ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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Nombre del Sujeto Obligado:Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
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Normativa:Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo
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Formato:Estructura Orgánica
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ID Ejercicio Fecha de Inicio Del Periodo Que Se Informa Fecha de Término Del Periodo Que Se Informa Denominación Del Área Denominación Del Puesto (redactados con Perspectiva de Género) Denominación Del Cargo (de Conformidad con El Nombramiento Otorgado) Área de Adscripción Inmediata Superior Denominación de La Norma Que Establece Atribuciones, Responsabilidades Y/o Funciones Y El Fundamento Legal (artículo Y/o Fracción) Atribuciones, Responsabilidades Y/o Funciones, según Sea El Caso (redactadas con Perspectiva de Género) Hipervínculo Al Perfil Y/o Requerimientos Del Puesto O Cargo, en su Caso (redactados con Perspectiva de Género) Por Cada Área, en su Caso, Incluir El Número Total de Personas Prestadoras de Servicios Profesionales O Miembros Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información Fecha de Actualización NotaFecha creación del registroFecha modificación del registro
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36844935202401/01/202431/03/2024PresidenciaDirector/a General de Vinculación, Comunicación Social e Imagen InstitucionalDirector/a General de Vinculación, Comunicación Social e Imagen InstitucionalPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoI. Apoyar en promover y coordinar las relaciones con los organismos de derechos humanos,
gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales
II. Apoyar en fortalecer los vínculos de colaboración con Organizaciones de la Sociedad Civil y
Presidencias Municipales del Estado, a fin de garantizar la promoción y difusión de los derechos
humanos. III. Apoyar en fortalecer la vinculación con instituciones educativas de nivel superior y con medios de
comunicación
IV. Apoyar en la elaboración programas formativos y preventivos en materia de Derechos Humanos, en los
que se incluya a los miembros de la Administración Pública Estatal y Municipal
V. Apoyar en coordinar y en su caso, dirigir las actividades de estudio, investigación, enseñanza,
capacitación, promoción y divulgación de los derechos humanos
VI. Apoyar en enriquecer y mantener la biblioteca y acervo documental de la CDHEH.
VII. Apoyar en la elaboración del proyecto de informe que el Titular de la Presidencia de la CDHEH deberá
rendir anualmente
VIII. Apoyar en la comunicación social de la Comisión
IX. Monitoreo y seguimiento con instituciones
X. Mapeo de instituciones y aliados estratégicos
XI. Diseño, logística y participación de eventos
XII. Recomendaciones y preparación de eventos para el personal de la comisión
XIII. Seguimiento de las actividades del Titular de la Presidencia para el cumplimiento de los objetivos de
vinculación de la comisión
XIV. Asesorar al Titular de la Presidencia sobre cooperaciones, vinculaciones y actividades con otras
instituciones
XV. Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitida por la Ley
de Archivos del Estado de Hidalgo
XVI. Proponer las políticas de comunicación social a la Presidencia y, en su caso, diseñarlas, para la
divulgación de la Comisión y sus relaciones con los medios de información o comunicación;
XVII. Elaborar materiales audiovisuales para dar a conocer a la sociedad las funciones y actividades de la
Comisión;
XVIII. Difundir en los medios de comunicación las actividades relevantes que durante la tramitación de las
quejas realice la Comisión;
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844970202401/01/202431/03/2024Presupuesto y ContabilidadTitular de la Dirección de Presupuesto y ContabilidadTitular de la Dirección de Presupuesto y ContabilidadOficialía MayorArticulo 207 Fracción X del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar anteproyecto de presupuesto siguiendo los lineamientos que emite la Secretaría de Finanzas Públicas, de acuerdo a los formatos exigidos por la misma Secretaría.
¿ Integrar la información para la conformación del anteproyecto de presupuesto enviando para su validación al/la Titular de Oficialía Mayor y al/la Titular de Presidencia, así mismo se envía a la Dirección de Planeación de la Secretaría de Finanzas Públicas.
¿ Solicitar el subsidio mensual a partir de los cinco primeros días hábiles del mes, mediante oficio de acuerdo a la calendarización programada, firmado y autorizado por el/la Titular de Oficialía Mayor, y el/la Titular de Presidencia, y enviarlo a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental de Gobierno del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir de la Dirección de Recursos Humanos información correspondiente a nómina, seguridad social y contribuciones estatales y federales, para su registro presupuestal y contable, misma que se remite al/la Responsable de Tesorería e Impuestos para su registro presupuestal y contable.
¿ Recibir del/la Responsable de Tesorería e Impuestos los pagos realizados con Cheque y Transferencias Bancarias de proveedores, prestadores de servicios e impuestos estatales y federales para su registro presupuestal y contable.
¿ Revisar y efectuar el cierre de los registros presupuestales y cotejar los saldos con los contables.
¿ Elaborar y publicar los estados financieros, presupuestarios y programáticos, así como la información que corresponda de acuerdo a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo y a la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
¿ Elaborar dentro de los primeros 15 días del mes inmediato posterior de cada trimestre, Información Financiera, Técnica, Programática y Presupuestal, misma que se remite a la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo.
¿ Elaborar y presentar la Cuenta Pública del ejercicio inmediato anterior, ante el Consejo de Armonización Contable y la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo, de conformidad con los lineamientos y fechas establecidas por los mismos organismos.
¿ Las demás que le confieran las disposiciones legales, así como aquellas que le asigne el/la Titular de Oficialía Mayor y la o el Titular de Presidencia de la CDHEH.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5413.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844971202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaAuxiliar de Promoción, Difusión e InvestigaciónAuxiliar de Promoción, Difusión e InvestigaciónSecretaría EjecutivaArticulo 51 Fracción ll de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar y apoyar la generación, recopilación, distribución y revisión de los artículos de divulgación.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión del contenido del órgano oficial de difusión.
¿ Elaborar y apoyar en realizar los expedientes que emanen de las actividades de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Elaborar y apoyar en la elaboración de expedientes físicos de las actividades realizadas en la coordinación de promoción, difusión e investigación, conforme a los establecido en los procesos de archivo.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de los cuadernos de investigación de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de las publicaciones científicas de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación y presentación de ponencias de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Realizar trabajos administrativos relacionados al área de promoción, difusión e investigación.
¿ Proponer ideas de investigación además de desarrollar e implementar herramientas para la recabación de datos
¿ Apoyar en las actividades del área como escribir guiones para entrevistas, grabación de entrevistas y/o personas relacionadas con temas de derechos humanos así como apoyar en el desarrollo de los productos finales.
¿ Elaborar y apoyar en el monitoreo de indicadores y desarrollo de informes
¿ Elaborar materiales relacionados con los derechos humanos
¿ Proponer ideas y/o proyectos para mejorar la difusión, promoción e investigación de los derechos humanos
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Titular de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5414.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844937202401/01/202431/03/2024Visitaduría GeneralTitular de la Visitaduría Adjunta Adscrita a la Visitaduría GeneralTitular de la Visitaduría Adjunta Adscrita a la Visitaduría GeneralVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Apoyar en concentrar los expedientes de recomendaciones iniciados por presuntas violaciones a Derechos Humanos, que se presenten directamente por las y los quejosos o sus representantes legales en las oficinas de la CDHEH y remitirlos al momento de su conclusión al archivo general de la CDHEH.
¿ Apoyar en la elaboración de oficios para dar el correcto seguimiento de las recomendaciones emitidas por esta Comisión.
¿ Coadyuvar en la expedición de copias certificadas de los expedientes, relacionados con las recomendaciones, previa autorización de el/la Visitador/a General.
¿ Apoyar en la supervisión y registro de la información, para la correcta integración del seguimiento de los expedientes de recomendación.
¿ Realizar diferentes oficios y documentos dirigidos a las distintas dependencias, respecto de los asuntos planteados en los que el organismo sea competente.
¿ Coadyuvar en la integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitido por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo.
¿ Procesar y actualizar la información en el sistema de portales de obligaciones de transparencia de la plataforma nacional de transparencia.
¿ Coadyuvar en la contestación a las solicitudes de información relacionadas con la Visitaduría General, que ingresen a la CDHEH; previa validación la persona Titular de la Visitaduría General.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5381.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844938202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaRecepcionista de la Secretaría EjecutivaRecepcionista de la Secretaría EjecutivaSecretaría EjecutivaArticulo 278 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Orientar al/a la usuario/a que solicita información de los servicios que ofrece la Secretaría Ejecutiva.
¿ Canalizar al/ la usuario/a con el personal de la Secretaría Ejecutiva para su atención.
¿ Recibir y registrar correspondencia previa revisión.
¿ Recibir y registrar las llamadas telefónicas externas conforme sean recibidas y comunicar al área o funcionario correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
¿ Recibir, registrar, realizar las llamadas telefónicas internas conforme éstas sean recibidas y comunicar al área o funcionario/a correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5382.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844972202401/01/202431/03/2024Visitaduría GeneralMédico ForenseMédico ForenseVisitaduría GeneralArtículo 217 Quintus del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Aplicar la evaluación del dictamen especializado en casos de posible ruptura, tratos crueles, inhumanos o degradantes
¿ Realizar certificación de lesiones de personas usuarias que emiten una queja
¿ Participar y/o desarrollar mesas de trabajo celebradas por la comisión y/o otras organizaciones relacionadas con temas de salud sobre todo en subdisciplinas de la medicina forense.
¿ Apoyo en pláticas y/o capacitaciones sobre derechos humanos con enfoque en temas de salud y temas forenses.
¿ Elaboración de documentos de apoyo para la implementación de pláticas y/o capacitaciones
¿ Elaboración de informes y/o investigaciones relacionadas con su área de competencia
¿ Apoyar para la integración de los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
¿ Determinar la mecánica de las lesiones y su temporalidad.
