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2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
3 | Servicios ofrecidos | A121Fr19_Servicios | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Nombre del servicio | Tipo de servicio (catálogo) | Tipo de usuario y/o población objetivo | Descripción del servicio | Modalidad del servicio | Enumerar y detallar los requisitos | Documentos requeridos, en su caso | Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficial | Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficial | Tiempo de respuesta | Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante | Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención | Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitan | Denominación del o las áreas y/o unidades administrativas del sujeto obligado, permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado que proporcione el servicio, según corresponda | Área en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto Tabla_473104 | Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicio | Costo, en su caso especificar que es gratuito | Datos del contacto oficial de la oficina de atención del sujeto obligado responsable de proporcionar el servicio Tabla_565050 | Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuito | Sustento legal para su cobro | Lugares donde se efectúa el pago | Fundamento jurídico-administrativo del servicio | Derechos del usuario ante la negativa o la falta | Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicio | Hipervínculo información adicional del servicio | Información adicional del servicio, en su caso | Otro medio que permita el envío de consultas y documentos Tabla_566020 | En caso de que exista otro medio que permita el envío de consultas y documentos deberá especificar Tabla_565054 | Lugar para reportar presuntas anomalias Tabla_473096 | Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Tramites y Servicios o al sistema homólogo | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota | |
8 | 4F4DB965BE35596DE016A51852E9B4C5 | 2021 | 01/10/2021 | 31/12/2021 | Servicios Integrales y Talento Estudiantil | Directo | Personas integrantes de la Comunidad Educativa del IRC y beneficiados de los servicios educativos que el instituto ofrece | Diseñar e implementar diversas estrategias académicas que favorezcan la formación integral de los estudiantes, así como su permanencia y apropiación institucional | Presencial | 1. Acreditar su estatus de estudiante del IRC. | Comprobante de inscripción como estudiante o comprobante de inscripción a algún servicio educativo que el Instituto ofrece | https://drive.google.com/file/d/1U9EDn5GHbv0omYzMMKey8GdvnxqZZ3YB/view?usp=sharing | 90 días | Dirección Ejecutiva de Campus | 39194925 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 39194925 | Decreto de Creación | El Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos” es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad México, creado mediante publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de México en fecha 23 de mayo de 2019, motivo por el cual, debido a su reciente creación el Instituto no ha generado información relativa a esta Fracción de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 39194925 | 39194925 | 39194925 | https://drive.google.com/file/d/1U9EDn5GHbv0omYzMMKey8GdvnxqZZ3YB/view?usp=sharing | Dirección Ejecutiva de Campus | 17/01/2022 | 31/12/2021 | Si bien el servicio se sube al portal de transparencia, es exclusivo para los estudiantes inscritos en el Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos", por lo cual no se encontrará en la página de trámites del Gobierno de la Ciudad de México. | ||||||||||
9 | 3F7189C5E62E69119D6E849BCE506776 | 2021 | 01/07/2021 | 30/09/2021 | Diplomado de Interpretación y Traducción de Lenguas Indigenas | Directo | Personas hablantes de Lenguas Indígenas | La profesionalización de las competencias de interpretación y traducción adquiridas en su práctica para facilitar la comunicación intercultural en los diferentes ámbitos y requerimientos de los servicios públicos, tomando en cuenta la identidad, las especificidades lingüísticas y culturales de las personas, comunidades y pueblos indígenas. | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Experiencia comprobable como intérprete práctico, gestor o mediador bilingüe intercultural (al menos una carta de alguna institución del ámbito de procuración y administración de justicia, institución para la atención de los pueblos y comunidades indígenas, organización de la sociedad civil, autoridad municipal o aval comunitario). 2.- Interés y disposición para formarse y prestar sus servicios como intérprete de lenguas nacionales. 3.- Ser hablante de alguna lengua indígena y del español. 4.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 5.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 6.-Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 7.- Comprobante del último grado de estudios en caso de contar con escolaridad. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 39535085 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 39535085 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 39535085 | 39535085 | 39535085 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 15/10/2021 | 30/09/2021 | |
