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1 | EL HOSPITAL DE LA MADRE Y EL NIÑO GUERRERENSE | |||||||||||||||||||||||||
2 | Notas a los Estados Financieros | |||||||||||||||||||||||||
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4 | Notas de Gestión Administrativa | |||||||||||||||||||||||||
5 | Del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025 | |||||||||||||||||||||||||
6 | Formato de reforma 06/12/2022 | |||||||||||||||||||||||||
7 | (Cifras en Pesos) | |||||||||||||||||||||||||
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10 | Estas Notas tienen como objetivo la revelación del contexto y de los aspectos económico-financieros más relevantes que influyeron en las decisiones del período, y que deberán ser considerados en la elaboración de los estados financieros para la mayor comprensión de los mismos y sus particularidades. | |||||||||||||||||||||||||
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12 | De esta manera, se informan y explican las condiciones relacionadas con la información financiera de cada período de gestión; además, de exponer aquellas políticas que podrían afectar la toma de decisiones en períodos posteriores. | |||||||||||||||||||||||||
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15 | 1. | Autorización e Historia | ||||||||||||||||||||||||
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17 | Se informará sobre: Con fundamento en el art. 74 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Guerrero y de los art. 6, 13 y 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, se crea El Hospital de la Madre y Niño Guerrerense como Establecimiento Público de Bienestar Social con personalidad jurídica y patrimonio propios, para prestar servicios tendientes a "prevenir, curar y controlar todos los padecimientos de la mujer y niño durante el embarazo, parto y puerperio" de acuerdo al decreto de creación. | |||||||||||||||||||||||||
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19 | a) | Fecha de creación del ente. | Que con fecha 4 de marzo de 2005 se crea “El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense”, como Establecimiento Público de Bienestar Social con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en Boulevard René Juárez de la ciudad de Chilpancingo de los bravo, capital del Estado de Guerrero, con operación y funcionamiento vinculado a la Secretaria de Salud del Estado de Guerrero, con sujeción al artículo 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero. | |||||||||||||||||||||||
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21 | b) | Principales cambios en su estructura. | Posteriormente con Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 76, el viernes 21 de Septiembre de 2012. DECRETO NÚMERO 1259 POR EL QUE SE CREA "EL HOSPITAL DE LA MADRE Y EL NIÑO GUERRERENSE", COMO ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO. LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: C O N S I D E R A N D O Que en sesión de fecha 14 de agosto del 2012, los Ciudadanos Diputados integrantes de la Comisión de Salud, presentaron a la Plenaria el Dictamen con proyecto de Decreto por el que se crea "El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense", como Organismo Público Descentralizado, en los siguientes términos: En sesión de fecha 08 de agosto del año 2012, la Comisión Permanente de la Quincuagésima Novena Legislatura al Honorable Congreso del Estado de Guerrero, dio cuenta de la remisión a esta Legislatura de la Iniciativa de Decreto por la que se crea "El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense", como Organismo Público Descentralizado, signada por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, misma que ordenó remitirla a la Comisión de Salud para los efectos de lo dispuesto en los artículos 86 y 132 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Número 286. | |||||||||||||||||||||||
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24 | 2. | Panorama Económico y Financiero | ||||||||||||||||||||||||
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26 | El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense como un Organismo Público Descentralizado que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, y cuenta con financiamientos de recursos estatales e ingresos propios, su principal captación de recursos es a través del Presupuesto de Egresos que se autoriza cada año por el Gobierno del Estado, así como sus ingresos propios que capta por la prestación de servicios, aí mismo por conducto de la Secretaría de Salud. Está integrada por un Director General, Director Médico, Director Administrativo, Unidad de Calidad e Innovación, Anestesiología, Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia, Imagenologia, Medicina Preventiva Pediatría, Trabajo Social, Farmacia, Laboratorio Clínico, Dietética, Enfermería, Registro Hospitalario y Bioestadística, Odontología, Transfusión Sanguínea, Enseñanza e Investigación, Mantenimiento, Recursos Financieros, Recursos Humanos, Recursos Materiales, Servicios Generales, así como personal profesional, administrativo y técnico necesario para el desarrollo de las actividades. | |||||||||||||||||||||||||
