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CONVENIOS 2025
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Nro RESOLUCIÓNObjeto del ConvenioTIPONIVEL GEOGRAFICOFecha de suscripciónPeriodo de vigenciaFecha de culminaciónEstado (*)Nombre de la Entidad Cooperante
Compromiso de la Entidad CooperanteCompromiso de la UniversidadAprobado y/o suscrito por (Nombres y Apellidos / Cargo
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1RESLUCION N 109-2025-UNAJMA/REl objeto del convenio marco de cooperación tiene como finalidad promover y fomentar el desarrollo de las actividades académicas, de investigación científica y tecnológica, responsabilidad social universitaria con contribución al desarrollo sostenible y el bienestar de la sociedad. Cuyo objetivo es alcanzar el desarrollo, consolidación de profesionales, la vinculación al desarrollo de la comunidad, región y el país; comprometiéndose para la colaboración y cooperación interinstitucional en materia de la formación profesional, propiciar las practicas pre profesionales de los estudiantes de LA UNAJMA con permanente coordinación, supervisión y control. INVESTIGACIÓN/ PRÁCTICASNACIONAL9/7/202502 AÑOS9/7/2027PENDIENTEASOCIACIÓN JESÚS OBRERO - CCAIJO 1. Aportar con experiencia técnica y conocimiento especializado en apicultura, capacitación y formación, desarrollo de manuales y guías.
2. Establecer estrechos vínculos de cooperación mutua entre ambas instituciones para buscar el progreso y desarrollo de la cadena de valor apícola en la zona valle de Quispicanchi, a través de la organización de eventos educativos-académicos, medio ambientales, científicos, tecnológicos, entre otros.
3. Contribuir al fortalecimiento de las capacidades y competencias de los estudiantes de últimos ciclos y egresados de “LA UNAJMA”, que realicen pasantías, visitas guiadas a las instalaciones de “LA ASOCIACIÓN”.
4. Favorecer la participación y realización de proyectos conjuntos de investigación y de proyección social y de otra índole orientada a mejorar los servicios en el ámbito de sus competencias.
5. Otras que sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de ambas partes y de las actividades que constituyan objeto del presente acuerdo.
6. Permitir a los estudiantes de LA UNAJMA realizar prácticas pre profesionales y profesionales según se requiera, expidiendo las constancias correspondientes de las horas ejecutadas.
1. Facilitar la visita de los apicultores, a los diferentes ambientes de “LA UNAJMA”: Escuelas profesionales: Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería de Sistemas, Administración de Empresas, Ingeniería Ambiental, Educación Primaria Intercultural, Contabilidad, Psicología, Ingeniería Civil y Enfermería para desarrollar investigación educativa de diferentes materias.
2. Se compromete en reciprocidad otorgar los servicios de investigación y de proyección social a solicitud de “LA ASOCIACIÓN sin costo alguno para mejorar la cadena de valor apícola en los eslabones de producción, transformación y comercialización.
3. Brindar asistencia técnica a los beneficiarios de los proyectos que se gesten de común acuerdo, en su etapa de ejecución, dentro del alcance presupuestal de dichos proyectos.
4. Transferencia de tecnología y conocimiento entre la “UNAJMA”, y “LA ASOCIACIÓN” y los apicultores para mejorar la productividad y sostenibilidad del proyecto.
