ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaEstructura OrgánicaSe deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puestoDenominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el casoHipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su casoNúmero total de prestadores de servicios profesionalesÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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20221/1/20223/31/2022Asamblea GeneralAsamblea GeneralAsamblea GeneralAsamblea General
Estatutos Sindicales 2019
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria: I. Elegir a los Secretarios sustitutos y provisionales del Comité Ejecutivo que hayan renunciado o que hayan sido destituidos del cargo, o que hayan fallecido; II. Aprobar el informe general financiero del Comité Ejecutivo, de la Comisión de Honor y Justicia y Comisiones Mixtas; III. Delinear y aprobar el programa particular y de acción política de la organización sindical, que presente el Comité Ejecutivo; IV. Conocer y resolver los asuntos generales que sean planteados en ella. Son facultades de la Asamblea Extraordinaria: I. Resolver los asuntos de afectación particular; II. Analizar y proponer alternativas de solución a los asuntos y problemas que les sean encomendados por los demás órganos de gobierno; III. Recibir y aprobar total o parcialmente el informe anual y financiero del Comité Ejecutivo; IV. Resolver sobre los casos de sanciones y expulsión de sus socios; V. Resolver sobre la renuncia, permiso o licencia, de uno o varios de los integrantes del Comité Ejecutivo; VI. Aprobar la modificación total o parcial de los estatutos para lo cual deberá establecerse con al menos 75% de los socios activos del sindicato; VII. Elegir al Comité de Elecciones y su presidente; VIII. Elegir a los Secretarios sustitutos y provisionales del Comité Ejecutivo que hayan fallecido, que hayan renunciado o que hayan sido destituidos del cargo.
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Secretaría de Organización
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20221/1/20223/31/2022Comité EjecutivoComité EjecutivoComité EjecutivoAsamblea General
Estatutos Sindicales 2019
Son atribuciones y obligaciones del Comité Ejecutivo: I. Responsabilizarse de la aplicación y ejecución del programa general y de acción política sindical, correspondiente a su periodo de gestión; II. Aplicar y ejercer en tiempo y forma el programa general y de acción política sindical, que establezca el pleno del Comité Ejecutivo; III. Presentar ante la Asamblea General Ordinaria, cuatrimestralmente cuenta detallada de la administración del patromonio del sindicato y de las actividades realizadas; IV. Responsabilizarse de que los fondos y patrimonio del S.U.T.U.TE.M se canalicen y ejerzan en los términos establecidos por los Estatutos y órganos Superiores de Gobierno; V. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos, acciones, y disposiciones que se tomen en la Asamblea General y el Pleno del Comité Ejecutivo; VI. Responsabilizarse de la Dirección Sindical haciendo para ello, cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos den todos sus términos, fomentando la responsabilidad y la unidad de los sindicalizados; VII. Participar en las discusiones con la Institución para el establecimiento y/o modificación del Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamentos Mixtos, convenios, y cualquier otro documento que norme las relaciones entre la Universidad Tecnológica de Morelia y el S.U.T.U.TE.M., y los demás Trabajadores; VIII. Resolver los asuntos de interés general para el sindicato, que no sean privativos de los Órganos Superiores de Gobierno Sindical; IX. Atender y resolver en primera instancia los asuntos y problemas Laborales que le sean presentados mediante escrito, por los agremiados; X. Consignar ante la Comisión de Honor y Justicia en los términos establecidos por los Estatutos, las quejas o denuncias sobre infracciones estatutarias que cometan los sindicalizados a efecto de que emita su dictamen; XI. Aprobar el plan de trabajo de los representantes de las comisiones mixtas, determinando la forma específica que deberá revestir el programa general y de acción política sindical, establecidos por la Asamblea General.Poner en conocimiento y a la consideración de la Asamblea General los casos de infracción a las fracciones I y VI del artículo 64 del presente estatuto, cometidas por los socios del sindicato, a efecto de que se determine la sanción que corresponda; XIII. Ejecutar la suspensión de derechos y obligaciones sindicales dentro de su competencia, que determine el órgano Sindical con atribuciones para el caso específico de que se trate; XIV. Proponer iniciativas de reforma y adición de los Estatutos, así como la creación, modificaciones o derogaciones de las cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo; XV. Todas las demás que le confieran los presentes Estatutos y Órganos Superiores de Gobierno que no contravengan la norma estatutaria; XVI. Conocer y resolver las infracciones cometidas por los socios del Sindicato a los artículos 65, 66, y 67 de este estatuto, así como aplicar las medidas disciplinarias correspondientes para lo cual deberá observarse el siguiente procedimiento: a) Recibida la acusación por escrito, emitirá el acuerdo de admisión dentro de un término que no exceda de cindo días naturales; b) Notifcará al acusado, dentro de los cinco días naturales siguientes, del procedimiento en su contra, corriéndole traslado con la copia de la audiencia o acusación, así como de las pruebas de cargo, señalando día, hora, lugar para que el acusado rinda su declaración y aporte sus pruebas de descargo; c) Desahogadas pruebas, el Comité Ejecutivo emitirá el dictamen correspondiente dentro de un término que no exceda de diez días hábiles, debiendo notificarlo a las partes dentro de los cinco días hábiles siguientes a su emisión. El acusado podría impugnar el dictamen términos del artículo 48, fracción VI de este estatuto.