¿ Relación que guardan con los hechos.
¿ En caso del protocolo de Estambul determinar si fueron elaborados de acuerdo a los lineamientos normativos
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia así como actividades que delegue la persona Titular de la Presidencia, Titular de la Secretaría Ejecutiva y/o Titular de la Dirección de Educación y Formación.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844973202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaResponsable de Educación y FormaciónResponsable de Educación y FormaciónSecretaría EjecutivaAritulo 262 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Apoyar en coordinar y participar en las actividades de estudio, enseñanza y capacitación de los derechos humanos.
¿ Apoyar en proponer y dirigir el desarrollo de nuevos contenidos para la oferta educativa de la comisión.
¿ Apoyar en instruir que se registre, clasifique y ordene en expediente digital y físico la información, de acuerdo con los lineamientos de la ley de archivos del estado de Hidalgo.
¿ Apoyar en recibir solicitudes para atender y dar trámite a cursos–talleres, pláticas informativas, actividades extracurriculares, diplomados y las demás inherentes a las funciones y responsabilidades de la coordinación
¿ Apoyar en la agenda de actividades de la coordinación de educación y formación.
¿ Apoyar en solicitar el traslado al lugar de la actividad, cuando se requiera.
¿ Apoyar para la integración de los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5416.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844939202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de ApanTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en ApanTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en ApanVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844974202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorTitular de la Coordinación de Planeación y EvaluaciónTitular de la Coordinación de Planeación y EvaluaciónOficialía MayorArticulo 303 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Esatdo de Hidalgo
Implantar procesos de control, evaluación, seguimiento y cumplimiento de las actividades sustantivas de la CDHEH. ¿ Operar de manera sistematizada la información generada por los órganos y unidades administrativas, sobre el avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo. ¿ Mantener actualizado el sistema de control interno, desempeño institucional y gestión de la calidad, de cada una de las unidades administrativas. ¿ Actualizar los procesos normativos que coadyuven al cumplimiento de las metas establecidas. ¿ Coordinar las fechas de sesiones de comités con la persona Titular de la Oficialia Mayor, que le correspondan. ¿ Ser Coordinador/a de enlaces del Sistema de Control Interno, Desempeño Institucional y Gestión de la Calidad y Enlace Sistema de Control Interno, Desempeño Institucional y Gestión de la Calidad de la de la Oficialía Mayor. ¿ Ser enlace del archivo.
Propiedad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo la reproducción parcial o total de este documento
CDHEH-TR-23-023
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¿ Realizar la inducción al Sistema de Control Interno, Desempeño Institucional y Gestión de la Calidad del personal de nuevo ingreso. ¿ Informar a los Enlaces los cambios al Sistema de Control Interno, Desempeño Institucional y Gestión de la Calidad, para que a su vez la información se haga llegar al personal que integra cada área; así como al personal de la Oficialía Mayor. ¿ Apoyar en el desarrollo, implementación y evaluación de proyectos ¿ Apoyo en la elaboración de manuales ¿ Seguimiento al Plan de Mejora Regulatoria ¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5417.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844975202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorPuericulturistaPuericulturistaOficialía MayorArticulo 208 Fracción l del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Llenado de bitácoras
¿ Cuidado y atención de niñas y niños
¿ Planeación y cronogramas de actividades
¿ Proceso de credenciales, inscripción y consentimiento.
Apoyar en los proyectos de la comisión sobre niñas y niños
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5418.pdf2Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844976202401/01/202431/03/2024Centro de Justicia para Mujeres del Estado de HidalgoTitular de la Visitaduría Adjunta en Centro de Justicia para MujeresTitular de la Visitaduría Adjunta en Centro de Justicia para MujeresVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH.
¿ Registrar los datos del/la quejoso/a, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los/las quejosos/as.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del/la funcionario/a público/a ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea.
¿ Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5419.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844977202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tenango de DoriaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844980202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorJefe/a de MantenimientoJefa/a de MantenimientoOficialía MayorArticulo 208 fracción V del Regalmento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Realizar la limpieza en las oficinas y sanitarios, mediante la revisión diaria de las instalaciones de la CDHEH para que se encuentren limpias.
¿ Realizar las tareas de limpieza y mantenimiento diariamente, en oficinas y pasillos de la CDHEH.
Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5420.pdf2Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844940202401/01/202431/03/2024Visitaduria Regional de TizayucaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en TizayucaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en TizayucaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844978202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de IxmiquilpanTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en IxmiquilpanTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en IxmiquilpanVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844981202401/01/202431/03/2024PresidenciaResponsable de Comunicación Social, Información y SeguimientoResponsable de Comunicación Social, Información y SeguimientoPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Planificar actividades en coordinación con el Titular de la Secretaría Ejecutiva para definir la manera en que se cubrirán dichas actividades.
¿ Asistir a las actividades de la CDHEH o eventos públicos a fin de recopilar fotografías, así como la información necesaria para la elaboración de notas institucionales.
¿ Monitorear las entrevistas que los medios de comunicación realizan al personal de la Comisión
¿ Controlar y revisar los boletines generados por las Visitadurías Regionales
¿ Elaboración y envío de boletines y notas para su previa revisión y aprobación por el Titular de la Secretaría Ejecutiva
¿ Elaboración y envío de boletines y notas institucionales a los medios de comunicación para su publicación; así como publicar dicha información en la Página Web de la CDHEH, redes sociales oficiales así como en los diversos programas de difusión con los que cuenta la institución.
¿ Recopilación de las notas periodísticas (prensa escrita y digital) y de competencia de la CDHEH.
¿ Realizar la grabación y recopilación de material fotográfico producto de las entrevistas realizadas por personal de la CDHEH, estableciendo derecho de réplica.
¿ Coordinación en la transmisión de notas sobre las actividades de la CDHEH en televisión.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844983202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Huejutla de ReyesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844941202401/01/202431/03/2024Visitaduria Regional de TizayucaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en TizayucaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en TizayucaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844979202401/01/202431/03/2024Centro de Justicia para Mujeres del Estado de HidalgoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en el Centro de Justicia para MujeresTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en el Centro de Justicia para MujeresVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844984202401/01/202431/03/2024PresidenciaJefe/a de Logística y MonitoreoJefe de Logística y MonitoreoPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar un monitoreo de medios ONLINE: realizar un listado diario de las noticias, comunicados y/o eventos más relevantes, publicados en blogs, medios online y redes sociales, referentes a la CDHEH, CNDH, federación, comisiones estatales y organizaciones de la sociedad civil.
¿ Llevar un control de las participaciones de la CDHEH y de sus actividades, pronunciamientos y reuniones de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos.
¿ Revisar la página oficial y Twitter de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos e informar las novedades.
¿ Monitoreo de noticieros
¿ Elaborar síntesis informativa
¿ Apoyar en fotografía.
¿ Asistir con anticipación a los eventos donde acuda el OMBUDSPERSON como invitado, o bien, tenga participación e informe los pormenores a la oficina del Titular de la Presidencia
¿ Realizar las actividades que se deriven de las necesidades del área
Cualquier otra actividad que delegue el Responsable de Comunicación Social
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844942202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de la Unidad de TransparenciaTitular de la Unidad de TransparenciaPresidenciaArtículo 209. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.Tener disponible en medios impresos o electrónicos de manera permanente y actualizada, la información que señala la Ley de la materia
¿ Tener en cuenta el principio de que la información de carácter personal es irrenunciable, intransferible e indelegable, por lo que no se podrá proporcionar o hacerla pública, con excepción de los supuestos establecidos en la Ley de la materia
¿ Validar la información de carácter reservada que con motivo de las funciones de la Coordinación de Investigación se solicite y sea generada
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitido por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo
¿ Entregar la información solicitada, siempre y cuando haya sido requerida en los términos previstos por la Ley de la materia, que no se encuentre clasificada como reservada o confidencial
Propiedad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo la reproducción parcial o total de este documento
CDHEH-TR-23-018
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¿ Proporcionar la información, documentos y expedientes que le solicite el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo
¿ Recibir y dar curso a todas las solicitudes de las personas que tengan por objeto la actualización, rectificación, corrección y oposición total o parcial de los datos personales
¿ Presentar los resultados que deriven del ejercicio de sus funciones, así como la evidencia que demuestre el cumplimiento de objetivos y metas
¿ Supervisar que las áreas informen al público a través del aviso de privacidad, la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales
¿ Vigilar la puesta a disposición al público de los avisos de privacidad en sus dos modalidades simplificado e integral
¿ Revisar el sitio donde se puede consultar el aviso de privacidad simplificado e integral.
¿ Vigilar junto con las áreas competentes que los programas, servicios, sistemas o plataformas informáticas que impliquen el tratamiento de datos personales cumplan con las obligaciones previstas en la ley de la materia.
¿ Actualizar la información correspondiente a las obligaciones de transparencia de manera mensual, salvo que se establezca un plazo diverso
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5384.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844982202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tenango de DoriaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844985202401/01/202431/03/2024PresidenciaAuxiliar de Producción, Diseño y EdiciónAuxiliar de Producción, Diseño y EdiciónPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Rediseñar en conjunto con la Coordinación de Informática y Estadística la página web de la CDHEH.
¿ Diseñar los distintos productos de las actividades de la CDHEH.
¿ Diseñar y rediseñar Planes de Acción, Informes Anuales, Memorias y demás editoriales de la CDHEH.
¿ Diseñar y supervisar los productos y actividades que se requieran y tengan relación con la imagen institucional de la CDHEH.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Director de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844943202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tula de AllendeVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844944202401/01/202431/03/2024Órgano Interno de ControlTitular de la Unidad de Substanciación y ResoluciónTitular de la Unidad de Substanciación y ResoluciónÓrgano Interno de ControlArticulo 307 fracciones Vll y Vlll del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoIntegrar los expedientes derivados de los hechos u omisiones investigados,
así como de las quejas o denuncias interpuestas por presuntas
responsabilidades administrativas.
