ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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Nombre del Sujeto Obligado:Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Veracruz
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Normativa:Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
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Formato:Más información relacionada_Preguntas frecuentes
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ID Ejercicio Fecha de Inicio Del Periodo Que Se Informa Fecha de Término Del Periodo Que Se Informa Temática de Las Preguntas Frecuentes (redactada con Perspectiva de Género) Planteamiento de Las Preguntas Frecuentes Respuesta a Cada Una de Las Preguntas Frecuentes Planteadas Hipervínculo Al Informe Estadístico (en su Caso) Número Total de Preguntas Realizadas por Las Personas Al Sujeto Obligado Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información Fecha de Validación Fecha de Actualización Nota
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44092457202301/10/202331/12/2023Actividades de la institución
“a) Nombre , lugar de residencia y profesión de los integrantes actuales del comité de participación ciudadana b) Monto mensual de la contraprestación recibida por cada uno de los integrantes del comité de participación ciudadana c) ¿Recibe el comité de participación ciudadana algún apoyo económico para viáticos, materiales de trabajo, o de personal, instalaciones o en especie por parte de la secretaría ejecutiva del sistema? d) En caso afirmativo ¿En que consiste el apoyo y a cuánto asciende? E) ¿Quién levanta y resguarda las actas relativas a las sesiones efectuadas por el comité de participación ciudadana? F) ¿Cuenta el Comité de participación ciudadana con un espacio , instalación física asignado para llevar a cabo sus funciones? G) Nombre, lugar de residencia y profesión de los integrantes del comité de participación ciudadana en los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 H) ¿Ha habido integrantes del comité de participación ciudadana que renunciaron al cargo? i) En caso afirmativo nombre año de renuncia y años tenía en el cargo j) Copia de las normas de carácter interno del Comité de participación ciudadana k) Copia del código de ética del comité de participación ciudadana L) Copia de los planes de trabajo 2018, 2019, 2020, 2021,2022 y 2023 del comité de participación Ciudadana m) Copia del los informes anuales de actividades y resultados del comité de participación ciudadana 2018, 2019, 2020, 2021,2022 y 2023 n) Presenta el comité de participación ciudadana informes de actividades o avances durante el transcurso del año o) En caso de respuesta afirmativa ¿Ante quien lo presenta? p)Copia de dichos informes 2018, 2019, 2020, 2021,2022 y 2023” (SIC).
Se entregó la respuesta al solicitante en los plazos que establece la leyhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing16Departamento de Asuntos Jurídicos, Departamento Administrativo17/01/202431/12/2023
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44092458202301/10/202331/12/2023Actividades de la institución"Hola, buen día! Solicito información sobre si están trabajando con la prioridad de la denuncia y si es así; sobre qué están trabajando. De ante mano, gracias." (SIC)Se entregó la respuesta al solicitante en los plazos que establece la leyhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Oficina de Plataforma Digital17/01/202431/12/2023
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44092459202301/10/202331/12/2023Información sobre servidores públicos"Me gustaría saber cuales son los insumos que se utilizan en esta dependencia del ejecutivo, cual es el salario porcentual general de los trabajadores, y con cuantos de ellos cuentan." (Sic)Se entregó parcialmente la respuesta al solicitante en los plazos que establece la leyhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento Administrativo17/01/202431/12/2023
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44092460202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la evidencia donde se establezca la Perspectiva de Género como principio transversal, así como en sus prioridades, en la Política Estatal Anticorrupción." (SIC)Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092461202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala: 1) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Las evaluaciones periódicas de los ordenamientos legales aplicables en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación en el ámbito de competencia de la Secretaría Ejecutiva, e identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información, así como los contratiempos que surjan. Entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092473202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"solicito al Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala (CPC): 1) Todas las aprobaciones de sus normas de carácter interno con transversalización de la Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Documentos donde examinen periódicamente la adecuación de sus normas y legislación para identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información respecto a la Perspectiva de Género en materia anticorrupción, así como los contratiempos que surjan, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4) Propuestas de recomendaciones no vinculantes con Perspectiva de Género que ha generado el Comité de Participación Ciudadana al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing4Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092474202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092525202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"La Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha señalado la posibilidad de que una persona resulte discriminada con motivo de la percepción que otras tengan acerca de su relación con un grupo o sector social, independientemente de que ello corresponda con la realidad o con la auto-identificación de la víctima. La discriminación por percepción tiene el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona objeto de dicha discriminación, independientemente de si dicha persona se auto-identifica o no con una determinada categoría. Al igual que otras formas de discriminación, la persona es reducida a la única característica que se le imputa, sin que importen otras condiciones personales. En consecuencia, de conformidad con lo anterior, se puede considerar que la prohibición de discriminar con base en la identidad de género, se entiende no únicamente con respecto a la identidad real o auto-percibida, también se debe entender en relación a la identidad percibida de forma externa, independientemente que esa percepción corresponda a la realidad o no. En ese sentido, se debe entender que toda expresión de género constituye una categoría protegida por la Convención Americana en su artículo 1.1. Por último, es relevante señalar que varios Estados de la región han reconocido en sus ordenamientos jurídicos internos, sea por disposición constitucional, sea por vía legal, por decretos o por decisiones de sus tribunales, que la orientación sexual y la identidad de género constituyen categorías protegidas contra los tratos diferentes discriminatorios. En este marco, solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz: 1) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Las evaluaciones periódicas de los ordenamientos legales aplicables en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación en el ámbito de competencia de la Comité Coordinador, e identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información, así como los contratiempos que surjan. Entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092526202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"De acuerdo con González y Nash (2011) “los actos de corrupción significan [...] una forma de discriminación [...] una forma de trato arbitrario; es decir, de discriminar o excluir a otras personas de dicha ventaja o beneficio, sin justificación objetiva”. Asimismo, Novoa (2016) afirma que la corrupción genera discriminación estructural (Metodología 5C, Mexiro A.C., 2021) En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 35; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga el Comité Coordinador por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Género, Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092475202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los siguientes documentos con lenguaje incluyente: 1. El programa de trabajo anual; 2. El informe anual de las actividades que realice en cumplimiento a su programa anual de trabajo; 3. Opiniones y propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre la política nacional y las políticas integrales; 4. Propuestas realizadas al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva para su consideración e 5. Instrumentos, lineamientos, mecanismos, evaluaciones, procedimientos que ha realizado el Comité de Participación Ciudadana. Solicito que esta información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092476202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que demuestren las opiniones y propuestas de metodologías, indicadores, políticas integrales, instrumentos, lineamientos e informes con Perspectiva de Género que ha realizado en Comité de Participación Ciudadana para ser discutidos en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidos a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092477202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala (CPC) los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por el CPC (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de suparticipación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. Propuestas de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Propuestas de mecanismos que el CPC realiza al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, participen en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción; desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4. Lista con nombre de las organizaciones de la sociedad civil y colectivos dirigido por mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, que colaboran de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 5. Opiniones y propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción y su relación con el impacto diferenciado de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 6. Recomendaciones no vinculantes que emite la Comisión Ejecutiva respecto a violaciones de derechos humanos de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans en relación con hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing6Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092527202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"A partir de la Metodología 5C de Mexiro A.C., destacamos que diseñar políticas públicas con lenguaje incluyente es importante pues, en palabras de Guichard, “en el lenguaje también se manifiestan las asimetrías, las desigualdades y las brechas entre los sexos. Esto es así porque el lenguaje forma un conjunto de construcciones abstractas en las cuales inciden juicios, valores y prejuicios que se aprenden y se enseñan, que conforman maneras de pensar y de percibir la realidad” (2015). Asimismo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) destaca que “eliminar el sexismo en el lenguaje persigue dos objetivos: visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género y valorar la diversidad que compone nuestra sociedad” (2015). En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8 y 9; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz: 1. Programa anual de trabajo; 2. la aprobación, diseño y promoción de la política nacional en la materia, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación; 3. indicadores; 4. mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan; 5. el informe anual y 6. otros documentos que cuente el Comité Coordinador con lenguaje incluyente en su totalidad. Solicito que esta información se proporcione de forma desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing6Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092528202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8, 9 y 14; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que demuestren la aprobación, diseño y promoción de la política nacional en la materia, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación; indicadores, informes, mecanismos y acciones cuenta con Perspectiva de Género en la totalidad de sus ejes y prioridades, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092478202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala información que evidencie las acciones que ha realizado para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092479202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido, solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten la realización de un árbol de problemas en el que analice cómo la corrupción afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a la población LGBTTIQA+. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092480202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que demuestren las opiniones y propuestas de políticas integrales que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidas a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092481202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que demuestren que su trabajo cuenta con acciones afirmativas en dos sentidos: 1. En las opiniones y propuestas para integrar acciones afirmativas en la Política Estatal Anticorrupción (en cualquiera de sus etapas: diseño, implementación, monitoreo y/o evaluación). 2. Integrar acciones afirmativas en su normativa interna, organización y funcionamiento. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092529202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8, 9, 13 y 14; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por el Comité Coordinador (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de su participación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. La elaboración de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. La celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, participen en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción; desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4. Aprobación de la metodología de los indicadores para la evaluación de la Política Estatal Anticorrupción y su relación con el impacto diferenciado de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política nacional, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 5. Recomendaciones públicas no vinculantes que ha emitido el Comité Coordinador respecto a violaciones de derechos humanos de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans en relación con hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Unidad de Género, Departamento de Riesgos y Política Pública, Departamento de Asuntos Jurídicos, Departamento de Vinculación Interinstitucional17/01/202431/12/2023
