ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Estructura OrgánicaLTAIPG26F1_IIA
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del áreaDenominación del puesto (Redactados con perspectiva de género)Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)Área de adscripción inmediata superiorDenominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género)Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género)Número total de prestadores de servicios profesionalesÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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3AB9C713E4E72C344EF0413407AF4357202301/01/202331/03/2023DIRECCIONAYUDANTEAYUDANTE DE OFICINADIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.1.- Realizar la limpieza de las oficinas del Instituto.
2.- Auxiliar en las actividades que le sean encomendadas por su jefe inmediato.
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DC69CF4A397A539B6435B9B7AAC24C63202301/01/202331/03/2023DIRECCION GENERALDIRECTOR GENERALDIRECTOR GENERAL DE IMUVICONSEJO DIRECTIVO DEL IMUVIDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II.
Articulo 11, 12, 43 y 46.
1. Representar legalmente al Instituto con todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas y actos de administración, así como los que requieran cláusula especial conforme a la Ley correspondiente. Podrá otorgar y revocar poderes generales o especiales;
2. Ejecutar los Acuerdos del Consejo Directivo;
3. Coordinar las actividades administrativas, financieras, técnicas y operativas del Instituto;
4. Proponer y someter a la aprobación del Consejo Directivo, el programa anual de trabajo;
5. Elaborar y someter a consideración del Consejo Directivo, para su aprobación:
a. Las políticas y proyectos de inversión del Instituto;
b. Los planes y programas de trabajo del Instituto y las bases para la participación social en su elaboración;
c. Las políticas y procedimientos de comercialización y administración crediticia del Instituto; y
d. El anteproyecto del presupuesto anual de egresos.
6. Proponer al Consejo Directivo, conjuntamente con el Tesorero, el otorgamiento y obtención de créditos;
7. Presentar al Consejo Directivo, durante el mes de Agosto de cada año, el informe de actividades y estado que guarda la administración del Instituto;
8. Someter a la consideración del Consejo Directivo, para su aprobación los proyectos de adquisición de reserva territorial;
9. Proponer al Consejo Directivo proyectos de captación de recursos, incluyendo por la vía del financiamiento y su óptima utilización;
10. Realizar la supervisión, control y evaluación de sus planes y programas, así como de la organización, operación y control de las actividades del Instituto;
11. Elaborar y someter a consideración del H. Ayuntamiento, para su aprobación el Programa Municipal de Vivienda, previa validación del Consejo Directivo;
12. Designar y remover a los funcionarios y personal del Instituto, otorgando los nombramientos al personal administrativo del mismo;
13. Establecer y conducir las relaciones laborales de acuerdo a lo previsto por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios de Guanajuato;
14. Mantener bajo su responsabilidad, la guarda, conservación y buena administración del patrimonio del Instituto;
15. Realizar los trámites de autorización y municipalización de los fraccionamientos y desarrollos habitacionales promovidos por el Instituto;
16. Hacer cumplir los planes, programas y objetivos del Instituto aprobados por el Consejo Directivo y que vayan en concordancia con los Planes y Programas de los tres niveles de gobierno relacionados con la materia;
17. Informar trimestralmente al H. Ayuntamiento o cuando este lo requiera, sobre el ejercicio de las funciones del Instituto, previa aprobación del informe por el Consejo Directivo; y
18. Las demás que deriven del presente Reglamento o que le confiera el Consejo Directivo.
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D06C2249ABD9128BFB4642022FA824EB202301/01/202331/03/2023DIRECCIONSECRETARIASECRETARIADIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A) Asistir a la Dirección General en todos los asuntos relacionados a su area;
B). Las demás funciones que le confiera el Director General.
