ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAHAIAJAKALAMANAOAPAQARASATAUAVAWAXAYAZBABBBCBDBEBFBGBHBIBJBKBLBMBNBOBP
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Índice de los Expedientes considerados como Reservados
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Sujeto obligado:Procuraduría de Protección al Ambiente
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Periodo del índice:Segundo semestre 2023
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Fecha de actualización:21/7/2023
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ÁreaNombre del Expediente o DocumentoTemaMomento de la clasificación de la información como reservadaPlazo de reservaFecha de inicio de la clasificaciónFecha de término de la clasificaciónFundamento legal de la clasificaciónJustificaciónRazones y motivos de la clasificaciónClasificación completa o parcialPartes o secciones que se clasificanFecha del acta en donde el Comité de Transparencia confirmó la clasificaciónEstatus del expedienteExpediente en ampliación de plazo de reserva (Sí / No)Plazo de ampliación de reserva (años)Fecha de inicio del plazo de ampliación de reservaFecha de término del plazo de ampliación de reservaFundamento legal del plazo de ampliación de reservaJustificación del plazo de ampliación de reservaRazones y motivos del plazo de ampliación de reservaClasificación completa o parcial de la ampliación de reservaPartes o secciones que se clasifican en el plazo de ampliación de reserva
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Dirección de Procedimiento Administrativo AmbientalSolicitud de información 231285000006023Documentos relativos a la situación actual del relleno sanitario en Cancún Solicitud de acceso5 años26/7/202326/7/2028Artículo 113 fracción VII, IX y XI de la Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con el artículo 134 fracciones VI, VII y IX de la Ley local y de conformidad a los artículos Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Octavo, de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información así como las Versiones Públicas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.ParcialI. Negar Parcialmente la información coincidente con la petición que integra el procedimiento administrativo ambiental PPA/DP/DPAA/0142/2023 y el procedimiento de denuncia PPA/DP/DPAA/DSPDAZN/0032/2023. II. Reservar la orden de inspección/verificación PPA/DP/DPAA/OI/0142/2023, acta de inspección PPA/DP/DIVA/DIVBJ/0142/2023, así como todos y cada uno de los documentos y promociones que a la fecha conforman el expediente administrativo PPA/DP/DPAA/0187/2023, el oficio PPA/DP/DPAA/0203/2023 y los escritos de denuncia que motivaron el expediente PPA/DP/DPAA/DSPDAZN/0032/202326/7/2023ReservadaNoNANANANANANANANA
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Dirección de Procedimiento Administrativo AmbientalSolicitud de información 231285000006223Medidas de Protección, Remediación y CorrecciónSolicitud de acceso5 años28/7/202328/7/2028Artículo 113 fracción VII, IX y XI de la Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con el artículo 134 fracciones VI, VII y IX de la Ley local y de conformidad a los artículos Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Octavo, de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información así como las Versiones Públicas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.CompletaCompleta28/7/2023ReservadaNoNANANANANANANANA
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Dirección de Procedimiento Administrativo AmbientalSolicitud de información 231285000006123Residuos Sólidos
Solicitud de acceso5 años7/8/20237/8/2028Artículo 113 fracción VII, IX y XI de la Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con el artículo 134 fracciones VI, VII y IX de la Ley local y de conformidad a los artículos Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Octavo, de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información así como las Versiones Públicas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.Su divulgación representa un riesgo al Procedimiento Administrativo, ya que puede causar entorpecimiento en las investigaciones, así como causar daño y/o perjuicio a las partes actoras dentro del mismo, generar en su contra actividades de carácter delictivo, por ende, debe protegerse mediante el proceso de clasificación de información con el objetivo de proteger dichos elementos y cualquier otro tipo de dato personal como medida preventiva que, en su caso pudiera contribuir a evitar la comisión de conductas tipificadas como delito, así como la divulgación de los datos susceptibles de las partes involucradas.CompletaCompleta7/8/2023ReservadaNoNANANANANANANANA
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