| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2 | Título | Nombre corto | Descripción | |||||||||||||||||||||||
3 | Estructura Orgánica | LGT_65_II.1 | Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. | |||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) | Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) | Área de adscripción inmediata superior | Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) | Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) | Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualiza(n) la información | Fecha de actualización | Nota | ||||||||||||
8 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Despacho de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente | Secretario(a) de Estado | Jefe(a) de Departamento | Dirección Administrativa | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 7,8, 9 | Fracciones de la I a la LXXXIV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1mI4hERh3-KLu6sf0W_jbG_qvKa1QMtiB/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
9 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Relaciones Publicas | Director(a) de la Dirección de Relaciones Publicas | Jefe(a) de Departamento | Dirección Administrativa | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 10 | Fracciones I a la X del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1EXZnrvE0wtVrMGZKrbF_pDiBgY9nptf1/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
10 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Secretaría Particular | Secretario(a) Particular del C. Secretario | Subsecretario(a) | Despacho del C. Secretario | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 11 | Fracciones I a la XVII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1-R9VPMFUtMxzBNflQ6et4ijN4fny63wh/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
11 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Comunicación Social | Director(a) de la Dirección de Comunicación Social | Director (a) | Subsecretaría de Protección y Conservación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 12 | Fracciones I a la XII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1AT5lGahtRiId2nF1azHlXxPGOeNaKMce/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
12 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Secretaria Técnica | Secretario(a) Técnico(a) | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Residuos de Manejo Especial | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 13 | Fracciones I a la V del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1ZyHgFRDXh6qXL6Q01TZWqOkfU04RsdQk/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
13 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | DIRECCIÓN JURÍDICA Y UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES | Director(a) DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Residuos de Manejo Especial | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 14 | Fracciones I a la XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1iJXG-bktXMaA_95TLGjJf1Cc7rbdJSGj/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
14 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento Jurídico, Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | jefe(a) del Departamento Jurídico, Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Residuos de Manejo Especial | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 15 | Fracciones I a la XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1YpzZG9AeJTuA1cJ7ftS6I7CpCsz1mGzy/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
15 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección Administrativa | Director(a) de la Dirección Administrativa | Director(a) | Subsecretaría de Protección y Conservación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 16 | Fracciones I a la XIX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1h4lcm35CtMrm7pdAqQVdiDCgh-AHtW29/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
16 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Recursos Financieros | Jefe(a) del Departamento de Recursos Financieros | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Gestión para la Calidad del Aire y Monitoreo Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 17 | Fracciones I a la XI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1-pab7ULT0tXohVzTZQDymV2JQDERi6LF/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
17 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Jefe(a) del Departamento de Recursos Humanos | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Gestión para la Calidad del Aire y Monitoreo Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 18 | Fracciones I a la XIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/11C24me73zn5wZsNgWNPzXpiC2f1ENyXB/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
18 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Jefe(a) del Departamento de Recursos Materiales | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Gestión para la Calidad del Aire y Monitoreo Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 19 | Fracciones I a la VIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/11MpI67bOxuRWBXtzEEOknFKNc0_jFYvS/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
19 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Servicios Generales | Jefe(a) del Departamento de Servicios Generales | Director(a) | Subsecretaría de Protección y Conservación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 20 | Fracciones I a la VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1Lp4TMs40ghtbfS016Tjgxp8osQpZjNiK/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
20 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Apoyo Administrativo Zona Norte | Jefe(a) del Departamento de Apoyo Administrativo Zona Norte | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 21 | Fracciones I a la VII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1XhreyQMF4F1IAEcjITEAdgJg8u0hOMRJ/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
21 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Subsecretaría de Protección y Conservación Ambiental | Subsecretario(a) de la Subsecretaría de Protección y Conservación Ambiental | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 22 | Fracciones de la I a la XXXI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1c-GCTVTR9jPtBhr4GuApDyj0DzYqAeUy/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
22 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Residuos de Manejo Especial | Director(a) de la Dirección de Residuos de Manejo Especial | Subsecretario(a) | Despacho del C. Secretario | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 23 | Fracciones I a la XVIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1TjSZO827-JxlWn7nka0gud2GV_z5Pfwg/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
