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3 | PERIODO: | |||||||||||||||||||||||||
4 | RUC: | |||||||||||||||||||||||||
5 | APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL: | |||||||||||||||||||||||||
6 | DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES | |||||||||||||||||||||||||
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8 | El Sr. Alberto Alva Álvarez Gerente General de la empresa ……………………………………………... la cual es una empresa dedicada al rubro | |||||||||||||||||||||||||
9 | industrial. Por tratarse de una de las empresas más importantes del medio, durante el año 2019, esta Empresa registró utilidades por un monto | |||||||||||||||||||||||||
10 | ascendente a S/. | 17.960.542,40 | Soles. | |||||||||||||||||||||||
11 | La pregunta que nos hace el Sr. Alberto Alva Álvarez es la siguiente: la empresa ¿está obligada a efectuar el reparto de utilidades entre sus trabajadores?. Si esto fuera así ¿cuál sería la forma de efectuar esa distribución ya que si bien no conoce del todo el tema sabe que esa obligación debió haberse cumplido durante el mes de abril del presente año? | |||||||||||||||||||||||||
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14 | En principio, debemos señalar que el reparto de utilidades se encuentra regulado por el Decreto Legislativo Nº 892 y su reglamento, el Decreto Supremo Nº 009-98-TR. De conformidad con estas dos normas, dicho reparto es obligatorio para aquellas empresas que generan rentas de tercera categoría pero adicionalmente si es que tienen a su cargo más de 20 trabajadores. Por ello, fue necesario solicitarle dicha información el Sr.Alberto Alva Álvarez la cual nos indicó que el número de trabajadores durante el año 2019 no fue único sino variable por lo que nos alcanzó el siguiente información: | |||||||||||||||||||||||||
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20 | MES Y AÑO | NÚMERO DE TRABAJADORES | ||||||||||||||||||||||||
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22 | ene-19 | 21 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
23 | feb-19 | 18 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
24 | mar-19 | 23 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
25 | abr-19 | 20 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
26 | may-19 | 28 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
27 | jun-19 | 19 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
28 | jul-19 | 18 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
29 | ago-19 | 28 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
30 | sept-19 | 27 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
31 | oct-19 | 20 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
32 | nov-19 | 20 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
33 | dic-19 | 21 | trabajadores | |||||||||||||||||||||||
34 | 263 | |||||||||||||||||||||||||
35 | a. Promedio de trabajadores | |||||||||||||||||||||||||
36 | Pues bien, teniendo esta información podemos determinar que, efectivamente, esta empresa no ha tenido un número único de trabajadores por lo que nos veremos obligados a hallar el promedio de ello. Frente a esta situación debemos proceder de la siguiente manera: | |||||||||||||||||||||||||
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39 | • Sumar el número de trabajadores que han laborado en cada mes del ejercicio respectivo y dividirlo entre ..12.... Se tomará en cuenta a aquellos trabajadores que hubieran sido contratados directamente por la empresa ya sea mediante contrato por tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial. | |||||||||||||||||||||||||
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43 | • Si el número que resulte incluyera una fracción se aplicará el redondeo a la unidad superior, si dicha fracción es igual o mayor a 0.5. | |||||||||||||||||||||||||
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46 | Siendo esto así, el cálculo sería de la siguiente manera: | |||||||||||||||||||||||||
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48 | Promedio de Trabajadores año 2019 | : | Trabajadores año 2019 /número de meses | |||||||||||||||||||||||
49 | Promedio de trabajadores año 2019 | : | 263,00 | 12 | 21,91666667 | |||||||||||||||||||||
50 | Promedio de Trabajadores año 2019 | : | 21,92 | trabajadores | ||||||||||||||||||||||
51 | Número de trabajadores computables | : | 22,00 | trabajadores | ||||||||||||||||||||||
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53 | b. Promedio o monto de la distribución | |||||||||||||||||||||||||
