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Nombre del Sujeto Obligado:H. AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
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Normativa:Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
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Formato:Tipos de uso de suelo
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ID Ejercicio Fecha de Inicio Del Periodo Que Se Informa Fecha de Término Del Periodo Que Se Informa Hipervínculo Al Listado con Los Tipos de Uso de Suelo Hipervínculo a Los Mapas con Tipología de Uso Del Suelo Número Total de Cambios de Uso de Suelo Solicitados Número Total de Cambios de Uso de Suelo Autorizados Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información Fecha de Validación Fecha de Actualización Nota
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32157871202301/04/202330/06/2023http://www.tuxtepec.gob.mx/transparencia/DIRECCIONES/Direccion-Desarrollo-Urbano/uso_de_suelo/USOS_DESTINOS_Y_RESERVAS_DEL_SUELO.PDFhttp://www.tuxtepec.gob.mx/transparencia/DIRECCIONES/Direccion-Desarrollo-Urbano/uso_de_suelo/MAPA_PMDU_ESTRATEGICO.pdf6161Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano11/10/202311/07/2023
El sujeto obligado H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca durante el periodo que se informa del trimestre comprendido del 01/04/2023 al 30/06/2023 tomó como referente la normatividad a la cual rige la subdirección de desarrollo urbano en el marco legal para dichos tramites,1. actualmente el desarrollo urbano de la ciudad de Tuxtepec, esta normado por el plan de centro de población estratégico de Tuxtepec, Oaxaca; el cual fue aprobado en sesión de cabildo el 3 de mayo de 1994; autorizado por decreto del c. gobernador del estado de Oaxaca Lic. Diodoro carrasco Altamirano el 7 de octubre del 1994 y publicado en el periódico oficial del estado el 17 de diciembre del mismo año. 2. el artículo 9° del plan de desarrollo urbano del centro de población estratégico de Tuxtepec, Oaxaca, establece que tendría una vigencia hasta el año 2010; y estaría sometido a un proceso constante de actualización y revisión. 3. que en sesión de cabildo el 20 de agosto de 1998; el ayuntamiento de san juan bautista Tuxtepec, Oaxaca aprobó las modificaciones al plan de desarrollo urbano del centro de población estratégico de Tuxtepec, Oaxaca, el mismo que fue aprobado por decreto firmado por el Lic. José Murat Casab, gobernador constitucional del estado de Oaxaca; el 4 de febrero de 1999. y publicado en el periódico oficial del estado el 12 de junio del mismo año.4. que las modificaciones al plan de desarrollo urbano del centro de población estratégico de Tuxtepec, Oaxaca, incluyo 12 colonias al centro de población, al autorizar el cambio de uso de suelo, como lo establece el artículo 4° de la modificación al plan de centro de población.
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