ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAF
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Servicios ofrecidosLTAIPVIL15XIX
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaNombre del servicioTipo de servicio (catálogo)Tipo de población usuaria y/o población objetivo (Redactados con perspectiva de género)Descripción del objetivo del servicio (Redactado con perspectiva de género)Modalidad del servicioEnumerar y detallar los requisitos (Redactados con perspectiva de género)Documentos requeridos, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficialESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficialTiempo de respuestaESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitanteESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevenciónESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitanÁrea en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto
Tabla_439463
ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicioESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuitoSustento legal para su cobroLugares donde se efectúa el pagoFundamento jurídico-administrativo del servicioDerechos de la población usuaria ante la negativa o la falta ante la prestación del servicio (Redactados con perspectiva de género)ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicioESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información adicional del servicio, en su caso (Redactada con perspectiva de género)Otro medio que permita el envío de consultas y documentos
Tabla_566411
Lugar para reportar presuntas anomalias
Tabla_439455
Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o al sistema homólogoÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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5B9165842EE70E04E5F6878407E279D0202501/07/202530/09/2025AlimentaciónDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, una nutrición adecuada que contribuya a promover su recuperación y salud integral, así como a fomentar hábitos saludables dentro de un entorno digno y humano.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652300Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230047652300Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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E2D679A50A1D434815CEADCED3E892F0202501/07/202530/09/2025Atención JurídicaDirectoMujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidasDeterminar que tipo de aseosria requiere la usuariaPresencial, telefónica o videoconferenciaCon solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situaciónCredencial de elector o identificación oficialInmediataNo aplicaNo aplicaEl servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan49315858no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atenciónEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoLey del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlavePuede interponer una queja ante el Organo Interno de ControlNo aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantesToda la información adicional que considere la usuaria4931585849315858OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS30/09/2025
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BB3FA7A9E7DE8F4A9C35A5F3DE4F99B6202501/07/202530/09/2025Atención de Trabajo SocialDirectoMujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidasDeterminar que tipo de aseosria requiere la usuariaPresencial, telefónica o videoconferenciaCon solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situaciónCredencial de elector o identificación oficialInmediataNo aplicaNo aplicaEl servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan49315857no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atenciónEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoLey del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlavePuede interponer una queja ante el Organo Interno de ControlNo aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantesToda la información adicional que considere la usuaria4931585749315857OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS30/09/2025
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46FB386CFDA8A8DE78CC259F6D64D037202501/07/202530/09/2025Atención psicologicaDirectoMujeres que sufren violencia o mujeres sin violencia en sus vidasDeterminar que tipo de aseosria requiere la usuariaPresencial, telefónica o videoconferenciaCon solo acudir se le brinda la atención de acuredo a su situaciónCredencial de elector o identificación oficialInmediataNo aplicaNo aplicaEl servicio no implica ninhuna de las modalidades que se mencionan49315856no aplica porque se brinda atención a cualquier mujer que requiera la atenciónEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoEl servicio es gratuitoLey del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlavePuede interponer una queja ante el Organo Interno de ControlNo aplica porque el servicio no requiere ni requisitos o comprobantesToda la información adicional que considere la usuaria4931585649315856OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS30/09/2025
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244105F20C2B846DCDF45E96C1ECBF8C202501/07/202530/09/2025Asesoría u OrientaciónDirectoCiudadanía en generalOrientación sobre el acceso a la información, transparencia y obligaciones de TransparenciaPresencial y electrónicoDescribir la información de manera claraNingunohttps://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/10 Días hábiles5 Días hábiles5 Días hábiles15 Días hábiles50265375GratuitoNo aplicaNo aplicaArtículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlaveQueja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruzhttps://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true5026537550265375https://www.plataformadetransparencia.org.mxUnidad de Transparencia30/09/2025
