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TítuloNombre cortoDescripción
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Preguntas frecuentes LGT_65_XLVI.2Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaTemática de las preguntas frecuentes (Redactada con perspectiva de género)Planteamiento de las preguntas frecuentesRespuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadasHipervínculo al Informe estadístico (en su caso)Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligadoÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualiza(n) la informaciónFecha de actualizaciónNota
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20264/1/20266/30/2026Datos personales¿Qué es un dato personal?
Es cualquier información concerniente a una persona identificada o identificable. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información
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Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Obligaciones comúnes en materia de transparencia
¿Qué son las obligaciones comúnes de un sujeto obligado?
Son los catálogos de información de transparencia que corresponden a todos los sujetos obligados. Consisten en poner a disposición de las personas y mantener actualizada, en el POT,la información vinculada con sus facultades, funciones, objeto social, así como con la recepción o uso de recursos públicos o el ejercicio de actos de autoridad.0
Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Obligaciones específicas en materia de transparencia
¿Qué son las obligaciones específicas de un sujeto obligado?
Son los catálogos de información de transparencia que aplican únicamente a determinados sujetos obligados, en atención a su figura legal, atribuciones, facultades u objeto social. Estas implican la publicación y actualización, en el POT de la Plataforma Nacional, de la información adicional o diferenciada conforme a sus características.0
Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Obligaciones en materia de transparencia
¿Cómo se define un sujeto obligado directo?
Es aquel que tiene estructura orgánica propia, puede integrar un Comité de Transparencia y cumple con las obligaciones de transparencia a través de su Unidad de Transparencia
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Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Obligaciones en materia de transparencia
¿Cómo se define un sujeto obligado concentrador?
Es aquel que, en ejercicio de sus funciones o atribuciones, genera, administra o posee información que permite a diversos sujetos obligados dar cumplimiento a sus obligaciones de transparencia
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Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Obligaciones en materia de transparencia
¿Cómo se define un sujeto obligado indirecto?
Es aquel que, por no tener una estructura orgánica propia o por imposibilidad material justificada, no puede conformar un Comité de Transparencia y cumple con sus obligaciones de transparencia a través de otro sujeto obligado
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Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
7/1/2026
La información de la fracción XLVI. formato 2, corresponde a la del Articulo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. Este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas, sin embargo, se considera importante formular algunas para su conocimiento, por lo que no se generó información estadistica (ni el hipervinculo correspondiente) al respecto.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas
¿Qué es el Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas?
Documento que controla acciones obras o servicios sean compatibles con leyes y programas desarrollo urbano. Requisito para inscribir en Registro
https://drive.google.com/file/d/15OS-PihQX1qIuMlTg01KoiXP4aksYOsM/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. El 20 de agosto del 2025 el Poder Ejecutivo del Estado, en su periódico oficial publica la promulgación del Decreto número: 136 por el que se re forman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, en donde se cambia el nombre Constancia de Congruencia Urbanística Estatal por Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas¿Quiénes deben obtener el Dictámen?
Quien realice obras o acciones en materia de desarrollo urbano y vivienda, deberá obtener el Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas
https://drive.google.com/file/d/15OS-PihQX1qIuMlTg01KoiXP4aksYOsM/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. El 20 de agosto del 2025 el Poder Ejecutivo del Estado, en su periódico oficial publica la promulgación del Decreto número: 136 por el que se re forman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, en donde se cambia el nombre Constancia de Congruencia Urbanística Estatal por Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas¿En qué casos se requiere?
Los establecidos en la página de la SecretarÍa de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
https://drive.google.com/file/d/15OS-PihQX1qIuMlTg01KoiXP4aksYOsM/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. El 20 de agosto del 2025 el Poder Ejecutivo del Estado, en su periódico oficial publica la promulgación del Decreto número: 136 por el que se re forman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, en donde se cambia el nombre Constancia de Congruencia Urbanística Estatal por Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas
¿Cuáles son los requisitos para realizar el trámite?
Los establecidos en la página de la SecretarÍa de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. No hay hipervínculo en virtud de que no se realiza informe estadístico de este tema. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas¿Cuánto tiempo dura el tramite?
20 días hábiles, para obtener una respuesta y 30 días habiles para la modalidad de Dictamen.
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. No hay hipervínculo en virtud de que no se realiza informe estadístico de este tema. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas¿Cuál es el costo?
Los establecidos en el artículo 54 de la Ley de Derechos del Estado de Quintana Roo, según corresponda al proyecto
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. No hay hipervínculo en virtud de que no se realiza informe estadístico de este tema. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026El Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas¿Dónde puedo ingresar mi solicitud?
En las Oficinas de la SecretarÍa de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, ubicadas en la ciudad de Chetumal y la representación en Cancún, Quintana Roo
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. No hay hipervínculo en virtud de que no se realiza informe estadístico de este tema. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026
La Inspección a las obras, a las acciones, los servicios y las inversiones en materia de desarrollo urbano.
¿Qué proyectos se inspeccionan?
Los establecidos en el artículo 81 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo.
https://drive.google.com/file/d/1LLjRQeDGtsrgBihyoLhpQmaD6CfWPhYK/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026
La acreditación del Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas
¿Por qué se inspecciona?
