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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Calendario ActualizaciónA146_Calendario-ActualizaciónCalendario de Actualización de la información de oficio publicada en el portal de Internet
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Tabla Campos
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Calendario de Actualización de las Obligaciones deEjercicioNúmero de cada artículo de la LTAIPRCTexto de cada artículo de la LTAIPRCNúmero de cada una de las fraccionesTexto de cada una de las fraccionesAplicabilidad del artículo o fracciónPeriodo de actualización de cada artículo y/o fracEspecificar la referencia normativaFecha de publicación de la informaciónÁreas o unidades administrativas responsablesÁrea(s) responsable(s) de la informaciónFecha de validaciónFecha de ActualizaciónNota
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Ley de Transparencia , Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
I
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia, entre otros.
Aplica
Trimestral y cuando se se decrete, reforme, adicione, derogue o abrogue cualquier norma aplicable al sujeto obligado, deberá actualizarse en un plazo no mayor de 15 días hábiles a partir de su publicaciónen el Diario Oficial de la Federación o Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
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II
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;
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III
Las facultades de cada Área y las relativas a las funciones;
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IV
Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
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V
Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer
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VI
Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos, metas y resultados;
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VII
Los planes, programas o proyectos, con indicadores de gestión, de resultados y sus metas, que permitan evaluar su desempeño por área de conformidad con sus programas operativos;
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VIII
El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, fotografía, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
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IX
La remuneración mensual bruta y neta de todas las personas servidoras públicas de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración, en un formato que permita vincular a cada persona servidora pública con su remuneración;
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X
Una lista con el importe con el concepto de viáticos y gastos de representación que mensualmente las personas servidoras públicas hayan ejecutado por concepto de encargo o comisión, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;
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XI
El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa;
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XII
Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
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XIII
La Versión Pública en los sistemas habilitados para ello, de las Declaraciones Patrimoniales, de Intereses y Fiscal de las personas servidoras públicas y colaboradores de los sujetos obligados, que deban presentarlas de acuerdo a la normatividad aplicable;
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XIV
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;
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XV
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
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XVI
Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

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XVII
La información curricular y perfil de los puestos de las personas servidoras públicas, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;
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XVIII
El listado de personas servidoras públicas con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;
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XIX
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;
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XX
Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen;
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XXI
La información financiera sobre el presupuesto asignado, de los últimos tres ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución. Esta información incluirá:
a) Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, indicando el destino de cada uno de ellos:
b) El presupuesto de egresos y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales;
c) Las bases de cálculo de los ingresos;
d) Los informes de cuenta pública;
e) Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos;
f) Estados financieros y presupuestales, cuando así proceda, y
g) Las cantidades recibidas de manera desglosada por concepto de recursos autogenerados, y en su caso, el uso o aplicación que se les da;
h) El presupuesto ejercido en programas de capacitación en materia de transparencia, desglosado por tema de la capacitación, sujeto obligado y beneficiarios.
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XXII
Los programas operativos anuales y de trabajo en los que se refleje de forma desglosada la ejecución del presupuesto asignado por rubros y capítulos, para verificar el monto ejercido de forma parcial y total;
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XXIV
La información relativa a la Cuenta y Deuda públicas, en términos de la normatividad aplicable;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
XXV
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
XXVI
Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal y revisiones. Cada sujeto obligado deberá presentar un informe que contenga lo siguiente:
a) Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los sujetos obligados;
b) El número y tipo de auditorías realizadas en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;
c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoria por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y
d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el sujeto obligado;
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XXVII
Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
XXVIII
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
No Aplica Derivado de las Funciones y Atribuciones
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XXIX
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
XXX
La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
2. Los nombres de los participantes o invitados;

3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4. El Área solicitante y la responsable de su ejecución;
5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;
6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;
7. El contrato, la fecha, monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada y, en su caso, sus anexos;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
10. Origen de los recursos especificando si son federales, o locales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración ;
12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
13. El convenio de terminación, y
14. El finiquito;
b) De las Adjudicaciones Directas:
1. La propuesta enviada por el participante;
2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
3. La autorización del ejercicio de la opción;
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
5. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10. El convenio de terminación, y
11. El finiquito;
No Aplica Con fundamento en el artículo 222 del Código de Procedimientos Electorales del Distrito Federal los Partidos Políticos y el artículo 1 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal los Partidos Políticos no son sujetos obligados.
