ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAH
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Trámites ofrecidosLTAIPEG81FXX_LTAIPEG81FXX281217
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaNombre del trámiteTipo de usuario y/o población objetivoDescripción de trámiteTipo de usuario y/o población objetivoModalidad del trámiteHipervínculo a los requisitos para llevar a cabo el trámiteDocumentos requeridos, en su casoHipervínculo al/los formatos respectivosÚltima fecha de publicación en el medio de difusiónTiempo de respuesta por parte del sujeto ObligadoPlazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitantePlazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevenciónVigencia de los resultados del trámiteÁrea y datos de contacto del lugar donde se realiza el trámite
Tabla_470680
Costo, en su caso, especificar que es gratuitoMonto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su casoSustento legal para su cobroLugares donde se efectúa el pago
Tabla_470682
Fundamento jurídico-administrativo de la existencia del trámiteDerechos del usuarioInformación adicional del trámite, en su casoMedio que permita el envío de consultas y documentos
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Lugares para reportar presuntas anomalías
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Otros datos, en su caso, para el envío de consultas, documentos y quejasHipervínculo información adicional del trámiteHipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o sistema homólogoÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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38B7731EA326CF393B2CE747E8A408E220221/1/20223/31/20223. Dar tramite a las Solicitudes en materia de Protección de Datos Personales.Publico en general3. Garantizar la protección de datos personales a los ciudadanos que lo soliciten.Publico en generalPresencial y a tráves de la Plataforma Nacional de Transparencia.https://congresogro.gob.mx/legislacion/ordinarias/ARCHI/LEY-DE-PROTECCION-DE-DATOS-PERSONALES-EN-POSESION-DE-SUJETOS-OBLIGADOS-DEL-ESTADO-DE-GUERRERO-466-.pdfEscrito de solicitud de protección de datos personales, con los requisitos previstos en la Ley de la materia.https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/1/28/2022Veinte dias habilesCinco dias habilesCinco dias habilesTrimestral, semestral o anual, dependiendo de la actualización y naturaleza de la información.8618342Es gratuito008618342Articulo 72, 73 y demas relativos y aplicable de la Ley Numero 466 de Proteccion de Datos Personales en Posesion de los Sujetos Obligados del Estado de Guerrero.Protección de datos personales.No dato86183428618342No dato https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/https://catalogonacional.gob.mx/BuscadorEstadisticas3/31/20223/31/2022En la columna J se colocó el hipervínculo a las leyes donde se encuentran establecidos los requisitos para cada uno de los tramites, específicamente en los siguientes artículos:
Artículos 70, 113 y 114 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero 248.
Artículo 142 de la Ley Numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero.
Artículos 72, 73 y demás relativos y aplicable de la Ley Numero 466 de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Guerrero.
En la columna
L se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal, debido a que no se tiene un formato preestablecido para la realización de los tramites, los cuales pueden ser mediante escrito libre siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley correspondiente. En la columna M se colocó una fecha cualquiera, debido a que no se tiene un formato establecido para la realización del tramite y por ello no se realiza su publicación en ningun medio de diofusión. En la columna S de la Tabla 470680, se insertó el correo de trasparencia por que asi lo require el formato, sin embargo se informa que no es el correo de contacto para reportar anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna Y se colocó "no dato" debido a que no existe niguna otra información adicional para llevar a cabo el tramite; En la columa D de la Tabla 470681 se colocó el correo de la Unidad de Transpartencia porque asi lo requiere el formato, sin embargo se informa que no es el correo para reportar presuntas anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna AB se colocó “No dato” debido a que no se cuenta con otros datos para el envió de consultas, documentos o quejas. En la columna AC se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal debido a que no se tiene información adicional para la realización de los trámites.
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E58121B1C72BD8C7700224DFD902826320221/1/20223/31/20222. Dar tramite a las Solicitudes de Acceso a la Información.Publico en general2. Garantizar el acceso a la información a los ciudadanos que lo soliciten.Publico en generalPresencial y a tráves de la Plataforma Nacional de Transparencia.https://congresogro.gob.mx/legislacion/ordinarias/ARCHI/LEY-DE-TRANSPARENCIA-Y-ACCESO-A-LA-INFORMACION-PUBLICA-DEL-ESTADO-DE-GUERRERO-207-2021-11-24.pdfEscrito de solicitud de acceso a la información con los requisitos previstos en la Ley de la materia.https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/1/28/2022Veinte dias habilesCinco dias habilesCinco dias habilesTrimestral, semestral o anual, dependiendo de la actualización y naturaleza de la información.8618341Es gratuito008618341Articulos 142 de la Ley Numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Guerrero.Acceso a la información públicaNo dato86183418618341No dato https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/https://catalogonacional.gob.mx/BuscadorEstadisticas3/31/20223/31/2022En la columna J se colocó el hipervínculo a las leyes donde se encuentran establecidos los requisitos para cada uno de los tramites, específicamente en los siguientes artículos:
Artículos 70, 113 y 114 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero 248.