54 | Una vez verificado el cumplimiento del primer requisito para proceder con el reparto de utilidades, procederemos a determinar cuál es el porcentaje que se deberá aplicar al importe de las utilidades en función del tipo de empresa y actividad que realiza. | |||||||||||||||||||||||||
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57 | Para ello, debemos traer a colación el siguiente cuadro contenido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 892: | |||||||||||||||||||||||||
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59 | TIPO DE EMPRESA | PORCENTAJE | ||||||||||||||||||||||||
60 | Empresas pesqueras | 10% | ||||||||||||||||||||||||
61 | Empresas de telecomunicaciones | 10% | ||||||||||||||||||||||||
62 | Empresas industriales | 10% | ||||||||||||||||||||||||
63 | Empresas mineras | 8% | ||||||||||||||||||||||||
64 | Empresas de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes | 8% | ||||||||||||||||||||||||
65 | Empresas que realizan otras actividades | 5% | ||||||||||||||||||||||||
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68 | Según esta relación, el porcentaje que se le debería aplicar a la empresa UNIVERSAL TEXTIL SAC sería el del 8% por tratarse de una empresa cuya actividad es la industrial. | |||||||||||||||||||||||||
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71 | c. Determinación del monto a repartir | |||||||||||||||||||||||||
72 | Ahora bien, el porcentaje antes indicado debe ser aplicado al importe de las utilidades antes del pago del Impuesto a la Renta. | |||||||||||||||||||||||||
73 | Por ello, tomando en cuenta el monto indicado en el supuesto del caso deberemos aplicar el ………. % sobre | 17.960.542,40 | ||||||||||||||||||||||||
74 | Nuevos Soles. | |||||||||||||||||||||||||
75 | En ese sentido, el monto a repartir entre los trabajadores ascendería a | 1.436.843,39 | Soles. | |||||||||||||||||||||||
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77 | d. Procedimiento de distribución de utilidades | |||||||||||||||||||||||||
78 | El artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 892 establece que el procedimiento para proceder la distribución de utilidades es tal como sigue: | |||||||||||||||||||||||||
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80 | i. Cincuenta por ciento (50%) será distribuido en función a los días laborados por cada trabajador, entendiéndose como tal los días reales y efectivamente trabajados. | |||||||||||||||||||||||||
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82 | A ese efecto, se dividirá dicho monto entre la suma total de días laborados por todos los trabajadores, y el resultado que se obtenga se multiplicará por el número de días laborados por cada trabajador | |||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||
85 | ii. Cincuenta por ciento (50%) se distribuirá en proporción a las remuneraciones de cada trabajador. | |||||||||||||||||||||||||
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87 | A ese efecto, se dividirá dicho monto entre la suma total de las remuneraciones de todos los trabajadores que correspondan al ejercicio y el resultado obtenido se multiplicará por el total de las remuneraciones que corresponda a cada trabajador en el ejercicio. | |||||||||||||||||||||||||
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90 | i. Factor del 50% en función de los días laborados | |||||||||||||||||||||||||
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92 | Pues bien, para determinar el factor del 50% en función a los días laborados por cada trabajador se utilizará la siguiente fórmula: | |||||||||||||||||||||||||
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94 | Coeficiente de Días Trabajados: 50% de las utilidades por distribuir ENTRE (/) el total de días laborados por la totalidad de trabajadores. | |||||||||||||||||||||||||
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96 | Para poder obtener dicho coeficiente debemos contar con la información referida al número de días de trabajo efectivos de cada trabajador durante el Ejercicio 2019 | |||||||||||||||||||||||||
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98 | Para ello, el Sr. Alberto Alva Álvarez nos entrega el siguiente detalle: | |||||||||||||||||||||||||
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100 | Nº | NOMBRES Y APELLIDOS DE LOS TRABAJADORES | Nº DE DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO DURANTE TODO EL EJERCICIO 2019 | |||||||||||||||||||||||