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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Participación ciudadana_Mecanismos de participación ciudadanaLTAIPEG81FXXXVIIB_LTAIPEG81FXXXVIIB281217La información respecto a los mecanismos que permitan, convoquen o fomenten la participación de las personas a través de opiniones, propuestas, manifestaciones, análisis, colaboraciones, entre otras; que sean individuales o como parte de consejos o comités, y que estén relacionadas con la toma de decisiones de interés público y el quehacer de las instituciones.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del mecanismo de participación ciudadanaFundamento jurídico, en su casoObjetivo(s) del mecanismo de participación ciudadanaAlcances del mecanismo de participación ciudadana Hipervínculo a la convocatoriaTemas sujetos a revisión y consideraciónRequisitos de participaciónCómo recibirá el sujeto obligado las propuestasMedio de recepción de propuestasFecha de inicio recepción de las propuestasFecha de término recepción de las propuestasÁrea(s) y persona(s) servidora(s) pública(s) con las que se podrá establecer contacto
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Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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202501-10-202531-12-2025NDNDNDNDNDNDND01COMISION ESTATAL DE ORGANIZACIONES19-01-2026No existen mecanismos de participación ciudadana especificados en las facultades, competencias y funciones otorgadas a los partidos políticos por los ordenamientos jurídico aplicables pues no tienen facultad ni competencia para tomar parte en las decisiones públicas, ni en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno, toda vez que utilizando la definición de “participación ciudadana” descrita en la Ley de Participación Ciudadana del edo guerrero: “la participación ciudadana es el derecho de los ciudadanos y habitantes (…) a intervenir y participar, individual o colectivamente, en las decisiones públicas, en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno”; situaciones que no están especificadas en las facultades, competencias y funciones del Partido del Trabajo, definidas en el artículo 41, fracción I, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se señala que “Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organismos de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, (…).” En ese sentido, en la presente Tabla de actualización y conservación de la información pública se presentan espacios en blanco, toda vez que esta información no se generará en ningún momento.
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