¿ Admitir el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
¿ Elaborar los acuerdos y actuaciones necesarios para el desarrollo del
procedimiento de responsabilidad administrativa.
¿ Recibir, y custodiar las Declaraciones de Situación Patrimonial que
presenten las y los Servidores Públicos de la CDHEH en términos de la Ley
General de Responsabilidades Administrativas.
¿ Elaborar las resoluciones recaídas a los procedimientos administrativos
disciplinarios.
¿ Llevar un registro de la recepción de las declaraciones patrimoniales.
¿ Interponer los medios de defensa correspondientes en la defensa de las
resoluciones emitidas.
¿ Las demás que le confieran las disposiciones legales
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5284.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844986202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaAuxiliar de NotificadorAuxiliar de NotificadorVisitaduría GeneralArtículo 91. de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Notificar respuestas a las personas usuarias, autoridades involucradas y a cualquier dependencia de la administración pública
¿ Apoyo en el desarrollo de las actividades administrativas en la dependencia
¿ Entregar la correspondencia de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, la que en apoyo se realiza a la Visitaduría Jurídica Regional y la que se genere en las oficinas centrales de la CDHEH a diversas personas destinatarias
¿ Entregar los acuses de recibido al personal de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, Visitaduría Jurídica Regional y las que se generen en Presidencia, con respecto a la correspondencia enviada a las y los distintos destinatarios
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5423.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844987202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Huejutla de ReyesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844945202401/01/202431/03/2024Área Coordinadora de ArchivosJefe/a de ArchivoJefa de ArchivoOficialía MayorArtículo 277 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Recibir a las y los Visitadores de la CDHEH que acuden al Archivo de Concentración a solicitar el préstamo o devolución de la documentación que se encuentra en resguardo. ¿ Recibir y proporcionar a las personas titulares de las Visitadurías, así como las personas servidores públicos de la CDHEH, que acuden a la Coordinación de Archivo a solicitar material, para desarrollar sus funciones adecuadamente. ¿ Apoyar en la organización de la documentación de archivo, para lograr agilidad en la búsqueda de expedientes. ¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia y/o actividades delegadas por el Titular del Área Coordinadora de Archivos
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5385.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844946202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorRecepcionistaRecepcionistaOficialía MayorArticulo 278 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Registrar los datos generales del/la usuario/a en el sistema.
¿ Orientar a personas usuarios/as/es que soliciten información de los servicios que ofrece la CDHEH.
¿ Canalizar al/a la usuario/a al personal jurídico para su atención.
¿ Recibir correspondencia previa revisión.
¿ Recibir y registrar las llamadas telefónicas externas conforme sean recibidas y comunicar al área o funcionario correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
¿ Recibir, registrar, realizar las llamadas telefónicas internas conforme éstas sean recibidas y comunicar al área o funcionario/a correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5387.pdf3Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844947202401/01/202431/03/2024Visitaduria Regional de Mixquiahuala de JuárezTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Mixquiahuala de JuárezTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Mixquiahuala de JuárezVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844948202401/01/202431/03/2024PresidenciaJefe/a de Producción, Diseño y EdiciónJefe de Producción, Diseño y EdiciónPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
Rediseñar en conjunto con la Coordinación de Informática y Estadística la página web de la CDHEH. ¿ Diseñar los distintos productos de las actividades de la CDHEH. ¿ Diseñar y rediseñar Planes de Acción, Informes Anuales, Memorias y demás editoriales de la CDHEH. ¿ Diseñar y supervisar los productos y actividades que se requieran y tengan relación con la imagen institucional de la CDHEH. ¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia ¿ Cualquier otra actividad que delegue el Director de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf2Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844988202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaJefe/a de Promoción, Difusión e InvestigaciónJefe de Promoción, Difusión e InvestigaciónSecretaría EjecutivaArticulo 51 Fracción ll de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar y apoyar la generación, recopilación, distribución y revisión de los artículos de divulgación.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión del contenido del órgano oficial de difusión.
¿ Elaborar y apoyar en realizar los expedientes que emanen de las actividades de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Elaborar y apoyar en la elaboración de expedientes físicos de las actividades realizadas en la coordinación de promoción, difusión e investigación, conforme a los establecido en los procesos de archivo.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de los cuadernos de investigación de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de las publicaciones científicas de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación y presentación de ponencias de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Titular de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5424.pdf2Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844989202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Zacualtipán de ÁngelesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844949202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría Adjunta "B"Titular de la Visitaduría Adjunta "B"Visitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf4Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844950202401/01/202431/03/2024Unidad de Informática, Estadística y Desarrollo TecnológicoJefe/a de Sistemas de InformaciónJefe de Sistemas de InformaciónPresidenciaArtículo 217 Bis. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Apoyar a las áreas que integran a la CDHEH el respaldo necesario en materia de informática para el desarrollo de sus funciones.
¿ Apoyar al mantenimiento a las diferentes Bases de Datos.
¿ Apoyar al personal, en la operación de los Sistemas de Información.
¿ Apoyar al personal sobre los nuevos cambios y su impacto en la operación de los sistemas de información.
¿ Apoyar en la elaboración de información oportuna o periódica con fundamento estadístico fácil de entender.
¿ Instalar y adecuar equipo de cómputo.
¿ Apoyar en sistematizar datos para la generación de nuevos reportes estadísticos.
¿ Apoyo en configurar el software necesario en los equipos de las áreas administrativas de la CDHEH, mediante el apoyo de las herramientas
¿ Apoyar en respaldar los equipos de cómputo de la CDHEH, con la finalidad de almacenar la información oficial.
¿ Brindar el apoyo al personal cuando tiene algún problema con la paquetería de office o algún programa instalado en la computadora.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5391.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844990202401/01/202431/03/2024PresidenciaAuxiliar de la Coordinación JurídicaAuxiliar de la Coordinación JurídicaPresidenciaArtículo 217 Ter. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Elaboración de convenios y contratos con número de consecutivo
¿ Asesorar a las diferentes áreas con sus dudas sobre alguna actividad que implique pasos legales como la adquisición de bienes, arrendamientos, seguros, transparencia, etc.
¿ Apoyar en procesos jurídicos que requiera la comisión
¿ Apoyar en la revisión de marcos normativos aplicables
¿ Apoyar en los diversos procesos de demanda que la comisión podría requerir como procesos de despidos, actas por robos ante el ministerio público o incumplimento de contratos por terceros.
¿ Asesorar en caso de ser necesario al Titular de la Presidencia y al Titular de la Visitaduría Adjunta sobre los procesos de Queja y/o recomendaciones con el fin de tener un panorama completo del asunto a tratar
¿ Participar en eventos y reuniones con el fin de impulsar la vinculación entre instituciones
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5433.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844991202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorTitular de la Coordinación de Recursos HumanosTitular de la Coordinación de Recursos HumanosOficialía MayorArticulo 208 Fracción l del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaboración y cálculo de finiquitos.
¿ Efectuar la actualización de datos en el sistema SIRI para la determinación del SAR-FOVISSSTE.
¿ Efectuar revisiones de calidad de acuerdo al Sistema de Gestión de la Calidad.
¿ Efectuar actualización y mejoras de los Procedimientos del SGC.
¿ Dar de alta al/la empleado/a en el Sistema de Nómina ingresando sus datos personales, asignándole cuenta de depósito bancario y asignación de puesto y plaza vacante.
¿ Registrar los movimientos del/la empleado/a y prestaciones en el formato de movimiento y prestaciones del Sistema de Nómina.
¿ Realizar movimiento del/la empleado/a en el Sistema de Nómina, dependiendo si es alta, baja o modificación de plaza.
¿ Crear la quincena a pagar en el Sistema de Nómina identificando tipo de quincena y periodo de pago.
¿ Registrar movimiento de prestaciones en el Sistema de Nómina dando de alta la información correspondiente a prestaciones correspondientes ISSSTE, Créditos hipotecarios FOVISSSTE y Créditos FONACOT.
¿ Realizar los descuentos correspondientes al/la empleado/a para pagos a terceros.
¿ Registrar y aplicar incidencias para el registro de asistencias.
¿ Realizar el cálculo de nómina de acuerdo al Sistema de Nómina indicando la quincena de pago.
¿ Elaboración de cheques para pago de pensión alimenticia.
¿ Realizar la dispersión de nómina en el portal del banco a través de transferencia bancaria.
¿ Realizar las deducciones por percepciones.
¿ Las demás funciones que le atribuyen las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de Oficialía Mayor, dentro de su respectivo ámbito de competencia.
¿ Integrar los expedientes de Nómina.
¿ Resguardar y mantener actualizados los expediente de todo el personal.
¿ Efectuar la base de cálculo de acuerdo a las plazas proyectadas.
¿ Publicar convocatoria de vacantes en página WEB.
¿ A los candidatos reclutados, aplicar evaluación de habilidades y entregar resultado obtenido.
¿ Publicar resultados en página WEB.
¿ Requerir documentos para integrar expediente personal, dar de alta en ISSSTE al empleado.
¿ Realizar cédula de evaluación de la competencia de cada persona que labora en la institución y aplicarla.
¿ Aplicar al personal con antigüedad de más de un año de forma anual, personal de nuevo ingreso a los tres meses y personal con promoción en el momento que se efectúe la misma.
¿ Elaborar el programa anual de capacitación.
¿ Revisar las preguntas que van a considerarse en el cuestionario a aplicarse para la evaluación de clima laboral anual.
¿ Informar al personal mediante oficio, para llevar a cabo el cuestionario de clima laboral de la Comisión.