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44092530202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
" La transversalización de la Perspectiva de Género debe contemplar las necesidades, vivencias y realidades mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans con relación a hechos de corrupción, así como los impactos diferenciados que les afectan de manera particular. Aunado a lo anterior, como lo subrayamos en la Metodología 5C (Mexiro A.C., 2021) es importante “garantizarles un lugar seguro, entonces sí crear mecanismos de participación siempre y cuando sea seguro para ellas. Creo que eso es un gran reto y que el contexto no ayuda” (Erreguerena, 2020). En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8 y 9; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la información que evidencie las acciones que ha realizado para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de metodologías, indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos, desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contemplan continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092531202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Para entender la relación de los impactos diferenciados de las mujeres y la corrupción, es importante mencionar a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) define la discriminación contra la mujer como “toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. En el ámbito interamericano, la Convención Belém do Pará señala que la violencia contra la mujer es “una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres” y reconoce que el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libre de toda forma de discriminación. También la Convención de Belém do Pará, señala que la violencia contra la mujer no sólo constituye una violación de los derechos humanos, sino que es “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”, que “trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”. Por otro lado, Sehún Novoa (2016) expone que la corrupción tiene impactos diferenciados en grupos en situación de vulnerabilidad en relación con las violaciones a derechos humanos. En este sentido, es importante conocer si los anteproyectos de políticas públicas anticorrupción contemplan la forma en que afecta a grupos en situación de vulnerabilidad como mujeres, personas no binarias, trans y LGBTTIQA+. Una de las necesidades de transversalizar la [Perspectiva de Género] en las Políticas Anticorrupción, como lo señala Arturo Chipuli (Mexiro A.C., 2023) "es la ciudadanía sexual, un concepto que vincula las libertades en materia sexual y de la identidad de las personas. Un Estado con mayor reconocimiento de las libertades sexuales tiende a generar menos violaciones a Derechos Humanos y a la construcción de una ciudadanía sexual más amplia, y esto se vincula con cuestiones como la extorsión sexual, las violaciones a Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual, sobre todo por las corporaciones de seguridad. Uno de los puntos medulares en México y en todos sistemas con un grado de militarización o de corporaciones de seguridad menos vinculadas con los Derechos Humanos, tiende a criminalizar con mayor rigor a las diversidades sexuales. El país o Estado que garantice de mejor manera las libertades de los Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual va a ir reduciendo, en algún grado, el que se les criminalice y se les exponga a procesos de corrupción, principalmente de extorsión. Pero también puede ser en otros servicios públicos, entre menos reconocimiento de estos derechos, menos acceso a servicios públicos. La población de la diversidad sexual, entre menos es reconocida como titular de derechos, entre menos son reconocidos desde el ámbito de la ciudadanía sexual, desde la democracia, son objeto de una inaccesibilidad a los derechos, a los servicios. Pero principalmente a una criminalización por parte de las instancias de seguridad, que, para evitar sanciones de corte penal, van a generar otros actos de corrupción." En ese sentido, solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que ha determinado, instrumentalizado, aprobado, establecido donde se evidencie que ha realizado un análisis sobre la manera específica en que la corrupción impacta de manera desproporcionada a las mujeres y a la población LGBTTIQA+, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092534202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 9, Fracción V; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la evidencia de que cuenta con acuerdos de medidas a tomar o las modificaciones que corresponden a las políticas integrales con los resultados donde se observa si se reduce o no la corrupción que afectan las corporalidades y territorios de las mujeres, hombres y personas de la diversidad sexual, indígenas, marginadas y racializadas, como afrodescendientes y migrantes. Solicito que la información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para ello, se debe considerar: 1. Enfoque culturalmente sensible: Las instituciones anticorrupción deben reconocer y respetar las tradiciones, cosmovisiones, valores y formas de vida de las poblaciones étnicas, eso incluye sus formas de relacionamiento con los ambientes naturales que habitan. Por ello, es fundamental que las instituciones tengan un enfoque culturalmente sensible que evite la imposición de soluciones que puedan socavar su identidad y derechos culturales. Por ello es necesario que existan secretarías o rutas institucionales específicas para atender los casos de violaciones de derechos humanos en las comunidades étnicas, que preferiblemente cuenten con la presencia activa de la comunidad. 2. Participación y consulta: Las instituciones deben asegurarse de que las poblaciones étnicas sean consultadas y tengan la oportunidad de participar en los procesos de toma de decisiones que afectan sus vidas, comunidades y territorios. Las instituciones anticorrupción deben velar por la protección de estos territorios y recursos frente a la corrupción y explotación. 3. Acceso a la justicia y recursos legales: Las poblaciones étnicas deben tener acceso igualitario y equitativo al sistema de justicia. Las instituciones anticorrupción deben garantizar que tengan la capacidad y los recursos para buscar reparación en caso de violaciones de sus derechos. Particularmente en el caso de los líderes y defensores/as de derechos humanos de las poblaciones étnicas, los cuales a menudo enfrentan amenazas y represalias. Las instituciones anticorrupción deben tomar medidas para proteger su seguridad y garantizar su capacidad para abogar por sus comunidades y para ello es necesario un despliegue institucional especial para tal fin. Las instituciones anticorrupción deben estar atentas a los posibles abusos de poder y corrupción que puedan afectar a las poblaciones étnicas. Deben facilitar mecanismos para que estas poblaciones puedan denunciar casos de corrupción y violaciones de derechos. 4. Educación y sensibilización: Las instituciones deben llevar a cabo campañas de educación y sensibilización para promover la comprensión y el respeto por las culturas y derechos de las poblaciones étnicas. Esto puede ayudar a prevenir prejuicios y discriminación. 5. Inclusión en políticas y programas anticorrupción: Las políticas y programas anticorrupción deben considerar las necesidades y los impactos específicos en las poblaciones étnicas. Esto implica considerar cómo la corrupción puede afectar desproporcionadamente a estas comunidades y diseñar estrategias para abordar estos problemas. 6. Transparencia y rendición de cuentas: Las instituciones anticorrupción deben ser transparentes en sus acciones y decisiones relacionadas con las poblaciones étnicas. Deben rendir cuentas sobre cómo están abordando las preocupaciones y desafíos específicos de estas comunidades."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092536202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Una de las principales referentes de esta corriente feminista es Angela Davis, quien tiene una postura antipunitiva y anticarcelaria. Davis (2003) destaca que las principales víctimas de los sistemas judiciales y penitenciarios son las personas no blancas de diferentes razas, las clases sociales más bajas y las mujeres. Además, expone que la raza y la clase son los principales determinantes de la magnitud del castigo. Para reducir la corrupción, por medio de políticas integrales, también se debe vincular una garantía de derechos civiles y políticos, principalmente del acceso a la justicia. Si se habla de una corrupción tan amplia, existe esta tendencia a que, entre mayor corrupción, se eleva esta tasa de impunidad y la impunidad vinculada al acceso a la justicia. Pero principalmente lo que debemos de reducir es la impunidad en las fiscalías, tribunales, corporaciones de procuración de justicia. En este sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción artículo 8 y artículo 9, fracciones I, III, VI, VII, VIII, IX, XI, XV y XVII; solicitamos al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspectiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para las Naciones Unidas, la justicia de transición comprende "toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación". (S/2004/616). Su objetivo es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones. La justicia transicional tiene sus raíces en el derecho internacional de los derechos humanos. Los Estados tienen la obligación de proporcionar a las víctimas de violaciones de los derechos humanos un recurso efectivo, satisfaciendo sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. Para que esta obligación se cumpla, y para que la justicia transicional pueda contribuir efectivamente a la paz y la reconciliación sostenibles, enfoques globales son necesarios. Estos enfoques pretenden avanzar en todas las dimensiones de la justicia transicional de forma complementaria. Los procesos de justicia transicional incluyen la búsqueda de la verdad, iniciativas de enjuiciamiento, diversos tipos de reparación y una amplia gama de medidas para evitar que se repitan nuevas violaciones, como la reforma constitucional, legal e institucional, el fortalecimiento de la sociedad civil, los esfuerzos de conmemoración, las iniciativas culturales, la preservación de los archivos y la reforma de la enseñanza de la historia, según sea necesario y apropiado en el contexto específico."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092482202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala evidencia que demuestre que ha realizado opiniones y propuestas de proyectos, metodologías, instrumentos, lineamientos, mecanismos, bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas, con la finalidad de reducir la corrupción que afectan las corporalidades y territorios de las mujeres, hombres y personas de la diversidad sexual indígenas, marginadas y racializadas, como afrodescendientes y migrantes. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092483202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala evidencia de demuestre que el sujeto obligado ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales contra la corrupción donde se incluye la reparación integral de las víctimas y la inclusión de la perspectiva de género en ella, desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092484202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicitamos al Comité de Participación Ciudadana la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspectiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022..." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092485202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 35; solicito al Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que comprueben la aprobación, diseño y promoción de la Política Estatal Anticorrupción, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación que contemple la Perspectiva de Género como un principio transversal con la finalidad de promover, proteger y garantizar los Derechos Humanos, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(Sic)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092532202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha precisado que el libre desarrollo de la personalidad comprende, entre otras expresiones, la libertad de escoger la apariencia personal, así como la libre opción sexual, en tanto que estos aspectos son parte de la forma en que una persona desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo a ella corresponde decidir autónomamente. Relacionado al libre desarrollo de la personalidad está el derecho a la identidad personal y, particularmente, el derecho a la identidad de género, el cual supone la manera en que la persona se asume a sí misma. En efecto, la identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la percibe, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar —o no— la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales. Así, la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas, incluyendo la protección contra la violencia, tortura, malos tratos, derecho a la salud, a la educación, empleo, vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión y de asociación. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8 y 9; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz las Políticas integrales aprobadas que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092533202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8, fracciones III, IV y V; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la evidencia de documentos que acrediten las acciones afirmativas con las que cuenta la Política Estatal Anticorrupción, la cual aprobó, desagregada por año del periodo 2018 al 2022. La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5, fracción I, define las acciones afirmativas como: “el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres”. Las acciones afirmativas son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos. Se les conoce también como “acciones positivas” o “medidas positivas”. Este tipo de acciones son recomendadas para grupos sociales en desventaja, en el caso de las mujeres son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita su acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para su desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres y personas de la diversidad sexual no constituye discriminación para los hombres-cis ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092462202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"De acuerdo con González y Nash (2011) “los actos de corrupción significan […] una forma de discriminación […] una forma de trato arbitrario; es decir, de discriminar o excluir a otras personas de dicha ventaja o beneficio, sin justificación objetiva”. Asimismo, Novoa (2016) afirma que la corrupción genera discriminación estructural (Metodología 5C, Mexiro A.C., 2021) En ese sentido y con fundamento en el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Secretaría Ejecutiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Secretaría Ejecutiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga la Secretaría Ejecutiva por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092463202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"A partir de la Metodología 5C de Mexiro A.C., destacamos que diseñar políticas públicas con lenguaje incluyente es importante pues, en palabras de Guichard, “en el lenguaje también se manifiestan las asimetrías, las desigualdades y las brechas entre los sexos. Esto es así porque el lenguaje forma un conjunto de construcciones abstractas en las cuales inciden juicios, valores y prejuicios que se aprenden y se enseñan, que conforman maneras de pensar y de percibir la realidad” (2015). Asimismo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) destaca que “eliminar el sexismo en el lenguaje persigue dos objetivos: visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género y valorar la diversidad que compone nuestra sociedad” (2015). En este sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc IV; Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc IX y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 32, Fracciones I-VI; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos que contengan el elemento de lenguaje incluyente como una característica de la Perspectiva de Género que ha realizado la Secretaría Técnica para ser discutido en la Comisión Ejecutiva, desagregados de 2018 a 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092486202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala: 1) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, desagregados por año delperiodo 2018 al 2022. 2) Las evaluaciones periódicas de los ordenamientos legales aplicables en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación en el ámbito de competencia de la Comité Coordinador, e identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información, así como los contratiempos que surjan. Entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (Sic)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092487202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga el Comité Coordinador por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092488202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala: 1. Programa anual de trabajo; 2. la aprobación, diseño y promoción de la política nacional en la materia, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación; 3. indicadores; 4. mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan; 5. el informe anual y 6. otros documentos que cuente el Comité Coordinador con lenguaje incluyente en su totalidad. Solicito que esta información se proporcione de forma desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing6Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092489202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 8, 9 y 14; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que demuestren la aprobación, diseño y promoción de la política nacional en la materia, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación; indicadores, informes, mecanismos y acciones cuenta con Perspectiva de Género en la totalidad de sus ejes y prioridades, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. " (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092535202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"El artículo 35 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC) establece el deber de los Estados Parte de implementar medidas que permitan a las personas “perjudicadas como consecuencia de un acto de corrupción”, iniciar acciones legales para la reparación de esos daños y perjuicios. Las políticas contra la corrupción deben ser valoradas como un medio para incidir en el desarrollo orientado al bien común, de lo cual resulta que el costo de la corrupción no es solo económico (Hernández, 2023). Muy en especial, la corrupción tiene un efecto adverso en las condiciones de vida de las personas, y este tiene un impacto diferencia por clase, género, grupos étnicos y geográfica. En la sentencia de 9 de marzo de 2018, frente al caso Ramírez Escobar y otros vs. Guatemala (Fondo, Reparaciones y Costas. Serie C No. 351), la Corte Interamericana de los Derechos Humanos destacó “las consecuencias negativas de la corrupción y los obstáculos que representa para el goce y disfrute efectivo de los derechos humanos, así como el hecho de que la corrupción de autoridades estatales o prestadores privados de servicios públicos afecta de una manera particular a grupos vulnerables”. De esta afirmación se desprende que las consecuencias negativas de la corrupción en los derechos humanos, puede además traducirse en daños que deben ser reparados. Este enfoque aplica, de manera especial, a la violación de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) derivados de casos de corrupción sistemática que deterioran la calidad de vida de las personas. La principal consecuencia de este enfoque es que las víctimas de violaciones de derechos humanos derivados de actos de corrupción son titulares del derecho a la reparación integral que, como es sabido, es uno de los pilares del Sistema Interamericano. Con lo cual, el derecho a la reparación, en el ámbito de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), deriva especialmente de los artículos 1.1 y 63 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), y en general, del derecho a la reparación integral (restitutio in integrum), que como reconoce la Corte Interamericana, es un principio general del Derecho Internacional y piedra angular de la protección internacional de los derechos humanos. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción artículo 8 y artículo 9, fracciones III, VII y XIV; solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales contra la corrupción donde se incluye la reparación integral de las víctimas y la inclusión de la perspectiva de género en ella. Solicito que la información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092464202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
“Para estudiar las políticas anticorrupción con un enfoque de igualdad sustantiva, es necesario evaluar la forma en que se materializó en el diseño la Perspectiva de Género, la cual consiste en ‘la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género’” (LGIMH, 2018, como se citó en Metodología 5C, Mexiro, 2021). En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc IV, VIII; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los anteproyectos de metodologías, indicadores, políticas integrales e informes del Sistema Estatal Anticorrupción con Perspectiva de Género en su totalidad para ser discutidos en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidos a la consideración del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092465202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc. IX y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, Fracc. I, III, IV; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de su participación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. Propuestas de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022.3. Propuestas de mecanismos que la Secretaría Ejecutiva realiza al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, participen en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción; desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4. Anteproyectos que realiza la Secretaría Técnica a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción y su relación con el impacto diferenciado de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la Política Estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 5. Recomendaciones no vinculantes que emite la Comisión Ejecutiva respecto a violaciones de derechos humanos de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans en relación con hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092467202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Para entender la relación de los impactos diferenciados de las mujeres y la corrupción, es importante mencionar a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), define la discriminación contra la mujer como “toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. En el ámbito interamericano, la Convención Belém do Pará señala que la violencia contra la mujer es “una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres” y reconoce que el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libre de toda forma de discriminación. También la Convención de Belém do Pará, señala que la violencia contra la mujer no sólo constituye una violación de los derechos humanos, sino que es “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”, que “trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”. Por otro lado, Sehún Novoa (2016) expone que la corrupción tiene impactos diferenciados en grupos en situación de vulnerabilidad en relación con las violaciones a derechos humanos. En este sentido, es importante conocer si los anteproyectos de políticas públicas anticorrupción contemplan la forma en que afecta a grupos en situación de vulnerabilidad como mujeres, personas no binarias, trans y LGBTTIQA+. Una de las necesidades de transversalizar la [Perspectiva de Género] en las Políticas Anticorrupción, como lo señala Arturo Chipuli (Mexiro A.C., 2023) es la ciudadanía sexual, un concepto que vincula las libertades en materia sexual y de la identidad de las personas. Un Estado con mayor reconocimiento de las libertades sexuales tiende a generar menos violaciones a Derechos Humanos y a la construcción de una ciudadanía sexual más amplia, y esto se vincula con cuestiones como la extorsión sexual, las violaciones a Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual, sobre todo por las corporaciones de seguridad. Uno de los puntos medulares en México y en todos sistemas con un grado de militarización o de corporaciones de seguridad menos vinculadas con los Derechos Humanos, tiende a criminalizar con mayor rigor a las diversidades sexuales. El país o Estado que garantice de mejor manera las libertades de los Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual va a ir reduciendo, en algún grado, el que se les criminalice y se les exponga a procesos de corrupción, principalmente de extorsión. Pero también puede ser en otros servicios públicos, entre menos reconocimiento de estos derechos, menos acceso a servicios públicos. La población de la diversidad sexual, entre menos es reconocida como titular de derechos, entre menos son reconocidos desde el ámbito de la ciudadanía sexual, desde la democracia, son objeto de una inaccesibilidad a los derechos, a los servicios. Pero principalmente a una criminalización por parte de las instancias de seguridad, que, para evitar sanciones de corte penal,van a generar otros actos de corrupción. En ese sentido, solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Tlaxcala los anteproyectos de políticas públicas que ha realizado, por medio de un árbol de problemas, sobre la manera específica en que la corrupción afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a la poblaciónLGBTTIQA+.Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092492202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que ha determinado, instrumentalizado, aprobado, establecido donde se evidencie que ha realizado un análisis sobre la manera específica en que la corrupción impacta de manera desproporcionada a las mujeres y a la población LGBTTIQA+, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092493202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala las Políticas integrales aprobadas que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022. " (Sic).Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092490202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por el Comité Coordinador (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de orrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de su participación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. La elaboración de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. La celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, participen en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción; desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4. Aprobación de la metodología de los indicadores para la evaluación de la Política Estatal Anticorrupción y su relación con el impacto diferenciado de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política nacional, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal, desagregados por año del..." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092491202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la información que evidencie las acciones que ha realizado para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de metodologías, indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos, desagregada por año del periodo 2018 al 2022..." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092537202301/10/202331/12/2023Información sobre servidores públicos
"...solicitar información referente a la situación laboral de la maestra Silva Cristina Zarate Merino quien actualmente desempeña funciones educativas en dos instituciones públicas del estado de Veracruz: el Instituto Tecnológico Superior de Huatusco y el CBTIS 142 de Chicola, Puerta Grande, Orizaba, Ver. (60 HORAS , anexo evidencia de dos constancias emitidas por las dos instituciones públicas educativas) La finalidad de esta solicitud es obtener una comprensión clara y precisa de la situación laboral de la maestra en cuestión, así como de cualquier medida adoptada por la Secretaría de Educación pública de Veracruz , Secretaría de Educación Pública, DGTI , SEA de Veracruz, CBTIS 142 y ITSH para asegurar el cumplimiento de las normativas laborales aplicables y prevenir posibles conflictos de interés. Por lo tanto, le ruego proporcionar la siguiente información: 1. Detalles de los contratos de trabajo vigentes de la maestra Silva Cristina Zarate Merino en el Instituto Tecnológico Superior de Huatusco y el CBTIS 142 de Chicola, incluyendo la duración, el horario y las responsabilidades laborales especificadas. 2. Información acerca de las políticas y regulaciones laborales que se aplican a los empleados de instituciones educativas en el estado de Veracruz, en particular en lo que concierne a la doble ocupación y la prevención de conflictos de interés. 3. Cualquier medida o acción tomada por la Secretaría de Educación pública de Veracruz , Secretaría de Educación Pública, DGTI , SEA de Veracruz, CBTIS 142 Y ITSH. En relación con la situación laboral de la maestra Silva Cristina Zarate Merino para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normativas laborales. 4. Información sobre las instancias o canales disponibles para que los empleados, colegas o miembros de la comunidad educativa presenten inquietudes o denuncien posibles irregularidades relacionadas con la situación laboral de la maestra Silva Cristina Zarate Merino Agradecemos su colaboración y disposición para proporcionar esta información, la cual contribuirá a esclarecer la situación y garantizar el cumplimiento de las normativas laborales en el ámbito educativo del estado de Veracruz."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing4Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092538202301/10/202331/12/2023Información generada o administrada por el sujeto obligado
"Respecto de los procedimientos de responsabilidad administrativa NO GRAVES conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o su homóloga aplicable, efectuados en el periodo de agosto de 2017 a octubre de 2023 por parte de su órgano interno de control o área de responsabilidades, se requiere lo siguiente: - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave iniciados. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave pendientes de resolución. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos sin sanción para el servidor público. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos con sanción para el servidor público. - La cantidad de recursos de revocación interpuestos. - La cantidad de recursos de revocación resueltos confirmando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación resueltos revocando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación pendientes de resolver. De antemano gracias y una disculpa por las molestias."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing9Órgano Interno de Control17/01/202431/12/2023
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44092539202301/10/202331/12/2023Actividades de la institución
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, artículo 35; solicito al Comité Coordinador de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que comprueben la aprobación, diseño y promoción de la Política Estatal Anticorrupción, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación que contemple la Perspectiva de Género como un principio transversal con la finalidad de promover, proteger y garantizar los Derechos Humanos, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública, Departamento de Asuntos Jurídicos, Departamento de Vinculación Interinstitucional17/01/202431/12/2023
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44092466202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"La transversalización de la Perspectiva de Género debe contemplar las necesidades, vivencias y realidades mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans con relación a hechos de corrupción, así como los impactos diferenciados que les afectan de manera particular. Aunado a lo anterior, como lo subrayamos en la Metodología 5C (Mexiro A.C., 2021) es importante “garantizarles un lugar seguro para crear mecanismos de participación.” (Erreguerena, 2020). Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35 y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la información que evidencie las acciones que ha realizado la Secretaría Técnica para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva, para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de los anteproyectos de metodologías,indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022," (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092468202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha precisado que el libre desarrollo de la personalidad comprende, entre otras expresiones, la libertad de escoger la apariencia personal, así como la libre opción sexual, en tanto que estos aspectos son parte de la forma en que una persona desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo a ella corresponde decidir autónomamente. Relacionado al libre desarrollo de la personalidad está el derecho a la identidad personal y, particularmente, el derecho a la identidad de género, el cual supone la manera en que la persona se asume a sí misma. En efecto, la identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la percibe, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar —o no— la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales. Así, la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas, incluyendo la protección contra la violencia, tortura, malos tratos, derecho a la salud, a la educación, empleo, vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión y de asociación. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc. IX y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, Fracc. I, III, IV; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala los anteproyectos de políticas integrales que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidas a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092495202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...Solicito que la información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para ello, se debe considerar: 1. Enfoque culturalmente sensible: Las instituciones anticorrupción deben reconocer y respetar las tradiciones, cosmovisiones, valores y formas de vida de las poblaciones étnicas, eso incluye sus formas de relacionamiento con los ambientes naturales que habitan. Por ello, es fundamental que las instituciones tengan un enfoque culturalmente sensible que evite la imposición de soluciones que puedan socavar su identidad y derechos culturales. Por ello es necesario que existan secretarías o rutas institucionales específicas para atender los casos de violaciones de derechos humanos en las comunidades étnicas, que preferiblemente cuenten con la presencia activa de la comunidad. 2. Participación y consulta: Las instituciones deben asegurarse de que las poblaciones étnicas sean consultadas y tengan la oportunidad de participar en los procesos de toma de decisiones que afectan sus vidas, comunidades y territorios. Las instituciones anticorrupción deben velar por la protección de estos territorios y recursos frente a la corrupción y explotación. 3. Acceso a la justicia y recursos legales: Las poblaciones étnicas deben tener acceso igualitario y equitativo al sistema de justicia. Las instituciones anticorrupción deben garantizar que tengan la capacidad y los recursos para buscar reparación en caso de violaciones de sus derechos. Particularmente en el caso de los líderes y defensores/as de derechos humanos de las poblaciones étnicas, los cuales a menudo enfrentan amenazas y represalias. Las instituciones anticorrupción deben tomar medidas para proteger su seguridad y garantizar su..." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing7Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092494202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la evidencia de documentos que acrediten las acciones afirmativas con las que cuenta la Política Estatal Anticorrupción, la cual aprobó, desagregada por año del periodo 2018 al 2022..." (Sic).Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092496202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales contra la corrupción donde se incluye la reparación integral de las víctimas y la inclusión de la perspectiva de género en ella. Solicito que la información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092497202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicitamos al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos nstitucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspectiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022..." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092540202301/10/202331/12/2023Información generada o administrada por el sujeto obligado"¿cuántas denuncias por corrupción de funcionarios públicos de Veracruz se han recibido entre 2020 y 2023?"(SIC)Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092541202301/10/202331/12/2023Actividades de la institución