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XXXI
Los informes que por disposición legal debe rendir el sujeto obligado, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación;
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XXXII
Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;
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XXXIII
Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
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XXXIV
Padrón de proveedores y contratistas;
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XXXV
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado; así como los convenios institucionales celebrados por el sujeto obligado, especificando el tipo de convenio, con quién se celebra, objetivo, fecha de celebración y vigencia;
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XXXVI
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
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XXXVII
La relación del número de recomendaciones emitidas al sujeto obligado por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, las acciones que han llevado a cabo para su atención; y el seguimiento a cada una de ellas, así como el avance e implementación de las líneas de acción del Programa de Derechos Humanos que le corresponda;
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XXXVIII
La relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al sujeto obligado, y el seguimiento a cada una de ellas;
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XXXIX
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
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XL
Los mecanismos de participación ciudadana
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XLI
Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
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XLII
La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades;
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
mensual
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XLIII
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
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XLIV
Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
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XLV
Los estudios financiados con recursos públicos;
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XLVI
El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
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XLVII
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
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XLVIII
Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
XLIX
El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
L
La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas, ordinarias y extraordinarias de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comités, comisiones y sesiones de trabajo que convoquen los sujetos obligados en el ámbito de su competencia, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso los consejos consultivos. Se deberán difundir las minutas o las actas de las reuniones y sesiones, así como la lista de los integrantes de cada uno de los órganos colegiados.
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
LI
Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
LII
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
LIII
La ubicación de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercicio; y
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
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Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
LIV
Los sujetos obligados que otorguen incentivos, condonaciones o reducciones fiscales; concesiones, permisos o licencias por virtud de las cuales se usen, gocen, disfruten o exploten bienes públicos, se ejerzan actos o se desarrolle cualquier actividad de interés público o se opere en auxilio y colaboración de la autoridad, se perciban ingresos de ellas, se reciban o permitan el ejercicio de gasto público, deberán señalar las personas beneficiadas, la temporalidad, los montos y todo aquello relacionado con el acto administrativo, así como lo que para tal efecto le determine el Instituto.
No Aplica Derivado de sus funcines y atribuciones.
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
I
El padrón de afiliados o militantes de los partidos políticos, que contendrá, exclusivamente: apellidos, nombre o nombres, fecha de afiliación y entidad de residencia;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
II
Los acuerdos y resoluciones de los órganos de dirección de los partidos políticos;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
III
Los convenios de participación entre partidos políticos con organizaciones de la sociedad civil;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
IV
Contratos y convenios para la adquisición o arrendamiento de bienes y servicios;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
V
Las minutas de las sesiones de los partidos políticos
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
VI
Los responsables de los órganos internos de finanzas de los partidos políticos;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
VII
Las organizaciones sociales adherentes o similares a algún partido político;
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VIII
Los montos de las cuotas ordinarias y extraordinarias aportadas por sus militantes;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
IX
Los montos autorizados de financiamiento privado, así como una relación de los nombres de los aportantes vinculados con los montos aportados;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
X
El listado de aportantes a las precampañas y campañas políticas;
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XI
El acta de la asamblea constitutiva, así como de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XII
Las demarcaciones electorales en las que participen;
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XIII
Los tiempos que les corresponden en canales de radio y televisión;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XIV
Sus documentos básicos, plataformas electorales y programas de gobierno y los mecanismos de designación de los órganos de dirección en sus respectivos ámbitos;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XV
El directorio de sus órganos de dirección en la Ciudad de México y, en su caso, regionales, por demarcación territorial y distritales;
Aplica
Mensual. En su caso, 15 días hábiles después de una modificación
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2da Quincena de cada mes.Secretaría GeneralSecretaría General30/01/201930/01/2019
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XVI
El tabulador de remuneraciones que perciben los integrantes de los órganos a que se refiere la fracción anterior y de los demás funcionarios partidistas, que deberá vincularse con el directorio y estructura orgánica; así como cualquier persona que reciba ingresos por parte del partido político, independientemente de la función que desempeñe dentro o fuera del partido;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XVII
El currículo con fotografía reciente y versión pública de la declaración patrimonial, de conflictos de intereses y fiscal, de todos los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, con el cargo al que se postula, el distrito electoral, la demarcación territorial y la entidad;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XVIII
El currículo de los dirigentes a nivel de la entidad y de la demarcación territorial;
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XIX
Los convenios de frente, coalición o fusión que celebren o de participación electoral que realicen con agrupaciones políticas;
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Ley de Transparencia , Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Lineamientos y metodología de evaluación de las Obligaciones de Transparencia que deben publicar en sus portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia los sujetos obligados de la Ciudad de México.