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28 | 3. | Organización y Objeto Social | ||||||||||||||||||||||||
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30 | Se informará sobre: | |||||||||||||||||||||||||
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32 | a) | Objeto social. Su objeto social es la prestación de los servicios tendientes a prevenir, curar y controlar todos los padecimientos de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, así como la atención del recién nacido grave. | ||||||||||||||||||||||||
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34 | b) | Principal actividad. Atención de mujeres con Emergencia Obstétrica que son referidas de diferentes localidades en ambulancia o llegan por sus propios medios al servicio de urgencias y la estabilidad del Recién Nacido grave que ingresa a la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales. | ||||||||||||||||||||||||
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36 | c) | Ejercicio fiscal. Los estados financieros que se presentan corresponden al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. los cuales contabilizan los eventos y transacciones económicas cuantificables de las operaciones expresadas y contabilizadas en moneda nacional. | ||||||||||||||||||||||||
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38 | d) | Régimen jurídico. El 4 de marzo de 2005 se crea “El hospital de la Madre y el Niño Guerrerense”, como Establecimiento Público de Bienestar Social con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en Boulevard René Juárez de la ciudad de Chilpancingo de los bravo, capital del Estado de Guerrero, con operación y funcionamiento vinculado a la Secretaria de Salud del Estado de Guerrero, con sujeción al artículo 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero; siendo su razón social El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense, RFC. HMN050304511, personas morales con fines no lucrativos. | ||||||||||||||||||||||||
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40 | e) | Consideraciones fiscales del ente: El Hospital se encuentra obligado a retener y enterar el 10% ISR retenidos a personas físicas derivada de honorarios profesionales, así como de los impuestos derivados de sueldos pagados a funcionarios y empleados y personal de base, tales como: Retenciones de ISR sobre sueldos y salarios, Impuestos sobre Nómina, cuotas IMSS, cuotas RCV. | ||||||||||||||||||||||||
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42 | f) | Estructura organizacional básica. La estructura organizacional del hospital se encuentra integrada de la siguiente forma: Junta Directiva Dirección General Dirección Médica o Departamento de Pediatría y Cuidados Intensivos Neonatales o Departamento de Ginecología y Obstetricia o Departamento de Medicina Preventiva o Departamento de Epidemiología o Departamento de Salud Mental y Familiar o Departamento de Anestesiología o Departamento de Medicina Interna y Cuidados Intensivos de Adultos o Departamento de Urgencias o Departamento de Imagenología o Departamento de Enfermería o Departamento de Transdusión Sanguínea o Laboratorio de Análisis Clínicos o Departamento de Dietética y Nutrición o Departamento de Trabajo Social o Departamento de Bioestadística y Expedientes Clínicos o Farmacia Hospitalaria Departamento de Enseñanza e Investigación Dirección Administrativa o Departamento de Recursos Humanos o Departamento de Recursos Financieros o Departamento de Recursos Materiales o Departamento de Servicios Generales o Departamento de Ingeniería y Mantenimiento | ||||||||||||||||||||||||
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44 | g) | Fideicomisos, mandatos y análogos de los cuales es fideicomitente o fideicomisario. “Esta nota no le aplica al ente público” | ||||||||||||||||||||||||
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47 | 4. | Bases de Preparación de los Estados Financieros | ||||||||||||||||||||||||
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49 | Se informará sobre: | |||||||||||||||||||||||||
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51 | a) | Si se ha observado la normatividad emitida por el CONAC y las disposiciones legales aplicables. Se han aplicado los siguientes documentos del CONAC en cuanto a nuestro ámbito de competencia: Norma General Marco conceptual de Contabilidad Gubernamental Postulados básicos de Contabilidad Gubernamental Clasificadores Presupuestarios Clasificador por Rubros de Ingresos Clasificación Administrativa Clasificación Funcional del Gasto Clasificación Programática Clasificador por Tipo de Gasto Clasificador por Objeto del Gasto Clasificador por Fuentes de Financiamiento Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos Reglas de registro Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos Lineamientos que deberán observar los entes públicos para registrar en las cuentas de activo los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos, incluyendo mandatos Parámetros de Estimación de Vida Útil Acuerdo