| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
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2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||
3 | Estructura Orgánica | LTAIPEG81FIIA_LTAIPEG81FIIA281217 | Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. | |||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) | Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) | Área de adscripción inmediata superior | Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) | Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) | Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota | ||||||||||||
8 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Presidencia Municipal | Presidente(a) | Presidente(a) Municipal Constitucional | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Título II. Capítulo I (Artículos 26 -29 y 32), Capítulo II (Artículos 36-38), Capítulo IV (Artículos 46, 48-53 y 55) y Capítulo VI Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo VII. Artículo 28 | 1. Presidir las sesiones y dirigir los debates del Ayuntamiento tomando parte en las deliberaciones con voz y voto de calidad en caso de empate y facultad de veto suspensivo; 2.Rendir, en la última quincena de octubre, el informe anual del estado de la administración municipal, enviando copia al Ejecutivo y al Congreso del Estado; en el último año del mandato podrá rendirlo en la Sesión Solemne en que el Ayuntamiento entrante rinda protesta o en Sesión Solemne anterior a la fecha de celebración de ésta; 3.Rendir cada mes, en sesión ordinaria del Ayuntamiento y con el auxilio del jefe de la Policía un informe al Ayuntamiento sobre la corporación y las principales incidencias en materia de orden público; 4.Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento, aplicando las sanciones previstas en leyes y reglamentos; 5.Tener bajo su mando al personal de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; 6.Proponer al Ayuntamiento los nombramientos, y remoción, del Secretario, Oficial Mayor, Tesorero, Director de Obras y Servicios Públicos y demás servidores del mismo nivel así como su remoción; 7.Nombrar y remover a los servidores del Municipio de acuerdo con la Ley; 8.Dirigir, vigilar y dictar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos municipales; 9.Vigilar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal y programas derivados; 10.Conducir el trabajo administrativo de los regidores; 11.Las demás que les otorguen las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
9 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Sindicatura Municipal | Síndico(a) Procurador(a) | Síndico(a) Procurador(a) Municipal | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Título II. Capítulo I (Artículos 26 -29 y 31-32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46, 48-53, 55 y 60) y Capítulo VII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo VIII | 1.Autorizar los gastos que deba realizar la administración Municipal; 2.Supervisar la aplicación de los bandos de policía y buen gobierno, y de toda disposición, así como la organización y desempeño de la policía municipal; 3.Vigilar el manejo y aplicación de recursos federales o estatales que se hayan transferido al Municipio; 4.Suplir las ausencias temporales del Presidente Municipal; 5.Verificar que los servidores públicos municipales cumplan con sus obligaciones; 6.Vigilar que los ediles y servidores públicos municipales presenten sus declaraciones de situación patrimonial; 7.Auxiliar al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; 8.Las demás que les otorguen las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables en la materia | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
10 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Secretaría General Municipal | Secretaría General | Secretaría General del H. Ayuntamiento Municipal | Secretaría General Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Título III. Capítulo I (Artículos 96-99) Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo I | 1. Asistir a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Tener a su cargo el cuidado y dirección de la oficina y el archivo del Ayuntamiento; 3. Dar trámite a la correspondencia del Ayuntamiento y cuenta diaria al Presidente Municipal de los asuntos; 4. Convocar por escrito a los miembros del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y a los grupos ciudadanos y comités que correspondan cuando se celebren sesiones abiertas; 5. Fungir como secretario de actas en las sesiones del Ayuntamiento y tener voz informativa; 6. Refrendar todos los documentos oficiales emanados del Ayuntamiento; 7. Promover el establecimiento y operación de comités ciudadanos y brindarles asistencia técnica; 8. Expedir las copias, credenciales y certificaciones que acuerde el Ayuntamiento, así como las credenciales a los servidores públicos del Ayuntamiento; | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
11 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección del DIF Municipal | Director(a) | Director(a) del DIF Municipal | Dirección del DIF Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Capítulo II. Artículo 15 - 32 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo II. Artículo 56 - 57 | 1. Promover el bienestar social y prestar al efecto, servicios de asistencia social a la población marginada, con base en las normas; 2. Procurar el bienestar y el desarrollo de la comunidad, para crear mejores condiciones de vida a las familias del Municipio; 3. Fomentar la Educación escolar y extraescolar, impulsando el sano crecimiento físico y mental de la niñez, así como su integración social; 4. Atender las funciones de auxilio a las instituciones de asistencia privada que le confíe la dependencia competente; 5. Coordinar las actividades en materia de asistencia social; 6. Propiciar la creación y operación de establecimientos de asistencia social, en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos y minusválidos sin recursos; 7. Realizar estudios e investigaciones sobre los problemas de la familia de los menores, de los ancianos y de los minusválidos; 8. Prestar servicios de asistencia jurídica y de orientación social a los menores, a los ancianos y a los minusválidos sin recursos; 9. Intervenir en el ejercicio de la tutela de los menores que corresponda al Municipio; 10. Auxiliar al y ante el Ministerio Público en la protección de incapaces y de los procedimientos civiles y familiares que les afecten; 11. Procurar la educación de sus objetivos, planes y programas del Sistema Municipal; 12. Realizar las demás actividades que sean necesarias para alcanzar su fin y el que le encomienden las leyes. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