2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XX
Las convocatorias que emitan para la elección de sus dirigentes o la postulación de sus candidatos a cargos de elección popular y, en su caso, el registro correspondiente;
AplicaTrimestral
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
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Ley de Transparencia , Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXI
Los responsables de los procesos internos de evaluación y selección de candidatos a cargos de elección popular, conforme a su normatividad interna;
AplicaSemestral
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31 de enero
31 de julio
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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXII
Informes sobre el gasto del financiamiento público ordinario recibido para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres;
AplicaAnual
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1a. Quincena de Febrero

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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXIII
Las resoluciones dictadas por los órganos de control;
AplicaMensual
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2da Quincena de cada mes.Secretaría de OrganizaciónSecretaría de Organización30/01/201930/01/2019
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXIV
Los montos de financiamiento público otorgados mensualmente, en cualquier modalidad, a sus órganos de dirección en los niveles de entidad y demarcación territorial, así como los descuentos correspondientes a sanciones;
AplicaMensual
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2da Quincena de cada mes.Secretaría de FinanzasSecretaría de Finanzas30/01/201930/01/2019
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXV
El estado de situción financiera y patrimonial; el inventario de los bienes inmuebles de los que sean propietarios, así como los anexos que formen parte integrante de los docuementos anterioes
AplicaSemestral
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31 de enero
31 de julio
Secretaría de FinanzasSecretaría de Finanzas30/01/201930/01/2019
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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXVI
Las resoluciones que emiten sus órganos disciplinarios de cualquier nivel, una vez que hayan causado estado;
AplicaMensual
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2da Quincena de cada mes.Comisión de Honor y JusticiaComisión de Honor y Justicia30/01/201930/01/2019
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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXVII
Los nombres de sus representantes ante la autoridad electoral competente;
AplicaTrimestral
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
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Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXVIII
Los mecanismos de control y supervisión aplicados a los procesos internos de selección de candidatos;
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
Secretaría de Procesos ElectoralesSecretaría de Procesos Electorales30/01/201930/01/2019
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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXIX
El listado de fundaciones, asociaciones, centros o Institutos de investigación o capacitación o cualquier otro que reciban apoyo económico de los partidos políticos, así como los montos destinados para tal efecto, y
AplicaMensual
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2da Quincena de cada mes.Secretaría de FinanzasSecretaría de Finanzas30/01/201930/01/2019
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2019129
Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los partidos políticos, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición y actualizar la siguiente información:
XXX
Las resoluciones que dicte la autoridad electoral competente respecto de los informes de ingresos y gastos.
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
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2019143
Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar
Único texto de la norma
I. tipo de obra II. el lugar; III. el plazo de ejecución; IV. el monto (el original y el final); V. número de beneficiados; VI. la identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra; VII. el nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y VIII. los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.
No aplica con fundamento al artículo 41 base i de la constitución política de los estados unidos mexicanos y el artículo 03 de la ley general de partidos, los partidos políticos son entidades de interés público cuya finalidad en términos generales es promover la participación ciudadana del pueblo en la vida democrática
Trimestral
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
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2019146
Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El instituto realizará de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este título.
Único texto de la normaÚnico texto de la normaAplicaAnual
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1a. Quincena de Febrero

Unidad de TransparenciaUnidad de Transparencia30/01/201930/01/2019
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2019147
Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los sujetos obligados de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.
Único texto de la normaÚnico texto de la norma
No aplica con fundamento al artículo 41 base i de la constitución política de los estados unidos mexicanos y el artículo 03 de la ley general de partidos, los partidos políticos son entidades de interés público cuya finalidad en términos generales es promover la participación ciudadana del pueblo en la vida democrática
Trimestral
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31 de enero
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
Secretaría de FinanzasSecretaría de Finanzas30/01/201930/01/2019
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