| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | AA | AB | AC | AD | AE | AF | AG | AH | AI | AJ | AK | AL | AM | AN | AO | AP | AQ | AR | AS | AT | AU | AV | |
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2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3 | Subsidios, estímulos y apoyos_Programas sociales | Programas sociales | Publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Tipo de programa (catálogo) | Denominación del programa | El programa es desarrollado por más de un área (catálogo) | Sujeto obligado corresponsable del programa | Área(s) responsable(s) del desarrollo del programa | Denominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | Hipervínculo al documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | El periodo de vigencia del programa está definido (catálogo) | Fecha de inicio vigencia | Fecha de término vigencia | Diseño | Objetivos, alcances y metas del programa Tabla_514203 | Población beneficiada estimada (número de personas) | Nota metodológica de cálculo | Monto del presupuesto aprobado | Monto del presupuesto modificado | Monto del presupuesto ejercido | Monto déficit de operación | Monto gastos de administración | Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances | Hipervínculo calendario presupuestal | Criterios de elegibilidad | Requisitos y procedimientos de acceso | Monto, apoyo o beneficio mínimo que recibirá(n) | Monto, apoyo o beneficio máximo que recibirá(n) | Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana | Mecanismos de exigibilidad | Mecanismos de cancelación del apoyo, en su caso | Periodo evaluado | Mecanismos de evaluación | Instancia(s) evaluadora(s) | Hipervínculo a resultados de informe de evaluación | Seguimiento a las recomendaciones (en su caso) | Indicadores respecto de la ejecución del programa Tabla_514205 | Formas de participación social | Articulación otros programas sociales (catálogo) | Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado | Está sujetos a reglas de operación (catálogo) | Hipervínculo Reglas de operación | Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones Tabla_514257 | Hipervínculo al padrón de beneficiarios o participantes | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota |
8 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de subsidio | ASISTENCIA ALIMENTARIA A FAMILIAS EN DESAMPARO (DESPENSA) | No | DIF MUNICIPAL | ASISTENCIA ALIMENTARIA | REGLAS DE OPERACIÓN | http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Michoacan/wo61313.pdf | Si | 1/04/2018 | 31/12/2021 | Se contempla la entrega de una despensa mensual a los beneficiarios que integra al padrón de beneficiarios por un periodo de 1 año | 1 | 2.182 | La focalización de los beneficiarios del programa de Asistencia Alimentaria a Familias en Desamparo se sustenta en la metodología de focalización de la EIASA, específicamente la que contempla la focalización geográfica, y consiste en identificar las localidades y municipios prioritarios, los primeros mediante la combinación de indicadores de marginación y rezago social (CONAPO) | 333000 | 0 | 0 | 0 | 20000 | HTTP://ND | HTTP://ND | a) Familias en Desamparo; b) Familias en situación de desastres naturales; y, c) Que no reciban apoyo de otro programa similar ya sea Federal, Estatal o Municipal. | A)Proporcionar la información para la conformación del estudio socioeconómico; B)Tener un ingreso económico menor a tres salarios mínimos vigentes en el Estado; C)No recibir apoyo de otro programa similar, ya sea de origen Federal, Estatal o Municipal; y, D) Haber nacido en el Estado y residir en éste o acreditar su residencia a través de la credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral o comprobante de domicilio | 1 | 1 | Las quejas y/o denuncias sobre la operación, entrega de apoyos o algún otro aspecto relacionado con la ejecución del Programa y la aplicación de las Reglas de Operación, podrán ser presentadas por los solicitantes, beneficiarios en el Sistema DIF Michoacán, en el 070 vía telefónica o en su domicilio, sin costo con cobertura en todo el Estado, en el Departamento de Quejas y Denuncias o en la Dirección de Contraloría Social de la Coordinación de Contraloría. | N/D | N/D | Julio-Septiembre | N/D | DIF ESTATAL | HTTP://ND | N/D | 1 | N/D | No | N/D | Sí | http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Michoacan/wo61313.pdf | 1 | https://drive.google.com/open?id=1N51k2j8SfU_y-dEOdsTmLbpm37GubGy3 | DIF MUNICIPAL | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
