| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||
3 | Facultades de cada área | LTAIPG26F1_III | Los sujetos obligados publicarán para cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico respectivo o normatividad equivalente, las facultades de cada área, entendidas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones. | |||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) | Hipervínculo al fragmento de la norma que establece las facultades que correspondan a cada área | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota | ||||||||||||||||
8 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION GENERAL | Artículo 34. Corresponde al Titular de la Dirección General, las siguientes atribuciones: I.-Ejercer la representación legal de JUMAPA ante cualquier autoridad incluyendo autoridades fiscales y administrativas de cualquier instancia de gobierno, con facultades para ejercer actos de administración, pleitos y cobranzas, así como presentar denuncias o querellas. II. Asistir, con voz, pero sin voto, a las sesiones del Consejo, facilitando la información que sea necesaria para el desarrollo de la sesión; III. Ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo; IV. Integrar y revisar el Plan General de Obra e Inversión que le presenten las respectivas direcciones y presentarlo al Consejo Directivo para su aprobación; V. Aprobar la elaboración de los estudios necesarios para determinar los requerimientos presentes y futuros de los caudales para la prestación de los servicios del organismo operador del servicio; VI. Ordenar la ejecución de las obras que sean necesarias para el desempeño de las funciones que se tienen encomendadas, pudiendo hacerlas en forma directa por JUMAPA o por medio de terceros, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; VII. Promover el desarrollo y autosuficiencia administrativa, técnica y financiera de JUMAPA; VIII. Efectuar y suscribir todos los actos jurídicos, convenios y contratos que sean necesarios para cumplir con las funciones que le corresponden;......................................................................................................................................................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
9 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION COMERCIAL | Artículo 41. La Dirección Comercial o su correlativo tendrá las siguientes atribuciones: I. Planear e instrumentar las estrategias y mecanismos de cobro de la facturación por el servicio prestado; II. Recuperar la cartera vencida, de conformidad con la legislación aplicable; III. Implementar las acciones que permitan incrementar los ingresos del Organismo Operador del Servicio; IV. Presentar a la Dirección General el estudio tarifario del ejercicio fiscal correspondiente; V. Expedir la Constancia de no adeudo; VI. Autorizar conjuntamente con el director general el contrato de servicios a los usuarios, de conformidad con el presente reglamento; VII. Autorizar la cancelación provisional de los servicios contratados por los usuarios, de conformidad con el presente Reglamento; VIII. Dar trámite a la suspensión y reactivación de los servicios de conformidad con el presente reglamento;.............................................................................................. | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
10 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION ADMINISTRATIVA | Artículo 42. La Dirección Administrativa tendrá las siguientes atribuciones: I.-Presentar a la Dirección General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos; II. Presentar a la Dirección General los estados financieros; III. Vigilar la correcta aplicación de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, de conformidad al presupuesto de egresos aprobado por el Consejo Directivo; IV. Proponer al Director General las adecuaciones a la estructura orgánica del Organismo Operador del Servicio; V. Elaborar las propuestas de Tabuladores Salariales; VI. Proponer a la Dirección General la modificación o actualización al Reglamento Interior de Trabajo y al Reglamento de Seguridad e Higiene o sus correlativos;..................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
