| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | Nombre del Sujeto Obligado: | Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo | ||||||||||||||||||||||||
2 | Normativa: | Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo | ||||||||||||||||||||||||
3 | Formato: | Recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos | ||||||||||||||||||||||||
4 | Periodos: | 1er trimestre, 2do trimestre, 3er trimestre, 4to trimestre | ||||||||||||||||||||||||
5 | ||||||||||||||||||||||||||
6 | ID | Ejercicio | Fecha de Inicio Del Periodo Que Se Informa | Fecha de Término Del Periodo Que Se Informa | Número de Recomendación | Número de Expediente | Autoridad(es) Responsable(s) Y/o Persona(s) Servidora(s) Pública(s) (Tabla_496296) | Presuntas Violaciones a Los Derechos Humanos | Breve Descripción de La(s) Recomendación(es) | Aceptación de La(s) Recomendación(es) | Estado Del Cumplimiento de La Recomendación | Hipervínculo a La Versión Pública de La Recomendación O Acuerdo No Responsabilidad | Hipervínculo de La Fundamentación Y Motivo de La Negativa de La Autoridad Y/o Persona Servidora Pública de Las Recomendaciones Emitidas No Sean Aceptadas O Cumplidas | Hipervínculo a Minutas de Comparecencias de Autoridades, en su Caso | Hipervínculo a Los Documentos Relacionados con Las Acciones de Seguimiento Y con Las Pruebas Del Cumplimiento de Las Recomendaciones Aceptadas por La Autoridad Y/o Persona Servidora Pública | Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información | Fecha de Actualización | Nota | Fecha creación del registro | Fecha modificación del registro | ||||||
7 | EA7A6564127B343834CD99B81BC32B1E | 2025 | 01/01/2025 | 31/03/2025 | 36017440 | Visitaduría General | 23/04/2025 | En periodo informado no se emitieron ninguna recomendación este Organismo Defensor de Derechos Humanos. | ||||||||||||||||||
8 | EAE59BEC57276F26BF32770714CA3DC9 | 2025 | 01/04/2025 | 30/06/2025 | R-VT.A-0001-25 | A-0145-20 | 38426676 | Derecho a preservar la vida humana, derecho a recibir atención médica integral, derecho a una atención médica libre de negligencia, derecho a la debida integración y resguardo del expediente clínico, derecho a recibir los medicamentos y tratamientos correspondientes a su padecimiento y derecho a las prestaciones de seguridad social. | Primero.- Se ofrezca una disculpa pública a los hijos de la persona víctima, en calidad de víctimas indirectas. Segundo.- Inscribir a las persona víctima directa, así como a sus familiares en calidad de víctimas indirectas, en el Registro Estatal de Víctimas. Tercero.- Instruir al Órgano Interno de Control se emprenda una investigación contra las autoridades responsables, y en su caso, dar inicio a los procedimientos legales respectivos. Cuarto.- Capacitar a todo el personal en temas de derechos humanos. Quinto.- Instruir a quien corresponda para diseñar y aplicar, un Protocolo de Actuación en el que se establezcan los lineamiento para la tención médica en los casos de una enfermedad infecciosa, para evitar que se ponga en riesgo la vida e integridad de las personas que laboran en esa dependencia. Sexto.- Girar instrucciones a quien corresponda, a fin de que la Dirección de Servicio Médico y Sanidad del Municipio de Tepeapulco, cuente con el personal acreditado que realice la atención especializada de la salud para que brinden el servicio médico correcto. | Aceptada | Parcialmente cumplida | https://cdhhgo.org/home/images/pdf/transparencia/Recomendaciones/2025/R-VT.A-0001-25.pdf | Visitaduría General | 23/07/2025 | Los espacios que se encuentran en blanco es porque no se ha generado información al respecto. No se encuentra digitalizado los docuemntos de acciones de seguimiento y pruebas. | |||||||||||