9 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de subsidio | Unidad Basica de Vivienda | No | Cordinador instituto de Vivienda | Instituto de Vivienda | Acta de cabildo numero 4 | https://drive.google.com/open?id=1BOKZ5DRyL9-cBOVpRBW4YHRYIystpt9A | No | 2/04/2018 | 31/08/2018 | Nd | 6 | 99 | Nd | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | Http://Nd | Http://Nd | Los criterios utilizados para seleccionar a las/los Beneficiarias (os) del Programa serán los siguientes a) Hogares cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar, y cuya vivienda presente alguna de las siguientes carencias: •¿Que el piso de la vivienda, sea de tierra. •¿Que el material del techo de la vivienda, sea de lámina de cartón o desechos. •¿Que el material de los muros de la vivienda, sea de embarro o bajareque; de carrizo, bambú o palma; de lámina de cartón, metálica o asbesto; o material de desecho. •¿Que el número de personas por cuarto, sea en promedio mayor a 2.5. b) Hogares cuya vivienda se encuentre situada geográficamente en las siguientes zonas: •¿Municipios de Alto y Muy Alto Indice de Rezago Social, definidos por el CONEVAL. •¿Zonas declaradas de riesgo natural por la autoridad federal o estatal competente, con una residencia en la zona anterior al 1 de enero de 2001, que sean objeto de reubicación, por parte de la autoridad local y que cumplan con los requisitos establecidos en estas Reglas. •¿Zonas de Atención Prioritaria Rurales (ZAP). •¿Polígonos de actuación de las demarcaciones que sean el ámbito de acción del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y Delincuencia, así como la población objetivo que determine dicho Programa. •¿Los Municipios de menor IDH. •¿Que la o el solicitante o alguno de sus dependientes económicos tenga alguna discapacidad. •¿Que la o el solicitante sea madre soltera o padre soltero independientemente de su mayoría de edad. •¿Que la jefa o el jefe de familia sea persona adulta mayor aunque no tenga dependientes económicos. •¿Que alguno de sus integrantes sea menor de 14 años de edad. d) Jefa o Jefe de familia que forme parte del Registro Nacional de Victimas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Los criterios antes definidos no son excluyentes de la población objetivo considerada por el Programa, constituyen herramientas para focalizar de mejor forma los recursos del mismo. | •¿La documentación que deberán llevar las/los solicitantes en original para cotejo y copia para su entrega, es la siguiente: •¿Solicitud (CUIS) (Anexo II) debidamente requisitada y firmada. Este documento le será proporcionado a la/el solicitante en el módulo correspondiente donde se le brindará asesoría para su llenado. •¿Identificación oficial. •¿CURP de la/el solicitante y en su caso de su cónyuge, o la constancia de su trámite para obtenerla. •¿Escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad por la/el solicitante, en el que manifieste que no ha recibido un subsidio federal para edificación de vivienda con anterioridad. Queda exceptuado de lo anterior, las modalidades de ampliación o mejoramiento, donde el subsidio se puede otorgar más de una ocasión en la misma acción de vivienda, siempre y cuando no rebase el monto máximo del subsidio otorgado para UBV o UBVR. •¿Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz, predial), o en su caso, constancia original expedida por parte de la autoridad municipal o la autoridad local competente. •¿En caso de que la solicitud (CUIS) (Anexo II) sea de construcción de vivienda en terreno propiedad de la/el solicitante o de su cónyuge, se deberá acreditar la posesión legal del predio por medio de los siguientes documentos: 1. Si la acción de vivienda es en el terreno de la/el solicitante en el ámbito urbano i. Recibo de pago al corriente de agua, luz, o predial. ii. Documento que acredite la posesión legal del mismo. 