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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Participación ciudadana_Mecanismos de participación ciudadanaa69_f37_aLa información respecto a los mecanismos que permitan, convoquen o fomenten la participación de las personas a través de opiniones, propuestas, manifestaciones, análisis, colaboraciones, entre otras; que sean individuales o como parte de consejos o comités, y que estén relacionadas con la toma de decisiones de interés público y el quehacer de las instituciones.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaDenominación del mecanismo de participación ciudadanaFundamento jurídico, en su casoObjetivo(s) del mecanismo de participación ciudadanaAlcances del mecanismo de participación ciudadana Hipervínculo a la convocatoriaTemas sujetos a revisión y consideraciónRequisitos de participaciónCómo recibirá el sujeto obligado las propuestasMedio de recepción de propuestasFecha de inicio recepción de las propuestasFecha de término recepción de las propuestasÁrea(s) y servidor(es) público(s) con los que se podrá establecer contacto
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Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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201901/01/201931/03/2019Ley de Participación Ciudadanapara el Estado de HidalgoDirección Ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana3/31/20193/31/2019Formato correpondiente al primer trimestre de 2019. No se puede proporcionar informacion de los campos "Denominación del mecanismo", "Objetivo del mecanismo", "Alcances del mecanismos","hipervinculo a la convocatoria", "temas sujetos a revisión", "requisitos de participación", "como recibira el sujeto obligado la propuesta", "medio de recepción de la propuesta", "fecha de inicio de recepción", "fecha de termino de recepción", "resultado", "numero de participantes", "respuesta de la dependencia" ya que no se ha llevado a cabo la implementacion de los mecanismos de participacion que establece la ley de participación ciudadana para el estado de hidalgo. Como lo indica la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo, en su artículo 4. La iniciativa de ley puede ser propuesta por la ciudadanía y corresponde al poder legislativo determinar su seguimiento. En cuanto a la Consulta popular la misma Ley en su Art.5 refiere podrá ser solicitada por el Gobernador, el Congreso del Estado y la Ciudadanía, por un mínimo del 2% de ciudadanos y ciudadanas inscritas en la lista nominal), requisito que corresponde verificar al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. Correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia la validación el tema. A la fecha no se cuenta con información derivado de que en la Entidad no se ha operado éste mecanismo.
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2do. Trimestre
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201901/04/201930/06/2019
Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo
Dirección Ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana30/06/201930/06/2019Formato correspondiente al segundo trimestre de 2019. No se puede proporcionar información de los campos "Denominación del mecanismo", "Objetivos del mecanismo", "Alcances del mecanismos","Hipervínculo a la convocatoria", "Temas sujetos a revisión", "Requisitos de participación", "Como recibirá el sujeto obligado la propuesta", "Medio de recepción de la propuesta", "Fecha de inicio de recepción", "Fecha de termino de recepción", "Área(s) y servidor(es) público(s) con los que se podrá establecer contacto", ya que no se ha llevado a cabo la implementación de los mecanismos de participación que establece la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo. Como lo indica la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo, en su artículo 4. La iniciativa de ley puede ser propuesta por la ciudadanía y corresponde al poder legislativo determinar su seguimiento. En cuanto a la Consulta Popular la misma Ley en su Art.5 refiere podrá ser solicitada por el Gobernador, el Congreso del Estado y la Ciudadanía, por un mínimo del 2% de ciudadanos y ciudadanas inscritas en la lista nominal, requisito que corresponde verificar al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. Correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia la validación del tema. A la fecha no se cuenta con información derivado de que en la Entidad no se ha operado éste mecanismo.
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3er. Trimestre
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201901/07/201930/09/2019Ley de Participación Ciudadana para el Estado de HidalgoDirección Ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana30/09/201930/09/2019Formato correspondiente al tercer trimestre de 2019. No se puede proporcionar información de los campos "Denominación del mecanismo", "Objetivos del mecanismo", "Alcances del mecanismos","Hipervínculo a la convocatoria", "Temas sujetos a revisión", "Requisitos de participación", "Como recibirá el sujeto obligado la propuesta", "Medio de recepción de la propuesta", "Fecha de inicio de recepción", "Fecha de termino de recepción", "Área(s) y servidor(es) público(s) con los que se podrá establecer contacto", ya que no se ha llevado a cabo la implementación de los mecanismos de participación que establece la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo. Como lo indica la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo, en su artículo 4.La iniciativa de ley puede ser propuesta por la ciudadanía y corresponde al poder legislativo determinar su seguimiento. En cuanto a la Consulta Popular la misma Ley en su Art.5 refiere podrá ser solicitada por el Gobernador, el Congreso del Estado y la Ciudadanía, por un mínimo del 2% de ciudadanos y ciudadanas inscritas en la lista nominal, requisito que corresponde verificar al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. Correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia la validación del tema. A la fecha no se cuenta con información derivado de que en la Entidad no se ha operado estos mecanismos.
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4to. Trimestre
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201901/10/201931/12/2019Ley de Participación Ciudadana para el Estado de HidalgoDirección Ejecutiva de Equidad de Género y Participación Ciudadana31/12/201931/12/2019Formato correspondiente al cuarto trimestre de 2019. No se puede proporcionar información de los campos "Denominación del mecanismo", "Objetivos del mecanismo de participación ciudadana", "Alcances del mecanismo de participación ciudadana","Hipervínculo a la convocatoria", "Temas sujetos a revisión y consideración", "Requisitos de participación", "Como recibirá el sujeto obligado la propuesta", "Medio de recepción de la propuesta", "Fecha de inicio de recepción", "Fecha de termino de recepción", "Área(s) y servidor(es) público(s) con los que se podrá establecer contacto"; ya que no se ha llevado a cabo la implementación de los mecanismos de participación que establece la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo. Como lo indica la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo, en su artículo 4. La iniciativa de ley puede ser propuesta por la ciudadanía y corresponde al poder legislativo determinar su seguimiento. En cuanto a la Consulta Popular la misma Ley en su Art.5 refiere podrá ser solicitada por el Gobernador, el Congreso del Estado y la Ciudadanía, por un mínimo del 2% de ciudadanos y ciudadanas inscritas en la lista nominal, requisito que corresponde verificar al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. Correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia la validación del tema. A la fecha no se cuenta con información derivado de que en la Entidad no se ha operado estos mecanismos.
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