¿ Elaborar convocatoria para ingresar al Servicio Profesional de Carrera y publicarla.
¿ Elaborar actualización de datos, validar información y enviar a la base nacional del SIRI.
¿ Enviar información de manera electrónica y solicitar línea de captura para pago.
¿ Elaborar carta de aceptación y terminación de Servicio Social o Prácticas Profesionales.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5425.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844992202401/01/202431/03/2024Órgano Interno de ControlTitular de la Unidad de InvestigaciónTitular de la Unidad de InvestigaciónÓrgano Interno de ControlArticulo 307 párrafo Vl del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
¿ Elaborar el Programa Anual de revisiones y auditorías y someterlo a consideración del Titular del Órgano Interno de Control.
¿ Desarrollar las revisiones, visitas de inspección y auditorías contempladas en el Programa Anual en tiempo y forma y presentar los informes de resultados correspondientes.
¿ Recepcionar quejas y denuncias presentadas en contra de las y los Servidores Públicos de la CDHEH. · Solicitar información y/o documentación a las diferentes áreas de la Comisión, a diversas autoridades, así como a las y los Servidores Públicos de la CDHEH a efecto de contar con los elementos necesarios para investigar los actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.
¿ Citar a los ex servidores públicos de la CDHEH a efecto de contar con los elementos necesarios para investigar los actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.
¿ Analizar los hechos, así como la información recabada a efecto de determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa y en su caso calificarla.
¿ Elaborar el informe de presunta responsabilidad administrativa que turnará ante la autoridad competente.
¿ Vigilar y supervisar el correcto desarrollo de las funciones y logro de los objetivos de la CDHEH.
¿ Las demás que le confieran las disposiciones legales.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5426.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844951202401/01/202431/03/2024Recursos HumanosAuxiliar AdministrativoAuxiliar AdministrativoOficialía MayorArticulo 208 Fracción l del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Verificar que la documentación del personal de la CDHEH cumpla con los requisitos solicitados
¿ Apoyar en el cálculo de nómina, elaboración de términos de referencia, seguimiento en las capacitaciones del personal, elaboración de circulares y elaboración de notas administrativas
¿ Apoyar en auditorías sobre recursos humanos y realizar el archivo del área de recursos humanos
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5392.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844952202401/01/202431/03/2024Visitaduría GeneralTitular de Visitaduría GeneralTitular de Visitaduría GeneralVisitaduría GeneralArticulo 45 de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Coordinar sus labores con los /las responsables de las Visitadurías Jurídicas, solicitando los informes que resulten indispensables
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
¿ Delegar diversas funciones en el personal bajo su cargo
¿ Coordinar los estudios sobre adiciones y reformas a la legislación vigente, en materia de Derechos Humanos
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitida por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo
¿ Las demás funciones que le atribuyen las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Presidente/a de la CDHEH dentro de su respectivo ámbito de competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5394.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844953202401/01/202431/03/2024PresidenciaSecretario/a de PresidenciaSecretario de PresidenciaPresidenciaArtículo 202 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Auxiliar al Titular de la Presidencia de la CDHEH en actividades de agenda, de control de la oficina y atención de asuntos relacionados directamente con sus actividades, con la finalidad de apoyar en el cumplimiento de las funciones encomendadas en la CDHEH.
¿ Solicitar, recabar, analizar y procesar información para la elaboración de diversos reportes e informes de acuerdo a las instrucciones generales que reciba Titular de la Presidencia
¿ Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia y todas aquellas tareas que le sean asignadas por Titular de la Presidencia de la CDHEH
¿ Registrar compromisos, audiencias, acuerdos, visitas, giras, entrevistas, y otros eventos desarrollados por el Titular de la Presidencia.
¿ Mantener ordenados y actualizados los directorios, archivos y documentos del Titular de la Presidencia, para su eficiente consulta y manejo oportuno.
¿ Turnar a los órganos o unidades administrativas de la CDHEH la correspondencia a ellos dirigida, que se reciba en las oficinas de la CDHEH.
¿ Elaborar documentos oficiales que sean requeridos por Titular de la Presidencia
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitida por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5399.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844993202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de la Unidad de Informática, Estadística y Desarrollo TecnológicoTitular de la Unidad de Informática, Estadística y Desarrollo TecnológicoPresidenciaArtículo 217 Bis. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Coordinar acciones para proporcionar a las áreas que integran a la CDHEH el respaldo necesario en materia de informática para el desarrollo de sus funciones.
¿ Coordinar mantenimiento a las diferentes Bases de Datos.
¿ Asesorar y capacitar al personal, en la operación de los Sistemas de Información.
¿ Coordinar los cambios y su impacto en la operación de los sistemas de información.
¿ Proporcionar a funcionarios información oportuna o periódica con fundamento estadístico fácil de entender.
¿ Elaborar informes diversos de análisis estadísticos.
¿ Investigar y promover la aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación.
¿ Provocar o adecuar los procesos de los sistemas de información que permitan la mejora continua de los procedimientos de trabajo.
¿ Revisar contenido de las bases de datos para la generación de nuevos reportes estadísticos.
¿ Monitorear la configuración del software necesario en los equipos de las áreas administrativas de la CDHEH, mediante el apoyo de las herramientas adecuadas, a fin de que se encuentren actualizados.
¿ Coordinar proyectos de desarrollo.
¿ Tener habilidades de redacción de contenido para sitios Web.
¿ Elaboración de informes y comparación de datos para las líneas bases de la comisión así como estadísticas de desempeño institucional
¿ Trabajar de la mano con el Titular de la Coordinación de Planeación para elaborar el informe anual de actividades con datos estadísticos precisos sobre las actividades de la comisión
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5428.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844994202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de ApanTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en ApanTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en ApanVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844954202401/01/202431/03/2024Recursos Materiales y Servicios GeneralesTitular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios GeneralesTitular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios GeneralesOficialía MayorArticulo 208 fracción V del Regalmento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Autorizar los requerimientos de suministro de bienes y servicios para cubrir las necesidades de cada unidad administrativa en la CDHEH.
¿ Asistir a las instancias correspondientes para los trámites administrativos relacionados con el parque vehicular.
¿ Evaluar el programa de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, para una permanente vigilancia del costo-beneficio y su consumo de gasolina.
¿ Administrar los inventarios de bienes muebles de las unidades administrativas de la CDHEH, mediante un control de registro.
¿ Coordinar la revisión periódica y física de los bienes muebles que se encuentran asignados bajo resguardo del personal.
¿ Solicitar cotización y presupuestos de suministros y de materiales.
¿ Controlar la adquisición de bienes materiales y servicios que se requieran para un buen desempeño de las funciones.
¿ Dar seguimiento a la fecha de vencimiento de los contratos de seguros, y arrendamientos para su renovación.
¿ Proporcionar el mobiliario y equipo para el desempeño de las actividades a realizar por los integrantes de la CDHEH.
¿ Llevar un control de inventario de los artículos consumibles.
¿ Supervisar el buen funcionamiento de las instalaciones de la CDHEH.
¿ Supervisar las actividades de mantenimiento y limpieza.
¿ Elaborar los informes mensuales de adquisiciones realizadas, para presentarlos en el Comité de Adquisiciones.
¿ Integrar la información a presentar en las sesiones de los Comités de Adquisiciones y desincorporación de bienes.
¿ Integrar y resguardar los expedientes de adjudicación, así como de los proveedores.
¿
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5400.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844955202401/01/202431/03/2024Recursos Materiales y Servicios GeneralesTitular de la Subdirección de Recursos MaterialesTitular de la Subdirección de Recursos MaterialesOficialía MayorArticulo 208 fracción V del Regalmento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Control de los servicios realizados y a realizar a los vehículos oficiales.
¿ Emitir informe mensual a la persona titular de la Oficialía Mayor de los servicios realizados a bienes muebles e inmuebles.
¿ Control de los insumos enviados a las áreas de la Comisión, y emisión de informe mensual a la persona titular de la Oficialía Mayor de ejercicio de insumos.
¿ Cotizar suministros y materiales; y hacer la compra de los mismos.
¿ Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la CDHEH.
¿ Elaborar inventarios de los bienes muebles de las unidades administrativas de la CDHEH.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5401.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844995202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tulancingo de BravoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tulancingo de BravoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tulancingo de BravoVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844956202401/01/202431/03/2024Órgano Interno de ControlTitular del Órgano Interno de ControlTitular del Órgano Interno de ControlÓrgano Interno de ControlArticulo 307 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Planear, programar, organizar y ejecutar, las revisiones y auditorías a las diversas áreas que conforman la Comisión.
¿ Solicitar información y/o documentación a las diferentes áreas de la Comisión, a diversas autoridades, así como a las y los Servidores y/o Ex Servidores Públicos de la CDHEH a efecto de contar con los elementos necesarios para investigar los actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.
¿ Integrar los expedientes derivados de los hechos u omisiones investigados, así como de las quejas o denuncias interpuestas por presuntas responsabilidades administrativas.
¿ Elaborar los informes de los resultados derivados de las revisiones y auditorías que se realicen y hacerlos del conocimiento a la Presidencia de la CDHEH y a las autoridades correspondientes.
¿ Turnar a las instancias correspondientes los expedientes derivados de las quejas, denuncias, revisiones y auditorías que puedan implicar alguna falta administrativa, irregularidad o conducta ilícita.
¿ Presidir o designar a un comisionado en los actos de entrega recepción de las y los Servidores Públicos de la CDHEH
¿ Asistir a los Comités y Subcomités de los que forme parte.
¿ Recibir y custodiar las Declaraciones de Situación Patrimonial que presenten las y los Servidores Públicos de la CDHEH en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
¿ Elaborar y presentar para su aprobación los proyectos de la estructura orgánica, personal y/o de recursos, así como el anteproyecto de presupuesto del Órgano Interno de Control.