2. Si la acción de vivienda es en el terreno de la/el solicitante en el ámbito rural: i. Entregar constancia original expedida por la autoridad local competente y cuando se trate de terrenos ejidales o comunales las/los solicitantes deberán exhibir el certificado de asignación de solar expedido por el Registro Agrario Nacional, en el que además se acredite que tiene un arraigo mínimo de dos años en una localidad rural de hasta 2,500 habitantes. ii. Copia del documento que acredite la posesión legal del terreno. •¿En caso de que la solicitud (CUIS) (Anexo II) sea para construcción en terreno propiedad del Gobierno Estatal o Municipal preferentemente deberán estar registrados en el Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET), la/el solicitante y su cónyuge deberán acreditar no poseer una propiedad mediante el certificado original de no propiedad de casa habitación expedido por el Registro Público correspondiente. •¿En el caso de unidades básicas de vivienda (UBV) o unidades básicas de vivienda rural (UBVR) en terreno propiedad de la/el solicitante, la/el solicitante deberá entregar a la Instancia Ejecutora por lo menos una foto georreferenciada, del predio que se destinará para la construcción de la acción de vivienda, así como sus medidas y características. •¿En caso de que la/el solicitante no pueda entregar la fotografía georreferenciada, podrá solicitar el apoyo a la Delegación Estatal de la SEDATU. •¿En el caso de mejoramientos o ampliaciones, la/el solicitante, deberá entregar a la Instancia Ejecutora por lo menos una foto georreferenciada reciente en donde pretenda realizar la ampliación o el mejoramiento, que presente los detalles de techos, muros y pisos en la que se evidencie el material del que están hechos. En caso de que el solicitante no pueda entregar la fotografía georreferenciada, podrá solicitar el apoyo a la Delegación Estatal de la SEDATU. •¿Carta firmada por la/el solicitante en donde acepta realizar la aportación definida en el numeral 5 de estas Reglas. Las solicitudes (CUIS) que fueron calificadas en el ejercicio fiscal anterior, podrán ser válidas en el ejercicio | 0 | 0 | Asisitir personalmente a las oficinas del Instituto de Vivienda | Acudir a las oficinas del Instituto de Vivienda | a) Declarar con falsedad en la solicitud, la cual se tendrá como no presentada, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. b) No utilizar el apoyo para los fines que fueron autorizados, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. c) No llevar a cabo el proceso de autoconstrucción de la acción de vivienda dentro del término que se establece en el Convenio y en el Contrato de Ejecución, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. d) No habitar la UBV en un periodo máximo de un mes a partir de la fecha de entrega formal de la vivienda y ésta haya sido edificada en terreno propiedad de la Instancia Ejecutora. e) No cumplir con las obligaciones señaladas en las presentes Reglas y no pudiendo volver a ser sujetos de algún apoyo por parte de este Programa. La Instancia Auxiliar con información de la Instancia Ejecutora y en coordinación con la misma será la responsable de aplicar el procedimiento de baja y deberá notificar oficialmente a la Instancia Normativa, los datos de la/el beneficiaria (o) y las causas de la misma. La Instancia Ejecutora deberá notificar al beneficiario la baja del padrón. Procedimiento de baja a) La/el beneficiaria (o) recibirá de la Instancia Ejecutora, la notificación debidamente fundada y motivada del inicio del procedimiento de causal de baja, con el fin de contar con 15 días naturales para presentar mediante escrito libre ymanifestar lo que a su derecho convenga, aportando elementos probatorios para fundamentar su dicho. b) Una vez transcurrido este plazo sin que la/el beneficiaria (o) interponga argumento alguno, se tomará como no interesada (o) y se procederá a su baja automática. c) Si la/el beneficiaria (o) comparece en tiempo y forma inconformándose, la Instancia Ejecutora valorará las pruebas aportadas, y si la causa que dio origen al procedimiento subsiste, la/el beneficiaria (o) será notificado por escrito de su baja en un plazo máximo de 10 días hábiles. d) La Instancia Auxiliar, integrará el expediente de baja en coordinación con la Instancia Ejecutora y la primera lo remitirá a la Instancia Normativa para el trámite correspondiente. La/el Beneficiaria (o), que cause baja del Programa, permanecerá registrado en el Padrón, con la finalidad de que no pueda volver a recibir un apoyo por parte del Programa. El procedimiento anterior servirá como antecedente a la Instancia Ejecutora para solicitar la sustitución de beneficiario correspondiente y/o documentar la ausencia de acta entrega recepción de la acción de vivienda en cuestión | Julio-Septiembre | Nd | Nd | Http://Nd | Nd | 6 | Invitación a encargados y jefes de tenencia para difundir la informacion | No | Nd | Sí | https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/178776/reglas_apoyovivienda_2017.pdf | 6 | https://drive.google.com/open?id=1ywWDD0wrsn6nW9Hm1DKXb7kpBWdyiRON | Direccion de Desarrollo Municipal | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
10 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de subsidio | Ampliacion de Vivienda | No | Cordinador instituto de Vivienda | Instituto de Vivienda | Acta de cabildo numero 4 | https://drive.google.com/open?id=1BOKZ5DRyL9-cBOVpRBW4YHRYIystpt9A | No | 2/04/2018 | 31/08/2018 | Nd | 7 | 148 | Nd | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | Http://Nd | Http://Nd | Los criterios utilizados para seleccionar a las/los Beneficiarias (os) del Programa serán los siguientes a) Hogares cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar, y cuya vivienda presente alguna de las siguientes carencias: •¿Que el piso de la vivienda, sea de tierra. •¿Que el material del techo de la vivienda, sea de lámina de cartón o desechos. •¿Que el material de los muros de la vivienda, sea de embarro o bajareque; de carrizo, bambú o palma; de lámina de cartón, metálica o asbesto; o material de desecho. •¿Que el número de personas por cuarto, sea en promedio mayor a 2.5. b) Hogares cuya vivienda se encuentre situada geográficamente en las siguientes zonas: •¿Municipios de Alto y Muy Alto Indice de Rezago Social, definidos por el CONEVAL. •¿Zonas declaradas de riesgo natural por la autoridad federal o estatal competente, con una residencia en la zona anterior al 1 de enero de 2001, que sean objeto de reubicación, por parte de la autoridad local y que cumplan con los requisitos establecidos en estas Reglas. •¿Zonas de Atención Prioritaria Rurales (ZAP). •¿Polígonos de actuación de las demarcaciones que sean el ámbito de acción del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y Delincuencia, así como la población objetivo que determine dicho Programa. •¿Los Municipios de menor IDH. •¿Que la o el solicitante o alguno de sus dependientes económicos tenga alguna discapacidad. •¿Que la o el solicitante sea madre soltera o padre soltero independientemente de su mayoría de edad. •¿Que la jefa o el jefe de familia sea persona adulta mayor aunque no tenga dependientes económicos. •¿Que alguno de sus integrantes sea menor de 14 años de edad. d) Jefa o Jefe de familia que forme parte del Registro Nacional de Victimas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Los criterios antes definidos no son excluyentes de la población objetivo considerada por el Programa, constituyen herramientas para focalizar de mejor forma los recursos del mismo. | •¿La documentación que deberán llevar las/los solicitantes en original para cotejo y copia para su entrega, es la siguiente: •¿Solicitud (CUIS) (Anexo II) debidamente requisitada y firmada. Este documento le será proporcionado a la/el solicitante en el módulo correspondiente donde se le brindará asesoría para su llenado. •¿Identificación oficial. •¿CURP de la/el solicitante y en su caso de su cónyuge, o