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8EF3FA96E4A1A73E59AB06C94A51FD16202501/07/202530/09/2025Programas reeducativos integralesDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas programas reeducativos integrales a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652316Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231647652316Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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B6E0EB9AC911187CBE9F5D4365AD02FF202501/07/202530/09/2025AlimentaciónDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, una nutrición adecuada que contribuya a promover su recuperación y salud integral, así como a fomentar hábitos saludables dentro de un entorno digno y humano.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652299Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765229947652299Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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9065D06F4060DA650B3914456C77DF0B202501/07/202530/09/2025Programas reeducativos integralesDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas programas reeducativos integrales a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652315Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231547652315Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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6D9CDF400837EFD0791AED710B69DF56202501/07/202530/09/2025HospedajeDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, un espacio de alojamiento seguro y digno para separarse de la situación de violencia vivida y así promover su recuperación física y emocional y restituir sus derechos humanos fundamentales.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652298Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765229847652298Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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893AC43385EF0D0F1BC44E6A78F47F6A202501/07/202530/09/2025EducativoDirectoHijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad.Programar apoyo pedagógico para el adecuado desarrollo de las niñas y niños, así como detección de problemas en el mismo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652314Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231447652314Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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4CD2C2B051F43D47C183B88A6E322D2C202501/07/202530/09/2025EducativoDirectoHijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad.Programar apoyo pedagógico para el adecuado desarrollo de las niñas y niños, así como detección de problemas en el mismo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652313Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231347652313Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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C1827F982AC3147EB60128744E51A3C0202501/07/202530/09/2025HospedajeDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas, un espacio de alojamiento seguro y digno para separarse de la situación de violencia vivida y así promover su recuperación física y emocional y restituir sus derechos humanos fundamentales.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652297Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765229747652297Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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175112782BE79F0C86F767BBC6932858202501/07/202530/09/2025Trabajo socialDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral desde una perspectiva de derechos humanos y género, mediante la evaluación, gestión y seguimiento de sus necesidades sociales, económicas y familiares.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652312Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231247652312Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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93A50AF0BE0C273BCF0CD08C6BBCE43C202501/07/202530/09/2025Trabajo socialDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral desde una perspectiva de derechos humanos y género, mediante la evaluación, gestión y seguimiento de sus necesidades sociales, económicas y familiares.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652311Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231147652311Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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9A9023BFF7B5E53CD9D3B05DD5D1A747202501/07/202530/09/2025Apoyo psicológico infantilDirectoHijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad.Brindar a las hijas e hijos y personas allegadas menores de edad, acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652310Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231047652310Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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D46A3CEE82A0AF7B41138F1617FD6A1A202501/07/202530/09/2025Apoyo psicológico infantilDirectoHijas e hijos de usuarias y personas allegadas menores de edad.Brindar a las hijas e hijos y personas allegadas menores de edad, acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652309Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230947652309Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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C523EFDE519A8274C1BF79AC8D60C013202501/07/202530/09/2025Atención psicológicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas y personas allegadas mayores de edad acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652308Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230847652308Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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3BB17498C57B510BBAFF62B781BB19B6202501/07/202530/09/2025Atención psicológicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas y personas allegadas mayores de edad acompañamiento, contención y apoyo emocional para reestablecer y fortalecer su bienestar psicológico, desnormalizar la violencia y facilitar su proceso de recuperación, reintegración y empoderamiento afectivo.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652307Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230747652307Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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97C33A9292F96B3782B8B8827793E86A202501/07/202530/09/2025Atención JurídicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas asesoría, orientación y acompañamiento legal con el fin de garantizar el acceso a la justicia, la protección de sus derechos y la toma de decisiones informada en torno a su situación legal.