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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Informe financiero_Informes financieros contables, presupuestales y programáticosLTAIPEG81FXXXIB_LTAIPEG81FXXXIB281217Los sujetos obligados deben publicar y actualizar los documentos financieros contables, presupuestales y programáticos, que le sean aplicables en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaTipo de documento financiero (catálogo)Denominación del documento financiero contable, presupuestal y programáticoHipervínculo al documento financiero contable, presupuestal y programáticoHipervínculo al sitio de Internet (avance programático): SHCP/Secretarías de finanzas/análogasÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de actualizaciónNota
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202401-07-202430-09-2024COMISION ESTATAL DE FINANANZAS Y PATRIMONIO31-10-2024Las partidas presupuestarias son normativa en materia presupuestaria de la Administración Pública Federal, de la que los partidos políticos no forman parte, por lo que los presupuestos no están integrados por las mismas. El Partido del Trabajo no forma parte de la estructura de las dependencias o instituciones de la administración pública federal y con fundamento los artículos 108 Constitucional y 47 fracción XVIII, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, las personas que participan activamente en un Partido Político no son Servidores Públicos y de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera, entre otros, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal de la que no forman parte los partidos políticos, con el fin de lograr su adecuada armonización, para facilitar a las mismas el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos; y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que establece que el Clasificador por objeto del gasto, es el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas, reglas administrativas que no contemplan a los partidos políticos en la estructura que acatan esas disposiciones.
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