9 | CF985D296DAD9B92D10C75D82CF6EA3D | 2025 | 01/04/2025 | 30/06/2025 | R-VG-0003-25 | VG-1130-21 | 38426678 | Derecho a no ser sujeto de detención arbitraria, derecho a no ser sometido a tortura, derecho a no ser sujeto de desaparición forzada y derecho a la presuncion de inocencia | Primero.- Se ofrezca una disculpa pública por conducto del jefe del Despacho del Procurador General de Justicia del Estado de Hidalgo. Segundo.- En colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Hidalgo, se proceda a la inscripción de la víctima, a fin de que tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. Tercero.- Dar vista a la persona titular del Órgano Interno de Control de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, para que inicie, de seguimiento y concluya los procedimientos correspondientes. Cuarto.- Dar vista a la Visitaduría General de la PGJEH, para que inicie, de seguimiento y concluya los procedimientos derivados de las autoridades responsables. Quinto.- Capacitar a las personas servidoras públicas. | Aceptada | Parcialmente cumplida | https://cdhhgo.org/home/images/pdf/transparencia/Recomendaciones/2025/R-VG-0003-25.pdf | Visitaduría General | 23/07/2025 | Los espacios que se encuentran en blanco es porque no se ha generado información al respecto. No se encuentra digitalizado los docuemntos de acciones de seguimiento y pruebas. | |||||||||||
10 | 86A331F72DA24DFF615A28955BBA7BEC | 2025 | 01/04/2025 | 30/06/2025 | R-VT.TIZ-0002-25 | TIZ-0119-21 | 38426677 | Derecho a la suficiente protección de personas y derecho a la debida diligencia | Primero.- Dar vista al área de Asuntos internos y de la Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo, para que se inicien los procedimientos adminsitrativos que correspondan. Segundo.- Se gire exhorto al personal de la Subsecretaría de Operación Policial de la SSPEH, para que sujeten su actuar a lo establecido en el Protocolo de Actuación Policial para el Control de Multitudes ante el Riesgo de Violencia Colectiva. Tercero.- Impartir cursos de capacitación obligatorios a todo el personal que labora en la Subsecretaría de Operación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo. Cuarto.- Realizar las acciones administrativas necesarias para que la SSPEH realice la adquisición de equipo táctico suficiente y necesario. | Aceptada | Parcialmente cumplida | https://cdhhgo.org/home/images/pdf/transparencia/Recomendaciones/2025/R-VT.TIZ-0002-25.pdf | Visitaduría General | 23/07/2025 | Los espacios que se encuentran en blanco es porque no se ha generado información al respecto. No se encuentra digitalizado los docuemntos de acciones de seguimiento y pruebas. | |||||||||||
11 | B51473F4EF18946FAC86653492D6366C | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | R-VG-0011-25 | CDHEH-VG-0632-24 | 39653182 | Derecho al reconocimiento de la dignidad, derecho a no ser sometido a acoso laboral. | Primero.- Gírese atento oficio a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Hidalgo, para que se proceda a la inscripción al Registro Estatal de Víctimas a las personas vícitmas y accedan al fondo de ayuda. Segundo.- Capacitar al personal del Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo. Tercero.- Iniciar los procedimientos legales respectivos a la autoridad recomendada. Cuarto.- Dar vista al Comité de Intregridad de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo. Quinto.- Se giren instrucciones a quien corresponda a efecto de que se aplique el Protocolo Cero Tolerancia, al Hostigamiento Laboral y/o Sexual, así como del Acoso Laboral y/o Sexual su Prevención, Atención y Sanción de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo. Sexto.- Se designe a una persona servidora público de alto nivel de decisión para dar seguimiento a la Recomendación. | Aceptada | Parcialmente cumplida | Visitaduría General | 31/10/2025 | Los espacios que se encuentran en blanco es porque no se ha generado información al respecto. No se encuentra digitalizado los docuemntos de acciones de seguimiento y pruebas. | ||||||||||||
12 | 8E622EB3ABE7013E738B440851701E48 | 2025 | 01/07/2025 | 30/09/2025 | R-VG-0007-25 | CDHEH-VG-1617-21 | 39653181 | Derecho a no ser sometido a violencia institucional, derecho a no ser discriminado, derecho a no ser sometido al uso desproporcionado de la fuerza pública, derecho a la debida diligencia. | Primero.- En colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Hidalgo, se proceda a la inscripción de la persona víctima para que tenga acceso al fondo de ayuda. Segundo.- Se dé vista a la Comisión de Honor y Justicia de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Actopan, para que se inicie el procedimiento correspondiente en contra de las personas servidoras públicas quienes son considerados autoridades responsables en la presente Recomendación. Tercero.