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Comisión de Honor y Justicia
Comisión de Honor y Justicia
Comisión de Honor y Justicia
Asamblea General
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Comisión de Honor y Justicia: I. Recibir las solicitudes de intervención a efecto de iniciar la investigación procedente. La solicitud deberá ser formulada por escrito anexando los documentos, videos, u otros elementos de prueba en que se sustenten las acusaciones y señalando con precisión los actos que se consideren violatorios de los Estatutos y disposiciones emanadas de los mismos; II. No se permitirá el cambio o ampliación de la solicitud una vez que haya sido recibida por la Comisión de Honor y Justicia. Tampoco procederá petición alguna si no reúne los requisitos señalados en la fracción anterior; III. Es improcedente de pleno derecho cualquier proceso que pretenda realizar la Comisión de Honor y Justicia, mediante la omisión o ampliación de los derechos consignados; IV. Una vez que se admita la solicitud, las partes involucradas tendrán un término de 20 días hábiles para que manifiesten sus excepciones y aporten las pruebas en que sustenten su defensa; V. Las consideraciones o regulaciones deberán hacerse por conseso, debiendo entregar una copia a las partes involucradas y al Secretario de Organización; VI. Admitir y conocer de las impugnaciones promovidas por los socios del Sindicato en contra de los dictámentes del Comité Ejecutivo, quienes deberán formularlas por escrito en un plazo no mayor de 20 días hábiles computados a partir de la notificación a las partes involucradas del fallo; VII. Declarar firme su resolución si no procede la apelación o no se ejercita la misma; VIII. Remitir su dictamen al órgano de gobierno correspondiente para los efectos que procedan; IX. Ningún miembro de la Comisión podrá ocupar algún otro cargo de representación sindical al mismo tiempo; X. Todas las que se deriven de los Estatutos y órganos superiores de gobierno.
http://www.sututem.com.mx/wp-content/uploads/2021/08/Estatutos-SUTUTEM-2019_Honor-Justicia.pdf
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Comisión de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Comisión de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Comisión de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Asamblea General
Estatutos Sindicales 2019 y Contrato Colectivo de Trabajo 2015-2018
a) La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento porpondrá el programa anual de capactación para el cumplimiento personal académico administrativo que podrá incluir la impartición de diplomados, cursos de formación y profesionalización docente, cursos de actualización disciplinaria y otros que se definan, destinados a la formación, actualización, y superación del personal; b) La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento considerará para los fines anteriores, los programas de intercambio con otras instituciones y los programas de apoyo federal y estatal; c) Los trabajadores académicos y/o administrativos recibirán por parte de la Univsersidad Tecnológica de Morelia la documentación que valide la capacitación, el adiestramiento o la formación recibida, por cada uno de los eventos del programa anual de capacitación y adiestramiento en los que participe; d) Directores de carrera, jefes de área y departamento están obligados a entregar a la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento a más tardar en la tercera semana del mes de Junio de cada año, las necesidades de capacitación del personal a su cargo; e) La Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento con la información que se indica en el inciso d), elaborará el programa de capacitación anual que deberá de concluirse a más tardar en la primer semana de Agosto de cada año, a efecto de que esté en posibildiades de integrarse al proyecto de presupuesto o del ejercicio del año siguiente; f) En caso de que la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, por culquier motivo no elaborará el programa de capacitación, la representación sindical y la rectoría acordarán el proyecto para los efectos indicados en el inciso e); g) La Universidad, previo acuerdo con la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, otorgará los permisos necesarios a los integrantes de la misma, para que participen en las reuniones que se programen, para tal efecto el calendario de reuniones se presentará al Departamente de Recursos Humanos. Así mismo para la realización de las actividades necesarias para el desempeño de su encargo.
