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2 | TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||
3 | Estructura Orgánica | LTAIPVIL15IIa | Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. | |||||||||||||||||||||||
6 | Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||
7 | Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) | Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) | Área de adscripción inmediata superior | Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) | Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) | Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota | ||||||||||||
8 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Dirección General | Persona Directora General | Dirección General | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Representar legalmente al Instituto con todas las facultades generales, para actos de administración y para pleitos y cobranzas, así como aquellos que requieran cláusula especial conforme a las leyes; y otorgar poderes generales o especiales así como sustituir los mismos; II. Proponer los nombramientos del personal, que se someterán a votación de la Junta de Gobierno, así como llevar las relaciones laborales de acuerdo con las disposiciones legales; III. Supervisar y vigilar la debida observancia del presente 5eglamento y demás ordenamientos que rijan al Instituto; IV. Elaborar los proyectos de programas institucionales de corto, mediano y largo plazos y presentarlos a la Contraloría Interna para su aprobación V. Elaborar el Programa Basado en Resultados del Instituto y someterlo a la aprobación de la Contraloría Interna; VI. Proponer a la Junta de Gobierno la designación y remoción de los servidores públicos del Instituto, con base en el presupuesto autorizado y las necesidades que se generen para el cumplimiento de sus objetivos; VII. Elaborar el Manual General de Organización del Instituto; VIII. Dirigir, programar, coordinar y evaluar las acciones que el Instituto realice para el debido cumplimiento de las funciones que le competen; IX. Facultad para suscribir y ejecutar los convenios, contratos y actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto; X. Realizar las gestiones necesarias, para la obtención de financiamiento para proyectos especiales del Instituto; XI. Ejercer el presupuesto anual de egresos del Instituto, de conformidad con los ordenamientos y disposiciones legales aplicables. XII. Someter el informe anual de labores y de su situación financiera y los de carácter administrativo que se requieran, a la Contraloría Interna, para su aprobación y publicación. XIII. Encomendar y/o conferir a cualquier servidor público del Instituto, las actividades que sean necesarias para el correcto funcionamiento del mismo. | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
9 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Comisaria Pública | Persona Titular Comisaria Pública | Órgano de Control Interno | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Instrumentar y aplicar los sistemas de auditorta interna del Instituto, mediante el control, evaluación, inspección, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de ésta a través de la instrumentación de medidas para garantizar transparencia; II. Responsabilizarse de la vigilancia y evaluación de los sistemas de operación, registro, control e información, con el fin de determinar la eficiencia en el funcionamiento y uso de los recursos del Instituto con apego a la normatividad vigente; III. Vigilar que las normas y procedimientos administrativos contables se apliquen eficientemente, conforme a los lineamientos establecidos por las leyes de la materia para las diferentes áreas; IV. Revisar y dictaminar los registros contables y los procedimientos administrativos del Instituto; V. Supervisar los inventarios del Instituto; VI. Organizar el correcto funcionamiento de los sistemas de control del Instituto y proponer normas y procedimientos, que permitan la permanente evaluación de estos sistemas; VII. Vigilar el cumplimiento de los convenios que celebre el Instituto con las dependencias federales y estatales, así como con otros organismos y asociaciones; VIII. Verificar que los reglamentos emitidos por el H. Ayuntamiento, se apliquen adecuadamente por los servidores públicos y demás empleados adscritos al Instituto; IX. Vigilar que los servidores públicos, presenten oportunamente la declaración de su situación patrimonial; X. Elaborar en coordinación con la Dirección General del Instituto, los manuales de organización y procedimientos de trabajo y los de atención y servicio al público; XI. Elaborar su Programa Basado en Resultados; y XII. Vigilar que la administración de los recursos y el funcionamiento del Instituto, se hagan de acuerdo con lo establecido por la ley y los programas y presupuestos aprobados; XIII. Solicitar a la Directora del Instituto, el informe mensual y anual de sus actividades institucionales y de la situación financiera y los de carácter administrativo que se requieran para practicar las revisiones a los mismos y señalando las observaciones pertinentes; XIV. Recomendar las medidas preventivas y correctivas que sean convenientes para el mejoramiento del Instituto; XV. Asistir a las sesiones y juntas del Instituto; | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
