ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAHAIAJ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
3
Trámites ofrecidosA121Fr20_Trámites
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Tabla Campos
7
EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaNombre del trámiteESTE CRITERIO APLICA PARA EJERCICIOS ANTERIORES AL 02/07/2021 -> Tipo de usuario y/o población objetivoDescripción de trámite (Redactados con perspectiva de género)ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Tipo de población usuaria y/o población objetivo (Redactados con perspectiva de género)Modalidad del trámiteHipervínculo a los requisitos para llevar a cabo el trámite (Redactados con perspectiva de género)Documentos requeridos, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Hipervínculo al/los formatos respectivosESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Última fecha de publicación en el medio de difusiónTiempo de respuesta por parte del sujeto obligadoESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir a la persona solicitanteESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta la persona solicitante para cumplir con la prevenciónVigencia de los resultados del trámiteÁrea y datos de contacto del lugar donde se realiza el trámite
Tabla_473119
ESTE CRITERIO APLICA PARA EJERCICIOS ANTERIORES AL 02/07/2021 -> Costo, en su caso, especificar que es gratuitoDatos del contacto oficial de la oficina de atención
Tabla_565058
ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su casoSustento legal para su cobroLugares donde se efectúa el pago
Tabla_473121
Fundamento jurídico-administrativo de la existencia del trámiteDerechos de la persona usuaria ante la negativa o la falta de respuesta (especificar si aplica la afirmativa o negativa ficta) (Redactados con perspectiva de género)ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información adicional del trámite, en su caso (Redactada con perspectiva de género)Medio que permita el envío de consultas y documentos
Tabla_566027
Lugares para reportar presuntas anomalías
Tabla_473120
ESTE CRITERIO APLICA PARA EJERCICIOS ANTERIORES AL 02/07/2021 -> Otros datos, en su caso, para el envío de consultas, documentos y quejasEn caso de que exista otro medio que permita el envío de consultas y documentos especificar:
Tabla_565060
ESTE CRITERIO APLICA PARA EJERCICIOS ANTERIORES AL 02/07/2021 -> Hipervínculo información adicional del trámiteHipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o a la versión pública del sistema homólogoÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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8B13EAB7243627D506933386B79BC5AF202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647592033647592Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647592LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475923364759233647592NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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AC4CCCA019637C0AF16F89C0510F72D8202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647593033647593Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647593LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475933364759333647593NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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8268EB714D1EDBC9B6D0BCC7B5E95670202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647604033647604Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647604LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476043364760433647604NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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8F455623E8CC66E014B1EF3D50FF5C16202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647630033647630Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647630LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476303364763033647630NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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6E4F6575891253F574C950FC41FD8F19202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647631033647631Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647631Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476313364763133647631NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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BB30B2C224C9DDF7E8DF856D3BE12A9F202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647594033647594Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647594Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475943364759433647594NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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5E41FEABFBBC4EF074191309E2A94800202101/01/202131/03/2021CERTIFICACIÓN DE ADMINISTRADORES PROFESIONALESPOBLACIÓN EN GENERALLAS PERSONAS CERTIFICADAS COMO ADMINISTRADOR(A) PROFESIONAL PUEDEN SER CONTRATADOS PARA ADMINISTRAR CONDOMINIOS Y ESTAR EN CONDICIONES DE REGISTRARSE ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/818/0Identificacion oficial del solicitante (Credencial para Votar, Pasporte o Cédula profesional), una copia simple y original para cotejo.

Comprobante del pago mediante depósito bancario realizado a nombre de la Procuraduria Social, en original y una copia para acuse.

Comprobante de Domicilio Particular (Boleta de Impuesto Predial, Boleta del Servicio de Agua, Estado de cuenta del Servicio Telefónico), una copia simple y original para cotejo.

Una fotografía reciente tamaño infantil a color o blanco y negro.

