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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Condiciones generales de trabajo y sindicatos_Normatividad laboralLTAIPBCSA75FXVIASe publicará la normatividad que regula las relaciones laborales con el personal que trabaja en el sujeto obligado, incluidos los contratos colectivos de trabajo del personal de base y los contratos del personal de confianza; la normatividad laboral aplicable, las condiciones generales de trabajo, convenio u otro documento que regule la relación laboral.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaTipo de personal (catálogo)Tipo de normatividad laboral aplicable (catálogo)Denominación de las condiciones generales de trabajo, contrato, convenio o documentoFecha de aprobación oficialFecha de última modificaciónHipervínculo al documento de condiciones Generales de TrabajoÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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20241/1/202431/3/2024OtroContratoContrato Colectivo de Trabajo UABCS-SUTAUABCS 2019-202018/1/201918/1/2019
https://drive.google.com/file/d/1ZwTzRrDSftBYRvwBjDyww7HsGga1Tdms/view?usp=sharing
Unidad de Transparencia31/3/2024
La segunda parte de la fracción, correspondiente a "los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos", no aplica en el caso de la UABCS, toda vez que no hay recursos públicos en el sentido que se esboza en tal fracción. Lo que perciben los sindicatos, lo hacen como asociación profesional, como pago directo a los trabajadores, no al sindicato. Contractualmente, no hay nada que ligue al ejercicio público por parte del sindicato.
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20241/1/202431/3/2024OtroContratoContrato Colectivo de Trabajo UABCS-SPAUABCS 2021-20229/12/20209/12/2020
https://drive.google.com/file/d/126kxNrKX5OUfaAofP5uo5x7O73iTNcx_/view
Unidad de Tranparencia31/3/2024
La segunda parte de la fracción, correspondiente a "los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos", no aplica en el caso de la UABCS, toda vez que no hay recursos públicos en el sentido que se esboza en tal fracción. Lo que perciben los sindicatos, lo hacen como asociación profesional, como pago directo a los trabajadores, no al sindicato. Contractualmente, no hay nada que ligue al ejercicio público por parte del sindicato.
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