"Se solicita al sujeto obligado, determine lo siguiente: considera la o el titular de la dependencia que en su próxima comparecencia (por todos los ciudadanos ampliamente conocida)¿se regulara bajo los principios de honradez y rendición de cuentas? de lo próximo a comparecer ante el poder legislativo y los ciudadanos, ¿ qué es lo que más rescata el o la titular de la dependencia de la inversión hecha en en ejercicio 2023, con la finalidad de creación de políticas públicas? ¿Que nuevos avances en el sector al que pertenece se hicieron en el ejercicio 2023 en comparación del 2022? ¿Cuanto fue la derrama económica alcanzada en las particiones de los ciudadanos veracruzarnos a los eventos que la dependencia organizo en el ejercicio 2023?. Con el presupuesto destinado para el 2023, ¿ cuánto se destino a programas, proyectos, apoyos al sector que pertenece? y ¿Cuánto a bienes muebles e inmuebles a disposición de la dependencia o del mismo titular? y finalmente ... puede mencionar ¿cuántos cambios a directivos se realizaron en el año 2023 y los motivos que dieron origen a tales cambios ?"(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing6Departamento Administrativo, Secretaría Técnica17/01/202431/12/2023
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44092542202301/10/202331/12/2023Información sobre servidores públicos"Dentro de los reglamentos vigentes se encuentra permitidas las relaciones entre servidores públicos, jefes y subalternos? o de acuerdo al código de conducta y de ética esto representa una conducta poco profesional?"(SIC)Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092543202301/10/202331/12/2023Estructura Órganica"Buenas noches, solicito la siguiente información: ¿Hay alguna vacante disponible para laborar en su institución? ¿Cuales son los requisitos? ¿Con quien puedo dirigirme para entregar mi CV?" (SIC)Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Departamento Administrativo17/01/202431/12/2023
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44092498202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Fiscalía Ejecutiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga la Fiscalía Especializada por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092499202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes" Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la evidencia donde se establezca la Perspectiva de Género como principio transversal, así como en sus prioridades, en la Política Estatal Anticorrupción." (Sic).Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092500202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En este marco, solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz: 1) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Las evaluaciones periódicas de los ordenamientos legales aplicables en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación en el ámbito de competencia de la Secretaría Ejecutiva, e identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información, así como los contratiempos que surjan. Entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022" (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092470202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la información que evidencie que la Secretaría Ejecutiva cuenta con evaluaciones sobre la reducción de corrupción que afectan las corporalidades y territorios de las mujeres, hombres y personas de la diversidad sexual indígenas, marginadas y racializadas, como afrodescendientes y migrantes. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022..."
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092471202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido, solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales contra la corrupción donde se incluye la reparación integral de las víctimas con perspectiva de género, desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092469202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la "Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc. IV y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, Fracc. I, III, IV; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la evidencia de documentos que acrediten las acciones afirmativas en los anteproyectos de las políticas integrales en materia anticorrupción que propone en la Comisión Ejecutiva y al Comité Coordinador, reflejadas en todo el desarrollo de las prioridades de la Política Estatal Anticorrupción. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (SIC) La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5, fracción I, define las acciones afirmativas como: “el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres”. Las acciones afirmativas son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos. Se les conoce también como “acciones positivas” o “medidas positivas”. Este tipo de acciones son recomendadas para grupos sociales en desventaja, en el caso de las mujeres son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita su acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para su desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres y personas de la diversidad sexual no constituye discriminación para los hombres-cis ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos.
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092472202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En este sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35 y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32; solicitamos a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspetiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022..."
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092501202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido y con fundamento en el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Secretaría Ejecutiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro de la Secretaría Ejecutiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga la Secretaría Ejecutiva por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Unidad de Género, Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092502202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos que contengan el elemento de lenguaje incluyente como una característica de la Perspectiva de Género que ha realizado la Secretaría Técnica para ser discutido en la Comisión Ejecutiva, desagregados de 2018 a 2022." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092503202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los anteproyectos de metodologías, indicadores, políticas integrales e informes del Sistema Estatal Anticorrupción con Perspectiva de Género en su totalidad para ser discutidos en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidos a la consideración del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092544202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Buenas tardes me gustaría que investigaran a Adriana Reyes Toledo, directora de control ambiental y Jazmin Itzel Lopez Marquez En el mes de agosto inicié mi trámite para renovar mi licencia de permiso de transporte de residuo de manejo especial, pero este, lo han detenido sin fundamento . Lo que yo transporto son los residuos de la empresa Walmart en coatzacoalcos minatitlan cosoleacaque,etc En octubre al ver mi tramite en sedema, la señora me atendió en su oficina y me pidió 20 mil pesos y que ademas tenia que sacar un seguro por daños a terceros por 30 mil pesos y que ademas es un seguro que ya tengo entregado en sedema y llamó la señora adriana a la señorita jazmin a su oficina, cerraron la puerta y me dijeron que lo sacaban hoy pero siempre y cuando dejara algunos walmart para una de nombre Soledad que vive en coatzacoalcos. Al no contar con mi permiso no he podido trabajar desde agosto pero por buena fuente y una senadora, me comentó que la dichosa soledad es amiga de la directora que a su vez, es trabajadora de adriana en coatza, pues ella tiene ahora transporte. Hoy jueves 9 de noviembre me presenté en la sedema para ver mi permiso pero la directora ni la señorita jazmin se encontraban, un joven de nombre ernesto amablemente me atendió enviando ensaje a su jefa y dijo que mi permiso aun no iba a salir ni tampoco me pediran informacion complementaria que ya sabia la situacion. Y si la se, es el dinero. No de podido llevar sustento a mi casa por este problema, apoyenme por favor, o pongan a alguien que no sea corrupta, asi como yo, hay muchooooos qie esta detenido por esta señora. De la asociacion y conocidos que estamos en coatzacoalcoz y alrededores, estamos preocupados y no estaremos dispuestos apoyar a Morena."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092545202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 18, Fracc. II. Transitorios, Cuarto; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales del Sistema Interamericano y del Sistema de Naciones Unidas; nacionales y en su caso, locales, en materia de designaciones y su transversalización con la Perspectiva de Género en la Comisión de Selección, desagregados por año del periodo 2018 al 2022..."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092546202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 18, Fracc. II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten la adopción de instrumentos legales (internacionales y nacionales), y la existencia o creación de mecanismos institucionales básicos en materia de perspectiva de género y diversidad sexual en las designaciones que realiza la Comisión de Selección, desagregados por año del periodo 2018 al 2022..."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
75
44092504202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de su participación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. Propuestas de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Propuestas de mecanismos que la Secretaría Ejecutiva realiza al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la..." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092505202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la información que evidencie as acciones que ha realizado la Secretaría Técnica para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva, para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos. Solicito que esta..." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
77
44092506202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Veracruz los anteproyectos de políticas públicas que ha realizado, por medio de un árbol de problemas, sobre la manera específica en que la corrupción afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a la población LGBTTIQA+. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
78
44092507202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los anteproyectos de políticas integrales que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidas a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
79
44092547202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 18, Fracc. II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la evidencia de que la Comisión de Selección cuenta con convocatorias, metodologías, evaluaciones, cédulas de validación y entrevistas con lenguaje incluyente en su totalidad, desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
80
44092548202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"...En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 18, Fracc. II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten que la Comisión de Selección realiza el proceso de designación y todas sus etapas con Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022..."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
81
44092508202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la "Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35, Fracc. IV y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32, Fracc. I, III, IV; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la evidencia de documentos que acrediten las acciones afirmativas en los anteproyectos de las políticas integrales en materia anticorrupción que propone en la Comisión Ejecutiva y al Comité Coordinador, reflejadas en todo el desarrollo de las prioridades de la Política Estatal Anticorrupción. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022. La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5, fracción I, define las acciones afirmativas como: “el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres”. Las acciones afirmativas son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos. Se les conoce también como “acciones positivas” o “medidas positivas”. Este tipo de acciones son recomendadas para grupos sociales en desventaja, en el caso de las mujeres son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita su acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para su desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres y personas de la diversidad sexual no constituye discriminación para los hombres-cis ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos." (Sic).
