento de los cementerios municipales.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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120A5CB386948233792C69DCFD6260F5202601/04/202630/06/2026DESARROLLO SOCIALDIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO SOCIALPRESIDENCIA MUNICIPALImplementa programas sociales orientados a mejorar las condiciones de vida de la población.Implementa programas sociales orientados a mejorar las condiciones de vida de la población.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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3CED61F379F68CF72D72784C1BC19F93202601/04/202630/06/2026SEGURIDAD CIUDADANADIRECTORDIRECTOR DE SEGURIDAD CIUDADANASINDICATURACoordina acciones de prevención, vigilancia y protección para mantener el orden público y la seguridad.Coordina acciones de prevención, vigilancia y protección para mantener el orden público y la seguridad.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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30DA081C3E2B8CABEBD2EE16A186D7EB202601/04/202630/06/2026TURISMODIRECTORADIRECTORA DE TURISMOPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve el desarrollo turístico del municipio mediante estrategias de difusión y fortalecimiento de la actividad económica.Promueve el desarrollo turístico del municipio mediante estrategias de difusión y fortalecimiento de la actividad económica.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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CA645D7B3CC1A220CA0F39553A7D1816202601/04/202630/06/2026PARTICIPACIÓN CIUDADANADIRECTORDIRECTOR DE PARTICIPACION CIUDADANAPRESIDENCIA MUNICIPALFomenta la intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones y en programas municipales.Fomenta la intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones y en programas municipales.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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8FF2F199D56F142B13595856BDC44684202601/04/202630/06/2026JUNTA DE MEJORASCOORDINADORCOORDINADOR DE JUNTAS DE MEJORASPRESIDENCIA MUNICIPALOrganiza y vincula a los comités ciudadanos para impulsar acciones comunitarias y de desarrollo social.Organiza y vincula a los comités ciudadanos para impulsar acciones comunitarias y de desarrollo social.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5C66BD155D9177004C2252D73D7107E8202601/04/202630/06/2026FOMENTO DEPORTIVODIRECTORDIRECTOR DE FOMENTO DEPORTIVOPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve actividades deportivas y recreativas que contribuyan al desarrollo físico y social de la población.Promueve actividades deportivas y recreativas que contribuyan al desarrollo físico y social de la población.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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7AEDB106E6B5ECD1F39C23FAF0420A58202601/04/202630/06/2026DESARROLLO URBANODIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO URBANODIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICASRegula el uso de suelo, licencias de construcción y ordenamiento territorial conforme a la normatividad vigente.Regula el uso de suelo, licencias de construcción y ordenamiento territorial conforme a la normatividad vigente.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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06729299E2F84972FFEA5DA6BA9567D0202601/04/202630/06/2026CATASTRODIRECTORDIRECTOR DE CATASTROTESORERIA MUNICIPALAdministra el padrón catastral, actualiza valores y registros de bienes inmuebles para fines fiscales y de planeación.Administra el padrón catastral, actualiza valores y registros de bienes inmuebles para fines fiscales y de planeación.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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8A50D25BB355693F72A631A950ECC04C202601/04/202630/06/2026PROYECTOSDIRECTORDIRECTOR DE PROYECTOSPRESIDENCIA MUNICIPALFormula, gestiona y da seguimiento a proyectos estratégicos de inversión y desarrollo municipal.Formula, gestiona y da seguimiento a proyectos estratégicos de inversión y desarrollo municipal.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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0201ABDD7E8940FDCD826F6A5F26955A202601/04/202630/06/2026POLITICA INTERNADIRECTORDIRECTOR DE POLÍTICA INTERNAPRESIDENCIA MUNICIPALContribuye a la gobernabilidad municipal mediante la atención de asuntos políticos, sociales y de concertación institucional.Contribuye a la gobernabilidad municipal mediante la atención de asuntos políticos, sociales y de concertación institucional.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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CEAB493DF09C12340EE7BB22CC8DCADB202601/04/202630/06/2026SERVICIOS GENERALESJEFE SERVICIOS GENERALESJEFE SERVICIOS GENERALESPRESIDENCIA MUNICIPALCoordina el mantenimiento, conservación y operación de bienes muebles e inmuebles municipales, asegurando servicios internos adecuados.Coordina el mantenimiento, conservación y operación de bienes muebles e inmuebles municipales, asegurando servicios internos adecuados.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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AACFDEA99B7C584194F45267516DAE90202601/04/202630/06/2026OFICIALIA MAYOROFICIALOFICIAL MAYORPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra los recursos humanos, materiales y servicios generales del Ayuntamiento, garantizando el funcionamiento interno eficiente de la administración pública municipal.Administra los recursos humanos, materiales y servicios generales del Ayuntamiento, garantizando el funcionamiento interno eficiente de la administración pública municipal.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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DE2DE571A3A193690B5B4D03E24A7E4C202601/04/202630/06/2026INNOVACIÓN TECNOLÓGICADIRECTORDIRECTOR DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICAPRESIDENCIA MUNICIPALPlanear, coordinar e implementar estrategias tecnológicas que modernicen la administración pública municipal, optimicen los procesos internos y mejoren los servicios digitales dirigidos a la ciudadanía.Planear, coordinar e implementar estrategias tecnológicas que modernicen la administración pública municipal, optimicen los procesos internos y mejoren los servicios digitales dirigidos a la ciudadanía.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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D1DC409465646F3B62BEC61AA0D50B2F202601/04/202630/06/2026SECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOSECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOSECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOPRESIDENCIA MUNICIPALBrindar apoyo directo al Presidente Municipal en la organización, coordinación y seguimiento de la agenda institucional, así como en la gestión de asuntos administrativos y de atención ciudadanaBrindar apoyo directo al Presidente Municipal en la organización, coordinación y seguimiento de la agenda institucional, así como en la gestión de asuntos administrativos y de atención ciudadanaOFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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7CE25A3E28232D07698CDB68BD56FE0D202601/04/202630/06/2026OBRAS PÚBLICASDIRECTORDIRECTOR DE OBRAS PÚBLICASPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 73 Bis. Cada Ayuntamiento contará con una Dirección de Obras Públicas, cuyo titular deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 68 de esta Ley. Artículo 73 Ter. Son atribuciones del director de Obras Públicas: I. Elaborar y proponer al Ayuntamiento, conforme al Plan Municipal de Desarrollo, los proyectos y presupuestos base de las obras a ejecutarse: II. La elaboración, dirección y