Artículo 142 de la Ley Numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero.
Artículos 72, 73 y demás relativos y aplicable de la Ley Numero 466 de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Guerrero.
En la columna
L se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal, debido a que no se tiene un formato preestablecido para la realización de los tramites, los cuales pueden ser mediante escrito libre siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley correspondiente. En la columna M se colocó una fecha cualquiera, debido a que no se tiene un formato establecido para la realización del tramite y por ello no se realiza su publicación en ningun medio de diofusión. En la columna S de la Tabla 470680, se insertó el correo de trasparencia por que asi lo require el formato, sin embargo se informa que no es el correo de contacto para reportar anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna Y se colocó "no dato" debido a que no existe niguna otra información adicional para llevar a cabo el tramite; En la columa D de la Tabla 470681 se colocó el correo de la Unidad de Transpartencia porque asi lo requiere el formato, sin embargo se informa que no es el correo para reportar presuntas anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna AB se colocó “No dato” debido a que no se cuenta con otros datos para el envió de consultas, documentos o quejas. En la columna AC se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal debido a que no se tiene información adicional para la realización de los trámites.
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0070AB5876D04CCF95C4583714FABC2E20221/1/20223/31/20221. Dar tramite a las Demandas donde se reclama el cumplimiento de prestaciones de Ley presentadas por los actores.Publico en general1. Resolver a traves de la emisión de Laudos, los conflictos de los trabajadores con las Dependencias de Gobierno, Municipios y Entidades Paraestatales, en terminos de la Ley aplicable.Publico en generalPresencial.https://congresogro.gob.mx/legislacion/ordinarias/ARCHI/LEY-DE-TRABAJO-DE-LOS-SERVIDORES-PUBLICOS-DEL-ESTADO-DE-GUERRERO-248-2021-10-07.pdfEscrito de demanda, pruebas y anexos que los actores consideren pertinentes y aquellos establecidos en las Leyes aplicables. https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/1/28/2022El trámite de demandas esta sujeto a los plazos y términos previstos en la Ley, asi como a las particularidades de cada caso.El trámite de demandas esta sujeto a los plazos y términos previstos en la Ley, asi como a las particularidades de cada caso.El trámite de demandas esta sujeto a los plazos y términos previstos en la Ley, asi como a las particularidades de cada caso.La vigencia de los resultados del trámite de resolución de conflictos, esta sujeta al sentido de los laudos y particularidades de cada asunto.8618340Es gratuito008618340Articulos 70, 113 y 114 de la Ley de Trabajo de los Servidores Publicos del Estado de Guerrero 248.Administración de justicia a traves de la resolución de conflictos, que le sean sometidos al conocimiento del Tribunal.No dato86183408618340No dato https://guerrero.gob.mx/dependencia/sector-paraestatal/tribunal-de-conciliacion-y-arbitraje/https://catalogonacional.gob.mx/BuscadorEstadisticas3/31/20223/31/2022En la columna J se colocó el hipervínculo a las leyes donde se encuentran establecidos los requisitos para cada uno de los tramites, específicamente en los siguientes artículos:
Artículos 70, 113 y 114 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero 248.
Artículo 142 de la Ley Numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero.
Artículos 72, 73 y demás relativos y aplicable de la Ley Numero 466 de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Guerrero.
En la columna
L se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal, debido a que no se tiene un formato preestablecido para la realización de los tramites, los cuales pueden ser mediante escrito libre siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley correspondiente. En la columna M se colocó una fecha cualquiera, debido a que no se tiene un formato establecido para la realización del tramite y por ello no se realiza su publicación en ningun medio de diofusión. En la columna S de la Tabla 470680, se insertó el correo de trasparencia por que asi lo require el formato, sin embargo se informa que no es el correo de contacto para reportar anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna Y se colocó "no dato" debido a que no existe niguna otra información adicional para llevar a cabo el tramite; En la columa D de la Tabla 470681 se colocó el correo de la Unidad de Transpartencia porque asi lo requiere el formato, sin embargo se informa que no es el correo para reportar presuntas anomalias, ya que no se cuenta con organo interno de control dentro del Tribunal y ninguna otra area similar con facultades para ello; En la columna AB se colocó “No dato” debido a que no se cuenta con otros datos para el envió de consultas, documentos o quejas. En la columna AC se colocó el hipervínculo al portal del Tribunal debido a que no se tiene información adicional para la realización de los trámites.
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