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7 | PENSIONES - ABRIL 2017 | |||||||||
8 | FORMULARIO | https://goo.gl/forms/0cP3o5uCemjkZKXF3 | ||||||||
9 | 1.- Cualquier ciudadano eEspañol con más de CUATRO años de eVida puede presentar su solicitud de pensión a través del formulario de este artículo antes del 27/04/2017 23:59 hora peninsular española vr. | |||||||||
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12 | 2.- La cuantía presupuestada para esta convocatoria ronda los 50.000 CC, que provienen en su totalidad de fondos privados (Mencion especial merecen las donaciones de Monos y Galiza, a los que este ministerio se encuentra muy agradecido) | |||||||||
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14 | 3.- Todos los ciudadanos que superen el requisito de edad del punto uno de la convocatoria recibirán la misma cuantía como pensión, salvo los ciudadanos que formen parte del gobierno, estén sancionados o inhabilitados, o sean considerados non-gratos. | |||||||||
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17 | 4.- Una vez terminado el plazo de solicitud del punto uno de la convocatoria, el Ministerio de Economía publicará el listado de ciudadanos admitidos en otro boletín oficial. Además, se publicará el listado de excluidos, indicando las causas de inadmisión de forma individualizada. En base a estos listados se publicará la lista provisional de ciudadanos beneficiarios de las pensiones. | |||||||||
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21 | 5.- Los ciudadanos que lo deseen podrán presentar alegaciones sobre el anterior listado. Estas alegaciones serán tratadas individualmente y se anunciará su resultado en otro boletín oficial. Respondidas las alegaciones, se procederá a anunciar la lista definitiva de beneficiarios de la pensión. Una vez publicado en boletín oficial, el gobierno podrá proceder a su entrega. | |||||||||
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25 | 6.- Todos los movimientos económicos y solicitudes podrán ser consultados en un documento de transparencia específico. | |||||||||
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