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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Informes de resultados de auditoriaLTAIART81FXLos informes de resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen según corresponda
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Tabla Campos
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Ejercicio Periodo trimestralEjercicio auditado:Periodo auditadoRubroTipo de AuditoríaNúmero de AuditoríaÓrgano que realizó la revisión o auditoríaNúmero del oficio de inicio de trabajo de revisiónNúmero del oficio de solicitud de informaciónObjetivo(s) de la realización de la auditoríaRubros sujetos a revisiónFundamentos legalesHipervínculo al oficio de notificación de resultadosNúmero de oficio de notificación de resultadosPor rubro, especificar hallazgosHipervínculo a las recomendaciones hechasInformes finales, de revisión y/o dictamenAcción implementada por el órgano fiscalizadorResponsable de recibir los resultadosTotal de solv y/o aclaraciones realizadasInforme aclaraciones por y promovidas OFTotal de acciones por solventarPrograma anual de auditoríasFecha de validaciónÁrea responsable de la informaciónAñoFecha de actualizaciónNota
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2023II TrimestreIII Trimestre2022auditoría internaAuditoria Financiera2022AM0109020061Instituto Superior de Auditoria y Fiscalizacion ISAFISAF/AAM/12277/20222022AM0109020061El objetivo de la auditoria es obtener una seguridad razonable sobre que el informe de la cuenta publica y los estados financieros en su conjunto se encuentran libres de incorreccion material y asimismo emitir un informe de auditoria que contenga nuestra opinion mediante un dictamen sobre la revision efectuada. El articulo 2 fraccion XII de la ley de fiscalizacion superior para el estado de sonora define las auditorias como un proceso sistematico en el que de manera objetiva se obtiene y evalua evidencia para determinar si las acciones llevadas a cabo por los entes sujetos a revision se realizaron de conformidad con la normatividad establecida o con base en principios que aseguren una gestion publica adecuada.FinancierosDe acuerdo con las normas profesionales de auditoria del sistema nacional de fiscalizacion No. 200, la ley general de contabilidad gubernamental, los acuerdos emitidos por el consejo nacional de armonizacion contable y supletriamente las normas internacionales de contabilidad para el sector publico, las normas internacionales de informacion financiera, asi como las demas disposiciones en la materia, verificamos si el informe de la cuenta publica y los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes la situacin financiera del sujeto de fiscalizacion.https://drive.google.com/file/d/1aPNlUC3ZUxPtC0k9VvcgE6HBt8UZttph/view?usp=sharingSe observó que el Organismo Paramunicipal, en la entrega de la documentación correspondiente al tercer trimestre a este Instituto, omitió la presentación de la conciliación bancaria y copia del estado de cuenta número 570054386 de Banorte, del mes de septiembre, o bien, del último mes en el cual tuvo movimientos.REVISIONMedio de Solventacion:

Se solicita proporcione lo siguiente:
a) Acreditar la información faltante y que cumpla con la normatividad vigente, ya que de lo contrario se podrán generar nuevas observaciones.
b) Indique la razón por la cual el o los servidores públicos responsables de acreditar la información faltante y que cumpla con la normatividad vigente, presuntamente no lo hicieron, contraviniendo lo dispuesto en la normatividad establecida.
c) Establecer y acreditar las medidas de control interno adoptadas para que se cumpla cabal y oportunamente con la normatividad aplicable, haciéndolas del conocimiento del Órgano Interno de Control para su vigilancia.
Lic. Monica Marcela Munguia Espinoza1101/07/2023Administracion DIF01/07/2023EN ESPERA DE RESOLUCION
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