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092509202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes"Se anexa solicitud en PDF por la extensión." (Sic).Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing8Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092549202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 18, Fracc. II; solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten que la Comisión de Selección contempla las necesidades, vivencias y realidades de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas trans y no binarias con relación a hechos de corrupción, así como los impactosdiferenciados que les afectan de manera particular, con la finalidad de realizar convocatorias y metodologías de designación enfocadas a esta población, desagregados por año del periodo 2018 al 2022...."(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092550202301/10/202331/12/2023Información generada o administrada por el sujeto obligado
"A QUIEN CORRESPONDA CON EL DEBIDO RESPETO POR ESTE MEDIO HAGO LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE CUÁNTOS SERVIDORES PÚBLICOS HAN SIDO DEMANDADOS Y DE ÉSTOS CUÁNTOS HAN SIDO SANCIONADOS EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DURANTE EL PERIODO 2018-2013 AGRADECIENDO SU PRONTA RESPUESTA, QUEDO A SUS ÓRDENES"(SIC)
Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092551202301/10/202331/12/2023Información generada o administrada por el sujeto obligado"A QUIEN CORRESPONDA CON EL DEBIDO RESPETO POR ESTE MEDIO HAGO LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE CUÁNTOS SERVIDORES PÚBLICOS HAN SIDO DEMANDADOS Y DE ÉSTOS CUÁNTOS HAN SIDO SANCIONADOS EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DURANTE EL PERIODO 2018-2023"(SIC)Orientación a solicitud de informaciónhttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Transparencia17/01/202431/12/2023
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44092552202301/10/202331/12/2023Actividades de la institución
"Se solicita información estadística respecto Programa de Implementación de la Política Estatal Anticorrupción de Veracruz (PI PEAV) en su primera y segunda etapa. De hecho, se solicita la información total (esto es, los totales de las dos etapas), en los siguientes términos. Del Eje Estratégico 1: Combatir la Impunidad, se solicita el total de prioridades y el total de acciones de las dos etapas del PI-PEAV, que deberán realizar todas las instituciones involucradas. Del Eje Estratégico Eje estratégico 2: Controlar la Arbitrariedad, se solicita el total de prioridades y el total de acciones de las dos etapas del PI-PEAV, que deberán realizar todas las instituciones involucradas. Del Eje Estratégico 3: Promover la Mejora de la Gestión Pública y los Puntos de Contacto Gobierno y Sociedad, se solicita el total de prioridades y el total de acciones de las dos etapas del PI-PEAV, que deberán realizar todas las instituciones involucradas. Del Eje Estratégico 4: Involucrar a la Sociedad y el Sector Privado, se solicita el total de prioridades y el total de acciones de las dos etapas del PI-PEAV, que deberán realizar todas las instituciones involucradas. Asimismo, se solicita información respecto a bajo qué consideración en la PI-PEAV, no se establecieron de manera particular, estrategias cada eje y/o prioridad, como se sugirió en la Guía para la elaboración de un Programa de Implementación de las Políticas Estatales Anticorrupción establecido por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción"(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092510202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"El artículo 35 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC) establece el deber de los Estados Parte de implementar medidas que permitan a las personas “perjudicadas como consecuencia de un acto de corrupción”, iniciar acciones legales para la reparación de esos daños y perjuicios. Las políticas contra la corrupción deben ser valoradas como un medio para incidir en el desarrollo orientado al bien común, de lo cual resulta que el costo de la corrupción no es solo económico (Hernández, 2023). Muy en especial, la corrupción tiene un efecto adverso en las condiciones de vida de las personas, y este tiene un impacto diferencia por clase, género, grupos étnicos y geográfica. En la sentencia de 9 de marzo de 2018, frente al caso Ramírez Escobar y otros vs. Guatemala (Fondo, Reparaciones y Costas. Serie C No. 351), la Corte Interamericana de los Derechos Humanos destacó “las consecuencias negativas de la corrupción y los obstáculos que representa para el goce y disfrute efectivo de los derechos humanos, así como el hecho de que la corrupción de autoridades estatales o prestadores privados de servicios públicos afecta de una manera particular a grupos vulnerables”. De esta afirmación se desprende que las consecuencias negativas de la corrupción en los derechos humanos, puede además traducirse en daños que deben ser reparados. Este enfoque aplica, de manera especial, a la violación de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) derivados de casos de corrupción sistemática que deterioran la calidad de vida de las personas. La principal consecuencia de este enfoque es que las víctimas de violaciones de derechos humanos derivados de actos de corrupción son titulares del derecho a la reparación integral que, como es sabido, es uno de los pilares del Sistema Interamericano. Con lo cual, el derecho a la reparación, en el ámbito de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), deriva especialmente de los artículos 1.1 y 63 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), y en general, del derecho a la reparación integral (restitutio in integrum), que como reconoce la Corte Interamericana, es un principio general del Derecho Internacional y piedra angular de la protección internacional de los derechos humanos. En ese sentido, solicito a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales contra la corrupción donde se incluye la reparación integral de las víctimas con perspectiva de género, desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092511202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Una de las principales referentes de la corriente feminista antirracista es Angela Davis, quien tiene una postura antipunitiva y anticarcelaria. Davis (2003) destaca que las principales víctimas de los sistemas judiciales y penitenciarios son las personas no blancas de diferentes razas, las clases sociales más bajas y las mujeres. Además, expone que la raza y la clase son los principales determinantes de la magnitud del castigo. Para reducir la corrupción, por medio de políticas integrales, también se debe vincular una garantía de derechos civiles y políticos, principalmente del acceso a la justicia. Si se habla de una corrupción tan amplia, existe esta tendencia a que entre mayor corrupción, se eleva esta tasa de impunidad y la impunidad vinculada al acceso a la justicia. Pero principalmente lo que debemos de reducir es la impunidad en las fiscalías, tribunales, corporaciones de procuración de justicia. En este sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 35 y el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 32; solicitamos a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspectiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para las Naciones Unidas, la justicia de transición comprende "toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación". (S/2004/616). Su objetivo es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones. La justicia transicional tiene sus raíces en el derecho internacional de los derechos humanos. Los Estados tienen la obligación de proporcionar a las víctimas de violaciones de los derechos humanos un recurso efectivo, satisfaciendo sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. Para que esta obligación se cumpla, y para que la justicia transicional pueda contribuir efectivamente a la paz y la reconciliación sostenibles, enfoques globales son necesarios. Estos enfoques pretenden avanzar en todas las dimensiones de la justicia transicional de forma complementaria. Los procesos de justicia transicional incluyen la búsqueda de la verdad, iniciativas de enjuiciamiento, diversos tipos de reparación y una amplia gama de medidas para evitar que se repitan nuevas violaciones, como la reforma constitucional, legal e institucional, el fortalecimiento de la sociedad civil, los esfuerzos de conmemoración, las iniciativas culturales, la preservación de los archivos y la reforma de la enseñanza de la historia, según sea necesario y apropiado en el contexto específico."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092512202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"La Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha señalado la posibilidad de que una persona resulte discriminada con motivo de la percepción que otras tengan acerca de su relación con un grupo o sector social, independientemente de que ello corresponda con la realidad o con la auto-identificación de la víctima. La discriminación por percepción tiene el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona objeto de dicha discriminación, independientemente de si dicha persona se auto-identifica o no con una determinada categoría. Al igual que otras formas de discriminación, la persona es reducida a la única característica que se le imputa, sin que importen otras condiciones personales. En consecuencia, de conformidad con lo anterior, se puede considerar que la prohibición de discriminar con base en la identidad de género, se entiende no únicamente con respecto a la identidad real o auto-percibida, también se debe entender en relación a la identidad percibida de forma externa, independientemente que esa percepción corresponda a la realidad o no. En ese sentido, se debe entender que toda expresión de género constituye una categoría protegida por la Convención Americana en su artículo 1.1. Por último, es relevante señalar que varios Estados de la región han reconocido en sus ordenamientos jurídicos internos, sea por disposición constitucional, sea por vía legal, por decretos o por decisiones de sus tribunales, que la orientación sexual y la identidad de género constituyen categorías protegidas contra los tratos diferentes discriminatorios. En este marco y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 21, Fracc. I, , VII (inciso c), XV; Artículo 23; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31, Fracc. I y II y en el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6, Fracc. V y VII; solicito al Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz (CPC): 1) Todas las aprobaciones de sus normas de carácter interno con transversalización de la Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Documentos donde examinen periódicamente la adecuación de sus normas y legislación para identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información respecto a la Perspectiva de Género en materia anticorrupción, así como los contratiempos que surjan, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4) Propuestas de recomendaciones no vinculantes con Perspectiva de Género que ha generado el Comité de Participación Ciudadana al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing4Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092553202301/10/202331/12/2023Información generada o administrada por el sujeto obligado
