| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | |
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2 | Título | Nombre corto | Descripción | |||||||||||||||||||||||
3 | Estructura Orgánica | LGT_65_II.1 | Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. | |||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) | Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) | Área de adscripción inmediata superior | Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) | Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) | Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualiza(n) la información | Fecha de actualización | Nota | ||||||||||||
8 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Despacho de la Secretaría | Secretario (a) de Estado | Secretario (a) de Desarrollo Económico | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico. Capítulo Primero, Artículos 9, 10 y 11 fracciones de la I-XLII y Manual de Organización Fracciones de la I-XLII | Artículo 9. La o el Secretario tendrá las facultades necesarias para cumplir con las atribuciones que le confieran las leyes, reglamentos u otras disposiciones jurídicas que le resulten aplicables o que se le asignen a la Secretaría. Artículo 10. El estudio, planeación, trámite y resolución de los asuntos que son competencia de la Secretaría, así como su representación, corresponden originalmente al o la Titular de la dependencia, quien para su mejor atención y despacho, ejercerá las facultades que por disposición de la Ley o del presente Reglamento, deban ser ejercidas en forma directa por dicho Titular, respecto de las demás, podrá delegarlas como facultades de los servidores públicos subalternos, sin perder por ello la posibilidad de ejercerlas personalmente. Para la delegación de facultades no se requerirá más formalidad que la de un acuerdo expreso, transitorio y limitado suscrito por quien ocupe la Titularidad de la dependencia. Artículo 11. La o el Secretario tendrá las siguientes facultades: I. Organizar el diseño, estructura, conducción, evaluación y seguimiento de las políticas y programas de desarrollo, promoción, fomento económico y competitividad, en materia de emprendimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como el comercio interior y exterior y abasto; II. Establecer los instrumentos y mecanismos que permitan el desarrollo de los sectores motores del Estado, supervisar el desarrollo del sector empresarial, así como coordinar las acciones para el desarrollo logístico del Estado que consoliden la infraestructura física del sistema comercial y de abasto; III. Emitir la política estatal de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su competitividad y proyección en los mercados estatal, nacional e internacional, para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social; IV. Coordinar con las dependencias Federales, Estatales y Municipales competentes el apoyo a productores para la comercialización de bienes y servicios de consumo básico; así como supervisar la adecuada implementación de los apoyos económicos que sean canalizados a los emprendedores; V. Autorizar las estrategias que faciliten el abastecimiento, industrialización, distribución y comercialización de productos básicos agroindustriales, forestales, artesanales y en general lo producido en el Estado que coadyuven al incremento de la productividad y competitividad de la entidad; VI. Dirigir las acciones y modelos asociativos locales, regionales, nacionales e internacionales para la integración y consolidación de cadenas de valor que fomenten el incremento de la competitividad empresarial en el Estado con visión a largo plazo y propicien el equilibrio económico de las diferentes regiones de la entidad; VII. Coordinar, en conjunto con los organismos competentes, el desarrollo de las líneas estratégicas para la innovación y el desarrollo empresarial, así como fomentar la innovación, el uso de la tecnología y desarrollo de marcas y patentes en las empresas, organizaciones y sectores productivos estratégicos del Estado; VIII. Designar a las o los representantes de la Secretaría ante las comisiones, congresos, organizaciones e instituciones municipales, nacionales e internacionales en los que participe la misma; IX. Coordinar el funcionamiento de la Comisión Estatal de Competitividad, entre los Gobiernos Federal, Estatal y Municipales, al igual que promover e incentivar la cooperación de los sectores público y privado para lograr el desarrollo empresarial y mayor competitividad; X. Autorizar las estrategias de vinculación con instituciones de educación superior y media superior para promover el emprendedurismo con la finalidad de orientar al sector productivo, de manera que se cree un plan estatal de capacitación y mejora continua; así como dirigir la evaluación periódica de los centros de atención al sector productivo, y en su caso, proponer las estrategias pertinentes para apoyar el incremento de las actividades que contribuyan al desarrollo económico del Estado; XI. Establecer la coordinación con las cámaras, asociaciones y representaciones del sector empresarial promoviendo el desarrollo económico del Estado en conjunto con las micro, pequeñas y medianas empresas, y definir los programas específicos que promuevan el comercio exterior e interior, abasto y servicios que coadyuven al fomento económico de la entidad; XII. Coordinar la realización de estudios que determinen las necesidades de nuevos centros de abasto y comercio en el Estado así como recomendar a las autoridades competentes la construcción de nuevos centros de abasto que faciliten la comercialización de productos en el Estado; XIII. Dirigir las acciones de planeación encomendadas por la o el titular del Ejecutivo y promover la participación de los sectores social y privado en la formulación de los planes responsabilidad de esta Secretaría, así como en la evaluación de los mismos; XIV. Presidir los subcomités de promoción y fomento económico, así como vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente para la integración de expedientes técnicos de los proyectos que ejecute la Secretaría; XV. Diseñar y operar un sistema permanente de medición, evaluación y seguimiento de la ejecución de las metas fijadas de la Secretaría, así como coordinar las acciones que se deriven de los acuerdos y convenios con la federación y los municipios, definiendo los programas y proyectos de inversión que ejecutarán los Órganos Auxiliares del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo; XVI. Determinar las variables económicas del Estado que permitan evaluar y prospectar el desarrollo económico de la entidad, estableciendo estrategias y recomendaciones que permitan medir el impacto de los programas y acciones que se desarrollen de acuerdo al ámbito de competencia; XVII. Establecer la elaboración de proyectos del flujo de inversiones que sustentan el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Sectorial correspondiente; XVIII. Coordinar la elaboración de análisis, estudios y proyectos para el desarrollo económico, incluyendo los referidos a la construcción de infraestructura económica y productiva; XIX. Establecer los lineamientos y parámetros de los programas de aplicación, desarrollo o ejecución de los estudios y proyectos aprobados; XX. Motivar, cuando así se le requiera, los procesos de licitación de las obras públicas, presentando, en tiempo y forma, las aclaraciones correspondientes a las especificaciones técnicas, conceptos de obra e ingeniería de detalle que soliciten los licitantes, en el ámbito de su competencia; XXI. Coordinar la realización de convenios de colaboración con dependencias, organismos y entidades de la federación, de otros estados y de los municipios en general, con los poderes legislativo y judicial, así como con instituciones académicas y con los sectores social y privado, nacionales o extranjeros, para la generación y difusión de los procesos de información económica y de mercados; XXII. Coordinar las acciones que permitan recabar información de los nichos de mercado y canales de comercialización a los productos que se generen en el Estado, así como identificar demandas que puedan dar pauta a proyectos de inversión de proveeduría de dicha demanda; XXIII. Administrar y mantener actualizado el padrón de tiendas de auto servicio, departamentales y mayoristas; XXIV. Normar y desarrollar los lineamientos conceptuales, de organización y de operación necesarios para la integración del Sistema de Información Económica y de Mercado de Quintana Roo, y su vinculación con otros sistemas o centros de información, tanto públicos como privados; XXV. Formular los programas sectoriales en materia de artesanías con base en las disposiciones legales que determine quien ocupe la titularidad del ejecutivo estatal, así como ejercer las atribuciones y funciones contenidos en los Convenios suscritos entre las administraciones públicas federal, estatal y municipal que correspondan en materia artesanal; XXVI. Establecer los programas de desarrollo artesanal, vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados, en coordinación con las Dependencias competentes en la materia, así como con la participación de otras instancias del sector público y privado, de las etnias y de los grupos involucrados; XXVII. Dirigir la coordinación entre las cámaras, asociaciones y representaciones del sector empresarial, con la banca de desarrollo, cooperativas, sector social y otras instancias en materia de fomento artesanal; XXVIII. Desarrollar la política en materia de inversión público privada y social, así como la atracción de inversiones y promover en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Planeación, y las demás instancias gubernamentales competentes en la materia, la implantación de los programas económicos que dan lugar a los estímulos fiscales y facilidades administrativas para el fomento de las actividades económicas en la entidad; XXIX. Autorizar, organizar y planear la realización ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional e internacional, vinculadas a la promoción de actividades industriales, comerciales, artesanales y económicas en general; XXX. Planear la reactivación económica de las zonas con menor nivel de desarrollo económico en el Estado, con base en los estímulos a las personas físicas o morales que realicen nuevas inversiones en esas zonas; XXXI. Autorizar contratos, reglas de operación y demás documentos legales que se requieran para que las MIPYMES reciban créditos a través de la creación de fideicomisos y demás instrumentos legales que sirvan de herramienta para ello; así como coordinar los apoyos orientados a los empresarios interesados en la obtención de financiamiento; XXXII. Establecer las acciones necesarias tendientes a la gestión y vinculación de las micro, pequeñas y medianas empresas del Estado para la obtención de fondos en coordinación con las instituciones financieras y de crédito; XXXIII. Emitir estrategias para financiar el desarrollo de proyectos productivos, así como para alcanzar tasas y condiciones preferenciales para el acceso al financiamiento y consolidación del sector empresarial; XXXIV. Administrar los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Secretaría, con sujeción a las políticas y normatividad que determine la o el Gobernador del Estado; XXXV. Aprobar los Manuales de Organización, de Procedimientos y de Trámites y Servicios necesarios para el funcionamiento de la Secretaría, previo registro de la SECOES; XXXVI. Autorizar la contratación del personal de la Secretaría, de los niveles no previstos dentro de los Lineamientos para regular el proceso de ingreso del personal a las dependencias de la administración pública central del Estado de Quintana Roo e instruir a la Dirección Administrativa y de Archivo, llevar a cabo el procedimiento establecido en dichos lineamientos sobre las propuestas que los directivos formulen para designar a las personas que deban cubrir las áreas de su competencia; XXXVII. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría y, en su caso, las modificaciones al mismo, debiendo presentarlo conforme lo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Público del Estado de Quintana Roo ante la SEFIPLAN; XXXVIII. Validar, emitir y proponer a la o el Titular del Poder Ejecutivo del Estado los proyectos de propuestas de las modificaciones y actualizaciones a las leyes, los acuerdos, reglas de operación de los programas a cargo de la Secretaría, reglamentos interiores, manuales de organización, de procedimientos, de procedimientos de trámites y servicios, convenios, contratos y demás disposiciones de carácter legal que sean competencia de la Secretaría, previo conocimiento de la unidad jurídica correspondiente; XXXIX. Designar al representante de la Secretaría en los procedimientos judiciales y administrativos en que se requiera su intervención y ejercitar todas las acciones inherentes a dichos procesos y procedimientos administrativos; XL. Emitir y coordinar los documentos jurisdiccionales que tengan por objeto la defensa de esta Secretaría; así como rendir los informes previos y justificados en los juicios de amparo en que tenga el carácter de autoridad responsable; así como conocer de los recursos administrativos que sean interpuestos conforme a derecho; XLI. Coordinar la celebración de los convenios, contratos, acuerdos, circulares, permisos, autorizaciones y demás documentos que emita u otorgue la Secretaría en las materias que sean de su competencia o por instrucción del Titular del Ejecutivo, dar seguimiento a los mismos y suscribir todo tipo de contratos, convenios, acuerdos de cooperación y colaboración, addendums, memorandums de entendimiento, y demás documentos que amerite con las diversas dependencias del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, así como con el sector privado y social, en los asuntos relacionados con las funciones de la Secretaría; y XLII. Emitir certificaciones de los documentos y expedientes que se generen al interior de la Secretaría u obren en sus archivos, relativos a los asuntos de su competencia, previo cotejo con sus originales. | https://drive.google.com/file/d/1khPevRfuisitX-thG8Il1w4ahC39sd1N/view?usp=share_link | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
9 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Despacho de la Secretaría | Auxiliar Administrativo (a) | Chofer de oficina | Despacho de la Secretaría | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
10 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Imagen Institucional y Prensa | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Imagen Institucional y Prensa | Despacho de la Secretaría | Manual de Organización. fracciones de la I-XII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Difundir a través de los medios de comunicación fotografías y boletines de las actividades oficiales del secretario (a) Subsecretarios y Direcciones de la Secretaría. II. Elaborar y diseñar estrategias de difusión. III. Atender las peticiones informativas de los medios de comunicación con relación a las actividades de la secretaría. IV. Proponer políticas de relaciones públicas con los medios de comunicación. V. Vigilar los impactos de la publicidad en periódicos, radio, televisión acerca de las actividades de la secretaria. VI. Elaborar síntesis informativa para el C. secretario. VII. Realizar la captura, revisión y edición de los actos y ceremonias cívicas en las que participe el titular para su difusión. VIII. Participar en coordinación con la Dirección Administrativa en las actualizaciones de la Pagina Web. GENÉRICAS IX. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servicios públicos de los entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia. X. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia. XI. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera. XII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera el jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1ot0vZ7_O4icpG9J2wwmDSHhwuawKW5RD/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
11 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Imagen Institucional y Prensa | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Despacho de la Secretaría | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
12 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Secretaría Particular | Secretario (a) Particular "A" | Secretario (a) Particular | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior. Capítulo segundo, Artículo 12, fracciones de la I-VII y Manual de Organización fracciones de la I-XVI | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 12. A la persona Titular de la Secretaría Particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes facultades: I. Apoyar a quien ocupe la titularidad de la Dependencia con motivo de la representación Institucional y/o del Gobierno del Estado. II. Colaborar en las reuniones con las cámaras empresariales, empresarios, público en general, instituciones de nivel medio y superior para la promoción de los programas que opera la Secretaría; III. Colaborar con el Departamento de Imagen Institucional y Prensa la logística de los eventos que presidirá quien ocupe la titularidad de la dependencia; IV. Elaborar la agenda de quien ocupe la titularidad de la Secretaría para llevar un control de las actividades que están programadas a desarrollarse; V. Coordinar en conjunto con la Unidad Administrativa correspondiente, los eventos y actos que den origen a la suscripción de los convenios, contratos o acuerdos que deba suscribir quien ocupe la titularidad de la dependencia; VI. Concentrar, canalizar y dar seguimiento a las solicitudes de información que lleguen a la Secretaría por parte de las diversas cámaras empresariales, empresas y público en general e instituciones de nivel medio superior y superior, turnándolas a la Unidades Administrativas competentes; y VII. Solicitar, concentrar y revisar los informes que las Unidades administrativas presentarán a quien ocupe la titularidad de la dependencia.I. Acompañar al C. Secretario con motivo de la representación institucional y/o del Gobierno del Estado; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS: I. Asignar a la o las Unidades Administrativas las representaciones de la Secretaría en diversas actividades e instituciones estatales, municipales, nacionales o internacionales en los que participe la misma. II. Coordinar las reuniones con cámaras empresariales, empresarios, público en general, instituciones de nivel medio y superior para la coordinación, desarrollo y promoción los programas que opera la Secretaría, así como con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal. III. Asignar, comunicar y facilitar la información de los programas de promoción, estudios, ferias, exposiciones, congresos y eventos que presidirá el o la Titular de la dependencia, que coordina en conjunto con las Unidades Administrativas correspondientes. IV. Elaborar y coordinar la agenda de él o la Titular de la Secretaría como un instrumento de diseño, estructura, conducción y evaluación para el seguimiento de las políticas y programas de desarrollo, promoción, fomento económico y competitividad. V. Programar en conjunto con la Unidad Administrativa correspondiente y una vez validado por la Dirección Jurídica, los eventos y actos para suscripción de convenios, contratos, adendum, memorándums de entendimiento, acuerdos y demás documentos que deba suscribir quien ocupa la titularidad de la dependencia. VI. Revisar en conjunto con la Unidad Administrativa correspondiente y con la Dirección Jurídica, los eventos y actos para suscripción de convenios, contratos, adendum, memorándums de entendimiento, acuerdos y demás documentos que deba suscribir quien ocupa la titularidad de la dependencia. VII. Asignar a las diferentes Unidades Administrativas las solicitudes de información que lleguen a la Secretaría por parte de las diferentes cámaras empresariales, empresas y público en general e instituciones de nivel medio superior y superior. | https://drive.google.com/file/d/1QIwREFcgR4mIXXJ-Arlu3400gAReXhVp/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
