ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAHAIAJAK
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DECLARACIÓN DE GASTOS PERSONALES A SER UTILIZADOS POR EL EMPLEADOR EN EL CASO DE INGRESOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
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FORMULARIO SRI-GP
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EJERCICIO FISCAL2025CIUDAD Y FECHA DE ENTREGA/RECEPCIÓNCIUDADAÑOMESDÍA
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Información / Identificación del empleado contribuyente (a ser llenado por el empleado)VALOR USD CANASTA FAMILIAR BÁSICA
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101CÉDULA O PASAPORTE102APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS798,31
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INGRESOS PROYECTADOS (ver Nota 1)
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(+) TOTAL INGRESOS CON ESTE EMPLEADOR (con el empleador que más ingresos perciba)103USD$
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(+) TOTAL INGRESOS CON OTROS EMPLEADORES (en caso de haberlos)104USD$
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(=) TOTAL INGRESOS PROYECTADOS105USD$0,00
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GASTOS PROYECTADOS
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(+) GASTOS DE VIVIENDA106USD$
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(+) GASTOS DE EDUCACIÓN, ARTE Y CULTURA107USD$
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(+) GASTOS DE SALUD108USD$
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(+) GASTOS DE VESTIMENTA109USD$
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(+) GASTOS DE ALIMENTACIÓN110USD$
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(+) GASTOS DE TURISMO111USD$
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(=) TOTAL GASTOS PROYECTADOS (106 +107 +108 + 109 + 110 + 111)112USD$0,00
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TRABAJADOR O SUS CARGAS FAMILIARES CON DISCAPACIDAD, ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS, RARAS O HUÉRFANAS113NO
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NÚMERO DE CARGAS FAMILIARES PARA REBAJA DE GASTOS PERSONALES1140
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REBAJA DE IMPUESTO A LA RENTA POR GASTOS PERSONALES PROYECTADOS115USD$0,00
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NOTAS:
1.- Cuando un contribuyente trabaje con DOS O MÁS empleadores, presentará este informe al empleador con el que perciba mayores ingresos, el que efectuará la retención considerando los ingresos gravados y deducciones (aportes personales al IESS) con todos los empleadores, sobre la base imponible así obtenida, se aplicará la tarifa contenida en la tabla de Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas de la Ley de Régimen Tributario Interno, con lo que se obtendrá la proyección del Impuesto a la Renta causado en el ejercicio económico. Al resultado obtenido se le restará la rebaja por la proyección de gastos personales, según los límites establecidos en la Ley, y se dividirá para 11, para determinar la alícuota mensual a retener por concepto de Impuesto a la Renta. Cuando la relación laboral inicie en un mes distinto de enero el resultado deberá dividirse para el número de meses que resten para finalizar el periodo.
Una copia certificada, con la respectiva firma y sello del empleador, será presentada a los demás empleadores para que se abstengan de efectuar retenciones sobre los pagos efectuados por concepto de remuneración del trabajo en relación de dependencia.

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2.- Para efectos de este cálculo se considerará el valor de la canasta familiar básica, al mes de enero del ejercicio fiscal respecto del que se realiza la proyección, según los datos que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
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3.- Se considerarán como cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y
que sean dependientes del sujeto pasivo. En ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a la misma carga familiar para la rebaja por gastos personales.
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Identificación del Agente de Retención (a ser llenado por el empleador)
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116 RUC117 RAZON SOCIAL, DENOMINACIÓN O APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
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Firmas
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EMPLEADOR / AGENTE DE RETENCIÓNEMPLEADO CONTRIBUYENTE
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