12 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Servicios Generales | Director(a) | Director(a) de Servicios Generales | Dirección de Servicios Generales | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 177-186 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Artículo 62 | 1. Programar, dirigir, supervisar y controlar los servicios públicos municipales de agua potable y alcantarillado, alumbrado público, cementerios, mercado y rastro municipal; 2. Analizar las necesidades de los servicios públicos municipales, estableciendo criterios prioritarios y jerárquicos de atención, así como dar respuesta a los requerimientos en materia de los servicios de su competencia; 3. Colaborar y coordinarse con otras instancias de gobierno y dependencias municipales, para la mejor prestación de los servicios públicos a su cargo; 4. Mantener contacto con las asociaciones vecinales y de colonos, para conocer sus requerimientos en materia de servicios públicos y promover su participación en la gestión de los mismos; 5. Anticipar las necesidades futuras del Municipio en cuanto a los servicios públicos a su cargo y sentar las bases de crecimiento de las áreas operativas; | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
13 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Alumbrado Público | Director(a) | Director(a) de Alumbrado Público | Dirección de Alumbrado Público | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 61 fracción XIX y XXIX, 62 fracción I y 63 fracción XIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Artículo 61 Apartado Alumbrado Público | 1. Proponer y dictaminar lo correspondiente en relación a estudios, programas y acciones para zonas específicas y colonias del municipio sobre la instalación, mantenimiento y supervisión de los sistemas de alumbrado público; 2.Dictaminar el cumplimiento de obligaciones en materia de alumbrado público, de las colonias y localidades que reciban el servicio; 3. Vigilar que los suministros, operaciones, materiales, equipo y cualquiera de las contrataciones por y para el servicio de alumbrado público, se sujeten a lo estipulado en los contratos; 4. Proponer y dictaminar lo correspondiente a la instalación y mejoramiento del alumbrado público; 5. Intervenir en la formulación del inventario general de los materiales y equipo de alumbrado público; 6. Planificar la mejoría constante y total del servicio de alumbrado público en el Municipio y promover que se implementen programas de ahorro de energía; | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
14 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de Educación | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
15 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de Desarrollo Social | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
16 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de los Migrantes | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
17 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de Salud | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
18 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de Desarrollo Rural | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
19 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Regiduría Municipal | Regidor(a) | Regidor(a) Municipal de Obras Públicas | Cabildo Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Título II. Capítulo I (Artículos 26 -32), Capítulo II (Artículos 36-37), Capítulo IV (Artículos 46-52, 54-55 y 59) y Capítulo VIII Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo IX | 1. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; 2. Desempeñar y presidir las Comisiones que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de los resultados de sus trabajos; 3. Proponer al Ayuntamiento medidas y acciones para el mejoramiento de las distintas ramas de la administración y de los servicios municipales, cuya vigilancia les haya sido encomendada; 4. Suplir al Presidente Municipal, en el orden legalmente predeterminado; 5. Apoyar al Presidente Municipal en sus responsabilidades; 6. Las demás que les otorge la Ley y Reglamentos | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
20 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Salud | Director(a) | Director(a) de Salud | Dirección de Salud | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 67. Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal: Artículo 19. Ley de Salud del Estado de Guerrero | 1. Celebrar y participar con el Gobierno del Estado en los acuerdos de coordinación para alcanzar la plena cobertura en el Municipio, de los servicios de salud; 2. Participar en el reforzamiento de los programas de planificación familiar, campañas de vacunación y prevención de enfermedades transmisibles por vector; 3. Colaborar con las autoridades en la construcción, rehabilitación, mantenimiento de establecimientos hospitalarios y unidades de atención; 4. Promover estrategias de participación de la comunidad dentro de esquemas de fomento a la salud, higiene escolar y autocuidado; 5. Coadyuvar en la realización de campañas quirúrgicas de interés social; 6. Coadyuvar con las autoridades sanitarias en los programas de regulación y control sanitario; 7. Combatir la desnutrición y deshidratación infantiles; 8. Prevenir y combatir con el auxilio de las autoridades competentes el alcoholismo, la drogadicción, la prostitución, la vagancia y todas aquellas actividades que atenten contra la salud; 9. Promover el mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones y equipo médico; | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