https://drive.google.com/file/d/1L4WTawfHnscyaRBrYXAVAoZV1cq9TQkL/view
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Comisión de Escalafón
Comisión de EscalafónComisión de EscalafónAsamblea General
Estatutos Sindicales 2019 y Contrato Colectivo de Trabajo 2015-2018
https://drive.google.com/file/d/1L4WTawfHnscyaRBrYXAVAoZV1cq9TQkL/view
Secretaría de Organización
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20221/1/20223/31/2022Secretaría GeneralSecretaria/o GeneralSecretaria/o GeneralAsamblea General
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaría General: I. Representar legal, social, y políticamente al Sindicato; II. Ejercer la representación del Sindicato, en los términos del Artículo 376 de la Ley Federal del Trabajo; III. Autorizar con su firma la documentación oficial, administrativa y judicial; IV. Emitir la convocatoria para la renovación del Comité Ejecutivo y Comisiones estatutarias; V. Fomentar la unidad sindical de los trabajadores así como la responsabilidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones para la más justa defensa de su derechos; VI. Orientar y coordinar el funcionamiento del Comité Ejecutivo y las comisiones estatutarias contractuales; VII. Vigilar e impulsar el trabajo de los demás Secretarios del Comité Ejecutivo y que las actividades sindicales se ajusten a las normas y procedimientos estatutarios establecidos; VIII. Recurrir ante las autoridades laborales a efecto de registar los cambios en las estructuras sindicales, reforma de estatutos, expulsión de agremiados. Así como vigilar ante éstos que las modificaciones y/o depósito del Contrato Colectivo, Reglamentos, Convenios, etc. se ajusten en tiempo, fondo, y forma a lo pactado entre el Sindicato y la Universidad Tecnológica de Morelia; IX. Autorizar con su firma, conjuntamente con el Secretario de Finanzas los documentos de cobro y pago que deba efectuar el Sindicato; X. Organizar y planear todas las actividades sindicales que se realicen de acuerdo con la Secretaría correspondiente; XI. Autorizar conmuntamente con el Secretario de Finanzas, los gastos que originen las actividades sindicales que se realicen; XII. Presidir y respetar las reuniones internas y los acuerdos del pleno del Comité Ejecutivo; XIII. Fomentar el fortalecimiento de las relaciones con organizaciones sindicales, sociales, y populares; XIV. Sustituir al Secretario de Comunicación, Difusión Cultural y Deportiva en sus ausencias temporales, que no excedan de cuatro meses, sin demérito de sus obligaciones y facultades de Secretario General.
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Secretaría de Organización
Secretaria/o de Organización
Secretaria/o de Organización
Asamblea General y Secretaría General
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Organización: I. Suplir al Secretario General en sus faltas temporales que no excedan de cuatro meses, con las mismas atribuciones y obligaciones sin demérito de sus obligaciones; II. Fomentar la unidad sindical de los trabajadores así como la responsabilidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones para la más justa defensa de sus derechos; III. Organizar y conformar los expedientes de información básica de la totalidad de los sinidicalizados, así como ordenar el archivo del Sindicato; III. Atender y resolver los problemas de organización sindical que se presenten de acuerdo con el Secretario General; V. Expedir y autorizar las credenciales que acrediten a los representantes sindicales y demás miembros del S.U.T.U.TE.M., por el Secretario General; VI. Proporcionar la información y orientación necesaria a los integrantes del sindicato, sobre la legislación laboral, normas, procedimientos y disposiciones que rigen las relaciones entre los trabajadores y autoridades; VII. Las condiciones particulares en relación a la problemática que pueda presentarse durante el movimiento de huela, estarán coordinadas por la Secretaría de Organzización; VIII. Procurar el oportuno conocimiento de las reformas, leyes reglamentarias, o decretos que afecten o puedan afectar a la organización sindical o a sus miembros; IX. Registrar los asuntos atendidos y los problemas resueltos por su Secretaría; X. Acordar con el Secretario General los asuntos de su secretaría; XI. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo; XII. Desarrollar la estadística cuatrimestral de los índices de desempeño y participación gremial de los trabajadores sindicalizados cada cuatrimestre con el Secretario de Actas; XIII. Supervisar que los representantes de las Comisiones Mixtas cumplan fielmente el programa general de acción política del Sindicato; XIV. Atender la relación con las distintas organizaciones políticas, sindicales o sociales; XV. Asignar a los miembros que participarán como observadores en los distintos procesos en donde deba participar el Sindicato.