23 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Gestión Integral de Residuos | Jefe(a) del Departamento de Gestión Integral de Residuos Solidos | Director(a) | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 24 | Fracciones I a la VII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1BB8ZoGmX6HYvl2plPdLW0bqBqhx4sdfl/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
24 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de la prevención de la Contaminación por Residuos solidos | Jefe(a) del Departamento de la prevención de la Contaminación por Residuos solidos | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Ordenamiento Ecológico | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 25 | Fracciones I a la IX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1QI1pd6ShYx0zJaSLyOF33fU1-rtGulR8/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
25 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Proyectos de Residuos de Manejo Especial Zona Norte | Jefe(a) del Departamento de Proyectos de Residuos de Manejo Especial Zona Norte | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Ordenamiento Ecológico | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 26 | Fracciones I a la VIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1syKSxu_Rv3IRsbbroO6zg_3pHacJlyGP/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
26 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Prevención de la Contaminación Ambiental | Director(a) de la Dirección de Prevención de la Contaminación Ambiental | Director(a) | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 27 | Fracciones de la I a la XV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1EBYQq3LMZJFxx_UPxVeIGbQkK9w4Yzlb/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
27 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Fuentes Contaminantes | Jefe(a) del Departamento de Fuentes Contaminantes | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Política Forestal y de Suelos | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 28 | Fracciones I a la V del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1qqt16Q-bASz90vvWhNvhAluP-hLPYnAS/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
28 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Gestión Ambiental de Fuentes Móviles y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes | Jefe(a) del Departamento de Gestión Ambiental de Fuentes Móviles y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes | Director(a) | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 29 | Fracciones I a la VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1DS3VWLVeNYtnJU-HcMJk474R4hDL4SAO/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
29 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Verificación y Seguimiento Ambiental Zona Norte | Jefa(a) del Departamento de Verificación y Seguimiento Ambiental Zona Norte | Jefe(a) de Departamento | Director de Desarrollo Energético | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 30 | Fracciones I a la IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1Zo4KlYnq05nMBIeGKf7xNCu3QGZoWKwY/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
30 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental | Director(a) de Impacto y Riesgo Ambiental | Director(a) | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 31 | Fracciones de la I a la XII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/19K3paFhIQiOExezAmB4bWGvoZpVfda6o/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
31 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Impacto Ambiental | Jefe(a) de Departamento de Impacto Ambiental | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Cambio Climático | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 32 | Fracciones I a la X del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1xuvJeKUppAIUZ8GGBUh2tZpgZwI0Co3t/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
32 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Riesgo Ambiental | Jefe(a) de Departamento de Riesgo Ambiental | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Cambio Climático | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 33 | Fracciones I a la XI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1U_u0ewPfq5kJRQd9sdLGha_pCZXWA7nt/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
33 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Subsecretaría de Gestión y Políticas Ambientales | Subsecretario(a) | Despacho del C. Secretario | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 34 | Fracciones de la I a la XII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/15268xadwDUAAGO-0u9W4hqRd1F0uHbEf/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
34 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Ordenamiento Ecológico | Director(a) de la Dirección de Ordenamiento Ecológico | Director(a) | Subsecretaría de Cultura Ambiental, Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 35 | Fracciones I a la IX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/17FNeiMSo65zbwqcuGYzrj3MmtMLpRKT0/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
35 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Ordenamiento Ecológico | Jefe(a) del Departamento de Ordenamiento Ecológico | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Educación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 36 | Fracciones I a la V del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1o-QqtNFUt3n_7babEwDLnWEsRrqedjET/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
36 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Bitácora Ambiental | Jefe(a) del Departamento de Bitácora Ambiental | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Educación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 37 | Fracciones I a la IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1HG-mZSdjYApY0w7gV0PkHS2SOjoJ_0A9/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
37 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Manejo y Productividad forestal | Director(a) de la Dirección de Manejo y Productividad forestal | Director(a) | Subsecretaría de Cultura Ambiental, Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 38 | Fracciones de la I a la XX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1FG8c2BDMSizZPPYBpKKLkNM2GyEZzp8y/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
38 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Gestión de Suelos | Jefe(a) del Departamento de Gestión de Suelos | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Protección y Fomento Forestal | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 39 | Fracciones I a la VIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1oZbOgYgmF_DbvRlcJ6_P74N3DEyETe2v/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
