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1 | Nombre del Sujeto Obligado: | Ayuntamiento de Las Choapas | ||||||||||||||||||||||||
2 | Normativa: | Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | ||||||||||||||||||||||||
3 | Formato: | Participación ciudadana_Mecanismos de participación ciudadana | ||||||||||||||||||||||||
4 | Periodos: | 1er trimestre, 2do trimestre, 3er trimestre, 4to trimestre | ||||||||||||||||||||||||
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6 | ID | Ejercicio | Fecha de Inicio Del Periodo Que Se Informa | Fecha de Término Del Periodo Que Se Informa | Denominación Del Mecanismo de Participación Ciudadana | Fundamento Jurídico, en su Caso | Objetivo(s) Del Mecanismo de Participación Ciudadana | Alcances Del Mecanismo de Participación Ciudadana | Hipervínculo a La Convocatoria | Temas Sujetos a Revisión Y Consideración | Requisitos de Participación | Cómo Recibirá El Sujeto Obligado Las Propuestas | Medio de Recepción de Propuestas | Fecha de Inicio Recepción de Las Propuestas | Fecha de Término Recepción de Las Propuestas | Área(s) Y Persona(s) Servidora(s) Pública(s) con Las Que Se Podrá Establecer Contacto (Tabla_454071) | Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información | Fecha de Actualización | Nota | |||||||
7 | 52290809 | 2024 | 01/10/2024 | 31/12/2024 | Comités de Contraloría Social | Artículos 202, 203 y 204 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Vigilar que la obra pública se realice de acuerdo con el expediente técnico respectivo y dentro de la normatividad aplicable; II. Participar como observadores en los procesos o actos administrativos relacionados con la adjudicación o concesión de la ejecución de la obra; III. Hacer visitas de inspección y llevar registro de sus resultados; IV. Verificar la calidad con que se realiza la obra pública; V. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes las irregularidades que se observen dentro del desempeño de sus funciones o las quejas que reciban de la ciudadanía, con motivo de las obras objeto de supervisión; VI. Integrar un archivo con la documentación que se derive de la supervisión de las obras; VII. Solicitar a las dependencias y entidades de la administración pública municipal las facilidades y la información necesaria para el desempeño de sus funciones; y VIII. Intervenir en los actos de entrega-recepción de las obras y acciones, informando a los vecinos sobre el resultado del desempeño de sus funciones; y. IX. Promover el adecuado mantenimiento de la obra pública ante las autoridades municipales.Adicionalmente deberán participar en la capacitación que brindará el Ayuntamiento sobre las tareas y responsabilidades durante la ejecución de la obra. | Municipal | https://drive.google.com/file/d/1cmJbRVajcikYM6UvDRyTB9FCq-sUa4UZ/view?usp=drive_link | Es el órgano de participación ciudadana responsable de supervisar la construcción de obra pública municipal, desde su planeación hasta su conclusión. | Acreditar su vecindad como beneficiario a través de su identificación oficial o comprobante de domicilio certificado o constancia de residencia expedida por el Jefe de Manzana y certificada por el Secretario del Ayuntamiento. Ser mayor de edad. Preferentemente saber leer y escribir. No ser dirigente de organizaciones políticas o de alguna representación sindical. No tener la condición de servidor público municipal. No tener intereses económicos o políticos en la administración municipal. No tener relación, parentesco por consanguineidad o afinidad hasta el cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico, Regidores y/o servidor público relacionado con la ejecución de obra en el Ayuntamiento Convocante. Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones. Participar en la capacitación respecto a las responsabilidades y las labores que debe desempeñar. | En Asamblea Constitutiva de Comité de Contraloría Social | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 31/12/2024 | 52290809 | Ramo 033 | 31/12/2024 | se le invita a los ciudadanos beneficiados mendiante la convocatoria, para posteriormente de manera democratica elegir a los integrantes | |||||||
8 | 52290811 | 2024 | 01/10/2024 | 31/12/2024 | Consejo de Desarrollo Municipal | Arts. 202 y 203 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Se integra mediante un proceso democrático para la elección de nuevos participantes como auxiliares del H. Ayuntamiento | Municipal | Es un órgano de participación ciudadana de composición mixta al cual le corresponde las tareas de planeación, programación, seguimiento, control y evaluación del FAISMUN, este organo se encuentra vigente por ejercicio fiscal. | Acreditar residencia mayor a un año en alguno de los centros de población del municipio. Ser mayor de edad. No desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Municipal. No ser proveedor, prestador de servicios o contratista del Ayuntamiento. No tener lazo de parentesco consanguíneo o afinidad hasta cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico o Regidores y/o con algún servidor público municipal. No tener conflicto de interés probado en la Administración Pública Municipal. No ser ministro de algún culto religioso. No ser dirigente de algún partido u organización política. | Secretaria Municipal | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 52290811 | Secretaria Municipal | 31/12/2024 | Se encuentra vigente con el ejercicio fiscal. | ||||||||