¿ Vigilar y supervisar el correcto desarrollo de las funciones y logro de los objetivos de la CDHEH.
¿ Proponer la contratación de auditores externos y dar seguimiento al cumplimiento de las observaciones y recomendaciones que formulen las autoridades fiscalizadoras externas.
¿ Proponer los mecanismos de orientación y cursos de capacitación que resulten necesarios para procurar que las personas servidoras públicas de la CDHEH cumplan adecuadamente con sus funciones administrativas.
¿ Elaborar los informes semestral y anual de los resultados de la gestión del Órgano Interno de Control y presentarlos a la Auditoría Superior del Estado y al Congreso del Estado.
¿ Emitir acuerdos y resoluciones en el ámbito de su competencia.
¿ Llevar a cabo reuniones de trabajo con las y los Servidores Públicos de la CDHEH.
¿ Las demás que le confieran las disposiciones legales.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5402.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844957202401/01/202431/03/2024Recursos Materiales y Servicios GeneralesJefe/a de Recursos Materiales y Servicios GeneralesJefe de Recursos Materiales y Servicios GeneralesOficialía MayorArtículo 208 Fracción V del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Apoyo en elaborar y revisar los requerimientos de suministro de bienes y servicios para cubrir las necesidades de cada unidad administrativa en la CDHEH.
¿ Apoyo en revisar y asistir a las instancias correspondientes para los trámites administrativos relacionados con el parque vehicular.
¿ Apoyo en la evaluación del programa de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, para una permanente vigilancia del costo-beneficio y su consumo de gasolina.
¿ Apoyo en la elaboración y revisión de los inventarios de bienes muebles de las unidades administrativas de la CDHEH, mediante un control de registro.
¿ Apoyo en la coordinación y la revisión periódica y física de los bienes muebles que se encuentran asignados bajo resguardo del personal.
¿ Apoyar y solicitar cotización y presupuestos de suministros y de materiales.
¿ Apoyar en el control de las adquisiciones de bienes materiales y servicios que se requieran para un buen desempeño de las funciones.
¿ Apoyo en el seguimiento a la fecha de vencimiento de los contratos de seguros, y arrendamientos para su renovación.
¿ Apoyo en mapear el mobiliario y equipo para el desempeño de las actividades a realizar por los integrantes de la CDHEH.
¿ Apoyo en el control de inventario de los artículos consumibles.
¿ Apoyo en la supervisión del buen funcionamiento de las instalaciones de la CDHEH.
¿ Apoyo en la supervisión de las actividades de mantenimiento y limpieza.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5403.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844996202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta RegionalTitular de la Visitaduría Adjunta Adscrita a la Visitaduría RegionalTitular de la Visitaduría Adjunta Adscrita a la Visitaduría RegionalVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Recepcionar, registrar y entregar la documentación dirigida tanto a la Visitaduría Jurídica Adjunta Regional como a las Visitadurías Regionales.
¿ Recepcionar expedientes y resoluciones de quejas, que personal de las Visitadurías Regionales entregan a la Visitaduría Jurídica Adjunta Regional para su revisión.
¿ Remitir al personal de las Visitadurías Regionales las correcciones y/u observaciones realizadas a los acuerdos de conclusión, propuestas de solución y recomendaciones de los expedientes de quejas realizadas por la persona Titular de la Visitaduría Jurídica Adjunta Regional.
¿ Verificar que en los acuerdos de conclusión, propuestas de solución y recomendaciones se hayan realizado las correcciones y/o modificaciones indicadas por la persona Titular de la Visitaduría Jurídica Adjunta Regional y/o Visitaduría General.
¿ Entregar al personal de las Visitadurías Regionales los expedientes de quejas cuyas resoluciones hayan sido autorizadas por la persona Titular de la Presidencia de la CDHEH.
¿ Coadyuvar en el monitoreo de las cámaras de video instaladas en las Visitadurías Regionales.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5430.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844997202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaJefe/a de Departamento "B"Jefe de Departamento "B"Visitaduría GeneralArticulo 33 Fracc. V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoLo que la titular de la Visitaduría General le delegehttp://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_XVII_34_5713.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844998202401/01/202431/03/2024Presupuesto y ContabilidadJefe/a de Oficina "B"Jefe de Oficina "B"Oficialía MayorArticulo 33 Fracc. V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoLo que la titular de Oficialía Mayor le delegehttp://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_XVII_34_5713.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844999202401/01/202431/03/2024Visitaduría GeneralJefe/a de Oficina AJefa de Oficina "A"Visitaduría GeneralArticulo 33 Fracc. V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoLo que la titular de la Visitaduría General le delegehttp://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_XVII_34_5713.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844921202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de PresidenciaTitular de PresidenciaPresidenciaArticulo 33 de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Ejecutar, presidir, instrumentar y coordinar las actividades legalmente atribuidas a la Comisión
¿ Ejercer la representación pública de la CDHEH
¿ Promover las relaciones de la Comisión con organismos públicos, privados o sociales, nacionales e internacionales, en la materia de su competencia;
¿ Poner a consideración del Consejo, para su aprobación, las observaciones generales y las propuestas conducentes a una mejor protección de los derechos humanos en el Estado de Hidalgo
¿ Convocar a los miembros del Consejo en los términos señalados en el Reglamento de manera ordinaria o extraordinaria, cuando así lo estime necesario
¿ Determinar la reapertura de los casos que se encuentren concluidos, cuando así lo considere necesario
¿ Ampliar de forma excepcional, el plazo en el que debe ser desahogada alguna prueba o cualquier procedimiento, debido a la complejidad y naturaleza del asunto
¿ Fomentar la educación, difusión y promoción de una cultura de conocimiento y respeto a los derechos humanos y el combate a la discriminación
¿ Recibir y conocer los informes que presente el Titular del Órgano Interno de Control.
¿ Efectuar la adquisición de bienes de carácter imperioso, cuando por necesidades de la Comisión no se cuente con el tiempo para convocar al comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5393.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844958202401/01/202431/03/2024Visitaduría GeneralTitular de la Unidad de Investigación Especializada en TorturaTitular de la Unidad de Investigación Especializada en TorturaVisitaduría GeneralArtículo 217 Quintus del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.Levantamiento de datos mediante aplicación de estudios de campo, visita a las Personas Privadas de su Libertad
¿ Solicitar información a otras organizaciones o autoridades
¿ Sistematización y resguardo de la información
¿ Aplicación de métodos científicos de investigación para el esclarecimiento de hechos
¿ Coadyuvar a las diligencias solicitadas por la Visitaduría General
¿ Participar en reuniones y eventos sobre la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
¿ Apoyar en la elaboración de recomendaciones basado en datos sobre derechos humanos
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue, así como la persona Titular de la Visitaduría General.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844959202401/01/202431/03/2024Recursos HumanosJefe/a de Psicología Organizacional y ClínicaJefa de Psicología Organizacional y ClínicaOficialía MayorArtículo 208 Fracción l del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Brindar servicios de evaluación y acompañamiento psicológico al personal, en situaciones de estrés o ansiedad laboral.
¿ Brindar servicios de evaluación y acompañamiento psicológico a personas usuarias
¿ Elaborar y proponer cursos y talleres psicoeducativos, abordando temas de utilidad para la capacitación del personal.
¿ Capacitar en primeros auxilios psicológicos para la atención de víctimas.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
¿ Apoyo en el desarrollo de cursos que tengan componentes psicológicos
¿ Atender a personas usuarias que sufran un ataque o problema psicológico en las instalaciones de la CDHEH
¿ Apoyo en el levantamiento de información que requiera de conocimientos en psicología
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5405.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844960202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaEncargado/a de la Dirección de Educación y FormaciónEncargada de la Dirección de Educación y FormaciónSecretaría EjecutivaAritulo 262 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Coordinar y participar en las actividades de estudio, enseñanza y capacitación de los derechos humanos.
¿ Proponer y dirigir el desarrollo de nuevos contenidos para la oferta educativa de la comisión.
¿ Instruir que se registre, clasifique y ordene en expediente digital y físico la información, de acuerdo con los lineamientos de la ley de archivos del estado de Hidalgo.
¿ Recibir solicitudes para atender y dar trámite a cursos–talleres, pláticas informativas, actividades extracurriculares, diplomados y las demás inherentes a las funciones y responsabilidades de la coordinación
¿ Llevar la agenda de actividades de la coordinación de educación y formación.
¿ Solicitar al secretario/a ejecutivo/a el apoyo para el traslado al lugar de la actividad, cuando se requiera.
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Titular de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5406.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844961202401/01/202431/03/2024Área Coordinadora de ArchivosTitular de Normatividad ArchivísticaTitular de Normatividad ArchivísticaOficialía MayorArtículo 277 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Elaboración de informes.
¿ Carga de información a la página del Instituto de Transparencia del Estado.
¿ Organización y accesibilidad de información para las áreas de la comisión.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5407.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844922202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaTitular de la Secretaría EjecutivaTitular de la Secretaría EjecutivaSecretaría EjecutivaArtículo 51. de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Analizar las solicitudes para la impartición de curso – taller o plática, determinando su viabilidad, modalidad y persona responsable para la ejecución de dicha actividad
¿ Gestionar los recursos para la ejecución de las actividades de promoción y difusión, educación y formación, e investigación, ante la Oficialía Mayor.
¿ Analiza y autoriza los temas para la difusión de los Derechos Humanos.
¿ Verificar la producción de materiales de difusión
¿ Participar en foros, reuniones y conferencias con instituciones públicas o privadas sobre temas inherentes a los Derechos Humanos.