ejecución de los programas destinados a la construcción de obras; III. Observar y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones correspondientes a la obra pública municipal; IV. Supervisar la correcta ejecución de las obras por contrato y por administración directa; V. Rendir en tiempo y forma al Ayuntamiento, los informes de avances físicos de obras o proyectos, mediante bitácoras de obra; VI. Al término de cada obra o acción, elaborar los finiquitos y expedientes unitarios, conforme a la documentación comprobatoria, según corresponda el origen del recurso; VII. Presentar, al término de cada ejercicio fiscal, el cierre de ejercicio físico financiero de las obras ejecutadas y en proceso de ejecución o transferidas al ejercicio siguiente; VIII. Asistir a las visitas de inspección y auditorías que se practiquen a las obras o acciones ejecutadas o en proceso; IX. Autorizar con su firma las estimaciones, avances de cuenta mensual y toda documentación que le corresponda; y X. Las demás que le otorguen esta ley y las leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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9C3FBC14D0CA407673BD01E8B589C1B7202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEPTIMOREGIDOR SEPTIMOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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CAEA4E1610216B7C343D13376265022F202601/04/202630/06/2026TESORERIA MUNICIPALTESORERO MUNICIPALTESORERO MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALOFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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FBA0713983A09607B7D308A0468677DB202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEXTOREGIDOR SEXTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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B5652F2F1A89DE289828D9FA72015598202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR QUINTOREGIDOR QUINTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5EC6A618EEB2D90879CA03979C40A5B1202601/04/202630/06/2026ÓRGANO DE CONTROL INTERNOTITULARTITULAR DEL ÓRGANO DE CONTROL INTERNO MUNICIPALAUTÓNOMOOFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2C41948B691AB3332AB7FDDA8846A2AE202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR CUARTAREGIDOR CUARTAPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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815EDF1763491A31FC2BA9A57ADDD299202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR TERCEROREGIDOR TERCEROPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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A69EE81263D7FFF8FEF877E5AAE2F14C202601/04/202630/06/2026SECRETARIA MUNICIPALSECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTOSECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 69. Cada Ayuntamiento contará con una Secretaría, cuyo titular será nombrado conforme a las disposiciones de esta ley. El Secretario del Ayuntamiento deberá contar preferentemente con título profesional, y tendrá a su cargo y bajo su inmediata dirección, cuidado y responsabilidad, la oficina y archivo del Ayuntamiento, con el acuerdo del Presidente Municipal. La Secretaría del Ayuntamiento se ubicará en el Palacio Municipal, donde se guardará el archivo del Municipio, con la reserva y confidencialidad que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Artículo 70. Son facultades y obligaciones del Secretario del Ayuntamiento: I. Estar presente en las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz y levantar las actas al terminar cada una de ellas; II. Dar cuenta diariamente de todos los asuntos al Presidente para acordar el trámite que deba recaer a los mismos; III. Informar, cuando así lo solicite el Ayuntamiento, sobre el estado que guardan los asuntos a su cargo; IV. Expedir las copias, credenciales y demás certificados que acuerde el Ayuntamiento, así como llevar el registro de la plantilla de servidores públicos de éste; V. Autorizar con su firma y rúbrica, según corresponda, las actas y documentos emanados del Ayuntamiento; VI. Proponer el nombramiento de los empleados de su dependencia; VII. Presentar, en la primera sesión de cada mes, informe que exprese el número y asunto de los expedientes que hayan pasado a Comisión, los despachados en el mes anterior y el total de los pendientes; VIII. Observar y hacer cumplir las disposiciones que reglamentan el funcionamiento de la Secretaría, procurando el pronto y eficaz despacho de los negocios; IX. Compilar las leyes, decretos, reglamentos, Gacetas Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos órganos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como tramitar la publicación de los bandos, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general que acuerde el Ayuntamiento; X. Llevar el registro de los ciudadanos en el padrón municipal; y XI. Las demás que expresamente le señalen esta ley y demás leyes aplicables. Artículo 71. El Secretario, en sus faltas temporales, será sustituido por el servidor público que designe el AyuntamientoLOML. Artículo 69. Cada Ayuntamiento contará con una Secretaría, cuyo titular será nombrado conforme a las disposiciones de esta ley. El Secretario del Ayuntamiento deberá contar preferentemente con título profesional, y tendrá a su cargo y bajo su inmediata dirección, cuidado y responsabilidad, la oficina y archivo del Ayuntamiento, con el acuerdo del Presidente Municipal. La Secretaría del Ayuntamiento se ubicará en el Palacio Municipal, donde se guardará el archivo del Municipio, con la reserva y confidencialidad que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Artículo 70. Son facultades y obligaciones del Secretario del Ayuntamiento: I. Estar presente en las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz y levantar las actas al terminar cada una de ellas; II. Dar cuenta diariamente de todos los asuntos al Presidente para acordar el trámite que deba recaer a los mismos; III. Informar, cuando así lo solicite el Ayuntamiento, sobre el estado que guardan los asuntos a su cargo; IV. Expedir las copias, credenciales y demás certificados que acuerde el Ayuntamiento, así como llevar el registro de la plantilla de servidores públicos de éste; V. Autorizar con su firma y rúbrica, según corresponda, las actas y documentos emanados del Ayuntamiento; VI. Proponer el nombramiento de los empleados de su dependencia; VII. Presentar, en la primera sesión de cada mes, informe que exprese el número y asunto de los expedientes que hayan pasado a Comisión, los despachados en el mes anterior y el total de los pendientes; VIII. Observar y hacer cumplir las disposiciones que reglamentan el funcionamiento de la Secretaría, procurando el pronto y eficaz despacho de los negocios; IX. Compilar las leyes, decretos, reglamentos, Gacetas Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos órganos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como tramitar la publicación de los bandos, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general que acuerde el Ayuntamiento; X. Llevar el registro de los ciudadanos en el padrón municipal; y XI. Las demás que expresamente le señalen esta ley y demás leyes aplicables. Artículo 71. El Secretario, en sus faltas temporales, será sustituido por el servidor público que designe el AyuntamientoOFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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D6B2B2465879B2A8464AB638AA9A86A4202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEGUNDOREGIDOR SEGUNDOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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9AD4A0068D1B4050DDC1707E9AF71B45202601/04/202630/06/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR PRIMEROREGIDOR PRIMEROPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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6914DCBA2567067D4342C471D2E57A01202601/04/202630/06/2026SINDICATURASÍNDICA MUNICIPALSÍNDICA MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALLOML Artículo 37. Son atribuciones del Síndico: (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) I. Procurar, defender y promover los intereses del municipio en los litigios en los que fuere parte, delegar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas y formular alegatos, formular posiciones y, en su caso rendir informes, promover el juicio de amparo y el juicio de lesividad. Para delegar poderes, otorgar el perdón judicial, desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes municipales, el Síndico requiere la autorización previa del Cabildo. II. Representar legalmente al Ayuntamiento; (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) III. Vigilar las labores de la Tesorería y promover la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal, así como coadyuvar con el órgano de control interno del Ayuntamiento en el ejercicio en el ejercicio de las funciones de éste; (REFORMADA, G.O. 22 DE ABRIL DE 2003) IV. Vigilar que, con oportunidad, se presenten los estados financieros mensuales y la Cuenta Pública anual al Congreso del Estado; V. Realizar los actos que le encomiende el Ayuntamiento; VI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley así lo establezca; VII. Formar parte de las Comisiones de Gobernación, de Reglamentos y Circulares, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como firmar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VIII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; IX. Registrar y, en su caso, reivindicar la propiedad de los bienes inmuebles municipales; X. Intervenir en la formulación y actualización de los inventarios de bienes muebles e inmuebles del municipio, cuidando que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios para su adecuado control y vigilancia; XI. Asistir y participar, con voz y voto, en las sesiones del Ayuntamiento; XII. Presidir las comisiones que acuerde el Ayuntamiento; XIII. Asociarse a las Comisiones cuando se trate de asuntos que afecten a todo el Municipio; y XIV. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML Artículo 37. Son atribuciones del Síndico: (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) I. Procurar, defender y promover los intereses del municipio en los litigios en los que fuere parte, delegar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas y formular alegatos, formular posiciones y, en su caso rendir informes, promover el juicio de amparo y el juicio de lesividad. Para delegar poderes, otorgar el perdón judicial, desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes municipales, el Síndico requiere la autorización previa del Cabildo. II. Representar legalmente al Ayuntamiento; (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) III. Vigilar las labores de la Tesorería y promover la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal, así como coadyuvar con el órgano de control interno del Ayuntamiento en el ejercicio en el ejercicio de las funciones de éste; (REFORMADA, G.O. 22 DE ABRIL DE 2003) IV. Vigilar que, con oportunidad, se presenten los estados financieros mensuales y la Cuenta Pública anual al Congreso del Estado; V. Realizar los actos que le encomiende el Ayuntamiento; VI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley así lo establezca; VII. Formar parte de las Comisiones de Gobernación, de Reglamentos y Circulares, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como firmar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VIII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; IX. Registrar y, en su caso, reivindicar la propiedad de los bienes inmuebles municipales; X. Intervenir en la formulación y actualización de los inventarios de bienes muebles e inmuebles del municipio, cuidando que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios para su adecuado control y vigilancia; XI. Asistir y participar, con voz y voto, en las sesiones del Ayuntamiento; XII. Presidir las comisiones que acuerde el Ayuntamiento; XIII. Asociarse a las Comisiones cuando se trate de asuntos que afecten a todo el Municipio; y XIV. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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86B3CCF794E0DEFA222B2B84E2667888202601/04/202630/06/2026PRESIDENCIAPRESIDENTEPRESIDENTE MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 36. Son atribuciones del Presidente Municipal: I. Convocar a las sesiones del Ayuntamiento; II. Citar a sesión extraordinaria cuando la urgencia del caso lo reclame o alguno de los Ediles lo solicite; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) III. Presidir y dirigir los debates en las sesiones del Ayuntamiento, en las que participará con voz y voto; IV. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento; V. Suspender la ejecución de los acuerdos que estime contrarios a la ley, informando al Ayuntamiento, a más tardar en ocho días, para que éste los confirme, modifique o revoque; VI. Suscribir, en unión del Síndico, los convenios y contratos necesarios, previa autorización del Ayuntamiento; VII. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de los diversos ramos municipales; VIII. Vigilar que diariamente se califiquen las infracciones a los reglamentos, bandos de policía y gobierno, y demás disposiciones administrativas de observancia general, imponiendo en ese acto a los infractores la sanción que les corresponda; IX. Dictar los acuerdos de trámite del cabildo; X. Tener bajo su mando la policía municipal preventiva, en términos del reglamento correspondiente, excepto cuando ésta deba acatar las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; XI. Vigilar la exacta recaudación de las contribuciones municipales cuidando que su inversión se efectúe con estricto apego a los criterios de racionalidad y disciplina fiscal, así como a la contabilidad, evaluación, información periódica, auditoría interna y control de gestión que dispongan las leyes de la materia; XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para mejorar la prestación de los servicios públicos municipales; XIII. Autorizar en unión de los Ediles de la Comisión de Hacienda, con la firma del Secretario del Ayuntamiento, las órdenes de pago a la Tesorería Municipal que procedan, de conformidad con las disposiciones legales y presupuestales aplicables; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XIV. Proponer al Cabildo los nombramientos del Secretario del Ayuntamiento, del Tesorero Municipal, del Titular del Órgano de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XV. Proponer al Ayuntamiento la integración de las Comisiones Municipales; XVI. Vigilar las labores de la Secretaría del Ayuntamiento; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) XVII. Resolver sobre el nombramiento, remoción, licencia, permiso o comisión de los demás servidores públicos del Ayuntamiento, de lo cual deberá informar al Cabildo; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XVIII. Tomar, a nombre del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, la protesta de ley al Secretario, al Tesorero Municipal, al Titular del Órgano de Control Interno y al Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XIX. Ordenar al personal del Ayuntamiento la ejecución de los trabajos a su cargo; XX. Supervisar por sí o a través del Síndico o del Regidor que designe, el funcionamiento de las dependencias del Ayuntamiento; XXI. Rendir al Ayuntamiento, en el mes de diciembre, un informe anual sobre el estado que guarda la administración pública municipal; XXII. Promover la educación cívica y la celebración de ceremonias públicas conforme al calendario cívico oficial;LOML. Artículo 36. Son atribuciones del Presidente Municipal: I. Convocar a las sesiones del Ayuntamiento; II. Citar a sesión extraordinaria cuando la urgencia del caso lo reclame o alguno de los Ediles lo solicite; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) III. Presidir y dirigir los debates en las sesiones del Ayuntamiento, en las que participará con voz y voto; IV. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento; V. Suspender la ejecución de los acuerdos que estime contrarios a la ley, informando al Ayuntamiento, a más tardar en ocho días, para que éste los confirme, modifique o revoque; VI. Suscribir, en unión del Síndico, los convenios y contratos necesarios, previa autorización del Ayuntamiento; VII. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de los diversos ramos municipales; VIII. Vigilar que diariamente se califiquen las infracciones a los reglamentos, bandos de policía y gobierno, y demás disposiciones administrativas de observancia general, imponiendo en ese acto a los infractores la sanción que les corresponda; IX. Dictar los acuerdos de trámite del cabildo; X. Tener bajo su mando la policía municipal preventiva, en términos del reglamento correspondiente, excepto cuando ésta deba acatar las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; XI. Vigilar la exacta recaudación de las contribuciones municipales cuidando que su inversión se efectúe con estricto apego a los criterios de racionalidad y disciplina fiscal, así como a la contabilidad, evaluación, información periódica, auditoría interna y control de gestión que dispongan las leyes de la materia; XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para mejorar la prestación de los servicios públicos municipales; XIII. Autorizar en unión de los Ediles de la Comisión de Hacienda, con la firma del Secretario del Ayuntamiento, las órdenes de pago a la Tesorería Municipal que procedan, de conformidad con las disposiciones legales y presupuestales aplicables; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XIV. Proponer al Cabildo los nombramientos del Secretario del Ayuntamiento, del Tesorero Municipal, del Titular del Órgano de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XV. Proponer al Ayuntamiento la integración de las Comisiones Municipales; XVI. Vigilar las labores de la Secretaría del Ayuntamiento; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) XVII. Resolver sobre el nombramiento, remoción, licencia, permiso o comisión de los demás servidores públicos del Ayuntamiento, de lo cual deberá informar al Cabildo; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XVIII. Tomar, a nombre del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, la protesta de ley al Secretario, al Tesorero Municipal, al Titular del Órgano de Control Interno y al Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XIX. Ordenar al personal del Ayuntamiento la ejecución de los trabajos a su cargo; XX. Supervisar por sí o a través del Síndico o del Regidor que designe, el funcionamiento de las dependencias del Ayuntamiento; XXI. Rendir al Ayuntamiento, en el mes de diciembre, un informe anual sobre el estado que guarda la administración pública municipal; XXII. Promover la educación cívica y la celebración de ceremonias públicas conforme al calendario cívico oficial;OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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38A89B721291AF522DA4020FCC8667CA202601/04/202630/06/2026DIF MUNICIPALDIRECTORADIRECTORA DE DIF MUNICIPALPRESIDENTA DIF MUNICIPALOpera programas y servicios del DIF en beneficio de la población vulnerable.Opera programas y servicios del DIF en beneficio de la población vulnerable.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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22800433FE7E4649659580AD9E5E47E3202601/04/202630/06/2026PARQUE VEHICULARJEFE DE PARQUE VEHICULARJEFE DE PARQUE VEHICULARPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra y controla el uso, mantenimiento y resguardo de vehículos oficiales.Administra y controla el uso, mantenimiento y resguardo de vehículos oficiales.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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F55F06FE36E44EE8A637AD2ED577E87A202601/04/202630/06/2026PARQUES Y JARDINESJEFE DE PARQUES Y JARDINESJEFE DE PARQUES Y JARDINESPRESIDENCIA MUNICIPALSupervisa el mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos.Supervisa el mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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03860A0F1D6E5445E0540CAAF24B35F6202601/04/202630/06/2026EDUCACIÓNDIRECTORDIRECTOR DE EDUCACIÓNPRESIDENCIA MUNICIPALImpulsa programas educativos y coordina acciones con instituciones del sector.Impulsa programas educativos y coordina acciones con instituciones del sector.OFICIALIA MAYOR30/06/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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BC2548EEBD4094B94D4F4D7B712FE2BD202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEPTIMOREGIDOR SEPTIMOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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53BC00763664DA36BD9A47DA967C06B2202601/01/202631/03/2026OBRAS PÚBLICASDIRECTORDIRECTOR DE OBRAS PÚBLICASPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 73 Bis. Cada Ayuntamiento contará con una Dirección de Obras Públicas, cuyo titular deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 68 de esta Ley. Artículo 73 Ter. Son atribuciones del director de Obras Públicas: I. Elaborar y proponer al Ayuntamiento, conforme al Plan Municipal de Desarrollo, los proyectos y presupuestos base de las obras a ejecutarse: II. La elaboración, dirección y ejecución de los programas destinados a la construcción de obras; III. Observar y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones correspondientes a la obra pública municipal; IV. Supervisar la correcta ejecución de las obras por contrato y por administración directa; V. Rendir en tiempo y forma al Ayuntamiento, los informes de avances físicos de obras o proyectos, mediante bitácoras de obra; VI. Al término de cada obra o acción, elaborar los finiquitos y expedientes unitarios, conforme a la documentación comprobatoria, según corresponda el origen del recurso; VII. Presentar, al término de cada ejercicio fiscal, el cierre de ejercicio físico financiero de las obras ejecutadas y en proceso de ejecución o transferidas al ejercicio siguiente; VIII. Asistir a las visitas de inspección y auditorías que se practiquen a las obras o acciones ejecutadas o en proceso; IX. Autorizar con su firma las estimaciones, avances de cuenta mensual y toda documentación que le corresponda; y X. Las demás que le otorguen esta ley y las leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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F17D7D51B7E33CA14D976833C4F08F1A202601/01/202631/03/2026SECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOSECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOSECRETARIO PARTICULAR Y BUEN GOBIERNOPRESIDENCIA MUNICIPALBrindar apoyo directo al Presidente Municipal en la organización, coordinación y seguimiento de la agenda institucional, así como en la gestión de asuntos administrativos y de atención ciudadanaBrindar apoyo directo al Presidente Municipal en la organización, coordinación y seguimiento de la agenda institucional, así como en la gestión de asuntos administrativos y de atención ciudadanaOFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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554B68A3C006A3EEE794F76DB4D27A22202601/01/202631/03/2026INNOVACIÓN TECNOLÓGICADIRECTORDIRECTOR DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICAPRESIDENCIA MUNICIPALPlanear, coordinar e implementar estrategias tecnológicas que modernicen la administración pública municipal, optimicen los procesos internos y mejoren los servicios digitales dirigidos a la ciudadanía.Planear, coordinar e implementar estrategias tecnológicas que modernicen la administración pública municipal, optimicen los procesos internos y mejoren los servicios digitales dirigidos a la ciudadanía.