| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | ||||||||||||||||||||||||||
2 | ||||||||||||||||||||||||||
3 | ||||||||||||||||||||||||||
4 | CONVENIO PRÁCTICAS 2025 | |||||||||||||||||||||||||
5 | ||||||||||||||||||||||||||
6 | ||||||||||||||||||||||||||
7 | N° | Nro Resolución | Objeto del Convenio | Tipo | Nivel Geográfico | Fecha de suscripción | Periodo de vigencia | Fecha de culminación | Estado (*) | Nombre de la Entidad Cooperante | Compromiso de la Entidad Cooperante | Compromiso de la Universidad | Aprobado y/o suscrito por (Nombres y Apellidos / Cargo | |||||||||||||
8 | 1 | RESLUCION N 101-2025-UNAJMA/CU | El objeto del presente convenio es el establecer mecanismos de cooperación interinstitucional entre LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA y LA UNIVERSIDAD en diferentes aspectos estipuladas en el presente convenio con la finalidad de obtener beneficios recíprocos que conduzcan al mejoramiento continuo a nivel tecnológico y de innovación. Asimismo, que conlleve a un cambio de mentalidad, mejoramiento de procesos, responsabilidad social y/o medioambiental, de investigación científica, económica, arte, cultura y el deporte. | PRACTICAS | LOCAL | 21/4/2025 | 02 AÑOS | 21/4/2027 | VIGENTE | I.E.P. “NEW TALENT SCHOOL” | Permitir a los estudiantes de LA UNIVERSIDAD realizar prácticas pre profesionales y profesionales de las carreras de Contabilidad, Psicología, Administración y Educación Primaria intercultural o según se requiera, expidiendo las constancias correspondientes de las horas ejecutadas. Asignar al estudiante el área o sector donde desarrollara las prácticas pre profesionales, profesionales de manera adecuada y de acuerdo al perfil del estudiante. Facilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de la UNAJMA la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la colectividad y en áreas de intervención de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | Garantizar que los alumnos desarrollen sus prácticas pre profesionales con disciplina y responsabilidad de acuerdo a las normas y directivas internas de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Facilitar el uso del auditorio ubicado en el Jr. Juan Francisco Ramos Nº 380- Andahuaylas – sede central de LA UNIVERSIDAD para eventos académicos destinados para desarrollar las capacidades de los estudiantes y de la población interesada. Brindar servicios de asesoría, capacitación, asistencia técnica, consultoría para la elaboración, ejecución, evaluación de proyectos, actividades de investigación científica-tecnológica, desarrollo sostenible local con la participación de docentes, egresados, alumnos y funcionarios públicos. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Gerente general Sr. Rusbel Carlos Altamirano Ponceca | |||||||||||||
9 | RESLUCION N 150-2025-UNAJMA/R | El objeto del presente convenio es el de establecer mecanismos de cooperación interinstitucional entre la UNIVERSIDAD y LA INSTITUCION EDUCATIVA en diferentes aspectos estipulados en el presente documento, con la finalidad de obtener beneficios recíprocos que conduzcan al mejoramiento continuo del aprendizaje y de la innovación educativa. Así mismo que conlleve a un cambio de mentalidad, mejoramiento de procesos, responsabilidad social y/o medio ambiental, enfocados en el marco de la investigación acción participativa, promoviendo el arte, cultura y deporte. | PRÁCTICAS / INVESTIGACIÓN | NACIONAL | 13/10/2025 | 03 AÑOS | 13/10/2028 | VIGENTE | INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 54241 “ESTHER CAMPANA DE VIVANCO” | 1. Brindar las facilidades a los estudiantes de LA UNIVERSIDAD para realizar prácticas pre profesionales en los diferentes grados, expidiendo las constancias correspondientes. 2. El equipo docente de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA desarrollará el proyecto de innovación educativa titulado “Métodos activos, para potenciar el aprendizaje autónomo en los estudiantes del nivel primaria de la IEP N° 54241 Esther Campana de Vivanco, UGEL Chincheros”. Trabajo que será realizado en el marco del enfoque de investigación acción; cuyos resultados tenemos como objetivo socializar con los estudiantes de la facultad de educación de LA UNIVERSIDAD. 3. Posibilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de LA UNIVERSIDAD la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la comunidad educativa y en áreas de intervención de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | 1. Garantizar que los alumnos desarrollen sus prácticas pre profesionales con disciplina y responsabilidad de acuerdo a las normas y reglamento interno de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 2. Desarrollar charlas a la comunidad educativa en temáticas referidas a la formación de los educandos, importancia del cuidado del medio ambiente y actividades socio productivas. 3. Brindar a los docentes de LA INSTITUCION EDUCATIVA servicios de asesoría, capacitación, asistencia técnica, consultoría para la elaboración, ejecución, evaluación de proyectos de innovación educativa y actividades de investigación acción. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán IE: Director Miguel Pariona Huamaní | ||||||||||||||
