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NoSECCIÓN DEL DOCUMENTOEMISOR
PROMOVENTE
COMENTARIO - OBSERVACIÓN (SIC)PROCEDENTENO PROCEDENTEPARCIALMENTE PROCEDENTERESPUESTA
TEXTO FINAL
SE MODIFICA PARA QUEDAR COMO SIGUE:
Respuesta al comentario del Promovente
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10. IntroducciónManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
El texto "Otro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no reconoce la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales heterogéneas . Estas no pueden ser abordadas mediante esquemas o estructuras generalizadas y rígidas, en virtud de los rasgos que los caracterizan y les dan identidad desde una perspectiva territorial (SEDATU, 2020).", resulta contradictorio para justificar la necesidad de homologar contenidos mediante una NOM.
Solución sugerida: Eliminarlo o darle otro enfoque.
XOtro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no recoge de forma efectiva la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales y económicas heterogéneas. Por esta razón, su abordaje debe ser mediante esquemas adecuados a su contexto territorial, así como a sus capacidades y necesidades, entre ellas, la capacidad de despliegue de recursos económicos para el desarrollo de instrumentos de ordenamiento y planeación territorial. Parcialmente procedente:

Se modifica el texto para matizar el argumento en el sentido de que la planeación territorial debe abordarse con base en el contexto territorial, sus capacidades y necesidades. La determinación de una bateria de contenidos homologada en esta NOM no necesariamente establece rigidez, ya que estos son diferentes en virtud de sus capacidades, necesidades y contexto territorial.

El término homologación responde a la facultad normativa que expresamente le otorga la LGAHOTDU a la SEDATU en su art. 9 fr. IV. Es decir, esta NOM es reglamentaria de la LGAHOTDU.
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22. Objetivos legítimos de interés públicoManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Se menciona que se persiguen los objetivos: "X. El sano desarrollo rural y urbano" pero en realidad al ser un PMDU lo rural queda muy sesgado.
Solución sugerida: Por lo que se deberían incluir de manera explícita la necesidad de incluir localidades rurales, su análisis y propuestas, con el mismo énfasis de lo urbano.
XNo procedente:

1, Las NOM están obligadas a responder a los objetivos legítimos del interés público establecidos en la Ley de Infraestructura de la Calidad. Por esta razón, no es posible modificar los conceptos de esos objetivos que por requisito deben expresarse conforme están establecidos en ella.

2. Respecto al comentario de incluir de manera explícita lo rural, las localidades rurales y su análisis están incluidas en la tabla de contenidos de la NOM.
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33. Referencias normativasManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Las normas mencionadas se refieren, en términos generales, a diversos aspectos relacionados. Sin embargo, para profundizar en el análisis de cómo estos contenidos se interrelacionan, sería beneficioso elaborar una tabla resumen que destaque los temas comunes. Además, generar una matriz de correspondencia permitiría identificar de manera más clara en qué temas específicos se establecen conexiones. Este enfoque no solo facilitaría la comprensión de las interrelaciones entre las normas, sino que también ayudaría a identificar áreas de interés común y puntos de convergencia.
Solución sugerida: Se tendria que generar la matriz de análisis de los temas que se relcionan y hasta que punto estas normas se pueden utilizar entre si
XNo procedente

De acuerdo con lo establecido en la NMX-Z-013, en este apartado se debe proporcionar una lista de los documentos normativos vigentes a los cuales se hace referencia dentro de la NOM y que son indispensables para su aplicación, sin embargo no es materia de la presente NOM establecer el análisis de los documentos normatvos referidos.
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44. Términos y definicionesManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
La definición correspondiente a Contenido Básico y Contenido Ampliado reconoce dos tipos de contenidos (genérico y contexto) en función de los requerimientos. Sin embargo, la descripción de nivel de requerimientos no coincide con lo establecido en la Tabla 3. Tabla integrada de tipos de contenidos para la clasificación de los municipios, lo cual es confuso.xNivel de requerimiento: Es el nivel resultante de la evaluación de los modelos de capacidad y necesidad de los municipios, este puede ser bajo, medio o alto. Cada uno de estos tres niveles está asociado con los contenidos que deberán desarrollar los municipios en el proceso de formulación o actualización de sus PMOTDU, tanto en el grupo de Contenidos Genéricos como en los de Contexto.

Contenido básico: Es el elemento temático básico que deberá contener un PMOTDU de un municipio de cualquier nivel de requerimiento (bajo, medio o alto), tanto tanto para la categoría de genéricos como de contexto.

Contenido ampliado: Es el elemento temático que deberá contener un PMOTDU de un municipio de nivel de requerimiento medio o alto. Estos aplican tanto a la categoría de contenidos genéricos como a la de contenidos de contexto. Los genéricos ampliados corresponden a los municipios con nivel de requerimiento medio y alto, mientras que los de contexto ampliados aplican únicamente para los municipios con nivel de requerimiento alto.
Procedente.

La definición no coincidía con la tabla, por lo que se modificó definición de Nivel de requerimiento.
También se modificaron las definiciones de contenidos básico y ampliado.
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5Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Incluir la definición de Rasgo de contexto en virtud de su mención en el apartado 5.2.2. Rasgo por contexto.xRasgo de contexto. Atributo territorial de algunos municipios que los diferencian de los demás y que les atribuyen características que deben considerarse para la planeación de su territorio. Para esta NOM se consideran como rasgos de contexto ser un municipio metropolitano, costero, fronterizo, o bien, tener 40% o más de población indígena en hogares o 30% afrodescendiente en el municipio. De acuerdo con lo anterior, puede aplicar más de un rasgo de contexto en un municipio. Procedente

Se incluye en el apartado de términos y definiciones
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65. Caracterización y clasificación de los municipiosManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Apartado 5.1. Criterios de clasificación de referencia.
En el primer párrafo se menciona que las definiciones de "la capacidad y necesidad de los municipios del país" se encuentran en el apartado 5. Sin embargo, dichas definiciones provienen del apartado 4. Términos y definiciones. Por otra parte, se establece que tanto la capacidad y la necesidad son determinantes, no obstante, esto se repite innecesariamente a lo largo del apartado.
Solución sugerida: Revisar la redacción para evitar que el contenido sea redundante.
xCon el propósito de generar un instrumento normativo de aplicación nacional que responda a la heterogeneidad de contextos territoriales a nivel municipal, en el cual se realizó el presente Proyecto de NOM clasifica a los municipios del país, a través de variables que reportan información territorial sobre los aspectos asociados a dos determinantes en la configuración del desarrollo e implementación de PMOTDU, estos son, la capacidad y necesidad de los municipios del país (Véanse definiciones del apartado 4.1). Parcialmente procedente:

Se corrigió la referencia al apartado 5, dejando la referencia al apartado 4 como corresponde.

En realidad no se repite la idea de que la capacidad y necesidad son determinantes, sino la referencia a los modelos de capacidad y necesidad. Se corrigió en el mismo párrafo la redundancia y se buscó referirlos de forma indirecta para evitar que se lea repetitivo "capacidad y necesidad"
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7Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
El primer párrafo debe mencionar a grandes rasgos cuáles son las dimensiones generales del territorio que permitieron determinar la capacidad y necesidad.xPara evaluar estas dos determinantes se consideraron dos modelos (capacidad y necesidad) que en su conjunto captan las dimensiones Ambiental, Económica, Cultural, Territorial, Educación, Peligros, Sociodemográfico e Institucional. En total se utilizaron 25 variables; 17 para el modelo de necesidad y 8 para el modelo de capacidad.Procedente

Se incluyen las dimensiones de análisis en los modelos.
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8Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
En el apartado 5.2 Caracterización de municipios, así como en el documento, se cita repetidas veces la metodología, la cual es un anexo, pero se deben dejar los grandes rasgos del planteamiento para que se logre entender sin acudir forzosamente a la metodología anexa, el anexo normativo mostrado en el DOF, no contiene la metodología..
Solución sugerida: Agregar una síntesis de la metodología
xLa metodología utilizada capta aspectos económicos, sociodemográficos, culturales, territoriales, educativos, ambientales, institucionales y de peligros de los municipios; aspectos que son fundamentales para el ordenamiento territorial y la planeación del desarrollo urbano.

Para cada modelo se determinaron pesos relativos de las variables para diferenciar la influencia que tienen. Estos pesos fueron determinados mediante el criterio de un grupo técnico, los cuales fueron promediados para obtener un peso relativo final por cada variable en los modelos. Posteriormente, se realizó un análisis del sentido de las variables para determinar si su influencia es positiva o negativa con la finalidad de establecer el sentido correcto respecto al resultado que se espera de cada uno de los modelos.

A partir de este análisis se procedió a realizar un índice que integra las variables para todos los municipios, aplicando los ponderadores o pesos relativos de las variables y los sentidos de estas. El resultado numérico de este índice nos indica de menor a mayor, el nivel de necesidad y capacidad de cada municipio. Estos valores fueron estratificados para obtener tres medidas cualitativas (baja, media y alta) de cada modelo.