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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914F704D34AB6B50CF32AAA631191ED6202601/01/202631/03/2026OFICIALIA MAYOROFICIALOFICIAL MAYORPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra los recursos humanos, materiales y servicios generales del Ayuntamiento, garantizando el funcionamiento interno eficiente de la administración pública municipal.Administra los recursos humanos, materiales y servicios generales del Ayuntamiento, garantizando el funcionamiento interno eficiente de la administración pública municipal.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5F9F19A4F07935ECF12A96E0045B6871202601/01/202631/03/2026SERVICIOS GENERALESJEFE SERVICIOS GENERALESJEFE SERVICIOS GENERALESPRESIDENCIA MUNICIPALCoordina el mantenimiento, conservación y operación de bienes muebles e inmuebles municipales, asegurando servicios internos adecuados.Coordina el mantenimiento, conservación y operación de bienes muebles e inmuebles municipales, asegurando servicios internos adecuados.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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88A03B6E69D69B05A66C524904406F06202601/01/202631/03/2026POLITICA INTERNADIRECTORDIRECTOR DE POLÍTICA INTERNAPRESIDENCIA MUNICIPALContribuye a la gobernabilidad municipal mediante la atención de asuntos políticos, sociales y de concertación institucional.Contribuye a la gobernabilidad municipal mediante la atención de asuntos políticos, sociales y de concertación institucional.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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6A986A430F0726409D5EC351D37025D0202601/01/202631/03/2026PROYECTOSDIRECTORDIRECTOR DE PROYECTOSPRESIDENCIA MUNICIPALFormula, gestiona y da seguimiento a proyectos estratégicos de inversión y desarrollo municipal.Formula, gestiona y da seguimiento a proyectos estratégicos de inversión y desarrollo municipal.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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141D2E620E09D65D34235C98803D5CDE202601/01/202631/03/2026CATASTRODIRECTORDIRECTOR DE CATASTROTESORERIA MUNICIPALAdministra el padrón catastral, actualiza valores y registros de bienes inmuebles para fines fiscales y de planeación.Administra el padrón catastral, actualiza valores y registros de bienes inmuebles para fines fiscales y de planeación.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5E2A67E1E544879495A4A64FE40EF183202601/01/202631/03/2026DESARROLLO URBANODIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO URBANODIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICASRegula el uso de suelo, licencias de construcción y ordenamiento territorial conforme a la normatividad vigente.Regula el uso de suelo, licencias de construcción y ordenamiento territorial conforme a la normatividad vigente.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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505472598479ED13D708E19ECB3D95EB202601/01/202631/03/2026FOMENTO DEPORTIVODIRECTORDIRECTOR DE FOMENTO DEPORTIVOPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve actividades deportivas y recreativas que contribuyan al desarrollo físico y social de la población.Promueve actividades deportivas y recreativas que contribuyan al desarrollo físico y social de la población.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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0EF0C9CEBFBCF61BB6D0AA73B7171896202601/01/202631/03/2026JUNTA DE MEJORASCOORDINADORCOORDINADOR DE JUNTAS DE MEJORASPRESIDENCIA MUNICIPALOrganiza y vincula a los comités ciudadanos para impulsar acciones comunitarias y de desarrollo social.Organiza y vincula a los comités ciudadanos para impulsar acciones comunitarias y de desarrollo social.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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59DAC6D9ACCDE681F45A0D3F8982425C202601/01/202631/03/2026PARTICIPACIÓN CIUDADANADIRECTORDIRECTOR DE PARTICIPACION CIUDADANAPRESIDENCIA MUNICIPALFomenta la intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones y en programas municipales.Fomenta la intervención de la ciudadanía en la toma de decisiones y en programas municipales.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2EF75ED91988358EF13CDC74FD644887202601/01/202631/03/2026TURISMODIRECTORADIRECTORA DE TURISMOPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve el desarrollo turístico del municipio mediante estrategias de difusión y fortalecimiento de la actividad económica.Promueve el desarrollo turístico del municipio mediante estrategias de difusión y fortalecimiento de la actividad económica.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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9CECF02C5BF0666A4EF4A71444665263202601/01/202631/03/2026SEGURIDAD CIUDADANADIRECTORDIRECTOR DE SEGURIDAD CIUDADANASINDICATURACoordina acciones de prevención, vigilancia y protección para mantener el orden público y la seguridad.Coordina acciones de prevención, vigilancia y protección para mantener el orden público y la seguridad.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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554A8FB0DBFB40DAE820545197ED5953202601/01/202631/03/2026DESARROLLO SOCIALDIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO SOCIALPRESIDENCIA MUNICIPALImplementa programas sociales orientados a mejorar las condiciones de vida de la población.Implementa programas sociales orientados a mejorar las condiciones de vida de la población.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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7190F68870A6ACD2CF88413375CFC1BD202601/01/202631/03/2026PANTEONESCOORDINADORACOORDINADORA DE PANTEONESREGIDURIAAdministra y supervisa el funcionamiento de los cementerios municipales.Administra y supervisa el funcionamiento de los cementerios municipales.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5A1B2CEE90D121B9AF6B038D1EFE2177202601/01/202631/03/2026JURÍDICODIRECTORADIRECTORA DE JURÍDICOSINDICATURABrinda asesoría legal al Ayuntamiento y representa jurídicamente al municipio en asuntos legales.Brinda asesoría legal al Ayuntamiento y representa jurídicamente al municipio en asuntos legales.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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5D9981CB61FF1B8B0DAFE5698D601623202601/01/202631/03/2026ECOLOGIACOORDINADORCOORDINADOR DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTEPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve la protección ambiental y regula el uso sustentable de los recursos naturales.Promueve la protección ambiental y regula el uso sustentable de los recursos naturales.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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3AA20B5D651E14F613AD716171BA835C202601/01/202631/03/2026PROGRAMA DE GOBIERNOCOORDINADORCOORDINADOR DE BUEN GOBIERNOPRESIDENCIA MUNICIPALImpulsa la transparencia, rendición de cuentas, ética pública y mejora administrativa.Impulsa la transparencia, rendición de cuentas, ética pública y mejora administrativa.