39 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Desarrollo Energético | Director(a) de Desarrollo Energético | Director(a) | Subsecretaría de Cultura Ambiental, Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 40 | Fracciones de la I a la XII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1d7ykyQ9ZsrOWQ79_V_c-kUT0kUxFz2Dl/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
40 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Eficiencia Energética | Jefe(a) de Departamento de Eficiencia Energética | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Planeación y Área coordinadora de Archivo | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 41 | Fracciones I a la VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1dAI1p99f434aXjvUYdf65XUOVF6oy_Rm/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
41 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Cambio Climático | Director(a) de la Dirección de Cambio Climático | Director(a) | Subsecretaría de Cultura Ambiental, Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 42 | Fracciones de la I a la IX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/14OPdytVOxHlGk3xCpr0QXo2VzZCQEUEG/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
42 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Política de Cambio Climático | Jefe(a) del Departamento de Política de Cambio Climático | Jefe(a) de Departamento | Dirección de Tecnologías de la información y Comunicaciones | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 43 | Fracciones I a la IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1YR2hXy_bDJvjX1ZiHhxy7n0YS5VYX9u7/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||
43 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Mitigación y adaptación | Jefe(a) del Departamento del Departamento de Mitigación y adaptación | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 44 | Fracciones I a la IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/19Cv7gx1ENlC2Natba02917cESQTKVyBR/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
44 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | SUBSECRETARÍA DE CULTURA AMBIENTAL, PLANEACIÓN, MEJORA REGULATORIA Y DE ARCHIVOS. | SUBSECRETARIO(A) DE CULTURA AMBIENTAL, PLANEACIÓN, MEJORA REGULATORIA Y DE ARCHIVOS. | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 45 | Fracciones de la I a la XX del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1LrucoDQx4a18_916NzddEc-B3QqpDOg7/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
45 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Educación Ambiental | Director(a) de la Dirección de Educación Ambiental | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 46 | Fracciones de la I a la XVII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/10CcTHP9of1mCogdEIVCv2uoe52_VVbkz/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
46 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Educación Informal | Jefe(a) del Departamento de Educación Informal | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 47 | Fracciones I a la VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1lorhyzCMB8GfleAACK2qHwSfVwlsLZor/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
47 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Educación Formal | Jefe(a) del Departamento de Educación Formal | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 48 | Fracciones I a la VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1PjzxE6_pD2NGH1uKsBfO6gTR2l97hbpR/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
48 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Protección y Fomento Forestal | Director(a) de la Dirección de Protección y Fomento Forestal | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 49 | Fracciones de la I a la XVI del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1zx2JhkilrNgVN4Ge3bttBgSh7NJ6om4N/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
49 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Protección y Sanidad Forestal | Jefe(a) del Departamento de Protección y Sanidad Forestal | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 50 | Fracciones I a la V del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1-sgARXcBG5lQK0OeJHTNJ9ehEnyXI6Uo/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
50 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, MEJORA REGULATORIA Y DE ARCHIVOS | DIRECTOR(A) DE PLANEACIÓN, MEJORA REGULATORIA Y DE ARCHIVOS | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 51 | Fracciones de la I a la VII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1_gPYla70gPQqB9dg3odDIBNymm2XGJv_/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
51 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento Técnico | Jefe(a) del Departamento Técnico | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 52 | Fracciones I a la IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1bY7MHTbl5lwPHMtSMgev916MTmFiI2sq/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
52 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Dirección de Tecnologías de la información y Comunicaciones | Director(a) de Tecnologías de la información y Comunicaciones | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 53 | Fracciones de la I a la XVII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1osHw7bDS8WPrzEExvUkicIenpSZGXAvr/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
53 | 2026 | 01/01/2026 | 31/03/2026 | Departamento de Tecnologías | Jefe(a) del Departamento de Tecnologías | Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente Articulo 54 | Fracciones I a la V y de la I a la XIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Ecología y Medio Ambiente | https://drive.google.com/file/d/1hhkinY-830i2GEGtsja4iDfL4jLcxSS6/view?usp=sharing | Recursos Humanos | 6/4/2026 | Con fundamento en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, capítulo II de las Políticas Generales que Orientarán la Publicidad y Actualización de la Información que Generen los Sujetos Obligados, Octavo fracción V numeral 2 que a la letra dice: V. En la sección “Transparencia” donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia el sujeto obligado no haya generado información se deberá observar lo siguiente: 2. Cuando se trate de criterios de información en fracciones que el sujeto obligado no posea por no estar especificado en las facultades, competencias y funciones de los ordenamientos jurídicos que le son aplicables, deberá incluir una nota mediante la cual justifique la no posesión de la información señalada en el/los criterios que corresponda. Derivado de lo anterior, en el criterio 7 se encuentran registrados los artículos del reglamento interior en proceso de elaboración, estimando su conclusión a finales de marzo del 2026 | |||||||||||||||
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