Una vez obtenidas las categorías de los municipios a partir de los resultados cualitativos de los modelos, se identificaron las combinaciones para cada municipio a partir de sus medidas de capacidad y necesidad para obtener una sola medida cualitativa denominada nivel de requerimiento. De las nueve combinaciones posibles se obtienen tres resultados (bajo, medio y alto), los cuales serán la medida final que se requerirá a los municipios en términos de contenidos.
Procedente

Se complementó el texto con una síntesis metodológica y se eliminan las referencias al anexo normativo.
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9Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De 5.2 Caracterización de municipios, el párrafo "A partir de estas variables se realizó una caracterización y clasificación de los municipios mediante los modelos de capacidad y necesidad, los cuales sirvieron de base para la definición de una batería de contenidos generales para los PMOTDU, que respondan a las necesidades y características socioespaciales de los municipios mexicanos." es muy redundante con lo que ya se ha dicho.
Solución sugerida: Se recomienda eliminarlo.
xProcedente

Se replanteó el apartado 5.2 conforme la redacción de la síntesis metodológica atendida en el comentario anterior.
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10Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
5.2 Caracterización de municipios. Se menciona que a partir del los modelos de capacidad y necesidad se puede identificar alguna categoría de acuerdo a las variables de cada municipio, sin embargo no queda claro cuál es el origen del resultado obtenido al que hacen referencia.
Solución sugerida: Incluir anexo metodológico del procesamiento de las variable y su desarrollo.
xProcedente

Queda subsanado con la síntesis metodológica que se desarrolla en el apartado 5.2
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11Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
En 5.2.1 clasificación general, también se menciona que en el Apéndice Normativo están los modelos de capacidad y necesidad, pero entonces, la norma en sí misma no permite el desarrollo de los Programas. Además, no se presenta el Apéndice Normativo.
Solución sugerida: Incluir el Apéndice Normativo.
xNo procedente:

La norma en sí misma logra su objetivo que es determinar contenidos para la elaboración de los PMOTDU. Lo que está detallado en el anexo normativo corresponde a los resultados de la clasificación, que no es el objetivo de la norma.
Decidir si el nombre será apendice normativo o anexo normativo y homologarlo en el documento. Queda determinado como Anexo.

LISTO!! Se dejó homologado como Anexo.
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12Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
En 5.2.1 Clasificación general, en el cuarto párrafo no es necesario hacer referencia a la Tabla 1. Mantener sólo la referencia en el párrafo 5.x5.2.1 Clasificación general. A partir de la caracterización anterior, cada municipio debe identificar su clasificación de capacidad y necesidad en el Anexo Normativo de este Proyecto de NOM, la cual se expresa gráficamente en los siguientes mapas temáticos.
Procedente

Se eliminó la referencia a la Tabla 1, en razón de que el siguiente párrafo retoma lo relacionado con el nivel de requerimiento y dicha tabla.
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13Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
El segundo párrafo del apartado 5.2.2. Clasificación por rasgo de contexto es redundante con el primero, ya que ambos abordan la existencia de municipios con rasgos característicos de su contexto.
Solución sugerida: Omitir el segundo párrafo.
xAdicionalmente, debido a que existen municipios con rasgos que son característicos de su contexto territorial y que no se comparten de forma general en todos los demás, se determinaron contenidos específicos con la finalidad de que cada uno de los municipios complemente los contenidos básicos en sus PMOTDU, con base en los rasgos que le aplican y el nivel de requerimiento que se identifica en el apartado anterior. Dichos rasgos se enlistan y detallan en el apartado 6.Procedente

Se modificó la redacción del apartado 5.2.2 para evitar redundancia y se eliminó el segundo párrafo.
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14Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Por otra parte, en el segundo párrafo del apartado 5.2.2. Clasificación por rasgo de contexto se hace mención que en el apartado 5 "se enlistan y detallan los rasgos que determinan los contenidos para cada uno de ellos", lo cual no queda claro.xProcedente

Queda solventado con la modificación derivada del comentario anterior.
Habría que elimnar el contenido de la columna H cuando no se esté citando el texto de la NOM con modificaciones y dejar solo la explicación o justificación de la columna K, porque además se repiten.

LISTO!
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15Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
"A cada municipio le corresponde una de las tres categorías de acuerdo con los niveles resultantes de capacidad y necesidad (baja, media o alta). Este resultado a su vez está asociado con el nivel de requerimiento sobre los contenidos que deberá desarrollar el municipio."
Se menciona en varias partes del documento pero principalmente aquí, el nivel de requerimiento pero no se explica cómo se genera solo se lista en la tabla de contenidos genéricos y de contexto pero no es claro, ni siquiera completa ya que la columna de contexto básico está prácticamente vacía. Al parecer es porque solo se requiere un tipo de análisis por variable, pero hay varias que pueden ser aplicables en más de una casilla.
Solución sugerida: Se debe indicar de manera breve cómo se construye el nivel de requeirmiento previo a citarlo, dando por hecho que se conoce cómo se realizó.
xNivel de requerimiento: Es el nivel resultante de la evaluación de los modelos de capacidad y necesidad de los municipios, este puede ser bajo, medio o alto. Cada uno de estos tres niveles está asociado con los contenidos que deberán desarrollar los municipios en el proceso de formulación o actualización de sus PMOTDU, tanto en el grupo de Contenidos Genéricos como en los de Contexto.Procedente

En la síntesis metodológica que se desarrolla en el apartado 5 se aclara cómo se obtiene el nivel de requerimiento.

Asimismo, se actualizó la definición de nivel de requerimiento en el apartado de términos y definiciones.
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16Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
El orden de las ideas en el contenido no es consecutivo. Se sugiere reorganizar el contenido para que las ideas se presenten en un orden consecutivo y coherente. Esto facilitará la comprensión y mejora la fluidez de lectura.xProcedente

Se revisó todo el apartado y se reestructuró la estructura narrativa.
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17Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
No se agrega ninguna definición, metodología, ni ningun otra referencia de como es que llega a la necesidad de capacidad, ni como se clasifica el nivel de requerimiento, si bien no se agrega a la NOM, por una cuestion de resumen, pero tampoco en la metodología queda claro, siendo este el punto fundamental del cual parte esta clasificación.
Solución sugerida: Se debe de elaborar la metodología, de manera detallada, con todos los procesos que se generan en este tema, debera ser un apartado muy importante, ya que de este deriva todo la NOM, tiene que ir bien estructurada en el apartado o hacer un documento especial para este tema
xCapacidad Municipal: Condiciones del gobierno municipal para elaborar e implementar un Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

Necesidad municipal: Características del territorio y gobierno municipal que demandan la elaboración del instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

Nivel de requerimiento: Es el nivel resultante de la evaluación de los modelos de capacidad y necesidad de los municipios, este puede ser bajo, medio o alto. Cada uno de estos tres niveles está asociado con los contenidos que deberán desarrollar los municipios en el proceso de formulación o actualización de sus PMOTDU, tanto en el grupo de Contenidos Genéricos como en los de Contexto.
Parcialmente procedente

En la síntesis metodológica que se desarrolla en el apartado 5 se aclara cómo se obtiene el nivel de requerimiento.

Asimismo, se actualizó la definición de nivel de requerimiento, así como de capacidad y necesidad en el apartado de términos y definiciones.
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18Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Se entiende que las tablas, deben ser un resumen, pero en este caso, si no queda claro las abreviaturas y mucho menos las metodología, deben ser mas explicitos, las tablas aun confunden mas la lectura, no se encuentra, ninguna referencia, se hace mencion a la tabla anteior, refiriendose a numero de tabla, recordar que en estos temas tan tecnicos, no se debe dar por hecho que los nombres estan claros, tampoco se entiende el nivel de compatibilidad de los temas, creo que hay formas mas sencillas y directas de poder explicar, se debera de reestructurar toda la redacción y apoyarse de la nueva metodología.
Solución sugerida: Modificar las referencias de tablas, poner nombre, cambiar icono de compatibilidad, si es necesario poner municipios en las tablas y ver si les aplica, quedaria mas claro
xParcialmente procedente:

Se revisaron las referencias que pudieran faltar asociadas a las Tablas para que no queden referidas como "Tabla anterior o siguiente".
Cuidar que en el documento no queden las referencias automáticas, porque para el DOF no se reconocen y se marcan como error

LISTO!
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196. Especificaciones relativas a los contenidos generales para los PMOTDUManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Definir que significan M, I, F y C dentro de las columnas de contenidos Genéricos y de Contexto.
Solución sugerida:
I
ntegrar una nota de pie, o bien una fila con las definiciones de las siglas:
M: Ser parte de una Zona Metropolitana - Municipio Metropolitano
I: Con alto porcentaje de población indígena o afromexicana - Municipio Indígena o afromexicano
F: Frontera con otro país - Municipio Fronterizo
C: Comunidades costeras - Municipio Costero
xLos municipios que tengan dentro de sus características alguno de los siguientes rasgos en su contexto territorial, deberán considerar adicionalmente en sus PMOTDU los contenidos complementarios de las columnas “Básicos” y “Ampliados” del grupo de contenidos de “contexto” de la Tabla4, de acuerdo con su nivel de requerimiento (Ver ilustración 3).
• Municipio Fronterizo (F) - Municipio con frontera territorial con otro país.
• Municipio Metropolitano (M) - Municipio que forma parte de una Zona Metropolitana, de conformidad con la delimitación de Zonas Metropolitanas establecida en la publicación Metrópolis de México 2020 (CONAPO, INEGI y SEDATU, 2023) o la que la sustituya.
• Municipio Costero (C) - Municipio que cuenta con zona costera en su territorio.
• Municipio Indígena o afromexicano (I) - Municipio con 40% o más de población indígena en hogares y/o 30% o más de población que se considera afromexicana o afrodescendiente, ambos casos de acuerdo con la información de población y vivienda del INEGI.
Procedente

Se actualiza el apartado 6.2 del documento para dejar más claro qué significa cada uno de los rasgos abreviados. Asimismo, se agrega a la tabla de contenidos su descripción.
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20Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. Respecto a los contenidos de contexto básico y ampliados que se mencionan recurrentemente, tampoco se indica su definición o cuales son las diferencias y contenidos respectivos; no se indica qué espera de cada tema o variable listadas.
Solución sugerida: Definir contenidos y diferencias, indicar los alcances por tema y/o variables.
xParicialmente procedente

La NOM solo establece contenidos generales y los alcances dependen de las características y capcacidades de cada municipio.
No es una NOM de lineamientos o metodología, por lo cual no es su objetivo describir los alcances por tema y variables.