5. Diseño y validación de prototipos para la mejora de la calidad de los productos apícolas, como miel, polen, propóleos, y otros sub productos de la colmena.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán CCAICCO: EBERTH MOLINA ROMERO
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2RESLUCION N 110-2025-UNAJMA/REl presente acuerdo tiene por objeto llevar a cabo cooperación en las áreas de investigación, docencia e intercambio de estudiantes de pregrado y postgrado entre las dos instituciones. Adicionalmente, las partes de este convenio buscarán cooperación administrativa para guiar y desarrollar las actividades de intercambio y para definir los trámites requeridos para tales finesINTERCAMBIO ACADEMICOINTERNACIONAL9/7/202504 AÑOS9/7/2029VIGENTEUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA ● Mutuo intercambio de estudiantes de pregrado y posgrado, debidamente matriculados;
● Mutuo intercambio de personal académico y personal administrativo;
● Publicaciones conjuntas;
● Intercambio de información sobre programas y métodos de enseñanza;
● Organización conjunta de seminarios, talleres, cursos, conferencias y otras actividades similares relacionadas con sus programas académicos y científicos;
● Programas de doble titulación;
● Supervisión de tesis de posgrado.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNC: Dr. LEOPOLDO ALBERTO MÚNERA RUIZ
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3RESLUCION N 111-2025-UNAJMA/REl presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de mutua colaboración entre el Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Apurímac – Comité Local de Andahuaylas y la Universidad Nacional José María Arguedas en el ámbito correspondiente a cada organización, estableciendo un vínculo bilateral para desarrollar actividades conjuntas de interés común en los ámbitos de formación académica, investigación científica, extensión universitaria, proyección social, desarrollo tecnológico, innovación, capacitación profesional y otros que ambas partes consideren pertinentes.INTERCAMBIO/ INVESTIGACIÓN/ PRÁCTICASNACIONAL9/7/202505 AÑOS9/7/2030VIGENTECOLEGIO DE INGENIEROSa. Intercambiar conocimientos técnicos, científicos y profesionales en beneficio del desarrollo regional de Apurímac.
b. Promover el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación, formación continua y asistencia técnica.
c. Facilitar la participación de estudiantes en actividades académicas, prácticas preprofesionales, profesionales y proyectos colaborativos.
d. Fomentar la organización de eventos académicos, científicos y profesionales (Diplomados, cursos, seminarios, talleres, conferencias, etc.).
e. Compartir espacios de infraestructura, recursos, en sus posibilidades y capacidades.
f. Otras áreas de colaboración que las partes acuerden mutuamente.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán CIP: ING. WILLIAM HURTADO CASAVERDE
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4RESLUCION N 112-2025-UNAJMA/REl presente convenio marco de cooperación interinstitucional tiene como objetivo establecer los mecanismos necesarios para la colaboración en la producción de conocimiento científico y tecnológico, así como en eventos académicos de formación, capacitación y especialización, además de fomentar la cooperación e intercambio académico y programas de movilidad estudiantil, estancias formativas y actividades de capacitación dirigidas a funcionarios, docentes y administrativos con la finalidad de mejorar la gestión universitaria. El presente, facilita las actividades de internacionalización, incluyendo proyectos de investigación, transferencia e innovación tecnológica, participación en redes universitarias, culturales y deportivas, entre otros.INTERCAMBIO/ INVESTIGACION/ POSGRADONACIONAL19/7/202505 AÑOS19/7/2030VIGENTEUNIVERIDAD NACIONAL DE CAÑETEi. Estimular el intercambio de gestores, de docentes y de estudiantes de grado y posgrado, para la realización de estancias.
ii. Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con actividades científicas, técnicas y administrativas de ambas instituciones.
iii. Establecer un programa de intercambio de información, documentación, publicaciones, equipo y material audiovisual de índole académico producido por cada una de las partes en áreas de interés común para ambas instituciones.
iv. Desarrollo de proyectos y programas de investigación en las distintas especialidades en los cuales las partes tengan mayor interés.
v. Facilitar la participación mutua en eventos académicos (conferencias, seminarios, talleres, etc.) organizados por cualquiera de las dos instituciones.
vi. Desarrollar programas, proyectos y acciones con participación, en las áreas de dominio de ambas partes.
vii. Incentivar la generación de tecnologías intermedias, mediante investigación.
viii. Realizar proyectos conjuntos de desarrollo y mejoramiento de programas de formación de posgrado en las áreas del conocimiento.