11 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO | Artículo 44. La Dirección de Operación y Mantenimiento tendrá las siguientes atribuciones: I.- Operar la infraestructura hidráulica del Organismo Operador del Servicio, de acuerdo a las necesidades de su zona de influencia y la disponibilidad de recursos; II. Realizar la conexión e instalación de aparatos de medición para los servicios de agua potable, agua residual o agua residual tratada, una vez realizado el contrato de servicios por el usuario; III. Atender oportunamente los reportes que reciba o que le sean canalizados; IV. Dar atención inmediata en fugas para mantener el menor índice de pérdida de agua en los sistemas; V. Atender las afectaciones en la infraestructura hidráulica del Organismo Operador del Servicio............................................................................................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
12 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION DE SUPERVISION Y CONTROL DE OBRA | Artículo 45. La Dirección de Supervisión y Control de Obra tendrá las siguientes atribuciones: I.- Ejecutar las obras y/o los servicios relacionados con la misma respecto de infraestructura de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento, de aprovechamiento y disposición de agua residual, agua residual tratada y pluviales, así como las obras complementarias para la adecuada prestación de los servicios, conforme a las Leyes aplicables en la materia, incluyendo aquellas obras que por convenio realice con particulares y/o Municipio, y/o Estado y/o Federación; II. Auxiliar a la Dirección Técnica en la elaboración del Programa General de Obra e Inversión y de los presupuestos de obra y/o servicios relacionados con la misma; III. Ejecutar el Plan General de Obra e Inversión aprobado por el Consejo Directivo en función de la disponibilidad presupuestal; IV. Convocar conjuntamente con la Dirección General a las autoridades y órganos de control municipales, estatales y/o federales para los procesos de licitación en los que deban de intervenir; V. Coadyuvar en la elaboración del Programa General de Obra (PGO) de acuerdo a su competencia;…………………………………………………………………………. | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
13 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION TECNICA | Artículo 46. La Dirección Técnica tendrá las siguientes atribuciones: I.- Planear y diseñar los proyectos hidráulicos, sanitarios, pluviales y de saneamiento que se requieran, en apego a los lineamientos de crecimiento que emita el Instituto de Municipal de Investigación, Planeación y Estadística o su correlativo, en apego a la normativa, especificaciones y leyes aplicables correspondientes; II. Elaborar la propuesta del Programa General de Obra e Inversión para su aprobación ante el Director General y Consejo Directivo; III. Elaborar la propuesta del Programa Operativo Anual para su aprobación ante el Director General y Consejo Directivo; IV. Supervisar y llevar a cabo las gestiones necesarias ante las diversas instituciones municipales, estatales y/o federales para cumplir con el Plan General de Obra e Inversión;…………………………....................................................................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
14 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION DE SANEAMIENTO | Artículo 47. La Dirección de Saneamiento tendrá las siguientes atribuciones: I.- Coordinar la ejecución de los programas de vigilancia y control de la Calidad del Agua, basados en la observancia de la normatividad vigente y lo establecido en el presente ordenamiento; II. Supervisar el equipamiento, instalación, operación, mantenimiento y conservación de las plantas de tratamiento de agua residual y plantas potabilizadoras municipales, de acuerdo con la normatividad y leyes aplicables; III. Gestionar los recursos necesarios para el desarrollo de proyectos, estudios e investigaciones encaminados a proteger la salud de la población y el cuidado del medio ambiente en materia de agua; IV. Determinar la suspensión general o parcial del suministro y distribución de agua potable de los pozos o plantas potabilizadoras pertenecientes a JUMAPA, cuando implique algún riesgo a la salud;……………………………………………………………………………………………………………………… | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