10 | D01328DDDB35A19229E7B0F278715237 | 2021 | 01/07/2021 | 30/09/2021 | Diplomado de Estrategias Pedagógicas para la Educación Intercultural | Directo | Educadoras y educadores que están directamente relacionados con la tarea educativa de la escuela, el aula y la relación con los y las niñas como son los docentes de educación básica, los directores de las escuelas de educación básica y los apoyos técnico pedagógicos (ATP) de las supervisiones escolares ubicadas en los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes. | Esta iniciativa educativa busca responder a la exigencia de impulsar una educación intercultural con la población de los centros educativos que no se reconoce indígena para eliminar el racismo, la discriminación y asegurar el reconocimiento de la ciudad y el país en su condición pluricultura | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 2.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 3.- Documento probatorio de sus funciones dentro del sistema educativo en la Ciudad de México. 4.- Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 5.- Comprobante del último grado de estudio. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 39535084 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 39535084 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 39535084 | 39535084 | 39535084 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 15/10/2021 | 30/09/2021 | |
11 | 66C491864745CF40F99AC20804E40175 | 2021 | 01/07/2021 | 30/07/2021 | Servicios Integrales y Talento Estudiantil | Directo | Personas integrantes de la Comunidad Educativa del IRC y beneficiados de los servicios educativos que el instituto ofrece | Diseñar e implementar diversas estrategias académicas que favorezcan la formación integral de los estudiantes, así como su permanencia y apropiación institucional | Presencial | 1. Acreditar su estatus de estudiante del IRC. | Comprobante de inscripción como estudiante o comprobante de inscripción a algún servicio educativo que el Instituto ofrece | https://drive.google.com/file/d/1VWERHUOcYRBXPKb4NBVnsQe2s8PGqgyX/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 90 días | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección Ejecutiva de Campus | 36857437 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 36857437 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Decreto de Creación | El Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos” es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad México, creado mediante publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de México en fecha 23 de mayo de 2019, motivo por el cual, debido a su reciente creación el Instituto no ha generado información relativa a esta Fracción de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://drive.google.com/file/d/1VWERHUOcYRBXPKb4NBVnsQe2s8PGqgyX/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 36857437 | 36857437 | 36857437 | https://drive.google.com/file/d/1VWERHUOcYRBXPKb4NBVnsQe2s8PGqgyX/view?usp=sharing | Dirección Ejecutiva de Campus | 15/10/2021 | 30/09/2021 | Si bien el servicio se sube al portal de transparencia, es exclusivo para los estudiantes inscritos en el Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos", por lo cual no se encontrará en la página de trámites del Gobierno de la Ciudad de México. | |||
12 | E0233822D3545813252093745E9D601C | 2021 | 01/07/2021 | 30/09/2021 | Diplomado de Interpretación y Traducción de Lenguas Indigenas | Directo | Personas hablantes de Lenguas Indígenas | La profesionalización de las competencias de interpretación y traducción adquiridas en su práctica para facilitar la comunicación intercultural en los diferentes ámbitos y requerimientos de los servicios públicos, tomando en cuenta la identidad, las especificidades lingüísticas y culturales de las personas, comunidades y pueblos indígenas. | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Experiencia comprobable como intérprete práctico, gestor o mediador bilingüe intercultural (al menos una carta de alguna institución del ámbito de procuración y administración de justicia, institución para la atención de los pueblos y comunidades indígenas, organización de la sociedad civil, autoridad municipal o aval comunitario). 2.- Interés y disposición para formarse y prestar sus servicios como intérprete de lenguas nacionales. 3.- Ser hablante de alguna lengua indígena y del español. 4.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 5.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 6.-Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 7.- Comprobante del último grado de estudios en caso de contar con escolaridad. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 37155991 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 37155991 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 37155991 | 37155991 | 37155991 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 15/10/2021 | 30/09/2021 | |