ix. Promover la prestación de servicios a través de los Centros de Producción de acuerdo con el interés de las partes.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNDC: Dr. MAURO JUAN RAMIREZ HERRERA
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5RESLUCION N 113-2025-UNAJMA/REs objeto del presente convenio crear el marco de cooperación entre las partes, para la adecuada formación y capacitación de profesionales, orientado a la atención de los problemas prioritarios de salud de la población, acorde con las políticas y planes de desarrollo del Sector Salud; así como regular el desarrollo de las acciones de docencia, servicio e investigación que se realizan en pregrado y de segunda especialidad, en los servicios de salud de EL MINISTERIO y EL GOBIERNO REGIONAL.SERVICIO DE DOCENCIA/ COBERTURA DE SERVICIOS DE SALUD/ INVESTIGACIONNACIONAL9/7/202504 AÑOS9/7/2029VIGENTEMINISTERIO DE SALUD/ EL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC4.1. Son compromisos de EL MINISTERIO y de EL GOBIERNO REGIONAL por intermedio de la Dirección de Redes Integradas de Salud, o Dirección/Gerencia Regional de Salud, respectivamente:
a) Poner a disposición el personal, la infraestructura, equipos e instrumental de la sede docente, para el desarrollo de las actividades de docencia-servicio a la salud.
b) Establecer condiciones adecuadas para el uso de los servicios de salud, conforme al marco normativo vigente y las normas emanadas del Sistema Nacional de Articulación Docencia-Servicio e Investigación en Pregrado de Salud-SINAPRES y de los Residentados Odontológico, Químico Farmacéutico, en Enfermería o en Obstetricia.
4.2. Son compromisos de LA UNIVERSIDAD:
a) Aportar personal, equipos e instrumentos para el desarrollo de las actividades programadas.
b) Contribuir con la sede docente mediante servicios educativos, auspicios o creditaje académico, acceso a bases de datos con información científica y tecnológica, para el personal de la salud y administrativo.
c) Contribuir mediante programas de capacitación, perfeccionamiento o complementación para el personal de la salud de la Dirección de Redes Integradas de Salud o Dirección/Gerencia Regional de Salud, de EL MINISTERIO/EL GOBIERNO REGIONAL, respectivamente.
d) Incorporar profesionales de la salud de los establecimientos comprendidos en el presente Convenio y en los específicos que se suscriban, de acuerdo con el Estatuto y la Ley Universitaria, para la implementación y desarrollo de la parte práctica de las diferentes acciones docente-asistenciales.
e) Sujetar sus investigaciones realizadas en el ámbito de la sede docente, a la normatividad vigente para el desarrollo de las investigaciones en el sector salud, así como de la Ética y Deontología
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán MINISTERIO DE SALUD: Herberth Ulises Cuba García GOB REGIONAL DE APURIMAC: Renán Ríos Villagómez
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6RESLUCION N 117-2025-UNAJMA/RLas Instituciones que suscriben convienen en intercambiar sus experiencias y personal en los campos de la docencia, la investigación y la cultura, dentro de aquellas áreas en las cuales tengan interés manifiesto.
El desarrollo de estas actividades así como sus fuentes de financiación y los recursos humanos y materiales requeridos para su ejecución serán detallados en convenios específicos.
INTERCAMBIO ACADEMICO/ INVESTIGACIONINTERNACVIONAL11/6/202504 AÑOS11/6/2029VIGENTEUNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA) l.- Desarrollo de proyectos de investigaciones conjuntas.
2.- Programas para realizar estudios de postgrado o investigaciones.
3.- Intercambio de profesores, investigadores, estudiantes y personal de administración y servicios. Para hacer efectivos los intercambios recogidos en este párrafo, será necesaria la formalización de un acuerdo bilateral que especifique las condiciones de los mismos.
4.- Intercambio de información relativa a su organización, estructura y funcionamiento, así como el desarrollo de los programas anuales.
5.- Impartición de cursos, seminarios, simposios, etc., en los que participan profesores de las dos instituciones.