13 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Secretaría Particular | Analista Profesional | Analista Profesional | Secretaría Particular | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
14 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Administrativa y de Archivos | Director (a) | Director (a) Administrativa y de Archivos | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior. Capítulo Tercero, Artículo 18, fracciones de la I-XXIX y Manual de Organización fracciones de la I-XXXVI | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 18. A la Dirección Administrativa y de Archivo le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Coordinar y vigilar la aplicación de las políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes, para la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Secretaría; II. Administrar las cuentas bancarias de la Secretaría; III. Coordinar y administrar las actividades de selección, contratación, capacitación, motivación, desarrollo, sueldos y salarios del personal de la Secretaría, así como las relativas al mejoramiento de las condiciones de trabajo y la seguridad e higiene, de acuerdo a las políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes; IV. Aprobar los controles administrativos del manejo del personal adscrito a la Secretaría, conforme a las disposiciones aplicables; V. Coordinar con la autoridad administrativa competente, el otorgamiento del programa de estímulos y recompensas para el personal de la Secretaría, que determine el ordenamiento respectivo y las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar, verificar y supervisar y aprobar la aplicación de la normatividad en materia, en la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Secretaría. II. Validar los depósitos y autorizar los cargos girados mediante cheque o transferencia electrónica, a la cuenta bancaria de la secretaria. III. Supervisar y materializar la gestión de selección, contratación, capacitación, motivación, desarrollo, sueldos y salarios del personal de la Secretaría, así como las relativas al mejoramiento de las condiciones de trabajo y la seguridad e higiene, de acuerdo con las políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes. IV. Validar y supervisar los controles administrativos en el manejo del personal. V. Supervisar y validar la gestión del pago de los estímulos y recompensas para el personal de la Secretaría, que determine el ordenamiento respectivo y las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado; GENÉRICAS XXX. Revisar y supervisar en coordinación con la unidad administrativa, los cambios y/o actualizaciones de la normatividad en asuntos de competencia de la unidad administrativa XXXI. Organizar y supervisar la capacitación y control del personal a cargo de la dirección administrativa; XXXII. Elaborar, en coordinación con los subordinados y en apego a los lineamientos establecidos e instrucciones de su superior jerárquico, los anteproyectos del Reglamento Interior y manuales administrativos correspondientes a la dirección de su cargo; XXXIII. Coordinar y revisar, para mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; | https://drive.google.com/file/d/1svSETk3bnu-M66Qo2yY5qKA4sEfJ21Oy/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
15 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Administrativa y de Archivos | Asistente Ejecutivo (a) de Despacho | Asistente Ejecutivo (a) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
16 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Administrativa y de Archivos | Asistente Ejecutivo (a) de Despacho | Asistente Ejecutivo (a) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
17 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Administrativa y de Archivos | Analista Técnico (a) (CO) | Analista Técnico (a) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
18 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Recursos Materiales | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización, fracciones de la I-XII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Gestionar y suministrar los requerimientos de bienes y servicios solicitados por las Unidades Administrativas. II. Adquirir mediante proceso de adjudicación, los bienes y servicios solicitados por las Unidades Administrativas III. Controlar los bienes muebles inventariables, suministrados a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Desarrollo Económico IV. Proporcionar mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, autorizados para la operación de la Secretaría de Desarrollo Económico V. Asegurar, resguardar y supervisar que las unidades del parque vehicular se sometan a revisión o reparación, se haga correctamente y se conserven en buen estado, mediante la realización del mantenimiento preventivo y correctivo VI. Realizar la entrega de documentación oficial generada por las unidades administrativas VII. Participar como secretario técnico del Comité de Adquisiciones de la Secretaría GENÉRICAS VIII. Elaborar conforme a las actividades del Departamento de Recursos Materiales, los manuales administrativos correspondientes IX. Registrar y controlar los archivos generados en el Departamento de Recursos Materiales X. Distribuir las funciones delegadas al Departamento de Recursos Materiales entre el personal asignado al mismo. XI. Proporcionar la información solicitada a través de las plataformas de transparencia, con respecto a los asuntos que le competen al Departamento de Recursos Materiales. XII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe/a inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1qWfAXgP9wM42Kqhv1WxikX44Ncz_oEFY/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
19 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Auxiliar de Oficios | Auxiliar de Oficios | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
20 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Auxiliar de Mantenimiento | Auxiliar de Mantenimiento | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
21 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Auxiliar de Mantenimiento | Auxiliar de Mantenimientos | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
22 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Auxiliar Administrativo (a) | Auxiliar de Administrativo (a) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
23 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Secretario (a) | Secretaria (o) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
24 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Chofer de Oficina | Chofer de oficina | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
25 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Técnico en mantenimiento | Técnico en mantenimiento | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
26 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Materiales | Delegado (a) /Profesionista | Auxiliar de almacén | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
27 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Oficina de Control Vehicular | Jefe (a) de Oficina | Jefe (a) de Oficina de Control Vehicular | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización fracciones de la I-VIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Asegurar y resguardar las unidades del parque vehicular asignadas de la Secretaría de Desarrollo Económico II. Realizar el control y suministro de los servicios preventivos y correctivos de mantenimiento y reparación del parque vehicular de la Secretaría III. Llevar el inventario actualizado de las unidades vehiculares asignadas a la secretaría de desarrollo económico IV. Apoyar la entrega de documentación oficial generada por las unidades administrativas V. Realizar los requerimientos de bienes y servicios solicitados por las Unidades Administrativas GENÉRICAS VI. Generar los archivos que contengan la situación histórica y actual de cada una de las unidades vehiculares asignadas a la Secretaría de Desarrollo Económico. VII. Proporcionar la información que le soliciten con respecto a las unidades vehiculares asignados a la Secretaría de Desarrollo Económico VIII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe/a inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1TpIjpWglkKZ6AmDV_RuYlJFk1-4xRJEN/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
28 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Recursos Humanos | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización. fracciones de la I-XII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar y tramitar ante la Secretaría de finanzas y planeación la cuenta de nómina a través de la cual se realizan los depósitos de nómina para el personal. II. Vigilar el cumplimiento de las normas para el registro y control de puntualidad y asistencia de personal a efecto de elaborar la evaluación mensual, así como coordinar, revisar y tramitar la evaluación cuatrimestral que realizan las unidades administrativas al personal; los cuales determinan el ordenamiento respectivo y las condiciones generales de trabajo de los trabajadores al servicio del poder ejecutivo del estado. III. Elaborar y tramitar los controles administrativos del manejo del personal adscrito a la secretaría, conforme a las disposiciones aplicables. IV. Difundir, fomentar y tramitar con la autoridad administrativa competente las prestaciones y los servicios de carácter médico, económico, social, cultural, deportivo y recreativo a que tienen derecho los servidores públicos de la secretaría; V. Elaborar y tramitar el anteproyecto de presupuesto de egresos anual del capítulo 1000 de esta secretaría ante la secretaría de finanzas y planeación.; VI. Asesorar de manera técnica en asuntos relacionados al departamento de recursos humanos al jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera. VII. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el secretario, según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables GENÉRICAS VIII. Participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los diferentes entes de la administración pública estatal, en el ámbito de competencia. IX. Participar como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanan de dichas reuniones en el ámbito de competencia. X. Distribuir las actividades del área distribuyendo las cargas de trabajo adecuadamente para lograr la mayor eficiencia del personal bajo el cargo del departamento de recursos humanos. XI. Mantener actualizada la información contenida dentro del sistema de entrega y recepción en línea (SENTRE) del departamento de recursos humanos. XII. Proporcionar al titular del departamento de entrega, recepción y de archivo, y la unidad de transparencia y acceso a la información y protección de datos personales u homólogo, información a las solicitudes de acceso a la información que realiza la sociedad civil, así como subir los archivos de las fracciones que competen al departamento de recursos humanos a la plataforma de transparencia, protección de datos personales y de archivo. | https://drive.google.com/file/d/1ZWwyNW5V736Kkv7h9VhbgYjMnriacDkV/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
29 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
30 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
31 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Ayudante | Ayudante | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
32 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Humanos | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
33 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Oficina de Capacitación y Estímulo | Jefe (a) de Oficina | Jefe (a) de Oficina de Capacitación y Estímulo | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización fracciones de la I-VII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Realizar las actividades de capacitación, motivación y desarrollo del personal de la secretaría, así como las relativas al mejoramiento de las condiciones de trabajo de acuerdo a las políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes; II. Tramitar las actividades de capacitación, motivación y desarrollo del personal de la secretaría, así como las relativas al mejoramiento de las condiciones de trabajo de acuerdo a las políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes; III. Realizar con la autoridad administrativa competente las prestaciones y los servicios de carácter médico, económico, social, cultural, deportivo y recreativo a que tienen derecho los servidores públicos de la secretaría; IV. Tramitar con la autoridad administrativa competente las prestaciones y los servicios de carácter médico, económico, social, cultural, deportivo y recreativo a que tienen derecho los servidores públicos de la secretaría; V. Formular la agenda de cursos para el personal y notificar la programación de cursos de forma programada y equilibrada; GENÉRICAS VI. Participar en reuniones de trabajo con los Servidores Públicos de los diferentes entes de la Administración Pública Estatal, en temas de capacitación. VII. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el secretario, según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables. | https://drive.google.com/file/d/1x47vJDc9euIut59KCRg-5K5nbnhGxRtJ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
34 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Oficina de Prestaciones y Servicio al Personal | Jefe (a) de Oficina | Jefe (a) de Oficina de Prestaciones y Servicio al Personal | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de organización fracciones de la I-VII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Elaborar apegado a las normas el registro y control de puntualidad y asistencia de personal a efecto de elaborar la evaluación mensual, así como elaborar la evaluación cuatrimestral que realizan las unidades administrativas al personal; los cuales determinan el ordenamiento respectivo y las condiciones generales de trabajo de los trabajadores al servicio del poder ejecutivo del estado. II. Tramitar la evaluación cuatrimestral que realizan las Unidades Administrativas al personal; los cuales determinan el ordenamiento respectivo y las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado. III. Realizar los controles administrativos del manejo del personal adscrito a la secretaría, conforme a las disposiciones aplicables. IV. Asesorar de manera técnica en asuntos relacionados a las incidencias y estímulos al personal y proponer la resolución de los mismos cuando así se requiera. V. Desarrollar actividades para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la seguridad e higiene, de acuerdo a !as políticas establecidas por las leyes, decretos, reglamentos, lineamientos y acuerdos, en coordinación con las autoridades competentes; GENÉRICAS VI. Participar en reuniones de trabajo con los Servidores Públicos de los diferentes entes de la Administración Pública Estatal, en temas de incidencias y estímulos al personal VII. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el secretario, Según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables. | https://drive.google.com/file/d/1OO3FzBB0ddByrwttrxRusZEv9nxYn2Rc/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
35 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Financieros | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Recursos Financieros | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización. fracciones de la I-XVIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Realizar el presupuesto de egresos de la Secretaría de Desarrollo Económico. II. Participar con las Unidades Administrativas en la formulación, integración y aprobación de los programas que contengan el presupuesto de egresos. III. Ejecutar el presupuesto autorizado, vigilando que las operaciones presupuestales cumplan con las disposiciones de las normas vigentes. IV. Tramitar ante la Secretaría de Finanzas y Planeación, órdenes de ministración de viáticos, servicios básicos, gastos a comprobar, pago directo a proveedor, órdenes de compra, recuperación de gastos y reposición de fondos revolventes. V. Comprobar el suministro mensual de combustible asignado a la Dependencia. VI. Realizar controles financieros de los gastos generados por la Dependencia. VII. Comprobar los recursos otorgados para la operación de las Unidades Administrativas. VIII. Seguir el pago de los compromisos adquiridos por las adquisiciones de materiales y servicios generados por la Dependencia. IX. Archivar la cuenta pública de la Dependencia. X. Elaborar cheques y pagos a través de transferencias bancarias. XI. Generar controles financieros de los gastos generados por la Dependencia. XII. Tramitar la reposición de los fondos revolventes asignados a la Dependencia. XIII. Presentar el anteproyecto de presupuesto de egresos anual al titular de la Secretaría de Desarrollo Económico. XIV. Asesorar a las Unidades Administrativas en la formulación, integración y aprobación de los programas que contengan el presupuesto de egresos. GENÉRICAS XV. Notificar las firmas autorizadas para administrar el ejercicio del presupuesto autorizado en curso, ante las áreas competentes de la Secretaria de Finanzas y Planeación. XVI. Ratificar a las instituciones bancarias, las firmas autorizadas al inicio del ejercicio fiscal, para el trámite de cheques, transferencias bancarias y estados de cuenta. XVII. Formular, conforme a los lineamientos establecidos, los anteproyectos del Reglamento Interior y manuales administrativos del Departamento de Recursos Financieros. XVIII. Realizar reportes para dar cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Quintana Roo (Avance de Gestión Financiera), Formato Evaluatorio del Sistema de Integración Programática y Presupuestal (FESIPPRES), y generar reportes para la entrega y recepción de Unidades Responsables. | https://drive.google.com/file/d/1HQTjy0bayzyBkrJoudpmizlKu7P4RQiV/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
