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1 | Art. 7 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública - LOTAIP | |||||||||||||||||||||||||
2 | s) Lor organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adopataren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiado, así como sus planes de desarrollo local | |||||||||||||||||||||||||
3 | GOBIERNOS SECCIONALES (Resoluciones, Actas de Sesiones, Planes de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial y Ordenanzas emitidas) | |||||||||||||||||||||||||
4 | Plan de Desarrollo Local | Plan de Ordenamiento Territorial | ||||||||||||||||||||||||
5 | Plan de Desarrollo Local y Ordenamiento Territorial | |||||||||||||||||||||||||
6 | Descripción de la materia | Número y fecha del Acta | Link para descargar el Acta de la Sesión | Resumen de la Resolución | Número y fecha | Instacia que emite la resolución | Link para descargar el documento de la resolución | |||||||||||||||||||
7 | Sesión Extraordinaria | Acta de Concejo N°39 celebrada el 13 de noviembre de 2021 | C:\Users\GAD_PCCS01\Documents\LOTAIP noviembre | PRIMERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por mayoría de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear;) y el voto en contra del Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; RESUELVEN: acoger el informe de la comisión de planificación y presupuesto; y, aprobar en segundo y definitivo debate ordenanza que regula la formación de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales del cantón La Maná para el bienio 2022 – 2023” SEGUNDA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el, Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; RESUELVEN: Aprobar en segundo y definitivo debate ordenanza que establece la compensación económica para el personal operativo del cuerpo de bomberos del cantón La Maná bajo el régimen LOSEP” TERCERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Wilson A. Aldaz López, Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el Alcalde Ing. Hipólito Carrera Benites), RESUELVEN: aprobar el acta de la sesión extraordinaria del 30 de octubre del 2021” | ACTA N°39 13 /11/2021 | Concejo Municipal de La Maná | Resolución sesión extraordinaria 13 de noviembre de 2021 | |||||||||||||||||||
8 | Sesión Ordinaria | Acta de Concejo N° 40 celebrada el 18 de Noviembre de 2021 | C:\Users\GAD_PCCS01\Documents\LOTAIP noviembre | PRIMERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico, Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el, Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; RESUELVEN: aprobar el orden del día: 1.- Lectura y aprobación del orden del día. 2.- Conocer el oficio ingresado con TEX-1847-ALC-21 suscrito por el comité pro defensa del agua y la vida; y, ante lo solicitado; resolver lo que en derecho corresponda. 3.- En base al Art. 258 del COOTAD, CONOCER la reforma presupuestaria No. 21 elaborada por medio de traspaso de crédito dentro de una misma área o programa detallada en MEM-1939-DF-21, suscrito por el Ing. Jaime Hidalgo Angueta, Director Financiero. 4.- Conforme al Art. 244 del COOTAD, conocer el Informe de la Comisión de Planificación y Presupuesto; y, Aprobar en primer debate el proyecto de presupuesto participativo 2022. 5.- Lectura y aprobación del acta de la sesión extraordinaria del 13 de noviembre del 2021. 6.- Clausura.”. SEGUNDA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico, Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el, Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; Considerando: Que, la CRE en el art. 3 refiere: Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. Que, la CRE en el Art. 12 consagra; El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. Que, la CRE en el Art. 71.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. Que, la CRE en el art 98 garantiza que: Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos. Que, la CRE en el Art 99 establece que, la acción ciudadana se ejercerá en forma individual o en representación de la colectividad, cuando se produzca la violación de un derecho o la amenaza de su afectación; será presentada ante autoridad competente de acuerdo con la ley. El ejercicio de esta acción no impedirá las demás acciones garantizadas en la Constitución y la ley. Que, la CRE en el Art. 318 indica que: El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua. (…) Que, la CRE en el Art 407 indica: Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular. Que, las zonas en donde se pretende entregar las concesiones mineras, se encuentran las captaciones del líquido vital de las juntas de agua del sector rural, de Pucayacu, Guasaganda y de la zona norte del cantón. Que, los moradores de las cuencas de los Ríos Pílalo, Puembo, San Pablo, Calope, Quindigua, Guasaganda, Loma Pi entre otros, han venido luchando de manera permanente para proteger sus aguas, causes y caudales, como consta en las resoluciones del Concejo Municipal de fechas 29 de mayo del 2006 y 25 de Julio del 2017. En uso de las atribuciones conferidas en el COOTAD art 57 literal; d) Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer derechos particulares; y t) Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento por parte del alcalde o alcaldesa, este concejo RESUELVE: PRIMERO: ratificar las resoluciones del Concejo Municipal de La Mana, del 29 de mayo del 2006 y 25 de julio del 2017, referentes al tema de la protección de las cuencas hídricas del territorio cantonal. SEGUNDO: Declarar el territorio del cantón La Maná, “ZONA DE PROTECCIÓN DE CUENCAS HÍDRICAS”, además que los Ríos: Puembo, San Pablo, Calope, Estero Hondo, Quindigua, Guasaganda, Cristal, Lomapi y sus afluentes, llámense estos; esteros, vertientes, riachuelos, arroyos y ciénegas como de alta vulnerabilidad. Así como la declararnos en resistencia contra la minería. TERCERO: Exhortar a Los cantones vecinos a que se sumen a la protección de las cuencas hídricas de influencia. CUARTO: Respaldar las acciones Legales en defensa del agua, que emprenda el Comité y las Juntas de Agua Potable de la localidad.”TERCERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Wilson A. Aldaz López, Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el Alcalde, Ing. Hipólito Carrera Benites), RESUELVEN: Aprobar el proyecto de presupuesto participativo 2022; y, acoger el informe emitido por la comisión de planificación y presupuesto, para que sus recomendaciones sean consideradas y se efectúen los reajustes que conforme a la ley sean factibles insertarlos al proyecto; para luego de lo cual que sea presentado ante el Concejo Municipal para su aprobación en segundo y definitivo debate como lo establece el COOTAD” CUARTA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Wilson A. Aldaz López, Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el Alcalde, Ing. Hipólito Carrera Benites), RESUELVEN: aprobar el acta de la sesión extraordinaria del 13 de noviembre del 2021” | ACTA N°40 18 /11/2021 | Concejo Municipal de La Maná | Resolución sesión extraordinaria 18 de noviembre de 2021 | |||||||||||||||||||
9 | Sesión Ordinaria | Acta de Concejo N° 41 celebrada el 25 de noviembre de 2021 | C:\Users\GAD_PCCS01\Documents\LOTAIP noviembre | PRIMERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico, Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el, Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; RESUELVEN: 1.- Lectura y aprobación del orden del día. 2.- En atención al Art. 12 lit d) de la ordenanza que reforma y sustituye a la ordenanza reformatoria a la constitutiva y funcional del Patronato de Amparo Social del GAD Municipal de La Maná; y, en atención al oficio No. 0258-PASGADMLM-P-2021, CONOCER Y APROBAR el presupuesto del Patronato de Amparo social Municipal La Maná para el ejercicio económico 2022. 3.- Lectura y aprobación del acta de la sesión ordinaria del 18 de noviembre del 2021. 4.- Clausura.” SEGUNDA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Antonio Aldaz López; Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico, Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el, Ing. Hipólito Carrera Benites, Alcalde; RESUELVEN al amparo del Art. 12 Lit. d) de la ordenanza que regula el funcionamiento del patronato municipal se aprueba el presupuesto del Patronato de amparo social municipal La Maná, para el ejercicio económico 2022” TERCERA RESOLUCION: “El Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Maná, por unanimidad de votos de los señores Concejales (Mvz. Wilson A. Aldaz López, Sra. Mónica Loor Ayala, Ing. Franklin Mena López; Md. Cristian Moreira Pico; Lic. Cristian Salvatierra Alvear; y el Alcalde, Ing. Hipólito Carrera Benites), RESUELVEN: aprobar el acta de la sesión ordinaria del 18 de noviembre del 2021” | ACTA N° 41 25/11/2021 | Concejo Municipal de La Maná | Resolución sesión ordinaria 25 de noviembre de 2021 | |||||||||||||||||||
10 | LINK PARA DESCARGAR LAS ORDENANZAS EMITIDAS | • “Ordenanza que regula la formación de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales del cantón La Maná para el bienio 2022 – 2023” • "Ordenanza que establece la compensación económica para el personal operativo del cuerpo de bomberos del cantón La Maná bajo el régimen LOSEP” | ||||||||||||||||||||||||
11 | FECHA ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN: | 30/11/2021 | ||||||||||||||||||||||||
12 | PERIODICIDAD DE ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN: | MENSUAL | ||||||||||||||||||||||||
13 | UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN - LITERAL s): | SECRETARÍA GENERAL | ||||||||||||||||||||||||
14 | RESPONSABLE DE LA UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN DEL LITERAL s): | JORGE VILLARREAL ALCÍVAR | ||||||||||||||||||||||||
15 | CORREO ELECTRÓNICO DEL O LA RESPONSABLE DE LA UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN: | municipiolamana@hotmail.com | ||||||||||||||||||||||||
16 | NÚMERO TELEFÓNICO DEL O LA RESPONSABLE DE LA UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN: | (03) 268-8201 | ||||||||||||||||||||||||
17 | NOTA: En el caso de que un gobierno autónomo descentralizado provincial/cantonal/parroquial rural, no haya emitido ordenanzas durante los meses del años que deberán ser consignados en la presente matriz, incluirá una nota aclaratoria como la que se ejemplifica a continuación: "NO APLICA", debido a que el Gobierno Provincial de Manabí durante los meses del presente año fiscal, no ha emitido ninguna ordenanza. | |||||||||||||||||||||||||
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