No obstante, se agregaron descripciones de cada grupo temático hasta el tercer nivel.
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21Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. Pide el análisis de uso de suelo actual con imágenes satelitales pero no todos los municipios tienen la capacidad.
Solución sugerida: Si se trata de una homologación, los requerimientos deben de partir de los mínimos que pueden realizar los municipios y para ello se deben conocer capacidades de los mismos o pedir contenidos más factibles.
xProcedente

Se eliminó el contenido en el marco de una reestructuración general de todos los contenidos
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22Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. Revisar la ortografía, palabras como "áreas" que carecen de acento y otras.
Solución sugerida: Revisar ortografía de la tabla.
xProcedente

Se revisó y modificó la ortografía.
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23Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. Las variables de servicios de regulación y otros no todos los municipios tendrán la capacidad.
Solución sugerida: Si se trata de una homologación, los requerimientos deben de partir de los mínimos que pueden realizar los municipios y para ello se deben conocer capacidades de los mismos o pedir contenidos más factibles.
xProcedente

Se eliminó el contenido en el marco de una reestructuración general de todos los contenidos
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24Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. El Entorno ambiental y riesgo es repetitivo con GIR y riesgos, lo mismo que cambio climático.
Solución sugerida: Determinar si algunas de las variables se omiten por ser dedundantes.
xProcedente

Se eliminó el contenido en el marco de una reestructuración general de todos los contenidos
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25Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. Se debe especificar qué se espera de unidades de Paisaje u Otras ya quee la tabla no determina contenido ni qué se espera ni idica a qué se refiere., no muchos reconocen ese análisis y debería venir definido en el documento o anexo.
Solución sugerida: Determinar sus contenidos mínimos.
xUnidad de paisaje: Son entidades espaciales definidas por una cohesión en sus características físicas, ambientales, y sociales interrelacionadas, que representan la unidad cartografiable capaz de encapsular la expresión territorial actual de las interacciones entre los componentes bióticos, abióticos y antropogénicos de un sistema socioecológico.Procedente

Se agrega definición de unidades de paisaje
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26Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
De la Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto. La mayoría de las estrategias se pide que sean desarrollados de manera genérica básica, pero dado las diferencias territoriales a nivel nacional se recomienda sean ampliados. Lo mismo pasa con la definición de UGTs y Zonificación.
Solución sugerida: Desarrollar los apartados mencionados de manera ampliada y no básica.
xParcialmente Procedente
En lo relativo a las estrategias, se ajustaron en el marco de una reestructuración general de los contenidos.

En lo relativo a la zonificación y UGT, no se pueden considerar como contenidos ampliados porque son elementos fundamentales para el ordenamiento territorial, como lo señala los articulos 40 y 51 de la LGAHOTDU.
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27Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Es complicada la lectura al hacer referencia a las tablas anteriores, siguientes, recomiendo cambiar por nombre de tabla y ser aun mas especifico a que tema se refiere, ya que asi solo confunde la lectura. Deberan ser mas explicito en los contenidos, queda muy suelta la idea.xParcialmente procedente:

En una revisión se identificó que la mayoría de las referencias a tablas son cruzadas y tienen vínculo a la tabla. Sin embargo, se eliminaron varias referencias innecesarias y aquellas que estaban referidas como siguiente o anterior se modificaron para referirlas con número de manera correcta.
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28Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
La tabla de contenido es demsiada confusa, creo que para un mejor acomodo y una mejor manera de proceder a los contenidos minimos, se debera de generar el indice de temas requeridos, como los temas de Diagnóstico que se componen de ambientales, sociales, economicos, movilidad. riesgos, etc, de esta forma se podra saber cuales se pueden obtener cualitativamente y cuales ciunatitavamente, ya que hay temas de percepción que no se estan agregando y que con la ayuda de talleres y recorridos de campo, se podran generar esta información, se debera de organizar por temas y por tipo de información que se puede obtener, hay temas de estrategias que se estan mezclando con diagnóstico, y con otros temas, la tabla es muy extensa, y tienen muchas ideas sin aterizar.
Solución sugerida: Se tendra que rehacer esta tabla con los contenidos y resumir el contenido, los temas y diferenciar entre culitativo y cuantitativo.
xProcedente

Se realizó una reestructuración general de los contenidos y se agregó una descripción de estos.
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297. Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC)Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
En 7.1 Procedimiento. se indica "2. La evaluación se realizará mediante el formato de evaluación de la conformidad establecido por la Sedatu para cada nivel de requerimiento y tipo de contenido (Genérico y Contexto). El procedimiento consiste en verificar que cada apartado y subapartado de este instrumento normativo esté desarrollado en el PMOTDU sujeto a evaluación."
Solución sugerida: Se debe presentar dicho formato para realizar el proceso mencionado, pero en epspecial los parámetros.
xLa evaluación de la conformidad será realizada por la SEDATU en su calidad de autoridad normalizadora, de conformidad con la fracción XIII del artículo 3, 62 y, 69 y demás aplicables de la LIC y su Reglamento, a través de la Dirección General de Ordenamiento Territorial (DGOT).

Para la evaluación de la conformidad la SEDATU conforme a sus facultades y atribuciones realizará la opinión de cumplimiento correspondiente, mediante la cual se determinará si el PMOTDU sujeto a evaluación cumple con los contenidos que se establecen en este instrumento normativo.
No procedente

Los parámetros ya estan establecidos y son los contenidos de la Tabla 4.

Se eliminó la referencia al formato de evaluación y sólo se refiere a la opinión de cumplimiento a cargo de SEDATU, toda vez que esta depende de la entidad normalizadora conforme a lo estipulado en el proyecto de NOM.
Se sugiere eliminar el párrafo ya que se entiende que se estaría haciendo un formato de opinión cumplimiento diferente en cada revisión por municipio:

El formato se establecerá en el momento de la evaluación.

De la respuesta

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30Manuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
En 7.1 Procedimiento. se indica "c) Plan o Programa de Desarrollo Urbano y su año de elaboración y aprobación."
Solución sugerida: Aclarar si se refiere a uno existente, si es actualización.
xEl procedimiento de evaluación de la conformidad se elaboró de acuerdo con lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC). Este es aplicable para la elaboración y actualización de los PMOTDU.

Evalúa la conformidad de que los PMOTDU en su proceso de elaboración y/o actualización por parte de los gobiernos municipales y demarcaciones territoriales, cumplan con las disposiciones que se establecen en este instrumento normativo.
Procedente



Este numeral se corrigió para sólo referir la fecha de elaboración y no de aprobación, ya que sólo aplica para planes o programa en proceso de elaboración o actualización, y no así para los que ya están aprobados y vigentes.
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318. VigilanciaManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
No se incluyen estos temasxNo procedente

La vigilancia es un proceso interno de la autoridad normalizadora.
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329. Concordancia con normas internacionalesManuel Eduardo Salazar Hernández
Licenciado en Urbanismo
Falta desarrollarxNo procedente

Toda vez que se indica que no hay concordancia con normas internacionales. Se cumple con el formato establecido el NMX-Z-013-SCFI-2015
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33Jocelyn ZárateCon base en la exposición contemplada en el numeral 2 referente a los Objetivos legítimos de interés público, se constata que la Norma Oficial Mexicana fue concebida con fundamento con los preceptos consagrados en la Ley de Infraestructura de la Calidad. En este contexto, resulta imperativo incorporar explícitamente en el campo de aplicación de la normativa la obligatoriedad de su acatamiento, de acuerdo con la definición estipulada en el artículo 4, fracción XV de la mencionada legislación. Esta determinación va más allá de la especificación contenida en la definición 4.1.28, la cual se encuentra contemplada en el apartado 4.1 Términos generales y definiciones.xParcialmente Procedente

La naturaleza de las NOM es que son de observancia obligatoria, como lo establece el artículo 4to fracción XVI de la LIC, no obstante se inserta la redacción en el campo de aplicación para ser más contundente.
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34Liduvina Casandra López ChávezEn principio, si bien las Normas Mexicanas son herramientas que permiten a las distintas dependencias gubernamentales, atender y eliminar los riesgos para la población, los animales, así como para proteger el medio ambiente estas se deben considerar obligatorias dentro del país, ya que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana.

Ahora bien, respecto a la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024, se debe considerar ésta obligatoria, lo anterior para no generar incertidumbre a los gobernados y municipios de si conforme a la redacción establecida en ella se puede considerar opcional su cumplimiento, pues se perdería de vista el objetivo y finalidad de las normas.