21 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Cultura y Asuntos Indígenas | Director(a) | Director(a) de Cultura y Asuntos Indígenas | Dirección de Cultura y Asuntos Indígenas | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 64 BIS, 69 TER Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal: Artículo 19 | 1. Participar con la coordinación del Gobierno del Estado e integrarse al Sistema Estatal de Cultura, fomentar y difundir los valores culturales y artísticos; 2. Organizar bibliotecas municipales, casas de cultura, museos y galerías artísticas; 3. Participar con la coordinación del Gobierno del Estado e integrarse al Sistema Estatal de Artesanías para propiciar la producción y distribución de las artesanías; 4. Vigilar la prestación de los servicios educativos en el Municipio; 5. Participar en el mantenimiento de establecimientos educativos; 6. Cuidar de la seguridad y el orden de lugares deportivos, paseos y centros recreativos; 7. Promover los programas de alfabetización y educación para los adultos; 8. Vigilar que los niños en edad escolar asistan a las escuelas y que los maestros cumplan con sus horarios y obligaciones; 9. Fomentar las actividades que exalten los valores cívicos nacionales, estatales, regionales y locales; 10. Fomentar las actividades recreativas de sano esparcimiento y deportivas; 11. Integrar los comités municipales del deporte al Sistema Estatal del Deporte y la Juventud; 12. Implementar programas de incorporación de la juventud al desarrollo, darles seguimiento y evaluarlos periódicamente; 13. Otorgar reconocimiento a nivel municipal por contribuciones dentro de proyectos de beneficio colectivo que eleven el bienestar social o la producción; 14. Coordinarse con los Gobiernos a efecto de propiciar políticas públicas unificadas y transversales en materia de Asuntos Indígenas y Afromexicanos. 15.- Vigilar que los planes, proyectos y programas cumplan las reglas de operación aprobadas para ello; 16. Emitir la Reglamentación necesaria para la atención de los asuntos Indígenas y Afromexicanos. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
22 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Panteones | Director(a) | Director(a) de Panteones | Dirección de Panteones | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 67, fracción IX, X Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal: Artículo 19 fracción IX y X; 61 apartado Panteón | 1. Vigilar que la inhumación de los cadáveres se verifique en los panteones, dentro de las veinticuatro horas siguientes a las en que ocurrió la muerte, salvo el caso de que se trate de epidemias o enfermedades contagiosas respecto de las cuales deberá procederse conforme a la reglamentación sanitaria aplicable; 2. Atender el servicio de panteones conforme a la reglamentación correspondiente; | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
23 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Agua Potable | Director(a) | Director(a) de Agua Potable | Dirección de Agua Potable | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 63, fracción XII; 63 BIS fracción V, VI y VII; 85 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal: Artículo 15 fracción VI; 37 fracción VI; 61 fracción XIX; 62 fracción I; 61 apartado Agua y Alcantarillado Ley Número 574 de Aguas para el Estado Libre y Soberano de Guerrero | 1. Atender y vigilar la debida prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado de acuerdo con la Ley de la materia y con la participación de los usuarios; 2. Dar cuenta al Ayuntamiento de lo relativo al agua potable y drenaje; 3. Participar en la elaboración o coordinación de los proyectos de ampliación, rehabilitación, mantenimiento o introducción de agua potable, drenaje sanitario y pluvial; 4. Programar, dirigir, supervisar y controlar los servicios públicos municipales de agua potable y alcantarillado; 5. Dictaminar o proponer lo conducente en relación a estudios, programas y acciones tendiente a mejorar el sistema de agua y alcantarillad en el Municipio; 6. Mantener informada y comunicar lo conducente al Ayuntamiento, con relación a la operación y programas de trabajo de los servicios que proporciona los Servicios Públicos Municipales en lo relacionado al servicio de agua y alcantarillado; 7. Vigilar la operación y desempeño de los servicios públicos en cuestión, así como verificar que se apoye el suministro de agua mediante pipas a los asentamientos humanos que carecen del servicio, en la medida de las posibilidades del Municipio; 8. Vigilar los sistemas de desagüe, drenaje y colectores del Municipio, de manera conjunta con la Dirección de Obras Públicas, así como procurar la conservación de manantiales, pozos, tanques de almacenamiento, tubería y otras obras que sirvan para el abastecimiento de agua para la población del Municipio; 9. Coadyuvar con las autoridades competentes en la supervisión de los estándares de potabilidad y sanidad del agua para consumo humano. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
24 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Asuntos Jurídicos | Director(a) | Director(a) de Asuntos Jurídicos | Dirección de Asuntos Jurídicos | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Capítulo III. Artículo 60 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo III. Artículo 66 Fracción D | 1. Instrumentar y resolver las investigaciones y procedimientos administrativos que presuman la responsabilidad de Servidores Públicos Municipales, con excepción de los de elección popular, ... , emitiendo las resoluciones conforme a la legislación aplicable; 2. Coadyuvar con el Síndico para que los Servidores Públicos obligados, presenten en tiempo y forma su Manifestación de Bienes; 3. Atender las quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las Dependencias y Órganos Auxiliares de la Administración Pública Municipal, sin perjuicio de que otros ordenamientos establezcan procedimientos de impugnación diferentes. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