por el que se emite el formato de conciliación entre los ingresos presupuestarios y contables, así como entre los egresos presupuestarios y los gastos contables Lineamientos para el registro presupuestario y contable de los Recursos del Fondo de Seguro Médico Siglo XXI, y Fondo de Protección Gastos Catastróficos. Lineamientos de control Lineamientos Mínimos relativos al Diseño e Integración del Registro en los Libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances (Registro Electrónico) Lineamientos para la elaboración del Catálogo de Bienes que permita la interrelación automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que Permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013 Transparencia Norma para armonizar la presentación de la información adicional a la iniciativa de la Ley de Ingresos Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos Norma para la difusión a la ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos Norma para establecer la estructura del Calendario de Ingresos base mensual Norma para establecer la estructura del Calendario del Presupuesto de Egresos base mensual Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios Normas para establecer la estructura de información del formato del ejercicio y destino de gasto federalizado y reintegros Norma para establecer la estructura de información de la relación de las cuentas bancarias productivas específicas que se presentan en la cuenta pública, en las cuales se depositen los recursos federales transferidos Pbr-SED Lineamientos sobre los Indicadores para Medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico | ||||||||||||||||||||||||
52 | b) | La normatividad aplicable: El Hopsital de la Madre y el Niño Guerrerense prepara y presenta su información financiera conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y con base en los dispositivos técnicos, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) en su conjunto al 31 de diciembre del 2025 el Hospital cuenta con un sistema de armonización contable (SAACG.NET) para la generación de la información contable - presupuestal con cifras confiables y de manera estructurada con el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gasto, activo, pasivo y patrimonio con base acumulativa, así como el registro de los diferentes momentos contables del ingreso y gasto; La normatividad aplicada para el reconocimiento, valuación y revelación de los diferentes rubros de la información financiera, así como las bases de medición utilizadas para la elaboración de los estados financieros; por ejemplo: costo histórico, valor de realización, valor razonable, valor de recuperación o cualquier otro método empleado y los criterios de aplicación de los mismos. Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio | ||||||||||||||||||||||||
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56 | c) | Postulados básicos. Los postulados básicos del CONAC en lo que resulte aplicable Son los elementos fundamentales que configuran el SCG, teniendo incidencia en la identificación, el análisis, la interpretación, la captación, el procesamiento y el reconocimiento de las transformaciones, transacciones y otros eventos que afectan el ente público y sustentan de manera técnica el registro de las operaciones, la elaboración y presentación de estados financieros; basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada y aplicación de la Ley de Contabilidad, con la finalidad de uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables. 1) Sustancia Económica 2) Entes Públicos 3) Existencia Permanente 4) Revelación Suficiente 5) Importancia Relativa 6) Registro e Integración Presupuestaria 7) Consolidación de la Información Financiera 8) Devengo Contable 9) Valuación 10) Dualidad Económica 11) Consistencia | ||||||||||||||||||||||||
57 | d) | Normatividad supletoria. En caso de emplear varios grupos de normatividades (normatividades supletorias), deberá realizar la justificación razonable correspondiente, su alineación con los PBCG y a las características cualitativas asociadas descritas en el MCCG (documentos publicados en el Diario Oficial de la Federación, agosto 2009). Normas de Información Financiera Gubernamental General (NIFGG) | ||||||||||||||||||||||||
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59 | e) | Para las entidades que por primera vez estén implementando la base devengado de acuerdo a la Ley de Contabilidad, deberán: | ||||||||||||||||||||||||
60 | 1. Revelar las nuevas políticas de reconocimiento. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | |||||||||||||||||||||||||
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62 | - Revelar los cambios en las políticas, la clasificación y medición de las mismas, así como su impacto en la información financiera, y | |||||||||||||||||||||||||
63 | - Presentar los últimos estados financieros con la normatividad anteriormente utilizada con las nuevas políticas para fines de comparación en la transición a la base devengado. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | |||||||||||||||||||||||||