36 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Financieros | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
37 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Recursos Financieros | Analista profesional | Analista Profesional | Dirección Administrativa y de Archivos | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
38 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Cómputo y Sistemas | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Cómputo y Sistemas | Dirección Administrativa y de Archivo | Manual de Organización. fracciones de la I-XVI | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Proporcionar asesoría y capacitación al personal en el uso de los equipos y sistemas de las tecnologías de la información, así como de los equipos de telefonía; II. Proporcionar el mantenimiento preventivo y correctivo básico del equipo de cómputo de las Unidades Administrativas de la Secretaría; III. Actualizar el software de aplicación, así como capacitar a los usuarios en el manejo de estos; IV. Conservar y administrar los programas de instalación, configuración y actualización de sistemas y equipos de cómputo y telefonía de la Secretaría; V. Conservar el resguardo para su administración, las licencias de los programas de instalación, configuración y actualización del software de aplicación de la Secretaría; VI. Atender y dar mantenimiento al sistema de red de voz y datos de la Secretaría, así como proporcionar la asesoría y capacitación en el uso del servicio de Internet; VII. Atender y dar mantenimiento al sistema de telecomunicaciones de la Secretaría, así como vigilar el funcionamiento y actualización de este; VIII. Elaborar un diagnóstico de la situación del equipo de cómputo o telefonía de las Unidades Administrativas de la Secretaría en el caso de presentar problemas en el funcionamiento; IX. Solicitar los requerimientos necesarios en hardware para llevar a cabo el mantenimiento correctivo del equipo de cómputo o telefonía de las Unidades Administrativas de la Secretaría; X. Emitir el diagnóstico del mal funcionamiento por daño irreversible u obsolescencia de los equipos de cómputo o telefonía para la solicitud de baja por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; GENÉRICAS XI. Apoyar a la Coordinación General de Gobierno Digital, en los trabajos conjuntos que esta realice en la Dependencia, así como difundir sus logros, programas y proyectos al interior de la Secretaría; XII. Auxiliar y en su caso participar en los comités necesarios para la coordinación de trabajos inherentes a la administración de los recursos informáticos y servicios de las tecnologías de la información de la Secretaría; y XIII. Actualizar el sistema SENTRE (Entrega-Recepción) para el registro y control digital de la información y archivos generados por las actividades propias del puesto; XIV. Actualizar en su caso el sistema de Transparencia en el rubro de Comisiones Abiertas, para el informe de las actividades de las comisiones realizadas propias de las activades del puesto; XV. Actualizar el sistema de Declaraciones Patrimoniales que anualmente se lleva a cabo, derivado del manejo de recursos materiales propias de las actividades del puesto; XVI. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe/a inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1wTapVv36bqqBv7LW-eRWFg4R6DqRyqxy/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
39 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Entrega, Recepción y de Archivos | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Entrega, Recepción y de Archivos | Dirección Administrativa y de Archivos | Manual de Organización. Fracciones de la I-XIX | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Realizar las gestiones necesarias para que los actos de entrega y recepción de la Dependencia se lleven a cabo conforme a la normatividad; II. Asignar y proporcionar a los titulares del Sistema de Entrega Recepción de las Unidades Administrativas de la Dependencia, su nombre de usuario y contraseña; III. Realizar los oficios de solicitud de designación del representante de la Contraloría y Auditoria Superior del Estado de Quintana Roo, que participarán en las actas de modificación de base de datos del SENTRE en línea, baja y extravío de expedientes; IV. Formalizar con la notificación a los (as) Titulares de la Secretaría de la Contraloría, Secretaría de Finanzas y Planeación y Auditoría Superior del Estado, el acto protocolario de Entrega Recepción de las diferentes Unidades Administrativas de la Secretaría; V. Coordinar con el (a) servidor (a) público (a) saliente y entrante el acto protocolario de entrega recepción; VI. Brindar capacitación, asesoría y orientación a las Unidades de la Secretaría, en el manejo, operación y actualización del sistema electrónico implementado para los Procesos de Entrega y Recepción, así como supervisar las acciones que realicen estos (as) para el cumplimiento del proceso de entrega recepción conforme a la normatividad aplicable; VII. Enviar las Cartas Responsivas del SENTRE en Línea de los Servidores Públicos, obligados a cumplir con su Entrega y Recepción; VIII. Sistematizar, clasificar y organizar la actualización y resguardo del acervo documental del Archivo de la Secretaría en conjunto con las unidades administrativas de conformidad con la Ley General de Archivos, en concordancia con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo y a los criterios que emita el Archivo General del Estado y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como elaborar en coordinación con el grupo Interdisciplinario los criterios de valoración archivística; IX. Gestionar capacitación para el personal de las unidades administrativas de la Secretaría en materia de gestión documental y administración de archivos; X. Elaborar en coadyuvancia con el Grupo Interdisciplinario de la Secretaría, los criterios específicos y recomendaciones en materia de organización y conservación de archivos, cuando la especialidad del sujeto obligado así lo requiera; XI. Iniciar y formalizar la instalación del Sistema Institucional para la Administración de los Archivos (SIA) de la Secretaría; XII. Realizar evaluaciones periódicas sobre el funcionamiento y actualización del Sistema Institucional de Archivos de la Secretaría a fin de hacer más eficientes los procesos de gestión documental; XIII. Integrar en coordinación con el grupo Interdisciplinario el Programa Anual de Desarrollo Archivístico con el objeto de ser publicada en los reportes de obligaciones de transparencia de la Secretaría; XIV. Realizar el control y servicio de préstamo y consulta de los archivos de la Secretaría; y GENÉRICAS XVI. Asistir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado por sus superior jerárquico, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en ámbito de su competencia XVII. Mantener actualizado la información contenida dentro del Sistema de Entrega Recepción (SENTRE), de su Unidad Administrativa XVIII. Dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo XIX. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el secretario, según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables. | https://drive.google.com/file/d/1FAWPw9o9iTk4c3ObMKCRAKmsuLjInDgI/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
40 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales | Director (a) | Director (a) Jurídico (a) y de Transparencia. | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales | Reglamento Interior. Artículo 19 fracciones I-XVI y Manual de Organización Fracciones de la I-XVII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 19. A la Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Supervisar y coordinar el seguimiento a los acuerdos, reglamentos interiores, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos aplicables; II. Proponer modificaciones y actualizaciones a las leyes, al reglamento interior, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de carácter legal que sean competencia de la Secretaría; III. Fungir como representante de la Secretaría en todas las controversias judiciales o administrativas en que tenga interés jurídico o sea parte, con todas las facultades generales y especiales que se requieran, conforme a la ley; así como ejercitar todas las acciones inherentes a dichos procesos y procedimientos administrativos; IV. Promover los documentos jurisdiccionales que tengan por objeto la defensa de esta Secretaría; así como rendir los informes correspondientes ante la autoridad responsable; y conocer de los recursos administrativos; V. Intervenir con la representación que le confiere este mismo artículo, en los juicios de amparo en que el o la Titular de la dependencia o las Unidades Administrativas de la Secretaría, conjunta o separadamente, sean señaladas como autoridades responsables, elaborando los informes previo o justificado, así como ofrecer pruebas, interponer los recursos y contestar los requerimientos efectuados; VI. Denunciar y querellarse ante las autoridades correspondientes por los hechos ilícitos que así lo ameriten y que sean de competencia de la Secretaría o afecten su patrimonio; VII. Integrar e instrumentar la normatividad que regule, coordine y dé seguimiento a los subcomités de promoción y fomento económico; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar la implementación de acuerdos, reglamentos interiores, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos aplicables. II. Proponer las modificaciones y actualizaciones a las leyes, al reglamento interior, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de carácter general de la Secretaría. III. Supervisar la elaboración de los instrumentos jurídicos para ejercer la representación de la Secretaría en todas las controversias judiciales o administrativas en que tenga interés jurídico o sea parte. IV. Coordinar la emisión de los documentos jurisdiccionales que tengan por objeto la defensa de esta Secretaría; así como elaborar los informes correspondientes. V. Fungir como representante en los juicios de amparo en que el o la Titular de la dependencia o las Unidades Administrativas de la Secretaría, conjunta o separadamente, sean señaladas como autoridades responsables. VI. Supervisar la elaboración de las proyecciones normativas que regulen, coordinen y den seguimiento a los subcomités de promoción y fomento económico. VII. Representar a la o el titular de la Secretaría al interior de los comités técnicos, comisiones y órganos de fomento establecidos para el desarrollo económico y competitividad. GENÉRICAS XIV. Coordinar la formulación, revisión y emisión de opiniones respecto de todos y cada uno de los instrumentos jurídico-normativos que apliquen y regulen las atribuciones de la Secretaría. XV. Supervisar el cumplimiento de las solicitudes de acceso a la información, así como la actualización de la información pública obligatoria de esta Secretaría. XVI. Coordinar y dar seguimiento a la aplicación de las disposiciones previstas en la Ley de protección de datos personales con el apoyo y coordinación del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo. | https://drive.google.com/file/d/1Vk8yziuWwiLFXPP8_VUZk_-AoaQ-DYnZ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
41 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Analista Técnico(a) | Analista Técnico(a) | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
42 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento Jurídico y de >Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento Jurídico y de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Manual de Organización. fracciones de l-XVIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Dar seguimiento a la implementación de acuerdos, reglamentos interiores, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos aplicables. II. Elaborar modificaciones y actualizaciones a las leyes, al reglamento interior, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de carácter legal que sean competencia de la Secretaría. III. Proyectar los instrumentos jurídicos para ejercer la representación de la Secretaría en todas las controversias judiciales o administrativas en que tenga interés jurídico o sea parte, con todas las facultades generales y especiales que se requieran, conforme a la ley; así como ejercitar todas las acciones inherentes a dichos procesos y procedimientos administrativos. IV. Proyectar los documentos jurisdiccionales que tengan por objeto la defensa de esta Secretaría; así como elaborar los informes correspondientes ante la autoridad responsable. V. Asistir en representación en los juicios de amparo en que el o la Titular de la dependencia o las Unidades Administrativas de la Secretaría, conjunta o separadamente, sean señaladas como autoridades responsables, elaborando los informes previo o justificado, así como ofrecer pruebas, interponer los recursos y contestar los requerimientos efectuados. VI. Elaborar las Denuncias y querellas ante las autoridades correspondientes por los hechos ilícitos que así lo ameriten y que sean de competencia de la Secretaría o afecten su patrimonio VII. Elaborar los proyectos normativos que regulen, coordinen y den seguimiento a los subcomités de promoción y fomento económico. VIII. Apoyar, y en su caso, asistir en representación del titular de la Secretaría dentro de los comités técnicos, comisiones y órganos de fomento establecidos para el desarrollo económico y competitividad. IX. Apoyar en la elaboración de los Proyectos normativos de los centros de atención al sector productivo y someterlos a consideración de quien ocupe la Titularidad de la Dirección. X. Elaborar los Proyectos normativos de los centros de atención al sector productivo y someterlos a consideración de quien ocupe la Titularidad de la Dirección. XI. Almacenar, conforme a la normatividad aplicable a los archivos, los convenios, contratos, acuerdos, circulares, permisos, autorizaciones y demás documentos que emita u otorgue la Secretaría cuando hayan sido validados respecto a los aspectos jurídicos. XII. Apoyar en la elaboración de copias certificadas de los documentos que se generen al interior de la Secretaría u obren en sus archivos, relativos a los asuntos de su competencia, previo cotejo con sus originales. XIII. Atender las consultas, asesorías, así como investigar sobre los asuntos que las demás unidades administrativas de la Secretaría le planteen a la dirección, o le sean encomendados por el o la Titular de la dependencia, indicando los trámites legales a seguir. XIV. Proyectar las opiniones respecto de las propuestas de normatividad que sean sometidas a consideración de la dirección, con el fin de emitir los proyectos de los instrumentos legales que al efecto correspondan. GENÉRICAS XV. Elaborar las Denuncias y querellas ante las autoridades correspondientes por los hechos ilícitos que así lo ameriten y que sean de competencia de la Secretaría o afecten su patrimonio. XVI. Elaborar las opiniones respecto de todos y cada uno de los instrumentos jurídico- normativos que apliquen y regulen las atribuciones de la Secretaría. XVII. Atender y dar seguimiento a las solicitudes de acceso a la información, así como la actualización de la información pública obligatoria de esta Secretaría. XVIII. Realizar la aplicación de las disposiciones previstas en la Ley de protección de datos personales con el apoyo y coordinación del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo. | https://drive.google.com/file/d/1M0rqUcpo61D31WTd9FYueC-ktjmixoRJ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
43 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento Jurídico | Analista | Analista | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
44 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento Jurídico | Auxiliar de Oficios | Auxiliar de Oficios | Dirección Jurídica y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