13 | FA5F0545827A87139368C9D628D4FB98 | 2021 | 01/07/2021 | 30/09/2021 | Diplomado de Estrategias Pedagógicas para la Educación Intercultural | Directo | Educadoras y educadores que están directamente relacionados con la tarea educativa de la escuela, el aula y la relación con los y las niñas como son los docentes de educación básica, los directores de las escuelas de educación básica y los apoyos técnico pedagógicos (ATP) de las supervisiones escolares ubicadas en los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes. | Esta iniciativa educativa busca responder a la exigencia de impulsar una educación intercultural con la población de los centros educativos que no se reconoce indígena para eliminar el racismo, la discriminación y asegurar el reconocimiento de la ciudad y el país en su condición pluricultura | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 2.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 3.- Documento probatorio de sus funciones dentro del sistema educativo en la Ciudad de México. 4.- Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 5.- Comprobante del último grado de estudio. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 37155990 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 37155990 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 37155990 | 37155990 | 37155990 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 15/10/2021 | 30/09/2021 | |
14 | F2CA7DD80803A7EB7A55F3892FDA93F8 | 2021 | 01/04/2021 | 30/06/2021 | Servicios Integrales y Talento Estudiantil | Directo | Personas integrantes de la Comunidad Educativa del IRC y beneficiados de los servicios educativos que el instituto ofrece | Diseñar e implementar diversas estrategias académicas que favorezcan la formación integral de los estudiantes, así como su permanencia y apropiación institucional | Presencial | 1. Acreditar su estatus de estudiante del IRC. | Comprobante de inscripción como estudiante o comprobante de inscripción a algún servicio educativo que el Instituto ofrece | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 90 días | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección Ejecutiva de Campus | 35598621 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 35598621 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Decreto de Creación | El Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos” es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad México, creado mediante publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de México en fecha 23 de mayo de 2019, motivo por el cual, debido a su reciente creación el Instituto no ha generado información relativa a esta Fracción de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 35598621 | 35598621 | 35598621 | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Dirección Ejecutiva de Campus | 16/07/2021 | 30/06/2021 | Si bien el servicio se sube al portal de transparencia, es exclusivo para los estudiantes inscritos en el Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos", por lo cual no se encontrará en la página de trámites del Gobierno de la Ciudad de México. | |||
15 | 1D2B20C72B03632175101E9BE4ED6EC5 | 2021 | 01/01/2021 | 31/03/2021 | Atención al público en general | Directo | Público en general | Informar, orientar y/o resolver las dudas presentadas por al público en general a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles | Remota | Ninguno | Ninguno | https://drive.google.com/file/d/1fo41I9LiceMTygs_jxwg6ssT1faITBSn/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 10 días hábiles | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles del Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos” | 32896565 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | 32896565 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | Gratuito | Ley General de Educación Artículo 5 | Inconformidad | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://drive.google.com/file/d/1fo41I9LiceMTygs_jxwg6ssT1faITBSn/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 32896565 | 32896565 | 32896565 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles del Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos” | 20/04/2021 | 31/03/2021 | |
16 | DFAB16DB3D51E2534AD047EFC4AADDC2 | 2021 | 01/01/2021 | 31/03/2021 | Atención a estudiantes | Directo | Estudiante | Informar, orientar y/o resolver las dudas presentadas por la Comunidad Estudiantil del IRC a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles | Remota | Matricula, Licenciatura, Semestre y Unidad Academica | Ninguno | https://drive.google.com/file/d/1fo41I9LiceMTygs_jxwg6ssT1faITBSn/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 15 días hábiles | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles del Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos” | 32896564 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | 32896564 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | Gratuito | Ley General de Educación Artículo 115 fracción I | Inconformidad | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://drive.google.com/file/d/1fo41I9LiceMTygs_jxwg6ssT1faITBSn/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 32896564 | 32896564 | 32896564 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Dirección Ejecutiva de Asuntos Estudiantiles del Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos” | 20/04/2021 | 31/03/2021 | |