la constancia de su trámite para obtenerla. •¿Escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad por la/el solicitante, en el que manifieste que no ha recibido un subsidio federal para edificación de vivienda con anterioridad. Queda exceptuado de lo anterior, las modalidades de ampliación o mejoramiento, donde el subsidio se puede otorgar más de una ocasión en la misma acción de vivienda, siempre y cuando no rebase el monto máximo del subsidio otorgado para UBV o UBVR. •¿Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz, predial), o en su caso, constancia original expedida por parte de la autoridad municipal o la autoridad local competente. •¿En caso de que la solicitud (CUIS) (Anexo II) sea de construcción de vivienda en terreno propiedad de la/el solicitante o de su cónyuge, se deberá acreditar la posesión legal del predio por medio de los siguientes documentos: 1. Si la acción de vivienda es en el terreno de la/el solicitante en el ámbito urbano i. Recibo de pago al corriente de agua, luz, o predial. ii. Documento que acredite la posesión legal del mismo. 2. Si la acción de vivienda es en el terreno de la/el solicitante en el ámbito rural: i. Entregar constancia original expedida por la autoridad local competente y cuando se trate de terrenos ejidales o comunales las/los solicitantes deberán exhibir el certificado de asignación de solar expedido por el Registro Agrario Nacional, en el que además se acredite que tiene un arraigo mínimo de dos años en una localidad rural de hasta 2,500 habitantes. ii. Copia del documento que acredite la posesión legal del terreno. •¿En caso de que la solicitud (CUIS) (Anexo II) sea para construcción en terreno propiedad del Gobierno Estatal o Municipal preferentemente deberán estar registrados en el Registro Nacional de Reservas Territoriales (RENARET), la/el solicitante y su cónyuge deberán acreditar no poseer una propiedad mediante el certificado original de no propiedad de casa habitación expedido por el Registro Público correspondiente. •¿En el caso de unidades básicas de vivienda (UBV) o unidades básicas de vivienda rural (UBVR) en terreno propiedad de la/el solicitante, la/el solicitante deberá entregar a la Instancia Ejecutora por lo menos una foto georreferenciada, del predio que se destinará para la construcción de la acción de vivienda, así como sus medidas y características. •¿En caso de que la/el solicitante no pueda entregar la fotografía georreferenciada, podrá solicitar el apoyo a la Delegación Estatal de la SEDATU. •¿En el caso de mejoramientos o ampliaciones, la/el solicitante, deberá entregar a la Instancia Ejecutora por lo menos una foto georreferenciada reciente en donde pretenda realizar la ampliación o el mejoramiento, que presente los detalles de techos, muros y pisos en la que se evidencie el material del que están hechos. En caso de que el solicitante no pueda entregar la fotografía georreferenciada, podrá solicitar el apoyo a la Delegación Estatal de la SEDATU. •¿Carta firmada por la/el solicitante en donde acepta realizar la aportación definida en el numeral 5 de estas Reglas. Las solicitudes (CUIS) que fueron calificadas en el ejercicio fiscal anterior, podrán ser válidas en el ejercicio | 0 | 0 | Asisitir personalmente a las oficinas del Instituto de Vivienda | Acudir a las oficinas del Instituto de Vivienda | a) Declarar con falsedad en la solicitud, la cual se tendrá como no presentada, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. b) No utilizar el apoyo para los fines que fueron autorizados, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. c) No llevar a cabo el proceso de autoconstrucción de la acción de vivienda dentro del término que se establece en el Convenio y en el Contrato de Ejecución, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del Programa. d) No habitar la UBV en un periodo máximo de un mes a partir de la fecha de entrega formal de la vivienda y ésta haya sido edificada en terreno propiedad de la Instancia Ejecutora. e) No cumplir con las obligaciones señaladas en las presentes Reglas y no pudiendo volver