25 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Tránsito Municipal | Director(a) | Director(a) de Tránsito Municipal | Dirección de Tránsito Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Capítulo III. Artículo 60 | 1. Supervisar el cumplimiento deLeyes y Reglamento de Tránsito y Transporte del Estado de Guerrero y la aplicación de las sanciones; 2. Expedir los permisos provisionales para circular sin placas dentro del Municipio; 3. Autorizar el trámite o expedición de las licencias de manejo de vehículos; 4. Verificar permanentemente la vialidad en toda la jurisdicción del Municipio de todo vehículo de cualquier tipo de tracción; 5. Tomar y coordinar acciones y medidas para la prevención de los accidentes viales y la aplicación de sanciones por violación de las normas; 6. Coordinarse con las Dependencias Públicas o Personas Físicas o Morales que realicen obras públicas o privadas para el señalamiento de las obras en la vía pública; 7. Brindar gratuitamente orientación a los ciudadanos en cuanto a los trámites con motivo de percances viales; 8. Informar periódicamente a las instancias Federales, Estatales y Municipales sobre los índices de accidentes para establecer programas conjuntos de prevención; 9. Implementar programas para elevar el nivel funcional de la Dirección; 10. Coordinarse con otras dependencias para realizar programas de prevención y combate al consumo de drogas y alcohol; 11. Coordinarse con otras dependencias para implementar programas de educación vial; 12. Determinar el perfil que deben reunir los candidatos a formar parte de los cuerpos de seguridad pública municipal. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
26 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Evaluación del Desempeño | Director(a) | Director(a) de Evaluación del Desempeño | Dirección de Evaluación del Desempeño | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero | 1. Efectuarán las evaluaciones por sí mismas o a través de personas físicas y morales especializadas y con experiencia probada en la materia que corresponda evaluar, que cumplan con los requisitos de independencia, imparcialidad, transparencia y los demás que se establezcan en las disposiciones aplicables; 2. Las evaluaciones podrán efectuarse respecto de las políticas públicas, los programas correspondientes y el desempeño de las instituciones encargadas de llevarlos a cabo. Para tal efecto, se establecerán los métodos de evaluación que sean necesarios, los cuales podrán utilizarse de acuerdo a las características de las evaluaciones respectivas; 3. Establecerán programas anuales de evaluaciones; 4. Las evaluaciones deberán incluir información desagregada por sexo relacionada con las beneficiarias y beneficiarios de los programas. Asimismo, las dependencias y entidades deberán presentar resultados con base en indicadores, desagregados por sexo, a fin de que se pueda medir el impacto y la incidencia de los programas de manera diferenciada entre mujeres y hombres 5. Deberán dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que se emitan derivado de las evaluaciones correspondientes. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
27 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Protección Civil | Director(a) | Director(a) de Protección Civil | Dirección de Protección Civil | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero | 1. Identificar y diagnosticar los riesgos a los que está expuesta la sociedad en sus municipios y mantener actualizado el Atlas de Riesgo Municipal; 2. Aplicar y ejecutar el Programa Municipal y los programas especiales de Protección Civil; 3. Instrumentar un sistema de seguimiento y evaluación de los programas e informar al Consejo Municipal y al Cabildo del Ayuntamiento; 4. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, según determine el Presidente del Consejo Municipal, formulando el orden del día y el acta correspondiente; 5. Establecer y mantener la coordinación con dependencias, instituciones y organismos del sector público, social y privado involucrados en tareas de protección civil, así como con los de otros municipios colindantes del Estado; 6. Promover la participación social e integración de grupos voluntarios al Sistema Municipal; 7. Fomentar la cultura de protección civil, a través de la realización de eventos, campañas de difusión y capacitación; 8. Formular el análisis y evaluación preliminar de los daños en caso de emergencia o desastre e informar al Presidente Municipal; 9. Establecer los mecanismos de comunicación y coordinación con la Subsecretaría de Protección Civil; 10. Promover la realización de cursos, foros, pláticas, ejercicios o simulacros que permitan mejorar la capacidad de respuesta de los participantes en el Sistema Municipal; 11. Establecer un Sistema de Información que comprenda, los directorios de personas e instituciones cuyas funciones se relacionen con la protección civil, los inventarios de recursos humanos y materiales disponibles en caso de emergencia; así como los mapas de riesgos y archivos históricos sobre desastres; 12. Establecer comunicación con organismos o instancias especializadas que realicen acciones de monitoreo, para vigilar permanentemente la posible ocurrencia de fenómenos perturbadores; 13. Las demás que no estén reservadas por la Ley, al Estado o a la Federación. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
28 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Seguridad Pública | Director(a) | Director(a) de Seguridad Pública | Dirección de Seguridad Pública | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 33, 61 Ley Número 777 del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guerrero: Artículo 59 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo VI. Artículo 13 | 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, del Estado de Guerrero y las Leyes derivadas; 2. Expedir su reglamento interior y los relativos a la administración municipal que deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; 3. Mantener la tranquilidad y el orden público en el municipio;10. Prevenir las infracciones y accidentes de tránsito en las vías públicas de jurisdicción municipal; 4. Cuidar de la superación de los agentes de seguridad pública y de tránsito municipal; 5. Dividir el territorio Municipal para su gobierno interior en comisarías, determinando las áreas de circunscripción y determinar la procedencia de crear delegaciones municipales; 6. Expedir los bandos de policía y buen gobierno, y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones; 7. Todas aquellas que faciliten y aseguren el mejor desempeño de sus tareas. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