15 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | DIRECCION JURIDICA | Artículo 48. La Dirección Jurídica tendrá las siguientes atribuciones: I.- Apoyar y brindar la asesoría jurídica necesaria a las unidades administrativas del Organismo Operador del Servicio, en el ejercicio de sus atribuciones; II. Funguir como Apoderado General, para pleitos y cobranzas de JUMAPA; III. Elaborar y analizar los contratos, convenios o cualquier acto jurídico en que intervenga el Organismo Operador del Servicio, así como aquellos que le sean solicitados por las distintas unidades administrativas relacionadas con su función, debiéndose proporcionar para ello todos los elementos necesarios para su realización; IV. Llevar un registro de control respecto de los actos jurídicos referidos en la fracción anterior, con los datos necesarios que permitan una plena identificación; V. Brindar asesoría jurídica en la realización de las licitaciones de obra pública y servicios relacionados con la misma, adquisiciones, enajenaciones, servicios y arrendamientos, así como en los casos de adjudicación directa conforme a las normatividad aplicable; VI. Presentar denuncias y/o querellas ante la autoridad competente cuando se afecten los intereses o bienes del Organismo Operador del Servicio, así como darle seguimiento a las mismas;...................................................................................................................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
16 | 2023 | 7/1/2023 | 9/30/2023 | CONTRALORIA INTERNA | Artículo 49. El Organismo Operador del Servicio, contará con una Contraloría Interna que dependerá del Consejo Directivo; realizará las funciones de evaluación, control y vigilancia y tendrá las siguientes atribuciones: I.- Revisar y evaluar que las políticas, normas y procedimientos se apliquen adecuadamente en las operaciones del Organismo Operador del Servicio; II. Vigilar que las áreas y los servidores públicos del Organismo Operador del Servicio cumplan con las disposiciones y ordenamientos legales vigentes; III. Realizar revisiones periódicas abarcando todas las áreas, así como promover medidas necesarias de corrección que favorezcan la mejora continua;...................................... | https://drive.google.com/file/d/1yjwDUg2xPkw7GUHOzv4gdlgrZ-4YhrVi/view?usp=sharing | GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - JUMAPA | 10/4/2023 | 9/30/2023 | |||||||||||||||||
17 | ||||||||||||||||||||||||||
18 | ||||||||||||||||||||||||||
19 | ||||||||||||||||||||||||||
20 | ||||||||||||||||||||||||||
21 | ||||||||||||||||||||||||||
22 | ||||||||||||||||||||||||||
23 | ||||||||||||||||||||||||||
24 | ||||||||||||||||||||||||||
25 | ||||||||||||||||||||||||||
26 | ||||||||||||||||||||||||||
27 | ||||||||||||||||||||||||||
28 | ||||||||||||||||||||||||||
29 | ||||||||||||||||||||||||||
30 | ||||||||||||||||||||||||||
31 | ||||||||||||||||||||||||||
32 | ||||||||||||||||||||||||||
33 | ||||||||||||||||||||||||||
34 | ||||||||||||||||||||||||||
35 | ||||||||||||||||||||||||||
36 | ||||||||||||||||||||||||||
37 | ||||||||||||||||||||||||||
38 | ||||||||||||||||||||||||||
39 | ||||||||||||||||||||||||||
40 | ||||||||||||||||||||||||||
41 | ||||||||||||||||||||||||||
42 | ||||||||||||||||||||||||||
43 | ||||||||||||||||||||||||||
44 | ||||||||||||||||||||||||||
45 | ||||||||||||||||||||||||||
46 | ||||||||||||||||||||||||||
47 | ||||||||||||||||||||||||||
48 | ||||||||||||||||||||||||||
49 | ||||||||||||||||||||||||||
50 | ||||||||||||||||||||||||||
51 | ||||||||||||||||||||||||||
52 | ||||||||||||||||||||||||||
53 | ||||||||||||||||||||||||||
54 | ||||||||||||||||||||||||||
55 | ||||||||||||||||||||||||||
56 | ||||||||||||||||||||||||||
57 | ||||||||||||||||||||||||||
58 | ||||||||||||||||||||||||||
59 | ||||||||||||||||||||||||||
60 | ||||||||||||||||||||||||||
61 | ||||||||||||||||||||||||||
62 | ||||||||||||||||||||||||||
63 | ||||||||||||||||||||||||||
64 | ||||||||||||||||||||||||||
65 | ||||||||||||||||||||||||||
66 | ||||||||||||||||||||||||||
67 | ||||||||||||||||||||||||||
68 | ||||||||||||||||||||||||||
69 | ||||||||||||||||||||||||||
70 | ||||||||||||||||||||||||||
71 | ||||||||||||||||||||||||||
72 | ||||||||||||||||||||||||||
73 | ||||||||||||||||||||||||||
74 | ||||||||||||||||||||||||||
75 | ||||||||||||||||||||||||||
76 | ||||||||||||||||||||||||||
77 | ||||||||||||||||||||||||||
78 | ||||||||||||||||||||||||||
79 | ||||||||||||||||||||||||||
80 | ||||||||||||||||||||||||||
81 | ||||||||||||||||||||||||||
82 | ||||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||
85 | ||||||||||||||||||||||||||
86 | ||||||||||||||||||||||||||
87 | ||||||||||||||||||||||||||
88 | ||||||||||||||||||||||||||
89 | ||||||||||||||||||||||||||
90 | ||||||||||||||||||||||||||
91 | ||||||||||||||||||||||||||
92 | ||||||||||||||||||||||||||
93 | ||||||||||||||||||||||||||
94 | ||||||||||||||||||||||||||
95 | ||||||||||||||||||||||||||
96 | ||||||||||||||||||||||||||
97 | ||||||||||||||||||||||||||
98 | ||||||||||||||||||||||||||
99 | ||||||||||||||||||||||||||
100 | ||||||||||||||||||||||||||
101 | ||||||||||||||||||||||||||
102 | ||||||||||||||||||||||||||
103 | ||||||||||||||||||||||||||