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65 | 5. | Políticas de Contabilidad Significativas | ||||||||||||||||||||||||
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67 | Se informará sobre: | |||||||||||||||||||||||||
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69 | a) | Actualización: se informará del método utilizado para la actualización del valor de los activos, pasivos y Hacienda Pública/Patrimonio y las razones de dicha elección. Así como informar de la desconexión o reconexión inflacionaria. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
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71 | b) | Informar sobre la realización de operaciones en el extranjero y de sus efectos en la información financiera gubernamental. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO YA QUE NO SE REALIZARON OPERACIONES EN EL EXTRANJERO | ||||||||||||||||||||||||
72 | c) | Método de valuación de la inversión en acciones de Compañías subsidiarias no consolidadas y asociadas. EL ENTE PÚBLICO YA QUE NO REALIZA ESTE TIPO DE INVERSIONES | ||||||||||||||||||||||||
73 | d) | Sistema y método de valuación de inventarios y costo de lo vendido. EN ESTE ENTE PÚBLICO EL METODO DE VALUACIÓN ES EL DE "PEPS" Y "COSTO PROMEDIO" | ||||||||||||||||||||||||
74 | e) | Beneficios a empleados: revelar el cálculo de la reserva actuarial, valor presente de los ingresos esperados comparado con el valor presente de la estimación de gastos tanto de los beneficiarios actuales como futuros. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
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76 | f) | Provisiones: objetivo de su creación, monto y plazo. Lineamientos para pasivos laborales, se encuentran juicios en proceso con un monto no definido. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
77 | g) | Reservas: objetivo de su creación, monto y plazo. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
78 | h) | Cambios en políticas contables y corrección de errores junto con la revelación de los efectos que se tendrá en la información financiera del ente público, ya sea retrospectivos o prospectivos. El Organismo Público Descentralizado El Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense continua aplicando la normatividad dispuesta por el CONAC de registros contables y presupuestales. | ||||||||||||||||||||||||
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80 | i) | Reclasificaciones: ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
81 | j) | Depuración y cancelación de saldos. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
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84 | 6. | Posición en Moneda Extranjera y Protección por Riesgo Cambiario | ||||||||||||||||||||||||
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86 | Se informará sobre: | |||||||||||||||||||||||||
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88 | a) | Activos en moneda extranjera. Para el caso de activos fijos valuados en moneda extranjera, es importante revaluarlos al fin de mes. | ||||||||||||||||||||||||
89 | b) | Pasivos en moneda extranjera. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
90 | c) | Posición en moneda extranjera. ESTA NOTA NO APLICA PARA EL ENTE PÚBLICO | ||||||||||||||||||||||||
91 | d) | Tipo de cambio. El Publicado oficialmente por Banco de México al fin de cada mes. | ||||||||||||||||||||||||
92 | e) | Equivalente en moneda nacional. Lo anterior por cada tipo de moneda extranjera que se encuentre en los rubros de activo y pasivo. | ||||||||||||||||||||||||
93 | Lo anterior, por cada tipo de moneda extranjera que se encuentre en los rubros de activo y pasivo. | |||||||||||||||||||||||||
94 | Adicionalmente, se informará sobre los métodos de protección de riesgo por variaciones en el tipo de cambio. | |||||||||||||||||||||||||
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96 | 7. | Reporte Analítico del Activo | ||||||||||||||||||||||||
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98 | Debe mostrar la siguiente información: | |||||||||||||||||||||||||
99 | a) | Respecto a los bienes muebles se registran originalmente al costo de adquisicón y la depreciación se determina por el método de línea recta en función a la vida útil estimada de los bienes. Las tasas anuales de depreciación que se utilizan en el HMNG son: Mobiliario y equipo de oficina 10%, Mobiliario y equipo de cocina 10%, Equipo de computo y de tecnologías de la información 33.3%, Equipos de Adminsitración 33.3%, Equipos y aparatos audiovisules 33.3%, Cámaras fotográficas y de video 33.3%, Otro mobiliario y equipo educacional y recreativo 20%, Equipo médico y de laboratorio 20%, Instrumental médico y de laboratorio 20%, Vehiculos y equipos de transporte 20%, Aparatos e instrumentos para uso agropecuario 10%, Maquinaria y equipo industrial 10%, Sistemas de aire acondicionado 10%, Maquinaria y equipo eléctrico y electronico 10%, Herramientas y máquinas herramientas 10%, Software 15%. | ||||||||||||||||||||||||
100 | b) | Cambios en el porcentaje de depreciación o valor residual de los activos. De conformidad con la norma de CONAC | ||||||||||||||||||||||||