29 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Contraloría Interna | Titular | Titular del Órgano Interno de Control | Contraloría Interna | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 140, 141, 151, 157, 196, Título VII Capítulo XIII | 1. Organizar y coordinar el sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público municipal y su congruencia con el presupuesto de egresos, así como validar los indicadores; 2. Observar las bases y principios de coordinación y recomendaciones emitidas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y, del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción; 3. Vigilar con el Comité Coordinador de los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción, el cumplimiento de las normas de control interno y fiscalización; 4. Establecer y coordinar el sistema de control interno; 5. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de planeación, presupuestación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda, patrimonio; 6. Organizar el desarrollo de la Administración Municipal y emitir las normas para que los recursos humanos, patrimoniales y los procedimientos técnicos de la misma, sean aprovechados y aplicados así como, realizar investigaciones y estudios sobre el tema; 7. Conducir las políticas, establecer las normas y emitir las autorizaciones y criterios correspondientes en materia de planeación y administración de recursos humanos, contratación del personal; 8. Realizar auditorías, revisiones y evaluaciones a las áreas; 9. Fiscalizar que las áreas cumplan con las normas y disposiciones en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y remuneraciones de personal, adquisiciones, arrendamientos, servicios y ejecución de obra pública, alta y baja de bienes, almacenes, etc; 10. Designar y remover a los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades; 11. Colaborar en el establecimiento de bases y principios para el cumplimiento de las responsabilidades; 12. Implementar las acciones que acuerden los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción; 13. Informar periódicamente sobre el resultado de la evaluación respecto de la gestión de las áreas de la Administración Municipal, así como del resultado de la revisión del ingreso y del ejercicio de recursos públicos; 14. Llevar y normar el registro de servidores públicos, recibir y registrar las declaraciones patrimoniales y de intereses así como verificar su contenido y registrar la información sobre las sanciones administrativas impuestas; 15. Atender las quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las áreas; 16. Conocer e investigar las conductas de los servidores que puedan constituir responsabilidades administrativas, así como substanciar los procedimientos y sanciones correspondientes, cuando se trate de faltas administrativas graves, ejercer la acción de responsabilidad Tribunales y presentar las denuncias correspondientes; 17. Establecer mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; 18. Vigilar que en materia de contrataciones públicas se cumplan los lineamientos de la Ley de Adquisiciones, propiciando las mejores condiciones de contratación; 19. Vigilar se cumpla con la política de gobierno digital, gobierno abierto y datos abiertos en el ámbito municipal; 20. Formular y conducir la política general de la Administración Municipal para establecer acciones que propicien la integridad y la transparencia en la gestión pública, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información; 21. Implementar políticas en materia de combate a la corrupción; 22. Emitir normas, lineamientos específicos y manuales con disposiciones y criterios que impulsen la simplificación administrativa; 23. Emitir el Código de Ética de los servidores públicos municipales y las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública; 24. Las demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
30 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | Director(a) | Director(a) de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero: Título II Capítulo III,IV y V | 1. Capturar, ordenar, analizar y procesar las solicitudes de información y las relativas a datos personales, presentadas ante el Sujeto Obligado; 2. Recabar, difundir y actualizar las obligaciones de transparencia; 3. Proponer procedimientos que contribuyan a mejoraas en la atención de las solicitudes de acceso a la información; 4. Promover e implementar políticas de transparencia proactiva; 5. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado; 6. Recibir, tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de información y de datos personales; 7. Llevar y actualizar el registro de las solicitudes de acceso a la información, así como sus respuestas, trámite, costos y resultados, haciéndolo del conocimiento del titular del Sujeto Obligado; 8. Asesorar, auxiliar y orientar en la elaboración y trámite de las solicitudes de información; 9. Efectuar las notificaciones correspondientes a los solicitantes; 10. Orientar a los particulares sobre los sujetos obligados competentes; 11. Proponer personal para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; 12. Realizar los trámites internos para la atención de las solicitudes de acceso a la información; 13. Establecer los procedimientos para que los datos personales se entreguen sólo a su titular o su representante; 14. Coadyuvar en la elaboración de los índices de clasificación de la información y en la preparación de las versiones públicas; 15. Establecer los procedimientos que aseguren los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales; 16. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por e incumplimiento de las obligaciones; 17. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