Constancia vigente del Cuso de Administración, una copia y original para cotejo.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/818/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.24 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.1 año.33647595300033647595Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.ACUERDO E/001/1306, emitido por el Consejo de Gobierno de la Procuraduria Social de la Ciudad de Mexico, Primera Sesion Extraordinaria el dia 20 de enero de 2020 y Acuerdo CC001/2020, emitido por el Comité de Certificación de Certificación de Administradores Profesionales de fecha 22 de enero de 2020.33647595Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, Artículos 23 Apartado B fracción VIII y 89

Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, Artículos 11 fración VIII, 54, 55, 56 y 57.
1 año de Certificación Profesional.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475953364759533647595http://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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906479B008937D3E99B6F0F15C514421202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647610033647610Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647610LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476103364761033647610NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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B3EABFBE1FBEB8DE227D33FBC07B9862202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647616033647616Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647616LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476163364761633647616NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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0F0ED1AA82B0C4C45F13508E714F42C3202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647632033647632Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647632LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476323364763233647632NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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FCAD017ABAE4CB39FA047165D9AB5925202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647633033647633Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647633LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476333364763333647633NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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3829CD1DA662B8412357E4DC56672C8F202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647596033647596Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647596LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475963364759633647596NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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671A9DF9493EB28C35B5163DA6CF18BF202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647597033647597Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647597LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475973364759733647597NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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683DB82EBF3F14E0385AA65AF518E38C202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647622033647622Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647622LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476223364762233647622NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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86C536A9F911B4A37E3DF8004047C4BD202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647628033647628Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647628LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476283364762833647628NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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3B57B9E37FA4BFAE5FEDD27C5622E538202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647635033647635Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647635LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476353364763533647635NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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B712AD2B4849A7AC0BAD413787C82E37202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647636033647636Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647636LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476363364763633647636NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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42A2EA2061429A18D92EC387F6732A30202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647599033647599Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647599LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475993364759933647599NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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6A1BE43CA60F4A399D8241CCC355F41F202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647600033647600Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647600LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476003364760033647600NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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513DC3E50F83CE1652F4B325D2EBA348202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647634033647634Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647634LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476343364763433647634NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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D6A802AA94C5DF039555290B7C8EA05D202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647637033647637Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647637Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476373364763733647637NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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7CD205433002811A2736BC4DA08DB86E202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647638033647638Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647638LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476383364763833647638NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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696EF891ABF159A496B56B149289E461202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647601033647601Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647601Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476013364760133647601NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
31
292693E5AC83EDD39EB5F5F12291C875202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647602033647602Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647602LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476023364760233647602NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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3CEFF0D3CA0373CCE9ECE0324BC48CE0202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647639033647639Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647639LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476393364763933647639NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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F942E55F8EBAAEA311A56A3AFD08724F202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647641033647641Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647641LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476413364764133647641NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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E76360EA6F5E075BDA064E54BA7ADCA0202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647603033647603Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647603LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476033364760333647603NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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AF8C6AEBBF0881F742976878CB4171AF202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647605033647605Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647605LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476053364760533647605NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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4907319878537A248F0F50FD6D274A6B202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647642033647642Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647642LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476423364764233647642NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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7933AC371893F90D3AC294D2FE5FD1B4202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647643033647643Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647643Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476433364764333647643NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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560DA0C3CBE50686B0E3EE565A2D3A40202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647606033647606Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647606LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476063364760633647606NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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24ABD8A526B4047EE9B66F1747663BD5202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647607033647607Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647607Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476073364760733647607NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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57CB2E5A66880D73584B7704614F081B202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647644033647644Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647644LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476443364764433647644NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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B7985AA66F5CFA2BDA0268ECE128EFB7202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647645033647645Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647645LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476453364764533647645NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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296C647662F8D461E0093DE4F3B1BEF0202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647608033647608Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647608LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476083364760833647608NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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EF579BCDF388CA6777B618514C20E8F9202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647609033647609Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647609LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476093364760933647609NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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B8637F4333B828776EE217ABDAC8BF2B202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647640033647640Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647640LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476403364764033647640NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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EE4D317020CC88A3B45F8A1CE5D277CE202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647646033647646Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647646LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476463364764633647646NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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76350B93B5309662AEA5324D17A1AF62202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647647033647647Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647647LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476473364764733647647NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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951559BF660F5C41F43607B7ADCA5B0C202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647648033647648Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647648LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476483364764833647648NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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8A02F185A8F29CCF8CF96E00F1CEB78E202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647611033647611Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647611LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476113364761133647611NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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188494548893A45D9CB60C517B1B9315202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647612033647612Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647612LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476123364761233647612NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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F7F48198BC7D44C67CBD3756B16EEF1E202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647649033647649Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647649Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476493364764933647649NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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1ED06497BD3834E2AAE647860912823D202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647613033647613Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647613Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476133364761333647613NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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A5A601F4C04B7FC81C9E0AD6C84F7AEE202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647614033647614Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647614LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476143364761433647614NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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D7467739CC81E540A90191DE0D5501E0202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647615033647615Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647615LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476153364761533647615NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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3E403B70801BB683329E66A2E96E2900202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647617033647617Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647617LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476173364761733647617NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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23AF5BCF9DD7CB76D00BDD1394A8458C202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647618033647618Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647618LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476183364761833647618NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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6FEC2210252622793BFD7325881E903C202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647619033647619Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647619Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476193364761933647619NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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A6E81C882586DDE0019CEA408BF895C7202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647620033647620Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647620LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476203364762033647620NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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BCCFF41CA6C8C87E51AE5671C40594DE202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647621033647621Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647621LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476213364762133647621NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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3522828F798AC9200DAF6710BA72A359202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647623033647623Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647623LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476233364762333647623NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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6C4B19E83F6A442AB055CEB511CE69E4202101/01/202131/03/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647624033647624Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647624LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476243364762433647624NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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A72315EB73FE6828B55662FE709CDC03202101/01/202131/03/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada33647625033647625Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647625Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476253364762533647625NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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B294344AF93CE72598B1E10CA494F0AC202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647626033647626Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647626LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476263364762633647626NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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2D37501EF5717BD310E15E114B17A357202101/01/202131/03/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria33647589033647589Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647589LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475893364758933647589NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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4F9C1CFF73874A8F63F4177123E050B5202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647590033647590Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647590LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475903364759033647590NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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BAE5AE114F298E7FABBBC1C71BC40698202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647591033647591Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647591LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475913364759133647591NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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4CC14274D195DC6D0421121B2B2A5781202101/01/202131/03/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.33647598033647598Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647598LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336475983364759833647598NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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79FB3B68C8A24F7FD32EC02FF5AE49D3202101/01/202131/03/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647627033647627Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647627LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476273364762733647627NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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EC0E344A45912C5F89475043DC358746202101/01/202131/03/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica33647629033647629Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA33647629LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.336476293364762933647629NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO31/03/202131/03/2021
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D64DE4D7602EDDF1125FA3701A9758E5202101/04/202130/06/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249608035249608Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249608Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496083524960835249608NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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10F78EDA2B818B1D9F6FF16AA1FF8561202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249609035249609Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249609LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496093524960935249609NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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BDAF545428A785672A886B22A01E38A8202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249610035249610Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249610LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496103524961035249610NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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784233179D379CB338F58672671C42F0202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249612035249612Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249612LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496123524961235249612NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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48088EAD47056FAB07B72BDA6BD0030A202101/04/202130/06/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249613035249613Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249613LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496133524961335249613NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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3F02F5F26F10D05E4769794AD9EFB895202101/04/202130/06/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249614035249614Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249614Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496143524961435249614NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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D6700A3B928C5D58B0B4B38C58D8B182202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249615035249615Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249615LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496153524961535249615NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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F64B45F0DDA6B0F7F1DC4DFA04DA8264202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249586035249586Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249586LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495863524958635249586NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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58DB9A5BB104CE59515646D4E23B8776202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249593035249593Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249593LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495933524959335249593NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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F23798913A1B6B7D7C1EF87B9BE0407D202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249584035249584Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249584LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495843524958435249584NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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FB1276F4120FD219CC9D68CDCE3F1EB8202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249585035249585Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249585LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495853524958535249585NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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69EE9451A8FB7B9C5321ADCAF241F667202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249599035249599Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249599LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495993524959935249599NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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D0333A297B10B1C68C23A60E71EB7DFE202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249605035249605Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249605LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496053524960535249605NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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A22A7302B94D12D3277B37F809F0FE0B202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249587035249587Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249587LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495873524958735249587NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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3F120262E1B3FB5BDB55A5F55589CF38202101/04/202130/06/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249588035249588Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249588LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495883524958835249588NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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888A6DFB919AA319FC2314D14FD226CF202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249611035249611Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249611LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496113524961135249611NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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C5F4DEF32BD4CC60CD22A4EF2B4E0BE0202101/04/202130/06/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249589035249589Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249589Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495893524958935249589NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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CF67089AD80D41E2E3D30BEDB27419FD202101/04/202130/06/2021CERTIFICACIÓN DE ADMINISTRADORES PROFESIONALESPOBLACIÓN EN GENERALLAS PERSONAS CERTIFICADAS COMO ADMINISTRADOR(A) PROFESIONAL PUEDEN SER CONTRATADOS PARA ADMINISTRAR CONDOMINIOS Y ESTAR EN CONDICIONES DE REGISTRARSE ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/818/0Identificacion oficial del solicitante (Credencial para Votar, Pasporte o Cédula profesional), una copia simple y original para cotejo.