Porque se verifica el cumplimiento a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo.
https://drive.google.com/file/d/1LLjRQeDGtsrgBihyoLhpQmaD6CfWPhYK/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026
La información del Status del Procedimiento Administrativo del que se trate.
¿Cuándo se instauró el Procedimiento Administrativo?
Al día siguiente de haber fenecido el plazo de los díez días que otorga la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo.
https://drive.google.com/file/d/1mNUWJpqqsofKhLjXTlZxak7PA2fYKO3l/view?usp=sharing
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026La sanción¿Por qué se sanciona?
Por que el proyecto inspeccionado no cuenta con el Dictámen de Viabilidad en Materia de Acciones Urbanísticas.
https://drive.google.com/file/d/1LLjRQeDGtsrgBihyoLhpQmaD6CfWPhYK/view?usp=drive_link
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026Los Asesores Inmobiliarios
¿Qué es una matrícula y que es una acreditación?
Matrícula: El padrón que lleva la Secretaría sobre los Asesores Inmobiliarios
del Estado de Quintana Roo.
Acreditación: Es el documento otorgado por la Secretaría de Desarrollo
Territorial Urbano Sustentable del Estado a las personas físicas o morales,
para prestar Servicios Inmobiliarios en el Estado de Quintana Roo.
https://drive.google.com/file/d/1fBflHGO5Gs-hRbdT8w55AeoyUx0Nfwmi/view
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026Pasos a seguir para solicitar la Matriculación
¿Cuáles son los pasos a seguir para poder obtener la matrícula y acreditación de Asesor Inmobiliario en el Estado de Quintana Roo?
Para saber los pasos a detalle se ha cargado un diagrama de flujo en el Portal de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable. Este describe de manera precisa todo seguimiento tanto Matriculación y Acreditación por primera vez como renovación.
https://drive.google.com/file/d/1eJyualqByQOyhvjyo3u97pJEg6_O2e_t/view
1Subsecretaría de Administración Territorial7/14/2026
La información de esta fracción es de la Subsecretaría de Administración Territorial. La información corresponde al artículo 75 fracción XLVI.2 de la Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026Zona Metropolitana¿Qué son los Municipios Centrales?
Son aquellos donde se ubica la localidad urbana o conurbación principal que da origen a una metrópoli.
Subsecretaría de Desarrollo Metropolitano Zona Norte 7/20/2026
La Subsecretaría de Desarrollo Metropolitano Zona Norte de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (SEDETUS) informa que durante el segundo trimestre del ejercicio 2026 no ha recibido preguntas, sin embargo, considera pertinente incluir la definición de conceptos como los que se señalan. En tal virtud, no se generó el hipervínculo a dicho documento. La información corresponde al articulo 75 fracción XLVI de la Ley de Transparencia y Acceso a la infromación Pública del estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026Zona Metropolitana¿Qué son los Municipios Exteriores?
Son municipios contiguos a los centrales, cuyas localidades urbanas no están conurbadas a la centralidad de una y mantiene un alto grado de integridad física y laboral con los muncipios centrales.
Subsecretaría de Desarrollo Metropolitano Zona Norte 7/20/2026
La Subsecretaría de Desarrollo Metropolitano Zona Norte de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (SEDETUS) informa que durante el segundo trimestre del ejercicio 2026 no ha recibido preguntas, sin embargo, considera pertinente incluir la definición de conceptos como los que se señalan. En tal virtud, no se generó el hipervínculo a dicho documento. La información corresponde al articulo 75 fracción XLVI de la Ley de Transparencia y Acceso a la infromación Pública del estado de Quintana Roo.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es un Área urbanizada?De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por área urbanizada al territorio ocupado por los asentamientos humanos con redes de infraestructura, equipamientos y servicios.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es un Asentamiento Humano?De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por Asentamiento humano el establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que la integran.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es un Centro de población?De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por centro de población a las áreas constituidas por las zonas urbanizadas y las que se reserven a su expansión.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es Desarrollo urbano?De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por desarrollo urbano al proceso de planeación y regulación de la fundación, crecimiento, mejoramiento, consolidación y conservación de los centros de población, en donde se privilegia al ser humano, el medio ambiente, la calidad de vida y el bien común, partiendo de estrategias y objetivos reflejados en ejes compositivos vertebradores del espacio público, la infraestructura, el equipamiento y la movilidad.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial
¿Qué es la Estrategia Estatal de Ordenamiento Territorial?