9 | 52290810 | 2024 | 01/10/2024 | 31/12/2024 | Consejo de Planeacion para el Desarrollo Municipal | Art. 191 y 192 de la Ley Organica del Municipio Libre y Art. 10 fraccion I de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Municipal | https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=365869489396646&id=100079207925776&mibextid=oFDknk&rdid=mQ0GvQMeZBGu1FqI | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Todo ciudadano, organizaciones sociales, y sectores públicos y privados del municipio, invitados mediante convocatoria pública, posteriormente designados por el Cabildo. | Direccion de Planeacion | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 52290810 | Direccion de Planeacion | 31/12/2024 | Se lleva a cabo durante el período que se informa debido a que este rubro ya esta establecido desde el inicio de la administraciòn actual por lo cual se encuentra vigente. Se realizo una actualizacion de integrantes. | |||||||
10 | 51755662 | 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Comités de Contraloría Social | Artículos 202, 203 y 204 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Vigilar que la obra pública se realice de acuerdo con el expediente técnico respectivo y dentro de la normatividad aplicable; II. Participar como observadores en los procesos o actos administrativos relacionados con la adjudicación o concesión de la ejecución de la obra; III. Hacer visitas de inspección y llevar registro de sus resultados; IV. Verificar la calidad con que se realiza la obra pública; V. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes las irregularidades que se observen dentro del desempeño de sus funciones o las quejas que reciban de la ciudadanía, con motivo de las obras objeto de supervisión; VI. Integrar un archivo con la documentación que se derive de la supervisión de las obras; VII. Solicitar a las dependencias y entidades de la administración pública municipal las facilidades y la información necesaria para el desempeño de sus funciones; y VIII. Intervenir en los actos de entrega-recepción de las obras y acciones, informando a los vecinos sobre el resultado del desempeño de sus funciones; y. IX. Promover el adecuado mantenimiento de la obra pública ante las autoridades municipales.Adicionalmente deberán participar en la capacitación que brindará el Ayuntamiento sobre las tareas y responsabilidades durante la ejecución de la obra. | Municipal | https://drive.google.com/file/d/1cmJbRVajcikYM6UvDRyTB9FCq-sUa4UZ/view?usp=drive_link | Es el órgano de participación ciudadana responsable de supervisar la construcción de obra pública municipal, desde su planeación hasta su conclusión. | Acreditar su vecindad como beneficiario a través de su identificación oficial o comprobante de domicilio certificado o constancia de residencia expedida por el Jefe de Manzana y certificada por el Secretario del Ayuntamiento. Ser mayor de edad. Preferentemente saber leer y escribir. No ser dirigente de organizaciones políticas o de alguna representación sindical. No tener la condición de servidor público municipal. No tener intereses económicos o políticos en la administración municipal. No tener relación, parentesco por consanguineidad o afinidad hasta el cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico, Regidores y/o servidor público relacionado con la ejecución de obra en el Ayuntamiento Convocante. Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones. Participar en la capacitación respecto a las responsabilidades y las labores que debe desempeñar. | En Asamblea Constitutiva de Comité de Contraloría Social | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 31/12/2024 | 51755662 | Ramo 033 | 30/09/2024 | se le invita a los ciudadanos beneficiados mendiante la convocatoria, para posteriormente de manera democratica elegir a los integrantes | |||||||
11 | 51755664 | 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Consejo de Desarrollo Municipal | Arts. 202 y 203 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Se integra mediante un proceso democrático para la elección de nuevos participantes como auxiliares del H. Ayuntamiento | Municipal | Es un órgano de participación ciudadana de composición mixta al cual le corresponde las tareas de planeación, programación, seguimiento, control y evaluación del FAISMUN, este organo se encuentra vigente por ejercicio fiscal. | Acreditar residencia mayor a un año en alguno de los centros de población del municipio. Ser mayor de edad. No desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Municipal. No ser proveedor, prestador de servicios o contratista del Ayuntamiento. No tener lazo de parentesco consanguíneo o afinidad hasta cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico o Regidores y/o con algún servidor público municipal. No tener conflicto de interés probado en la Administración Pública Municipal. No ser ministro de algún culto religioso. No ser dirigente de algún partido u organización política. | Secretaria Municipal | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 51755664 | Secretaria Municipal | 30/09/2024 | Se encuentra vigente con el ejercicio fiscal. | ||||||||