Comprobante del pago mediante depósito bancario realizado a nombre de la Procuraduria Social, en original y una copia para acuse.

Comprobante de Domicilio Particular (Boleta de Impuesto Predial, Boleta del Servicio de Agua, Estado de cuenta del Servicio Telefónico), una copia simple y original para cotejo.

Una fotografía reciente tamaño infantil a color o blanco y negro.

Constancia vigente del Cuso de Administración, una copia y original para cotejo.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/818/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.24 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.1 año.35249590300035249590Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.ACUERDO E/001/1306, emitido por el Consejo de Gobierno de la Procuraduria Social de la Ciudad de Mexico, Primera Sesion Extraordinaria el dia 20 de enero de 2020 y Acuerdo CC001/2020, emitido por el Comité de Certificación de Certificación de Administradores Profesionales de fecha 22 de enero de 2020.35249590Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, Artículos 23 Apartado B fracción VIII y 89

Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, Artículos 11 fración VIII, 54, 55, 56 y 57.
1 año de Certificación Profesional.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495903524959035249590http://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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DBB394041A3AB7DB9E7755F9D777033F202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249591035249591Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249591LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495913524959135249591NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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996D8E4301CA5F04A48B58B25E9AC932202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249592035249592Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249592LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495923524959235249592NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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72C1CA9BB37DCFEDFA989EFC117717A0202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249594035249594Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249594LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495943524959435249594NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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99A53237B40E0757BCE177F843316B9B202101/04/202130/06/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249595035249595Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249595LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495953524959535249595NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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385EE32C01D58D545093451C097C21E3202101/04/202130/06/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249596035249596Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249596Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495963524959635249596NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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E093B956310E56017D807FC7037F1173202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249597035249597Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249597LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495973524959735249597NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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5487E747974A5E7FE81E72CA69BAE8CB202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249598035249598Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249598LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352495983524959835249598NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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9093CAA43AA1F060F1E887ED143DA601202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249600035249600Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249600LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496003524960035249600NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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EE6ADF2D30793A6F53234C7FBDF09133202101/04/202130/06/2021AMIGABLE COMPOSICIÓN EN MATERIA DE ARRENDAMIENTOARRENDADORES Y ARRENDATARIOSLa Procuraduría Social únicamente funge como mediadora, quien dirige la controversia a conciencia y buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, ni formalidades de procedimiento, en el caso de que alguna de las partes se niegue a someterse a la mediación se tendrá por agotada. La amigable composición en materia de arrendamiento, no procederá en problemas planteados respecto de la propiedad del inmueble. En el caso de que se solicite la intervención de la Procuraduría Social por medio electrónico o telefónico, el ciudadano deberá acudir a ratificar su petición dentro de los tres días hábiles siguientes, en caso contrario se tendrá por no presentada la solicitud. Cuando no existe por escrito Contrato de Arrendamiento o documento que genera la relación de arrendamiento, existe la presunción de que el contrato de arrendamiento se celebró en forma verbal, debiendo existir por parte del arrendatario un pago por el uso y disfrute de dicho inmueble al arrendador, quien otorgará el derecho al uso y disfrute del inmueble de su propiedad.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Formato TSDOPC_ORG_7 requisitado y copia de Identificación oficialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1008/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249602035249602Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249602Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículos 4, 84, 85.