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Secretaría de Trabajo y Conflictos
Secretaria/o de Trabajo y Conflictos
Secretaria/o de Trabajo y Conflictos
Asamblea General y Secretaría de Organización
Estatutos Sindicales 2019
Obligaciones y funciones de la Secretaría de Trabajo y Conflictos: I. Sustituir al Secretario de Organización en sus faltas temporales cuando esta ausencia no sea mayor de cuatro meses, teniendo facultades para representar a la Organización en los mismos términos que el Secretario de Organización, sin demérito de sus obligaciones y funciones; II. Conocer de los conflictos obrero-patronales de carácter individual e intervernir en ellos con el propósito de encontrar su solución, llegado el caso, acudir ante las Autoridades Administrativas o del trabajo con la representación del trabajador afectado, salvo disposición en contrario de esto; en todo caso dará cuenta y recibirá instrucciones del Secretario General, previa su opinión que exprese; III. Consignar a la Comisión de Honor y Justicia a los socios Sindicales cuyas faltas deban ser sancionadas por ella; IV. Intervenir en los conflictos internos del Sindicato, ya sea de los socios entre sí, que sean de naturaleza Sindical o entre los socios y las Autoridades siempre que sean de igual naturaleza; V. Velar por el exacto cumplimiento de la Ley y el Contrato Colectivo de Trabajo para los Trabajadores; VI. Atender todo movimiento de promoción y escalafón; VII. Registar los asuntos atendidos y los problemas resueltos por su Secretaría; VIII. Acordar con el Secretario General los asuntos de su Secretaría; IX. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo.
http://www.sututem.com.mx/wp-content/uploads/2021/08/Secretari%CC%81a-de-Trabajo-y-Conflictos.pdf
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Secretaría de Organización
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Asamblea General y Secretaría de Trabajo y Conflictos
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Actas: I. Suplir a la Secretaría de Finanzas en sus faltas temporales, que no excedan de cuatro meses, con las mismas atribuciones y obligaciones; II. Autorizar con su firma, en unión con la Secretaría General, las convocatorias a Asamblea; III. Verificar las asistencias en las Asambleas Generales y Plenos del Comité Ejecutivo; IV. Levantar las actas de las Asambleas Generales y plenos del Comité Ejecutivo, autorizándolas con su firma en unión con la Secretaría General, previa aprobación de la Asamblea General; V. Leer en cada reunión el acta de la reunión anterior aprobada por la Asamblea General. La lectura del acta deberá quedar establecida como segundo punto de la orden del día en cada Asamblea; VI. Levantar la lista de asistencia de los socios del Sindicato de todos los actos convocados por el Comité Ejecutivo; VII. Tener a su cargo y bajo estricto control el archivo físico y electrónico del Sindicato; VIII. Remitir a la Secretaría de Organización las listas de asistencia a los actos convocados por los órganos de gobierno a efecto de ejercitar las medidas disciplinarias correspondientes; IX. Acordar con la Secretaría General los asuntos de su Secretaría; X. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo.