6.- Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan establecidos.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNIC: D. MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO
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7RESLUCION N 130-2025-UNAJMA/RPor el presente convenio, LAS PARTES acuerdan cooperar y establecer relaciones interinstitucionales a fin de impulsar trabajos de desarrollo de investigación, programas de formación profesional, fortalecimiento institucional, diseño ejecución de proyectos de inversión e investigación; y de manera específica, unir esfuerzos técnicos, científicos y logísticos para el desarrollo de actividades conjuntas que contribuyan a la caracterización, documentación y valorización del café producido en el distrito de IncahuasiINVESTIGACIÓN/ PROYECCIÓN SOCIALNACIONAL31/7/202503 AÑOS31/7/2028VIGENTECOOPERATIVA AGRARIA CAFETALERA VALLE DE INCAHUASI6.1. Elaborar y aprobar conjuntamente el respectivo Plan de Trabajo para la implementación del presente convenio. Dicho Plan de Trabajo deberá considerar obligatoriamente el Cronograma de Actividades con metas Físicas y Financieras.
6.2. Intercambiar información respecto al conocimiento y aprovechamiento sostenible de los resultados de las actividades realizadas.
6.3. Supervisar el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio implementado según lo determinado en el numeral 6.1. debiendo elaborar el informe de avance trimestral e informe de Cierre de Convenio.
6.4. Se comprometen en reciprocidad otorgar los servicios de investigación y de proyección social con los usuarios a solicitud de la “COOPERATIVA AGRARIA CAFETALERA VALLE INCAHUASI” de acuerdo a un costo generado, para mejorar la cadena de valor agrícola del Café en la producción, trasformación y comercialización.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán INCAHUASI: Ing. Fredy Estañiz Pezua
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8RESLUCION N 140-2025-UNAJMA/REl presente Convenio Marco tiene por objeto establecer las condiciones de mutua colaboración de ambas universidades UNAJMA y UNIQ, estableciendo un vínculo bilateral académico interuniversitario en los ámbitos de docencia, investigación, desarrollo tecnológico, comunicación, información, gestión y políticas en el campo de la educación superior universitaria, bajo la modalidad presencial y virtual para estudiantes, docentes y administrativos.INTERCAMBIO/ INVESTIGACION / PROYECCION SOCIALNACIONAL19/8/202505 AÑOS19/8/2030PENDIENTEUNIVERIDAD NACIONAL DE QUILLABAMBAa. Presentar programas y desarrollar proyectos conjuntos de investigación científica, tecnológica o educativa en aquellos temas de interés.
b. Organizar seminarios, conferencias, simposios, encuentros, y otros eventos en materia académica, cultural, o deportiva de interés para ambas partes.
b. Promover las publicaciones conjuntas que resulten de las actividades académicas y los proyectos de investigación ejecutados a través del presente convenio.
a. Formular proyectos específicos de interés común, con el apoyo financiero de recursos de cooperación nacional e internacional.
c. Difundir por los medios a su alcance las actividades que se realicen en el marco de este convenio y los resultados de las mismas, y otorgar los créditos correspondientes a cada una de las partes y las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto de este convenio marco.
d. Cumplir con los objetivos y actividades señaladas en el presente convenio.
e. Evaluar constantemente las actividades de los estudiantes docentes/investigadores y administrativos que se acojan a los programas académicos, administrativos o de investigación.
f. Asignar responsables para la elaboración y coordinación de las iniciativas nacionales e internacionales que se propongan.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNIQ: Dra. María Isabel Niquen Inga
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9RESLUCION N 141-2025-UNAJMA/REl presente Convenio Marco tiene por objeto establecer y desarrollar mecanismos de colaboración mutua entre LA UNAJMA y LA UNH, mediante la creación de un vínculo académico bilateral de carácter interuniversitario. Dicha colaboración se orienta a los ámbitos de docencia, investigación, desarrollo tecnológico, comunicación, información, gestión y formulación de políticas en el campo de la educación superior universitaria, y se implementará bajo las modalidades presencial y virtual, en beneficio de estudiantes, docentes y personal administrativo de ambas institucionesINTERCAMBIO/ INVESTIGACIONNACIONAL19/8/202505 AÑOS19/8/2030VIGENTEUNIVERIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICAa. Presentar programas y desarrollar proyectos conjuntos de investigación científica, tecnológica y educativa en aquellos temas de interés.