12 | 51755663 | 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Consejo de Planeacion para el Desarrollo Municipal | Art. 191 y 192 de la Ley Organica del Municipio Libre y Art. 10 fraccion I de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Municipal | https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=365869489396646&id=100079207925776&mibextid=oFDknk&rdid=mQ0GvQMeZBGu1FqI | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Todo ciudadano, organizaciones sociales, y sectores públicos y privados del municipio, invitados mediante convocatoria pública, posteriormente designados por el Cabildo. | Direccion de Planeacion | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 51755663 | Direccion de Planeacion | 30/09/2024 | Se lleva a cabo durante el período que se informa debido a que este rubro ya esta establecido desde el inicio de la administraciòn actual por lo cual se encuentra vigente. Se realizo una actualizacion de integrantes. | |||||||
13 | 49391498 | 2024 | 01/04/2024 | 30/06/2024 | Comités de Contraloría Social | Artículos 202, 203 y 204 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Vigilar que la obra pública se realice de acuerdo con el expediente técnico respectivo y dentro de la normatividad aplicable; II. Participar como observadores en los procesos o actos administrativos relacionados con la adjudicación o concesión de la ejecución de la obra; III. Hacer visitas de inspección y llevar registro de sus resultados; IV. Verificar la calidad con que se realiza la obra pública; V. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes las irregularidades que se observen dentro del desempeño de sus funciones o las quejas que reciban de la ciudadanía, con motivo de las obras objeto de supervisión; VI. Integrar un archivo con la documentación que se derive de la supervisión de las obras; VII. Solicitar a las dependencias y entidades de la administración pública municipal las facilidades y la información necesaria para el desempeño de sus funciones; y VIII. Intervenir en los actos de entrega-recepción de las obras y acciones, informando a los vecinos sobre el resultado del desempeño de sus funciones; y. IX. Promover el adecuado mantenimiento de la obra pública ante las autoridades municipales.Adicionalmente deberán participar en la capacitación que brindará el Ayuntamiento sobre las tareas y responsabilidades durante la ejecución de la obra. | Municipal | https://drive.google.com/drive/folders/1JJAA2rD1OAc7CBbOxxn872VpwvJTFEQx | Es el órgano de participación ciudadana responsable de supervisar la construcción de obra pública municipal, desde su planeación hasta su conclusión. | Acreditar su vecindad como beneficiario a través de su identificación oficial o comprobante de domicilio certificado o constancia de residencia expedida por el Jefe de Manzana y certificada por el Secretario del Ayuntamiento. Ser mayor de edad. Preferentemente saber leer y escribir. No ser dirigente de organizaciones políticas o de alguna representación sindical. No tener la condición de servidor público municipal. No tener intereses económicos o políticos en la administración municipal. No tener relación, parentesco por consanguineidad o afinidad hasta el cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico, Regidores y/o servidor público relacionado con la ejecución de obra en el Ayuntamiento Convocante. Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones. Participar en la capacitación respecto a las responsabilidades y las labores que debe desempeñar. | En Asamblea Constitutiva de Comité de Contraloría Social | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 31/12/2024 | 49391498 | Ramo 033 | 30/06/2024 | se le invita a los ciudadanos beneficiados mendiante la convocatoria, para posteriormente de manera democratica elegir a los integrantes | |||||||
14 | 49391500 | 2024 | 01/04/2024 | 30/06/2024 | Consejo de Desarrollo Municipal | Arts. 202 y 203 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Se integra mediante un proceso democrático para la elección de nuevos participantes como auxiliares del H. Ayuntamiento | Municipal | Es un órgano de participación ciudadana de composición mixta al cual le corresponde las tareas de planeación, programación, seguimiento, control y evaluación del FAISMUN, este organo se encuentra vigente por ejercicio fiscal. | Acreditar residencia mayor a un año en alguno de los centros de población del municipio. Ser mayor de edad. No desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Municipal. No ser proveedor, prestador de servicios o contratista del Ayuntamiento. No tener lazo de parentesco consanguíneo o afinidad hasta cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico o Regidores y/o con algún servidor público municipal. No tener conflicto de interés probado en la Administración Pública Municipal. No ser ministro de algún culto religioso. No ser dirigente de algún partido u organización política. | Secretaria Municipal | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 49391500 | Secretaria Municipal | 30/06/2024 | Se encuentra vigente con el ejercicio fiscal. | ||||||||
15 | 49391499 | 2024 | 01/04/2024 | 30/06/2024 | Consejo de Planeacion para el Desarrollo Municipal | Art. 191 y 192 de la Ley Organica del Municipio Libre y Art. 10 fraccion I de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Municipal | https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=365869489396646&id=100079207925776&mibextid=oFDknk&rdid=mQ0GvQMeZBGu1FqI | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Todo ciudadano, organizaciones sociales, y sectores públicos y privados del municipio, invitados mediante convocatoria pública, posteriormente designados por el Cabildo. | Direccion de Planeacion | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 49391499 | Direccion de Planeacion | 30/06/2024 | Se lleva a cabo durante el período que se informa debido a que este rubro ya esta establecido desde el inicio de la administraciòn actual por lo cual se encuentra vigente. Se realizo una actualizacion de integrantes. | |||||||