17 | 11DDCF859E5C3A106F02027002FBF7D7 | 2021 | 01/01/2021 | 31/03/2021 | Estudios de posgrado | Directo | Estudiantes del Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos” que actualmente cursen el sexto semestre de la Licenciatura en Ciencias Ambientales, interesados en cursar estudios de posgrado en el Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos”, en el Ciclo Escolar 2021-1. | Maestría en "Cambio Climático y Biodiversidad" | A distancia | a) Acta de nacimiento. b) Identificación oficial (Credencial de Elector, Cédula Profesional o Pasaporte. NO se aceptan Licencias de Conducir). c) Clave Única de Registro de Población CURP (formato actual y vigente). d) Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses (agua, predial, luz, teléfono fijo. NO se aceptan comprobantes bancarios, ni comprobantes de telefonía móvil). e) Indicar un correo electrónico personal de la cuenta “Gmail”. f) Proporcionar dos teléfonos de contacto. g) Comprobar la totalidad de 75% de créditos como mínimo. h) Tener un promedio mínimo de 8.0 (ocho). i) Ser estudiante en situación escolar regular. j) Comprobante vigente de comprensión lectora del idioma inglés (UNAM, IPN, TOEFL-IBT 20, IELTS 6.0). Debido a la contingencia provocada por el SARS-CoV-2, en caso de ser seleccionado y cumplir con los requisitos de inscripción, el estudiante podrá entregar el comprobante vigente antes de finalizar el primer semestre. k) No haber sido sancionado por faltas, conforme a la normativa del Instituto | https://drive.google.com/file/d/1hQxovToyWIXeqj-zqfo7Sjz5uy5a2KhH/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección de Investigación y Posgrado | 33144506 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | 33144506 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Gratuito | Gratuito | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 33144506 | 33144506 | 33144506 | Dirección de Investigación y Posgrado | 20/04/2021 | 31/03/2021 | |||||||
18 | EB45DC626E3A4778752C464BF922F7F5 | 2021 | 01/01/2021 | 31/03/2021 | Servicios Integrales y Talento Estudiantil | Directo | Personas integrantes de la Comunidad Educativa del IRC y beneficiados de los servicios educativos que el instituto ofrece | Diseñar e implementar diversas estrategias académicas que favorezcan la formación integral de los estudiantes, así como su permanencia y apropiación institucional | Presencial | 1. Acreditar su estatus de estudiante del IRC. | Comprobante de inscripción como estudiante o comprobante de inscripción a algún servicio educativo que el Instituto ofrece | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 90 días | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Dirección Ejecutiva de Campus | 33664160 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 33664160 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Decreto de Creación | El Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México “Rosario Castellanos” es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad México, creado mediante publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de México en fecha 23 de mayo de 2019, motivo por el cual, debido a su reciente creación el Instituto no ha generado información relativa a esta Fracción de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 33664160 | 33664160 | 33664160 | https://drive.google.com/file/d/1tsTOot9mjtYjQ3eYakG36Kz2E-BxCMpa/view?usp=sharing | Dirección Ejecutiva de Campus | 20/04/2021 | 31/03/2021 | Si bien el servicio se sube al portal de transparencia, es exclusivo para los estudiantes inscritos en el Instituto de Estudios Superiores de la Ciudad de México "Rosario Castellanos", por lo cual no se encontrará en la página de trámites del Gobierno de la Ciudad de México. | |||
19 | 52C0333CB50C3FCF6014101C3F6DAD5E | 2021 | 01/04/2021 | 30/06/2021 | Diplomado de Interpretación y Traducción de Lenguas Indigenas | Directo | Personas hablantes de Lenguas Indígenas | La profesionalización de las competencias de interpretación y traducción adquiridas en su práctica para facilitar la comunicación intercultural en los diferentes ámbitos y requerimientos de los servicios públicos, tomando en cuenta la identidad, las especificidades lingüísticas y culturales de las personas, comunidades y pueblos indígenas. | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Experiencia comprobable como intérprete práctico, gestor o mediador bilingüe intercultural (al menos una carta de alguna institución del ámbito de procuración y administración de justicia, institución para la atención de los pueblos y comunidades indígenas, organización de la sociedad civil, autoridad municipal o aval comunitario). 2.- Interés y disposición para formarse y prestar sus servicios como intérprete de lenguas nacionales. 3.- Ser hablante de alguna lengua indígena y del español. 4.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 5.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 6.-Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 7.- Comprobante del último grado de estudios en caso de contar con escolaridad. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | SVAI | 35101867 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 35101867 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 35101867 | 35101867 | 35101867 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 16/07/2020 | 30/06/2020 | |