b. Organizar seminarios, conferencias, simposios, encuentros y otros eventos académicos, culturales o deportivos que resulten de interés para ambas partes.
b. Promover publicaciones conjuntas que resulten de las actividades académicas y de los proyectos de investigación ejecutados a través del presente convenio.
a. Formular proyectos específicos de interés común, con el apoyo financiero de recursos financieros provenientes de la cooperación nacional e internacional.
c. Difundir, a través de los medios disponibles, las actividades desarrolladas en el marco del presente convenio, así como sus resultados, otorgando los créditos correspondientes a cada una de las partes e implementando las acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de los fines del convenio marco.
d. Cumplir con los objetivos y actividades señaladas en el presente convenio.
e. Evaluar constantemente las actividades realizadas por los estudiantes, docentes/investigadores y personal administrativo que participen en los programas académicos, administrativos o de investigación.
f. Designar responsables institucionales para la elaboración, gestión y seguimiento de las iniciativas nacionales e internacionales que se desarrollen a través de este convenio.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNH: Dr. EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES
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10RESLUCION N 272-2025-UNAJMA/CU3.1. El presente Convenio Específico tiene por objeto establecer los términos y condiciones mediante los cuales la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Universidad Nacional José María Arguedas acuerdan implementar acciones de cooperación académica, científica y cultural, orientadas principalmente al fortalecimiento de la investigación científica, tecnológica y humanística, así como al desarrollo conjunto de actividades de formación, intercambio y difusión del conocimiento.
Dicho objeto se desarrollará mediante el diseño e implementación de planes de trabajo conjuntos, que podrán contemplar el desarrollo de proyectos de investigación colaborativa, programas de movilidad académica de docentes e investigadores, coorganización de eventos científicos, difusión de publicaciones conjuntas y demás actividades que contribuyan al cumplimiento de los fines institucionales de ambas universidades.
INTERCAMBIO/ PRACTICAS/ INVESTIGACIONNACIONAL3/9/202503 AÑOS3/9/2028PENDIENTEUNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 4.1. Los Vicerrectores de Investigación de ambas universidades son los responsables de garantizar la ejecución a que se refiere la cláusula cuarta.
4.2. Promover prácticas efectivas de cooperación académica y científica reciprocas.
4.3. Proporcionar el directorio actualizado de los docentes del RENACYT.
4.4. Difundir el presente convenio entre los docentes investigadores y estudiantes, incentivando la organización de grupos de investigación mixtos, incluyendo la posibilidad de incorporar miembros de otras universidades nacionales e internacionales.
4.5. Difundir y socializar las publicaciones científicas generadas por ambas instituciones, especialmente aquellas producidas en el marco de esta cooperación.
4.6. Elaborar informes técnicos o de investigación de interés común, respetando los principios de autoría y propiedad intelectual.
4.7. Extender a los evaluadores pares externos una Resolución Vicerrectoral de felicitación, especificando el número y los nombres de los proyectos y/o Planes para la elaboración de libros y artículos científicos en los cuales participan sus docentes del RENACYT como tales.
4.8. Coordinar y promover la participación conjunta en convocatorias públicas o privadas para el financiamiento de proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
4.9. Apoyar la coorganización de eventos académicos y científicos, tales como congresos, seminarios, talleres y mesas de trabajo interdisciplinarias.
4.10. Facilitar el intercambio de investigadores, docentes y estudiantes, de acuerdo con las disposiciones internas de cada institución y la disponibilidad presupuestal correspondiente.
4.11. Promover la movilidad académica para el desarrollo de estancias de investigación, pasantías o visitas académicas, en actividades académicas, científicas o culturales previstas en los planes de trabajo.