¿ Verificar la elaboración de programas de formación en Derechos Humanos para servidores/as públicos/as de los tres niveles de gobierno, estudiantes, organizaciones de la sociedad civil y sociedad en general
¿ Efectuar reuniones de trabajo continuas con personal de la Secretaría Ejecutiva, para la coordinación de actividades y supervisión de resultados.
¿ Presentar a la Presidencia los diversos materiales de promoción y difusión, educación y formación, e investigación, producidos por la Secretaría Ejecutiva
¿ Supervisar los trabajos de la Secretaría Ejecutiva, y rendir a la Presidencia los informes necesarios, que especifiquen los resultados obtenidos
¿ Presentar los resultados que deriven del ejercicio de sus funciones, así como la evidencia que demuestre el cumplimiento de objetivos y metas.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia o las que delegue el Titular de la Presidencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5398.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844923202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorTitular de Oficialía MayorTitular de Oficialía MayorOficialía MayorArtículo 207 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Realizar el proceso de concertación de los elementos y la estructura programática y del Proyecto de Programa-Presupuesto de la Comisión, así como los informes financieros y contables, los que someterá a la consideración del titular de la Comisión, de conformidad con los lineamientos establecidos al efecto;
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitido por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo
¿ Elaborar, desarrollar y ejecutar el Programa de Capacitación dirigido al personal de la Comisión;
¿ Conducir las relaciones laborales de la Comisión conforme a la normatividad establecida al efecto;
¿ Tramitar las remociones, renuncias y licencias de los funcionarios y trabajadores de la Comisión;
¿ Aplicar las políticas que señale la persona Titular de Presidencia para el ejercicio del presupuesto de egresos;
¿ Coordinar el ejercicio del gasto conforme a los lineamientos generales y específicos establecidos en la materia;
¿ Revisar las operaciones financieras y llevar a cabo la contabilidad de la Comisión;
¿ Calendarizar y efectuar pagos conforme a los programas y presupuestos; y formular mensualmente los estados financieros;
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5397.pdf1Recursos Humanos26/04/2024Se describen las Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género), del criterio mencionado, toda vez que el campo no permite más de 4000 caracteres:
¿ Elaborar la cuenta pública que, en su caso, se presentará a las distintas autoridades competentes que así lo requieran;
¿ Formular y ejecutar los programas anuales de operación, adquisiciones, mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles de la Comisión;
¿ Elaborar y desarrollar los Manuales de Organización y Procedimientos de la Comisión y los demás instructivos de organización;
¿ Sistematizar la información que emiten los órganos y unidades administrativas de la Comisión, respecto al cumplimiento en las metas y avances programados;
¿ Evaluar la congruencia de los proyectos y programas propuestos por los diferentes órganos y unidades administrativas, con base a los resultados que se obtengan de la sistematización de la información y las políticas y lineamientos que establezca la persona Titular de Presidencia;
¿ Proponer la persona Titular de Presidencia las iniciativas de reformas a documentos normativos o a prácticas administrativas que redunden en una mejor protección de los derechos humanos;
¿ Realizar las investigaciones y estudios que le sean encomendados por la persona Titular de Presidencia, diseñar, implementar y evaluar las actividades estratégicas que fomenten el Desarrollo Institucional;
¿ Homologar criterios de operatividad, respecto de los objetivos y metas de la Comisión;
¿ Proponer modelos o esquemas de trabajo que aseguren la eficacia de la Comisión;
¿ Proponer criterios de planeación, ejecución, supervisión y evaluación de las políticas proyectos y programas de la Comisión;
¿ Mantener actualizado el inventario general de la Comisión;
¿ Realizar las adquisiciones de bienes y servicios de acuerdo con los preceptos legales aplicables, así como custodiar y administrar los bienes de la Comisión;
¿ Suscribir los contratos, convenios y acuerdos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como los demás documentos que impliquen actos de administración, conforme a las disposiciones legales aplicables;
¿ Establecer, controlar y evaluar el Programa Interno de Protección Civil y de administración de riesgos y aseguramiento para el personal, instalaciones, bienes, información y documentación de la Comisión;
¿ Establecer y operar el sistema de informática administrativa y demás recursos electrónicos y telecomunicaciones de la Comisión;
¿ Programar, sistematizar, actualizar y proveer la información contenida en las bases de datos y sistemas, a los órganos y unidades administrativas que integran la Comisión, así como elaborar, actualizar, resguardar y administrar los sistemas, bases de datos y herramientas informáticas;
¿ Promover y apoyar la capacitación del personal de la Comisión para el uso y manejo de los sistemas de información existentes;
¿ Administrar los sistemas informáticos, equipos y software de la Comisión;
¿ Apoyar en las actividades sustantivas y comunes de la Comisión en materia de informática, estadística y desarrollo de sistemas;
¿ Promover la administración, organización, clasificación y catalogación del acervo documental;
¿ Integrar el Sistema de Gestión Archivística en razón de la relevancia jurídica y documental;
¿ Divulgar y sensibilizar el uso e investigación de acervo cultural.
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36844924202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de la Dirección de Análisis, Contexto y Defensa de Derechos HumanosTitular de la Dirección de Análisis, Contexto y Defensa de Derechos HumanosPresidenciaArtículo 217 Quater. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Levantamiento de datos mediante encuestas, visita de los espacios a estudiar, solicitudes de información a otras organizaciones, investigaciones académicas sobre derechos humanos, revistas u organismos internacionales.
¿ Sistematización y resguardo de la información.
¿ Elaboración de investigaciones, estudios, fichas técnicas, infografías, o cualquier información sobre derechos humanos para las actividades de la Comisión
¿ Participar en reuniones y eventos sobre el impulso de la investigación de los derechos humanos así como impulsar la vinculación con el fin de que se realicen productos sobre derechos humanos en Hidalgo
¿ Apoyar en la elaboración de recomendaciones basado en datos sobre derechos humanos
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5395.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844925202401/01/202431/03/2024Oficialía MayorJefe/a de la Unidad Central de CorrespondenciaJefa de la Unidad Central de CorrespondenciaOficialía MayorArticulo 278 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Revisar la correspondencia de entrada; a fin de identificar que los datos a quien se dirige el documento sea funcionario/a de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar la correspondencia en el Sistema de la Unidad Central de Correspondencia.
¿ Distribuir y recopilar las firmas de recibido de la correspondencia a las áreas indicadas.
Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5390.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844962202401/01/202431/03/2024PresidenciaCoordinador/a Jurídico/aCoordinador JurídicoPresidenciaArtículo 217 Ter. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Elaboración de convenios y contratos con número de consecutivo
¿ Asesorar a las diferentes áreas con sus dudas sobre alguna actividad que implique pasos legales como la adquisición de bienes, arrendamientos, seguros, transparencia, etc.
¿ Apoyar en procesos jurídicos que requiera la comisión
¿ Apoyar en la revisión de marcos normativos aplicables
¿ Apoyar en los diversos procesos de demanda que la comisión podría requerir como procesos de despidos, actas por robos ante el ministerio público o incumplimento de contratos por terceros.
¿ Asesorar en caso de ser necesario al Titular de la Presidencia y al Titular de la Visitaduría Adjunta sobre los procesos de Queja y/o recomendaciones con el fin de tener un panorama completo del asunto a tratar
¿ Participar en eventos y reuniones con el fin de impulsar la vinculación entre instituciones
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5408.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844963202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Jacala de LedezmaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Jacala de LedezmaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Jacala de LedezmaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844964202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Jacala de LedezmaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Jacala de LedezmaTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Jacala de LedezmaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844926202401/01/202431/03/2024Recursos Materiales y Servicios GeneralesJefe/a de Oficina AJefe de Oficina "A"Oficialía MayorArticulo 33 Fracc. V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoLo que la titular de Oficialía Mayor le delegehttp://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_XVII_34_5713.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844927202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tulancingo de BravoTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tulancingo de BravoTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tulancingo de BravoVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844928202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Implementar las medidas y/o mecanismos necesarios para la atención, recepción y tramitación de quejas. o Artículo 116.- Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades: I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales; II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos; III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos
¿ Supervisar la correcta integración de los expedientes de queja, a cargo de personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas y/o Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Supervisar que el personal jurídico de la CDHEH brinde a la ciudadanía una adecuada orientación, respecto de los asuntos planteados en los que el organismo sea incompetente.
¿ Revisar la redacción de quejas y las orientaciones.
¿ Canalizar las resoluciones para su evaluación y aprobación ante la Visitaduría General.
¿ Verificar que se canalicen con las instancias correspondientes aquellos asuntos respecto de los cuales la CDHEH sea incompetente.
¿ Supervisar que el personal jurídico encargado del asunto, mantenga un adecuado seguimiento de las resoluciones emitidas por la CDHEH hasta su total cumplimiento.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5376.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844929202401/01/202431/03/2024Visitaduria Regional de Tepeji del RíoTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tepejí del RíoTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tepejí del RíoVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844931202401/01/202431/03/2024Presupuesto y ContabilidadResponsable de PresupuestoResponsable de PresupuestoOficialía MayorArtículo 208 Fracción ll del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Recibir el recurso de la persona Titular de la Oficialia Mayor, para el manejo del fondo revolvente.
¿ Realizar el reembolso en efectivo de los gastos que efectúa el personal de la CDHEH en la realización de sus actividades, así como efectuar el pago de los servicios.
¿ Utilizar el Clasificador por Objeto del Gasto, con la finalidad de elaborar las leyendas de facturas mensuales.
¿ Coadyuvar en la integración, clasificación y elaboración de las guías e inventarios de los expedientes para su archivo.
¿ Colaborar en la elaboración del Informe de Avance de Gestión Financiera.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5378.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844965202401/01/202431/03/2024Secretaría EjecutivaJefe/a de Educación y FormaciónJefa de Educación y FormaciónSecretaría EjecutivaAritulo 262 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Apoyar en coordinar y participar en las actividades de estudio, enseñanza y capacitación de los derechos humanos.