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652306Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230647652306Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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B5C958EF01159047466683198138EE59202501/07/202530/09/2025Atención JurídicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas asesoría, orientación y acompañamiento legal con el fin de garantizar el acceso a la justicia, la protección de sus derechos y la toma de decisiones informada en torno a su situación legal.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652305Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230547652305Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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F38F7A57C84DB7CA186EA46F669EB726202501/07/202530/09/2025Atención médicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral a la salud física, garantizando el acceso oportuno a los servicios médicos preventivos, curativos y de seguimiento, en un entorno seguro, confidencial y libre de violencia.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652304Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230447652304Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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19CC6825DC1E0F2BB68F32B3F739DB99202501/07/202530/09/2025Atención médicaDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas atención integral a la salud física, garantizando el acceso oportuno a los servicios médicos preventivos, curativos y de seguimiento, en un entorno seguro, confidencial y libre de violencia.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652303Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230347652303Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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F930FC99E1DDE6D26A976782B26A17D8202501/07/202530/09/2025Vestido y calzadoDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas prendas adecuadas, limpias y en buen estado que cubran sus necesidades básicas garantizando su dignidad, comodidad y seguridad durante su estancia.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652302Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230247652302Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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8B07A02D37468662084C3D353C3AE4E5202501/07/202530/09/2025Bolsa de trabajoDirectoUsuarias en situación de violencia y personas allegadas.Brindar a las usuarias y personas allegadas su inclusión al ámbito laboral remunerado para la promoción de su empoderamiento económicoPresencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652320Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765232047652320Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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B83BFFD6CDE314E9F70E65F63F2E5317202501/07/202530/09/2025Bolsa de trabajoDirectoUsuarias en situación de violencia y personas allegadas.Brindar a las usuarias y personas allegadas su inclusión al ámbito laboral remunerado para la promoción de su empoderamiento económicoPresencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652319Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231947652319Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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FE91F98D02598807673E632AC6FF2BB7202501/07/202530/09/2025Vestido y calzadoDirectoUsuarias en situación de violencia, sus hijas e hijos y personas allegadas.Brindar a las usuarias, sus hijas e hijos y personas allegadas prendas adecuadas, limpias y en buen estado que cubran sus necesidades básicas garantizando su dignidad, comodidad y seguridad durante su estancia.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652301Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765230147652301Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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B93177742F24690756288337967A2A1B202501/07/202530/09/2025CapacitaciónDirectoUsuarias en situación de violencia y personas allegadas.Brindar a las usuarias y personas allegadas capacitación para que puedan adquirir conocimientos para el desempeño de una actividad laboral al egresar de refugio.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652318Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231847652318Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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E72B6AE55947B812C6BAE47E890A8FB0202501/07/202530/09/2025CapacitaciónDirectoUsuarias en situación de violencia y personas allegadas.Brindar a las usuarias y personas allegadas capacitación para que puedan adquirir conocimientos para el desempeño de una actividad laboral al egresar de refugio.Presencial1.- Ser una mujer en situación de violencia. 2.- No contar con redes de apoyo seguras. 3.- Ingresar de manera voluntaria, previamente informada sobre lineamientos del reglamento de refugio.Referencia post valoración, del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.http:// No se requiere ningún formato.Inmediato una vez realizada la valoración de ingresoInmediato como resultado de la valoración del Centro Externo de Atención o del Módulo de Atención Externa del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Indefinido.La permanencia de las víctimas no podrá ser mayor a tres meses, a menos de que persista su inestabilidad física, psicológica o su situación de riesgo según el Art. 57 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.47652317Verificar si la usuaria, sus hijas e hijos y personas allegadas son candidatas o no para la obtención del servicio especializadoGratuitoArt. 56 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Art. 30 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Ley No. 613 que crea al Instituto Veracruzano de las Mujeres. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Modelo de Atención del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia.Presentar queja o denuncia ante la Contraloría General del Estado o ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.Ninguna, porque la tramitología es interna una vez prestado el servicio.La gestión para la valoración para el ingreso a Refugio se puede llevar a cabo a través de las siguientes instancias: Institutos Municipales de las Mujeres, Fiscalías, Sector Salud.4765231747652317Coordinación del Refugio Estatal para Mujeres en situación de Violencia30/09/2025Pueden reportar presuntas anomalías también ante el Comité de la Contraloría Ciudadana del Instituto Veracruzano de las Mujeres.
