ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACAD
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TITULONOMBRE CORTODESCRIPCION
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Resultados de auditorías realizadas
LGTA70FXXIV
Los sujetos obligados publicarán la información correspondiente a los resultados de las auditorías internas y externas realizadas a su ejercicio presupuestal, así como los hallazgos, observaciones, conclusiones, recomendaciones, dictámenes o documentos correspondientes, entregados por la instancia que las haya realizado y, en su caso, el seguimiento a cada una de ellas.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaEjercicio(s) auditado(s)Periodo auditadoRubro (catálogo)Tipo de auditoríaNúmero de auditoríaÓrgano que realizó la revisión o auditoríaNúmero o folio que identifique el oficio o documento de aperturaNúmero del oficio de solicitud de informaciónNúmero de oficio de solicitud de información adicionalObjetivo(s) de la realización de la auditoríaRubros sujetos a revisiónFundamentos legalesNúmero de oficio de notificación de resultadosHipervínculo al oficio o documento de notificación de resultadosPor rubro sujeto a revisión, especificar hallazgosHipervínculo a las recomendaciones hechasHipervínculos a los informes finales, de revisión y/o dictamenTipo de acción determinada por el órgano fiscalizadorServidor(a) público(a) y/o área responsable de recibir los resultadosTotal de solventaciones y/o aclaraciones realizadasHipervínculo al informe sobre las aclaraciones realizadas por el sujeto obligado, en su casoTotal de acciones por solventarHipervínculo al Programa anual de auditoríasÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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20221/1/202231/3/2022Secretaría de Finanzas4/4/20223/4/2022Durante el periodo que se informa no se han llevado a cabo procesos de auditoría. Toda vez que los revisiones a los finanzas de los partidos políticos las realiza exclusivamente la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y se realizan de conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 32, numeral 1, inciso a), fracción VI; 44, numeral 1, inciso j); 190; 191; 192; 196, numeral 1; 199, numeral 1, incisos a), c), d), e) y h); 200 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); 7, numeral 1, inciso d); 77, 78; 80 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP); así como 22; 235, 237, 243, 244, 245, 246, 247, 290 y 291 del Reglamento de Fiscalización (RF), la Comisión de Fiscalización (CF) del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF).
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20221/4/202230/6/2022Secretaría de Finanzas4/7/20224/7/2022Durante el periodo que se informa no se han llevado a cabo procesos de auditoría. Toda vez que los revisiones a los finanzas de los partidos políticos las realiza exclusivamente la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y se realizan de conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 32, numeral 1, inciso a), fracción VI; 44, numeral 1, inciso j); 190; 191; 192; 196, numeral 1; 199, numeral 1, incisos a), c), d), e) y h); 200 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); 7, numeral 1, inciso d); 77, 78; 80 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP); así como 22; 235, 237, 243, 244, 245, 246, 247, 290 y 291 del Reglamento de Fiscalización (RF), la Comisión de Fiscalización (CF) del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF).
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20221/7/202230/9/2022Secretaría de Finanzas4/10/20224/10/2022Durante el periodo que se informa no se han llevado a cabo procesos de auditoría. Toda vez que los revisiones a los finanzas de los partidos políticos las realiza exclusivamente la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y se realizan de conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 32, numeral 1, inciso a), fracción VI; 44, numeral 1, inciso j); 190; 191; 192; 196, numeral 1; 199, numeral 1, incisos a), c), d), e) y h); 200 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); 7, numeral 1, inciso d); 77, 78; 80 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP); así como 22; 235, 237, 243, 244, 245, 246, 247, 290 y 291 del Reglamento de Fiscalización (RF), la Comisión de Fiscalización (CF) del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF).
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20221/10/202231/12/2022Secretaría de Finanzas5/1/20236/1/2023Durante el periodo que se informa no se han llevado a cabo procesos de auditoría. Toda vez que los revisiones a los finanzas de los partidos políticos las realiza exclusivamente la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y se realizan de conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 32, numeral 1, inciso a), fracción VI; 44, numeral 1, inciso j); 190; 191; 192; 196, numeral 1; 199, numeral 1, incisos a), c), d), e) y h); 200 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); 7, numeral 1, inciso d); 77, 78; 80 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP); así como 22; 235, 237, 243, 244, 245, 246, 247, 290 y 291 del Reglamento de Fiscalización (RF), la Comisión de Fiscalización (CF) del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF).
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