ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
2
TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
3
Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligadoA121Fr47A_Ingresos-recibidosLos sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos
6
Tabla Campos
7
EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaRubro de los ingresos Tipo de ingresos Monto de los ingresosFuente de los ingresosDenominación de la entidad o dependencia que entregó los ingresosFecha de los ingresos recibidosHipervínculo a los informes de destino de los ingresos recibidosÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
8
202401/04/202431/03/2024MinistraciónOrdinario3330616,23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México23/01/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
9
202401/04/202431/03/2024MinistraciónActividades Especificas99918,48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México23/01/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
10
202401/04/202431/03/2024MinistraciónOrdinario3330616,23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México09/02/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
11
202401/04/202431/03/2024MinistraciónActividades Especificas99918,48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México09/02/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
12
202401/04/202431/03/2024MinistraciónCampaña11990218,43Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México15/02/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
13
202401/04/202431/03/2024MinistraciónOrdinario3330616,23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México08/03/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
14
202401/04/202431/03/2024MinistraciónActividades Especificas99918,48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México08/03/2024https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdfSecretaría de Finanzas15/04/2024
De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
15
202401/04/202430/06/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/04/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
16
202401/04/202430/06/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/04/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
17
202401/04/202430/06/2024
Ministración para campaña 2024
Actividades de Proceso Electoral Campaña
3996739.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México29/04/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: III. Durante el año del proceso electoral federal se suspenderá la obligación
establecida en este inciso.”
18
202401/04/202430/06/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/05/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
19
202401/04/202430/06/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/05/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
20
202401/04/202430/06/2024
Ministración para campaña 2024
Actividades de Proceso Electoral Campaña
3996739.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México16/05/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: III. Durante el año del proceso electoral federal se suspenderá la obligación
establecida en este inciso.”
21
202401/04/202430/06/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/06/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
22
202401/04/202430/06/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/06/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/07/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
23
202401/07/202430/09/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/07/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
24
202401/07/202430/09/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/07/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
25
202401/07/202430/09/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México09/08/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
26
202401/07/202430/09/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México09/08/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
27
202401/07/202430/09/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/09/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
28
202401/07/202430/09/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/09/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2019/01/Nota_A121F47A.pdf
Secretaría de Finanzas15/10/2024De acuerdo al Artículo 78 de la Ley General de Partidos Políticos. “1. Los partidos políticos deberán de presentar sus informes trimestrales y de gastos ordinarios bajo las directrices siguientes: a) Informes trimestrales de avance del ejercicio: I. Serán presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda.
29
202401/10/202431/12/2024MinistraciónOrdinario3330616.23Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México14/10/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
30
202401/10/202431/12/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México14/10/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
31
202401/10/202431/12/2024MinistraciónOrdinario3330184.03Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México08/11/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
32
202401/10/202431/12/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México08/11/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
33
202401/10/202431/12/2024MinistraciónOrdinario3305008.2Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/12/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
34
202401/10/202431/12/2024Ministración
Actividades Especificas
99918.48Gobierno LocalInstituto Nacional Electoral de la Ciudad de México10/12/2024
https://pvem-cdmx.org.mx/wp-content/uploads/2025/01/A121Fr47A_Informe-Ingresos-recibidos4t2024.pdf
Secretaría de Finanzas15/01/2025
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103