31 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección del Deporte | Director(a) | Director(a) del Deporte | Dirección del Deporte | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero | 1. Proponer, coordinar y evaluar la política de cultura física y deporte municipal, definiendo necesidades locales y los medios para satisfacerlas, así como otorgar los apoyos para su organización, desarrollo y fomento; 2. Diseñar, aplicar y evaluar el programa municipal de cultura física y deporte; 3. Participar en el diseño, aplicación y evaluación del Programa Estatal de Cultura Física y Deporte; 4. Destinar una partida presupuestal para el Programa Municipal de Cultura Física y Deporte, dotar de apoyos, estímulos y reconocimientos a quienes destaquen en la práctica y fomento del deporte; 5. Coordinarse con el INDEG y otros municipios para la promoción, fomento y desarrollo de la cultura física y deporte; 6. Celebrar convenios en materia de cultura física y deporte; 7. Ser parte del Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte, e integrar el Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, para promover y fomentar el desarrollo de la cultura física y deporte; 8. Crear el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte; 9. Contribuir a operar y mantener actualizado el Registro Estatal de Cultura Física y Deporte, en coordinación con el INDEG; 10. Promover la participación de todos los sectores para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte; 11. Las demás que señale esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
32 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Oficialía del Registro Civil | Oficial | Oficial del Registro Civil | Oficialía del Registro Civil | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero | 1. Celebrar los actos constitutivos, modificativos o extintivos del estado civil de las personas; 2. Testar los registros cuando tengan algún error o alteración; 3. Exigir y garantizar los requisitos para la celebración e inscripción de los actos; 4. Autorizar con su firma las certificaciones de los registros y constancias; 5. Solicitar y tener en existencia los formatos y el material necesario; 6. Extender y autorizar los actos del estado civil de las personas y actas relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcio, defunción, inscripción de sentencias y de actos del estado civil de mexicanos celebrados en el extranjero; 7. Entregar en los primeros cinco días de cada mes, los documentos de actos del estado civil, estadísticas, informes y avisos a la Coordinación Técnica; 8. Efectuar en las actas las anotaciones marginales; 9. Celebrar los actos del estado civil, dentro o fuera de su oficina y expedir las constancias y certificaciones relativas que le sean solicitadas; 10. Informar mensualmente a la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil sobre los ingresos por actos de registro civil; 11. Contestar oportunamente las demandas interpuestas en su contra, y seguir los juicios respectivos, haciéndolos del conocimiento de la Coordinación Técnica; 12. Expedir constancias de inexistencia de registro; 13. Realizar registros extemporáneos de nacimiento y defunción cuando exista documentación justificatoria o autorización correspondiente; 14. Informar oportunamente a la Coordinación Técnica y denunciar ante el Ministerio Público, la pérdida o destrucción de las actas o libros del Registro Civil, debiendo denunciar este hecho ante el Ministerio Público; 15. Conservar bajo su responsabilidad los documentos de los actos y actas del estado civil de las personas, debiendo integrar cuadernos libros, que permitan su fácil consulta; 16. Colaborar con las autoridades competentes en las inspecciones a las actas, libros y apéndices de la Oficialía a su cargo; 17. Hacer constar junto con los interesados y testigos, cuando se deba suspender un acto de registro civil; 18. Fijar en lugar visible la tarifa fiscal autorizada por la Ley de Ingresos Estatal; 19. Verificar que los extranjeros que intervengan en cualquier acto de registro civil, comprueben plenamente su legal estancia en el país; 20. Tomar cursos de capacitación y actualización; 21. Realizar y participar en campañas, jornadas, programas de registros y actas gratuitas; 22. Anotar la leyenda “cancelada” en los registros, cuando no se hayan cubierto los requisitos o no se haya concluido el proceso; 23. Expedir órdenes de inhumación o cremación, mediante presentación de las copias del acta de defunción; 24. Enviar por escrito a la Coordinación Técnica, las propuestas para mejorar y dar eficiencia a los servicios que presta la Institución; 25. Conceder licencia para el traslado de cadáveres, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos sanitarios; 26. Levantar oportunamente el registro de defunción de los fallecimientos reportados por el Ministerio Público; 27. Avisar a la Coordinación Técnica de los actos registrales asentados en su oficina, para llevar a cabo la anotación marginal correspondiente; 28. Atender las consultas en materia registral, que requieran los solicitantes; 29. Consultar a la Coordinación Técnica las dudas que surjan y que no estén resueltas por el Código Civil 30. Vigilar que los empleados de su oficialía no intervengan como testigos, excepto cuando se trate de familiares; 31. Ser el responsable de la clave de acceso a la base de datos; 32. Informar a los contrayentes sobre los regímenes patrimoniales; 33. Recibir y dar trámite ante la Coordinación Técnica, las solicitudes de aclaración o rectificación de actas del estado civil; 34. Impartir a los contrayentes el Curso Taller de Orientación Prematrimonial; 35. Las demás que les otorguen las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
