| A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z | AA | AB | AC | AD | AE | AF | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||
2 | Servicios ofrecidos | 19 LGT_Art_70_Fr_XIX | La información para dar a conocer los servicios públicos que presta el sujeto obligado, tanto de las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, como las realizadas por los sujetos obligados que no formen parte de la Administración Pública, pero que involucren el uso de recursos públicos. Los servicios deben estar al alcance de la población sin necesidad de que el ésta los exija, como es el caso de los trámites. | |||||||||||||||||||||||||||||
3 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||
4 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Nombre del servicio | Tipo de servicio (catálogo) | Tipo de población usuaria y/o población objetivo (Redactados con perspectiva de género) | Descripción del objetivo del servicio (Redactado con perspectiva de género) | Modalidad del servicio | Enumerar y detallar los requisitos (Redactados con perspectiva de género) | Documentos requeridos, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficial | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficial | Tiempo de respuesta | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitan | Área en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto Tabla_334763 | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicio | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuito | Sustento legal para su cobro | Lugares donde se efectúa el pago | Fundamento jurídico-administrativo del servicio | Derechos de la población usuaria ante la negativa o la falta ante la prestación del servicio (Redactados con perspectiva de género) | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicio | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información adicional del servicio, en su caso (Redactada con perspectiva de género) | Otro medio que permita el envío de consultas y documentos Tabla_566475 | Lugar para reportar presuntas anomalias Tabla_334754 | Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o al sistema homólogo | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota | |
5 | 2024 | 01/01/2024 | 31/03/2024 | Orientación y Asesoría en materia de Acceso a la Información Pública | Directo | Todas las personas agremiadas y sociedad en general. | Garantizar el derecho humano de acceso a la información pública del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación | Presencial y en línea | Los señalados en el artículo 124 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Los solicitantes deberán acreditar su identidad para recibir la orientación de acceso a la información con credencial de elector, cartilla del servicio militar, cédula profesional o pasaporte. La descripción de lo que se desea saber puede ir en formato estilo libre. | https://home.inai.org.mx/wp-content/uploads/ACT-PUB-05-11-2015.08-ANEXO.docx | 05/11/2018 | Inmediato y, una vez presentada la solicitud de acceso, el sujeto obligado cuenta hasta con 20 días hábiles para dar respuesta a la misma, la cual, podrá prorrogarse hasta por 10 días hábiles, según lo establecido en la Ley Federal y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. | 10 días | 15 días | Permanente | 1 | Garantizar el acceso a la información | El servicio de orientación es gratuito y sólo en el caso del trámite de una solicitud de acceso se pueden generar costos por reproducción y/o envío de información, según los señalados en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Artículo 141 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Colegiado Nacional de Finanzas del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación | Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública | En caso de no recibir atención u orientación alguna, podrá presentar una queja ante el Colegiado Nacional Jurídico del Sindicato y podrá interponer un Recurso de Revisión, de acuerdo a lo establecido en el Título Octavo, Capítulo I, Artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. | El acuse de la Plataforma Nacional de Transparencia | Derivado del servicio que se ofrece no se genera documentos que acrediten la orientación. | 1 | 1 | Unidad de Transparencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación | 31/03/2024 | Cuando se trata de solicitudes de acceso presenciales, el horario de atención es de lunes a viernes de 10:00 a 19:00; lo anterior debido a que corresponde a la jornada laboral del personal encargado de atender la Unidad de Transparencia. Sin embargo, las solicitudes de acceso realizadas por medio electrónico se atienden de manera permanente. No se cuenta con domicilio en el extranjero. No se publica el hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, en razón de que esta organización, no realiza registros en dicho Catálogo. Información vigente al Primer Trimestre de 2024. | ||
6 | 2024 | 01/01/2024 | 31/03/2024 | Orientación y Asesoría para ejercer los derechos de Protección de Datos Personales: Acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales (ARCO) | Directo | Todas las personas agremiadas y sociedad en general. | Garantizar el derecho humano de la Protección de Datos Personales: Acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales (ARCO) | Presencial y en línea | De acuerdo al artículo 29 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición deberá contener y acompañar lo siguiente: I. El nombre de la persona titular y domicilio u otro medio para comunicarle la respuesta a su solicitud; II. Los documentos que acrediten la identidad o, en su caso, la representación legal de la persona titular; III. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados, y IV. Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales. | Los solicitantes deberán acreditar su identidad para recibir los datos personales con credencial de elector, cartilla del servicio militar, cédula profesional o pasaporte. Si desea nombrar un representante legal éste deberá acreditar tal representación. | https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/formatos/PDP/FormatoDerechosARCO.docx | 05/11/2018 | Inmediato y, una vez presentada la solicitud de protección de datos, el sujeto obligado cuenta hasta con 20 días hábiles para dar respuesta a la misma, la cual, podrá prorrogarse hasta por 10 días hábiles, según lo establecido en la Ley Federal y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. | 10 días | 15 días | Permanente | 1 | Proteger los datos personales | El servicio de orientación es gratuito y sólo en el caso del trámite de una solicitud de DERECHOS ARCO, se pueden generar costos, según los señalados en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. | Artículo 35 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares | Colegiado Nacional de Finanzas del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación | Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares | Lo señalado en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares: En caso de no recibir orientación, podrá presentar una queja ante el Colegiado Nacional Jurídico del Sindicato y, si transcurridos los plazos que estipula la ley, no se diera respuesta a su solicitud, entonces podrá iniciar el procedimiento de protección de derechos ARCO ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), de acuerdo al artículo 45 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. | El acuse de la Plataforma Nacional de Transparencia | Derivado del servicio que se ofrece no se genera documentos que acrediten la orientación. | 1 | 1 | Unidad de Transparencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación | 31/03/2024 | Cuando se trata de solicitudes de acceso presenciales, el horario de atención es de lunes a viernes de 10:00 a 19:00; lo anterior debido a que corresponde a la jornada laboral del personal encargado de atender la Unidad de Transparencia. Sin embargo, las solicitudes de acceso realizadas por medio electrónico se atienden de manera permanente. No se cuenta con domicilio en el extranjero. No se publica el hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, en razón de que esta organización, no realiza registros en dicho Catálogo. Información vigente al Primer Trimestre de 2024. | ||
7 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
8 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
9 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
10 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
11 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
12 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
13 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
14 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
15 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
16 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
17 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
18 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
19 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
20 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
21 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
22 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
23 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
24 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
25 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
26 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
27 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
28 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
29 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
30 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
31 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
32 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
33 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
34 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
35 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
36 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
37 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
38 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
39 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
40 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
41 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
42 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
43 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
44 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
45 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
46 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
47 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
48 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
49 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
50 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
51 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
52 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
53 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
54 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
55 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
56 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
57 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
58 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
59 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
60 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
61 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
62 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
63 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
64 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
65 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
66 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
67 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
68 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
69 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
70 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
71 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
72 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
73 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
74 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
75 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
76 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
77 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
78 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
79 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
80 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
81 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
82 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
83 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
84 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
85 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
86 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
87 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
88 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
89 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
90 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
91 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
92 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
93 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
94 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
96 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
97 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
98 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
99 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
100 | ||||||||||||||||||||||||||||||||