ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaLTAIPEAM55FIISe deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puestoDenominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el casoHipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su casoNúmero total de prestadores de servicios profesionalesÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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20211/1/202131/3/2021PresidenciaPresidentePresidentePresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 16, 17 y 18 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Representar legalmente a la Comisión y delegar dicha representación en los servidores públicos de la Comisión que, por la naturaleza de sus funciones, corresponda según el caso;
II. Distribuir y delegar funciones al Secretario General, Visitador General y Visitadores en términos de la reglamentación interna de la Comisión;
III. Presidir la Junta y proponerle los lineamientos generales a los que se sujetará el servicio profesional en la Comisión;
IV. Proponer al Consejo los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas;
https://drive.google.com/open?id=106zIA7td8sFMZBheY4HAZUpbzQSEQbEm0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021ConsejoConsejeroConsejeroConsejoLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11 y 24 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Aprobar los lineamientos generales de actuación de la Comisión;
II. Aprobar las disposiciones reglamentarias y demás instrumentos que regulen el funcionamiento de la Comisión;
III. Opinar sobre el proyecto del informe anual que el Presidente habrá de presentar al Congreso del Estado;
IV. Solicitar al Presidente toda información sobre asuntos que se encuentren en trámite o que se hayan resuelto;
https://drive.google.com/open?id=1n4btkt3xRJ3g3Eufldcd5L7Pz48_OnZn0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Secretaría GeneralSecretario GeneralSecretario GeneralPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11 y 30 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Atender las necesidades administrativas de la Comisión, de acuerdo con los lineamientos generales fijados por el Consejo;
II. Establecer junto con el Presidente y con aprobación del Consejo, las políticas, normas, criterios, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión y la prestación de servicios generales de apoyo;
III. Coordinar la formulación del programa operativo anual y del proyecto de presupuesto de la Comisión y vigilar su cumplimiento;
IV. Dirigir el diseño, desarrollo e implantación de reglamentos y demás normatividad interna;
https://drive.google.com/open?id=1kFbDulukz5rsceo24KDOlvlklcmGoT3u0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021VisitaduríaVisitador GeneralVisitador GeneralPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 33 y 34 de la Ley y 15 del ReglamentoI. La recepción e investigación de las quejas presentadas por las personas, proveyendo el desahogo de las mismas, hasta la formulación del proyecto de resolución correspondiente.
II. Recibir, admitir o rechazar las quejas e inconformidades presentadas por los quejosos, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión;
III. Iniciar a petición de parte o de oficio, investigaciones sobre la presunta violación de Derechos Humanos;
IV. Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de conflictos derivados de posibles violaciones de Derechos Humanos que por su propia naturaleza así lo permitan;
https://drive.google.com/open?id=12JZaTk8rXZcSRJq7ZeCNIKqb5gML9uQj0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Dirección de Educación en Derechos HumanosDirector de Educación en Derechos HumanosDirector de Educación en Derechos HumanosPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículo 11 y 35 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Promocionar los Derechos Humanos y capacitar a la población en esa materia;
II. Elaborar programas a fin de lograr la culturización de los Derechos Humanos;
III. Promover la inclusión de programas de estudio sobre Derechos Humanos en instituciones educativas, recreativas y laborales;
IV. Desarrollar actividades y estudios así como preparar informes, publicaciones y campañas con el propósito de crear conciencia en los diversos sectores de la población sobre la importancia de los Derechos Humanos;
XI. Las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan, así como aquellas que le confiera el Presidente de la Comisión.
https://drive.google.com/open?id=1bB0YWrtVgk003veTOH_5ZkWmqI8KdXI60Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Contraloría internaContralor InternoContralor InternoPresidenciaLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11, 37 y 38 de la Ley y 15 del ReglamentoI. Llevar el registro de las leyes, acuerdos, reglamentos, manuales, instructivos y demás normas a las que deba sujetarse la Comisión, así como controlar, fiscalizar e inspeccionar su cumplimiento;
II. Vigilar que las erogaciones de la Comisión se ajusten al presupuesto autorizado y se ejerza en términos de la normatividad aplicable;
III. Vigilar que los servidores públicos de la Comisión cumplan con las disposiciones aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes, activos y recursos materiales y demás actividades relacionadas con el manejo de recursos materiales y humanos;
IV. Realizar auditorías de desempeño a fin de evaluar el resultado de los programas de la Comisión por medio del análisis de la efectividad presupuestal y el avance de los objetivos y metas establecidos;
https://drive.google.com/open?id=1twfjRX-E9ilmCnRFRpCc2A1Zr7pFT0AG0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Coordinación AdministrativaCoordinador AdministrativoCoordinador AdministrativoSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11 de la Ley y 15 y 31 Bis del ReglamentoI. Atender las necesidades administrativas de la Comisión, de acuerdo con los lineamientos que se tengan II. Proponer y ejecutar procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión y la prestación de servicios generales de apoyo; III. Elaborar proyecto de presupuesto de la Comisión y vigilar su cumplimiento; IV. Efectuar el pago de los documentos, gastos y demás egresos que se le presenten para su cobro y afecten el Presupuesto de la Comisión;
V. Llevar el registro y control de los bienes muebles e inmuebles de la Comisión, para su conservación y custiodia; VI. Las demas funciones que las disposiciones legales y reglamentarías les atribuyan, asi como aquellas que le confiera la Presidencia y la Secretaría General de la Comisión.
