| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | AA | AB | AC | AD | AE | AF | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||
3 | Servicios ofrecidos | LTAIPVIL15XIX | ||||||||||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Nombre del servicio | Tipo de servicio (catálogo) | Tipo de población usuaria y/o población objetivo (Redactados con perspectiva de género) | Descripción del objetivo del servicio (Redactado con perspectiva de género) | Modalidad del servicio | Enumerar y detallar los requisitos (Redactados con perspectiva de género) | Documentos requeridos, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficial | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficial | Tiempo de respuesta | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitan | Área en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto Tabla_439463 | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicio | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuito | Sustento legal para su cobro | Lugares donde se efectúa el pago | Fundamento jurídico-administrativo del servicio | Derechos de la población usuaria ante la negativa o la falta ante la prestación del servicio (Redactados con perspectiva de género) | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicio | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información adicional del servicio, en su caso (Redactada con perspectiva de género) | Otro medio que permita el envío de consultas y documentos Tabla_566411 | Lugar para reportar presuntas anomalias Tabla_439455 | Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o al sistema homólogo | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota | |
8 | 5B9165842EE70E04E5F6878407E279D0 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Alimentación | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, una nutrición adecuada que contribuya a promover su recuperación y salud integral, así como a fomentar hábitos saludables dentro de un entorno digno y humano. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652300 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652300 | 47652300 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
9 | E2D679A50A1D434815CEADCED3E892F0 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención Jurídica | Directo | Mujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidas | Determinar que tipo de aseosria requiere la usuaria | Presencial, telefónica o videoconferencia | Con solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situación | Credencial de elector o identificación oficial | Inmediata | No aplica | No aplica | El servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan | 49315858 | no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atención | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | Ley del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Puede interponer una queja ante el Organo Interno de Control | No aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantes | Toda la información adicional que considere la usuaria | 49315858 | 49315858 | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 30/09/2025 | ||||
10 | BB3FA7A9E7DE8F4A9C35A5F3DE4F99B6 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención de Trabajo Social | Directo | Mujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidas | Determinar que tipo de aseosria requiere la usuaria | Presencial, telefónica o videoconferencia | Con solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situación | Credencial de elector o identificación oficial | Inmediata | No aplica | No aplica | El servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan | 49315857 | no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atención | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | Ley del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Puede interponer una queja ante el Organo Interno de Control | No aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantes | Toda la información adicional que considere la usuaria | 49315857 | 49315857 | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 30/09/2025 | ||||
11 | 46FB386CFDA8A8DE78CC259F6D64D037 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención psicologica | Directo | Mujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidas | Determinar que tipo de aseosria requiere la usuaria | Presencial, telefónica o videoconferencia | Con solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situación | Credencial de elector o identificación oficial | Inmediata | No aplica | No aplica | El servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan | 49315856 | no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atención | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | El servicio es gratuito | Ley del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Puede interponer una queja ante el Organo Interno de Control | No aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantes | Toda la información adicional que considere la usuaria | 49315856 | 49315856 | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 30/09/2025 | ||||
12 | 244105F20C2B846DCDF45E96C1ECBF8C | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Asesoría u Orientación | Directo | Ciudadanía en general | Orientación sobre el acceso a la información, transparencia y obligaciones de Transparencia | Presencial y electrónico | Describir la información de manera clara | Ninguno | https://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/ | 10 Días hábiles | 5 Días hábiles | 5 Días hábiles | 15 Días hábiles | 50265375 | Gratuito | No aplica | No aplica | Artículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Queja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruz | https://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true | 50265375 | 50265375 | https://www.plataformadetransparencia.org.mx | Unidad de Transparencia | 30/09/2025 | ||||
13 | 8EF3FA96E4A1A73E59AB06C94A51FD16 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Programas reeducativos integrales | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas programas reeducativos integrales a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652316 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652316 | 47652316 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
14 | B6E0EB9AC911187CBE9F5D4365AD02FF | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Alimentación | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, una nutrición adecuada que contribuya a promover su recuperación y salud integral, así como a fomentar hábitos saludables dentro de un entorno digno y humano. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652299 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652299 | 47652299 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
15 | 9065D06F4060DA650B3914456C77DF0B | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Programas reeducativos integrales | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas programas reeducativos integrales a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652315 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652315 | 47652315 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
16 | 6D9CDF400837EFD0791AED710B69DF56 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Hospedaje | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, un espacio de alojamiento seguro y digno para separarse de la situación de violencia vivida y así promover su recuperación física y emocional y restituir sus derechos humanos fundamentales. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652298 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652298 | 47652298 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
17 | 893AC43385EF0D0F1BC44E6A78F47F6A | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Educativo | Directo | Hijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad. | Programar apoyo pedagógico para el adecuado desarrollo de las niñas y niños, así como detección de problemas en el mismo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652314 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652314 | 47652314 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
18 | 4CD2C2B051F43D47C183B88A6E322D2C | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Educativo | Directo | Hijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad. | Programar apoyo pedagógico para el adecuado desarrollo de las niñas y niños, así como detección de problemas en el mismo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652313 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652313 | 47652313 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