"Buenas noches. Conforme a lo establecido en la ley general del sistema nacional anticorrupción y en las leyes estatales de la materia, solicitamos la siguiente información pública relativa al comité de participación ciudadana y Secretario Técnico del sistema anticorrupción: PRIMERO. Proporcione el nombre de los y las comisionadas que se encuentran actualmente en funciones. SEGUNDO. Proporcione el periodo de su encargo de cada uno de ellos señalando inicio y término de su responsabilidad. TERCERO. Proporción conforme a la ley general o estatal que rige la conformación del comité de participación ciudadana, el número de comisionados o comisionadas que señala la norma correspondiente para considerarlo completo. CUARTO. Proporcione la información relativa a la falta de nombramientos de comisionadas o comisionados, es decir, señalar la fecha en que quedó vacante un cargo por falta de esta circunstancia y el nombre de la comisionada o comisionados que concluyó o dejó su encargo. QUINTO. Respecto al secretario técnico, solicitamos proporciones la información sobre el período de su encargo actualmente, es decir, fecha de inicio y término. Agradecemos proporcionar el nombre correspondiente. En caso de negativa o ausencia del secretario técnico indicar la fecha desde que quedó vacante la plaza. Apelamos al Principio de Máxima Publicidad establecido en nuestra Carta Suprema que el artículo sexto establece. De igual manera, solicitamos respetuosamente , la entrega de la información en formatos de datos abiertos para su reutilización. No dudando de su respuesta nuestra petición, quedamos de ustedes. Por la atención, gracias."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092513202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"De acuerdo con González y Nash (2011) “los actos de corrupción significan [...] una forma de discriminación [...] una forma de trato arbitrario; es decir, de discriminar o excluir a otras personas de dicha ventaja o beneficio, sin justificación objetiva”. Asimismo, Novoa (2016) afirma que la corrupción genera discriminación estructural (Metodología 5C, Mexiro A.C., 2021) En ese sentido y con fundamento en la "Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 21, Fracc. I; Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31, Fracc. I, II y VII y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6, Fracc. II; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal que tenga el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing3Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092514202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"A partir de la Metodología 5C de Mexiro A.C., destacamos que diseñar políticas públicas con lenguaje incluyente es importante pues, en palabras de Guichard, “en el lenguaje también se manifiestan las asimetrías, las desigualdades y las brechas entre los sexos. Esto es así porque el lenguaje forma un conjunto de construcciones abstractas en las cuales inciden juicios, valores y prejuicios que se aprenden y se enseñan, que conforman maneras de pensar y de percibir la realidad” (2015). Asimismo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) destaca que “eliminar el sexismo en el lenguaje persigue dos objetivos: visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género y valorar la diversidad que compone nuestra sociedad” (2015). En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21 y 22; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los siguientes documentos con lenguaje incluyente: 1. El programa de trabajo anual; 2. El informe anual de las actividades que realice en cumplimiento a su programa anual de trabajo; 3. Opiniones y propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre la política nacional y las políticas integrales; 4. Propuestas realizadas al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para su consideración e 5. Instrumentos, lineamientos, mecanismos, evaluaciones, procedimientos que ha realizado el Comité de Participación Ciudadana. Solicito que esta información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing5Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092515202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
" “Para estudiar las políticas anticorrupción con un enfoque de igualdad sustantiva, es necesario evaluar la forma en que se materializó en el diseño la Perspectiva de Género, la cual consiste en ‘la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género’” (LGIMH, 2018, como se citó en Metodología 5C, Mexiro, 2021). En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21 y 22; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que demuestren las opiniones y propuestas de metodologías, indicadores, políticas integrales, instrumentos, lineamientos e informes con Perspectiva de Género que ha realizado en Comité de Participación Ciudadana para ser discutidos en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidos a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092516202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21 y 22; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz (CPC) los documentos que acrediten: 1. La planeación y acciones ejecutadas por el CPC (incluyendo metodología, fecha de inicio, de término, listas, tipo de ejercicio, resultados del ejercicio) para atender las necesidades específicas de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, en el diseño, implementación y evaluación de la Política Estatal Anticorrupción por medio de su participación decisoria efectiva, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. 2. Propuestas de mecanismos de articulación con mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Propuestas de mecanismos que el CPC realiza al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para que la sociedad, y en especial las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, participen en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción; desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4. Lista con nombre de las organizaciones de la sociedad civil y colectivos dirigido por mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans que han sido víctimas de hechos de corrupción, que colaboran de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 5. Opiniones y propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción y su relación con el impacto diferenciado de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 6. Recomendaciones no vinculantes que emite la Comisión Ejecutiva respecto a violaciones de derechos humanos de las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans en relación con hechos de corrupción, desagregados por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing6Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092517202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"La transversalización de la Perspectiva de Género debe contemplar las necesidades, vivencias y realidades mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans con relación a hechos de corrupción, así como los impactos diferenciados que les afectan de manera particular. Aunado a lo anterior, como lo subrayamos en la Metodología 5C (Mexiro A.C., 2021) es importante garantizarles un lugar seguro para crear mecanismos de participación.” (Erreguerena, 2020). Por participación decisoria efectiva nos referimos a que las peticiones de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil fueron diseñadas y contempla continuar con mecanismos de participación ciudadana con voz y voto para la implementación y evaluación de cualquier política o medida anticorrupción. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21 y 22; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz información que evidencie las acciones que ha realizado para la creación de espacios seguros para la participación decisoria efectiva enfocada en las mujeres, personas de la diversidad sexual, personas no binaries y trans para el desarrollo de los anteproyectos de metodologías, indicadores y políticas integrales (diseño, implementación y evaluación), informes, estudios especializados en materias relacionadas con la prevención, detección y disuasión de hechos de corrupción y de faltas administrativas, fiscalización y control de recursos públicos. Solicito que esta información se proporcione de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092518202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Para entender la relación de los impactos diferenciados de las mujeres y la corrupción, es importante mencionar a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) define la discriminación contra la mujer como “toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. En el ámbito interamericano, la Convención Belém do Pará señala que la violencia contra la mujer es “una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres” y reconoce que el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libre de toda forma de discriminación. También la Convención de Belém do Pará, señala que la violencia contra la mujer no sólo constituye una violación de los derechos humanos, sino que es “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”, que “trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”. Por otro lado, Según Novoa (2016) expone que la corrupción tiene impactos diferenciados en grupos en situación de vulnerabilidad en relación con las violaciones a derechos humanos. En este sentido, es importante conocer si los anteproyectos de políticas públicas anticorrupción contemplan la forma en que afecta a grupos en situación de vulnerabilidad como mujeres, personas no binarias, trans y LGBTTIQA+. Una de las necesidades de transversalizar la [Perspectiva de Género] en las Políticas Anticorrupción, como lo señala Arturo Chipuli (Mexiro A.C., 2023) " es la ciudadanía sexual, un concepto que vincula las libertades en materia sexual y de la identidad de las personas. Un Estado con mayor reconocimiento de las libertades sexuales tiende a generar menos violaciones a Derechos Humanos y a la construcción de una ciudadanía sexual más amplia, y esto se vincula con cuestiones como la extorsión sexual, las violaciones a Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual, sobre todo por las corporaciones de seguridad. Uno de los puntos medulares en México y en todos sistemas con un grado de militarización o de corporaciones de seguridad menos vinculadas con los Derechos Humanos, tiende a criminalizar con mayor rigor a las diversidades sexuales. El país o Estado que garantice de mejor manera las libertades de los Derechos Humanos de las personas de la diversidad sexual va a ir reduciendo, en algún grado, el que se les criminalice y se les exponga a procesos de corrupción, principalmente de extorsión. Pero también puede ser en otros servicios públicos, entre menos reconocimiento de estos derechos, menos acceso a servicios públicos. La población de la diversidad sexual, entre menos es reconocida como titular de derechos, entre menos son reconocidos desde el ámbito de la ciudadanía sexual, desde la democracia, son objeto de una inaccesibilidad a los derechos, a los servicios. Pero principalmente a una criminalización por parte de las instancias de seguridad, que, para evitar sanciones de corte penal, van a generar otros actos de corrupción". En ese sentido, solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que acrediten la realización de un árbol de problemas en el que analice cómo la corrupción afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a la población LGBTTIQA+. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023