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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CAD273E649A505BDEC8F4F8790D71676202601/01/202631/03/2026ASUNTOS RELIGIOSOSCOORDINADORCOORDINADOR DE ASUNTOS RELIGIOSOSPRESIDENCIA MUNICIPALAtiende y coordina la relación institucional con asociaciones religiosas en el municipio.Atiende y coordina la relación institucional con asociaciones religiosas en el municipio.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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6F1012199989CF54261B379D340D99F3202601/01/202631/03/2026VIALIDAD Y TRANSPORTECOORDINADORCOORDINADOR DE VIALIDADPRESIDENCIA MUNICIPALRegula el tránsito y promueve la movilidad segura dentro del municipio.Regula el tránsito y promueve la movilidad segura dentro del municipio.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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A80E93F8B03B74B52446137F15795A89202601/01/202631/03/2026ALUMBRADO PÚBLICOCOORDINADORCOORDINADOR DE ALUMBRADO PÚBLICOPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra y supervisa el servicio de iluminación en espacios públicos.Administra y supervisa el servicio de iluminación en espacios públicos.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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54B4929DAA7BAA5657614259B342D51B202601/01/202631/03/2026COMUNICACIÓN SOCIALDIRECTORDIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIALPRESIDENCIA MUNICIPALDifunde información institucional y mantiene la relación con medios de comunicación.Difunde información institucional y mantiene la relación con medios de comunicación.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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BB4F34D984FC7702FFE9147986688612202601/01/202631/03/2026TRANSPARENCIATITULARTITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAPRESIDENCIA MUNICIPALGarantiza el acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia.Garantiza el acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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4855E5EA80BB333F18E4962130CB4B7E202601/01/202631/03/2026ATENCIÓN CIUDADANACOORDINADORCOORDINADOR DE ATENCIÓN CIUDADANAPRESIDENCIA MUNICIPALRecibe, canaliza y da seguimiento a solicitudes y quejas de la población.Recibe, canaliza y da seguimiento a solicitudes y quejas de la población.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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6A62F11DA4E626E6B10168BC52A23A3F202601/01/202631/03/2026DESARROLLO RURAL SUSTENTABLEDIRECTORDIRECTOR DE DESARROLLO SUSTENTABLEPRESIDENCIA MUNICIPALPromueve políticas de crecimiento económico equilibrado con el cuidado del medio ambientePromueve políticas de crecimiento económico equilibrado con el cuidado del medio ambienteOFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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E67E6EDD233C274970EA61767ADBDB74202601/01/202631/03/2026REGISTRO CIVILOFICIALOFICIAL DE REGISTRO CIVILTESORERIA MUNICIPALRegistra y certifica actos del estado civil de las personas conforme a la ley.Registra y certifica actos del estado civil de las personas conforme a la ley.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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F778C27F4390DFF42ED1B92E42335215202601/01/202631/03/2026SALUDDIRECTORDIRECTOR DE SALUDPRESIDENCIA MUNICIPALCoordina acciones de prevención y atención en materia de salud pública municipal.Coordina acciones de prevención y atención en materia de salud pública municipal.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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479E6EA44FAA312910D8DFB2D5F2CB0F202601/01/202631/03/2026COMERCIODIRECTORDIRECTOR DE COMERCIOTESORERIA MUNICIPALRegula y supervisa las actividades comerciales dentro del municipio.Regula y supervisa las actividades comerciales dentro del municipio.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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561E849D4B34658B94D08412FC687A35202601/01/202631/03/2026EDUCACIÓNDIRECTORDIRECTOR DE EDUCACIÓNPRESIDENCIA MUNICIPALImpulsa programas educativos y coordina acciones con instituciones del sector.Impulsa programas educativos y coordina acciones con instituciones del sector.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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220470223020FCAFEED227880462C730202601/01/202631/03/2026PARQUES Y JARDINESJEFE DE PARQUES Y JARDINESJEFE DE PARQUES Y JARDINESPRESIDENCIA MUNICIPALSupervisa el mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos.Supervisa el mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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2C9B95B7091B66C1F1E027B5585CE626202601/01/202631/03/2026PARQUE VEHICULARJEFE DE PARQUE VEHICULARJEFE DE PARQUE VEHICULARPRESIDENCIA MUNICIPALAdministra y controla el uso, mantenimiento y resguardo de vehículos oficiales.Administra y controla el uso, mantenimiento y resguardo de vehículos oficiales.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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17EA7A0BA69C8FC796CBBB5ED5AE8F6D202601/01/202631/03/2026DIF MUNICIPALDIRECTORADIRECTORA DE DIF MUNICIPALPRESIDENTA DIF MUNICIPALOpera programas y servicios del DIF en beneficio de la población vulnerable.Opera programas y servicios del DIF en beneficio de la población vulnerable.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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02D786FFC0379EBF8CBC657B7A1B3014202601/01/202631/03/2026PRESIDENCIAPRESIDENTEPRESIDENTE MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 36. Son atribuciones del Presidente Municipal: I. Convocar a las sesiones del Ayuntamiento; II. Citar a sesión extraordinaria cuando la urgencia del caso lo reclame o alguno de los Ediles lo solicite; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) III. Presidir y dirigir los debates en las sesiones del Ayuntamiento, en las que participará con voz y voto; IV. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento; V. Suspender la ejecución de los acuerdos que estime contrarios a la ley, informando al Ayuntamiento, a más tardar en ocho días, para que éste los confirme, modifique o revoque; VI. Suscribir, en unión del Síndico, los convenios y contratos necesarios, previa autorización del Ayuntamiento; VII. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de los diversos ramos municipales; VIII. Vigilar que diariamente se califiquen las infracciones a los reglamentos, bandos de policía y gobierno, y demás disposiciones administrativas de observancia general, imponiendo en ese acto a los infractores la sanción que les corresponda; IX. Dictar los acuerdos de trámite del cabildo; X. Tener bajo su mando la policía municipal preventiva, en términos del reglamento correspondiente, excepto cuando ésta deba acatar las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; XI. Vigilar la exacta recaudación de las contribuciones municipales cuidando que su inversión se efectúe con estricto apego a los criterios de racionalidad y disciplina fiscal, así como a la contabilidad, evaluación, información periódica, auditoría interna y control de gestión que dispongan las leyes de la materia; XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para mejorar la prestación de los servicios públicos municipales; XIII. Autorizar en unión de los Ediles de la Comisión de Hacienda, con la firma del Secretario del Ayuntamiento, las órdenes de pago a la Tesorería Municipal que procedan, de conformidad con las disposiciones legales y presupuestales aplicables; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XIV. Proponer al Cabildo los nombramientos del Secretario del Ayuntamiento, del Tesorero Municipal, del Titular del Órgano de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XV. Proponer al Ayuntamiento la integración de las Comisiones Municipales; XVI. Vigilar