45 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento Artesanal | Director (a) | Director (a) de Fomento Artesanal | Subsecretaría de Promoción Económica | Reglamento Interior Capítulo Tercero Artículo 13 fracciones de la I-VI y Manual de Organización Fracciones de la I-XVIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 13. A la Dirección de Fomento Artesanal, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Supervisar y promover los programas sectoriales en materia de artesanías con base en las disposiciones legales aplicables, así como ejercer las atribuciones y funciones contenidos en los Convenios suscritos entre las administraciones públicas federal, estatal y municipal que correspondan en materia artesanal; II. Proponer y coordinar el desarrollo de los programas en materia artesanal vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados, en coordinación con las Dependencias competentes, con la participación de otras instancias del sector público y privado, de las etnias y de los grupos involucrados; III. Fungir como instancia de coordinación entre las cámaras, asociaciones y representaciones del sector empresarial, con la banca de desarrollo, cooperativas, sector social y otras instancias en el desarrollo de actividades en materia de fomento artesanal; IV. Administrar y mantener actualizado el padrón de productores artesanales; V. Formular y ejecutar las acciones, programas y estudios que faciliten el desarrollo, la capacitación, promoción y la comercialización de productos artesanales producidos en el Estado de Quintana Roo; y DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Supervisar y promover los programas sectoriales en materia de artesanías con base en las disposiciones legales aplicables, así como ejercer las atribuciones y funciones contenidos en los Convenios suscritos entre las administraciones públicas federal, estatal y municipal que correspondan en materia artesanal; II. Proponer y coordinar el Desarrollo de los programas en materia artesanal y vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados, en coordinación con las Dependencias competentes, con la participación de otras instancias del sector público y privado, de las etnias y de los grupos involucrados; III. Fungir como instancia de coordinación entre las cámaras, asociaciones y representaciones del sector empresarial con la banca de desarrollo, cooperativas, sector social y otras instancias en el desarrollo de actividades en materia de fomento artesanal; IV. Administrar y mantener actualizado el padrón de productores artesanales; V. Formular y ejecutar las acciones, programas y estudios que faciliten el desarrollo, la capacitación, promoción y la comercialización de productos artesanales producidos en el Estado de Quintana Roo; GENERICAS: X. Intervenir en la capacitación y control del personal a su cargo; así como organizar las actividades del área distribuyendo las cargas de trabajo adecuadamente para lograr la mayor eficiencia del personal bajo sus órdenes; XI. Coordinar el desarrollo de las actividades técnicas y administrativas, de la Dirección a su cargo; XII. Supervisar y mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas a su Dirección; XIII. Colaborar con el Titular del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo, y la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales u homólogo en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo; | https://drive.google.com/file/d/1Qzx96LvYvCnPkB_9-BTgfFOz44fhK2Ku/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
46 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento Artesanal | Diligenciero (a) | Diligenciero (a) | Dirección de Fomento Artesanal | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
47 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento Artesanal | Analista Técnico (a) | Analista técnico (a) | Dirección de Fomento Artesanal | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
48 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Planeación y Desarrollo Artesanal | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Planeación y Desarrollo Artesanal | Dirección de Fomento Artesanal | Manual de Organización Fracciones de la I-XIV | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Compilar y actualizar el padrón de productores artesanales del estado, registrando además de sus datos personales, su ubicación, y medios de contacto, las ramas artesanales activas y los productos que realizan. II. Consolidar la producción artesanal con base en la elaboración de estudios de diagnósticos socioeconómicos a las personas artesanas, para determinar sus capacidades y necesidades y las del sector que requieren de atención; III. Realizar y ejecutar el programa de capacitación para consolidar técnicas de producción, diversificación, diseño de productos, comercialización y manejo empresarial, IV. Proporcionar asesoría y asistencia técnica a los productores artesanales en la elaboración de sus proyectos y en la gestoría de apoyos; V. Apoyar en la organización de artesanos tanto para la producción como para la comercialización de sus productos, a través de la ejecución de concursos, eventos y ferias, que permitan la promoción y comercialización de las artesanías que se elaboran en el Estado en coordinación con Dependencias y Organismos que promuevan al sector artesanal. VI. Compilar información de instituciones y organismos de apoyo para el financiamiento y desarrollo de proyectos artesanales; VII. Promover y consolidar el desarrollo de proyectos artesanales; VIII. Proponer y ejecutar concursos, eventos y ferias, que permitan la promoción y comercialización de las artesanías que se elaboran en el Estado en coordinación con Dependencias y Organismos que promuevan al sector artesanal. IX. Integrar y Mantener actualizados los expedientes Técnicos de los proyectos desarrollados por el Departamento a su cargo; GENÉRICAS X. Integrar y mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas a su cargo; XI. Colaborar con el Titular del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo, y la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales u homólogo en la generación de información para el trámite de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo; XII. Proporcionar información a su superior inmediato para la construcción de la matriz de indicadores para resultados, de conformidad con las guías establecidas; así como participar en la elaboración de los programas Presupuestarios del área de su adscripción. XIII. Participar en las acciones y actividades inherentes implementadas en el Protocolo para la prevención, atención y sanción para los casos de acoso sexual, hostigamiento y aprovechamiento sexuales; XIV. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el director de Fomento Artesanal, según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables. | https://drive.google.com/file/d/1uSZbbPh_scsrsz6JDFqiI2UufsBcxrCB/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
49 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Planeación y Desarrollo Artesanal | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección de Fomento Artesanal | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
50 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Planeación y Desarrollo Artesanal | Auxiliar de Oficios | Auxiliar de Oficios | Dirección de Fomento Artesanal | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
51 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Planeación y Desarrollo Artesanal | Técnico (a) en informática | Técnico (a) en informática | Dirección de Fomento Artesanal | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
52 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Director (a) | Director (a) de Industria y Atracción de Inversiones | Subsecretaría de Promoción Económica | Reglamento Interior Capítulo Tercero, Artículo 14, fracciones de la I-VIII y Manual de Organización Fracciones de la I-XV | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 14. A la Dirección de Industria y Atracción de Inversiones le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Promover la política en materia de inversión público privada y social, así como la atracción de inversiones y fomentar su aplicación en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Planeación, y las demás instancias gubernamentales en la materia; II. Proponer los programas económicos que dan lugar a los estímulos fiscales y facilidades administrativas para el fomento de las actividades económicas en la entidad; III. Programar las ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional e internacional, vinculadas a la promoción de actividades industriales, comerciales, artesanales y económicas; así como promover la inversión y el desarrollo Económico del Estado mediante actividades y acciones que permitan fortalecer las ventajas competitivas del sector industrial y el desarrollo de los programas en materia de desarrollo industrial; IV. Difundir, publicitar y ejecutar los eventos, ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional e internacional, vinculadas a la promoción de actividades industriales, comerciales, artesanales y económicas en general, así como participar en los mismos en los términos que encomiende el o la Secretaria; V. Colaborar con los sectores público, privado y social para realizar las ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional e internacional, vinculadas a la promoción de actividades industriales, comerciales, artesanales y económicas en general; VI. Analizar y proponer las medidas que permitan la reactivación económica de las zonas con menor nivel de desarrollo económico en el Estado, con base en los estímulos a las personas físicas o morales que realicen nuevas inversiones en esas zonas; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Diseñar y coordinar estudios que propicien la atracción de inversiones y el aumento de la competitividad del estado; II. Desarrollar y proponer “programas económicos” que propicien y faciliten la atracción de Inversiones nacionales y extranjeras hacia el estado. III. Promover las oportunidades de inversión detectadas en los diferentes municipios o regiones del estado. IV. Promover nacional e internacionalmente las ventajas comparativas y competitivas del Estado para atraer inversiones. V. Informar, asesorar y brindar atención a inversionistas potenciales para el desarrollo de sus proyectos de inversión en la Entidad. GENÉRICAS IX. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; X. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XI. Proponer a su jefe inmediato, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Reglas de Operación de Programas, Decretos, Acuerdos y órdenes en los asuntos de su competencia; XII. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; XIII. Dar respuesta oportunamente a las solicitudes de la Unidad de Enlace en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del estado de Quintana Roo; | https://drive.google.com/file/d/11uC8kwze5KEbtYgm_xfmXPK8YG4OvIbx/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
53 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Secretario (a) Ejecutivo (a) de Despacho | Secretario (a) Ejecutivo (a) de Despacho | Despacho de la Secretaría | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
54 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Desarrollo Industrial | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Desarrollo Industrial | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Manual de Organización Fracciones de la I-X | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Proponer con la participación de las Unidades Administrativas correspondientes, objetivos, estrategias y políticas para fortalecer el desarrollo industrial del Estado. II. Apoyar a empresarios interesados en invertir en el Estado en el proceso de formación, establecimiento y operación de su empresa, así como ofrecerles información acerca de las regiones del Estado con mejores condiciones de inversión. III. Proponer la participación de los sectores social y privado de la entidad, en la formulación y ejecución de programas y proyectos integrales de desarrollo industrial. IV. Proponer acciones y alternativas de solución a la problemática detectada en materia industrial. V. Promover en el sector industrial sobre los programas federales, estatales y municipales de apoyo a dicho sector. VI. Informar al sector empresarial estatal en la promoción de las oportunidades de negocios a través de su participación en eventos de promoción, foros, ferias y exposiciones nacionales e internacionales; GENÉRICAS VII. Supervisar y mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; VIII. Dar respuesta oportunamente a las solicitudes de la Unidad de Enlace en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del estado de Quintana Roo; IX. Proponer a su jefe inmediato, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Reglas de Operación de Programas, Decretos, Acuerdos y órdenes en los asuntos de su competencia; X. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le indique su inmediato superior. | https://drive.google.com/file/d/1OB53YauITb6WvdytYGJHP1OQkiZ3Ls5J/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
55 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Seguimiento de Programas de Promoción Económica Zona Norte | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Seguimiento de Programas de Promoción Económica Zona Norte | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Manual de Organización Fracciones de la I-IX | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Apoyar en coordinación con la dirección de industria y atracción de inversiones el desarrollo de ferias, exposiciones y congresos. II. Difundir en coordinación con la dirección de industria y atracción de inversiones las ferias, exposiciones y congresos de carácter local, nacional e internacional, vinculados a la promoción de actividades industriales. III. Apoyar a los sectores públicos, privados y sociales en la en la organización de ferias, exposiciones y congresos, de carácter local nacional e internacional. IV. Calendarizar en ferias y exposiciones de carácter local nacional e internacional especializadas en la atracción de inversiones con la finalidad de difundir las ventajas de establecerse en el Estado. V. Integrar y mantener actualizado el padrón de empresarios participantes en ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional e internacional GENÉRICAS VI. Apoyar en la elaboración de la matriz de indicadores de resultados o su homólogo de la dirección a su adscripción VII. Mantener permanentemente actualizados los expedientes de la labor desarrollada por su departamento VIII. Integrar y mantener actualizados los expedientes Técnicos de los proyectos desarrollados, así como la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; IX. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1h1yojRKN4IeZf1Qi_T-_3OwuUSgXdL0N/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
56 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Seguimiento de Programas de Promoción Económica Zona Norte | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
57 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Seguimiento de Programas de Promoción Económica Zona Norte | Analista | Analista | Dirección de Industria y Atracción de Inversiones | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
58 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Comercio Exterior | Director (a) | Director (a) de Comercio Exterior | Dirección de Comercio Exterior | Reglamento Interior Capítulo Tercero, Artículo 15, fracciones de la I-IX y Manual de Organización fracciones de la I-XVI | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 15. A la Dirección de Comercio Exterior le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Coordinar el desarrollo de los programas de exportación e importación que impulsen la promoción del comercio exterior en los diversos sectores de la economía del Estado, de conformidad con su normatividad aplicable en la materia; II. Colaborar con las autoridades competentes para la instrumentación y divulgación de las acciones y políticas relacionadas con los estímulos y orientación del comercio exterior en la entidad; así como establecer los mecanismos para el desarrollo de programas de promoción de comercio exterior en los diversos sectores de la economía del Estado; III. Promover la coordinación de acciones relacionadas con las oportunidades de exportación e importación en cooperación con las dependencias competentes y sectores productivos para incentivar el consumo de productos de la entidad en los mercados de exportación; IV. Desarrollar los programas de comercialización y las acciones que fortalezcan la competitividad de los prestadores de servicios de comercio exterior en el Estado, promoviendo a nivel nacional e internacional las ventajas competitivas de la entidad para el fomento del comercio exterior; V. Asesorar a los empresarios e inversionistas potenciales para el desarrollo de proyectos y la ejecución de actividades relacionadas con el comercio exterior; así como coadyuvar con las autoridades competentes para promover la solución de conflictos en materia de comercio exterior; VI. Coordinar la elaboración de los estudios e investigaciones que se encuentren orientadas a impulsar el comercio exterior y propicien el fomento de la competitividad del Estado; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Diseñar y coordinar estudios que propicien el comercio exterior y el aumento de la competitividad del estado. II. Desarrollar y proponer programas de exportación e importación que impulsen y mejoren el comercio exterior en la entidad. III. Propiciar reuniones interinstitucionales con los 3 niveles de gobierno para elaborar y diseñar estímulos fiscales para la exportación. IV. Proponer la creación de ventanillas únicas de orientación y tramites en materia de comercio exterior. V. Promover las oportunidades de exportación e importación detectadas en los distintos puntos del mundo. VI. Promover a nivel nacional e internacional, las ventajas comparativas y competitivas del estado, para el fomento del comercio exterior. VII. Coordinar el diseño, producción y edición de material promocional que favorezca y fortalezca la actividad de comercio exterior en el estado. GENÉRICAS X. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; XI. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XII. Proponer a su jefe inmediato, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Reglas de Operación de Programas, Decretos, Acuerdos y órdenes en los asuntos de su competencia; XIII. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; XIV. Dar respuesta oportunamente a las solicitudes de la Unidad de Enlace en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del estado de Quintana Roo; | https://drive.google.com/file/d/1iE6ihMIr4QoGcoikAHqSJY_pSEENQWD-/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
59 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Comercio Exterior | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Dirección de Comercio Exterior | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
