ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAF
1
Los ataques a registrar van del 01 de enero de 2023 en adelante
2
Folio (por año/mes/día)Fecha del ataqueTipo de ataqueNombre y apellido del autor del ataqueSector de pertenencia del autor del ataque[En su caso] Cargo e institución del autor del ataqueNombre y apellido de la(s) víctima(s) del ataque, sea persona física Cargo e institución de la o las víctimas del ataqueSector de pertenencia de la víctima del ataqueDescripción del ataqueMotivo del ataqueLink a carpeta con pruebas documentales del ataque¿Es la primera vez que esta persona/institución es objeto de un ataque (según el caso)?Antecedentes Tipo de reacciones al ataque por parte de autoridades públicas, instituciones nacionales o internacionales y/o personalidades (comentarios o posicionamientos en agravio, en defensa o ambas)Descripción de las reacciones al ataqueCarpeta de reacciones documentadasConsecuencias del ataqueAcciones que tomó el colectivoLink a carpeta con acciones del colectivo¿Hubo respuesta de las autoridades competentes a las acciones que tomó el colectivo?Descripción de la respuesta de las autoridades competentesEstándar de independencia judicial que se violó con este ataqueCódigos adicionalesN/A: No aplica (Por la naturaleza de la información el rubro no se puede responder)
S/I: Sin información (no se tienen datos al respecto)
Ninguna: A partir de la información disponible se puede dar respuesta negativa
3
Número de folio con hipervínculo a la carpeta del casoDD/MM/AAAAElegir una opciónDescribirElegir una opciónDescribirDescribir
Si es un mismo ataque tanto a persona física como a al institución se reportaría dos veces si el ataque es distinto, y una vez si es el mismo ataque
DescribirElegir una opciónDescribirDescribirLink al documento guardadoElegir una opciónLink a la carpeta del antecedente (Si hubiera varios antecedentes se reportarían todos los links)Elegir una opciónDescribir todas las reacciones dependiendo su clasificaciónLink a la carpeta con la evidencia de las reaccionesDescribirDescribir las acciones que tomó el colectivo, conforme al siguiente modelo:
a) comunicado o posicionamiento público;
b) se incluye en estadistica e informe;
c) se comunica a autoridades por su gravedad;
d) otra (en ese caso, precisar);
e) ninguna.
Link a la carpeta con las acciones que tomó el colectivoElegir una opciónDescribir e incluir link en su casoEscoger uno de los estándares (garantías) incluidos en la hoja 3
4
2023/01/0202/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, SCJNPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SCJNEn la mañanera, el presidente menciona que el Poder Judicial se encuentra eclipsado y secuestrado, por lo que es necesario liberarlo.Presunta corrupción del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/folders/1AhessoIPd3-E0JazLTkgV-9yodc8KW3UNingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
5
2023/01/02 B02/01/2023Declaración pública oralCLAUDIA SHEINBAUMEjecutivo estatalJEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICON/ASCJNSCJNSheinbaum declaró que la SCJN no puede servir a intereses particulares.Presunta corrupción del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1RUXy8XhUsD3lDypV7Tm3CT6dLIN3Itn4N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
6
2023/01/0404/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNEn la mañanera, el presidente menciona que la Corte nunca ha decidido en favor del pueblo.Presunta corupción de la Corte en la privatización del petróleo.https://drive.google.com/drive/folders/1Jg5uOmtsqOnDsZfNp11XJIijdNMIm99bNingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
7
2023/01/1212/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJN, CJFSCJN, CJFEn la mañanera, el presidente menciona que sigue habiendo liberaciones injustificadas de jueces.Presunta corrupción de la Corte y el Consejo de la Judicatura Federal.https://drive.google.com/drive/folders/1hnDbpp-Xrmv0i6xhnhdUFqElB13FN3j8NingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
8
2023/01/2020/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ PODER JUDICIAL, SCJN, CJFSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEn la mañanera, el presidente menciona que el Poder Judicial es del antiguo régimen, con muchos vicios y corrupción. Establece que ha tomado la decisión de denunciar a jueces que dejan en libertad a presuntos delincuentes.Presunta corrupción del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/folders/1WBwJkskIVOs9JvHG1jGM-PiBL1nhwn32NingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
9
2023/01/2323/01/2023Declaración pública oralSALOMON JARA CRUZEjecutivo estatalGOBERNADOR DE OAXACAN/AJUECES DEL PODER JUDICIAL DE OAXACAPENDIENTEDurante su conferencia semanal establece que la impunidad no tiene cabida en su administración. Esto debido al cambio de medida cautelar a Juan Antonio Vera Carrizal, acusado de intento de feminicidio.Impunidad en el Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1Wkdz-VQkr5f-qchhthkWA6Roh2wqXmkUN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
10
2023/01/2424/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEn la mañanera, el presidente menciona que antes se ocultaba qué hacían los jueces y se daba libertad, y no pasaba nada.Presunta corrupción del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/folders/1Hi8vGCjjNA7_Th8jeqqJ785VCTt7n7VSNingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
11
2023/01/2424/01/2023Declaración pública oralLUCIA MELGARSociedad civilN/AYASMIN ESQUIVEL MOSSASCJNSCJNMelgar sostiene que la permanencia de la ministra Esquivel en la Suprema Corte de Justicia de la Nación es la punta del iceberg de un Poder Judicial carente de ética.Presunta impunidad en el Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1pEXDsB1cCDspvYErujftX7LWU3Q0oW4gN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
12
2023/01/2525/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNEn la mañanera, el presidente menciona que el neoliberalismo creaba instituciones y les pagaba. También expresa que en un país con tanta pobreza como México no debe ganar tanto un ministro.Presunta complicidad y corrupción de la Función Pública, el fiscal y los legisladores.https://drive.google.com/drive/folders/1CCAa2ZSWHZLE53iCAY0x_sXqLCu14HNjNingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente" Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte deberÌa garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones.
13
2023/01/25 B25/01/2023Declaración pública oralMARIA ELENA RIOSSociedad civilN/AEDUARDO PINACHO SUAREZ, TEODOLO PACHECO PACHECOPRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE OAXACA, CONSEJO DE LA JUDICATURA DE OAXACA, JUEZ.PENDIENTESostuvo que no hay pruebas de que su agresor cumpla con la prisión domiciliaria que se le concedió.Impunidad en el Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1gwjed1XoXbYZp1XGuO0XpSvACMBQe62MN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A
Garantía contra presiones externas. “[l]os jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores
o por cualquier motivo”.
14
2023/01/2626/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEn la mañanera, el presidente menciona que la presidenta de la Suprema Corte debe empezar por crear un sistema anticorrupción contra el Poder Judicial.Presunta corrupción del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/folders/1CDP05YIS5vo0RMwMKaPx-J1OgYSqXL6rNingunaN/AN/AN/AS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
15
2023/01/3030/01/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNASEGURA QUE LA MINISTROS Y MINISTRAS VIOLAN LA CONSTITUCION POR SU SALARIOPOSIBLE DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL PLAN B ELECTORALhttps://drive.google.com/drive/folders/1dREFA9fKXKPnVpHctfyLgBjib1vO7FVK?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones.
16
2023/02/0303/02/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNASEGURA QUE ES CURRPUTADEFIENDEN-LIBERAN DELINCUENTES, ES NECESARIA UNA REFORMA AL PODER JUDICIALhttps://drive.google.com/drive/folders/1rBKuIM7TT9tbDy6J93dm0T5rxMKUnkZ0?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción”
17
2023/02/0505/02/2023Declaración pública escritaJESUS RAMIREZ CUEVASEjecutivo FederalCOORDINADOR GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJNSCJNEn un tuit, el vocero de la presidencia reprochó que la Presidenta de la Corte no respetara el protocolo al no levantarse cuando llegó el presidente de la República al evento de conmemoración del 106 aniversario de la Constitución Presunta falta de respeto a la investidura presidencialhttps://drive.google.com/drive/folders/1GYMhSLmGmDB8JF8xB8d-3mwuqsmkAFp3?usp=share_linkN/AEn defensaEl Presidente dijo que el que no se hubiera parado la ministra significa que no es empleada del Presidente y muestra su independenciahttps://drive.google.com/drive/folders/16KZW7qF3nF9fm2oHkl2YjtngrhSwbyL5?usp=share_linkNingunaNingunaN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
18
2023/02/08 A08/02/2023Declaración pública oralFELIX SALGADO MACEDONIOLegislativo federalPERSONA SENADORA MORENAN/ASCJNSCJNEl Senador expresó que el entonces presidente Zedillo quitó a 17 ministros y sugirió que habría que ir pensanda en una reforma, no para desaparecer a la SCJN pero cambiar su nombre a corte de injusticia. Expresó que el comportamiento de los presente son fue digno y desconocen protocolos, no son enemigos, sino adversarios políticosPresunta falta de respeto a la investidura presidencialhttps://drive.google.com/file/d/14RAGgZLAUJL3JQluCHzQ7PzAHwkOuZQ_/view?usp=share_linkNoN/ANingunaN/AN/AN/ANingunaN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
19
2023/02/08 B08/02/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNEl Presidente expresa que aunque la separación de poderes le parece importante, no confía en la Suprema Corte de la Nación y acentúa que si no fuera por él la presidenta de la SCJ Norma Piña no estaría en el cargo, haciendo referencia a que en el pasado era el presidente e lque decidía ese cargo.Presunta incompetencia de la presidenta del SCNJ Norma Piña de desempeñar su cargo https://docs.google.com/spreadsheets/d/1_gQWJe8jL1H0Qy7cL0hbr97Pw5zKtgRa/edit?usp=sharing&ouid=111224664394132702012&rtpof=true&sd=trueNoS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.