10 | 11 | RESLUCION N 151-2025-UNAJMA/R | El presente convenio tiene por objeto precisar los compromisos que asumen ambas instituciones, para favorecer la ejecución de las prácticas preprofesionales; prácticas profesionales y la investigación e innovación, por parte de los estudiantes de la Universidad Nacional José María Arguedas en la Institución Educativa Pública “César Vallejo Mendoza” de Educación Básica Regular, siendo los objetivos: | PRÁCTICAS / INVESTIGACIÓN | NACIONAL | 13/10/2025 | 02 AÑOS | 13/10/2027 | VIGENTE | INSTITUCIÓN EDUCATIVA INTEGRADA “CESAR VALLEJO MENDOZA” | a. Proporcionar ambientes adecuados, servicios básicos, mobiliario y materiales necesarios; así como brindar las condiciones y facilidades que garanticen el normal desarrollo de las actividades educativas a cargo del estudiante practicante. b. Asignar a docentes con los mejores perfiles profesionales, personales y morales que constituyan garantía para el desarrollo de las prácticas e investigación, con altos niveles de exigencia en función a estándares de calidad, para garantizar el sostenimiento del Licenciamiento logrado y reconocido mediante Resolución del Consejo Directivo N°035-2017-SUNEDU/CD. c. Proporcionar oportunamente los instrumentos de planificación curricular que permitan el desempeño adecuado de los estudiantes practicantes y los Instrumentos de Gestión Institucional cuando sea necesario. d. Otorgar al practicante el acompañamiento y monitoreo por el docente de aula de la Institución Educativa como apoyo en la observación, orientación y asesoramiento al estudiante practicante. e. Apoyar en la realización y/o ejecución de actividades sociales (estudiantes, padres de familia, otros miembros de la Comunidad Educativa) como componente de la Práctica Pre Profesional para completar el perfil de los estudiantes. f. Otorgar una Constancia Institucional firmada por el Director de la Institución Educativa, a los estudiantes practicantes. g. Facilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de la UNAJMA la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la colectividad y en áreas de intervención de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | a. Programar, organizar y ejecutar las prácticas y la investigación de los estudiantes para optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y garantizar las óptimas relaciones de intercambio de saberes y servicios a la comunidad. b. Designar el número de estudiantes de las prácticas preprofesional de los ciclos académicos par e impar y acreditar oportunamente a los asesores, coordinadores. c. Proporcionar horarios adecuados y flexibles a los estudiantes que desarrollen las prácticas, con asesoramiento permanente de los docentes de prácticas. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán IE: Director Mag. Melitón Huamán Cusi | |||||||||||||
11 | 12 | RESLUCION N 152-2025-UNAJMA/R | El presente convenio tiene por objeto precisar los compromisos que asumen ambas instituciones, para favorecer la ejecución de las prácticas pre profesionales y profesionales, la investigación e innovación, por parte de los estudiantes de la Universidad Nacional José María Arguedas en la Institución Educativa “Manuel Vivanco Altamirano” de Educación Básica Regular, siendo los objetivos: | PRÁCTICAS / INVESTIGACIÓN | NACIONAL | 13/10/2025 | 02 AÑOS | 13/10/2027 | VIGENTE | INSTITUCIÓN EDUCATIVA “MANUEL VIVANCO ALTAMIRANO” | a. Proporcionar ambientes adecuados, servicios básicos, mobiliario y materiales necesarios; así como brindar las condiciones y facilidades que garanticen el normal desarrollo de las actividades educativas a cargo del estudiante practicante. b. Asignar a docentes con los mejores perfiles profesionales, personales y morales que constituyan garantía para el desarrollo de las prácticas e investigación, con altos niveles de exigencia en función a estándares de calidad, para garantizar el sostenimiento del Licenciamiento logrado y reconocido mediante Resolución del Consejo Directivo N°035-2017-SUNEDU/CD. c. Proporcionar oportunamente los instrumentos de planificación curricular que permitan el desempeño adecuado