¿ Apoyar en proponer y dirigir el desarrollo de nuevos contenidos para la oferta educativa de la comisión.
¿ Apoyar en instruir que se registre, clasifique y ordene en expediente digital y físico la información, de acuerdo con los lineamientos de la ley de archivos del estado de Hidalgo.
¿ Apoyar en recibir solicitudes para atender y dar trámite a cursos–talleres, pláticas informativas, actividades extracurriculares, diplomados y las demás inherentes a las funciones y responsabilidades de la coordinación
¿ Apoyar en la agenda de actividades de la coordinación de educación y formación.
¿ Apoyar en solicitar el traslado al lugar de la actividad, cuando se requiera.
¿ Recabar y sistematizar las actividades de educación y formación
¿ Apoyar para la integración de los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5409.pdf2Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844966202401/01/202431/03/2024Visitaduria Regional de Tepeji del RíoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tepeji del RíoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tepeji del RíoVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844930202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría AdjuntaTitular de la Visitaduría AdjuntaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH.
¿ Registrar los datos del/la quejoso/a, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los/las quejosos/as.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del/la funcionario/a público/a ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea.
¿ Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5377.pdf8Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844932202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría Adjunta NotificadoraTitular de la Visitaduría Adjunta NotificadoraVisitaduría GeneralArtículo 91. de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Notificar respuestas a los/las usuarios/as y autoridades involucradas.
¿ Apoyo en el desarrollo de las actividades administrativas en la dependencia.
¿ Entregar la correspondencia de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, la que en apoyo se realiza a la Visitaduría Jurídica Regional y la que se genere en las oficinas centrales de la CDHEH a diversos/as destinatarios/as.
¿ Entregar los acuses de recibido al personal de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, Visitaduría Jurídica Regional y las que se generen en Presidencia, con respecto a la correspondencia enviada a las y los distintos destinatarios.
Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5379.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844933202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Tula de AllendeVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844934202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Zacualtipán de ÁngelesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844936202401/01/202431/03/2024Visitaduría Regional de IxmiquilpanTitular de la Visitaduría Adjunta Regional de IxmiquilpanTitular de la Visitaduría Adjunta Regional de IxmiquilpanVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844967202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de la Dirección de Vinculación InstitucionalTitular de la Dirección de Vinculación InstitucionalPresidenciaArtículo 202 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Creación de nuevas rutas de comunicación con diferentes instituciones
¿ Estrategia de vinculación para impulsar los derechos humanos en Hidalgo
¿ Comunicación constante con las diferentes áreas de la comisión para el impulso de sus actividades con otros actores
¿ Elaboración de documentos, oficios y comunicaciones
¿ Recabar información para las reuniones de trabajo
¿ Elaborar bases de datos sobre actores estratégicos
¿ Elaboración de archivo físico
¿ Llevar un registro de los convenios celebrados por la Comisión con las instituciones competentes, para darles seguimiento y verificar su cumplimiento
¿ Llevar un registro de las actividades de vinculaciòn realizadas
¿ Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5410.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844968202401/01/202431/03/2024PresidenciaTitular de la Unidad de Igualdad entre Mujeres y HombresTitular de la Unidad de Igualdad entre Mujeres y HombresPresidenciaArtículo 213. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Implementar las medidas y/o mecanismos necesarios para la transversalización de la perspectiva de género en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
¿ Promover la igualdad real entre mujeres y hombres
¿ Seguimiento y evaluación de las acciones, políticas y programas sectoriales en cumplimiento de la política nacional y estatal de igualdad
¿ Promocionar acciones que contribuyan a erradicar la discriminación, basadas en estereotipos de género
¿ Crear mecanismos para evitar la violencia de género.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
Cualquier otra actividad que el Titular de la Presidencia delegue.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5411.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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36844969202401/01/202431/03/2024Visitaduría Jurídica Adjunta RegionalTitular de la Visitaduría Jurídica Adjunta RegionalTitular de la Visitaduría Jurídica Adjunta RegionalVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Implementar las medidas y/o mecanismos necesarios para la atención, recepción y tramitación de quejas en las Visitadurías Regionales.
¿ Supervisar la correcta integración de los expedientes de queja, a cargo del personal de las Visitadurías Regionales.
¿ Supervisar que el personal jurídico de las Visitadurías Regionales de la CDHEH, brinde a la ciudadanía una adecuada orientación, respecto de los asuntos planteados en los que el organismo sea incompetente.
¿ Revisar la redacción de quejas y las orientaciones de las Visitadurías Regionales.
¿ Canalizar los proyectos de resoluciones para su evaluación y aprobación ante la Visitaduría General.
¿ Verificar que se canalicen con las instancias correspondientes aquellos asuntos planteados ante el personal de las Visitadurías Regionales respecto de los cuales la CDHEH sea incompetente.
¿ Supervisar que la o el abogado encargado del asunto, mantenga un adecuado seguimiento de las resoluciones emitidas por la CDHEH hasta su total cumplimiento.
¿ Solicitar por escrito a la o el Coordinador de Informática y Estadística, dentro de la primera semana de la baja de la persona Titular de la Visitaduría Adjunto Regional, la reasignación de los expedientes de queja en forma equitativa a las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntos “B” o bien la totalidad de los mismos Titulares de las Visitadurías Adjuntas “B” adscritas a la Visitaduría Regional.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5412.pdf1Recursos Humanos26/04/202401/05/202401/05/2024
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38282496202401/04/202430/06/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaTitular de la Visitaduría Adjunta "B"Titular de la Visitaduría Adjunta "B"Visitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf4Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282534202401/04/202430/06/2024Visitaduría Regional de Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Zacualtipán de ÁngelesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Zacualtipán de ÁngelesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282533202401/04/202430/06/2024Secretaría EjecutivaJefe/a de Promoción, Difusión e InvestigaciónJefe de Promoción, Difusión e InvestigaciónSecretaría EjecutivaArticulo 51 Fracción ll de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar y apoyar la generación, recopilación, distribución y revisión de los artículos de divulgación.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión del contenido del órgano oficial de difusión.
¿ Elaborar y apoyar en realizar los expedientes que emanen de las actividades de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Elaborar y apoyar en la elaboración de expedientes físicos de las actividades realizadas en la coordinación de promoción, difusión e investigación, conforme a los establecido en los procesos de archivo.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de los cuadernos de investigación de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación, recopilación, distribución y revisión de las publicaciones científicas de la CDHEH.
¿ Elaborar y apoyar en la generación y presentación de ponencias de la coordinación de promoción, difusión e investigación.
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Titular de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5424.pdf2Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282495202401/04/202430/06/2024PresidenciaJefe/a de Producción, Diseño y EdiciónJefe de Producción, Diseño y EdiciónPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
Rediseñar en conjunto con la Coordinación de Informática y Estadística la página web de la CDHEH. ¿ Diseñar los distintos productos de las actividades de la CDHEH. ¿ Diseñar y rediseñar Planes de Acción, Informes Anuales, Memorias y demás editoriales de la CDHEH. ¿ Diseñar y supervisar los productos y actividades que se requieran y tengan relación con la imagen institucional de la CDHEH. ¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia ¿ Cualquier otra actividad que delegue el Director de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282494202401/04/202430/06/2024Visitaduria Regional de Mixquiahuala de JuárezTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Mixquiahuala de JuárezTitular de la Visitaduría Adjunta Regional en Mixquiahuala de JuárezVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
¿ Recibir y registrar las quejas que se presente directamente por los/las quejosos/as o agraviados/as
en las oficinas de la CDHEH.
¿ Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a Derechos Humanos que lleguen a la CDHEH mediante correspondencia, (Art. 55, párrafo tercero, del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo). El uso del teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, se utilizarán para efecto de allegarse de los elementos suficientes para determinar su competencia y proceder al trámite del escrito o petición respectiva. Los medios tecnológicos de comunicación serán herramienta fundamental en el desarrollo de sus actividades.
¿ Realizar las labores de orientación de el/la peticionario/a, cuando no se trata de violaciones a Derechos Humanos.
¿ Tramitar los expedientes de las quejas e investigaciones de oficio, solicitando informes a las autoridades señaladas como presuntamente responsables.
¿ Recibir y desahogar las pruebas necesarias de oficio, las que ofrezcan las partes y efectuar las inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Coordinar sus labores con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, solicitando los informes que resulten indispensables.
¿ Informar a los quejosos sobre los avances de su queja, realizando tal función en coordinación con las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas "B".
¿ Analizar la procedencia de la queja, calificarla y turnarla equitativamente al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional.
¿ Reasignar dentro de la primera semana de la baja de las personas Titulares de las Visitadurías Adjuntas, los expedientes de queja de forma equitativa al personal jurídico adscrito a la Visitaduría Regional
¿ Artículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo. Las visitadoras y los visitadores de la comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactará acta circunstanciada de sus actuaciones. Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la comisión se requiera una investigación, las visitadoras y los visitadores tendrán las siguientes facultades:
I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5375.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
90
38282493202401/04/202430/06/2024Oficialía MayorRecepcionistaRecepcionistaOficialía MayorArticulo 278 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Registrar los datos generales del/la usuario/a en el sistema.
¿ Orientar a personas usuarios/as/es que soliciten información de los servicios que ofrece la CDHEH.
¿ Canalizar al/a la usuario/a al personal jurídico para su atención.
¿ Recibir correspondencia previa revisión.