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por Estrategia Estatal de Ordenamiento Territorial al Instrumento público de planeación del territorio, que a partir del reconocimiento de los ecosistemas y la aptitud del suelo, delimita las regiones y establece la jerarquización y caracterización de las zonas metropolitanas, conurbaciones y centros de población, así como sus interrelaciones funcionales.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es el Ordenamiento Territorial?De acuerdo a lo dispuesto en Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende que el Ordenamiento Territorial es una política pública que tiene como objeto la ocupación y utilización racional del territorio como base espacial de las estrategias de desarrollo socioeconómico y la preservación ambiental.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué es un PEOTDU?De acuerdo a lo dispuesto en Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° se entiende por sus siglas PEOTDU al Programa Estatal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano es el conjunto de estudios, políticas, instrumentos, normas técnicas y disposiciones jurídicas relativas a la ordenación y regulación de los asentamientos humanos y el ordenamiento territorial en el Estado, en donde se prioriza al ser humano, el bien común y el medio ambiente natural y su biodiversidad, con la finalidad de dignificar la calidad de vida, el enraizamiento de costumbres, y la formación de un tejido de relaciones territoriales y comunitarias, que propicien certeza y seguridad jurídica, dentro de una cultura de sustentabilidad socio ambiental.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial¿Qué son los Usos del suelo?De acuerdo a lo dispuesto en Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° son los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de un centro de población o asentamiento humano.0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Ordenamiento Territorial
¿Qué es una Verificación de Congruencia?
De acuerdo a lo dispuesto en Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Quintana Roo en su artículo 7° es el estudio y resolución expedida por la Secretaría donde se establecen los elementos y condiciones para asegurar la concordancia y armonía de los programas municipales ... con la Estrategia Estatal de Ordenamiento Territorial, el Programa
Estatal de Ordenamiento Territorial, y Desarrollo Urbano Sustentable, así como de zonas metropolitanas y conurbadas vigentes;
0Subsecretaría de Ordenamiento Territorial7/10/2026
La información corresponde al artículo 75 fracción XLVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Quintana Roo. La Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de este Sujeto Obligado no ha recibido preguntas por parte de las personas durante el segundo trimestre de 2026. Sin embargo, para el conocimiento de quienes tengan interés en los diversos temas relacionados con el Ordenamiento Territorial, se comparten algunos conceptos que pueden ser de utilidad. En tal virtud, tampoco se ha generado informe estadístico y por tanto, no existe hipervínculo de esta información, ni es posible cuantificar preguntas realizadas al respecto.
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20264/1/20266/30/2026Acceso a servicios¿Cómo puedo acceder a algun programa de vivienda de la SEDETUS?Acudir de manera personal en las ventanillas del Departamento de Captación de Demanda, llenar una solicitud e integrar la documentación correspondiente para ingresar al padrón de demandantes, siendo los siguientes: Identificación oficial (INE) del titular y cónyuge; Acta de nacimiento del titular, conyuge e hijos; CURP del títular, cónyuge e hijos; comprobante de domicilio, recibo de luz, agua o teléfono; Acta de matrimonio o en su defecto según sea su situación civil, constancia de unión libre, sentencia de divorcio, acta de defunción; separadas presentar constancia o acta de comparecencia expedida por la autoridad competente; todos estos documentos en copia y en original el comprobante de ingresos mensual; Constancia de No Propiedad expedida por el RPPyC en el cual se señale que no se cuenta con propiedad alguna (La constancia de No Propiedad se requiere hasta que se cuente con programas de acciones de vivienda, ya que tiene vigencia).0Subsecretaria de Vivienda7/7/2026En el segundo trimestre que se reporta, no se recibieron preguntas, sin embargo, esta unidad administrativa considera importante formular y dar respuesta a las preguntas que pudieran ser del interés público. En tal virtud, no se realizaron estadísticas por parte de la Subsecretaría de Vivienda. La fracción XLVI correspondiente al Artículo 75 de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información, Pública del Estado de Quintana Roo
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20264/1/20266/30/2026Acceso a servicios¿Qué se necesita para que deslinden un lote?Para el deslinde de un lote, es necesario que el interesado acuda a solicitarlo y se le puede dar el servicio siempre y cuando el lote este ubicado en alguna colonia y/o fraccionamiento administrado por la SEDETUS. Los requisitos para el trámite son: copia de contrato, estar al dia en pagos, realizar el pago en cajas recaudadora de SEFIPLAN y presentar el original del recibo e identificación oficial.0Subsecretaria de Vivienda7/7/2026En el segundo trimestre que se reporta, no se recibieron preguntas, sin embargo, esta unidad administrativa considera importante formular y dar respuesta a las preguntas que pudieran ser del interés público. En tal virtud, no se realizaron estadísticas por parte de la Subsecretaría de Vivienda.La fracción XLVI correspondiente al Artículo 75 de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información, Pública del Estado de Quintana Roo
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20264/1/20266/30/2026Acceso a servicios¿Es posible obtener un documento que mencione la ubicación fisica de un lote?Si es posible, siempre y cuando el lote este ubicado en alguna colonia y/o fraccionamiento administrado por la SEDETUS. Los requisitos para el tramite son: identificación oficial, copia de contrato, realizar el pago en la caja de SEFIPLAN y presentar el original del recibo y estar al dia en pagos0Subsecretaria de Vivienda7/7/2026En el segundo trimestre que se reporta, no se recibieron preguntas, sin embargo, esta unidad administrativa considera importante formular y dar respuesta a las preguntas que pudieran ser del interés público. En tal virtud, no se realizaron estadísticas por parte de la Subsecretaría de Vivienda.La fracción XLVI correspondiente al Artículo 75 de la Ley De Transparencia y Acceso a la Información, Pública del Estado de Quintana R
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