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2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||
3 | Informes presentados por organizaciones, asociaciones, agrupaciones políticas y candidatos independientes | a73_f01_b1 | Informes presentados por las organizaciones, asociaciones, agrupaciones políticas y candidatos independientes | |||||||||||||||||||||||
4 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
5 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Tipo de organización (catálogo) | Denominación de la organización | Registro (catálogo) | Tipo de informe (catálogo) | Periodicidad (catálogo) | Denominación del documento completo del informe | Hipervínculo al documento completo del informe | Tipo de elección, cargo a elegir y Entidad federativa Tabla_455791 | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota | |||||||||||
6 | 2019 | 1/1/2019 | 3/31/2019 | Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | 3/31/2019 | 3/31/2019 | Respecto de la información en las columnas [Tipo de organización (catalogo), denominación de la organización, registro (catalogo), tipo de informe (catalogo), periodicidad (catalogo), denominación del documento completo del informe, hipervínculo completo del informe, tipos de elección, cargo a elegir y entidad federativa, área (s) responsables (s) que genera (n), publica (n) y actualizan la información], dado que las asociaciones civiles que estaban registradas a partir del primero de julio de 2018 se constituyeron como partidos políticos locales, de tal manera que para este trimestre no existen organizaciones de esta naturaleza, lo mismo que asociaciones, agrupaciones políticas, de igual manera no se presentaron avisos de intención a la convocatoria a candidaturas independientes procedente del acuerdo CG/037/2017; así mismo de conformidad con la reforma política-electoral, publicada en el diario oficial de la federación de 10 de febrero de 2014, mediante el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos en materia político electoral, el instituto nacional electoral asumió las funciones correspondiente al financiamiento y fiscalización de los partidos políticos tanto nacionales como locales, consecuentemente la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos, estará a cargo del consejo general del instituto nacional electoral por conducto de la comisión de fiscalización y de su unidad técnica de fiscalización, quienes emitirán la regulación específica para el dictamen consolidado y resolución de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los sujetos obligados, tratándose del ejercicio ordinario como el derivado por campañas electorales. Para efectos de los candidatos independientes, este año no se llevará a cabo ningún tipo de elección. | |||||||||||||||||||
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8 | 2do. Trimestre | |||||||||||||||||||||||||
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10 | 2019 | 01/04/2019 | 30/06/2019 | Dirección Ejecutiva de Prerrotativas y Partidos Políticos | 30/06/2019 | 30/06/2019 | Respecto de la información en las columnas [Tipo de organización (catalogo), denominación de la organización, registro (catalogo), tipo de informe (catalogo), periodicidad (catalogo), denominación del documento completo del informe, hipervínculo completo del informe, tipos de elección, cargo a elegir y entidad federativa, área (s) responsables (s) que genera (n), publica (n) y actualizan la información], dado que las asociaciones civiles que estaban registradas a partir del primero de julio de 2018 se constituyeron como partidos políticos locales, de tal manera que para este trimestre no existen organizaciones de esta naturaleza, lo mismo que asociaciones, agrupaciones políticas, de igual manera no se presentaron avisos de intención a la convocatoria a candidaturas independientes procedente del acuerdo CG/037/2017; así mismo de conformidad con la reforma política-electoral, publicada en el diario oficial de la federación de 10 de febrero de 2014, mediante el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos en materia político electoral, el instituto nacional electoral asumió las funciones correspondiente al financiamiento y fiscalización de los partidos políticos tanto nacionales como locales, consecuentemente la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos, estará a cargo del consejo general del instituto nacional electoral por conducto de la comisión de fiscalización y de su unidad técnica de fiscalización, quienes emitirán la regulación específica para el dictamen consolidado y resolución de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los sujetos obligados, tratándose del ejercicio ordinario como el derivado por campañas electorales. Para efectos de los candidatos independientes, este año no se llevará a cabo ningún tipo de elección. | |||||||||||||||||||
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12 | 3er. Trimestre | |||||||||||||||||||||||||
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14 | 2019 | 01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | 30/09/2019 | 30/09/2019 | Respecto de la información en las columnas [Tipo de organización (catalogo), denominación de la organización, registro (catalogo), tipo de informe (catalogo), periodicidad (catalogo), denominación del documento completo del informe, hipervínculo completo del informe, tipos de elección, cargo a elegir y entidad federativa, área (s) responsables (s) que genera (n), publica (n) y actualizan la información], dado que las asociaciones civiles que estaban registradas a partir del primero de julio de 2018 se constituyeron como partidos políticos locales, de tal manera que para este trimestre no existen organizaciones de esta naturaleza, lo mismo que asociaciones, agrupaciones políticas, de igual manera no se presentaron avisos de intención a la convocatoria a candidaturas independientes procedente del acuerdo CG/037/2017; así mismo de conformidad con la reforma política-electoral, publicada en el diario oficial de la federación de 10 de febrero de 2014, mediante el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos en materia político electoral, el instituto nacional electoral asumió las funciones correspondiente al financiamiento y fiscalización de los partidos políticos tanto nacionales como locales, consecuentemente la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos, estará a cargo del consejo general del instituto nacional electoral por conducto de la comisión de fiscalización y de su unidad técnica de fiscalización, quienes emitirán la regulación específica para el dictamen consolidado y resolución de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los sujetos obligados, tratándose del ejercicio ordinario como el derivado por campañas electorales. Para efectos de los candidatos independientes, este año no se llevará a cabo ningún tipo de elección. | |||||||||||||||||||
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16 | 4to. Trimestre | |||||||||||||||||||||||||
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18 | 2019 | 01/10/2019 | 31/12/2019 | Dirección Ejecutiva de Prerrotativas y Partidos Políticos | 31/12/2019 | 31/12/2019 | Respecto de la información en las columnas [Tipo de organización (catalogo), denominación de la organización, registro (catalogo), tipo de informe (catalogo), periodicidad (catalogo), denominación del documento completo del informe, hipervínculo completo del informe, tipos de elección, cargo a elegir y entidad federativa, área (s) responsables (s) que genera (n), publica (n) y actualizan la información], dado que las asociaciones civiles que estaban registradas a partir del primero de julio de 2018 se constituyeron como partidos políticos locales, de tal manera que para este trimestre no existen organizaciones de esta naturaleza, lo mismo que asociaciones, agrupaciones políticas, de igual manera no se presentaron avisos de intención a la convocatoria a candidaturas independientes procedente del acuerdo CG/037/2017; así mismo de conformidad con la reforma política-electoral, publicada en el diario oficial de la federación de 10 de febrero de 2014, mediante el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos en materia político electoral, el instituto nacional electoral asumió las funciones correspondiente al financiamiento y fiscalización de los partidos políticos tanto nacionales como locales, consecuentemente la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos y de las campañas de los candidatos, estará a cargo del consejo general del instituto nacional electoral por conducto de la comisión de fiscalización y de su unidad técnica de fiscalización, quienes emitirán la regulación específica para el dictamen consolidado y resolución de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los sujetos obligados, tratándose del ejercicio ordinario como el derivado por campañas electorales. Para efectos de los candidatos independientes, este año no se llevará a cabo ningún tipo de elección. | |||||||||||||||||||
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