60 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Director (a) General | Director (a) General del Fondo para el Desarrollo Económico | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior. Capítulo Tercero, Artículo 16, fracciones de la I-IX y Manual de Organización Fracciones de la I-XXIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 16. A La Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico, que se apoyará de la Dirección de Financiamiento Zona Norte, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Diseñar e instrumentar contratos, reglas de operación y demás documentos legales que se requieran para que las MIPYMES reciban créditos a través de la creación de fideicomisos; II. Asesorar de manera integral a los empresarios interesados para la obtención de las mejores alternativas de financiamiento ante las instituciones de crédito de la entidad; III. Coordinar e Instrumentar la administración general del Fondo para el Desarrollo Económico, así como las representaciones en el Estado; IV. Proponer al titular de la Secretaría, la suscripción de convenios para obtener fondos para el cumplimiento de su objeto y para establecer los mecanismos de cooperación para beneficio de las MIPYMES establecidas en el Estado; V. Diseñar e instrumentar esquemas o modalidades posibles para otorgar apoyos económicos y financiamientos a las MIPYMES afectadas por desastres naturales; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Gestionar el diseño y cumplimiento de convenios de financiamiento para MIPYME suscritos por el Estado con la federación, entidades federativas, municipios, intermediarios financieros y no financieros. II. Brindar capacitaciones en materia de financiamiento a emprendedores y empresarios del Estado para promover el acceso al financiamiento. III. Otorgar asistencia técnica a las MIPYME y emprendedores en materia de financiamiento empresarial. IV. Vincular a los intermediarios financieros bancarios y no bancarios con las MIPYME que requieran acceder a fuentes de financiamiento empresarial. V. Proporcionar capacitación a mujeres emprendedoras y empresarias en temas de financiamiento empresarial. VI. Coadyuvar con las cámaras empresariales, dependencias estatales y municipales para acercar los servicios de asistencia técnica personalizada a las MIPYME del Estado. VII. Gestionar la difusión de las diferentes alternativas de financiamiento disponibles para el sector empresarial. VIII. Coordinar la gestión del Fondo para el Desarrollo Económico y sus representaciones en el Estado. IX. Gestionar ante los intermediarios financieros bancarios y no bancarios la ejecución de programas de financiamiento empresarial con recursos estatales y no gubernamentales. XIII. Confeccionar bases de datos de beneficiarios de los diversos programas de financiamiento empresarial para brindar el seguimiento correspondiente. GENÉRICAS XIV. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal en el ámbito de competencia; XV. Representar en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XVI. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera; XVII. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; XVIII. Formular, conforme a los lineamientos establecidos e instrucciones de su superior jerárquico, los anteproyectos del Reglamento Interior y manuales administrativos correspondientes a la dirección de su cargo; XIX. Supervisar y mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; | https://drive.google.com/file/d/1LjClC3UDaUHyEJYJloNo6p4gQTpAVijJ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
61 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Analista | Analista | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
62 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Chofer de Oficina | Chofer de oficina | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
63 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Crédito y Garantía | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Crédito y Garantía | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Manual de Organización. fracciones de la I-XIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Apoyar en el diseño e instrumentación de contratos, reglas de operación y demás documentos que se requieren para que las MIPYMES reciban créditos; II. Recepcionar y analizar las solicitudes de financiamiento de los empresarios, para su vinculación a las fuentes financieras correspondientes; III. Otorgar asesoría a empresarios interesados en la obtención de financiamiento para consolidar sus empresas; IV. Apoyar en la integración de expedientes de crédito, a empresarios interesados en la obtención de préstamos a través de los programas de financiamiento vinculados por el Fondo para el Desarrollo Económico; V. Difundir los programas de financiamiento existentes para las micro, pequeñas y medianas empresas formalmente establecidas en el Estado; VI. Colaborar con la Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico, en la operación de los programas de crédito y garantía en apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas del Estado; VII. Colaborar en el Diseño e instrumentación de esquemas o modalidades posibles para otorgar apoyos económicos y financiamiento a las MIPYMES afectadas por desastres naturales; VIII. Elaborar un padrón de empresas beneficiadas con apoyos económicos a través de programas dirigidos a MIPYMES afectadas por desastres naturales GENÉRICAS IX. Capturar y mantener actualizada la información contenida en el Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) del Departamento de Crédito y Garantía; X. Elaborar el informe trimestral de avances de indicadores de resultados, en el formato Evaluatorio programático del SIPPRES, de conformidad con las guías establecidas; XI. Mantener actualizada la base de datos de beneficiarios (as) del Programa Crédito a la Palabra Impulso PYME, u otros programas que indique mi superior inmediato; XII. Elaborar información estadística de préstamos otorgadas a empresarios (as) a través de los programas a cargo de la Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico; XIII. Atender las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas o le encomiende la (el) Titular del Fondo para el Desarrollo Económico; | https://drive.google.com/file/d/1xqPNOdoow6yxwK1_mYnpe0r8_mHtaMsk/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
64 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Seguimiento del Fideicomiso | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Seguimiento del Fideicomiso | Dirección General del Fondo para el Desarrollo Económico | Manual de Organización. fracciones de la I-XI | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Difundir las alternativas en materia de financiamiento a las MIPYMES del estado. II. Orientar a las micro, pequeñas y medianas empresas en las alternativas de financiamiento de la entidad. III. Elaborar el programa anual de sesiones y las actas del comité técnico del fideicomiso. IV. Efectuar una conciliación de las recuperaciones de los apoyos que otorgue el fondo para el desarrollo económico. V. Vigilar el cumplimiento de los recursos establecidos en los convenios suscritos con las alternativas financieras. VI. Registrar las operaciones efectuadas por el fideicomiso. VII. Vincular a las MIPYMES asesoradas, con los intermediarios financieros e instituciones de financiamiento. GENÉRICAS VIII. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia. IX. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera. X. Colaborar con el Titular del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo, y la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales u homólogo en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo. XI. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en este instrumento, los acuerdos, decretos, lineamientos, circulares, convenios, así como las conferidas por la o el secretario, según corresponda; y en los demás ordenamientos legales aplicables. | https://drive.google.com/file/d/1o9vFImhxWmL66qRZaDYqajCzUdXuDcuI/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
65 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Financiamiento Zona Norte | Director (a) | Director (a) de Financiamiento | Dirección de Financiamiento Zona Norte | Reglamento Interior. Capítulo Tercero, Artículo 17, fracciones de la I-XII y Manual de Organización fracciones de la I-XXVIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 17. A la Dirección de Financiamiento Zona Norte le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Gestionar la obtención de recursos para el fortalecimiento de los fondos, fideicomisos y otras fuentes financieras que fortalezcan a la entidad en materia de crédito y garantía, en beneficio de las micro, pequeñas y medianas empresas establecidas en el Estado; II. Presentar la información estadística que apoye la planeación y la programación de acciones de financiamiento encaminadas a detonar proyectos de inversión; III. Desarrollar los mecanismos para el acceso de las empresas a los canales de financiamiento y productos financieros, así como fortalecer la capacidad de la gestión del empresario ante el sistema financiero con perspectiva de género; IV. Intervenir en la creación de instrumentos y mecanismos de financiamiento que permitan el desarrollo de los sectores motores del Estado; V. Establecer los esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las empresas de la entidad, de acuerdo al ámbito de competencia de esta unidad administrativa; VI. Diseñar las estrategias tendientes a incrementar la participación de la mujer en el ámbito empresarial, a través de asesoría, capacitación para el desarrollo de proyectos, y acceso a créditos y programas de financiamiento; VII. Promover los mecanismos de financiamiento aprobados por el Gobierno del Estado a través de la Secretaría, determinando los planes, programas y acciones que permitan el crecimiento y fortalecimiento de las MIPYMES en el Estado; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Realizar acciones que deriven del cumplimiento de convenios de financiamiento para MIPYMES, suscritos por el Estado con la federación, las entidades federativas o los municipios. II. Realizar capacitaciones en materia de financiamiento empresarial a emprendedores y empresarios para facilitar el acceso al financiamiento. III. Proporcionar asistencia técnica a MiPymes y emprendedores en materia de financiamiento empresarial. IV. Realizar vinculaciones entre intermediarios financieros bancarios y no bancarios y las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) interesadas en acceder a financiamientos empresariales. V. Proporcionar capacitación a mujeres empresarias en materia de financiamiento empresarial. VI. Coordinar acciones con dependencias municipales y estatales para acercar los servicios de asistencia técnica personalizada a las MiPymes quintanarroenses. VII. Establecer acciones para la difusión de las alternativas de financiamiento disponibles para el sector empresarial. GENÉRICAS XV. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; XVI. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XVII. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera; XVIII. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; XIX. Formular, conforme a los lineamientos establecidos e instrucciones de su superior jerárquico, los anteproyectos del Reglamento Interior y manuales administrativos correspondientes a la dirección de su cargo; XX. Coordinar el desarrollo de las actividades técnicas y administrativas, de la Dirección a su cargo; | https://drive.google.com/file/d/1nIpNeIIq8m9wKpnVtqdzn4uQFzeppNZc/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
66 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Financiamiento Zona Norte | Técnico (a) | Técnico (a) en mantenimiento | Dirección de Financiamiento Zona Norte | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
67 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Subsecretario (a) | Subsecretario (a) de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior. Capítulo Segundo, Artículo 21, fracciones de la I-XVIII y Manual de Organización fracciones de la I-XXIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 21. A la Subsecretaría de Desarrollo Económico le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Diseñar, estructurar, organizar, conducir, evaluar y dar seguimiento a las políticas y programas de desarrollo, promoción, fomento económico y competitividad, en materia de emprendimiento, micro, pequeñas y medianas empresas, comercio interior y exterior, y abasto; II. Coordinar acciones para el desarrollo logístico del Estado que consoliden la infraestructura física del sistema comercial y de abasto, comunicaciones y transporte, aduanal, industrial y de alta tecnología ante las instancias y Dependencias correspondientes; III. Diseñar la política estatal de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su competitividad y proyección en los mercados estatal, nacional e internacional, para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social; IV. Supervisar la coordinación con las dependencias Federales, Estatales y Municipales competentes para la consecución del apoyo a productores para la comercialización de bienes y servicios de consumo básico; V. Coordinar el esquema de capacitación empresarial; VI. Diseñar las estrategias que faciliten el abastecimiento, industrialización, distribución y comercialización de productos básicos agroindustriales, forestales, artesanales y en general lo producido en el Estado; VII. Dirigir y coordinar modelos asociativos locales, regionales, nacionales e internacionales para la integración y consolidación de cadenas de valor que fomenten el incremento de la competitividad empresarial en el Estado; VIII. Establecer convenios de colaboración con las autoridades competentes en materia de registro y protección de marcas y patentes; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Consolidar el emprendimiento, las micro, pequeñas y medianas empresas, el comercio interior y exterior, y abasto mediante el desarrollo de políticas y programas de desarrollo, promoción y fomento económico. II. Formular proyectos con una visión de mediano y largo plazo que propicien el mejoramiento de la logística en el Estado para coadyuvar a la competitividad empresarial III. Presentar las estrategias, programas, y acciones para el apoyo, atención, creación, capacitación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y las franquicias. IV. Determinar los apoyos necesarios a productores establecidos en el Estado para la comercialización de bienes y servicios de consumo básico y establecer un plan conjunto con las dependencias Federales, Estatales y Municipales V. Supervisar la operación del Sistema Estatal de Capacitación para el Desarrollo Económico VI. Establecer las líneas estratégicas que propicien e incentiven el consumo de lo producido en el Estado VII. Conducir estudios para determinar las cadenas de valor actuales y potenciales en el Estado, determinar sus potencialidades y plantear las líneas estratégicas que conduzcan a su consolidación y propicien el incremento de la competitividad empresarial en el Estado VIII. Supervisar las gestiones de registro y protección de marcas y patentes de empresas establecidas en el Estado XIX. Someter a consideración de la o el secretario, con asesoría de la Dirección Jurídica, los anteproyectos de Leyes, Decretos, Contratos, Convenios, Acuerdos de Cooperación y Colaboración, Adendum, que estimen convenientes o que les sean planteados por las Unidades Administrativas que les estén adscritas; | https://drive.google.com/file/d/1L93LORF1vcseHEkdMA2s4JQUAsEpNtfx/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
68 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Analista Especializado (a) | Analista Especializado (a) | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
69 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
70 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Analista | Analista | Subsecretaría de Desarrollo Económico y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
71 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Articulación Productiva | Director (a) | Director (a) de Articulación Productiva | Subsecretaría de Desarrollo Económico | Reglamento Interior. Artículo 25, fracciones de la I-XIX y Manual de Organización Fracciones de la I-XXIX | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 25.- A la Dirección de Articulación Productiva corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Coordinar la implementación de los programas de desarrollo de la micro y pequeña empresa, vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados, en coordinación con las Dependencias competentes, asimismo con la participación de otras instancias del sector público y privado, de las etnias y de los grupos involucrados; II. Vigilar el desenvolvimiento y modernización del sector empresarial del Estado y coordinar acciones en materia de productividad y competitividad con otras dependencias para incentivar las actividades productivas, el desarrollo de nuevas tecnologías y establecer vínculos que fomenten el encadenamiento productivo entre las empresas; III. Coordinar el desarrollo de los mecanismos de comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios en la entidad, conforme a la Legislación de la materia, así como, difundir técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y la productividad; IV. Ejecutar el desarrollo de la política pública que permita la creación de programas para facilitar el abastecimiento, industrialización, distribución y comercialización de productos básicos agroindustriales, forestales y en general lo producido por el estado; V. Establecer acciones de colaboración interinstitucional que permitan el desarrollo agroindustrial, mediante la creación de programas de industrialización de los sectores agrícola, apícola, ganadero, agroforestería y/o forestal; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar la implementación de los programas de desarrollo de la micro y pequeña empresa, vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados, en coordinación con las Dependencias competentes, asi como con la participación de otras instancias del sector público y privado, de las etnias y de los grupos involucrados; II. Vigilar el desenvolvimiento y modernización del sector empresarial del Estado y coordinar acciones en materia de productividad y competitividad con otras dependencias para incentivar las actividades productivas, el desarrollo de nuevas tecnologías y establecer vínculos que fomenten el encadenamiento productivo entre las empresas; III. Coordinar el desarrollo de los mecanismos de comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios en la entidad, conforme a la Legislación de la materia, así como, difundir técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y la productividad; IV. Ejecutar el desarrollo de la política pública que permita la creación de programas para facilitar el abastecimiento, industrialización, distribución y comercialización de productos básicos agroindustriales, forestales y en general lo producido por el estado; GENÉRICAS XXI. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; XXII. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XXIII. Proponer a su jefe inmediato, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Reglas de Operación de Programas, Decretos, Acuerdos y órdenes en los asuntos de su competencia; | https://drive.google.com/file/d/1u3xVv6VXNOCUwUQLADTe1fGXUXNFO-kQ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