“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura

"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."

Garantía de estabilidad e inamovibilidad en el cargo - ONU – Comité de Derechos Humanos

Comité de Derechos Humanos ha recomendado a los Estados que para los ascensos, al igual que para nombrar, remunerar, suspender, destituir y disciplinar, deben adoptar medidas concretas que establezcan “procedimientos claros y criterios objetivos”.
20
2023/02/0909/02/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Poder Judicial , con honrosas excepciones, forma parte de un régimen de corrupción, injusticias y privilegios que prevalece.Presunta corrupción del Poder Judicialhttps://drive.google.com/drive/folders/131-2V6UHIy0eQHTkSqn8h2B520DiQATG?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente"
21
2023/02/1616/02/2023Declaración pública oralRICARDO GALLARDO CARDONAEjecutivo estatalGOBERNADOR SAN LUIS POTOSIN/APODER JUDICIAL DE SAN LUIS POTOSIPENDIENTEEl gobernador aseguró que la liberación de los narcomenudistas limita el combate a la inseguridad del estado.Presunta incapacidad del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1VWahug1d4ByfdEiH_k1Bm_d2JZdqJl4fNingunaN/AN/A
S/IS/IN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
22
2023/02/2121/02/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente señala que el problema del Poder Judicial es que, desde hace mucho tiempo, se sometió a grupos económicos, grupos de intereses creados, nacionales y extranjerosPresunto tráfico de de influencias que corrompe al Poder Judicial https://drive.google.com/drive/folders/1bk8xInEmbxH0291u34TymMZ2hh3X0cu3?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
23
2023/02/2424/02/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, SCJN, CJFSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEl presidente pide una reforma del Poder Judicial ante la falta de explicación que brindan tanto al consejo de la judicatura como a la SCJN por como un juzgador ordena que se descongelen las cuentas de la esposa de García Luna.Supuesto de trafico de influencias/corrupción en el consejo de la judicatura y la SCJN en el Caso García Lunahttps://drive.google.com/drive/folders/1Xq4mAb6YVg33FulPcGlzkJ_E0j03T-Sg?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
24
2023/03/0101/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente acusó al Poder Judicial de venir del antiguo régimen y está infectado, plagado de corrupción. El Poder Judicial protege a delincuentes comunes, los llamados delincuentes de la delincuencia organizada y de cuello blanco, es por ello que se requiere una reforma a su interior.
El Consejo de la Judicatura es "un florero, está de adorno, porque no hay ningún señalamiento a un juez, a un magistrado"
Apartir de la llegada de la ministra Piña a la cabeza del Poder Judicial Federal, se ha desatado una ola de resoluciones a favor de presuntos delincuentes
Presunta corrupción del poder judicial por estar influenciado por el régimen anterior e incompetencia de Consejo de la judicatura. Además, la supuesta impunidad que tienen los delicuentes provocada por el nombramiento de Norma Piña como presidenta del SCJNhttps://drive.google.com/drive/folders/1d4WYaRHius6uHFKT_MoreNq7VYrqQ_wa?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
25
2023/03/01 A01/03/2023Declaración pública oralURSULA SALAZAR, JOSE EDUARDO GOVEA OROZCO, MARCO GALLEGOS, MAGALY DEANDAR, JOSE BRAÑA, JUAN VITAL, JOSE ALBERTO GRANADOS AVILA y ELIPHANETH GOMEZ LOZANOLegislativo estatalPERSONAS DIPUTADAS ESTATALES MORENAFAUSTINO GUTIERREZ PEREZJUEZ DE DISTRITO DE TAMAULIPASPENDIENTEPiden al Consejo de la Judicatura Federal investigar a fondo al juez del Octavo Distrito con sede en Reynosa, Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, quien ha otorgado amparos a favor del ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.Presunta corrupción del Consejo de la Judicatura Federal.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/10y2GM94GutZPnI7ldXh7rsRqh9Zyu8sjS/IS/IS/IS/IS/IN/AS/IGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción”
26
2023/03/0202/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, CJFPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEl presidente llamó a reformar al Poder Judicial mediante una reforma constitucional o o que se tenga mayoría de ministros, mujeres y hombres, íntegros, no empleados del poder económico o del poder político, sino verdaderos impartidores de justicia, incorruptibles.
El Consejo de la Judicatura es una institución del Poder Judicial para vigilar el recto proceder de jueces, de magistrados, de ministros, nada más que esa institución no hace nada, está ahí de florero, de adorno.
El Poder Judicial es un poder del viejo régimen, es un poder que no cambió, es un poder del régimen neoliberal, corrupto, que requiere una renovación tajante, decisiva.
Presunta incompetencia del Poder Judicial y el Consejo de la Judicatura para impartir justicia, además de sus integrantes por supuesta influencia de intereses politicos/economicos. https://drive.google.com/drive/folders/1_ek5kM_QynhTtq6_H0cN5GuxEVcy-mHS?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!

"Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.