Lo anterior, toda vez que no se pueden considerar unas normas obligatorias, independientemente de la materia y, otras solo “aplicables en territorio nacional”, ya que la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024 en cuanto al campo de aplicación no es clara, genera incertidumbre a los gobernados en cuanto si deben o no cumplirla y porque, escudándose en que es opcional al señalar “aplicables en territorio nacional”.
xParcialmente Procedente

La naturaleza de las NOM es que son de observancia obligatoria, como lo establece el artículo 4to fracción XVI de la LIC, no obstante se inserta la redacción en el campo de aplicación para ser más contundente.
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35LAURA PATRICIA LÓPEZ FREGOSO

Plataforma de CONAMER
Buen día, me parece muy atinado y pertinente el homologar los contenidos para la elaboración de planes y programas de desarrollo urbano municipales, sin embargo, al revisar este proyecto de NOM resulta complicado entender la estructura, ya que solo es un índice (muy amplio en la parte de diagnóstico), y no se explica el alcance esperado en cada apartado o lo que se debe desarrollar, por otro lado, no se puede aplicar el mismo listado de contenidos para todo tipo de programas de desarrollo urbano ya que el nivel de planeación aún en un municipio varía, algunos puntos podrían aplicar por ejemplo para un Programa Parcial de Desarrollo Urbano, pero no para Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población ya que implica un nivel de detalle que no es posible alcanzar en este último. RESUMEN: Es necesario que se complemente la NOM-005-SEDATU, para que se incluyan los términos de referencia que indiquen los alcances de contenidos en cada punto, o en su defecto, publicar a la par una GUÍA que aclare, y que la misma NOM haga referencia a dicha guía.xParcialmente procedente

Se incorporan textos descriptivos en la tabla de contenidos para aclarar el alcance general del contenido. No obstante, el objeto de la NOM es brindar un listado de contenidos generales que cada municipio desarrollará con mayor o menor profundidad y alcance, dependiendo de sus características territoriales y su capacidad. En ese sentido, la NOM no tiene el objetivo de establecer el detalle de su desarrollo, sino de estblecer la base mínima de contenidos por tipo de municipio.
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36Arq. Ramón Ramsés Romero Araiza

Director del Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana de Mexicali

Buen día, escribo del Instituto Municipal de Investigación y Planeación Urbana de Mexicali, el Mtro. Omar Areizaga nos hizo favor de proporcionarnos estos correos electrónicos, con el objeto de solicitar su valioso apoyo para una asesoría por parte de la SEDATU en relación a la PROY-NOM-005-SEDATU-2024 HOMOLOGACIÓN DE CONTENIDOS GENERALES PARA PROGRAMAS MUNICIPALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y/O DESARROLLO URBANO, y poder clarificar algunas dudas que nos surgen sobre los alcances de algunos puntos y aplicabilidad con respecto a escalas municipales (zona urbana para un programa parcial o sectorial, centro de población, municipio, zona metropolitana).

Actualmente nos encontramos en proceso de actualización del Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Mexicali, y nos interesa mucho poder contemplar lo que indica la norma, por lo que nos sería de gran apoyo si pudiéramos sostener una reunión virtual o una llamada para exponer nuestras dudas.

En espera de su amable respuesta, le dejo el teléfono del Instituto (686) 557 5405 y (686) 556 0161, nuestro horario de atención es de 8:00 am a 5:00 pm hora local.

Quedo a sus órdenes, saludos cordiales.
xNo Procedente:

Cabe señalar que esta NOM va dirigida unicamente a la elaboración de planes y programas municipales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, regulados por la fracción IV del artículo 23 de la LGAHOTDU, no atiende a otras esclas de planeación como Centros de Población o parciales.

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37Secretaría de Obras Públicas del Estado de Chiapas

Arq. Jesús David Escobar Vidal
Subsecretario
1.- El numeral E4.25.1 no cuenta con nombre del apartado o sub apartado. XProcedente:

Se reestructuró la tabla de contenidos
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382.- El numeral E4.4.2.1 Vulnerabilidad ante el cambio climático, sub apartado C. Vulnerabilidad de ecosistemas costeros y sus efectos socioeconómicos potencia/es, no cuenta con clasificación (están vacías las columnas de Genéricos y Contexto; es posible que se haya desplazado la letra al siguiente apartado).
XProcedente:

Se reestructuró la tabla de contenidos
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393.- El numeral E4.21.2 Detonantes del desarrollo económico, sub apartado C. Vinculación territorial con mercados extranjeros vecinos, no cuenta con clasificación (están vacías las columnas de Genéricos y Contexto; es posible que se haya desplazado la letra al siguiente apartado).
xProcedente:

Se reestructuró la tabla de contenidos
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404.- El numeral E1 Fundamentación y Motivación, esta repetido hasta el final.
xProcedente:

Se reestructuró la tabla de contenidos
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415.- La clasificación de la columna de Contexto Básicos y ampliados de la Tabla 4 Contenido Genérico y de Contexto, es confusa; se sugiere revisarla de acuerdo con los apartados correspondientes. A manera de ejemplo: en algunos casos menciona temas indígenas y/o afro mexicanos y en la columna colocan la letra C (de costera), siendo que debería ser 1 (de indígena).
xProcedente:

Se reestructuró la tabla de contenidos
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426.- Toda vez que es una NOM, se sugiere integrar en esta o en una publicación complementaria, los alcances y entregables de los apartados y sub apartados de la Tabla 4 Contenido Genérico y de Contexto. xParcialmente Procedente

Se realizó una reestructuración general de los contenidos y se agregó una descripción de estos. Sin embargo los alcances y la profundidad del desarrollo de los temas dependerán de la capacidad y características de los municipios, al no ser parte de los objetivos de la NOM.
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437.- Cuando el Municipio o el Estado no cuente con la información especializada establecida en la clasificación de los Contenidos Genérico y de Contexto, o no se pueda generar parámetros por la complejidad del dato, o ser este de información sensible; se sugiere que emitan una recomendación dentro de la NOM respecto a cómo atender o justificar el apartado correspondiente, para evitar que los consultores o los que elaboren los Programas Municipales, dejen vacíos de información.xProcedente

Se reestructuró la tabla de contenidos, dejando como contenidos genéricos aquellos que se pueden desarrollar con información pública accesible a todos los municipios.
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44PEC8.- Referente a los apartados Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC) y 7.1 Procedimiento, no se especifica claramente quien es el sujeto obligado; así también, no hay claridad sobre la participación del Estado conforme a lo que establece la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano en su artículo 10, fracción VI 1, corresponde a las entidades federativas analizar y calificar la congruencia y vinculación con la planeación estatal, que deberán observar los distintos programas municipales de Desarrollo Urbano, incluyendo los de los municipios asociados, conurbaciones o zonas metropolitanas, a través de dictámenes de congruencia estatal; así como la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas en sus artículos 31 y 48, el Estado (en este caso la Secretaría de Obras Publicas) deberá verificar la apropiada congruencia, coordinación y ajuste de dicho instrumento, sujetándose al orden jerárquico que establece su ámbito territorial, emitiendo dictámenes de validación y congruencia. X7.1 Procedimiento

La evaluación de la conformidad será realizada por la SEDATU en su calidad de autoridad normalizadora, de conformidad con la fracción XIII del artículo 3, 62 y, 69 y demás aplicables de la LIC y su Reglamento, a través de la Dirección General de Ordenamiento Territorial (DGOT).

Para la evaluación de la conformidad la SEDATU conforme a sus facultades y atribuciones realizará la opinión de cumplimiento correspondiente, mediante la cual se determinará si el PMOTDU sujeto a evaluación cumple con los contenidos que se establecen en este instrumento normativo.
Parcialmente procedente:

Se agregó en el punto “7.1 Procedimiento”, que la evaluación de la conformidad se realizará a solicitud de los sujetos obligados (municipios) que hayan realizado un Programa de Ordenamiento Territorial y desarrollo Urbano, previo al inicio de la Consulta Pública.

Respecto a la actuación del Estado a través de la Secretaría de Obras Públicas, establecido en los artículos 10 fracción VI de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y; 31 y 48 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas.
Al respecto, se deberá estar a lo señalado en el artículo 36 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas, el cual establece que los programas municipales deberán cumplir con las formalidades previstas en la Ley, su Reglamento y en congruencia con la normatividad aplicable y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia; en relación con la fracción I del artículo 11, 46 y demás aplicables de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, que establecen supuestos similares.
indicar cómo quedó el contenido y revisar que quede claro quién es el sujeto obligado
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45Luis FloresSi bien es cierto que las Normas Mexicanas son herramientas que permiten a las distintas dependencias del gobierno, atender y erradicar los riesgos para la población en general, estas deben coercitivas dentro del territorio nacional, toda vez que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana.

En relación con la idea anterior y a lo que respecta a la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024, se debe considerar ésta obligatoria, lo anterior para no generar lagunas legislativas a los gobernados y Municipios de si conforme a la redacción establecida en ella se puede considerar opcional su cumplimiento, pues se perdería de vista el objetivo y finalidad de las normas.

Esto a razón de que no se pueden considerar unas normas obligatorias, independientemente de la materia y otras solo “aplicables en territorio nacional”, ya que la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024 en cuanto al campo de aplicación no es clara, genera dudas a los gobernados en cuanto si deben o no cumplirla y porque escudándose en que es opcional al señalar “aplicables en territorio nacional".
x1.2 Campo de aplicación

El presente Proyecto de NOM es de observancia obligatoria y aplicable en todo el territorio nacional en la elaboración de los instrumentos de planeación del SGPT, señalados en la fracción IV del artículo 23 de la LGAHOTDU, que al efecto sean emitidos por los gobiernos municipales y alcaldías, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Parcialmente Procedente

La naturaleza de las NOM es que son de observancia obligatoria, como lo establece el artículo 4to fracción XVI de la LIC, no obstante se inserta la redacción en el campo de aplicación para ser más contundente.
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46Lic. Pamela Maldonado

Especialista Jurídico
Previo al punto central del presente comentario, es menester señalar que las Normas Oficiales Mexicanas son regulaciones técnicas o herramientas de que permiten a las distintas autoridades normalizadoras, atender y eliminar los riesgos para los objetivos legítimos de interés público.

Ahora bien, toda ley, reglamento, norma, etc., debe ser clara y precisa al punto en específico que se pretende regular, sin embargo, al analizar la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024, podemos determinar que dicha NOM puede considerarse opcional en su cumplimiento, perdiendo de vista el objetivo y finalidad de la misma, generando incertidumbre a los municipios en cuanto si deben o no cumplirla. Aunque el Código Civil Federal como para la Ciudad de México, contienen la misma redacción relativa al deber de los juzgadores de resolver una controversia aun cuando la legislación sea insuficiente, contenga un vacío legal o no contemple determinada situación jurídica, si una norma carece de claridad, es obscura o insuficiente, en este caso, existe disposición legal para su resolución, pero ésta da lugar a dudas sobre su aplicación en la resolución de la contienda judicial debido a su falta de claridad o puede considerarse que el legislador reguló cierta situación jurídica, pero no lo hizo en su totalidad.