Código Civil para el Distrito Federal. Artículos del 2398 al 2448-M
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496023524960235249602NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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2AEED9602C89C71A419633ED1C4E108C202101/04/202130/06/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249601035249601Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249601LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496013524960135249601NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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D6185A9C2F00EF3621EC89D366627C31202101/04/202130/06/2021ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOSOrientar sobre el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, sobre los derechos y obligaciones de los condominos, poseedores, administradores y comités de vigilancia con relación a la materia condominal

Obtenciòn de convocatoria para celebrar Asamblea General de Condòminos, acreditada por la Procuradurìa Social de la Ciudad de Mèxico
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Copia simple de identificación oficial vigente de cada uno de los condóminos solicitantes del 20%, 15% o 10% según corresponda (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional).

Copia simple del documento con el que se acredite el carácter de condómino de cada uno de los solicitantes (Escritura de la unidad de propiedad privativa, Contrato de compraventa o de promesa de compraventa, Carta de adjudicaciòn, Boleta predial o Boleta de agua a nombre del condómino con vigencia no mayor a seis meses).

Copia simple de escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio o copia del Folio Real (matriz) inscrito en el Registro Público de la Popiedad y del Comercio.

Documento donde se asiente nombre, número de la unidad privativa y firma de cada uno de los condóminos solicitantes.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/816/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.15 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.7 días naturales de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria35249603035249603Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249603LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496033524960335249603NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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6F2B8DBEFE5507E46C5FAF098818A5AA202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249604035249604Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249604LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496043524960435249604NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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6BC4B91D0AE3C62921AA2F651704D345202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249606035249606Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249606LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496063524960635249606NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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934AEBF2C1C75289838063C99F5EA2BF202101/04/202130/06/2021REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO Y SU MODIFICACIÓNPOBLACIÓN EN GENERAL Y NOTARIOS PÚBLICOSEN EL CASO DEL REGISTRO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONTAR CON EL REGISTRO DEL INMUEBLE Y FORMAR PARTE DEL PADRÓN DE CONDOMINIOS.

RESPECTO AL REGLAMENTO INTERNO, PERMITE A LOS CONDÓMINOS REGISTRAR LAS MODIFICACIONES REALIZADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS,
Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Documento con que el solicitante acredite su personalidad
Copia simple de la Identificación oficial vigente del solicitante (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

PARA EL REGISTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDADEN CONDOMINIO
Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

PARA EL REGISTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONDOMINIO
Copia del Reglamento Interno del Condominio que obre en la Escritura Constitutiva del Régimen Condominal como apéndice o anexo de la misma.

PARA REVISIÓN Y EN SU CASO REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.
Copia del proyecto de Reglamento Interno del Condominio que solicita sea revisado
Copia de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio
Copia del Reglamento Interno que obre en Escritura Constitutiva y se encuentre vigente.
Reglamento Interno de Condomino (modificado) protocolizado ante Notario Público, para registro de la modificación.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/554/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.10 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Indeterminada35249607035249607Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249607LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496073524960735249607NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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2373003922620FDCFEB2D17E67F83F56202101/04/202130/06/2021ASESORÍA EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOSCONDÓMINOS, POSEEDORES Ó ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIOSE BRINDA ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS Y EL CORRECTO LEVANTAMIENTO DEL ACTA EN EL LIBRO DE ACTAS, APEGADO A LO QUE ESTABLECE LA LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERALEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Copia simple de identificación oficial del solicitante.