“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura

""La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
27
2023/03/0303/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente acusa al Poder Judicial está plagado de corrupción y al servicio de grupos de intereses creados.Presunta corrupción del Poder Judicial https://drive.google.com/drive/folders/1sfJc2OheJyGIqX74Z1QyTzumZlobAX4c?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!"Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura "
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."""
28
2023/03/0606/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEstá mal el Poder Judicial y tiene que irse renovando de abajo hacia arriba, porque son jueces, magistrados, ministros. Que los nuevos cargos sean ocupados por gente íntegra, con principios, honestos, incorruptibles, verdaderos jueces y que no dejen de tener como referente al pueblo, que no estén pensando nada más en el dinero ni en los potentados.
Se va a intentar una nueva reforma constitucional para disminuir el salario de las personas ministras.
Se están utilizando de manera indebida los fideicomisos del Poder Judicial.
El Poder Judicial es actualmente es un bastión del conservadurismo corrupto y hace falta la reforma a fondo, moralizar al Poder Judicial.
Presunta corrupción e inmoralidad en el Poder Judicial , que llega a los mismo integrantes, lo cual hace que el presupuesto sea un gasto innecesario https://drive.google.com/drive/folders/11jeNjTfla57i_SZJFQRQYFWBCM11G5eP?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano
"Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
"
Garantía contra presiones externas - Estatuto Universal del Juez
la remuneración sea suficiente para asegurar su independencia económica. Principios de Bangalore sobre la conducta judicial 1.2. Un juez deberá ser independiente en relación con la sociedad en general y en relación con las partes particulares de una controversia que deba resolver como juez. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura "
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte deberÌa garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un Ûrgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneraciÛn corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones.
29
2023/03/0707/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNLas autoridades desde el El poder judicial y la fiscalía no tienen interés en acelerar el proceso burocrático de los casos que consecuentemente retrasa la aplicación de la ley y demuestra un desinterés por hacer justicia.Presunto desinterés por parte de la fiscalía y el poder judicial de impartir justicia https://drive.google.com/drive/folders/1M1ZEoffrJVj8vvu17c6uSSAHTgbwUgbj?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
30
2023/03/0808/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNLos integrantes del poder judicial no están educados para representar los intereses de la sociedad si no de las clases sociales mas altas; culpa de una educación neoliberal que necesita reforma.Presunta educación inadecuada de indole neoliberal que han obtenido los integrantes del poder judicialhttps://drive.google.com/drive/folders/15VgC0Aw44L_9jybkSYR9yz0E7C4B_lhb?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/! Principios de Bangalore sobre la conducta judicial 1.2. Un juez deberá ser independiente en relación con la sociedad en general y en relación con las partes particulares de una controversia que deba resolver como juez. Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
31
2023/03/1010/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN El Poder Judicial esta corrompido por el interés de mantener la elite en el poder lo cual les permite recibir sueldos extravagantes.Presunta corrupción entre los poderes económicos y los integrantes del poder judicial https://drive.google.com/drive/folders/1Ek63q_EQlmcyVt6kTGOpBQ2-jEcdp1dL?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano
"Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva." Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones.
32
2023/03/1313/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Poder Judicial solo atiende a una elite economica, dejando de lado a los campesinos que no tienen el alcance economico para demostrar su inocencia.Presunta corrupción entre los poderes económicos y los integrantes del poder judicial https://drive.google.com/drive/folders/1VP0lEfST106eQn6X23DtWOZy4G3qeG3c?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.

“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”

Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura

"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Principios de Bangalore sobre la conducta judicial 1.2. Un juez deberá ser independiente en relación con la sociedad en general y en relación con las partes particulares de una controversia que deba resolver como juez.
33
2023/03/1616/03/2023Declaración pública oralALEJANDRO ARMENTALegislativo federalPERSONA SENADORA MORENAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Presidenta de la mesa directiva del Senado expresó que algunos integrantes del Poder Judicial parecen más abogados de delincuentes, que promotores de la justicia en México.Presunta incapacidad del Poder Judicial.https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1gb5y2QinK1bhE0mX5_bDHyUCqZBHNUmuS/IS/IS/IS/IS/IN/AN/AGarantía contra presiones externas. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
34
2023/03/1717/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Poder Judicial y sus integrantes no respetan la constitución en cuanto al cobro de sus sueldos, y aunque sea legal, no es moral.Presunto incumplimiento/irrespeto a la constitución por parte de los integrantes del Poder Judicialhttps://drive.google.com/drive/folders/1lLKqC-lGiAw7A7ISn8Nb1nLIyfxr47lm?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
35
2023/03/2020/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Poder Judicial es un ente antagonista al presidente que quiere acabar con su mandato. También es un ente que representa una ideología conservadora e hipócrita por no denunciar las acciones vandálicas que hubo en contra de la figura del presidente.Presunto conflicto de intereses entre poder judicial y el presidentehttps://drive.google.com/drive/folders/1A7Mlo7e3JFQ0g-eZ_Sn112Pr1rQHjA_5?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
36
2023/03/2323/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl Poder Judicial necesita una reforma. Es una institución corrupta, que desde el proceso de la educación de la abogacía es inefectivo debido a un modelo neoliberal. Los abogados con experiencia pueden ya estar corrompidos y ser criminales, por lo que los requisitos para ocupar un cargo deberían de cambiarse.presunto corrupción entre los poderes económicos y los integrantes del poder judicial por bases tradicionalmente neoliberales del antiguo régimenhttps://drive.google.com/drive/folders/179V4PVsCCwUDrtZPZ9Tu4Sz9m0KSL0OG?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/! Garantía contra presiones externas - Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán.
“[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
37
2023/03/2727/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNLa Suprema Corte actuó por decisión de intereses propios y no de la nación en cuanto a la suspensión de la aplicación del Plan B. La razón se encuentra en no querer bajar los sueldos de los altos funcionarios, como los de los ministros de La Suprema Corte.Presunta actuación en interés propio de la Suprema Corte sobre la legislación del Plan B https://drive.google.com/drive/folders/1sCKHp5DZauO_g_uHKk--KuGuk2rj-htQ?usp=drive_linkN/AS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura - Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura
"La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura
38
2023/03/2828/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIAL, CJFPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEl Consejo de la Judicatura es ineficaz en cuanto a vigilar la corrupción dentro del Poder Judicial. Se puede ver la prepotencia del Poder Judicial en la decisión de suspender el Plan B y de descongelar las cuentas de la esposa de Genaro García Luna.Presunta incompetencia del Consejo de la Judicatura para combatir la corrupciónhttps://drive.google.com/drive/folders/1aWIjKUJZgu_rVmxfCGvHSjjwoA-Awl44?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/! Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
39
2023/03/2929/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNLos funcionarios del Poder Judicial actuan de forma inconstitucional porque no aceptaron dismunuir sus salarios para ganar menos que el presidente.Presunto incumplimiento de la constitución por los integrantes del Poder Judicalhttps://drive.google.com/drive/folders/1IF5pKYwc5QEhH4dT1R0Ba8afvZAEA60u?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 27/03/23S/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte deberÌa garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
40
2023/03/3030/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNSe extralimitó al ministro Laynez al suspender el Plan B electoral y el Poder Judicial Federal necesita renovarse y la enseñanza jurídica debe cambiar para que los abogados sean honestoshttps://drive.google.com/drive/folders/1IF5pKYwc5QEhH4dT1R0Ba8afvZAEA60u?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Principio 1.1 Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
41
2023/03/3131/03/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNLos ministros y magistrados del Poder Judicial reciben privilegios de forma corrupta a través de una fuente de dinero no transparente.Presunto privilegio corrupto a funcionarios por la falta de transparencia del presupuesto del Poder Judicialhttps://drive.google.com/drive/folders/1fIFqVJ-Xf9Nc4YSyjxtod_f3vNkeu-qF?usp=drive_linkS/IS/IS/IS/IS/IS/IS/!Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte deberÌa garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un Ûrgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneraciÛn corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones.
42
2023/04/0303/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/APODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNASEGURA QUE JUECES NO HAN QUERIDO DICTAR ORDENES DE APREHENSION EN CONTRA DE PERSONAS IMPUTADAS POR EL CASO DE SEGALMEX PORQUE VIENEN DE PARTIDOS OPOSITORESDEFIENDEN - LIBERAN DELINCUENTEShttps://drive.google.com/drive/folders/11TEJfq_dZBBWaFV7F9mmaYl5WKd-Cari?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
43
2023/04/0505/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ASCJNSCJNASEGURA QUE SON CONSERVADORES QUE ESTAN A FAVOR DE LAS EMPRESAS PARTICULARES Y EXTRANJERASLAS PERSONAS MINISTRAS FRENAN ACCIONES DEL GOBIERNO DE LA 4Thttps://drive.google.com/drive/folders/1PN_DU_LMD1RjIk0y5nOXMpNEMY_R1wKK?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
44
2023/04/1111/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ATEPJFTEPJFASEGURA QUE EL TRIBUNAL HA HECHO COSAS INDEBIDASSON CORRUPTOS https://drive.google.com/drive/folders/1S4brhZ9e2UkRrh5psQCCGtwQCP2ZpWvg?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
45
2023/04/1212/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/ATEPJFTEPJFEl presidente afrima que los magistrados revocaron la candidatura de Clara, quien se postulaba para delegada de Iztapalapa, al verse influidos por terceros, los que mandaban. Tmbién afrima que una magistrada justificó el fraude electoral del 2006.
Presunta influencia de los intereses políticos de ciertos partidos en las decisiones judiciales.
https://drive.google.com/drive/folders/10M9AIQvr2Z7FY5Oydcv162qC3y13FtYc?usp=drive_linkNoDeclaracionesn públicas del presidente el 21/02/2023 y el 03/03/23 NingunaN/A
N/A
Falta de confianza, de ciertos sectores de la poblción, en las instituciones de impartición de justicia.N/AN/A
N/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
46
2023/04/1313/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que el Poder Judicial no está comprometido con la justicia y con el combate a la corrupción, en todos sus niveles. El presidente afirma que ha denunciado a responsables de evasión de impuestos pero no han avanzado las denuncias por la falta de compromiso con la justicia y el combate a la corrupción del Poder Judicial. https://drive.google.com/drive/folders/11_fG34CI_q8xZppqpfqyUPA6eN_ur-JY?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 09/02/23, 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23 y del 07/03/23S/IFalta de confianza, de ciertos sectores de la poblción, en las instituciones de impartición de justicia. Se impulsa una reforma al Poder Judicial. N/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
47
2023/04/1414/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNSegún el presidente el Poder Judicial protege a las empresas particulares de la industria eléctrica. Le consedieron amparos a las empresas de la industria eléctrica evitando que la CFE se encargue de la producción de energía eléctrica.https://drive.google.com/drive/folders/1tqre5X4ydY2GxOXT15Q2eDKFsbJxFeg2?usp=drive_linkN/AS/ISe busca fortalecer a la Comisión Federal de Electricidad a pesar de que la producción de energía pública emplea métodos que detereoran el medio ambiente. N/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
48
2023/04/1818/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNSegún el presidente el Poder Judicial requiere de una reforma porque actúa con las políticas del viejo régimen y actúa con corrupción y clasismo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene un fideicomiso de 20 mil millones de pesos y los ministros ganan más que el presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1MnPO046z2pcuftpcTdXpILoefkjiA8_s?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23 y 29/03/23. S/IFalta de confianza, de ciertos sectores de la poblción, en las instituciones de impartición de justicia. Se impulsa una reforma al Poder Judicial. N/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
49
2023/04/1919/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afirma que la resolución judicial de la Suprema Corte obedece a los intereses corruptos de los potentados que defienden los vínculos entre las autoridades y la delincuancia organizada. Afirma que defienden la estrategia de seguridad pública que se llevó a cabo en tiempos de Genaro García Luna. La Suprema Corte declaró inconstitucional que la Guardia Nacional esté bajo el control operativo y administrativo de la SEDENA. Lo anterior en virtud de ser una institución de seguridad pública de carácter civil. https://drive.google.com/drive/folders/1SoLF_YF0O9iuIPlVognUfpu8x8fNfQnb?usp=drive_linkS/IN/ASe incentiva el voto ciudadano en favor del partido oficialista para las elecciones del poder legislativo con la finalidad de lograr una reforma constitucional que deje sin vigencia la resolución de la Corte. N/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
50
2023/04/2020/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afirma que la resolución judicial responde a los intereses del conservadurismo y la politiquería porque no les interesa la seguridad de la gente. Según el presidente los ministros quieren que se mantenga la misma política mafiosa de Genaro García Luna. La Suprema Corte declaró inconstitucional que la Guardia Nacional esté bajo el control operativo y administrativo de la SEDENA. Lo anterior en virtud de ser una institución de seguridad pública de carácter civil. https://drive.google.com/drive/folders/1-tm_jTTRI47YlHidGCK4E2ohp4IdwXRA?usp=drive_linkNoDeclaración pública el 19/04/23.S/IN/ASe incentiva el voto ciudadano en favor del partido oficialista para las elecciones del poder legislativo con la finalidad de lograr una reforma constitucional que deje sin vigencia la resolución de la Corte. N/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
51
2023/04/2121/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afirma que la resolución judicial responde a los intereses del conservadurismo y la politiquería porque no les interesa la seguridad de la gente. Según el presidente los ministros quieren que se mantenga la misma política mafiosa de Genaro García Luna. La Suprema Corte declaró inconstitucional que la Guardia Nacional esté bajo el control operativo y administrativo de la SEDENA. Lo anterior en virtud de ser una institución de seguridad pública de carácter civil. https://drive.google.com/drive/folders/1OKrp4q20jP3eTvmeqS-Z0Yo5ijPKYPAz?usp=drive_linkNoDeclaración pública el 19/04/23 y del 20/04/23.S/IN/ASe incentiva el voto ciudadano en favor del partido oficialista para las elecciones del poder legislativo con la finalidad de lograr una reforma constitucional que deje sin vigencia la resolución de la Corte. N/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
52
2023/04/21 B21/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJNSCJNEl presidente sostiene que la ministra intentó corromper y abrir el apetito de la secretaria. El presidente afirma que la ministra le cuestionó a la secretaria de Seguridad Pública y Protección Ciudadana sobre el motivo por el cual se estaba quejando si ahora la Guardia Nacional estaba bajo su control operativo y administrativo. https://drive.google.com/drive/folders/1OKrp4q20jP3eTvmeqS-Z0Yo5ijPKYPAz?usp=drive_linkN/AS/IN/ASe pretende dañar la imagen de la ministra ante la población con la finalidad de hacerla pasar por alguien que es corrupta y busca corromper. N/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, Principio 6. "El principio de la independencia de la judicatura autoriza y obliga a la judicatura a garantizar que el procedimiento judicial se desarrolle conforme a derecho, así como el respeto de los derechos de las partes." Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
53
2023/04/21 C21/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente asegura que el Poder Judicial es corrupto. La contrucción de la Torre Centro en Veracruz continuó a pesar de las acciones judiciales interpuestas por el Poder Ejecutivo de Veracruz. Dos jueces le concedieron el amparo a la constructora, dictaron la suspensión definitiva. https://drive.google.com/drive/folders/1OKrp4q20jP3eTvmeqS-Z0Yo5ijPKYPAz?usp=drive_linkN/AS/IN/ADaña la soberanía y la legitimidad de las resoluciones del Poder Judicial.N/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, Estatuto del Juez Iberoamericano. art.1, Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa.
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
54
2023/04/21 D21/04/2023Declaración pública oralCUITLAHUAC GARCIA JIMENEZ Ejecutivo estatalGOBERNADOR DE VERACRUZMARIO DE LA MEDINA SOTO, JOSE ARQUIMIDES GREGORIO LORANCA LUNA JUECES Y CONSEJO DE LA JUDICATURAPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEl gobernador afirma que los jueces actuaron de manera indebida. Sostiene que el juez Mario de la Medina tuvo actuación a pesar de guardar un vínculo familiar con una de las partes en litigio. Menciona que se le informó al Consejo de la Judicatura pero no hubo consecuencias. Se interpondrá una denuncia contra el juez José Arquímedes Gregorio Loranca Luna.El juez Mario de la Medina otorgó la suspensión por orden del Tribunal Colegiado. El juez José Arquímedes otorgó varios amparos a los dueños de la constructora en varias acciones promovidas por el gobernador. https://drive.google.com/drive/folders/1OKrp4q20jP3eTvmeqS-Z0Yo5ijPKYPAz?usp=drive_linkN/As/IN/AS/IN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, Estatuto del Juez Iberoamericano. art.1, Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa.
Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. “[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
55
2023/04/2626/04/2023Declaración pública oralADAN AUGUSTO LOPEZ HERNANDEZEjecutivo FederalSECRETARIO DE GOBERNACIONN/ASCJNSCJNLAMENTA LA RESOLUCION DE LOS MINISTROS QUE INVALIDO QUE LA GUARDIA NACIONAL ESTUVIERA BAJO EL CONTROL OPERATIVO Y ADINISTRATIVO DE LA SEDENALAS PERSONAS MINISTRAS FRENAN ACCIONES DEL GOBIERNO DE LA 4Thttps://drive.google.com/drive/folders/1qoUwzqwPzRkgZhX0D_HEO1hg0HSPkONL?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas. Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, Estatuto del Juez Iberoamericano. art.1, Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa.

Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
56
2023/04/2828/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afirma que la resolución judicial responde a los intereses del conservadurismo y la politiquería porque no les interesa la seguridad de la gente. Según el presidente los ministros quieren que se mantenga la misma política mafiosa de Genaro García Luna. La Suprema Corte declaró inconstitucional que la Guardia Nacional esté bajo el control operativo y administrativo de la SEDENA. Lo anterior en virtud de ser una institución de seguridad pública de carácter civil. https://drive.google.com/drive/folders/1ooPkbXMw2DMvzr-KFGKHBXmDWpfjJ2Ss?usp=drive_link NoDeclaración pública el 19/04/23, 20/04/23 y del 21/04/23.S/IN/AS/IN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón.
57
2023/04/28 B28/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente sostiene que los ministros no cumplen el ordenamiento jurídico. Los ministros tienen un sueldo mayor que el presidente de la República. https://drive.google.com/drive/folders/1ooPkbXMw2DMvzr-KFGKHBXmDWpfjJ2Ss?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23 y 18/04/23.S/IN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
58
2023/04/28 C28/04/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que quienes integran el Podr Judicial tienen muchas influencias y no defienden al pueblo.Descongelaron las cuentas bancarias de la esposa de García Luna una vez que fue sentenciado en Estados Unidos. https://drive.google.com/drive/folders/1ooPkbXMw2DMvzr-KFGKHBXmDWpfjJ2Ss?usp=drive_linkN/AS/IN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas”
59
2023/05/0909/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl pesidente afirma que la SCJN responde a los intereses de los conservadores y de la élite privilegiada que quiere conservar su influencia en el país. La Corte resolvió que la ley aprobada por el poder legislativo y ratificada por el presidente no es válida porque no se respetó el debido proceso legislativo. https://drive.google.com/drive/folders/17DzWdneg4C4V6OxH9Hj-isKWlOn8RC--?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura.
60
2023/05/09 B09/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afrima que los ministros violan la constitución por el fideicomiso que tienen a su favor. La Corte resolvió que la ley de reforma electoral aprobada por el poder legislativo y ratificada por el presidente no es válida porque no se respetó el debido proceso legislativo. https://drive.google.com/drive/folders/17DzWdneg4C4V6OxH9Hj-isKWlOn8RC--?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23 y 28/04/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias.
61
2023/05/1010/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJNSCJNEl presidente afrima que el premio otorgado por la Asociación Internacional de Mujeres Juezas es equivalente a que se lo hubieran entregado en Santo Domingo o el Times.La ministra no apoyó el proyecto de reforma electoral. https://drive.google.com/drive/folders/1wBoNHd1lH6yP4M6Z1hOPtt7A4Sd4Jigb?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
62
2023/05/10 B10/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que el Poder Judicial responde a los intereses de los conservadores, son corruptos y antidemocráticos. La Corte resolvió que la ley de reforma electoral aprobada por el poder legislativo y ratificada por el presidente no es válida porque no se respetó el debido proceso legislativo. https://drive.google.com/drive/folders/1wBoNHd1lH6yP4M6Z1hOPtt7A4Sd4Jigb?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 09/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
63
2023/05/1111/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJN SCJNEl presidente afirma que los ministros de la SCJN decidieron invalidar la reforma electoral (Plan B) porque implicaba reducir los ingresos de quienes integran el Consejo General del INE, siendo que ganan más que el presidente como los ministros prefirieron conservar sus privilegios. La SCJN dejó sin vigor la reforma electoral por no seguir el debido proceso legislativo para su apobación. https://drive.google.com/drive/folders/1EKe27Po4apnBo6LXrZs14P413UQH7XKm?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23 y 09/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
64
2023/05/1212/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afirma que los ministros de la SCJN responden a los intereses del conservadurismo y que son contrarios a la justicia. Al no querer ver reducidos sus sueldos van a resolver los casos en favor de quienes los defiendan, como es el caso de Santiago Creel, afirma el presidente. Sueldo que perciben los ministros de la SCJN. https://drive.google.com/drive/folders/13cOO11GSd93RWY0wlVYzQksYvCBVAN24?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23 y 11/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
65
2023/05/1515/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



PODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que los ministros no pueden ganar más que el presidente y que el conflicto con el Poder Judicial viene de tiempo antes de su administración porque durante el sexenio anterior ya defendían los interses injustos de los tecnócratas corrputos. Los sueldos de los ministros y las resoluciones judiciales. https://drive.google.com/drive/folders/10nbGHAqjbPtEmr4_Nn_89EhpmPYUJ_0V?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23 y 12/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
66
2023/05/1616/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



PODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que los ministros de la SCJN y el Poder Judicial están al servicio de los potentados y no defienden al pueblo. Las resouciones del Poder Judicial no son afines a los intereses políticos del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1kb2TQz_lWg-rgCDcYqwjXPEiRxUC78jX?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura."
67
2023/05/1717/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



PODER JUDICIAL, SCJNSCJN, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que es necesaria una reforma al Poder Judicial, considera que es necesario que ministros, magistrados y jueces sean electos por votación popular. Los motivos a los que alude el presidente son: responden a los intereses de la oposición, defienden delincuentes, han estado históricamente sometidos al ejecutivo, no defienden al pueblo sino a los potentados y quieren conservar sus privilegios a toda costa (no ganar lo mismo que el presidente). Los ministros tienen un sueldo mayor que el presidente de la República; el Poder Judicial en el sexeio anterior no otorgó los amparos que buscaban evitar la reforma energética; y el Poder Judicial dejó de ser electo por el pueblo con la constitución de la revolución mexicana. https://drive.google.com/drive/folders/1mnYhCCfkj_sZxYcz6Bx0q4YiR_sclQRP?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23, 12/05/23 y 15/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
68
2023/05/1818/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que es necesaria una reforma al Poder Judicial, quiere que los jueces, magistrados y ministros sean elegidos por votación popular. Menciona que es inaceptable que un juez haya ordenado la liberación del "Güero" Palma. Menciona que cuando sea la sección "Cero Impunidad" se dará a conocer el nombre del juez o jueza que lo liberó. Asegura que el Poder Judicial está a favor de quienes tienen los recursos para comprar su inocencia, de los potentados y conservadores. Se ordenó la liberación de un presunto delincuente, "Güero" Palma. https://drive.google.com/drive/folders/1JyxMKMT8MUGPe6-CR2PfVjI3C1cMLZk8?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
69
2023/05/1919/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJNSCJNAsegura que la presidenta de la Corte contrató a una persona corrupta. Con fecha 1 de abril de 2023, la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández, contrató a quien fue directora general de Recursos Materiales, Servicios Generales e Infraestructura de la Policía Federal Preventiva en el periodo de García Luna. La ministra la contrató como directora de la Coordinación de Administración del Consejo de la Judicatura Federal’. https://drive.google.com/drive/folders/1n-6GHl6Z_SqPvHhNj5ESlyg1NyIyb4l6?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantías en la imposición de medidas disciplinarias. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK. El Estado Parte deberÍa garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
70
2023/05/19 B19/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICANORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJN, CJFSCJN, CJFAsegura que el Consejo de la Judicatura Federal no hace su trabajo, son currruptos. Asegura que tendrían que evitar que el Poder Judicial contrate a quien es acusada de tener vínculos con una empresa que se encarga de firmar contratos ilegales. Asegura que el Consejo de la Judicatura no hace su trabajo porque quien lo preside es la ministra Norma Piña. El secretario del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, Alberto Limón Lasón González, y la magistrada del mismo tribunal, Amanda Roberta García González, son señalados por un periodista de la revista "Contralínea" de pertenecer a la empresa Corporativo Rancho San José, acusada de defraudar a millones de personas. N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
71
2023/05/2222/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
SCJNSCJNEl presidente afrima que la Corte está controlada por los intereses de un grupo de personas que se sentían dueñas del país, quienes se dedicaron a robar y empobrecieron al pueblo. La Suprema Corte ha resuelto casos que son contrarios a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1yLCRXZfxVLkDjtJGSZlGVSAUaTk1sqA7?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
72
2023/05/2323/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
SCJNSCJNEl presidente afrima que la Corte reponde excusivamente a los intereses de la minoría y no imparte justicia, asegura que no responde a las necesiadaes del pueblo.La Corte otorgó un amparo en contra de la construcción del Tren Maya. https://drive.google.com/drive/folders/1O_nrvgKFmbLlnWZFyXgUiMEX5LHXcK1K?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
73
2023/05/2525/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
SCJNSCJNEl presidente afirma que la SCJN está podrida.La Suprema Corte ha resuelto casos que son contrarios a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/11ANJJ_VcSrN-beaw6mIZ5DL_ZpJq4Rn_?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
74
2023/05/2626/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICALUIS FELIPE RUIZ MARTINEZ LASSO, VICTOR HUGO VELAZQUEZ ROSAS, ROSA GONZALEZ VALDESMAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITOPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que los magistrados resolvieron en contra del derecho a la salud por interés económico.El Tribunal resolvió otorgar el amparo a la empresa Phillips Morris que dejó sin efectos el decreto presidencial en virtud del cual se prohibía la venta de vapeadores. https://drive.google.com/drive/folders/1dqgVh6nbGzYJB6OqHf-_EN7ZS6QfQ4NC?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente". Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
75
2023/05/2929/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente asegura que los ministros son indefendibles porque tienen mayor ingreso que el presidente. Los ministros ganan más que el presidente de la República. Se descongelaron las cuentas de familiares de García Luna al ser declarado culpable en Estados Unidos. https://drive.google.com/drive/folders/1I2GVpFHKa9D7UPh3mKr04gl7SHQ_TYUa?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23, 12/05/23, 15/05/23 y 17/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantía contra presiones externas - Estatuto del Juez Iberoamericano, Art. 1. Como garantía para los justiciables, los Jueces son independientes en el ejercicio de sus
funciones jurisdiccionales y se encuentran tan sólo sometidos a la Constitución y a la
ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa. Art. 2. Obligación de respeto a la independencia judicial
Los otros poderes del Estado y, en general, todas las autoridades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, así como los diferentes grupos y organizaciones sociales, económicos y políticos, deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, principios básicos relativos a la independencia de la judicatura. "La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura." Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
76
2023/05/3030/05/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANACECILIA CROCKMAN FLORES, NORMA LUCIA PIÑA HERNANDEZ SCJN, CJFSCJN, CJFEl subsecretario afrima que defienden delincuentes.
La magistrada Cecilia Crokman, encargada de la Secretaría Ejecutiva de Disciplina del CJN, junto con Norma Piña, presidenta del CJN, rechazaro la queja promovida en contra de la jueza de distrito Beatriz Eugenia Álvarez Rodríguez, en el estado de Aguascalientes. La juez Crokman decretó auto de libertad a Héctor Luis ‘el Güero’ Palma por prescripción de la acción penal por el delito de homicidio calificado. El juez José de Jesús Rodríguez Hernández ordenó la liberación de Guadalupe Israel ‘N’, alias ‘el Choncho’ en Guanajuato. https://drive.google.com/drive/folders/1cNng_S2WkD6YWAK-5NGZAohE0NfxAgUj?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
77
2023/05/30 B30/05/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAJOSE DE JESUS RODRIGUEZ HERNANDEZJUEZ DE DISTRITO DEL CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL EN GUANAJUATOPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario afrima que defienden delincuentes.
La magistrada Cecilia Crokman, encargada de la Secretaría Ejecutiva de Disciplina del CJN, junto con Norma Piña, presidenta del CJN, rechazaro la queja promovida en contra de la jueza de distrito Beatriz Eugenia Álvarez Rodríguez, en el estado de Aguascalientes. La juez Crokman decretó auto de libertad a Héctor Luis ‘el Güero’ Palma por prescripción de la acción penal por el delito de homicidio calificado. El juez José de Jesús Rodríguez Hernández ordenó la liberación de Guadalupe Israel ‘N’, alias ‘el Choncho’ en Guanajuato. https://drive.google.com/drive/folders/1cNng_S2WkD6YWAK-5NGZAohE0NfxAgUj?usp=drive_link N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
78
2023/05/30 C30/05/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAMARIA GABRIELA ROLON MONTAÑOJUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HIDALGO CON SEDE EN IGUALA, GUERREROPENDIENTEEl subsecretario afrima que defienden delincuentes.