19 | C1827F982AC3147EB60128744E51A3C0 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Hospedaje | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, un espacio de alojamiento seguro y digno para separarse de la situación de violencia vivida y así promover su recuperación física y emocional y restituir sus derechos humanos fundamentales. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652297 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652297 | 47652297 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
20 | 175112782BE79F0C86F767BBC6932858 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Trabajo social | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral desde una perspectiva de derechos humanos y género, mediante la evaluación, gestión y seguimiento de sus necesidades sociales, económicas y familiares. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652312 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652312 | 47652312 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
21 | 93A50AF0BE0C273BCF0CD08C6BBCE43C | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Trabajo social | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral desde una perspectiva de derechos humanos y género, mediante la evaluación, gestión y seguimiento de sus necesidades sociales, económicas y familiares. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652311 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652311 | 47652311 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
22 | 9A9023BFF7B5E53CD9D3B05DD5D1A747 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Apoyo psicológico infantil | Directo | Hijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad. | Brindar a las hijas e hijos y personas allegadas menores de edad, acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652310 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652310 | 47652310 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
23 | D46A3CEE82A0AF7B41138F1617FD6A1A | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Apoyo psicológico infantil | Directo | Hijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad. | Brindar a las hijas e hijos y personas allegadas menores de edad, acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652309 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652309 | 47652309 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
24 | C523EFDE519A8274C1BF79AC8D60C013 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención psicológica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas y personas allegadas mayores de edad acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652308 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652308 | 47652308 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
25 | 3BB17498C57B510BBAFF62B781BB19B6 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención psicológica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas y personas allegadas mayores de edad acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652307 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652307 | 47652307 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
26 | 97C33A9292F96B3782B8B8827793E86A | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención Jurídica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas asesoría, orientación y acompañamiento legal con el fin de garantizar el acceso a la justicia, la protección de sus derechos y la toma de decisiones informada en torno a su situación legal. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652306 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652306 | 47652306 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
27 | B5C958EF01159047466683198138EE59 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención Jurídica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas asesoría, orientación y acompañamiento legal con el fin de garantizar el acceso a la justicia, la protección de sus derechos y la toma de decisiones informada en torno a su situación legal. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652305 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652305 | 47652305 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
28 | F38F7A57C84DB7CA186EA46F669EB726 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención médica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral a la salud física, garantizando el acceso oportuno a los servicios médicos preventivos, curativos y de seguimiento, en un entorno seguro, confidencial y libre de violencia. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652304 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652304 | 47652304 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
29 | 19CC6825DC1E0F2BB68F32B3F739DB99 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Atención médica | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral a la salud física, garantizando el acceso oportuno a los servicios médicos preventivos, curativos y de seguimiento, en un entorno seguro, confidencial y libre de violencia. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652303 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652303 | 47652303 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
30 | F930FC99E1DDE6D26A976782B26A17D8 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Vestido y calzado | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas prendas adecuadas, limpias y en buen estado que cubran sus necesidades básicas garantizando su dignidad, comodidad y seguridad durante su estancia. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652302 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652302 | 47652302 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
31 | 8B07A02D37468662084C3D353C3AE4E5 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Bolsa de trabajo | Directo | Usuarias en situación de violencia y personas allegadas. | Brindar a las usuarias y personas allegadas su inclusión al ámbito laboral remunerado para la promoción de su empoderamiento económico | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652320 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652320 | 47652320 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
32 | B83BFFD6CDE314E9F70E65F63F2E5317 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Bolsa de trabajo | Directo | Usuarias en situación de violencia y personas allegadas. | Brindar a las usuarias y personas allegadas su inclusión al ámbito laboral remunerado para la promoción de su empoderamiento económico | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652319 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652319 | 47652319 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
33 | FE91F98D02598807673E632AC6FF2BB7 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Vestido y calzado | Directo | Usuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas. | Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas prendas adecuadas, limpias y en buen estado que cubran sus necesidades básicas garantizando su dignidad, comodidad y seguridad durante su estancia. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652301 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652301 | 47652301 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
34 | B93177742F24690756288337967A2A1B | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Capacitación | Directo | Usuarias en situación de violencia y personas allegadas. | Brindar a las usuarias y personas allegadas capacitación para que puedan adquirir conocimientos para el desempeño de una actividad laboral al egresar de refugio. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652318 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652318 | 47652318 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
35 | E72B6AE55947B812C6BAE47E890A8FB0 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | Capacitación | Directo | Usuarias en situación de violencia y personas allegadas. | Brindar a las usuarias y personas allegadas capacitación para que puedan adquirir conocimientos para el desempeño de una actividad laboral al egresar de refugio. | Presencial | 1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio. | Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | http:// No se requiere ningún formato. | Inmediato una vez realizada la valoración de ingreso | Inmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Indefinido. | La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. | 47652317 | Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializado | Gratuito | Art. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia. | Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio. | La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud. | 47652317 | 47652317 | Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia | 30/09/2025 | Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres. | |||