https://drive.google.com/open?id=12LOaY8HWFG8rcuB4_PpAmGn9qcITgZX00Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Coordinación de ComunicaciónCoordinador de ComunicaciónCoordinador de ComunicaciónSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11 de la Ley y 15 y 38 Ter del Reglamentol. Coordinar y difundir las actividades de la Comisión ante los medios de comunicación; .. 11. Labores de diseño y producción; 111. Coordinar la producción creativa de campañas publicitarias de la Comisión IV. Proporcionar atención a los diferentes medios de comunicación V. Realizar el monitoreo de medios VI. Las demás que le confieran las disposiciones legales, así como aquellas que le asigne el Presidente de la Comisión.https://drive.google.com/open?id=1CHqqUiP3SdLsFoPjrNpM1vjHZveqCgld0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Coordinadora de Vinculación, Seguimiento y TransparenciaCoordinadora de Vinculación, Seguimiento y TransparenciaCoordinadora de Seguimiento, Vinculación y TransparenciaSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Artículos 11 de la Ley y 15 y 38 Bis del Reglamentol. Solicitar y requerir, información y documentación a las diversas autoridades, asl como realizar todas las acciones y gestiones necesarias, para dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión; 11 . Recibir la información y documentación sobre el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones, evaluándolas y determinar el estado de cumplimiento.; III. Proporcionar apoyo y asesoría jurídica necesarios a las unidades administrativas de la Comisión para el ejercicio de sus atribuciones; IV. Formular las bases y revisar los requisitos legales a que deban someterse los convenios y contratos a celebrar por la Comisión, de acuerdo con los requerimientos de las áreas respectivas, así como los instrumentos jurídicos de cualquier naturaleza relativos a los derechos y obligaciones patrimoniales de la Comisión; V. Elaborar los estudios, propuestas y proyectos de acdones de. inconstitucionalidad para ser sometidos a la aprobación respectiva; en su caso, dar el seguimiento que corresponda .a las acciones promovidas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación; VI. Proponer proyectos normativos que resulten relevantes en relación con los derechos humanos y recomendar mejoras o correcciones a la normatividad; VII. Verificar que la normatividad estatal existente cumpla con las normas internacionales en materia de derechos humanos; VIII. Ser el Vínculo con Organizaciones de .la Sociedad Civil; IX. Ser Titular de la Unidad de Transparencia X. Ser Titular de la Unidad Sustanciadora, con las facultades y atribuciones previstas para las Unidades Sustanciadoras en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, y para los procedimientos que realice le será aplicable la esta Ley y en lo que no se oponga a lo dispuesto en dicha Ley, será de aplicación supletoria la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Aguascalientes. XI. Las demás que le confieran las disposiciones legales, así como aquellas que le asigne el Presidente de la Comisión.https://drive.google.com/open?id=1zFXDzl-TG8dCuOZSrxcL6SVxX3tizb2n0Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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20211/1/202131/3/2021Unidad de Control Documental y AnálisisUnidad de Control Documental y AnálisisUnidad de Control Documental y AnálisisSecretaría GeneralLey de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y artículos 11 de la Ley y 15 y 38 Quarter del Reglamentol. Coordinar y administrar los archivos, archivos de quejas e históricos y administrativos que integran el patrimonio documental de la Comisión 11. Para su ordenación y conservación física, esto es, su acomodo secuencial.en el área de acervo, de acuerdo a su procedencia y orden original, y las medidas para evitar su deterioro y asegurar su permanencia, atenderá a las directrices y a .los criterios que emita el Consejo; 111. Proponer y aplicar las norinas, directrices, criterios. lineamientos y manuales para la administración, sistematización, valoración y destino final de los expedientes de queja y administrativos, así como el diseño y desarrollo de sistemas automatizados para la gestión documental y archivística; IV: Elaborar los instrumentos de control y consulta para la adecuada organización y localización expedita de los expedientes o documentos, de apoyo jurídico o de control; V. Atender las funciones de tutoría conferidas a la Comisión; VI. Formar parte, por conducto de su titular. del Comité de Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales como asesor en materia de archivos. VII. Realizar trabajos de análisis e investigación jurídica e histórico documental sobre temas re·1acionados con la Comisión, principalmente con base en los archivos y demás acervos que resguarda, y generar obras para su posterior publicación en formato impreso o electrónico, asi como brindar consulta y asesoría en la materia; VIII. Sistematizar y clasificar las obras especializadas en el área de Derechos Humanos y afines, y una vez efectuada ésta, incorporar1as a los acervos de la biblioteca. IX. Recopilar y sistematizar la_ legislación nacional e internacional, los procesos legislativos y dar seguimiento cronológico a las reformas y adiciones que presente el marco jurídico federal, local e internacional, de trascendencia al orden jurfdico nacional en materia de derechos humanos; X. Brindar acceso a información confiable respecto de los acervos que resguarda , de conformidad con los procedimientos de acceso a la información, en términos de las disposiciones aplicables en la materia; XL Ser titular de la Unidad de Transparencia encargada de atender las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO; XII. Las demás que le confieran las disposiciones de observancia general aplicables, así como las que le sean encomendadas por el Presidente o por el Secretario General.https://drive.google.com/open?id=1LUFxqSgHhvv-4Qs6HYvTKlrXauSx06t50Secretaría General12/4/202112/4/2021Ninguna
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