La magistrada Cecilia Crokman, encargada de la Secretaría Ejecutiva de Disciplina del CJN, junto con Norma Piña, presidenta del CJN, rechazaro la queja promovida en contra de la jueza de distrito Beatriz Eugenia Álvarez Rodríguez, en el estado de Aguascalientes. La juez Crokman decretó auto de libertad a Héctor Luis ‘el Güero’ Palma por prescripción de la acción penal por el delito de homicidio calificado. El juez José de Jesús Rodríguez Hernández ordenó la liberación de Guadalupe Israel ‘N’, alias ‘el Choncho’ en Guanajuato. https://drive.google.com/drive/folders/1cNng_S2WkD6YWAK-5NGZAohE0NfxAgUj?usp=drive_link N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
79
2023/05/3131/05/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que el Poder Judicial quedó práacticamente igual que en tiempos de Calderón y de Peña Nieto y que por eso está al servicio de la oligarquía. El Poder Judicial resuleve los casos en contra de los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1CXO-dmbK2vzur6t8BO_y7K-NyTkNyFSv?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
80
2023/06/0101/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que quienes tienen la obligación de impartir justicia en México sirven a los intereses de la minoría y no hacen justicia. Exigieron que quines se manifestaban frente a la SCJN se retiraran. https://drive.google.com/drive/folders/1-9BLM8Piliba1dsk3JXNHKJ9r5fD2uXq?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
81
2023/06/1212/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que el Poder Judicial es corrupto, no responden ante las necesidades del pueblo y defienden a delincuentes. Juez dictó la orden de liberación de un presunto delincuente, ordenó al reclusorio que lo liberaran en un plazo no mayor a una hora. https://drive.google.com/drive/folders/1eSe0bQPoRvKPio1OX8IFaDl9QqxeqWzq?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
82
2023/06/1313/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afrima que el sueldo que cobran los ministros no tendría por que ser así, el amparo que se interpuso fue un inevento leguleyo. Los ministros de la SCJN cobran de sueldo más que el presidente de la República. https://drive.google.com/drive/folders/1Ecum4J3FukXTeZV26d-DK1UOOltWvhkJ?usp=drive_linkNoDeclaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23, 12/05/23, 15/05/23, 17/05/23 y 29/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Garantía de asegurar la independencia de la judicatura, art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
83
2023/06/1414/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIAL, CJFPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CJFEl presidente afirma que el Consejo de la Judicatura no ha servido para nada porque no hay ningún juez, magistrado y ministro que hayan sido sometidos a juicio. Las decisiones judiciales que han ido en contra de los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1ktKto6URjww-yUCl4ndS_LNobClfUb2A?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
84
2023/06/2020/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAANGELICA SANCHEZ HERNANDEZPODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que el Poder Judicial es corrupto, señala que hay casos en los cuales se liberan a delincuentes. Manifiesta su apoyo al gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, en el caso de la jueza Angélica Sánchez. La jueza fue detenida sin orden de aprehensión después de haber acatado un amparo otorgado por un tribunal de alzada a Itiel Palacios "El Compa Playa". Después fue torturada y se crearon pruebas en su contra para ser investigada por la Fiscalía de Veracruz. https://drive.google.com/drive/folders/1OcJmfEygh8i61Qphf5EUy5xHtgkWAsc9?usp=drive_linkN/ANingunaN/AN/ANAN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
85
2023/06/2121/06/2023Declaración pública oralANA ELIZABETH GARCIA VILCHISEjecutivo FederalCOORDINADORA GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICAJOSE ARQUIMIDES LORANCA, ANGELICA SANCHEZ, ALVARO NIÑO CRUZ, SAMUEL VENTURAJUECES Y MAGISTRADOS DEL DECIMO SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIUDAD DE MEXICO PENDIENTESe señala en un video a integrantes del Poder Judicial por beneficiar a delincuentes en perjucio de los intereses de la población. El señalamiento es tanto para integrantes del Poder Judicial como para ciertos medios de comunicación que, según el Ejecutivo Federal, defienden los intereses de quienes son delincuentes. Aseguran que Angélica Sánchez no debería ser defendida por los medios de comunicación en tanto que está siendo investigada por tráfico de influencias y delitos contra la fe pública. Estas carpetas de investigación se abrieron despuñes de haber sido liberada de la Fiscalía una vez que fue torturada y acusada de disparar contra polícias (pruebas creadas en su contra). La jueza fue detenida sin orden de aprehensión después de haber acatado un amparo otorgado por un tribunal de alzada a Itiel Palacios "El Compa Playa". Después fue torturada y se crearon pruebas en su contra para ser investigada por la Fiscalía de Veracruz. https://drive.google.com/drive/folders/1lj49OFvxt3SlGVzZcyP9UeZW80Lc-6fV?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 20/06/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
86
2023/06/2222/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que quienes integran el Poder Judicial están al servicio de intereses creados por élites económicas. Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1sUddBNcrhiN8hNdkWNkJA9SvpZrdmIV-?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23 y del 31/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
87
2023/06/2323/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que quienes integran el Poder Judicial están al servicio de intereses creados por élites económicas. El Poder Judicial resolvió que la reforma electoral es inválida. https://drive.google.com/drive/folders/1rqv3B4froTcCXPUqgvXskyWy_JGjK1Md?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 11/05/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
88
2023/06/2727/06/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAANGELICA SANCHEZ HERNANDEZJUECES Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACION 29PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario acusa a los funcionarios de proteger a delincuentes. Dichos integrantes del Poder Judicial resolvieron casos paticulares contrarios a los intereses del Ejecutivo. https://drive.google.com/drive/folders/1Lw2o8Hk-WUaiTRf7FY01z5AO-5S3bu_Q?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 20/06/23 y del 21/06/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
89
2023/06/27 B27/06/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAGABRIELA CAPETILLOJUECES Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACION 29PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario acusa a los funcionarios de proteger a delincuentes. Dichos integrantes del Poder Judicial resolvieron casos paticulares contrarios a los intereses del Ejecutivo. https://drive.google.com/drive/folders/1Lw2o8Hk-WUaiTRf7FY01z5AO-5S3bu_Q?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
90
2023/06/27 C27/06/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAVERONICA GUTIERREZ FUENTESJUECES Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACION 29PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario acusa a los funcionarios de proteger a delincuentes. Dichos integrantes del Poder Judicial resolvieron casos paticulares contrarios a los intereses del Ejecutivo. https://drive.google.com/drive/folders/1Lw2o8Hk-WUaiTRf7FY01z5AO-5S3bu_Q?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
91
2023/06/27 D27/06/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAJESUS ANIM OPEJUECES Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACION 29PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario acusa a los funcionarios de proteger a delincuentes. Dichos integrantes del Poder Judicial resolvieron casos paticulares contrarios a los intereses del Ejecutivo. https://drive.google.com/drive/folders/1Lw2o8Hk-WUaiTRf7FY01z5AO-5S3bu_Q?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
92
2023/06/27 E27/06/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAEDGAR ALONSO AMBRIZ TOVARJUECES Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACION 29PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario acusa a los funcionarios de proteger a delincuentes. Dichos integrantes del Poder Judicial resolvieron casos paticulares contrarios a los intereses del Ejecutivo. https://drive.google.com/drive/folders/1Lw2o8Hk-WUaiTRf7FY01z5AO-5S3bu_Q?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
93
2023/06/2929/06/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que quienes integran el Poder Judicial están al servicio de intereses creados por élites económicas. Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1CxM4r_uPKbRNqJmzSLlcLjnjj7zbJqtL?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23, 31/05/23 y del 22/06/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
94
2023/07/0303/07/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que los abogados que integran el Poder Judicial responden a los intereses de los conservadores, quienes están liderados por Claudio X. González Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1jptS0vM15K2ie8LN_RbSV-UuX3nmC0IA?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23, 31/05/23, 22/06/23 y 29/06/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
95
2023/07/0404/07/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAJAVIER LAYNEZ POSTISEK, LUIS MARIA AGUILAR MORALES, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALBERTO PEREZ DAYAN, ALFREDO GUTIERREZ ORTIZ MENA, ANA MARGARITA RIOS FARJAT, JUAN LUIS GONZALEZ ALCANTARA CARRANCA y NORMA PIÑA HERNANDEZ.