72 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Articulación Productiva | Recepcionista | Recepcionista | Dirección de Articulación Productiva | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
73 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Encadenamientos Productivos | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Encadenamientos Productivos | Dirección de Articulación Productiva | Manual de Organización. fracciones de la I-XI | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Promover los modelos asociativos locales y regionales, para la consolidación de cadenas de valor, buscando la competitividad y equilibrio competitivo. II. Proponer la celebración de convenios y/o acuerdos que permitan la investigación de sectores productivos para la identificación de posibles cadenas de valor. III. Desarrollar acciones de formación, desarrollo y consolidación de las cadenas productivas. IV. Promover la formación del capital humano empresarial para la creación de cadenas de valor. V. Participar en la coordinación de acciones que propicien en la integración y apoyo a las cadenas productivas, agrupaciones empresariales y vocaciones productivas y regionales. VI. Intervenir en la innovación y uso de tecnología en los encadenamientos productivos basados en modelos de negocios por sector económico para fortalecer los esquemas de comercialización que permitan la generación de canales de proveeduría local, logística comercial y de distribución. VII. Proponer estrategias que permitan la realización de estudios que determinan las necesidades de encadenamientos productivos, base para el diseño de necesidades de estímulos para las empresas GENÉRICAS VIII. Participar en elaboración de la matriz de indicadores de resultados o su homólogo de la dirección a su adscripción IX. Mantener permanentemente actualizados los expedientes de la labor desarrollada por su departamento X. Colaborar en la realización de los Manuales de Organización, Procedimientos y de Servicios a la Ciudadanía, correspondientes a la Secretaría, así como vigilar su actualización en las áreas adscritas a su responsabilidad; XI. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1168WhbpeApaTzd0HQH4kYbbyMbChvR3s/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
74 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Fomento a la Competitividad Empresarial | Jefe (a) de Departamento | Jefe(a) de Departamento de Fomento a la Competitividad Empresarial | Dirección de Articulación Productiva | Manual de Organización. Fracciones de la I-XI | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Colaborar en la implementación de programas y proyectos de desarrollo de la micro y pequeña empresa, vinculados a la transformación socioeconómica en coordinación con las dependencias competentes, así como con la participación de otras instancias del sector público y privado. II. Fomentarr el desenvolvimiento y modernización del sector empresarial del Estado y Difundir técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y la productividad. III. Difundir técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y la productividad IV. Coadyuvar en la propuesta de planes sectoriales, programas y proyectos de alcance estatal que propicien el incremento de la productividad y competitividad de las empresas. Proponer proyectos que fomenten la competitividad empresarial a través de la transformación tecnológica de los sectores productivos. V. Elaborar modelos asociativos locales y regionales que propicien la competitividad y equilibrio económico de las diversas regiones del Estado; VI. Coadyuvar en la consolidación de mecanismos de colaboración y vinculación entre los tres órdenes de gobierno, empresas e instituciones de educación e investigación nacionales e internacionales, que fortalezcan e incrementen los índices de Competitividad Empresarial en el Estado. VII. Proponer proyectos que fomenten la competitividad empresarial a través de la transformación tecnológica de los sectores productivos. GENÉRICAS VIII. Apoyar en la elaboración de la matriz de indicadores de resultados o su homólogo de la dirección a su adscripción IX. Mantener permanentemente actualizados los expedientes de la labor desarrollada por su departamento X. Colaborar con el Titular del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo, y la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales u homólogo en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo; XI. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1dmKXJ5sUMsIJQJW-GPxF1w58DDphH8XD/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
75 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Vinculacición Comercial y Abasto | Director (a) | Director (a) de Vinculación Comercial y Abasto | Subsecretaría de Desarrollo Económico | Reglamento Interior. Artículo 26, fracciones de la I-VIII y Manual de Organización fracciones de la I-XII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 26.- A la Dirección de Vinculación Comercial y Abasto le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Proponer los mecanismos que incentiven la inversión económica, en el sector comercial y de abasto, para su desarrollo, así como conducir la promoción del comercio exterior en los diversos sectores de la economía del Estado, con fundamento en la normatividad aplicable; II. Proponer y gestionar ante la Federación y otras instancias de la Administración Estatal los proyectos necesarios que permitan impulsar la productividad, el desarrollo de productos y su comercialización, de igual forma promover los productos hechos en Quintana Roo con estrategias para mejorar su calidad y competitividad con el fin de incorporarlos a nuevos medios en el ámbito estatal, nacional e internacional; III. Gestionar la participación de las empresas locales en eventos nacionales e internacionales como ferias, foros y exposiciones para promover los productos y servicios que ofrece el Estado; IV. Promover las acciones necesarias para la intervención de los comerciantes en las centrales de abasto, intermodales, multimodales; así como la vinculación con los centros de servicios logísticos, de distribución, de acopio y de empaque; en relación con los aeropuertos y demás terminales para el equipamiento que mejore la posición competitiva del Estado; V. Ejecutar las políticas de competitividad en el Estado para promover la comercialización, y distribución de productos elaborados en el Entidad a través de la implementación de técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la productividad y competitividad de las empresas quintanarroenses, mediante su vinculación con otras instituciones y organismos; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Organizar ferias y exposiciones que permitan la vinculación comercial, abasto y el desarrollo económico, la promoción del comercio exterior en los diversos sectores de la economía del Estado, con productos hechos en quintana roo, II. Elaborar proyectos y gestionarlos ante la federación y otras instancias de la administración estatal que permitan impulsar la productividad, el desarrollo de productos y promover su comercialización para mejorar su calidad y competitividad. III. Elaborar convocatorias para gestionar la participación de las empresas locales en eventos nacionales e internacionales como ferias, foros y exposiciones para promover los productos y servicios que ofrece el Estado IV. Coadyuvar con los sistemas de información relacionada con los parques industriales, centros de abasto y comercio, en el Estado, comprendidos en el Sistema Estatal de Mercados; V. Identificar y promover los productos “Hechos en Quintana Roo”, elaborando estrategias para mejorar su calidad, competitividad e inserción en diferentes mercados; VI. Impulsar, promover y coadyuvar a los empresarios para el registro de marcas y patentes, en vinculación con las autoridades federales mediante programas de industrialización, distribución y abastecimiento, comercialización y consumo de productos elaborados en la entidad; GENÉRICAS IX. Apoyar en la elaboración de la matriz de indicadores de resultados o su homólogo de la dirección a su adscripción X. Mantener permanentemente actualizados los expedientes de la labor desarrollada por su departamento XI. Supervisar y Mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; XII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1XB5FVveqxyTLzQlZgtAc48sGemhFu1rt/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
76 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Vinculacición Comercial y Abasto | Asistente Ejecutivo (a) de Despacho | Asistente Ejecutivo (a) | Dirección de Vinculación Comercial y Abasto | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
77 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Vinculacición Comercial y Abasto | Analista Especializado (a) | Analista Especializado(a) | Dirección de Vinculación Comercial y Abasto | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
78 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Vinculacición Comercial y Abasto | Auxiliar Administrativo (a) | Auxiliar Administrativo (a) | Dirección de Vinculación Comercial y Abasto | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
79 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Oficina de Vinculación Comercial | Jefe (a) de Oficina | Jefe (a) de Oficina de Vinculación Comercial | Dirección de Vinculación Comercial y Abasto | Manual de Organización fracciones de la I-VII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Apoyar en la organización de ferias, exposiciones y congresos que permitan la vinculación comercial, abasto y el desarrollo económico con productos Hechos en Quintana Roo. II. Apoyar en la elaboración de fichas técnicas de las convocatorias en las que participan las empresas locales en eventos nacionales e internacionales como ferias, foros y exposiciones que promuevan los productos y servicios que ofrece el Estado III. Mantener actualizada la información de los sistemas relacionados con los parques industriales, centros de abasto y comercio, en el Estado, comprendidos en el sistema estatal de mercado. IV. Apoyar en la logística en los comités técnicos, comisiones y órganos de fomento establecidos para el desarrollo económico relacionados con el abasto de productos y la vinculación comercial del Estado; y V. Realizar la actualización del padrón de tiendas auto departamentales y mayoristas, incluyendo sus niveles de inventarios en lo referente a productos básicos y necesarios ante contingencias ambientales. GENÉRICAS VI. Mantener permanentemente actualizados los expedientes de la labor desarrollada por su VII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1GtXYAbU-XV6TvxBD4hJubw3iMD1DBKgY/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
80 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Director (a) | Director (a) de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Subsecretaría de Desarrollo Económico | Reglamento Interior. Artículo 27, fracciones de la I-XI y Manual de Organización fracciones de la I-XVI | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 27. A la Dirección de Capacitación y Desarrollo Empresarial le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Supervisar las actividades en coordinación con las dependencias competentes tendentes a contribuir a la formación de capital humano a fin de generar mayor competitividad económica en el Estado de Quintana Roo; II. Iniciar la implementación de la política estatal de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su competitividad y proyección en los mercados estatal, nacional e internacional, para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura, el desarrollo tecnológico, la innovación y productividad empresarial en el Estado de Quintana Roo; III. Intervenir y participar en la celebración de los convenios de colaboración con organismos empresariales e instituciones que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de las MIPYMES; IV. Proponer los mecanismos para el ejercicio de las incubadoras y aceleradoras de negocios establecidas en el Estado, basadas en la capacidad de emprender y en la disponibilidad de capital intelectual y de innovación; V. Participar en la elaboración de los programas, políticas públicas y acciones relativos a la impartición de cursos de capacitación y asesoramiento para el desarrollo de capital humano procurando la vinculación, innovación, aceleración empresarial y esquemas de apoyo conforme los objetivos y metas de la Secretaría; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN. FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar actividades con las dependencias competentes para identificar las necesidades de formación de capital humano para contribuir a la competitividad económica del estado. II. Implementar la política estatal de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su competitividad y proyección en los mercados estatal, nacional e internacionales III. Fomentar la celebración de convenios de colaboración con organismos empresariales e institucionales que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de las MiPyMes IV. Definir los mecanismos para el ejercicio de las incubadoras y aceleradoras de negocios establecidas en el Estado, contemplando la capacidad de emprender y la disponibilidad de capital intelectual y de innovación; V. Elaborar programas y acciones de las políticas públicas relativas a la impartición de cursos de capacitación y asesoramiento para el desarrollo del capital humano empresarial, procurando la vinculación, innovación, aceleración empresarial y esquemas de apoyo. GENERICAS XII. Supervisar y mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega y Recepción en línea (SENTRE) de las Unidades Administrativas que se encuentren adscritas en esta Secretaría; XIII. Supervisar y mantener actualizado el registro y control del inventario de bienes muebles, bajo el resguardo de las Unidades Administrativas de esta Secretaría; XIV. Colaborar con el Titular del Departamento de Entrega, Recepción y de Archivo, y la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales u homólogo en el trámite de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo | https://drive.google.com/file/d/1jAdYLOjnMgiw6rU4Rf49kjav9LKTgpFj/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
81 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este . trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
82 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Proyectos Productivos | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Proyectos Productivos | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Manual de Organización, fracciones de la I-IX | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Atender y dar asistencia empresarial a los empresarios y emprendedores del Estado que contribuyan a su competitividad, desarrollo y fortalecimiento, a través de proyectos productivos; II. Instrumentar al interior de las instituciones pertinentes los proyectos productivos viables para el impulso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMes) del Estado; III. Dar seguimiento a los convenios de colaboración con organismos empresariales e instituciones que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas; IV. Participar en la evaluación de proyectos de bienes y servicios específicos del Estado con la finalidad de contribuir en el aumento de su producción, calidad y competitividad; V. Gestionar e intervenir entre los empresarios y emprendedores los programas de apoyo incluyente para el impulso y fortalecimiento de los proyectos productivos. GENÉRICAS VI. Elaborar material de apoyo, así como formatos necesarios para la asistencia empresarial a empresarios y emprendedores; VII. Realizar oficios y tarjetas de comunicación institucional para canalizar proyectos productivos; VIII. Mantener actualizados los archivos que soporten el quehacer institucional del Departamento; IX. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le indique su inmediato superior; | https://drive.google.com/file/d/1nHeKhB_JYMBcBc6ue5zQnzJeqrSffm5N/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
83 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Capacitación Empresarial | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Capacitación Empresarial | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Manual de Organización, fracciones de la I-XI | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Colaborar en la organización de las sesiones del Sistema Estatal de Capacitación para el Desarrollo Económico y dar seguimiento a los acuerdos que se generen en el Sistema. II. Apoyar en el seguimiento de las acciones relativas a la impartición de cursos y programas de capacitación y asesoramiento para el desarrollo del capital humano, III. Apoyar en la difusión de los esquemas de capacitación y consultoría especializada en el sector productivo, empresarial y académico. IV. Dar seguimiento a las acciones de capacitación incluyente para al sector empresarial, con programas que fortalecen las micro, pequeñas y medianas empresas, para que accedan a nuevos mercados continuamente actualizados. V. Auxiliar en el diseño y coordinación de foros y eventos de promoción, enfocados a atender al sector empresarial del Estado. VI. Brindar seguimiento a los convenios de colaboración en temas de capacitación en los que participe la Dirección. VII. Elaborar y actualizar el Catálogo de los servicios de capacitación que ofrece la Dirección. GENÉRICAS VIII. Manejo y elaboración de los calendarios mensuales de capacitación. IX. Elaboración de informes de las acciones realizadas en materia de formación de capital humano y actualización de los indicadores en materia de capacitación. X. Generación de expedientes técnicos de los programas de capacitación. XI. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su Jefe/a inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1LLSQmYw-URoeLcg-8LnBvIxCCee7sLeU/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
84 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Capacitación Empresarial | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