de los estudiantes practicantes y los Instrumentos de Gestión Institucional cuando sea necesario. d. Otorgar al practicante el acompañamiento y monitoreo por el docente de aula de la Institución Educativa como apoyo en la observación, orientación y asesoramiento al estudiante practicante. e. Apoyar en la realización y/o ejecución de actividades sociales (estudiantes, padres de familia, otros miembros de la Comunidad Educativa) como componente de la Práctica Pre Profesional para completar el perfil de los estudiantes. f. Otorgar una Constancia Institucional firmada por la Dirección de la Institución Educativa, a los estudiantes practicantes. g. Facilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de la UNAJMA la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la colectividad y en áreas de intervención de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | a. Programar, organizar y ejecutar las prácticas y la investigación de los estudiantes para optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y garantizar las óptimas relaciones de intercambio de saberes y servicios a la comunidad. b. Designar el número de estudiantes de las prácticas preprofesional de los ciclos académicos par e impar y acreditar oportunamente a los asesores, coordinadores. c. Proporcionar horarios adecuados y flexibles a los estudiantes que desarrollen las prácticas, con asesoramiento permanente de los docentes de prácticas. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán IE: Directora Prof. Cira Lidia Bacilio Gutiérrez | |||||||||||||
12 | 13 | RESLUCION N 181-2025-UNAJMA/R | El objeto del presente convenio es el establecer mecanismos de cooperación interinstitucional entre LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA y LA UNIVERSIDAD en diferentes aspectos estipuladas en el presente convenio con la finalidad de obtener beneficios recíprocos que conduzcan al mejoramiento continuo a nivel tecnológico y de innovación. Asimismo, que conlleve a un cambio de mentalidad, mejoramiento de procesos, responsabilidad social y/o medioambiental, de investigación científica, económica, arte, cultura y el deporte. | PRÁCTICAS / INVESTIGACIÓN | NACIONAL | 20/10/2025 | 02 AÑOS | 20/10/2027 | VIGENTE | INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA INTEGRADA “JESÚS NAZARENO” -ANDAHUAYLAS | Permitir a los estudiantes de LA UNIVERSIDAD realizar prácticas pre profesionales y profesionales de la Escuela Profesional de Educación Primaria intercultural o según se requiera, expidiendo las constancias correspondientes de las horas ejecutadas. Asignar al estudiante el área o sector donde desarrollara las prácticas pre profesionales o profesionales de manera adecuada y de acuerdo al perfil del estudiante. Facilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de la UNAJMA la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la colectividad y en áreas de intervención de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | Garantizar que los alumnos desarrollen sus prácticas pre profesionales con disciplina y responsabilidad de acuerdo a las normas y directivas internas de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Brindar servicios de asesoría, capacitación, asistencia técnica, consultoría para la elaboración, ejecución, evaluación de proyectos, actividades de investigación científica-tecnológica, desarrollo sostenible local con la participación de docentes, egresados, alumnos y funcionarios públicos, los mismos que serán de acuerdo a la disponibilidad de la Universidad. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán IE : Prof. Ángel Américo Juárez Ramírez | |||||||||||||
13 | 14 | RESLUCION N 182-2025-UNAJMA/R | El presente convenio tiene por objeto precisar los compromisos que asumen ambas instituciones, para favorecer la ejecución de las prácticas preprofesionales; prácticas profesionales y la investigación e innovación, por parte de los estudiantes de la Universidad Nacional José María Arguedas en la I.E. N°55006 de Andahuaylas de, siendo los objetivos: | PRÁCTICAS / INVESTIGACIÓN | NACIONAL | 20/10/2025 | 02 AÑOS | 20/10/2027 | VIGENTE | INSTITUCIÓN EDUCATIVA N°55006 DE ANDAHUAYLAS | a. Proporcionar ambientes adecuados, servicios básicos, mobiliario y materiales necesarios; así como brindar las condiciones y facilidades que garanticen el normal desarrollo de las actividades educativas a cargo del estudiante practicante. b. Asignar a docentes con los mejores perfiles profesionales, personales y morales que constituyan garantía para el desarrollo de las prácticas e investigación, con altos niveles de exigencia en función a estándares de calidad, para garantizar el sostenimiento