4.12. Propiciar el intercambio docente para la realización de conferencias, cursos breves, estancias de investigación u otras formas de colaboración académica especializada.
4.13. Otorgar facilidades de acceso a laboratorios, bibliotecas, bases de datos, centros de investigación y demás espacios académicos para la realización de estudios técnicos, análisis especializados y actividades de transferencia tecnológica, previa coordinación entre los responsables de las respectivas unidades.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UNMSM: Dra. Jeri Gloria Ramón Ruffner
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11RESLUCION N 180-2025-UNAJMA/RO presente Acordo visa a desenvolver um pro- grama de intercâmbio e cooperação em todas as áreas acadêmicas oferecidas por ambas as Universidades. O Programa de Intercâmbio pode incluir:
a) Estudantes de graduação e pós-gradu- ação;
b) Professores, pesquisadores e pessoal técnico-administrativo de nível supe- rior;
c) Colaborações em pesquisas.
INTERCAMBIO / INVESTIGACIONINTERNACIONALPENDIENTEUNIVERSIDADE FEDERAL
FLUMINENSE
§ 1º. O intercâmbio de estudantes terá du- ração de um ou dois semestres, devendo qual- quer prorrogação ser acordada entre os partí- cipes.
§ 2º. O período de intercâmbio para profes- sores, pesquisadores e pessoal técnico-admi- nistrativo será definido de acordo com cada si- tuação e deverá ser de interesse mútuo.
§ 3º. Os candidatos ao programa de inter- câmbio deverão possuir conhecimento do idi- oma em que serão ministradas as aulas.
§ 4º. As candidaturas deverão ser apresen- tadas através das Instituições de origem dos candidatos.
§ 5º. O desempenho acadêmico dos estu- dantes será avaliado pelos professores da Ins- tituição anfitriã, de acordo com as normas vi- gentes.
§ 6º. O reconhecimento dos créditos ficará a cargo de cada Instituição de origem.
§ 7º. Para que a candidatura dos estudan- tes seja considerada válida, toda documenta- ção exigida deve ser apresentada. As instru- ções para tal serão disponibilizadas por cada Instituição.
§ 8º. Os estudantes permanecerão matri- culados nas suas Instituições de origem, onde pagarão todas as taxas, incluindo as mensali- dades, e serão isentos de pagamentos das ta- xas normais e mensalidades nas Instituições anfitriãs.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán UFF: Prof. Antonio Claudio Lu- cas da Nobrega
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12RESLUCION N 186-2025-UNAJMA/REl presente convenio tiene por objeto establecer un marco general de cooperación entre la UDES, la Universidad Nacional José María Arguedas, y Perú Sin Filtro TV con el fin de promover actividades conjuntas en los ámbitos académico, científico, tecnológico, cultural y de extensión, mediante la ejecución de convenios específicos que detallen las acciones concretas de colaboración.INTERCAMBIO/INVESTIGACION, POSGRADOINTERNACIONAL30/10/202505 AÑOS30/10/2030PENDIENTEUNIVERSIDAD DE SANTANDER- UDES
Y PERÚ SIN FILTRO TV
1. Desarrollo conjunto de estudios y proyectos de investigación en áreas de interés común.
2. Intercambio de conocimientos mediante conferencias, seminarios, talleres y cursos.
3. Intercambio de profesores, investigadores y personal académico.
4. Intercambio de estudiantes de pregrado y posgrado, con reconocimiento de créditos académicos.
5. Apoyo recíproco en actividades de extensión universitaria.
6. Implementación de programas de doble titulación o reconocimiento mutuo de títulos.
7. Elaboración y difusión de publicaciones conjuntas.
8. Uso compartido de recursos académicos, bibliotecas, laboratorios y equipos técnicos.
9. Cualquier otra actividad acordada mutuamente para alcanzar los objetivos del presente Convenio.
UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán ISANTANDER: : Dr. JOSÉ PATRICIO LÓPEZ JARAMILLO , TV: MAICOL NICOLAS CARRANZA
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