85 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Asistencia Técnica Empresarial y Mejora Regulatoria | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Asistencia Técnica Empresarial y Mejora Regulatoria | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Manual de Organización, fracciones de la I-X | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Preparar y gestionar la realización de reuniones que permitan implementar la política estatal de a apoyo incluyente a emprendedores y a la micro, pequeñas y medianas empresas para generar acciones para el desarrollo económico y bienestar social. II. Dar se seguimiento a los Convenios de Colaboración en temas de asistencia empresarial que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de las MiPymes III. Ejecutar los mecanismos para el ejercicio de las incubadoras y aceleradoras de negocios establecidas en el Estado, basadas en la capacidad de emprender y en la disponibilidad de capital intelectual y de innovación. IV. Proponer iniciativas de proyectos estratégicos que inciden en el desarrollo económico del Estado y proporcionarles asesoría en materia de apoyos y condiciones para el acceso a los programas para su fortalecimiento V. Dar a conocer a las diversas agrupaciones empresariales los programas estatales y federales que favorecen el desarrollo de nuevas tecnologías para eficientar los procesos de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como de los programas de desarrollo enfocados al fortalecimiento empresarial que se operan en la Secretaría GENÉRICAS VI. Supervisar la operación del Sistema Estatal de Capacitación para el Desarrollo Económico observando el adecuado funcionamiento de los organismos de capacitación en el Estado; VII. Mantener actualizados los archivos que soporten el quehacer institucional del Departamento; VIII. Elaboración de informes de las acciones realizadas en asistencia técnica empresarial y actualización de los indicadores. IX. Generación de expedientes técnicos de los programas de asistencia técnica empresarial. X. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su Jefe/a inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1WpfArd_dCNmf4sLek2b6K1jcnX2lgQwQ/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
86 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Asistencia Técnica Empresarial y Mejora Regulatoria | Analista Técnico (a) | Analista Técnico (a) | Dirección de Capacitación, Desarrollo Empresarial y Mejora Regulatoria | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
87 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección del Emprendedor | Director (a) | Director (a) del Emprendedor | Dirección del Emprendedor | Reglamento Interior. Artículo 24, fracciones I-XVII y Manual de Organización fracciones de la I-XXXVI | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 24. A la Dirección del Emprendedor le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Contribuir al desarrollo del sector empresarial del Estado, así como impulsar y fomentar, en materia de desarrollo económico y competitividad, a los sectores productivos y estratégicos del Estado, a través del seguimiento a la capacitación y desarrollo de las empresas; II. Intervenir y ejecutar la política estatal de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su competitividad y proyección en los mercados estatal, nacional e internacional, para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura, el desarrollo tecnológico, la innovación y productividad empresarial en el Estado de Quintana Roo; III. Gestionar la celebración de convenios de coordinación con autoridades federales, estatales y municipales, así como con el sector privado y social; IV. Ejecutar el programa anual de incentivos a los emprendedores, a la inversión y al primer negocio, en donde se contemplen las políticas públicas necesarias para elevar la competitividad del Estado; V. Intervenir, en coordinación con autoridades estatales y municipales, en el desarrollo del programa de simplificación administrativa que incentive y facilite a los emprendedores, la creación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; VI. Realizar acciones que motiven el apoyo, atención, creación y competitividad de los emprendedores y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; I DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Proponer la agenda de trabajo del Sistema Estatal del Emprendedor y coordinar y dar seguimiento a los acuerdos que se generen en las sesiones, para contribuir al desarrollo del sector empresarial del estado. II. Dar seguimiento a las acciones en materia de desarrollo económico, competitividad, emprendimiento e innovación y asistencia técnica de manera incluyente para los emprendedores. III. Gestionar la celebración de convenios de coordinación con autoridades federales, estatales y municipales, así como con el sector privado y social; IV. Dar seguimiento a los convenios de colaboración en tema de emprendimiento y asistencia técnica en los que participe la Dirección. V. Generar estrategias de difusión del programa de incentivos que se apruebe anualmente; VI. Coordinar en conjunto con las autoridades estatales y municipales la planeación y el desarrollo de simplificación administrativa que incentive y facilite a los emprendedores, la creación de la micro, pequeña y medianas empresas. GENÉRICAS XX. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; XXI. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XXII. Proponer a su jefe inmediato, los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Reglas de Operación de Programas, Decretos, Acuerdos y órdenes en los asuntos de su competencia; XXIII. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así ́se requiera; XXIV. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; XXV. Intervenir en la capacitación y control del personal a su cargo; | https://drive.google.com/file/d/1RQBV4-T3eeWUsv90XLoCRTxotOZkDyjf/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
88 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección del Emprendedor | Secretario (a) Ejecutivo (a) de Dirección | Secretario (a) Ejecutivo (a) | Dirección del Emprendedor | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
89 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Director (a) | Director (a) de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Reglamento Interior Artículo 28, fracciones de la I-XIII y Manual de Organización fracciones de la I-XXIV | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 28. A la Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Ejecutar las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las empresas del Estado; II. Coordinar, con los organismos competentes el desarrollo de marcas y patentes, para el apoyo y atención a las empresas, organizaciones y sectores productivos estratégicos del Estado; III. Promover la coordinación entre las cámaras, asociaciones y representaciones del sector empresarial, con la banca de desarrollo, cooperativas, sector social y otras instancias competentes en el desarrollo de actividades en materia de fomento y desarrollo empresarial; IV. Conducir la relación con los distintos organismos empresariales, colegios e instituciones que deseen establecer ventanillas y centros de gestión y fomento económico en sus instalaciones, así como orientarlos acerca de los requisitos para dicho objetivo; V. Proponer y generar vínculos para la celebración de convenios de colaboración con organismos empresariales e instituciones que apoyen el desarrollo y fortalecimiento de las MIPYMES; VI. Vigilar el desarrollo y fomento empresarial a través de técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y la productividad, en un contexto de competitividad y adecuado desarrollo económico y social; VII. Proponer acciones, programas y estudios que faciliten el desarrollo empresarial, así como la comercialización de productos básicos y en general los bienes y servicios producidos en el Estado; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Promocionar y dar seguimiento a las políticas y acciones que impulsan la competitividad del sector empresarial en la Zona Norte; II. Asesorar y vincular al sector empresarial, organizaciones y sectores productivos del estado, con los organismos competentes para el registro de marca y patentes; III. Promover y difundir en coordinación con las instancias competentes, los programas de capacitación y campañas para el registro y protección de marcas y patentes; IV. Establecer vínculos de colaboración con cámaras, asociaciones, instituciones bancarias para fortalecer el desarrollo económico y empresarial en la Zona Norte; V. Fomentar y mantener relación con organismos empresariales, colegios e instituciones para establecer ventanillas, centros de gestión y fomento económico; VI. Proponer y gestionar la elaboración y firma de convenios de colaboración con actores estratégicos del sector gubernamental, no gubernamental y privado, para desarrollar esquemas de apoyo y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores; VII. Asesorar al sector empresarial en la implementación de técnicas y sistemas que mejoren la producción, impulsando la competitividad para el desarrollo económico en la Zona Norte; GENÉRICAS XV. Asistir y representar al jefe (a) inmediato superior jerárquico en las reuniones de trabajo, dando seguimiento a los acuerdos en el ámbito de su competencia; XVI. Generar y mantener constante un vínculo de colaboración con la subsecretaría y las demás unidades administrativas para mejorar el desempeño de las mismas; XVII. Solicitar cursos de capacitación para el personal a su cargo, en temas para mejora en el desarrollo de las actividades de la Dirección; XVIII. Supervisar el registro y control de asistencia del personal de la unidad administrativa; XIX. Elaborar las propuestas para la integración de los Manuales administrativos de la dirección a su cargo; | https://drive.google.com/file/d/1CJVauPIRI4eADTncQ6aALt4Mb2uIdVt5/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
90 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
91 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Analista Profesional | Analista Profesional | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
92 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Auxiliar Administrativo (a) | Auxiliar Administrativo (a) | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
93 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Chofer de Oficina | Chofer de Oficina | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
94 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Jefe (a) de Oficina | Jefe (a) de Oficina de Apoyo Administrativo Zona Norte | Dirección de Fomento y Desarrollo Empresarial Zona Norte | Manual de Organización fracciones de la I-XXIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Auxiliar a la/él jefe superior jerárquico, con las gestiones para difusión de las políticas y acciones que impulsan la competitividad del sector empresarial en la Zona Norte; II. Elaborar y actualizar la base de datos que integra la información de las asesorías y vinculaciones que realiza la Dirección en materia de marcas y patentes; III. Enviar y facilitar a través de medios electrónicos e impresos, los formatos expedidos por las instancias competentes, para registro de marca y patentes; IV. Apoyar a la (el) director (a), en las actividades de los programas que fortalecen los vínculos de colaboración con cámaras, asociaciones, instituciones bancarias y educativas en materia de fomento y desarrollo empresarial; V. Apoyar a la (él) director (a) en las actividades que favorezcan el buen funcionamiento de las ventanillas y centros de gestión instalados en instancias de la zona norte; VI. Redactar los convenios de colaboración que gestiona la (él) directora (o) para el desarrollo de esquemas de apoyo y fortalecimiento de las Mipymes y emprendedores; VII. Realizar un concentrado de las asesorías que brinda la (el) directora (or) sobre la implementación de técnicas y sistemas que mejoren la producción, impulsando la competitividad para el desarrollo económico en la Zona Norte; VIII. Apoyar en la integración de expedientes de los programas y actividades que promueven la comercialización de productos, bienes y servicios producidos en el estado; IX. Coadyuvar en la planeación de eventos vinculados a la promoción de actividades comerciales que promueven el desarrollo empresarial, organizados por la unidad administrativa; X. Elaborar base de datos para el seguimiento de las asesorías brindadas por la/él director (a) a las sociedades y cooperativas, cuyo objeto sea la distribución o el consumo, así como de sociedades para la producción industrial; XI. Coadyuvar con las actividades encomendadas por el (la) jefa (e) superior jerárquico para fomentar e impulsar el desarrollo empresarial en la Zona Norte; XII. Redactar el informe de las acciones que se desarrollan en los comités técnicos, comisiones y órganos de fomento para el desarrollo económico a las que asiste la/él director (a); XIII. Apoyar en la asesoría a los micro, pequeños y medianos empresarios en la gestión para el acceso a los apoyos otorgados para el fortalecimiento del sector empresarial en la zona Norte. XIV. Apoyar en la Coordinación de cursos de capacitación línea y/o presencial, dirigido a emprendedores y las MIPYMES, facilitando la vinculación, innovación, aceleración empresarial y esquemas de apoyo que impulsen la competitividad. GENÉRICAS XV. Redactar y estructurar la ficha técnica de las reuniones de trabajo a las que asiste la (él) director (a); XVI. Auxiliar a la (el) Director (a) en las actividades que faciliten un vínculo de colaboración entre las demás unidades administrativas y la subsecretaría; XVII. Realizar y proponer a la (el) directora (or) la ficha técnica con los temas de capacitación para el personal de la Zona Norte; XVIII. Auxiliar en la vigilancia del cumplimiento de las normas para el registro y control de puntualidad y asistencia del personal adscrito a las oficinas de la zona norte; XIX. Participar en la elaboración de las propuestas para la integración de los Manuales administrativos de la Dirección; XX. Proponer a la (él) directora (or) actividades para incluir en la propuesta del programa de acciones a implementar durante el periodo anual; XXI. Capturar información de seguridad e higiene de la situación que guarda la oficina en la zona norte; para enviar en los reportes administrativos.; XXII. Capturar y actualizar en el Sistema de Entrega y Recepción en línea SENTRE, los expedientes, formatos y documentación que se generan y recepciona en la unidad administrativa; | https://drive.google.com/file/d/1glrcl-OjUY-g-mUs2gtGjjjKaKKk_cot/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
95 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Planeación Económica | Subsecretario (a) | Subsecretario (a) de Planeación Económica | Despacho de la Secretaría | Reglamento Interior Artículo 22, fracciones de la I-XXI y Manual de Organización fracciones de la I-XLVIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 22. A la Subsecretaría de Planeación Económica le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Coordinar las acciones de planeación institucional incorporando la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo; II. Representar al titular de la dependencia en los subcomités de promoción y fomento económico y demás, que el o la titular determine; III. Supervisar la adecuada aplicación de las directrices y criterios de los proyectos de asociación público privada en coordinación con la instancia de gobierno encargada de la administración de los proyectos estratégicos; IV. Organizar un sistema permanente de medición, evaluación y seguimiento de la ejecución de las metas fijadas en la Secretaría, en los programas anuales, acorde con los objetivos y necesidades de la Administración Pública Estatal en su conjunto; V. Coordinar las acciones que permitan dar seguimiento a los proyectos, programas, planes, acuerdos y convenios de coordinación con la federación y los municipios, cuando un organismo evaluador lo requiera por medios oficiales o a petición de los ejecutores de las diferentes Subsecretarías y áreas que lo soliciten; I DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar las acciones de planeación institucional incorporando la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo. II. Representar al titular de la dependencia en los subcomités de promoción y fomento económico y demás, que él o la titular determine. III. Supervisar la adecuada aplicación de las directrices y criterios de los proyectos de asociación público-privada en coordinación con la instancia de gobierno encargada de la administración de los proyectos estratégicos. IV. Realizar las acciones de coordinación con las instancias de gobierno encargadas de la administración de proyectos estratégicos a efecto de supervisar la adecuada aplicación de los criterios y directrices determinador por la Secretaría. GENÉRICAS XXIX. Realizar la planeación, programación, organización, control, dirección y evaluación de las actividades de las unidades administrativas a ellos encomendadas, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y los lineamientos que determine la o el Secretario, así como coordinarse entre ellos y las demás unidades administrativas de la Secretaría, para obtener un mejor desempeño de estas. XXX. Someter a consideración de la o el Secretario, con asesoría de la Dirección Jurídica, los anteproyectos de Leyes, Decretos, Contratos, Convenios, Acuerdos de Cooperación y Colaboración, Adendum, que estimen convenientes o que les sean planteados por las Unidades Administrativas que les estén adscritas. XXXI. Realizar el control y administración de las actividades de sus unidades adscritas, conforme los lineamientos que determine la o el Secretario. XXXII. Establecer las faltas administrativas en que incurra el personal a ellos subordinados, como apoyo o en conjunto con la Dirección Administrativa, Dirección Jurídica y el Órgano de Control y Evaluación Interno XXXIII. Elaborar estudios sobre la creación, modificación o desaparición de Unidades Administrativas y proponer la o el Secretario las medidas correspondientes. XXXIV. Expedir, a solicitud del interesado o de alguna autoridad, constancia o certificado de documentos relativos a asuntos que se tramiten en la Secretaría en los casos permitidos por las Leyes respectivas. | https://drive.google.com/file/d/1cTWoFi-9y-Bo268hqhkbbWvkz8fVKWPY/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
96 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Subsecretaría de Planeación Económica | Delegado (a)/Profesionista | Auxiliar de correspondencia | Subsecretaría de Planeación Económica | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