36 | 7250ED48FC2CE84927E0866F6E79F9C4 | 2025 | 01/04/2025 | 30/06/2025 | Asesoría u Orientación | Directo | Ciudadanía en General | Orientación sobre el acceso a la información, Transparencia y Obligaciones de Transparencia | Presencial y Electrónico | Describir la información de manera clara | Ninguno | https://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/ | 10 días hábiles | 5 días hábiles | 5 días hábiles | 15 días hábiles | 48077804 | Gratuito | No aplica | No aplica | Artículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Queja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruz e interposición de Recursos de Revisión ante el IVAI | https://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true | 48077804 | 48077804 | https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicio | Unidad de Transparencia | 30/06/2025 | ||||
37 | F84320673CE2E8AF5EE41C4527305394 | 2025 | 01/01/2025 | 31/03/2025 | ATENCIÓN DE TRABAJO SOCIAL | Directo | MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIA | DETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTO | PRESENCIAL O TELEFONICA | CON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACION | CREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIA | https://no aplica | INMEDIATA | NO APLICA | NO APLICA | EL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN | 44954553 | NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓN | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | PUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROL | NO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTES | TODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA | 44954553 | 44954553 | https://no aplica | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 31/03/2025 | No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario | |
38 | 95C3FC4A669898F62C1C74DC96699FF7 | 2025 | 01/01/2025 | 31/03/2025 | ATENCIÓN PSICOLOGICA | Directo | MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIA | DETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTO | PRESENCIAL O TELEFONICA | CON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACION | CREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIA | https://no aplica | INMEDIATA | NO APLICA | NO APLICA | EL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN | 44954554 | NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓN | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | PUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROL | NO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTES | TODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA | 44954554 | 44954554 | https://no aplica | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 31/03/2025 | No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario | |
39 | 227C2237C7F35A64D3D7C20EE0DD8649 | 2025 | 01/01/2025 | 31/03/2025 | ATENCIÓN JURÍDICA | Directo | MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIA | DETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTO | PRESENCIAL O TELEFONICA | CON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACION | CREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIA | https://no aplica | INMEDIATA | NO APLICA | NO APLICA | EL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN | 44954555 | NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓN | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | EL SERVICIO ES GRATUITO | LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | PUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROL | NO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTES | TODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA | 44954555 | 44954555 | https://no aplica | OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS | 31/03/2025 | No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario | |
40 | B6A29CEE361C2CBAFADC0D3791107D36 | 2025 | 01/01/2025 | 31/03/2025 | Asesoría u Orientación | Directo | Ciudadanía en general | Orientación sobre el acceso a la información, transparencia y obligaciones de transparencia | Presencial y electrónico | Describir la información de manera clara | Ninguno | https://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/ | 10 Días hábiles | 5 Días hábiles | 5 Días hábiles | 15 Días hábiles | 47551459 | Gratuito | No aplica | No aplica | Artículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Queja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruz e interposición de Recursos de Revisión ante el IVAI | https://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true | 47551459 | 47551459 | https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicio | Unidad de Transparencia | 31/03/2025 | ||||
41 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
42 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
43 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
44 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
45 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
46 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
47 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
48 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
49 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
50 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
51 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
52 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
53 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
54 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
55 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
56 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
57 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
58 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
59 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
60 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
61 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
62 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
63 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
64 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
65 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
66 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
67 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
68 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
69 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
70 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
71 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
72 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
73 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
74 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
75 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
76 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
77 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
78 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
79 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
80 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
81 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
82 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
85 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
86 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
87 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
88 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
89 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
90 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
91 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
92 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
93 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
94 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
96 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
97 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
98 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
99 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
100 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
101 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
102 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
103 | ||||||||||||||||||||||||||||||||