10 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Administrativo | Persona Titular Administrativa | Área Administrativa | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Supervisar la aplicación y rendimiento eficiente de los recursos financieros, humanos y materiales con que cuenta el Instituto II. Procurar la obtención y asignación oportuna y eficiente de los recursos económicos, materiales y equipo necesario para el óptimo desarrollo de las actividades asignadas al Instituto; III. Vigilar la correcta asignación y aplicación de sueldos y honorarios del personal del Instituto, además de establecer los mecanismos de supervisión y corrección disciplinaria, estímulos, incapacidades, permisos y licencias; IV. Mantener actualizado el personal a partir de la estructura autorizada; V. Coordinar la elaboración del presupuesto de egresos del Instituto y supervisar el correcto ejercicio de las partidas presupuestales; VI. Supervisar la integración y actualización del inventario del mobiliario y equipo del Instituto. VII. Vigilar el adecuado funcionamiento del archivo del Instituto. VIII. Proporcionar a la Dirección General, con la periodicidad requerida, los informes relativos a la situación presupuestal del Instituto, y elaborar; mensualmente un estado de egresos consolidado, en el que se comparen el gasto presupuestado con su ejercicio; IX. Revisar y aprobar la documentación comprobatoria del gasto; X. Resguardar, conservar y custodiar toda la documentación contable y presupuestal existente en libros, registros contables, documentación comprobatoria y justificante del gasto público; XI. Autorizar los pagos de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios profesionales en términos de las normas aplicables; XII. Celebrar y firmar contratos de arrendamientos, prestaciones de servicios y arrendamientos de bienes muebles inmuebles, ajustándose en todo momento a la legislación aplicable; XIII. Proponer a la Dirección General los métodos y técnicas necesarios para revisar y mejorar los mecanismos de control administrativo interno; XIV. Coadyuvar en la solución de conflictos laborales que se susciten en el Instituto. XV. Representar al Instituto ante la Secretarta de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria, para realización de trámites administrativos y fiscales, así como para solicitar y obtener de estas autoridades la firma electrónica avanzada; y XVI. Las demás que expresamente le atribuyan este Reglamento y demás disposiciones aplicables. | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
11 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Psicológico | Persona Titular Psicología | Área Psicológica | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Brindar atención, orientación y terapia psicológica a las mujeres y que son víctimas de violencia, así como la propuesta de invitación para el agresor pudiendo coordinarse con otras áreas; II. Elaborar y generar los diagnósticos, así como las opiniones técnicas que le sean solicitadas; III. Participar en la coordinación y organización de eventos, reuniones de trabajo y asuntos; IV. Generar y gestionar elementos de apoyo para la organización de los eventos del Instituto; V. Llevar a cabo talleres, pláticas, conferencias y ponencias, que tengan como finalidad informar a la mujer en temas de prevención; y, VI. Las demás que le sean encomendadas por la Dirección General. | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
12 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Jurídico | Persona Titular Jurídica | Área Jurídica | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Planear, programar, organizar, dirigir, y evaluar el desarrollo y cumplimiento de los programas operativos y actividades encomendadas a la Coordinación bajo su responsabilidad; II. Brindar asesoría jurídica a las áreas del Instituto, cuando así lo soliciten, con el propósito de que se aplique correctamente la normatividad vigente en los asuntos de su competencia, así como para la elaboración de los instrumentos que se propongan expedir conforme a sus atribuciones; III. Opinar y asesorar sobre los contratos, convenios, acuerdos y demás actos jurídicos en que el Instituto sea parte, protegiendo los intereses del mismo y que se apeguen a las disposiciones aplicables en cada caso; IV. Intervenir en el estudio, formulación, modificación y extinción de los diversos instrumentos contractuales que celebre y otorgue el Instituto; V. Estudiar, determinar y representar jurídicamente en las operaciones que realice el Instituto con particulares y con entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, en los asuntos, conflictos y litigios que afecten sus intereses; VI. Emitir los dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos por la Dirección General; VII. Asesorar y apoyar jurídicamente en las operaciones de adquisiciones y transmisión inmobiliaria que realice el Instituto, así como emitir opinión o formular estudios, de las normas jurídicas que regulan las funciones y ejecuciones