97 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Sistemas de Información | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Sistemas de Información | Subsecretaría de Planeación Económica | Manual de Organización fracciones de la I-XIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Implementar la plataforma tecnológica del Sistema de Información Económica y de Mercado de Quintana Roo con base en el diseño funcional; II. Dar mantenimiento a la plataforma tecnológica del Sistema de Información Económica y de Mercado de Quintana Roo para su adecuada operación; III. Elaborar y mantener actualizada la documentación técnica del Sistema de Información Económica y de Mercado de Quintana Roo para su adecuado mantenimiento; IV. Implementar la vinculación tecnológica del Sistema de Información Económica y de Mercado de Quintana Roo con otros sistemas de información, tanto públicos como privados; V. Sistematizar los procesos de generación y presentación de información económica y de mercado del Estado para mantenerlos actualizados; VI. Administrar el portal web de la Secretaría y actualizar periódicamente su contenido, para satisfacer las necesidades de información de los usuarios internos y externos; VII. Generar estadísticas del portal web que ayuden a conocer el comportamiento de los visitantes con el fin de mejorarlo; VIII. Informar oportunamente a la Subsecretaria de Planeación Económica sobre el desarrollo de los programas a su cargo; IX. Realizar las acciones de soporte técnico, apoyo informático y de sistemas de información a las diferentes Unidades Administrativas de la Subsecretaria; GENÉRICAS X. Planear, programar, organizar, controlar y evaluar las actividades de la unidad administrativa encomendada, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y los lineamientos que determine la o el Secretario, así como coordinarse entre ellos y las demás unidades administrativas de la Secretaría, para obtener un mejor desempeño de las mismas; XI. Elaborar la propuesta de los manuales aplicables a la Secretaría, en el ámbito competente. XII. Desarrollar y cumplir con las funciones encomendadas por la propia Subsecretaría XIII. Las demás funciones que las disposiciones legales le atribuyan, así como aquellas que le confiera su jefe o jefa inmediato. | https://drive.google.com/file/d/1QWScgZJxwsQk6QKUwomljYtfmJulSzPA/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
98 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Evaluación y Estadísticas | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Evaluación y Estadísticas | Subsecretaría de Planeación Económica | Manual de Organización fracciones de la I-XIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coadyuvar en la atención de los requerimientos de información en la materia competentes, manteniendo de manera consolidada y actualizada la base de datos de la información institucional, a fin de contar con información veraz y oportuna. II. Colaborar en la aplicación de las Autoevaluaciones de las Unidades Administrativas Operativas, relativo al cumplimiento de metas programadas, así como de los trabajos que llevan a cabo. III. Solicitar información a las unidades administrativas de la Secretaría, de las acciones, programas y proyectos que realizan, para la correcta medición, evaluación y seguimiento de la ejecución de las metas fijadas en la Secretaría. IV. Colaborar con el Departamento de Sistemas de Información a fin de sistematizar de manera interna la base de datos institucional, de las acciones, programas y proyectos que llevan a cabo las Unidades Administrativas. V. Analizar la información estadística sistematizada e informar al titular de la Subsecretaria de Planeación Económica para su informe y toma de decisiones. VI. Proponer estrategias para generar el intercambio de información con otras Instituciones del sector, así como dar seguimiento a los principales indicadores del ámbito económico a nivel municipal, estatal, nacional e internacional. VII. Ejecutar convenios suscritos en materia de información estadística que permitan identificar las variables económicas como base de datos de información cuantitativa para toma de decisiones. VIII. Realizar informes estadísticos y recomendaciones que permitan medir el impacto de las acciones, programas y proyectos que se desarrollan, así como la ocurrencia de eventos que puedan alterar el curso planeado. GENÉRICAS IX. Planear, programar, organizar, controlar y evaluar las actividades de la unidad administrativa encomendada, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y los lineamientos que determine la o el Secretario, así como coordinarse entre ellos y las demás unidades administrativas de la Secretaría, para obtener un mejor desempeño de las mismas. X. Actualizar la información contenida dentro del Sistema de Entrega Recepción en Línea (SENTRE) de la unidad administrativa. XI. Desarrollar y cumplir con las funciones encomendadas por la propia Subsecretaría. XII. Elaborar la propuesta de los manuales aplicables a la Secretaría, en el ámbito competente. XIII. Participar con la Subsecretaría de Planeación Económica en la formulación de los anteproyectos y programas de presupuesto de la Subsecretaría. | https://drive.google.com/file/d/1Ih8V7xQ5xUpMkzIYJE4Wg3aq9clDbsiP/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
99 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Planeación | Director (a) | Director (a) de Planeación | Subsecretaría de Planeación Económica | Reglamento Interior Artículo 29, fracciones de la I-XVIII y Manual de Organización fracciones de la I-XXXVIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 29. A la Dirección de Planeación le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Proponer e implementar las acciones de planeación institucional incorporando la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo; II. Elaborar y presentar los programas relacionados con el desarrollo agroindustrial que permitan la expansión, mejoramientos y tecnificación de este sector; III. Gestionar la designación oficial de la representación del titular de la dependencia en los subcomités de promoción y fomento económico; así como vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente para la integración de expedientes técnicos de los proyectos que ejecute la Secretaría; IV. Vigilar las directrices y criterios de los proyectos de asociación público privada en coordinación con la instancia de gobierno encargada de la administración de los proyectos estratégicos; V. Proponer un sistema permanente de medición, evaluación y seguimiento de la ejecución de las metas fijadas de la Secretaría, en los programas anuales acorde con los objetivos y necesidades de la Administración Pública Estatal en su conjunto, así como los que se deriven de los acuerdos y convenios de coordinación con la federación y los municipios; VI. Desarrollar los programas y proyectos de inversión incorporados en las acciones de los Órganos Auxiliares del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo que tengan aprobación de quien ocupe la titularidad de la Secretaría; VII. Determinar las acciones, programas y proyectos contenidos en los Programas Sectoriales vigentes que atiende la Secretaría; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Proponer las acciones de planeación institucional con la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo. II. Implementar las acciones de planeación institucional; III. Desarrollar mecanismos para el cumplimiento de los programas relacionados con su ramo; IV. Generar la coordinación interinstitucional para el seguimiento de los proyectos de la Secretaría y su sector coordinado; V. Realizar el seguimiento a la integración del presupuesto basado en resultados. VI. Validar la matriz de indicadores para resultados que reciba de las áreas operativas de la Secretaría; VII. Gestionar la designación oficial de la representación del titular de la dependencia en los subcomités de promoción y fomento económico; VIII. Vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente para integración de los expedientes técnicos de los proyectos que ejecute la Secretaría; IX. Vigilar las directrices y criterios de los proyectos de asociación público-privada en coordinación con la instancia de gobierno encargada de la administración de los proyectos estratégicos; GENÉRICAS XXIII. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; XXIV. Fungir como representante, en las reuniones de trabajo en las que sea convocado, dando seguimiento a los acuerdos que emanen de dichas reuniones en el ámbito de su competencia; XXV. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a su jefe inmediato y proponer la resolución de estos cuando así se requiera; XXVI. Coordinarse con los demás titulares de las Unidades Administrativas y de la administración pública estatal, federal y/o municipal, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Secretaría; | https://drive.google.com/file/d/1QbX66i4FGpIC8-xmcYCSfUZqOKL9NZSd/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
100 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Planeación | Analista Especializado (a) | Analista Especializado (a) | Dirección de Planeación | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | El nivel no cuenta con facultades establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría, en virtud de que solo se manejan los niveles de Secretario, Subsecretarios y Directores. En el Manual de Organización solo se contemplan las funciones del Secretario, Subsecretarios, Directores y Jefes de Departamento. Por tal motivo no hay información que reportar en el criterio 7, 8 y 9. Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | ||||||||||||||||
101 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Programación y Seguimiento | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Programación y Seguimiento | Dirección de Planeación | Manual de Organización fracciones de la I-XVIII | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Participar en la integración de los procesos de planeación institucional que incorporen la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo II. Apoyar en la integración y seguimiento de la información que se genere en los Subcomités de promoción y Fomento Económico. III. Coadyuvar en el análisis de la planeación institucional con la visión de los elementos estratégicos de los programas nacionales y estatales de desarrollo. IV. Coadyuvar con las Unidades Administrativas la implementación de acciones de Planeación Institucional. V. Dar seguimiento al Sistema en la ejecución de las metas fijadas en la Secretaría e informar a la Dirección de Planeación, sobre los avances en el cumplimiento de metas y objetivos institucionales. VI. Apoyar en la integración del presupuesto basado en resultados. VII. Gestionar en coordinación con las Unidades Administrativas de la Secretaría en la elaboración de la matriz de indicadores para resultados de conformidad con las guías VIII. Apoyar en el análisis para Determinar las acciones, programas y proyectos contenidos en los Programas Sectoriales vigentes que atiende la Secretaría; IX. Apoyar en la integración de información técnica para el desarrollo de los programas y actividades, de conformidad con el Plan Estatal de Desarrollo vigente y los Programas Sectoriales, X. Apoyar en la elaboración del informe de seguimiento de los avances programáticos de las unidades administrativas de la Secretaría. XI. Apoyar en la generación de información sistematizada solicitada por el director(a) de Planeación XII. Apoyar a la Dirección de Planeación para la generación de formatos programáticos necesarios para la gestoría de los recursos a programas y proyectos aprobados GENÉRICAS XIII. Solicitar periódicamente, la información a las Unidades Administrativas, de los programas, proyectos y acciones para la XIV. Apoyar en la atención de los requerimientos de información en la materia competentes, manteniendo de manera consolidada y actualizada la base de datos de la información institucional, a fin de contar con información veraz y oportuna. XV. Elaboración del anteproyecto de los manuales aplicables a la Secretaría, en el ámbito competente. XVI. Elaborar informes de las actividades desarrolladas que sean requeridos por el superior inmediato XVII. Mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega Recepción en Línea (SENTRE) de la unidad administrativa. XVIII. Apoyar en la atención de las solicitudes de acceso a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo; | https://drive.google.com/file/d/1bouTTT8OkYtxkN1ygqM_rmOaLKjilE8E/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
102 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Departamento de Asistencia Técnica | Jefe (a) de Departamento | Jefe (a) de Departamento de Asistencia Técnica | Dirección de Planeación | Manual de Organización fracciones de la I-IX | FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Supervisar y asistir a las áreas en la elaboración correcta de la integración de Expedientes técnicos de los proyectos de esta secretaria en apego a los lineamientos II. Auxiliar en la elaboración de informe de seguimiento de los avances programáticos de las unidades administrativas de la Secretaría. III. Apoyar en el seguimiento de acuerdos establecidos por la secretaría en juntas, subcomités y foros para llevar un control. IV. Realizar las gestiones correspondientes ante la entidad autorizada para la aprobación y liberación de recursos de los programas y proyectos que la secretaria desarrolle. V. Coadyuvar en la atención de los requerimientos de información en la materia competentes, manteniendo de manera consolidada y actualizada la base de datos de la información institucional, a fin de contar con información veraz y oportuna. GENÉRICAS VI. Elaboración del anteproyecto de los manuales aplicables a la Secretaría, en el ámbito competente. VII. Elaborar informes de las actividades desarrolladas que sean requeridos por el superior inmediato. VIII. Mantener actualizada la información contenida dentro del Sistema de Entrega Recepción en Línea (SENTRE) de la unidad administrativa. IX. Auxiliar en la atención de las solicitudes de accesos a la información y en la actualización de la información pública obligatoria prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, la Ley de Protección de Datos Personales, así como dar debido cumplimiento a las obligaciones en las materias de transparencia, protección de datos personales y archivo; | https://drive.google.com/file/d/1vDn-Az1a4ISQZ15F6bJgQ_XTIFLhB6Ia/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||
103 | 2026 | 1/1/2026 | 31/3/2026 | Dirección de Proyectos | Director (a) | Director (a) de Proyectos | Dirección de Proyectos | Reglamento Interior Artículo 30, fracciones de la I-VII y Manual de Organización fracciones de la I-XVIII | DEL REGLAMENTO INTERIOR: Artículo 30. A la Dirección de Proyectos le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Coordinar la elaboración de proyectos del flujo de inversiones que sustentan el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Sectorial, integrando los indicadores base de costos, por unidad de producción, y tipo de instalaciones; II. Proponer y participar en la elaboración de análisis, estudios y proyectos para el desarrollo económico, incluyendo los referidos a la construcción de infraestructura económica y productiva, coadyuvando en la integración de los catálogos de conceptos y especificaciones de construcción que se requieran, y elaborar los presupuestos respectivos; III. Dar seguimiento y vigilar la adecuada observancia de los lineamientos y parámetros de los programas de aplicación, desarrollo o ejecución de los estudios y proyectos aprobados, para lo cual se deberá realizar el levantamiento de datos de posicionamiento global de la infraestructura existente y se analizarán sus características con el fin de proponer adecuaciones, ampliaciones o reforzamientos; IV. Revisar la memoria descriptiva de los análisis, estudios o proyectos en ejecución, así como, la metodología que deberá observarse para la actualización de costos y precios unitarios para dichos proyectos; V. Integrar los expedientes técnicos para la gestión de recursos de los estudios, análisis y proyectos de infraestructura económica y productiva, observando la legislación, normatividad y reglas de operación de los programas de inversión; DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN: FUNCIONES SUSTANTIVAS I. Coordinar la elaboración de proyectos del flujo de inversiones que sustentan el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Sectorial, integrando los indicadores base de costos, por unidad de producción, y tipo de instalaciones. II. Coordinar la realización de propuestas y la participación de la dirección en la elaboración de análisis, estudios y proyectos para el desarrollo económico, incluyendo los referidos a la construcción de infraestructura económica y productiva, coadyuvando en la integración de los catálogos de conceptos y especificaciones de construcción que se requieran, y elaborar los presupuestos respectivos. III. Realizar el seguimiento de los estudios y proyectos aprobados, vigilando la adecuada observancia de los lineamientos y parámetros de los programas de aplicación, desarrollo o ejecución para lo cual se deberá realizar el levantamiento de datos de posicionamiento global de la infraestructura existente y se analizarán sus características con el fin de proponer adecuaciones, ampliaciones o reforzamientos. IV. Revisar la memoria descriptiva de los análisis, estudios o proyectos en ejecución, así como, la metodología que deberá observarse para la actualización de costos y precios unitarios para dichos proyectos. V. Integrar los expedientes técnicos para la gestión de recursos de los estudios, análisis y proyectos de infraestructura económica y productiva, observando la legislación, normatividad y reglas de operación de los programas de inversión. VI. Coordinar la elaboración de los lineamientos para la integración de los programas anuales de necesidades inmobiliarias de las dependencias y entidades de la administración pública estatal. GENÉRICAS X. Convocar y participar en reuniones de trabajo con los servidores públicos de los Entes de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de competencia; | https://drive.google.com/file/d/1lcTAZWubmSXG6lo0riHX2BqrLYogFe94/view?usp=sharing | Departamento de Recursos Humanos | 10/04/2026 | Con referencia al criterio 10 respecto a los prestadores de Servicios Profesionales, no se contó con ningún contrato por dicha categoría durante este trimestre del año 2026 por lo que no hay información que proporcionar. | |||||||||||||