- Se realicen las gestiones necesarias para el inicio de la Carpeta de Investigación, lo anterior tomando en consideración las omisiones en las que incurrieron las personas servidoras públicas responsables. Cuarto.- Capacitar a las personas servidoras públicas adscritas a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Actopan. Quinto.- Se instruya a quienes integran la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Actopan, para que en el ejercicio de sus atribuciones atiendan oportunamente la normatividad municipal, estatal e internacional aplicable, haciendo uso de manera puntual y detallada de la documentación reglamentaria para el cumplimiento efectivo de sus obligaciones. Sexto.- Se giren instrucciones por escrito a quienes integran la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Actopan, que deberán atender de manera puntual y verídica, las solicitudes formuladas por este Organismo protector de derechos humanos. Séptimo.- Se designe a una persona servidora pública de alto nivel de decisión del Ayuntamiento Municipal de Actopan, para dar seguimiento hasta su total cumplimiento de la presente Recomendación. | Aceptada | Parcialmente cumplida | Visitaduría General | 31/10/2025 | Los espacios que se encuentran en blanco es porque no se ha generado información al respecto. No se encuentra digitalizado los docuemntos de acciones de seguimiento y pruebas. | ||||||||||||
13 | ||||||||||||||||||||||||||
14 | ||||||||||||||||||||||||||
15 | ||||||||||||||||||||||||||
16 | ||||||||||||||||||||||||||
17 | ||||||||||||||||||||||||||
18 | ||||||||||||||||||||||||||
19 | ||||||||||||||||||||||||||
20 | ||||||||||||||||||||||||||
21 | ||||||||||||||||||||||||||
22 | ||||||||||||||||||||||||||
23 | ||||||||||||||||||||||||||
24 | ||||||||||||||||||||||||||
25 | ||||||||||||||||||||||||||
26 | ||||||||||||||||||||||||||
27 | ||||||||||||||||||||||||||
28 | ||||||||||||||||||||||||||
29 | ||||||||||||||||||||||||||
30 | ||||||||||||||||||||||||||
31 | ||||||||||||||||||||||||||
32 | ||||||||||||||||||||||||||
33 | ||||||||||||||||||||||||||
34 | ||||||||||||||||||||||||||
35 | ||||||||||||||||||||||||||
36 | ||||||||||||||||||||||||||
37 | ||||||||||||||||||||||||||
38 | ||||||||||||||||||||||||||
39 | ||||||||||||||||||||||||||
40 | ||||||||||||||||||||||||||
41 | ||||||||||||||||||||||||||
42 | ||||||||||||||||||||||||||
43 | ||||||||||||||||||||||||||
44 | ||||||||||||||||||||||||||
45 | ||||||||||||||||||||||||||
46 | ||||||||||||||||||||||||||
47 | ||||||||||||||||||||||||||
48 | ||||||||||||||||||||||||||
49 | ||||||||||||||||||||||||||
50 | ||||||||||||||||||||||||||
51 | ||||||||||||||||||||||||||
52 | ||||||||||||||||||||||||||
53 | ||||||||||||||||||||||||||
54 | ||||||||||||||||||||||||||
55 | ||||||||||||||||||||||||||
56 | ||||||||||||||||||||||||||
57 | ||||||||||||||||||||||||||
58 | ||||||||||||||||||||||||||
59 | ||||||||||||||||||||||||||
60 | ||||||||||||||||||||||||||
61 | ||||||||||||||||||||||||||
62 | ||||||||||||||||||||||||||
63 | ||||||||||||||||||||||||||
64 | ||||||||||||||||||||||||||
65 | ||||||||||||||||||||||||||
66 | ||||||||||||||||||||||||||
67 | ||||||||||||||||||||||||||
68 | ||||||||||||||||||||||||||
69 | ||||||||||||||||||||||||||
70 | ||||||||||||||||||||||||||
71 | ||||||||||||||||||||||||||
72 | ||||||||||||||||||||||||||
73 | ||||||||||||||||||||||||||
74 | ||||||||||||||||||||||||||
75 | ||||||||||||||||||||||||||
76 | ||||||||||||||||||||||||||
77 | ||||||||||||||||||||||||||
78 | ||||||||||||||||||||||||||
79 | ||||||||||||||||||||||||||
80 | ||||||||||||||||||||||||||
81 | ||||||||||||||||||||||||||
82 | ||||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||
85 | ||||||||||||||||||||||||||
86 | ||||||||||||||||||||||||||
87 | ||||||||||||||||||||||||||
88 | ||||||||||||||||||||||||||
89 | ||||||||||||||||||||||||||
90 | ||||||||||||||||||||||||||
91 | ||||||||||||||||||||||||||
92 | ||||||||||||||||||||||||||
93 | ||||||||||||||||||||||||||
94 | ||||||||||||||||||||||||||
95 | ||||||||||||||||||||||||||
96 | ||||||||||||||||||||||||||
97 | ||||||||||||||||||||||||||
98 | ||||||||||||||||||||||||||
99 | ||||||||||||||||||||||||||
100 |