.



SCJNSCJNEl presidente afrima que es inconstitucional el sueldo que reciben los ministros de la SCJN. Asegura que respnden a los intereses de quienes cometen delitos y no hacen justicia. Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1hEPXn4B6WjHLEksi3nlv4yOO7kARwKI_?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23, 31/05/23, 22/06/23 y 29/06/23 (resoluciones en general). Declaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23, 12/05/23, 15/05/23, 17/05/23, 29/05/23 y 13/06/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva.
96
2023/07/0505/07/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afrima que el Poder Judicial responde a los intereses de las élites y no imparte justicia, asegura que no se puede confirar en él. Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1OjA9k8dWNNPTQdz8xIlTrBZMRbFShloo?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23, 31/05/23, 22/06/23, 29/06/23 y 04/07/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
97
2023/07/0606/07/2023Declaración pública oralANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOREjecutivo FederalPRESIDENTE DE LA REPUBLICAN/A
PODER JUDICIALPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl presidente afirma que el Poder Judicial no debe contar con un fideicomiso por 20 mil millones de pesos. Señala que el Consejo de la Judicatura no hace lo que le corresponde puesto que no hay ningún juez, magistrado o ministro sancionado por la comisión de delitos. Las resoluciones del Poder Judicial no son favorables a los intereses del presidente. https://drive.google.com/drive/folders/1_GsR7VX4EE_s0fucD0MCyPzwZJvGzAic?usp=drive_linkNoDeclaración pública del 16/05/23, 31/05/23, 22/06/23, 29/06/23, 04/07/23 y del 05/07/23 (resoluciones en general). Declaraciones públicas del presidente el 01/03/23, 02/03/23, 06/03/23, 10/03/23, 17/03/23, 27/03/23, 29/03/23, 18/04/23, 28/04/23, 09/05/23, 11/05/23, 12/05/23, 15/05/23, 17/05/23, 29/05/23, 13/06/23 y del 04/07/23.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Garantía de autonomía financiera, Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 6. Condiciones materiales de la independencia
El Estado garantizará la independencia económica del Poder Judicial, mediante la asignación del presupuesto adecuado para cubrir sus necesidades y a través del desembolso oportuno de las partidas presupuestarias. Garantías en la imposición de medidas disciplinarias - Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, CCPR/CO/84/TJK
El Estado Parte debería garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, estableciendo un órgano independiente que se encargue del nombramiento, los ascensos y las medidas disciplinarias de los jueces en todos los niveles, y vele por que su remuneración corresponda a sus responsabilidades y al carácter de sus funciones. Garantía de autonomía financiera. CIDH-Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. Un aspecto esencial para garantizar la independencia institucional es que el poder judicial, Fiscalías y Defensorías no dependan para su disposición y manejo de otros poderes o entidades y cuenten con recursos suficientes para posibilitar el desempeño adecuado de las funciones que se les han encomendado"Estatuto del Juez Iberoamericano. Artículo 32. Remuneración
Los jueces deben recibir una remuneración suficiente, irreductible y acorde con la
importancia de la función que desempeñan y con las exigencias y responsabilidades que
conlleva. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
98
2023/07/1111/07/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAALVARO NIÑO CRUZJUEZ DE CONTROL DE OAXACAPENDIENTEEl subsecretario asegura que dichos integrantes del poder judicial han defendido a delincuentes. Dos casos de detenciones de la Secretaría de Marina de embarcaciones, a 237 millas náuticas al sur de Huatulco y a una milla náutica al este de Dos Bocas, en Tabasco.https://drive.google.com/drive/folders/1DawUTVjRcS0_skYq0yZee3l6m4MUQfcz?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
99
2023/07/11 B11/07/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANATERESO RAMOS HERNANDEZTRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN DEL DECIMOTERCER CIRCUITOPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario asegura que dichos integrantes del poder judicial han defendido a delincuentes. Dos casos de detenciones de la Secretaría de Marina de embarcaciones, a 237 millas náuticas al sur de Huatulco y a una milla náutica al este de Dos Bocas, en Tabasco.https://drive.google.com/drive/folders/1DawUTVjRcS0_skYq0yZee3l6m4MUQfcz?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".
100
2023/07/11 C11/07/2023Declaración pública oralLUIS RODRIGUEZ BUCIOEjecutivo FederalSUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANAFABRICIO FABIO VILLEGAS ESTUDILLOTRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN DEL DECIMOTERCER CIRCUITOPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNEl subsecretario asegura que dichos integrantes del poder judicial han defendido a delincuentes. Dos casos de detenciones de la Secretaría de Marina de embarcaciones, a 237 millas náuticas al sur de Huatulco y a una milla náutica al este de Dos Bocas, en Tabasco.https://drive.google.com/drive/folders/1DawUTVjRcS0_skYq0yZee3l6m4MUQfcz?usp=drive_linkN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AGarantía contra presiones externas, Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, Principio 1.1. Un juez deberá ejercer su función judicial de forma independiente, partiendo de su valoración de los hechos y en virtud de una comprensión consciente de la ley, libre de cualquier influencia ajena, de instigaciones, presiones, amenazas o interferencias, sean directas o indirectas, provenientes de cualquier fuente o por cualquier razón. Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García- Sayán. "[l]as injerencias, presiones y amenazas constituyen riesgos considerables para la independencia de los jueces, y los hacen particularmente vulnerables a la corrupción” Garantía contra presiones externas.Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán. “[l]as normas internacionales disponen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole deben respetar y acatar la independencia de la judicatura, y adoptar todas las medidas apropiadas para que los jueces puedan resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad y sin influencias, presiones o intromisiones indebidas” Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, A/HRC/11/41 " el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha subrayado, por ejemplo, que toda situación en que las funciones y competencias del poder judicial y del poder ejecutivo no fueran claramente distinguibles o en la que este último pudiera controlar o dirigir al primero resulta incompatible con el concepto de un tribunal independiente".