¿ Recibir y registrar las llamadas telefónicas externas conforme sean recibidas y comunicar al área o funcionario correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
¿ Recibir, registrar, realizar las llamadas telefónicas internas conforme éstas sean recibidas y comunicar al área o funcionario/a correspondiente según sea el requerimiento de la llamada.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5387.pdf3Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282492202401/04/202430/06/2024Área Coordinadora de ArchivosJefe/a de ArchivoJefa de ArchivoOficialía MayorArtículo 277 del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Recibir a las y los Visitadores de la CDHEH que acuden al Archivo de Concentración a solicitar el préstamo o devolución de la documentación que se encuentra en resguardo. ¿ Recibir y proporcionar a las personas titulares de las Visitadurías, así como las personas servidores públicos de la CDHEH, que acuden a la Coordinación de Archivo a solicitar material, para desarrollar sus funciones adecuadamente. ¿ Apoyar en la organización de la documentación de archivo, para lograr agilidad en la búsqueda de expedientes. ¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia y/o actividades delegadas por el Titular del Área Coordinadora de Archivos
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5385.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
92
38282532202401/04/202430/06/2024Visitaduría Regional de Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Huejutla de ReyesTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Huejutla de ReyesVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282531202401/04/202430/06/2024Visitaduría Jurídica Adjunta MetropolitanaAuxiliar de NotificadorAuxiliar de NotificadorVisitaduría GeneralArtículo 91. de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Notificar respuestas a las personas usuarias, autoridades involucradas y a cualquier dependencia de la administración pública
¿ Apoyo en el desarrollo de las actividades administrativas en la dependencia
¿ Entregar la correspondencia de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, la que en apoyo se realiza a la Visitaduría Jurídica Regional y la que se genere en las oficinas centrales de la CDHEH a diversas personas destinatarias
¿ Entregar los acuses de recibido al personal de la Visitaduría Jurídica Metropolitana, Visitaduría Jurídica Regional y las que se generen en Presidencia, con respecto a la correspondencia enviada a las y los distintos destinatarios
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5423.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282491202401/04/202430/06/2024Órgano Interno de ControlTitular de la Unidad de Substanciación y ResoluciónTitular de la Unidad de Substanciación y ResoluciónÓrgano Interno de ControlArticulo 307 fracciones Vll y Vlll del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de HidalgoIntegrar los expedientes derivados de los hechos u omisiones investigados,
así como de las quejas o denuncias interpuestas por presuntas
responsabilidades administrativas.
¿ Admitir el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa.
¿ Elaborar los acuerdos y actuaciones necesarios para el desarrollo del
procedimiento de responsabilidad administrativa.
¿ Recibir, y custodiar las Declaraciones de Situación Patrimonial que
presenten las y los Servidores Públicos de la CDHEH en términos de la Ley
General de Responsabilidades Administrativas.
¿ Elaborar las resoluciones recaídas a los procedimientos administrativos
disciplinarios.
¿ Llevar un registro de la recepción de las declaraciones patrimoniales.
¿ Interponer los medios de defensa correspondientes en la defensa de las
resoluciones emitidas.
¿ Las demás que le confieran las disposiciones legales
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5284.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282490202401/04/202430/06/2024Visitaduría Regional de Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tula de AllendeTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tula de AllendeVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282530202401/04/202430/06/2024PresidenciaAuxiliar de Producción, Diseño y EdiciónAuxiliar de Producción, Diseño y EdiciónPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Rediseñar en conjunto con la Coordinación de Informática y Estadística la página web de la CDHEH.
¿ Diseñar los distintos productos de las actividades de la CDHEH.
¿ Diseñar y rediseñar Planes de Acción, Informes Anuales, Memorias y demás editoriales de la CDHEH.
¿ Diseñar y supervisar los productos y actividades que se requieran y tengan relación con la imagen institucional de la CDHEH.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
¿ Cualquier otra actividad que delegue el Director de la Secretaría Ejecutiva
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282527202401/04/202430/06/2024Visitaduría Regional de Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tenango de DoriaTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en Tenango de DoriaVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5383.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282489202401/04/202430/06/2024PresidenciaTitular de la Unidad de TransparenciaTitular de la Unidad de TransparenciaPresidenciaArtículo 209. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.Tener disponible en medios impresos o electrónicos de manera permanente y actualizada, la información que señala la Ley de la materia
¿ Tener en cuenta el principio de que la información de carácter personal es irrenunciable, intransferible e indelegable, por lo que no se podrá proporcionar o hacerla pública, con excepción de los supuestos establecidos en la Ley de la materia
¿ Validar la información de carácter reservada que con motivo de las funciones de la Coordinación de Investigación se solicite y sea generada
¿ Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, emitido por la Ley de Archivos del Estado de Hidalgo
¿ Entregar la información solicitada, siempre y cuando haya sido requerida en los términos previstos por la Ley de la materia, que no se encuentre clasificada como reservada o confidencial
Propiedad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo la reproducción parcial o total de este documento
CDHEH-TR-23-018
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¿ Proporcionar la información, documentos y expedientes que le solicite el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo
¿ Recibir y dar curso a todas las solicitudes de las personas que tengan por objeto la actualización, rectificación, corrección y oposición total o parcial de los datos personales
¿ Presentar los resultados que deriven del ejercicio de sus funciones, así como la evidencia que demuestre el cumplimiento de objetivos y metas
¿ Supervisar que las áreas informen al público a través del aviso de privacidad, la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales
¿ Vigilar la puesta a disposición al público de los avisos de privacidad en sus dos modalidades simplificado e integral
¿ Revisar el sitio donde se puede consultar el aviso de privacidad simplificado e integral.
¿ Vigilar junto con las áreas competentes que los programas, servicios, sistemas o plataformas informáticas que impliquen el tratamiento de datos personales cumplan con las obligaciones previstas en la ley de la materia.
¿ Actualizar la información correspondiente a las obligaciones de transparencia de manera mensual, salvo que se establezca un plazo diverso
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5384.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282529202401/04/202430/06/2024PresidenciaJefe/a de Logística y MonitoreoJefe de Logística y MonitoreoPresidenciaProposición de Articulo 217 sexies en Periodico Oficial del Estado de Hidalgo para el Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo¿ Elaborar un monitoreo de medios ONLINE: realizar un listado diario de las noticias, comunicados y/o eventos más relevantes, publicados en blogs, medios online y redes sociales, referentes a la CDHEH, CNDH, federación, comisiones estatales y organizaciones de la sociedad civil.
¿ Llevar un control de las participaciones de la CDHEH y de sus actividades, pronunciamientos y reuniones de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos.
¿ Revisar la página oficial y Twitter de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos e informar las novedades.
¿ Monitoreo de noticieros
¿ Elaborar síntesis informativa
¿ Apoyar en fotografía.
¿ Asistir con anticipación a los eventos donde acuda el OMBUDSPERSON como invitado, o bien, tenga participación e informe los pormenores a la oficina del Titular de la Presidencia
¿ Realizar las actividades que se deriven de las necesidades del área
Cualquier otra actividad que delegue el Responsable de Comunicación Social
http://cdhhgo.org/publicar/src/reg/images/DGAF_R_II_34_5712.pdf1Recursos Humanos29/07/202429/07/202429/07/2024
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38282524202401/04/202430/06/2024Centro de Justicia para Mujeres del Estado de HidalgoTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en el Centro de Justicia para MujeresTitular de la Visitaduría Adjunta "B" en el Centro de Justicia para MujeresVisitaduría GeneralArtículo 116. del Reglamento de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.¿ Atender a los ciudadanos que desean iniciar una queja o soliciten orientación a la CDHEH. De acuerdo al artículo 116 del RLDHH.
Las Visitadoras y los Visitadores de la Comisión podrán realizar todas las acciones que a su juicio contribuyan a dar solución a los asuntos de que conozcan, dentro del ámbito de sus facultades y en todo caso redactarán acta circunstanciada de sus actuaciones.
Además, cuando para la resolución de cualquier asunto planteado a la Comisión se requiera una investigación, las Visitadoras y los Visitadores tendrán las siguientes facultades:

I. Pedir por cualquier medio a las autoridades, las o los servidores públicos todo tipo de información, la presentación de informes o documentación adicionales;
II. Solicitar por cualquier medio de otras autoridades, las o los servidores públicos o particulares todo género de informes o documentos;
III. Practicar visitas e inspecciones a los sitios o localidades para tener un conocimiento directo de las cosas que haya de investigar; y
IV. Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos.

¿ Registrar los datos del quejoso, así como la descripción del asunto o problema de que se trate.
¿ Realizar la evaluación correspondiente para determinar si existe o no, una violación de los Derechos Humanos de los quejosos.
¿ Explicar a la persona atendida las posibles formas de solución, para la problemática planteada.
¿ Buscar la mediación y la conciliación entre las partes en los asuntos que se tramiten ante la CDHEH.
¿ Proporcionar los datos del funcionario público ante quien pueda acudir y gestionar el correspondiente apoyo interinstitucional.
¿ Canalizar a la ciudadanía a la institución o dependencia en la que pueden conocer del asunto que plantea. Tramitar e integrar expedientes de queja o investigaciones de oficio.
¿ Recibir y desahogar las pruebas que ofrezcan las partes.
¿ Efectuar inspecciones e investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
¿ Realizar gestiones ante las autoridades correspondientes, a efecto de brindar soluciones a la ciudadanía.
¿ Resolver los expedientes de queja.
¿ Realizar los acuerdos de archivo, propuestas de conciliación, observaciones y/o recomendaciones que resulten legalmente procedentes respecto a los expedientes de queja.
¿ Dar seguimiento en el sistema y/o base de datos a los expedientes de queja y orientaciones.
¿ Mantener actualizado el estatus de los expedientes en el sistema y/o base de datos que se lleva a cabo en las oficinas centrales.
¿ Realizar visitas a las dependencias de la entidad, para una correcta integración de los expedientes de queja.
¿ Sellar y foliar los expedientes de queja.
¿ Desarrollar las demás actividades inherentes al área de su competencia.
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