16 | 49391495 | 2024 | 01/01/2024 | 31/03/2024 | Comités de Contraloría Social | Artículos 202, 203 y 204 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Vigilar que la obra pública se realice de acuerdo con el expediente técnico respectivo y dentro de la normatividad aplicable; II. Participar como observadores en los procesos o actos administrativos relacionados con la adjudicación o concesión de la ejecución de la obra; III. Hacer visitas de inspección y llevar registro de sus resultados; IV. Verificar la calidad con que se realiza la obra pública; V. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes las irregularidades que se observen dentro del desempeño de sus funciones o las quejas que reciban de la ciudadanía, con motivo de las obras objeto de supervisión; VI. Integrar un archivo con la documentación que se derive de la supervisión de las obras; VII. Solicitar a las dependencias y entidades de la administración pública municipal las facilidades y la información necesaria para el desempeño de sus funciones; y VIII. Intervenir en los actos de entrega-recepción de las obras y acciones, informando a los vecinos sobre el resultado del desempeño de sus funciones; y. IX. Promover el adecuado mantenimiento de la obra pública ante las autoridades municipales.Adicionalmente deberán participar en la capacitación que brindará el Ayuntamiento sobre las tareas y responsabilidades durante la ejecución de la obra. | Municipal | https://drive.google.com/drive/folders/1JJAA2rD1OAc7CBbOxxn872VpwvJTFEQx | Es el órgano de participación ciudadana responsable de supervisar la construcción de obra pública municipal, desde su planeación hasta su conclusión. | Acreditar su vecindad como beneficiario a través de su identificación oficial o comprobante de domicilio certificado o constancia de residencia expedida por el Jefe de Manzana y certificada por el Secretario del Ayuntamiento. Ser mayor de edad. Preferentemente saber leer y escribir. No ser dirigente de organizaciones políticas o de alguna representación sindical. No tener la condición de servidor público municipal. No tener intereses económicos o políticos en la administración municipal. No tener relación, parentesco por consanguineidad o afinidad hasta el cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico, Regidores y/o servidor público relacionado con la ejecución de obra en el Ayuntamiento Convocante. Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones. Participar en la capacitación respecto a las responsabilidades y las labores que debe desempeñar. | En Asamblea Constitutiva de Comité de Contraloría Social | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 31/12/2024 | 49391495 | Ramo 033 | 31/03/2024 | se le invita a los ciudadanos beneficiados mendiante la convocatoria, para posteriormente de manera democratica elegir a los integrantes | |||||||
17 | 49391496 | 2024 | 01/01/2024 | 31/03/2024 | Consejo de Planeacion para el Desarrollo Municipal | Art. 191 y 192 de la Ley Organica del Municipio Libre y Art. 10 fraccion I de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Municipal | https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=365869489396646&id=100079207925776&mibextid=oFDknk&rdid=mQ0GvQMeZBGu1FqI | Es un órgano auxiliar del ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación, así como en la formulación, aplicación control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. | Todo ciudadano, organizaciones sociales, y sectores públicos y privados del municipio, invitados mediante convocatoria pública, posteriormente designados por el Cabildo. | Direccion de Planeacion | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 49391496 | Direccion de Planeacion | 31/03/2024 | Se lleva a cabo durante el período que se informa debido a que este rubro ya esta establecido desde el inicio de la administraciòn actual por lo cual se encuentra vigente. Se realizo una actualizacion de integrantes. | |||||||
18 | 49391497 | 2024 | 01/01/2024 | 31/03/2024 | Consejo de Desarrollo Municipal | Arts. 202 y 203 de la Ley Orgánica del Municipio Libre | Se integra mediante un proceso democrático para la elección de nuevos participantes como auxiliares del H. Ayuntamiento | Municipal | Es un órgano de participación ciudadana de composición mixta al cual le corresponde las tareas de planeación, programación, seguimiento, control y evaluación del FAISMUN, este organo se encuentra vigente por ejercicio fiscal. | Acreditar residencia mayor a un año en alguno de los centros de población del municipio. Ser mayor de edad. No desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Municipal. No ser proveedor, prestador de servicios o contratista del Ayuntamiento. No tener lazo de parentesco consanguíneo o afinidad hasta cuarto grado con el Presidente Municipal, Síndico o Regidores y/o con algún servidor público municipal. No tener conflicto de interés probado en la Administración Pública Municipal. No ser ministro de algún culto religioso. No ser dirigente de algún partido u organización política. | Secretaria Municipal | Fisico o Electronico | 01/01/2024 | 29/02/2024 | 49391497 | Secretaria Municipal | 31/03/2024 | Se encuentra vigente con el ejercicio fiscal. | ||||||||
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