Por lo que en el caso en particular que pretendemos analizar, y aunque no se pueden considerar unas normas obligatorias, independientemente de la materia, y aunque otras solo sean “aplicables en territorio nacional”, la redacción de la NOM-005-SEDATU-2024 en cuanto al campo de aplicación es poco clara y es insuficiente para su aplicación.

Respecto al objetivo se habla que será aplicable a los instrumentos de planeación que al efecto sean emitidos por los gobiernos municipales en el ámbito de sus respectivas atribuciones, y dentro del artículo 11 y 41 de la Ley general se manifiesta que los municipios promoverán la elaboración de programas parciales que permitan llevar a cabo acciones específicas para el Crecimiento, Mejoramiento y Conservación de los Centros de Población, y que corresponde a los municipios el formular, aprobar, administrar y ejecutar los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano, de Centros de Población. En consecuencia, la NOM-005-SEDATU-2024 estaría regulando a estos dos niveles de planeación.

Por último, dentro del procedimiento de evaluación de la conformidad, se tiene que especificar a que supuestos se refiere con “y demás aplicables de la LIC” se estarán utilizando para fundamentar dicho Procedimiento y de la misma forma para se tiene que agregar el actuar de oficio como lo manifiesta el articulo 153 de la Ley, para verificar la NOM y su cumplimiento.
X1.2 Campo de aplicación

El presente Proyecto de NOM es de observancia obligatoria y aplicable en todo el territorio nacional en la elaboración de los instrumentos de planeación del SGPT, señalados en la fracción IV del artículo 23 de la LGAHOTDU, que al efecto sean emitidos por los gobiernos municipales y alcaldías, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Parcialmente procedente

El inicio del comentario se considera como opinión.

Respecto al fondo del mismo se considera que la naturaleza de las NOM es que son de observancia obligatoria, como lo establece el artículo 4to fracción XVI de la LIC, no obstante se inserta la redacción en el campo de aplicación para ser más contundente.

Además, se realizó el ajuste de la redacción en la NOM con la finalidad de establecer únicamente lo concerniente a la fracción IV del artículo 23 de la LGAHOTDU, y asi evitar confusiones e interpretaciones erróneas sobre que programas está dirigida esta NOM.


Por ultimo se realizó el ajuste a la redacción en el PEC.
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470. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Adicionalmente, existe una separación de la política territorial y ambiental que impone contradicciones sobre la ocupación del territorio mexicano, debido a la desvinculación analítica, metodológica y conceptual de cada ámbito en la formulación de los programas de planeación del territorio.

COMENTARIO / PROPUESTA

El párrafo no deja claro cuales son las contradicciones sobre la ocupación del territorio que genera la separación de la política territorial y ambiental. Se sugiere complementar la idea
XAnte este escenario, se observa que existe una separación de la política territorial y ambiental que impone contradicciones sobre la regulación del territorio mexicano. Lo anterior, debido a la separación de cada ámbito, ya que estos son analizados de forma independiente. Los Planes de Desarrollo Urbano regulan el centro de población mientras que el Ordenamiento Ecológico del Territorio aplica en el resto del territorio. La contradicción resulta al crear dos ámbitos territoriales de análisis (zonas urbanas y rurales) para dos tipos de planeación territorial, que estrictamente no pueden analizarse de forma independiente (Azuela, 2013).
Procedente

Se atendió reforzando el argumento que da pauta al origen de las contradicciones que derivan del análisis independiente de cada ámbito (OE y OT).
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480. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Otro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no reconoce la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales heterogéneas. Estas no pueden ser abordadas mediante esquemas o estructuras generalizadas y rígidas, en virtud de los rasgos que los caracterizan y les dan identidad desde una perspectiva territorial (SEDATU, 2020).

COMENTARIO / PROPUESTA

1. ¿A qué esquemas o estructuras generalizadas y rígidas?
Si se refiere a elementos de las guías y lineamientos que se han emitido, sería importante presentar que de ellos lo hacen generalizados y rígidos, ya que al igual que los presentes contenidos generales de esta NOM, integran una propuestas de contenidos y metodologías que permiten caracterizar el territorio, en función de los rasgos que los caracterizan y les dan identidad.
2. ¿Cómo es que estos contenidos generales permiten abordar de manera no generalizada la complejidad territorial de los municipios del país, si desde su nombre los define como “contenidos generales”?
XOtro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no recoge de forma efectiva la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales y económicas heterogéneas. Por esta razón, su abordaje debe ser mediante esquemas adecuados a su contexto territorial, así como a sus capacidades y necesidades, entre ellas, la capacidad de despliegue de recursos económicos para el desarrollo de instrumentos de ordenamiento y planeación territorial. Procedente

Se modifica la redacción y se orienta la argumentación a la necesidad de abordaje mediante esquemas flexibles y más adecuados al contexto territorial y económico de los municipios
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490. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Es posible afirmar entonces, que la planeación territorial y urbana en México se basa en modelos ideales que no consideran el conjunto de procesos e interacciones en el espacio, cuya complejidad genera dinámicas y relaciones en términos económicos, políticos, ambientales, sociales y territoriales que subyacen en el desarrollo urbano y el ordenamiento territorial (Sánchez Salazar, 2013).

COMENTARIO / PROPUESTA

¿Esta NOM atiende esta situación? Es decir, ¿con los contenidos generales que plantea la NOM se dejan de lado modelos ideales y consideran el conjunto de procesos e interacciones en el espacio?
Si es así, ¿De que manera lo hace?
XProcedente

Se elimina el párrafo debido a que no abona a la argumentación
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500. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Con independencia de la experiencia que tiene el país desde que se instauró el Sistema Nacional de Planeación, los programas de ordenamiento ecológico y territorial responden a visiones distintas que los contraponen, debido a la falta de una visión integral del territorio.

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Cuáles son esas visiones distintas que las contraponen? Hace falta complementar ideas
XAsimismo, es importante resaltar que, un aspecto de naturaleza normativa de los programas de ordenamiento ecológico y territorial es que estos responden a tratamientos distintos del territorio, que para ser complementarios requieren de una visión integral del territorio en su conceptualización (SEDATU, SEMARNAT, 2017). Esta situación responde a su vez al andamiaje legal que inicia la Ley de Planeación de 1983, la cual da vida al Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD) y da pauta al Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET) con la publicación de la LGEEPA en 1988. Particularmente el OET surge dentro de una clara rivalidad con la planeación urbana en tanto que busca distinguirse como instrumento en el que prima el reconocimiento de los elementos naturales por encima de los ambientes construidos (Azuela, 2013).Procedente

Se refuerza la idea de que son instrumentos distintos (OE y OT) sobre un mismo territorio y que buscan ser complementarios, pero no logran un enfoque integrado del territorio. Se agrega el origen legal derivado de la LP y la LGEEPA.
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510. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Ante esta situación de política territorial, los municipios en el marco de sus facultades operan no solo con limitaciones técnicas, sino con una base metodológica confusa para responder a una realidad compleja, en la que ha prevalecido el peso de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano como elemento principal para el ordenamiento y la planeación territorial.

COMENTARIO / PROPUESTA
Se hacen muchas aseveraciones en este apartado que no describen el por que se puede considerar que así sean las cosas. En este caso, ¿Cuando hablan de una base metodológica confusa a que se refieren?
Por otra parte, ¿Esta NOM soluciona esta problemática, si solo se presentan contenidos y no metodologías?
XAdemás de esta situación de política territorial en la que ser observan contradicciones y sobreposiciones, los municipios en el marco de sus facultades operan no sólo con limitaciones técnicas, sino carentes de una base orientadora de contenidos mínimos y ajustados a sus necesidades y capacidades para el desarrollo de sus PMDU.Procedente

Se corrigió y se modificó el texto eliminando lo relativo a la parte metodológica y se centra en listado de contenidos base.
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520. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Si bien se reconoce la existencia de diferentes esfuerzos federales para generar un marco metodológico común en el territorio nacional, tales como la Guía Metodológica para la Elaboración y Actualización de Programas Municipales de Desarrollo Urbano (SEDATU, SEMARNAT, GIZ, 2017); los Lineamientos Simplificados para Elaboración de Planes o Programas Municipales de Desarrollo Urbano (SEDATU, 2020); o los Lineamientos para la Elaboración de los Programas Municipales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (SEDATU, 2021), su aplicación ha impuesto retos al tratar de implementarlos en contextos municipales tan diversos , especialmente en lo que a necesidades y capacidades reales respecta.

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Cuáles han sido esos retos al tratar de implementarlos?
XProcedente

Se elimina debido a que los ejemplos no son instrumentos similares
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530. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Todos estos instrumentos aun cuando forman parte del marco de referencia para la planeación territorial, no son obligatorios ni determinan contenidos mínimos o generales para los planes o programas de ordenamiento territorial y desarrollo urbano de los municipios, atendiendo el contexto integral de estos.

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Por qué se hace esta referencia? Entiendo que esta NOM tampoco hace obligatorios los contenidos que presenta
xProcedente

Se ajustan los alcances de la NOM y se elimina en virtud de que desaparece el argumento anterior
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540. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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En este sentido, es una necesidad ineludible establecer como primer paso, una batería de contenidos claros de acuerdo con los ámbitos de actuación del ordenamiento territorial y afines a las necesidades, capacidades, contexto territorial y urbano de cada municipio.