las labores de la Secretaría del Ayuntamiento; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) XVII. Resolver sobre el nombramiento, remoción, licencia, permiso o comisión de los demás servidores públicos del Ayuntamiento, de lo cual deberá informar al Cabildo; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XVIII. Tomar, a nombre del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, la protesta de ley al Secretario, al Tesorero Municipal, al Titular del Órgano de Control Interno y al Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XIX. Ordenar al personal del Ayuntamiento la ejecución de los trabajos a su cargo; XX. Supervisar por sí o a través del Síndico o del Regidor que designe, el funcionamiento de las dependencias del Ayuntamiento; XXI. Rendir al Ayuntamiento, en el mes de diciembre, un informe anual sobre el estado que guarda la administración pública municipal; XXII. Promover la educación cívica y la celebración de ceremonias públicas conforme al calendario cívico oficial;LOML. Artículo 36. Son atribuciones del Presidente Municipal: I. Convocar a las sesiones del Ayuntamiento; II. Citar a sesión extraordinaria cuando la urgencia del caso lo reclame o alguno de los Ediles lo solicite; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) III. Presidir y dirigir los debates en las sesiones del Ayuntamiento, en las que participará con voz y voto; IV. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento; V. Suspender la ejecución de los acuerdos que estime contrarios a la ley, informando al Ayuntamiento, a más tardar en ocho días, para que éste los confirme, modifique o revoque; VI. Suscribir, en unión del Síndico, los convenios y contratos necesarios, previa autorización del Ayuntamiento; VII. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de los diversos ramos municipales; VIII. Vigilar que diariamente se califiquen las infracciones a los reglamentos, bandos de policía y gobierno, y demás disposiciones administrativas de observancia general, imponiendo en ese acto a los infractores la sanción que les corresponda; IX. Dictar los acuerdos de trámite del cabildo; X. Tener bajo su mando la policía municipal preventiva, en términos del reglamento correspondiente, excepto cuando ésta deba acatar las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; XI. Vigilar la exacta recaudación de las contribuciones municipales cuidando que su inversión se efectúe con estricto apego a los criterios de racionalidad y disciplina fiscal, así como a la contabilidad, evaluación, información periódica, auditoría interna y control de gestión que dispongan las leyes de la materia; XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para mejorar la prestación de los servicios públicos municipales; XIII. Autorizar en unión de los Ediles de la Comisión de Hacienda, con la firma del Secretario del Ayuntamiento, las órdenes de pago a la Tesorería Municipal que procedan, de conformidad con las disposiciones legales y presupuestales aplicables; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XIV. Proponer al Cabildo los nombramientos del Secretario del Ayuntamiento, del Tesorero Municipal, del Titular del Órgano de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XV. Proponer al Ayuntamiento la integración de las Comisiones Municipales; XVI. Vigilar las labores de la Secretaría del Ayuntamiento; (REFORMADA, G.O. 15 DE FEBRERO DE 2010) XVII. Resolver sobre el nombramiento, remoción, licencia, permiso o comisión de los demás servidores públicos del Ayuntamiento, de lo cual deberá informar al Cabildo; (REFORMADA, G.O. 25 DE DICIEMBRE DE 2013) XVIII. Tomar, a nombre del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, la protesta de ley al Secretario, al Tesorero Municipal, al Titular del Órgano de Control Interno y al Jefe o Comandante de la Policía Municipal; XIX. Ordenar al personal del Ayuntamiento la ejecución de los trabajos a su cargo; XX. Supervisar por sí o a través del Síndico o del Regidor que designe, el funcionamiento de las dependencias del Ayuntamiento; XXI. Rendir al Ayuntamiento, en el mes de diciembre, un informe anual sobre el estado que guarda la administración pública municipal; XXII. Promover la educación cívica y la celebración de ceremonias públicas conforme al calendario cívico oficial;OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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D5922E5D0160B0F81F6D50E0232B9BFE202601/01/202631/03/2026SINDICATURASÍNDICA MUNICIPALSÍNDICA MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALLOML Artículo 37. Son atribuciones del Síndico: (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) I. Procurar, defender y promover los intereses del municipio en los litigios en los que fuere parte, delegar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas y formular alegatos, formular posiciones y, en su caso rendir informes, promover el juicio de amparo y el juicio de lesividad. Para delegar poderes, otorgar el perdón judicial, desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes municipales, el Síndico requiere la autorización previa del Cabildo. II. Representar legalmente al Ayuntamiento; (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) III. Vigilar las labores de la Tesorería y promover la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal, así como coadyuvar con el órgano de control interno del Ayuntamiento en el ejercicio en el ejercicio de las funciones de éste; (REFORMADA, G.O. 22 DE ABRIL DE 2003) IV. Vigilar que, con oportunidad, se presenten los estados financieros mensuales y la Cuenta Pública anual al Congreso del Estado; V. Realizar los actos que le encomiende el Ayuntamiento; VI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley así lo establezca; VII. Formar parte de las Comisiones de Gobernación, de Reglamentos y Circulares, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como firmar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VIII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; IX. Registrar y, en su caso, reivindicar la propiedad de los bienes inmuebles municipales; X. Intervenir en la formulación y actualización de los inventarios de bienes muebles e inmuebles del municipio, cuidando que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios para su adecuado control y vigilancia; XI. Asistir y participar, con voz y voto, en las sesiones del Ayuntamiento; XII. Presidir las comisiones que acuerde el Ayuntamiento; XIII. Asociarse a las Comisiones cuando se trate de asuntos que afecten a todo el Municipio; y XIV. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML Artículo 37. Son atribuciones del Síndico: (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) I. Procurar, defender y promover los intereses del municipio en los litigios en los que fuere parte, delegar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas y formular alegatos, formular posiciones y, en su caso rendir informes, promover el juicio de amparo y el juicio de lesividad. Para delegar poderes, otorgar el perdón judicial, desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes municipales, el Síndico requiere la autorización previa del Cabildo. II. Representar legalmente al Ayuntamiento; (REFORMADA; G.O. 02 DE MARZO DE 2006) III. Vigilar las labores de la Tesorería y promover la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal, así como coadyuvar con el órgano de control interno del Ayuntamiento en el ejercicio en el ejercicio de las funciones de éste; (REFORMADA, G.O. 22 DE ABRIL DE 2003) IV. Vigilar que, con oportunidad, se presenten los estados financieros mensuales y la Cuenta Pública anual al Congreso del Estado; V. Realizar los actos que le encomiende el Ayuntamiento; VI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley así lo establezca; VII. Formar parte de las Comisiones de Gobernación, de Reglamentos y Circulares, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como firmar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VIII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; IX. Registrar y, en su caso, reivindicar la propiedad de los bienes inmuebles municipales; X. Intervenir en la formulación y actualización de los inventarios de bienes muebles e inmuebles del municipio, cuidando que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios para su adecuado control y vigilancia; XI. Asistir y participar, con voz y voto, en las sesiones del Ayuntamiento; XII. Presidir las comisiones que acuerde el Ayuntamiento; XIII. Asociarse a las Comisiones cuando se trate de asuntos que afecten a todo el Municipio; y XIV. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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4822BF8FBE035CB381307452B634A066202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR PRIMEROREGIDOR PRIMEROPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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49896A1C7956A868B171ECE24ED5A439202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEGUNDOREGIDOR SEGUNDOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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DBD5F67A91975D259F640DD9CAE7AF9C202601/01/202631/03/2026SECRETARIA MUNICIPALSECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTOSECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 69. Cada Ayuntamiento contará con una Secretaría, cuyo titular será nombrado conforme a las disposiciones de esta ley. El Secretario del Ayuntamiento deberá contar preferentemente con título profesional, y tendrá a su cargo y bajo su inmediata dirección, cuidado y responsabilidad, la oficina y archivo del Ayuntamiento, con el acuerdo del Presidente Municipal. La Secretaría del Ayuntamiento se ubicará en el Palacio Municipal, donde se guardará el archivo del Municipio, con la reserva y confidencialidad que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Artículo 70. Son facultades y obligaciones del Secretario del Ayuntamiento: I. Estar presente en las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz y levantar las actas al terminar cada una de ellas; II. Dar cuenta diariamente de todos los asuntos al Presidente para acordar el trámite que deba recaer a los mismos; III. Informar, cuando así lo solicite el Ayuntamiento, sobre el estado que guardan los asuntos a su cargo; IV. Expedir las copias, credenciales y demás certificados que acuerde el Ayuntamiento, así como llevar el registro de la plantilla de servidores públicos de éste; V. Autorizar con su firma y rúbrica, según corresponda, las actas y documentos emanados del Ayuntamiento; VI. Proponer el nombramiento de los empleados de su dependencia; VII. Presentar, en la primera sesión de cada mes, informe que exprese el número y asunto de los expedientes que hayan pasado a Comisión, los despachados en el mes anterior y el total de los pendientes; VIII. Observar y hacer cumplir las disposiciones que reglamentan el funcionamiento de la Secretaría, procurando el pronto y eficaz despacho de los negocios; IX. Compilar las leyes, decretos, reglamentos, Gacetas Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos órganos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como tramitar la publicación de los bandos, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general que acuerde el Ayuntamiento; X. Llevar el registro de los ciudadanos en el padrón municipal; y XI. Las demás que expresamente le señalen esta ley y demás leyes aplicables. Artículo 71. El Secretario, en sus faltas temporales, será sustituido por el servidor público que designe el AyuntamientoLOML. Artículo 69. Cada Ayuntamiento contará con una Secretaría, cuyo titular será nombrado conforme a las disposiciones de esta ley. El Secretario del Ayuntamiento deberá contar preferentemente con título profesional, y tendrá a su cargo y bajo su inmediata dirección, cuidado y responsabilidad, la oficina y archivo del Ayuntamiento, con el acuerdo del Presidente Municipal. La Secretaría del Ayuntamiento se ubicará en el Palacio Municipal, donde se guardará el archivo del Municipio, con la reserva y confidencialidad que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Artículo 70. Son facultades y obligaciones del Secretario del Ayuntamiento: I. Estar presente en las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz y levantar las actas al terminar cada una de ellas; II. Dar cuenta diariamente de todos los asuntos al Presidente para acordar el trámite que deba recaer a los mismos; III. Informar, cuando así lo solicite el Ayuntamiento, sobre el estado que guardan los asuntos a su cargo; IV. Expedir las copias, credenciales y demás certificados que acuerde el Ayuntamiento, así como llevar el registro de la plantilla de servidores públicos de éste; V. Autorizar con su firma y rúbrica, según corresponda, las actas y documentos emanados del Ayuntamiento; VI. Proponer el nombramiento de los empleados de su dependencia; VII. Presentar, en la primera sesión de cada mes, informe que exprese el número y asunto de los expedientes que hayan pasado a Comisión, los despachados en el mes anterior y el total de los pendientes; VIII. Observar y hacer cumplir las disposiciones que reglamentan el funcionamiento de la Secretaría, procurando el pronto y eficaz despacho de los negocios; IX. Compilar las leyes, decretos, reglamentos, Gacetas Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos órganos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como tramitar la publicación de los bandos, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general que acuerde el Ayuntamiento; X. Llevar el registro de los ciudadanos en el padrón municipal; y XI. Las demás que expresamente le señalen esta ley y demás leyes aplicables. Artículo 71. El Secretario, en sus faltas temporales, será sustituido por el servidor público que designe el AyuntamientoOFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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989061081F415813DC5D52CF1330962E202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR TERCEROREGIDOR TERCEROPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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3D8EF7EBBF165481A77F6337C07167B5202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR CUARTAREGIDOR CUARTAPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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757947873E6C619906C27FD7F0068E99202601/01/202631/03/2026ÓRGANO DE CONTROL INTERNOTITULARTITULAR DEL ÓRGANO DE CONTROL INTERNO MUNICIPALAUTÓNOMOOFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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7FA3AC30413E49C2453B72B05823565E202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR QUINTOREGIDOR QUINTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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A366F0E5A373037971D5D8B858C88494202601/01/202631/03/2026REGIDURIA MUNICIPALREGIDOR SEXTOREGIDOR SEXTOPRESIDENCIA MUNICIPALLOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.LOML. Artículo 38. Son atribuciones de los Regidores: I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables; y VIII. Las demás que expresamente le confieran esta ley y demás leyes del Estado.OFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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17DB06BED370464BFDF1800411857EF2202601/01/202631/03/2026TESORERIA MUNICIPALTESORERO MUNICIPALTESORERO MUNICIPALPRESIDENCIA MUNICIPALOFICIALIA MAYOR31/03/2026ESTRUCTURA ORGÁNICA EN ACTUALIZACIÓN
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