del Licenciamiento logrado y reconocido mediante Resolución del Consejo Directivo N°035-2017-SUNEDU/CD. c. Proporcionar oportunamente los instrumentos de planificación curricular que permitan el desempeño adecuado de los estudiantes practicantes y los Instrumentos de Gestión Institucional cuando sea necesario. d. Otorgar al practicante el acompañamiento y monitoreo por el docente de aula de la Institución Educativa como apoyo en la observación, orientación y asesoramiento al estudiante practicante. e. Apoyar en la realización y/o ejecución de actividades sociales (estudiantes, padres de familia, otros miembros de la Comunidad Educativa) como componente de la Práctica Pre Profesional para completar el perfil de los estudiantes. f. Otorgar una Constancia Institucional firmada por la Dirección de la Institución Educativa, a los estudiantes practicantes. g. Facilitar a los estudiantes, docentes y equipos investigadores de la UNIVERSIDAD la realización de actividades de investigación que permitan resolver problemas concretos de la colectividad y en áreas de intervención de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de tal manera que sea posible obtener publicaciones científicas o tesis para lograr el grado académico y título profesional. | a. Programar, organizar y ejecutar las prácticas y la investigación de los estudiantes para optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y garantizar las óptimas relaciones de intercambio de saberes y servicios a la comunidad. b. Designar el número de estudiantes de las prácticas preprofesional de los ciclos académicos par e impar y acreditar oportunamente a los asesores, coordinadores. c. Proporcionar horarios adecuados y flexibles a los estudiantes que desarrollen las prácticas, con asesoramiento permanente de los docentes de prácticas. | UNIVERSIDAD: Rector, Dr. Edgar Luis Martínez Huamán IE : Prof. Edilberto Chávez Reynaga | |||||||||||||
14 | ||||||||||||||||||||||||||
15 | ||||||||||||||||||||||||||
16 | ||||||||||||||||||||||||||
17 | ||||||||||||||||||||||||||
18 | ||||||||||||||||||||||||||
19 | ||||||||||||||||||||||||||
20 | ||||||||||||||||||||||||||
21 | ||||||||||||||||||||||||||
22 | ||||||||||||||||||||||||||
23 | ||||||||||||||||||||||||||
24 | ||||||||||||||||||||||||||
25 | ||||||||||||||||||||||||||
26 | ||||||||||||||||||||||||||
27 | ||||||||||||||||||||||||||
28 | ||||||||||||||||||||||||||
29 | ||||||||||||||||||||||||||
30 | ||||||||||||||||||||||||||
31 | ||||||||||||||||||||||||||
32 | ||||||||||||||||||||||||||
33 | ||||||||||||||||||||||||||
34 | ||||||||||||||||||||||||||
35 | ||||||||||||||||||||||||||
36 | ||||||||||||||||||||||||||
37 | ||||||||||||||||||||||||||
38 | ||||||||||||||||||||||||||
39 | ||||||||||||||||||||||||||
40 | ||||||||||||||||||||||||||
41 | ||||||||||||||||||||||||||
42 | ||||||||||||||||||||||||||
43 | ||||||||||||||||||||||||||
44 | ||||||||||||||||||||||||||
45 | ||||||||||||||||||||||||||
46 | ||||||||||||||||||||||||||
47 | ||||||||||||||||||||||||||
48 | ||||||||||||||||||||||||||
49 | ||||||||||||||||||||||||||
50 | ||||||||||||||||||||||||||
51 | ||||||||||||||||||||||||||
52 | ||||||||||||||||||||||||||
53 | ||||||||||||||||||||||||||
54 | ||||||||||||||||||||||||||
55 | ||||||||||||||||||||||||||
56 | ||||||||||||||||||||||||||
57 | ||||||||||||||||||||||||||
58 | ||||||||||||||||||||||||||
59 | ||||||||||||||||||||||||||
60 | ||||||||||||||||||||||||||
61 | ||||||||||||||||||||||||||
62 | ||||||||||||||||||||||||||
63 | ||||||||||||||||||||||||||
64 | ||||||||||||||||||||||||||
65 | ||||||||||||||||||||||||||
66 | ||||||||||||||||||||||||||
67 | ||||||||||||||||||||||||||
68 | ||||||||||||||||||||||||||
69 | ||||||||||||||||||||||||||
70 | ||||||||||||||||||||||||||
71 | ||||||||||||||||||||||||||
72 | ||||||||||||||||||||||||||
73 | ||||||||||||||||||||||||||
74 | ||||||||||||||||||||||||||
75 | ||||||||||||||||||||||||||
76 | ||||||||||||||||||||||||||
77 | ||||||||||||||||||||||||||
78 | ||||||||||||||||||||||||||
79 | ||||||||||||||||||||||||||
80 | ||||||||||||||||||||||||||
81 | ||||||||||||||||||||||||||
82 | ||||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||
85 | ||||||||||||||||||||||||||
86 | ||||||||||||||||||||||||||
87 | ||||||||||||||||||||||||||
88 | ||||||||||||||||||||||||||
89 | ||||||||||||||||||||||||||
90 | ||||||||||||||||||||||||||
91 | ||||||||||||||||||||||||||
92 | ||||||||||||||||||||||||||
93 | ||||||||||||||||||||||||||
94 | ||||||||||||||||||||||||||
95 | ||||||||||||||||||||||||||
96 | ||||||||||||||||||||||||||
97 | ||||||||||||||||||||||||||
98 | ||||||||||||||||||||||||||
99 | ||||||||||||||||||||||||||
100 | ||||||||||||||||||||||||||