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“Reglamento de la autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles”
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DE-42497-MINAE-S
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Fallas recurrentes motivo de rechazoInstructivo para mejorar
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Suben la información en otros camposLa información debe estar ubicada en el campo establecido para tal fin
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Ficha técnica no es emitida por el fabricanteLa ficha técnica debe ser la emitida por el fabricante en su momento de haberse construido el tanque, en caso de no tenerla debe presentar el estudio de integridad mecánica
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No establecen vida remanente del tanque en años (unidades de tiempo)La vida remanente del tanque debe ser en años (unidades de tiempo)
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Coordenadas mal establecidasCoordenadas deden estar en el sistema CRTM05, seguir instrucciones y ayuda visual que está disponible en la plataforma VUI
A cada tanque se debe indicar la coordena correspondiente, por ejemplo si en la misma finca tienen varios tanques deben indicarla para cada uno
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Informe no está firmado por profesionalLos informes técnicos deben estar firmados por profesional competente debidamente colegiado, según el artículo 2 del DE-42497-MINAE-S
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Estudios de integridad mecánica incompletos, o usan normas técnicas de referencia no compatibles con el tipo de tanqueLos estudios de integridad mecánica deben contemplar todos los puntos que pide el DE-42497-MINAE-S, en el artículo 7
El estudio debe ser según la norma de fabricación, por ejemplo si el profesional luego de su análisis técnico determina que el tanque es UL-142 o INTE W34, este se debe evaluar para determinar si se cumplen los criterios de diseño y construcción ahí establecidos, además se debe evaluar el estado actual del tanque por ejemplo conforme SP-031 o INTE W50 para determinar el estado actual de dicho tanque.
Puede accesar a este link para mejor comprensión
http://direcciondecombustiblesminaecr.blogspot.com/search?q=estudio+de+integridad
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No ingresan la ficha técnica del tanque emita por el fabricanteRevisar que se aporten todas las fichas técnicas en caso de registrar más de un tanque
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Presentan información técnica que corresponde a otro sitioCuidar que la información corresponda al tanque que se pretende registrar
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Aportan información incompleta o ilegiblePor ejemplo, en caso de aportar correcciones o ampliaciones en el informe técnico original presentan patentes o permisos sanitarios de funcionamiento ilegibles o incompletos, algunos están vencidos o la actividad no coincide con la reportada en otro item
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Aportan informes incompletos, no cuentan con registro fotográfico, no establecen las normas NFPA usadas de referencia, no certifican todas las áreas, según detalle que pide el reglamentoLos informes técnicos deben estar redactados conforme el artículo 7 del DE-42497-MINAE-S y certificar su cumplimiento ya que el profesional será el responsable de la operación de cada tanque de certifique
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Falta de placa en el tanque, por no tener ficha técnica, se hizo estudio de integridad mecánicaEstablecer el número de serie, crear y pegar al cuerpo de tanque (La placa de datos debe ser soldada al tanque, o sujetada mediante soldadura, remaches o tornillos
a un porta placas que se encuentra a su vez soldado al tanque) una placa que tenga al menos el siguiente contenido:
1. Nombre del fabricante
2. Número de serie distintivo , puede usar el código del informe del estudio de integridad mecánica
3. Fecha de fabricación en caso de ser conocido y de recalificación en caso de ser por un estudio de integridad mecánica
4. Para tanques subterráneros, indicar la profundidad de enterramiento máxima
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Nota importante: DE-42497-MINAE-S
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Artículo 9. Responsabilidad. El recibido conforme por parte de la Administración, de la información presentada junto con el formulario para inscripción de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles, no constituye un aval técnico de la misma y su contenido es responsabilidad del solicitante y de los profesionales que la suscriben, además estará sujeta
a revisión y fiscalización, para lo cual, tanto la DGTCC, el Ministerio de Salud, el BCBCR y las Municipalidades, coordinarán inspecciones a las instalaciones donde operan los tanques
estacionarios para autoconsumo de combustibles y solicitarán la información que consideren pertinente según sus competencias. El diseño, construcción y operación segura de los
tanques, deben cumplir con las normas correspondientes y obtener los permisos y autorizaciones que se requieran según el caso, incluida la obtención o modificación de la
Evaluación de Impacto Ambiental. Los tanques que han cumplido su vida útil o que no cumplan con las normas técnicas correspondientes deberán ser retirados de servicio.
En caso de que producto de la fiscalización se determine que no existe la certeza de que el funcionamiento de uno o varios tanques registrados cumplen con la normativa técnica
correspondiente y que por tanto pueden representar un riesgo para la salud y el ambiente, la DGTCC podrá emitir la medida cautelar de suspensión del registro hasta tanto se corrija lo
indicado. En caso de urgencia o de no cumplirse en debida forma con lo ordenado, la DGTCC ordenará el cese de operaciones del tanque o tanques respectivos, el retiro del combustible
almacenado y la desgasificación de los sistemas, lo cual será comunicado al Área Rectora de Salud respectiva, para lo de sus competencias.
Además, la DGTCC recomendará al Ministro del MINAE, la apertura de un debido proceso con el fin de determinar la procedencia de la cancelación de la autorización y la eliminación
del registro respectivo.
Todo cambio en las instalaciones relacionadas con los tanques de combustible deberá informarse por su titular a la DGTCC, la cual podrá ordenar una nueva inspección de considerarlo necesario.
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