En caso de que el solicitante sea el administrador(a) del condominio, deberá exhibir la constancia vigente de Registro de Administrador(a) Condóminio.

Copia simple de Identificación oficial del solicitante (Condómino, Poseedor y/o Administrador del Condominio)
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1414/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.08 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249616035249616Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249616LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496163524961635249616NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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232815D564D40E2B72B3B7DC977FC220202101/04/202130/06/2021REGISTRO DE ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOADMINISTRADOR(A) NOMBRADO EN ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS DEBIDAMENTE CONVOCADAAL ESTAR REGISTRADOS ANTE LA PROCURADURÍA SOCIAL, EN RELACIÓN A LOS BIENES COMUNES DEL CONDOMINIO, EL ADMINISTRADOR(A) TIENE FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS, COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE REQUIRAN CLÁUSULA ESPECIAL CONFOME A LA LEY CORRESPONDIENTE.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0ADMINISTRADOR CONDÓMINO
-Identificación oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional).
-Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador(a).
-Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante.
-Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador(a), una copia simple y original para cotejo.
-Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
-En caso de Registro de Administrador Condómino documento con que acredite la calidad de condómino (Escritura de la unidad privativa, Contrato de compra-venta o boleta predial o boleta de agua reciente a nombre del condómino)
-Padrón de condóminos en mora

En caso de Registro de ADMINISTRADOR PROFESIONAL, además de los requisitos generales, presentar:
-Una copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el Prestador de Servicios.
-Una copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
-Una copia de la Constancia de Certificación de Administrador(a) Profesional vigente.

En caso de ADMINISTRADOR DESIGNADO por Artículo 40
-Copia simple de la Escritura Constitutiva del Régimen dePropiedad en Condominio, con el sello que acrdite la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio donde conste su nombramiento como primer administrador; o, escrito firmado por la persona que Constituyó el Régimen, manifestando bajo protesta de decir verdad la designación, o documento idóneo donde se hubiere nombrado administrador, una copia y original para cotejo.
-Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo correspondiente.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/817/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábilesEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Por 12 meses a partir de la fecha del nombramiento acordado por la Asamblea General de Condóminos.35249617035249617Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249617LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

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REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ATICULO 11 FRACCION II.,

EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496173524961735249617NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021
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C1D7A3279F951CB2A2306A2ED0475A2D202101/04/202130/06/2021REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAADMINISTRADOR(A) CONDÓMINO O PROFESIONALEL LIBRO AUTORIZADO PERMITE ASENTAR LOS ACUERDOS QUE SE TOMAN EN LAS ASAMBLEAS GENERALES DE CONDÓMINOS Y DAN CONSTANCIA DE ELLOS ANTE LAS DISTINTAS AUTORIDADESEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Presencialhttps://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Una copia simple del documento con el que acredite ser Administrador Condómino o Profesional, según sea el caso. (Acta de asamblea donde conste su nombramiento, Constancia de registro de Administrador o Escritura Constitutiva del Régimen de propiedad en condominio Inscrita en el Registro Público de la Propiedad, donde conste su nombramiento o la designación realizada por la persona que haya otorgado la misma)

Identificación Oficial vigente del solicitante, una copia simple (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional)

Libro de actas para registro.
https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/index.php/ts/1413/0Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.12 días hábiles.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.No aplica35249618035249618Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.NO APLICA35249618LEY DE PROCURADURIA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL ARTICULO 23 APARTADO B FRACCION VII.

LEY DE PROPEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ART. 32 FRACCION III INCISO c) Y FRACCION VI,

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EL REGLAMENTO DE LA PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL ARTICULO VII.
NO APLICA NINGUNAEste dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia.352496183524961835249618NO APLICAhttp://www.tramites.cdmx.gob.mx/index.php/institucion/229/1https://www.gob.mx/conamer/articulos/catalogo-nacional-de-regulaciones-tramites-y-servicios?idiom=esSUBPROCURADURIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PORPIEDAD EN CONDOMINIO30/06/202130/06/2021