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7250ED48FC2CE84927E0866F6E79F9C4202501/04/202530/06/2025Asesoría u OrientaciónDirectoCiudadanía en GeneralOrientación sobre el acceso a la información, Transparencia y Obligaciones de TransparenciaPresencial y ElectrónicoDescribir la información de manera claraNingunohttps://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/10 días hábiles5 días hábiles5 días hábiles15 días hábiles48077804GratuitoNo aplicaNo aplicaArtículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlaveQueja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruz e interposición de Recursos de Revisión ante el IVAI https://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true4807780448077804https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicioUnidad de Transparencia30/06/2025
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F84320673CE2E8AF5EE41C4527305394202501/01/202531/03/2025ATENCIÓN DE TRABAJO SOCIALDirectoMUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIADETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTOPRESENCIAL O TELEFONICACON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACIONCREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIAhttps://no aplicaINMEDIATANO APLICANO APLICAEL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN44954553NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓNEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOLEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEPUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROLNO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTESTODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA4495455344954553https://no aplicaOFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS31/03/2025No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario
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95C3FC4A669898F62C1C74DC96699FF7202501/01/202531/03/2025ATENCIÓN PSICOLOGICADirectoMUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIADETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTOPRESENCIAL O TELEFONICACON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACIONCREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIAhttps://no aplicaINMEDIATANO APLICANO APLICAEL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN44954554NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓNEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOLEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEPUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROLNO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTESTODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA4495455444954554https://no aplicaOFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS31/03/2025No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario
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227C2237C7F35A64D3D7C20EE0DD8649202501/01/202531/03/2025ATENCIÓN JURÍDICADirectoMUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA O MUJERES SIN VIOLENCIADETERMINAR QUE TIPO DE ASESORAMIENTOPRESENCIAL O TELEFONICACON SOLO ACUDIR SE LE BRINDARA ATENCIÓN DE ACUERDO A SU SITUACIONCREDENCIAL DE ELECTOR O ALGÚN IDENTIFICACION CON FOTOGRAFIAhttps://no aplicaINMEDIATANO APLICANO APLICAEL SERVICIO NO IMPLICA NINGUNA DE LAS MODALIDADES QUE SE MENCIONAN44954555NO APLICA PORQUE SE BRINDA ATENCIÓN A CUALQUIER MUJER QUE REQUIERA LA ATENCIÓNEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOEL SERVICIO ES GRATUITOLEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEPUEDE INTERPONER UNA QUEJA ANTE EL ORGANO INTERNO DE CONTROLNO APLICA PORQUE EL SERVICIO NO REQUIERE NI REQUISITOS O COMPROBANTESTODA LA INFORMACIÓN ADICIONAL QUE CONSIDERE LA USUARIA4495455544954555https://no aplicaOFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS31/03/2025No cuenta con hipervinculos debido a que de acuerdo a el servicios no es necesario
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B6A29CEE361C2CBAFADC0D3791107D36202501/01/202531/03/2025Asesoría u OrientaciónDirectoCiudadanía en generalOrientación sobre el acceso a la información, transparencia y obligaciones de transparenciaPresencial y electrónicoDescribir la información de manera claraNingunohttps://www.ivermujeres.gob.mx/indice-de-transparencia/10 Días hábiles5 Días hábiles5 Días hábiles15 Días hábiles47551459GratuitoNo aplicaNo aplicaArtículo 134 fracción VIII de la Ley número 875 de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la LlaveQueja ante el Órgano de Control Interno de la Secretaria de Gobierno del Estado de Veracruz e interposición de Recursos de Revisión ante el IVAI https://docs.google.com/document/d/1984bkmZK5YvIGEU7YrOs4lr8uMHXYUmd/edit?usp=sharing&ouid=118023135297569966837&rtpof=true&sd=true4755145947551459https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicioUnidad de Transparencia31/03/2025
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