COMENTARIO / PROPUESTA
Revisando la matriz de contenidos contenida en el presente proyecto, varios de los apartados no quedan claros con solo enlistarlos, para que en verdad fueran claros se necesitaría agregar una descripción
XProcedente

Se describieron todos los apartados y subapartados de manera específica en la tabla de contenidos.
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550. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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En este sentido, es una necesidad ineludible establecer como primer paso, una batería de contenidos claros de acuerdo con los ámbitos de actuación del ordenamiento territorial y afines a las necesidades, capacidades, contexto territorial y urbano de cada municipio.

COMENTARIO / PROPUESTA
Establecer un contenido definido para un tipo de municipio caracterizado de la forma en que se caracteriza a los municipios, realmente no flexibiliza los contenidos al contexto territorial y urbano de cada municipio.
Si realmente fueran flexibles, se debería poder analizar de manera más detallada el contexto territorial y urbano al inicio del proceso de planeación y con base en ellos determinar cuales de esos contenidos son aplicables.
xEn este sentido, es una necesidad ineludible establecer como primer paso, una batería de contenidos mínimos de acuerdo con los ámbitos de actuación del ordenamiento territorial y el desarrollo urbano, afines a las necesidades, capacidades, contexto territorial de cada municipio. Una vez conocidos los contenidos mínimos de sus planes o programas, el desarrollo detallado de estos dependerá de cada uno de los municipios y su contexto territorial.Procedente

Se adecuó el texto orientándolo para determinar una base de contenidos "mínimos", los cuales se desarrollaron de acuerdo con el contexto territorial y económico de los municipios.
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560. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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El presente Anteproyecto busca determinar los contenidos para los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano a escala municipal, bajo un Enfoque de Sistema Socio Ecológico Territorial (ESSET), mediante el cual se reconozcan y consideren las interacciones de los subsistemas que lo conforman, entre los cuales se enmarca el ámbito medioambiental como entorno y arena sobre los cuales se desarrolla la vida social.


COMENTARIO / PROPUESTA
Se trata de un enfoque complejo que con la simple determinación de contenidos de un programa no deja clara la forma en que debe analizarse el territorio para reconocer y considerar las interacciones entre los subsistemas que lo conforman.
XAhora bien, con en el fin de reconocer las relaciones que tiene el centro de población con su contexto territorial, esta norma determina contenidos para los PMDU a través del Enfoque de Sistema Socioecológico Territorial (ESSET), el cual permite garantizar que en el proceso de formulación y actualización de planes o programas de ordenamiento territorial y/o de desarrollo urbano, estén considerados aspectos que favorecen un análisis integral del territorio, mediante el cual se reconozcan y consideren las interacciones de los subsistemas que lo conforman.

La forma en que se llevó a cabo la selección de contenidos mediante el ESSET, partió de un análisis de los elementos determinantes para la determinación de la ocupación y aprovechamiento del territorio. A partir de estos elementos, se realizó un trabajo de identificación de las relaciones de temas en los distintos ámbitos que se observan en el territorio, como lo social, ambiental, económico, patrimonial, socioambiental, entre otros. Con este ejercicio se determinaron los aspectos que influyen en el equilibrio socioecológico del territorio y, por tanto, que deben ser considerados en las políticas, estrategias, proyectos y acciones de un programa de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.

En la Figura 1 se representa de manera gráfica la forma en cómo se estructuró el análisis del territorio a partir del enfoque sistémico del ESSET, el cual permitió visualizar los temas que inciden en el ordenamiento territorial y son determinantes en su configuración y aprovechamiento. Como se observa, se reflejan relaciones e interdependencias entre los temas que están organizados círculos concéntricos, en tres niveles.

Cada uno de estos temas mantienen algunas relaciones entre sí, por lo que, se consideraron todos los temas asociados mediante subsistemas que deben desarrollarse para la formulación de un PMOTDU.
Procedente

Se describió de forma general el proceso para la determinación de los contenidos, considerando el enfoque integral del ESSET y se agregó la definición a la norma.
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574. Términos y definiciones
4.1 Términos generales y definiciones

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
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4.1.10 Centros de Población: Áreas constituidas por zonas urbanizadas y las que se reserven para su expansión. (PROY-NOM-003- SEDATU-2023)


COMENTARIO / PROPUESTA

Se sugiere retomar la definición de la LGAHOTDU, que complementa esos elementos con las áreas no urbanizables que se encuentran dentro de los centros de población
XNo procedente

La definición ya estaba considerada como lo señala la LGAHOTDU
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584. Términos y definiciones
4.1 Términos generales y definiciones

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
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4.1.23 Modelo de ordenamiento territorial. Diseño de referencia que establece las estrategias, metas, objetivos, directrices y políticas para el Ordenamiento Territorial, el Desarrollo Urbano y su congruencia con los aspectos ambientales y territoriales, así como para la atención de la situación socioeconómica para el conjunto de las zonas urbanas y rurales. (NOM-003-SEDATU-2023)

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Las directrices y políticas contenidas dentro del Modelo de ordenamiento territorial buscan regular el suelo fuera de los límites del centro de población?

Sí es así, jurídica e institucionalmente estamos asumiendo atribuciones reguladas por la LGEEPA que se definen dentro de los Programas de Ordenamiento Ecológico y dentro de los Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas.
XNo procedente

Esta definición únicamente indica que el MOT deberá tener congruencia con los aspectos ambientales, lo cual responde a lo dispuesto por la LGAHOTDU. Por otro lado, la definición considera las zonas urbanas y rurales como parte integral del territorio municipal.
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596. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

COMENTARIO / PROPUESTA

¿La estructura y organización de los Subapartados del apartado “E4 Diagnóstico Territorial Integrado” responde al Enfoque de Sistema Socio Ecológico Territorial (ESSET)? En una primera revisión del orden de los apartados, no se observa una lógica particular que la justifique.
XLa forma en que se llevó a cabo la selección de contenidos mediante el ESSET, partió de un análisis de los elementos determinantes para la determinación de la ocupación y aprovechamiento del territorio. A partir de estos elementos, se realizó un trabajo de identificación de las relaciones de temas en los distintos ámbitos que se observan en el territorio, como lo social, ambiental, económico, patrimonial, socioambiental, entre otros. Con este ejercicio se determinaron los aspectos que influyen en el equilibrio socioecológico del territorio y, por tanto, que deben ser considerados en las políticas, estrategias, proyectos y acciones de un programa de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.

En la Figura 1 se representa de manera gráfica la forma en cómo se estructuró el análisis del territorio a partir del enfoque sistémico del ESSET, el cual permitió visualizar los temas que inciden en el ordenamiento territorial y son determinantes en su configuración y aprovechamiento. Como se observa, se reflejan relaciones e interdependencias entre los temas que están organizados círculos concéntricos, en tres niveles.

Cada uno de estos temas mantienen algunas relaciones entre sí, por lo que, se consideraron todos los temas asociados mediante subsistemas que deben desarrollarse para la formulación de un PMOTDU.
Procedente

Se describió de forma general el proceso para la determinación de los contenidos y se agrega la definición a la norma
61
606. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E4.5 Economía circular

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Por qué no es parte del apartado E4.12 Aspectos socioeconómicos?
XProcedente

Se incorporó al grupo de aspectos económicos y sociales
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616. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E4.6 Espacio público y áreas verdes

COMENTARIO / PROPUESTA
Sugiero mover más abajo, junto con equipamiento
XProcedente

Se mueve debajo de equipamiento
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626. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E4.16 Lineamiento Estructura de los Asentamientos Humanos

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Por qué Lineamiento? No queda claro el sentido del apartado, si fuera lineamiento, debería ir en la parte de la estrategia.
XProcedente

Se elimina el término "lineamiento" al haber sido una omisión
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636. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E4.21 Economía, rural, urbana y regional

COMENTARIO / PROPUESTA
Se sugiere mover junto con “E4.13 Actividades productivas, agrarias, turísticas, industriales, servicios, minería,etc.”
XProcedente

Se colocó debajo de Actividades Productivas, dentro del rubro de aspectos económicos y sociales
65
646. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E5 Pronóstico

COMENTARIO / PROPUESTA
¿Qué variables o indicadores serán los que se proyecten?
XProcedente

Se describen las propuestas de variables a desarrollar en los subapartados de escenarios, los cuales están incluidos en el apartado de prospectiva
66
656. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E7 Estrategias

COMENTARIO / PROPUESTA

La estructura y organización de los Subapartados del apartado “E7 Estrategias” no corresponden con la estructura y organización de los subapartados del apartado “E4 Diagnóstico Territorial Integrado”. Esto en lugar de hacer más claros los contenidos del instrumento, lo pueden hacer más confuso, ya que no se logra identificar en ellos la forma en que estos contenidos permitirán reconocer y considerar las interacciones entre los subsistemas que lo conforman, bajo el Enfoque que buscan concebir estos contenidos.
XProcedente

Se realizó un ajuste de las Estrategias y se replanteó considerando una Estrategia General Sistémica, Estrategias Temáticas que responden al diagnóstico y prioridades identificadas, así como Estrategias de Contexto territorial
67
666. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E7.11.1 Infraestructura de Energía

COMENTARIO / PROPUESTA
Se debería resaltar el punto de arriba, no éste
XProcedente

Se ajustó el sombreado de acuerdo con la estructura de los contenidos
68
676. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E8 Modelo de Ordenamiento Territorial
COMENTARIO / PROPUESTA

Está oculto o el formato no deja visible este apartado
XProcedente

Se modificó el apartado y se reestructuró para dejarlo integrado en un apartado integrado junto con las estrategias
69
686. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
Facultad de Estudios Superiores Aragón
Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E8.5 Usos y destinos del territorio y sus regulaciones

COMENTARIO / PROPUESTA

Se debe considerar que el marco jurídico e institucional actual, determina que la regulación del uso de suelo fuera de los Centros de Población es competencia de los POE, no de un PMOTDU.
XProcedente

Se modifica y queda únicamente el tema de usos del suelo, el cual se inserta dentro del apartado de Estructura de los Asentamientos Humanos
70
697. Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC)
7.1 Procedimiento

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Para la solicitud de opinión de cumplimiento se deberá enviar el formato establecido por la Sedatu, el cual deberá presentar de forma obligatoria los siguientes requisitos:

c) Plan o Programa de Desarrollo Urbano y su año de elaboración y aprobación.