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44092521202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz evidencia que demuestre que ha realizado opiniones y propuestas de proyectos, metodologías, instrumentos, lineamientos, mecanismos, bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas, con la finalidad de reducir la corrupción que afectan las corporalidades y territorios de las mujeres, hombres y personas de la diversidad sexual indígenas, marginadas y racializadas, como afrodescendientes y migrantes. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para ello, se debe considerar: 1. Enfoque culturalmente sensible: Las instituciones anticorrupción deben reconocer y respetar las tradiciones, cosmovisiones, valores y formas de vida de las poblaciones étnicas, eso incluye sus formas de relacionamiento con los ambientes naturales que habitan. Por ello, es fundamental que las instituciones tengan un enfoque culturalmente sensible que evite la imposición de soluciones que puedan socavar su identidad y derechos culturales. Por ello es necesario que existan secretarías o rutas institucionales específicas para atender los casos de violaciones de derechos humanos en las comunidades étnicas, que preferiblemente cuenten con la presencia activa de la comunidad. 2. Participación y consulta: Las instituciones deben asegurarse de que las poblaciones étnicas sean consultadas y tengan la oportunidad de participar en los procesos de toma de decisiones que afectan sus vidas, comunidades y territorios. Las instituciones anticorrupción deben velar por la protección de estos territorios y recursos frente a la corrupción y explotación. 3. Acceso a la justicia y recursos legales: Las poblaciones étnicas deben tener acceso igualitario y equitativo al sistema de justicia. Las instituciones anticorrupción deben garantizar que tengan la capacidad y los recursos para buscar reparación en caso de violaciones de sus derechos. Particularmente en el caso de los líderes y defensores/as de derechos humanos de las poblaciones étnicas, los cuales a menudo enfrentan amenazas y represalias. Las instituciones anticorrupción deben tomar medidas para proteger su seguridad y garantizar su capacidad para abogar por sus comunidades y para ello es necesario un despliegue institucional especial para tal fin. Las instituciones anticorrupción deben estar atentas a los posibles abusos de poder y corrupción que puedan afectar a las poblaciones étnicas. Deben facilitar mecanismos para que estas poblaciones puedan denunciar casos de corrupción y violaciones de derechos. 4. Educación y sensibilización: Las instituciones deben llevar a cabo campañas de educación y sensibilización para promover la comprensión y el respeto por las culturas y derechos de las poblaciones étnicas. Esto puede ayudar a prevenir prejuicios y discriminación. 5. Inclusión en políticas y programas anticorrupción: Las políticas y programas anticorrupción deben considerar las necesidades y los impactos específicos en las poblaciones étnicas. Esto implica considerar cómo la corrupción puede afectar desproporcionadamente a estas comunidades y diseñar estrategias para abordar estos problemas. 6. Transparencia y rendición de cuentas: Las instituciones anticorrupción deben ser transparentes en sus acciones y decisiones relacionadas con las poblaciones étnicas. Deben rendir cuentas sobre cómo están abordando las preocupaciones y desafíos específicos de estas comunidades."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento Administrativo17/01/202431/12/2023
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44092523202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"Una de las principales referentes de la corriente feminista antirracista es Angela Davis, quien tiene una postura antipunitiva y anticarcelaria. Davis (2003) destaca que las principales víctimas de los sistemas judiciales y penitenciarios son las personas no blancas de diferentes razas, las clases sociales más bajas y las mujeres. Además, expone que la raza y la clase son los principales determinantes de la magnitud del castigo. Para reducir la corrupción, por medio de políticas integrales, también se debe vincular una garantía de derechos civiles y políticos, principalmente del acceso a la justicia. Si se habla de una corrupción tan amplia, existe esta tendencia a que entre mayor corrupción, se eleva esta tasa de impunidad y la impunidad vinculada al acceso a la justicia. Pero principalmente lo que debemos de reducir es la impunidad en las fiscalías, tribunales, corporaciones de procuración de justicia. En este sentido y con fundamento en la "Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz, Artículo 6; solicitamos al Comité de Participación Ciudadana la documentación que demuestre que ha realizado esfuerzos institucionales para crear políticas integrales anticorrupción donde se incorpore la justicia transicional y sus elementos: búsqueda de la verdad, reparación, rendición de cuentas, memoria, prevención de nuevas violaciones, adoptando un enfoque en derechos humanos, perspectiva de género y perspectiva intercultural, desagregada por año del periodo 2018 al 2022. Para las Naciones Unidas, la justicia de transición comprende "toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación". (S/2004/616). Su objetivo es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones. La justicia transicional tiene sus raíces en el derecho internacional de los derechos humanos. Los Estados tienen la obligación de proporcionar a las víctimas de violaciones de los derechos humanos un recurso efectivo, satisfaciendo sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación. Para que esta obligación se cumpla, y para que la justicia transicional pueda contribuir efectivamente a la paz y la reconciliación sostenibles, enfoques globales son necesarios. Estos enfoques pretenden avanzar en todas las dimensiones de la justicia transicional de forma complementaria. Los procesos de justicia transicional incluyen la búsqueda de la verdad, iniciativas de enjuiciamiento, diversos tipos de reparación y una amplia gama de medidas para evitar que se repitan nuevas violaciones, como la reforma constitucional, legal e institucional, el fortalecimiento de la sociedad civil, los esfuerzos de conmemoración, las iniciativas culturales, la preservación de los archivos y la reforma de la enseñanza de la historia, según sea necesario y apropiado en el contexto específico."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Unidad de Género17/01/202431/12/2023
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44092519202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha precisado que el libre desarrollo de la personalidad comprende, entre otras expresiones, la libertad de escoger la apariencia personal, así como la libre opción sexual, en tanto que estos aspectos son parte de la forma en que una persona desea proyectarse y vivir su vida y que, por tanto, sólo a ella corresponde decidir autónomamente. Relacionado al libre desarrollo de la personalidad está el derecho a la identidad personal y, particularmente, el derecho a la identidad de género, el cual supone la manera en que la persona se asume a sí misma. En efecto, la identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la percibe, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar —o no— la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales. Así, la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas, incluyendo la protección contra la violencia, tortura, malos tratos, derecho a la salud, a la educación, empleo, vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión y de asociación. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6.", solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que demuestren las opiniones y propuestas de políticas integrales que hacen frente a la relación entre discriminación por identidad de género y hechos de corrupción para ser discutidas en la Comisión Ejecutiva y, en su caso, sometidas a la consideración del Comité Coordinador. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing1Departamento de Asuntos Jurídicos17/01/202431/12/2023
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44092520202301/10/202331/12/2023Otros más frecuentes
"La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5, fracción I, define las acciones afirmativas como: “el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres”. Las acciones afirmativas son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos. Se les conoce también como “acciones positivas” o “medidas positivas”. Este tipo de acciones son recomendadas para grupos sociales en desventaja, en el caso de las mujeres son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita su acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para su desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres y personas de la diversidad sexual no constituye discriminación para los hombres-cis ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos. En ese sentido y con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículos 21; el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Art. 31 y el Reglamento Interno del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, Artículo 6; solicito al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Veracruz los documentos que demuestren que su trabajo cuenta con acciones afirmativas en dos sentidos: 1. En las opiniones y propuestas para integrar acciones afirmativas en la Política Estatal Anticorrupción (en cualquiera de sus etapas: diseño, implementación, monitoreo y/o evaluación). 2. Integrar acciones afirmativas en su normativa interna, organización y funcionamiento. Solicito que esa información sea proporcionada de manera desagregada por año del periodo 2018 al 2022."(SIC)
Se entrego la respuesta al solicitantehttps://drive.google.com/file/d/1VeWkLYFKtcaLjckFxWD_3d-bcltUASTM/view?usp=sharing2Departamento de Riesgos y Política Pública17/01/202431/12/2023