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62F808550338E8B2885B58CC1119367A202301/01/202331/03/2023COORDINACION ADMINISTRATIVA - FINANCIERACOORDINADORCOORDINADORA ADMINISTRATIVA-FINANCIERADIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.II. Coordinación Administrativa y Financiera
1. Elaborar el proyecto anual de presupuesto del Instituto y presentarlo para su consideración al Director General y al Tesorero del Consejo Directivo;
2. Implementar las políticas de operación crediticia del Instituto;
3. Contratar y llevar el control de los seguros y fianzas en que intervenga el Instituto;
4. Ejecutar el presupuesto de egresos autorizado y presentar al Director General los documentos que correspondan a dichas erogaciones, conforme a las normas presupuestales del Instituto y las disposiciones legales aplicables;
5. Elaborar y actualizar el padrón de proveedores de bienes y servicios del Instituto;
6. Coordinar la ejecución de los programas administrativos y financieros del Instituto estableciendo los sistemas que permitan aprovechar más racionalmente los recursos;
7. Planear, organizar y controlar las acciones y actividades necesarias para proporcionar a las áreas del Instituto los recursos humanos, financieros y materiales que requieran;
8. Elaborar y mantener actualizado un sistema de seguimiento de control financiero que permita en todo momento conocer la situación que guardan los programas del Instituto;
9. Atender oportuna y expeditamente las necesidades administrativas y financieras de las áreas que integran el Instituto de acuerdo con los lineamientos fijados por el Consejo Directivo y el Director General;
10. Elaborar en coordinación con las demás áreas, el programa anual de adquisiciones y someterlo a la consideración del Director General;
11. Establecer con la aprobación del Director General, las políticas, normas, criterios, sistemas y procedimientos para la administración de recursos financieros y materiales del Instituto;
12. Llevar el registro y control de inventarios de bienes muebles e inmuebles, mantenimiento de inmuebles, muebles y equipo de oficina así como supervisar la prestación de servicios generales;
13. Tramitar en conjunto con el Área Jurídica los convenios y contratos en los que el Instituto sea parte y que afecten su presupuesto:
14. Instrumentar los sistemas de crédito y recuperación, de las acciones de vivienda que realice el Instituto;
15. Llevar la contabilidad general y el control del ejercicio presupuestal:
16. Llevar a cabo todas las acciones y trámites fiscales que se requieran dentro del Instituto en materia tributaria;
17. Elaborar mensualmente los estados financieros del Instituto;
18. Realizar los pagos de sueldos y honorarios del personal que labore o que preste servicios al Instituto;
19. Organizar y dirigir los programas de selección, capacitación y desarrollo de personal, realizando los estudios necesarios para definir los puestos tipo, perfiles y requisitos de los mismos;
20. Establecer procesos de integración que faciliten al trabajador su identificación con los objetivos del Instituto y el logro de un mayor desarrollo y satisfacción personal;
21. Organizar y dirigir los programas de actividades culturales, recreativas y sociales que fortalezcan la comunicación y desarrollo del personal;
22. Conformar y llevar el control del almacén del Instituto y vigilar su óptima utilización;
23. Implementar el fondo revolvente para gastos operativos menores que realice el Instituto;
24. Dictaminar la viabilidad presupuestal y financiera de las acciones que involucren el patrimonio del Instituto;
25. Administrar las aportaciones que recibe el Instituto por cualquier organismo público o privado; y
26. Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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473E8E200C6D1B13ACA5E19523D466BC202301/01/202331/03/2023AREA DE COBRANZAAUXILIARENCARGADA DE COBRANZACOORDINACION ADMINISTRATIVADecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A). Apoyo en el control de los sistemas de crédito y recuperación, de las acciones de vivienda que realice el Instituto;
B). Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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C504D0F6A7CE9C213F2E0C36B7FE2071202301/01/202331/03/2023AREA DE COBRANZAAUXILIARENCARGADA DE EGRESOSCOORDINACION ADMINISTRATIVADecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A). Apoyo en la elaboración y actualización del padrón de proveedores de bienes y servicios del Instituto;
B). Apoyo en el control de inventarios de bienes muebles e inmuebles, mantenimiento de inmuebles, muebles y equipo de oficina así como supervisar la prestación de servicios generales;
C). Apoyo en el control del almacén del Instituto y vigilar su óptima utilización;
D). Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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6D635511083F007C339F76EF44C341B8202301/01/202331/03/2023AREA DE COBRANZAAUXILIARENLACE ADMINISTRATIVO FINANCIEROCOORDINACION ADMINISTRATIVADecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A). Apoyo en la coordinación administrativa .
B). Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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9FBCFDA38399A007D8E3A75AB0F3DA11202301/01/202331/03/2023COORDINACION JURIDICACOORDINADORCOORDINADOR JURIDICODIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.1. Vigilar la correcta fundamentación jurídica de los actos o documentos en los que tenga intervención el Instituto;
2. Fijar los lineamientos que deberán seguirse para el otorgamiento de garantías a favor del Instituto;
3. Recabar y dar trámite a la documentación básica para la elaboración de proyectos de escrituración a particulares beneficiados por programas del Instituto;
4. Intervenir en la tramitación de escrituras públicas en los que intervenga el Instituto y revisar los proyectos de las mismas;
5. Analizar las disposiciones jurídicas que el Director General deba someter al Consejo Directivo;
6. Brindar asesoría jurídica a la población en materia de vivienda competencia del Instituto;
7. Proporcionar asesoría jurídica a los servidores públicos del Instituto para el mejor desempeño de sus funciones;
8. Elaborar o revisar los convenios y contratos en que intervenga el Instituto;
9. Fijar los lineamientos y requisitos para el traspaso de lotes o viviendas de los beneficiarios de los programas del Instituto;
10. Tramitar la rescisión administrativa o judicial de los contratos preparatorios y de compra-venta de lotes o viviendas cuyos beneficiarios incumplan en sus pagos o con cualquiera de las obligaciones contraídas en los mismos;
11. Representar al Instituto en los términos del poder que le sea conferido, en la tramitación de demandas, querellas, denuncias y contestaciones de demandas que procedan y continuarlas hasta su última instancia;
12. Tramitar la regularización jurídica de los bienes inmuebles propiedad del Instituto;
13. Compilar los ordenamientos legales relacionados con las funciones del Instituto y mantenerlos actualizados; y
14. Las demás funciones que las normatividad aplicable le atribuya así como aquellas que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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8435FE1EE02451CA19510CD952BBA76B202301/01/202331/03/2023COORDINACION JURIDICASUPERVISORSUPERVISOR JURIDICOCOORDINACION JURIDICADecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.1. Vigilar la correcta fundamentación jurídica de los actos o documentos en los que tenga intervención el Instituto;
2. Fijar los lineamientos que deberán seguirse para el otorgamiento de garantías a favor del Instituto;
3. Recabar y dar trámite a la documentación básica para la elaboración de proyectos de escrituración a particulares beneficiados por programas del Instituto;
4. Intervenir en la tramitación de escrituras públicas en los que intervenga el Instituto y revisar los proyectos de las mismas;
5. Analizar las disposiciones jurídicas que el Director General deba someter al Consejo Directivo;
6. Brindar asesoría jurídica a la población en materia de vivienda competencia del Instituto;
7. Proporcionar asesoría jurídica a los servidores públicos del Instituto para el mejor desempeño de sus funciones;
8. Elaborar o revisar los convenios y contratos en que intervenga el Instituto;
9. Fijar los lineamientos y requisitos para el traspaso de lotes o viviendas de los beneficiarios de los programas del Instituto;
10. Tramitar la rescisión administrativa o judicial de los contratos preparatorios y de compra-venta de lotes o viviendas cuyos beneficiarios incumplan en sus pagos o con cualquiera de las obligaciones contraídas en los mismos;
11. Representar al Instituto en los términos del poder que le sea conferido, en la tramitación de demandas, querellas, denuncias y contestaciones de demandas que procedan y continuarlas hasta su última instancia;
12. Tramitar la regularización jurídica de los bienes inmuebles propiedad del Instituto;
13. Compilar los ordenamientos legales relacionados con las funciones del Instituto y mantenerlos actualizados; y
14. Las demás funciones que las normatividad aplicable le atribuya así como aquellas que le confiera el Consejo Directivo o el Director General.
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33432246A2CB38F4FE1DF5EA85C71497202301/01/202331/03/2023COORDINACION SOCIALCOORDINADORCOORDINADOR DE ENLACE SOCIALDIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.1. Elaborar diagnósticos sobre la demanda de vivienda de acuerdo a los parámetros socio económicos que establezca el Instituto;
2. Realizar los trámites de asignación y adjudicación de las acciones de vivienda de acuerdo a las políticas crediticias del Instituto y a la normatividad aplicable;
3. Implementar actividades que propicien la participación organizada de los beneficiarios en los programas de vivienda;
4. Registrar, controlar y evaluar las organizaciones constituidas con el apoyo del Instituto y mantener el padrón actualizado;
5. Formular los programas de difusión de las acciones de vivienda que realice el Instituto;
6. Realizar estudios necesarios que permitan determinar y sugerir las acciones y modalidades de vivienda que se requieran;
7. Integrar a los grupos solicitantes de vivienda, que correspondan homogéneamente a los rangos y requisitos del Instituto;
8. Coordinar y realizar las actividades que propicien que los beneficiarios con acciones de vivienda, se integren socialmente en grupos organizados;
9. Coordinar y llevar a cabo los programas que permitan evaluar las acciones de vivienda ejecutadas por el Instituto;
10. Elaborar en coordinación con las demás áreas, el padrón de lotes desocupados de los fraccionamientos que se encuentren dentro de los programas o directrices del Instituto;
11. Elaborar, promover y ejecutar los programas de capacitación que se requieran para organizar, consolidar y concientizar a la población que pueda ser sujeta de crédito por parte del Instituto;
12. Asesorar y capacitar en materia de organización social a la ciudadanía que solicite servicios de vivienda o que en su caso requiera la intervención del Instituto;
13. Promocionar los programas y objetivos del Instituto entre la población; y
14. Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General, para el cumplimiento de los fines del Instituto.