COMENTARIO / PROPUESTA
No se podría remitir el año de aprobación si la opinión de cumplimiento se debe solicitar antes de iniciar el proceso de consulta pública, como se menciona párrafos arriba
XProcedente

Se eliminó "aprobación" y se modificó estructura del apartado.
71
707. Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC)
7.1 Procedimiento

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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4.Presentada la solicitud a la SEDATU, en un plazo no mayor a 40 días hábiles esta elaborará una opinión de cumplimiento del PMOTDU conforme al presente Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana. Cuando la opinión sea favorable, esta tendrá una vigencia igual a la duración del Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano que se publique y hasta que sea actualizado.

COMENTARIO / PROPUESTA

Se considera que el plazo de emisión de la opinión de cumplimiento generará un tiempo demasiado extenso que impacta el proceso de publicación. Se sugiere reducir a 20 días hábiles
XNo procedente

Se mantienen los 40 días debido a que el área evaluadora requiere ese tiempo, al ser la misma autoridad normalizadora conforme al artículo 66 de la LIC.
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717. Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC)
7.1 Procedimiento

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
Profesora de Asignatura
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4.Presentada la solicitud a la SEDATU, en un plazo no mayor a 40 días hábiles esta elaborará una opinión de cumplimiento del PMOTDU conforme al presente Anteproyecto de NOM. Cuando la opinión sea favorable, esta tendrá una vigencia igual a la duración del Programa de Ordenamiento Territorial y/o Desarrollo Urbano que se publique y hasta que sea actualizado.

COMENTARIO / PROPUESTA

Es un plazo muy extenso. Inclusive mayor a lo que normalmente dura una consulta pública. Además todavía les falta el dictamen de congruencia
.XNo procedente

Se mantienen los 40 días debido a que el área evaluadora requiere ese tiempo, al ser la misma autoridad normalizadora conforme al artículo 66 de la LIC.
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727. Procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC)
7.1 Procedimiento

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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En el caso de que el resultado de la Evaluación de la Conformidad sea “Sujeta a complemento” se notificará al interesado y éste deberá enviar a la SEDATU en un plazo no mayor a 30 días hábiles los contenidos faltantes de conformidad con este Anteproyecto de NOM, con la finalidad de realizar una actualización de su opinión de cumplimiento.


COMENTARIO / PROPUESTA
¿Por qué tienen un plazo menor que el que tiene SEDATU para revisar?
xEn el caso de que el resultado de la Evaluación de la Conformidad no sea “favorable” el interesado será notificado y podrá solicitar, en un plazo no mayor a 40 días hábiles, una nueva Evaluación de la Conformidad, una vez que se hayan atendido las observaciones de la opinión de cumplimiento realizada por la SEDATU. En caso de que la segunda opinión sea desfavorable, el sujeto obligado podrá solicitar nuevamente la opinión, hasta dos veces más en un periodo de dos años.Procedente

Se adecuó a 40 días
74
730. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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En ese orden de ideas, a partir de la revisión de los instrumentos que conforman el Sistema General Nacional de Planeación Democrática , la SEDATU se identificó que, en el ámbito particular de la planeación a escala municipal, solo 506 municipios (20.5%) cuentan con un instrumento en materia de ordenamiento territorial y/o desarrollo urbano, de los cuales casi dos tercios fueron publicados hace más de 10 años, por lode los cuales la mayoría que han perdido su vigencia y se encuentran desactualizados (SEDATU, 2023).


COMENTARIO / PROPUESTA
Se habla del “Sistema General de Planeación Territorial“, pero en este caso entiendo que es la referencia al “Sistema Nacional de Planeación Democrática” ¿o también es el “Sistema General de Planeación Territorial?Yo
XAl respecto, a partir de la revisión de los instrumentos que conforman el SGPT, la SEDATU identificó que, en el ámbito particular de la planeación a escala municipal, solo 506 municipios (20.5%) cuentan con un instrumento en materia de ordenamiento territorial y/o desarrollo urbano, de los cuales casi 45% fueron publicados hace más de 15 años, por lo que han perdido su vigencia y se encuentran desactualizados (SEDATU, 2023).Procedente

Se modificó para dejar correctamente lo relativo al SGPT
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740. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Otro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no reconoce la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales heterogéneas. Estas no pueden ser abordadas mediante esquemas o estructuras generalizadas y rígidas, en virtud de los rasgos que los caracterizan y les dan identidad desde una perspectiva territorial (SEDATU, 2020).

COMENTARIO / PROPUESTA
Yo no coincido con esta afirmación ya que parece partir de un modelo top-down cuando la planeación urbana local responde a lógicas y necesidades específicas. Creo que más bien el tema es que los requerimientos para elaborar los instrumentos son muy complejos y requieren de personal, recursos técnicos y financieros, etc que los hacen difícilmente asequibles para la mayor parte de los municipios.
XOtro aspecto importante de la problemática es que la política de Planeación Territorial en México no recoge de forma efectiva la diversidad de contextos y condiciones que determinan la complejidad territorial de los municipios del país, ya que cada uno de ellos reflejan características que configuran realidades espaciales y económicas heterogéneas. Por esta razón, su abordaje debe ser mediante esquemas adecuados a su contexto territorial, así como a sus capacidades y necesidades, entre ellas, la capacidad de despliegue de recursos económicos para el desarrollo de instrumentos de ordenamiento y planeación territorial. Procedente

Se modificó el texto considerando la necesidad de considerar el contexto de recursos de los municipios
76
750. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Es posible afirmar entonces, que la planeación territorial y urbana en México se basa en modelos ideales que no consideran el conjunto de procesos e interacciones en el espacio, cuya complejidad genera dinámicas y relaciones en términos económicos, políticos, ambientales, sociales y territoriales que subyacen en el desarrollo urbano y el ordenamiento territorial ( Sánchez Salazar, 2013 ).

COMENTARIO / PROPUESTA
No lo veo tanto como un problema “espacial”, sino de una heterogeneidad en la disponibilidad de recursos que responde a los contextos locales
XProcedente

Se elimina por considerarse innecesario para la argumentación que se está desarrollando
77
760. INTRODUCCIÓN
Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Con independencia de la experiencia que tiene el país desde que se instauró el Sistema Nacional de Planeación Democrática, los programas de ordenamiento ecológico y territorial responden a visiones distintas que los contraponen, debido a la falta de una visión integral del territorio.

COMENTARIO / PROPUESTA


1983, luego de la LGAH de 1976.
XAsimismo, es importante resaltar que, un aspecto de naturaleza normativa de los programas de ordenamiento ecológico y territorial es que estos responden a tratamientos distintos del territorio, que para ser complementarios requieren de una visión integral del territorio en su conceptualización (SEDATU, SEMARNAT, 2017). Esta situación responde a su vez al andamiaje legal que inicia la Ley de Planeación de 1983, la cual da vida al Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD) y da pauta al Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET) con la publicación de la LGEEPA en 1988. Particularmente el OET surge dentro de una clara rivalidad con la planeación urbana en tanto que busca distinguirse como instrumento en el que prima el reconocimiento de los elementos naturales por encima de los ambientes construidos (Azuela, 2013).Procedente

Se modificó el texto y se refuerza con el origen del SPND a partir de la LP y las motivaciones de mantener un OT y OE de forma independiente
78
770. INTRODUCCIÓN
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Ante esta situación de política territorial, los municipios en el marco de sus facultades operan no solo con limitaciones técnicas y económicas, sino con bases metodológicas diversas para responder a una realidad compleja, donde ha prevalecido el peso de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano como elemento principal para el ordenamiento y la planeación territorial.

COMENTARIO / PROPUESTA


No estoy muy seguro de eso. Creo que más bien hay contradicciones y sobreposiciones.
XAdemás de esta situación de política territorial en la que ser observan contradicciones y sobreposiciones, los municipios en el marco de sus facultades operan no sólo con limitaciones técnicas, sino carentes de una base orientadora de contenidos mínimos y ajustados a sus necesidades y capacidades para el desarrollo de sus PMDU.Procedente

Se modificó el texto eliminando el argumento de peso del desarrollo urbano sobre los aspectos ambientales, y se agrega la argumentación relativa a las sobreposiciones y contradicciones que sugiere.
79
780. INTRODUCCIÓN
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Todas estas metodologías, aun cuando forman parte del marco de referencia para la planeación territorial, no son obligatorias ni determinan contenidos mínimos o generales para los planes o programas de ordenamiento territorial y/o desarrollo urbano de los municipios, atendiendo el contexto integral de estos.

COMENTARIO / PROPUESTA

Pero no necesariamente lo deben hacer ya que eso toca a la Ley. Por cierto, su formulación tiene repercusiones en que luego se quiere que estas metodologías se cumplan aunque la Ley no contemple estos alcances.
XProcedente

Se eliminó párrafo
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790. INTRODUCCIÓN
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Es así como este Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana está orientado a la determinación de los contenidos generales que deben contener los programas de ordenamiento territorial y/o desarrollo urbano, a partir de una clasificación de municipios de acuerdo con un modelo de caracterización que considera las variables que determinan sus características y diferencias. Lo anterior con el objetivo de ofrecer coherencia y armonía en los instrumentos que conforman el Sistema Nacional de Planeación Democrática, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 fracción IV de la LGAHOTDU.