33 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de la Mujer | Director(a) | Director(a) de la Mujer | Dirección de la Mujer | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 29, 69 y 109 Bis 1 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Artículo 21 | 1. Implementar un programa municipal de Participación Social de la Mujer, darle seguimiento y efectuar evaluaciones periódicas del mismo; 2. Apoyar las actividades productivas de las mujeres; 3. Establecer en coordinación con la Secretaría de la Mujer programas de capacitación y empleo; 4. Intervenir en defensa de los derechos de las mujeres. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
34 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Tesorería Municipal | Tesorero(a) | Tesorero(a) Municipal | Tesorería Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 29, Título III. Capítulo III y Tìtulo V Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo II | 1. Participar en la formulación de los proyectos de presupuestos de egresos y de ingresos; 2. Recaudar, custodiar, concentrar y administrar los ingresos provenientes de los impuestos, derechos, productos o aprovechamientos que consigne la Ley de Ingresos Municipales; 3. Imponer sanciones por infracciones a los ordenamientos fiscales; 4. Llevar la contabilidad del Ayuntamiento, formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Municipal y los Informes Financieros; 5. Intervenir en los estudios financieros, evaluando las necesidades de financiamiento de los programas operativos y de inversión; 6. Ejercer el gasto público municipal, promoviendo el cobro de los ingresos y el pago de las erogaciones, así como el manejo de los fondos; 7. Llevar al día los libros de caja, diario, cuentas corrientes y auxiliares y de registro; 8. Llevar la caja de la Tesorería y asumir la custodia de los fondos y valores municipales; 9. Promover el cobro de las contribuciones municipales, evitando el rezago; 10. Cuidar que las multas ingresen a la Tesorería Municipal; 11. Permitir y facilitar la práctica de auditorías; 12. Presentar mensualmente al Ayuntamiento el corte de caja de la Tesorería Municipal; 13. Obtener del Síndico la autorización de los gastos de la Administración; 14. Informar al Presidente Municipal sobre el estado de las finanzas municipales; 15. Organizar el padrón de contribuyentes municipales; 16. Las demás que les otorguen las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables en la materia. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
35 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Desarrollo Rural | Director(a) | Director(a) de Desarrollo Rural | Dirección de Desarrollo Rural | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 68 Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Artículo 65 | 1. Colaborar al incremento de la producción agrícola y ganadera, así como a la organización económica de ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios; 2. Establecer programas para combatir el robo de productos agrícolas y el abigeato; 3. Colaborar en la vigilancia de los recursos forestales evitando la tala sin autorización y previniendo la destrucción forestal y los incendios; 4. Promover la implementación de programas de desarrollo rural Integral; 5. Ejercer las facultades que le confiere la Ley Ganadera y en particular las que conciernen al fomento, mejoramiento, desarrollo y protección de las actividades pecuarias; 6. Ejercer las facultades que le confiere la Ley Federal de la Reforma Agraria; 7. Proponer y dictaminar programas para el fomento, impulso de la producción agropecuaria e infraestructura para el desarrollo rural y social; 8. Proponer planes pilotos para difundir la tecnología agropecuaria del municipio; 9. Promover y apoyar eventos que impulsen el desarrollo agropecuario y forestal; 10. Fomentar la organización de los productores agropecuarios; 11. Actualizar el Padrón de beneficiarios de fertilizantes; 12. Dotar del fertilizante requerido a los productores rurales, antes de la temporada de siembras; 13. Divulgar, asesorar y operar los programas de las diferentes dependencias estatales y federales dedicadas al desarrollo rural; 14. Vigilar el funcionamiento de los rastros municipales, obradores, expendios de carne, establos y demás negocios que tengan relación con el sacrificio de animales para consumo humano; 15. Mantener estrecha coordinación con las autoridades sanitarias, a efecto de tratar las epizootias; 16. Realizar estudios y establecer sistemas de coordinación con otros niveles de gobierno, que fomenten la actividad agropecuaria y agroindustrial en el Municipio bajo criterios de sustentabilidad; 17. Establecer contacto permanente con los diversos organismos e instituciones relacionadas con la materia agropecuaria; 18. Asesorar y capacitar, en la medida de sus posibilidades, a los productores agropecuarios y agroindustriales; 19. Emitir opinión técnica en los proyectos de urbanización de parques y áreas verdes; 20. Promover y organizar los viveros municipales para llevar a cabo la repoblación forestal; 21. Elaborar los programas de reforestación y conformación de áreas verdes; 22. Las demás que las leyes y reglamentos de aplicación municipal le atribuyan. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
36 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Desarrollo Social | Director(a) | Director(a) de Desarrollo Social | Dirección de Desarrollo Social | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero | 1. Coordinar el proceso de planeación de las políticas, programas y acciones de los sectores público, social y privado, para impulsar el desarrollo social y la superación de la pobreza; 2. Coordinar las acciones de los sectores público, social y privado, para garantizar su participación en las acciones y programas para el desarrollo social y superación de la pobreza; 3. Coordinar el proceso de la planeación de planes, programas y proyectos concertados entre los tres niveles de gobierno y sociedad para el desarrollo social y superación de la pobreza; 4. Organizar sustantivamente el proceso de la planeación de la Política Social Municipal, estableciendo como sus ámbitos los de: la planeación social, la formación social y humana, el fomento social, la asistencia y seguridad social, la promoción social y la participación social, de acuerdo a la estrategia para el desarrollo social y superación de la pobreza; 5. Evaluar los resultados de los programas y acciones, para sugerir su reorientación a las instancias federales, estatales y municipales responsables de su ejecución | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