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965DFFCE95B397A59C3E516E4F068B2A202301/01/202331/03/2023COORDINACION SOCIALAUXILIARAUXILIARCOORDINACION SOCIALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A).Apoyo en la implementación de actividades que propicien la participación organizada de los beneficiarios en los programas de vivienda;
B). Apoyo en el Registro, control y evaluación de las organizaciones constituidas con el apoyo del Instituto y mantener el padrón actualizado;
C). Apoyo en la Integración de las solicitudes de vivienda, que correspondan homogéneamente a los rangos y requisitos del Instituto;
D). Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General, para el cumplimiento de los fines del Instituto.
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8A7E04B33F11B12FE242EAFE69E641E7202301/01/202331/03/2023COORDINACION SOCIALSUPERVISORSUPERVISORCOORDINACION SOCIALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A).Apoyo en la implementación de actividades que propicien la participación organizada de los beneficiarios en los programas de vivienda;
B). Apoyo en el Registro, control y evaluación de las organizaciones constituidas con el apoyo del Instituto y mantener el padrón actualizado;
C). Apoyo en la Integración de las solicitudes de vivienda, que correspondan homogéneamente a los rangos y requisitos del Instituto;
D). Promocionar los programas y objetivos del Instituto entre la población; y
E). Las demás funciones que le confiera el Consejo Directivo o el Director General, para el cumplimiento de los fines del Instituto.
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BA139407A4918EB1B45CDF5B803731B9202301/01/202331/03/2023COORINACION TECNICACOORDINADORCOORDINADOR TECNICODIRECCION GENERALDecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.1. Detectar y promover la adquisición de reservas territoriales susceptibles de aprovechamiento para lograr los objetivos del Instituto;
2. Realizar o contratar los estudios de factibilidad técnica, así como los proyectos ejecutivos, diseños, calendarización y presupuesto de las obras de urbanización y construcción que sean necesarias para el desarrollo de las acciones de vivienda;
3. Gestionar ante las Dependencias y Autoridades competentes, la obtención de permisos y licencias que se requieran para el desarrollo de los programas del Instituto;
4. Proporcionar al Área Jurídica los elementos necesarios para la elaboración de los contratos que celebre el Instituto;
5. Llevar a cabo, en coordinación con el Área Jurídica, las licitaciones de obra, en los términos de la Ley respectiva y el presente Reglamento;
6. Remitir al Área Jurídica la documentación relativa a las áreas de donación que se deben entregar al Municipio en los términos de la Ley de Fraccionamientos para los Municipios del Estado de Guanajuato;
7. Supervisar y verificar los avances físicos, en concordancia con los recursos financieros aplicados de las obras que realice el Instituto;
8. Controlar, supervisar y verificar las obras que se ejecuten con recursos del Instituto a través de promotores o constructores externos;
9. Acudir a la entrega-recepción de las obras que realicen los promotores o constructores externos, verificando que estas se cumplan en los términos de los contratos celebrados;
10. Formular el acta de terminación de obras que realice el Instituto, por sí o a través de contratistas;
11. Calcular el monto de las fianzas y garantías que deban exigirse para el cumplimiento de las obras contratadas, y dar cuenta de ello al Área Administrativa-Financiera;
12. Elaborar y actualizar el registro de constructores y promotores de vivienda en el Municipio;
13. Elaborar los expedientes técnicos de los fraccionamientos y desarrollos de programas de vivienda que promueva el Instituto, pudiendo contratar servicios externos cuando el caso lo amerite con previa aprobación del Consejo Directivo;
14. Dictaminar costos y presupuestos de las acciones y programas de vivienda en los que intervenga el Instituto, y;
15. Las demás que establezca la normatividad aplicable o que le sean conferidas por el Consejo Directivo o el Director General.
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39CA74F8A5F1EED4A26FBB4F4679330C202301/01/202331/03/2023COORINACION TECNICASUPERVISORSUPERVISOR TECNICOCOORDINACION TECNICADecreto de creacion; del Instituto Muncipal de vivienda del Muncipio de Celaya, Guanajuato. Art. 4. fracción II, Art. 43.A).Supervisar y verificar los avances físicos, en concordancia con los recursos financieros aplicados de las obras que realice el Instituto;
B).Controlar, supervisar y verificar las obras que se ejecuten con recursos del Instituto a través de promotores o constructores externos;
C). Acudir a la entrega-recepción de las obras que realicen los promotores o constructores externos, verificando que estas se cumplan en los términos de los contratos celebrados;y;
D) Las demás que establezca la normatividad aplicable o que le sean conferidas por el Consejo Directivo o el Director General.
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