COMENTARIO / PROPUESTA

El anteproyecto
XProcedente

Se atiende, ajustando el párrafo con la sugerencia de sustitución y actualizando conforme la etapa de normalización.
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806. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto
COMENTARIO / PROPUESTA

Falta desarrollar con mayor amplitud a qué se refiere cada tema.
XProcedente

Se describieron todos los apartados y subapartados
82
816. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.1.3.3 Recursos hídricos identitarios

COMENTARIO / PROPUESTA

Esto no creo que sea algo básico
XProcedente

Se elimina por no ser un tema o contenido básico para un PMOTDU
83
826. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.1.4.4 Aguas negras, grises y descargadas vs volumen de agua tratada

COMENTARIO / PROPUESTA

Infraestructura y procesos de tratamiento
XProcedente

Se elimina por no ser un tema o contenido básico para un PMOTDU
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836. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.6.3.1 Determinación de la suficiencia de dotación y distribución de los espacios públicos efectivos y áreas verdes para el cumplimiento de sus funciones sociales

COMENTARIO / PROPUESTA

Entiendo que esto incluye calles, lo cual lo puede hacer complejo
XProcedente

Se modifica y queda únicamente el tema de dotación y acceso en el apartado de espacio público y áreas verdes
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846. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.7 Servicios ecosistémicos

COMENTARIO / PROPUESTA

Hay una discusión sobre si el enfoque de “servicios ecosistémicos” es adecuado ya que tiene un enfoque antropogénico.
XNo procedente

Se mantiene el apartado aun cuando tenga un enfoque antropogénico
86
856. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.7.1.1 Modelo de distribución de recursos

COMENTARIO / PROPUESTA

¿Qué recursos?
XProcedente

Se eliminó debido a la reestructuración de toda la tabla de contenidos
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866. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.7.3.1 Análisis de regulación climática

COMENTARIO / PROPUESTA

No queda claro qué significa
XProcedente

Se elimina por no ser un tema o contenido básico para un PMOTDU
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876. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.19.2 Infraestructura de agua potable y alcantarillado

COMENTARIO / PROPUESTA

Hay que desarrollarlo e incluir infraestructura gris, verde, azul y morada
XParcialmente procedente

Se agregó en la nueva versión de contenidos como parte del diagnóstico, pero desde el enfoque de cobertura y no de infraestructura, además de agregar otros tipos de infraestructura.
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886. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.22.1.2 Desalojos

COMENTARIO / PROPUESTA

¿Esto con qué información se hará?
XProcedente

Se eliminó en la nueva versión de contenidos en virtud de no ser información que esté disponible, además de que la información que podría ser útil son las reubicaciones
90
896. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.23.2.4 Cobertura y condición de servicios básicos de agua potable , drenaje y electricidad por asentamiento informal identificado

COMENTARIO / PROPUESTA

Esto solo viene para los asentamientos irregulares y no para los formales
XProcedente

Se agregó en la nueva versión de contenidos como parte del diagnóstico sin diferenciar el tipo de asentamiento
91
906. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.4.25.1

COMENTARIO / PROPUESTA

A que se refiere?
XProcedente

Se eliminó por ser omisión.
92
916. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E.7.2.6 Unicación con relación al barrio

COMENTARIO / PROPUESTA

No siempre hay barrios
XProcedente

Se eliminó en la nueva versión de contenidos, en virtud de que no es un contenido genérico debido a que no siempre hay barrios en todos los municipios del país
93
926. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E7.5.2 Estrategias de manejo y difusión de tecnologías, sistemas de medicinas herbolarias , culinarias, vestimentas, artesanias, entre otras

COMENTARIO / PROPUESTA

¿Eso es propio de un instrumento de Ordenamiento Territorial?
XProcedente

Se eliminó en la nueva versión de contenidos, en virtud de que no es un contenido necesario en un PMOTDU
94
936. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E7.7.4 Diversificar la producción dentro del territorio, empleando modelos de economía circular

COMENTARIO / PROPUESTA

Me preocupa que varias estrategias son de otros sectores u órdenes de gobierno
XProcedente

Se eliminó en la nueva versión de contenidos, en virtud de que no son estrategias de competencia municipal
95
946. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4. Contenidos genéricos y de contexto

E1 Fundamentación y Motivación

COMENTARIO / PROPUESTA
No se desarrollo
XNo procedente

No se desarrolla más el apartado, pues este sólo será explicado de forma general mediante una breve descripción. Además se podrán usar los lineamientos específicos que SEDATU emita para tal efecto.
96
956. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento 6.2Contenidos de contexto

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Tabla 4

COMENTARIO / PROPUESTA

En resumen: percibo alcances muy ambiciosos pero desordenados (en estructura) donde se integran temas de con gran profundidad como: 1) cambio climático (eso está bien, pero hay instrumentos en la materia, a menos que los OT quieran incorporarlo); 2) servicios ecosistémicos; 3) economía circular y 4) género. Creo que estas inquietudes pueden ser correctas, pero al mismo tiempo llevar a documentos mucho más costosos y complejos de elaborar que además requieren de ejecutarse e instrumentarse para lo cual requerirán muchos mayores recursos humanos, técnicos, económicos, etc., de los gobiernos locales, muchos de los cuales hasta ahora no pueden con las atribuciones que tienen en materia de desarrollo urbano.

Con base en lo anterior creo que los alcances “básicos” o “mínimos” deberían ser los estrictamente necesarios considerando las capacidades locales mínimas (se usa autocad, pocos recursos humanos y técnicos, etc.), para ir avanzando hacia estadios más amplios pero con algún tipo de ponderación (tipo LEED). Por último, hay que enfatizar más el tema de los instrumentos (fiscales, financieros, administrativos, jurídicos) para lograr que se cumpla lo planteado, así como modelos de gestión urbanística y lo que se requiera para que diversos actores (propietarios, inversionistas, ONG’s, gobiernos) convengan y se pongan de acuerdo para participar.
XParcialmente procedente

Estos comentarios se han atendido mediante la reducción de cargas temáticas en la reestructuración de la tabla de contenidos, además se han replanteando los aspectos de Cambio Climático, Servicios Ecosistémicos y Economía Circular.

Asimismo, se fortaleció el apartado de instrumentos y se corrigió para quitar aspectos que no correspondían
97
960. INTRODUCCIÓN
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Con independencia de la experiencia que tiene el país desde que se instauró el Sistema Nacional de Planeación, los programas de ordenamiento ecológico y territorial responden a visiones distintas que los contraponen, debido a la falta de una visión integral del territorio.

COMENTARIO / PROPUESTA

O complementarias?
XAsimismo, es importante resaltar que, un aspecto de naturaleza normativa de los programas de ordenamiento ecológico y territorial es que estos responden a tratamientos distintos del territorio, que para ser complementarios requieren de una visión integral del territorio en su conceptualización (SEDATU, SEMARNAT, 2017). Esta situación responde a su vez al andamiaje legal que inicia la Ley de Planeación de 1983, la cual da vida al Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD) y da pauta al Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET) con la publicación de la LGEEPA en 1988. Particularmente el OET surge dentro de una clara rivalidad con la planeación urbana en tanto que busca distinguirse como instrumento en el que prima el reconocimiento de los elementos naturales por encima de los ambientes construidos (Azuela, 2013).Procedente

Se modificó conforme a la sugerencia
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975. Caracterización y clasificación de los municipios

5.1 Criterios de clasificación de referencia

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Para ello, se consideraron dos determinantes en la configuración del desarrollo e implementación de PMOTDU, estos son, la capacidad y
necesidad de los municipios del país (Véanse definiciones del apartado 5).

COMENTARIO / PROPUESTA

Podria verse como una tabla de doble entrada capacidad alta baja y necesidades altas y bajas
XNo procedente

Se considera una observación y no un comentario que requiera una modificación. En efecto, es una doble entrada, pero sólo se obtiene una medida de capacidad y una de necesidad por municipio, que nos brinda un resultado a partir de su combinación.
99
985. Caracterización y clasificación de los municipios

5.1 Criterios de clasificación de referencia

5.2.1Clasificación general

Lic. Dania Lizbeth Gómez Ávila
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Ilustración 1. Ejemplo de los resultados de los modelos de capacidad y necesidad del Anexo Normativo

COMENTARIO / PROPUESTA

Habría 9 categorias…
XNo procedente

Se considera una observación y no un comentario que requiera una modificación. Sí, son 9 combinaciones que existen de 3 niveles de Necesidad y 3 niveles de capacidad.
100
996. Contenidos para cada grupo de municipios según nivel de
requerimiento

6.2Contenidos de contexto

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Los municipios que tengan dentro de sus características alguno de los siguientes rasgos en su contexto territorial, deberán considerar en sus PMOTDU los contenidos complementarios de la sección “Contexto” y sus columnas “Básicos” y “Ampliados”, de acuerdo con su nivel de requerimiento Tabla 3 .

COMENTARIO / PROPUESTA

Entonces habría 36 tipos: bajo bajo f, m, c, i; bajo medio f, m, c, i, y asi sucesivamente
.XNo procedente

Se considera una observación y no un comentario que requiera una modificación. No, únicamente son las 9 combinaciones previas que al final se reducen a 3 y una vez que sabes tu nivel de requerimiento, únicamente añades contenidos de contexto si cumples con los rasgos contextuales definidos (F, M, C e I)