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Secretaría de Finanzas
Secretaria/o de Finanzas
Secretaria/o de Finanzas
Asamblea General y Secretaría de Actas
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaria de Finanzas: I. Suplir al Secretario de Trabajo y Conflictos en sus faltas temporales que no excedan de cuatro meses, con las mismas atribuciones y obligaciones sin demérito de sus obligaciones; II. Responsabilizarse de la custodia del patrimonio del Sindicato y del manejo de fondos destinados a sufragar los gastos de las actividades sindicales del Comité Ejecutivo y de sus dependencias; III. Practicar la reacaudación de fondos sindicales oportunamente y depositarlos en una institución bancafria, en firma mancomunada con el Secretario General; IV. Registar el movimiento de ingresos y egresos en un libro electrónico; V. Presentar la cuenta detallada cuatrimestralmente a la Asamblea General, sobre el estado que guarda el patrimonio Sindical; VI. Administrar la Caja de Préstamo; VII. Hacer gestiones necesarias ante las autoridades educativas, para la creación de becas para los miembros del Sindicato y de sus hijos; VIII. Hacer los trámites necesarios para que las prestaciones a que tienen derechos los trabajadores sindicalizados les sean otrogadas eficiente y oportunamente; IX. Promover actividades para recabar fondos destinados a incrementar el patrimonio del Sindicato; X. Presentar al pleno del Comité Ejecutivo la documentación requerida, cuatrimestralmente, a efecto de que sea revisado el movimiento contable de su secretaría; XI. Acordar con el Secretario General los asuntos de su secretaría; XII. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo.
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Secretaría de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Secretaria/o de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Secretaria/o de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Asamblea General y Secretaría de Finanzas
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Capacitación, Seguridad, e Higiene: I. Suplir a la Secretaría de Actas en sus faltas temporales qu eno excedan de cuatro meses, con las mismas atribuciones y obligaciones; II. Desarrollar conjuntamente con la Secretaría General y las autoridades administrativas, a través de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento el programa anual de capacitación y adiestramiento; III. Vigilar el cumplimiento cabal del programa anual de capacitación y adiestramiento aue señala el párrafo anterior; IV. Solicitar a las autoridades respectivas que se brinde la orientación profesional necesaria y adecuada, como también los recursos técnicos actuales de los trabajadores sindicalizados para superar su nivel académico; V. Promover estímulos meritorios para los trabajadores sindicalizados que destaquen en su formación profesional y eficiencia en el servicio; VI.Coordinarse con la Secretaría de Trabajo y Conflictos para establecer el orden de promoción y escalafón de los trabajadores de la Universidad Tecnológica de Morelia; VII. Desarrollar e implementar conjuntamente con la Secretaría General, la Secretaría de Organización, y las autoridades administrativas, a través de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, el programa anual; VIII. Coordinar el programa de limpieza anual de la Universidad Tecnológica de Morelia; IX. Orientar a los miembros del Sindicato sobre los requisitos para la participación en programas de capacitación (Maestrías, doctorados, especialidades, diplomados, talleres); X. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo.
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Secretaría de Comunicación, Difusión Cultural y Deportiva.
Secretaria/o de Comunicació, Difusión Cultural y Deportiva
Secretaria/o de Comunicación, Difusión Cultural y Deportiva
Asamblea General y Secretaría de Capacitación, Seguridad, e Higiene
Estatutos Sindicales 2019
Atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Comunicación, Difusión Cultural y Deportiva; I. Suplir a la Secretaría de Capacitación, Seguridad e Higiene, en sus faltas temporales que no excedan de cuatro meses, con las mismas atribuciones y obligaciones, sin demérito de sus obligaciones y funciones; II. Desarrollar conuntamente con la Secretaría General y de Organización el programa anual de actividades culturales y deportivas del Sindicato; III. Desarrollar el programa cultural y deportivo del aniversario del Sindicato; IV. Estar en relación con los medios de comunicación locales y nacionales, para obtener o presentar toda clase de información referente al Sindicato; V. Protestar contra toda información publicada en los medios de comunicación o redes sociales, cuando falten a la verdad de los hechos respecto del Sindicato; VI. Mantener al día con información relevante la página web del S.U.T.U.TE.M.; VII. Representar al Sindicato ante las instancias de transparencia y acceso a la información pública; VIII. Administrar todas las redes sociales propias del Sindicato; IX. Respetar las reuniones internas y los acuerdos del Pleno del Comité Ejecutivo.
http://www.sututem.com.mx/wp-content/uploads/2021/08/Secretari%CC%81a-de-Comunicacio%CC%81n-Difusio%CC%81n-Cultural-y-Deportiva.pdf
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