del mismo; VIII. Acudir en representación de la Directora General, a las reuniones y negociaciones en las que interviene el Instituto, con el objeto de proporcionar la asesoría legal que se requiera; IX. Compilar, guardar, consultar, analizar y difundir entre las áreas del Instituto, las diversas disposiciones legales relacionadas con su objeto; X. Asesorar, elaborar y dar trámite legal a los convenios, concursos, contratos, créditos y demás operaciones que se efectúen en el Instituto, así como vigilar que se cumplan los requisitos legales en la celebración de los mismos, con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas; XI. Proponer ante las dependencias y entidades del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, los convenios relacionados con el Instituto; XII. Establecer y supervisar los criterios que permitan realizar la compilación de Leyes, Reglamentos, Jurisprudencia, Decretos, Acuerdos, Resoluciones, Circulares y demás disposiciones legales de aplicación general relacionadas con la esfera de la competencia del Instituto, así como su clasificación y catalogación a través de los medios electrónicos y establecer el procedimiento para su consulta; XIII. Supervisar la integración del acervo bibliográfico jurídico–administrativo, previo conocimiento de las necesidades planteadas por las diversas unidades administrativas del Instituto y establecer el procedimiento para su consulta; XIV. Acordar con la Dirección General el trámite, resolución y despacho de los asuntos encomendados a su Dirección, o Delegación bajo su responsabilidad; XV. Intervenir en representación del Instituto y de la Directora General, en todos los juicios en los que estén señalados como parte, así como acudir ante toda clase de autoridades en defensa de los intereses de la Institución; XVI. Proveer la oportuna formulación y presentación de denuncias, querellas y demás recursos legales que procedan, a fin de proteger el patrimonio y la imagen del Instituto, así como presentar los informes que soliciten las autoridades judiciales y administrativas sobre la Institución; XVII. Interpretar los alcances y efectos de las sentencias definitivas en los juicios en que el Instituto sea parte, emitiendo los criterios que habrá de adoptar la Institución sobre el particular; XVIII. Supervisar que el desempeño en el área jurídica de su competencia, se realice de conformidad con la legislación aplicable, en base a los lineamientos que establezca la Dirección General; XIX. Participar en las reuniones de carácter interinstitucional que le instruya la Dirección General, así como las que se prevean en la normatividad y acuerdos que determinen expresamente su intervención; XX. Proporcionar el servicio de asesoría, consultoría y representación jurídica gratuita a las mujeres que acudan al Instituto solicitando servicios en los temas de pensiones alimenticias, violencia en cualquiera de sus modalidades y demás asuntos previstos en la Ley, sobre una vida libre sin violencia, que les garantice el seguimiento de sus procedimientos judiciales hasta que éstos concluyan; así como canalizarlas hacia las instancias y autoridades correspondientes, tanto dentro del Instituto, como fuera de él; en estos casos, se deberá abrir un expediente por cada persona solicitante, darle seguimiento y anotar el sentido de la resolución en la conclusión de cada uno de ellos; XXI. Difundir mediante los medios de comunicación, mensajes dirigidos a prevenir la violencia en el seno familiar; XXII. Establecer un calendario de pláticas, talleres y conferencias donde se dé a conocer los derechos y obligaciones que la ley otorga a las mujeres; XXIII. Representar al Instituto en los grupos de trabajo del sector Jurídico, en el Comité de Planeación y Desarrollo Municipal; XXIV. Proporcionar apoyo a las demás coordinaciones, cuando éstas así lo soliciten, para agilizar el cumplimiento de sus programas y actividades de orden jurídico; XXV. Elaborar programas y proyectos jurídicos, encaminados al logro de beneficios de las mujeres en el Municipio; y XXVI. Las demás que le encomiende la Dirección General. | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
13 | 2025 | 1/7/2025 | 30/9/2025 | Trabajo Social | Persona Titular Trabajo Social | Área de Trabajo Social | Dirección General del Instituto Municipal de la Mujer de Minatitlán | Reglamento Del Instituto Municipal De Las Mujeres De Minatitlán | I. Llevar registro de las y los ciudadanos que acudan al Instituto, recabando los datos necesarios para conocer las necesidades específicas de cada situación y canalizando al área correspondiente. II. Llenado de los rubros de la Cédula de Atención. III. Realizar las gestiones sociales que se requieran, dada la naturaleza de hechos y circunstancias apegadas al fin del departamento. IV. Gestionar ante instituciones públicas y/o privadas, activando todas las redes de apoyo necesarias para cubrir la solicitud de la misma. V. Las demás que le encomiende la Directora General. | https://imminatitlan.com/documentos/REGLAMENTO%20INSTITUTO%20DE%20LA%20MUJER%20MINA%28140%29.pdf | 1 | Área Administrativa | 30/9/2025 | |||||||||||||
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