a ser sujetos de algún apoyo por parte de este Programa. La Instancia Auxiliar con información de la Instancia Ejecutora y en coordinación con la misma será la responsable de aplicar el procedimiento de baja y deberá notificar oficialmente a la Instancia Normativa, los datos de la/el beneficiaria (o) y las causas de la misma. La Instancia Ejecutora deberá notificar al beneficiario la baja del padrón. Procedimiento de baja a) La/el beneficiaria (o) recibirá de la Instancia Ejecutora, la notificación debidamente fundada y motivada del inicio del procedimiento de causal de baja, con el fin de contar con 15 días naturales para presentar mediante escrito libre ymanifestar lo que a su derecho convenga, aportando elementos probatorios para fundamentar su dicho. b) Una vez transcurrido este plazo sin que la/el beneficiaria (o) interponga argumento alguno, se tomará como no interesada (o) y se procederá a su baja automática. c) Si la/el beneficiaria (o) comparece en tiempo y forma inconformándose, la Instancia Ejecutora valorará las pruebas aportadas, y si la causa que dio origen al procedimiento subsiste, la/el beneficiaria (o) será notificado por escrito de su baja en un plazo máximo de 10 días hábiles. d) La Instancia Auxiliar, integrará el expediente de baja en coordinación con la Instancia Ejecutora y la primera lo remitirá a la Instancia Normativa para el trámite correspondiente. La/el Beneficiaria (o), que cause baja del Programa, permanecerá registrado en el Padrón, con la finalidad de que no pueda volver a recibir un apoyo por parte del Programa. El procedimiento anterior servirá como antecedente a la Instancia Ejecutora para solicitar la sustitución de beneficiario correspondiente y/o documentar la ausencia de acta entrega recepción de la acción de vivienda en cuestión | Julio-Septiembre | Nd | Nd | Http://Nd | Nd | 7 | Invitación a encargados y jefes de tenencia para difundir la informacion | No | Nd | Sí | https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/178776/reglas_apoyovivienda_2017.pdf | 7 | https://drive.google.com/open?id=1ywWDD0wrsn6nW9Hm1DKXb7kpBWdyiRON | Direccion de Desarrollo Municipal | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
11 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de servicios | Creditos grupales | No | Nd | Instituto de la mujer | Nd | http://Nd | No | 3/09/2015 | 31/12/2018 | Nd | 8 | 495 | Nd | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | Http://Nd | Http://Nd | Nd | 1.- copia de solicitud del servicio 2.- copia de la identificación oficial del solicitante. | 0 | 0 | Nd | Nd | Nd | Julio-Septiembre | Nd | Nd | Http://Nd | Nd | 8 | Nd | No | Nd | No | Http://Nd | 8 | https://drive.google.com/open?id=1P9ZycSrH9vq-8di6m6f2bqFe5CAQhXdh | Instituto de la mujer | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
12 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de servicios | Asesorias juridica | No | Nd | Instituto de la mujer | Nd | http://Nd | No | 4/09/2015 | 31/12/2018 | Nd | 9 | 65 | Nd | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | Http://Nd | Http://Nd | Nd | 1.- copia de solicitud del servicio 2.- copia de la identificación oficial del solicitante. | 0 | 0 | Nd | Nd | Nd | Julio-Septiembre | Nd | Nd | Http://Nd | Nd | 9 | Nd | No | Nd | No | Http://Nd | 9 | https://drive.google.com/open?id=1ODHK1papvwvVWdlobLDzZSHGmlFytMHB | Instituto de la mujer | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
13 | 2018 | 1/07/2018 | 30/09/2018 | Programas de servicios | Atencion psicologica | No | Nd | Instituto de la mujer | Nd | http://Nd | No | 5/09/2015 | 31/12/2018 | Nd | 10 | 48 | Nd | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | Http://Nd | Http://Nd | Nd | 1.- copia de solicitud del servicio 2.- copia de la identificación oficial del solicitante. | 0 | 0 | Nd | Nd | Nd | Julio-Septiembre | Nd | Nd | Http://Nd | Nd | 10 | Nd | No | Nd | No | Http://Nd | 10 | https://drive.google.com/open?id=1BEJpKHd1ZLWD8oSjGOD3xqV5XxO7Afw5 | Instituto de la mujer | 5/10/2018 | 4/10/2018 | |
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