20 | 15663FC54C5EA91B4F28BF743A437437 | 2021 | 01/04/2021 | 30/06/2021 | Diplomado de Estrategias Pedagógicas para la Educación Intercultural | Directo | Educadoras y educadores que están directamente relacionados con la tarea educativa de la escuela, el aula y la relación con los y las niñas como son los docentes de educación básica, los directores de las escuelas de educación básica y los apoyos técnico pedagógicos (ATP) de las supervisiones escolares ubicadas en los pueblos y barrios originarios y las comunidades indígenas residentes. | Esta iniciativa educativa busca responder a la exigencia de impulsar una educación intercultural con la población de los centros educativos que no se reconoce indígena para eliminar el racismo, la discriminación y asegurar el reconocimiento de la ciudad y el país en su condición pluricultura | En línea y presencial | Presentarse en la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad en días hábiles y horario de servicio establecido. Comunicarse por teléfono a los números y extensiones de la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad. Dirigir un correo electrónico a la cuenta de los servidores públicos que integran la misma. Presentar escrito a la Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad por cualquier medio. | 1.- Carta de exposición de motivos (máximo una cuartilla). 2.- Semblanza curricular (máximo una cuartilla). 3.- Documento probatorio de sus funciones dentro del sistema educativo en la Ciudad de México. 4.- Copia de identificación (INE, pasaporte, cédula profesional). 5.- Comprobante del último grado de estudio. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | El plazo máximo es de 9 días hábiles; de acuerdo con los plazos establecidos en el título séptimo de la Ley en la materia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | SVAI | 35101866 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | 35101866 | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | Servicio gratuito | Servicio gratuito | Las bases establecidas en el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos + Las bases establecidas en el Artículo 3 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos + La Ley General de Educación con énfasis particular en los Artículos 1, 7, 10, 14, + Las bases establecidas en el Articulo 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México que señalan que “La Ciudad de México es intercultural, tiene composición pluriétnica y pluricultural sustentada en sus habitantes; sus pueblos y barrios originarios históricamente 11 asentados en su territorio y en sus comunidades indígenas residentes. Se funda en la diversidad de sus tradiciones y expresiones sociales y culturales. + Lo señalado en el Artículo 57 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en donde se establece que “Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México” + Lo señalado en el Articulo 58 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural de la Ciudad + Lo señalado en el Artículo 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México que establece el derecho al desarrollo de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, especialmente el acápite G numeral 8 que señala específicamente que “los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, en particular los niños y las niñas, tienen derecho a todos los niveles y las formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación.” + El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 enfáticamente lo referido al derecho a la educación que se establecen el capítulo 2 de Política Social. | El solicitante podrá interponer Recurso de Revisión ante el INFODF o la Unidad de Transparencia, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la respuesta. En caso de falta de respuesta, el solicitante deberá acompañar al escrito, el documento en el que pruebe la fecha de presentación de su solicitud. | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | https://www.rcastellanos.cdmx.gob.mx/unidad-intercultural | Este dato no se requiere para este periodo, de conformidad con las últimas modificaciones a los Lineamientos Técnicos Generales, aprobadas por el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia. | 35101866 | 35101866 | 35101866 | https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ | Subdirección de Vinculación Académica y de Interculturalidad | 16/07/2020 | 30/06/2020 | |
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