37 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas | Director(a) | Director(a) de Desarrollo Urbano y Obras Públicas | Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero: Artículo 63 y 109 A Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo III. Artículo 61 | 1. Coordinar y consultar entre los sectores público, social y privado para la realización de la obra Pública; 2. Ejecutar las acciones concertadas por Presidencia con los sectores público, social y privado relacionadas con el desarrollo de obra pública; 3. Proponer reformas relacionadas con la planeación, programación presupuestal, ejecución y control de la obra Pública y vigilar el cumplimiento de las mismas; 4. Participar en los comités o comisiones relacionados con la obra Pública; 5. Planear, programar y ejecutar las obras públicas que se realicen en el municipio; 6. Recibir, registrar, atender y dar seguimiento a las peticiones de obra pública; 7. Consensuar con la población las obras y acciones a realizar; 8. Elaborar propuestas de obras; 9. Llevar un control físico de las obras ejecutadas por el Municipio, así como un expediente técnico; 10. Realizar el finiquito de los contratos de obra pública; 11. Revisar y entregar la obra pública terminada a la Dependencia solicitante; 12. Apoyar con opiniones y sugerencias a las dependencias que lo soliciten; 13. Determinar la conveniencia de realizar la obra pública directamente o a través de terceros; 14. Elaborar los anteproyectos y proyectos de obra pública; 15. Diseñar, planear y proyectar las adecuaciones de edificios y remodelaciones; 16. Elaborar directamente o a través de terceros los diseños conceptuales, ingenierías básicas, anteproyectos, estudios de ingeniería, de detalle, proyecto ejecutivo y presupuestos para la construcción de obras públicasl; 17. Ejecutar y supervisar la construcción o rehabilitación de la obra pública Municipal; 18. Llevar a cabo el control de archivo técnico y estadístico de planos, obras y en general, de todas las actividades relacionadas con las obras públicas del Municipio; 19. Participar en la elaboración o coordinación de los proyectos de ampliación, rehabilitación, mantenimiento o introducción de agua potable, drenaje sanitario y pluvial, energía, alumbrado, así como de otra naturaleza; 20. Inspeccionar las obras públicas que se estén realizando en el Municipio; 21. Controlar la programación y la ejecución de la obra publica aprobada; 22. Vigilar el cumplimiento de la ejecución de la obra de acuerdo al programa establecido; 23. Vigilar que las obras se ejecuten de acuerdo la las especificaciones; 24. Recibir registrar y dar seguimiento a cada uno de las obras asignadas; 25. Elaborar el acta de entrega-recepción de las obras; 26. Elaborar los anteproyectos y proyectos de obra pública; 27. Mantener en buenas condiciones todos los edificios públicos; 28. Mantener las calles y avenidas con una buena imagen para la ciudad con programas estratégicos de bacheo y mantenimiento; 29. Coadyuvar con las dependencias en la instalación, desarrollo y mantenimiento de obras de ornato y alumbrado público; 30. Mantener en buenas condiciones todas las áreas verdes públicas; 31. Realizar programas y campañas antigrafittis; 32. Participar en la elaboración de los proyectos de planes de desarrollo urbano; 33. Otorgar licencias o permisos para la construcción, reparación y demolición de fincas, así como para la ocupación temporal de vías públicas; 34. Ejercer las atribuciones que en materia de Ordenamiento, Planificación y Administración Urbana, Control Urbano y Zonificación consignan en favor de los Municipios la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero y demás disposiciones legales; 35. Aplicar las disposiciones legales y administrativas en materia; 36. Procurar la integración de los asentamientos humanos irregulares al desarrollo urbano; 37. Dictar las medidas necesarias con relación a los lotes baldíos; 38. Dictar las medidas necesarias para evitar la obstaculización del tránsito peatonal en las vías públicas. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
38 | 2024 | 10/1/2024 | 12/31/2024 | Dirección de Catastro Municipal | Director(a) | Director(a) de Catastro Municipal | Dirección de Catastro Municipal | Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero Ley Número 676 del Catastro Municipal del Estado de Guerrero: Capítulo II, II Bis y III Manual de Organización, Funciones y Procedimientos de la Administración Pública Municipal : Capítulo III. Artículo 63 | 1. Coordinarse con las autoridades correspondientes y realizar las gestiones necesarias para regularizar la tenencia de la tierra; 2. Promover y regular el crecimiento urbano de las comunidades del municipio mediante una adecuada planificación y zonificación de las mismas. 3. Vigilar el cumplimiento y aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de construcción y asentamientos humanos; 4. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes inmuebles del municipio; 5. Elaborar y mantener actualizado el registro de los predios ubicados en la jurisdicción del municipio; 6. Promover el desarrollo de los programas de regularización de la tenencia de la tierra y los de propiedad raíz; 7. Aplicar las limitaciones y modalidades de uso de suelo que se imponen a través de los instrumentos de planeación correspondientes a los predios e inmuebles de propiedad pública y privada; 8. Elaborar la proyección de la distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población; 9. Establecer la regulación del uso del suelo en las localidades del municipio, acatando los lineamientos; 10. Establecer la nomenclatura oficial de las vías públicas, jardines, plazas y la numeración de los predios del Municipio. | https://cuetzala.com/wp-content/uploads/2025/04/LOMLEG-230424.pdf | 0 | Secretaría General | 10/21/2024 | No dato | ||||||||||||
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