ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZAAABACADAEAFAGAHAIAJAKALAMANAOAPAQARASATAUAVAWAXAYAZ
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TÍTULONOMBRE CORTODESCRIPCIÓN
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Programas socialesLTAIPG26F2_XVB
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Tabla Campos
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EjercicioFecha de inicio del periodo que se informaFecha de término del periodo que se informaÁmbito(catálogo): Local/FederalTipo de programa (catálogo)Denominación del programaDenominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece el beneficiario, en su casoEl programa es desarrollado por más de un área (catálogo)Sujeto obligado corresponsable del programaÁrea(s) responsable(s) del desarrollo del programaDenominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programaHipervínculo al documento normativo en el cual se especifique la creación del programaEl periodo de vigencia del programa está definido (catálogo)Fecha de inicio vigenciaFecha de término vigenciaDiseñoObjetivos, alcances y metas del programa
Tabla_403257
Población beneficiada estimada (número de personas)Nota metodológica de cálculoMonto del presupuesto aprobadoMonto del presupuesto modificadoMonto del presupuesto ejercidoMonto déficit de operaciónMonto gastos de administraciónHipervínculo documento de modificaciones a los alcancesHipervínculo calendario presupuestalCriterios de elegibilidadRequisitos y procedimientos de accesoMonto, apoyo o beneficio mínimo que recibirá(n)Monto, apoyo o beneficio máximo que recibirá(n)Procedimientos de queja o inconformidad ciudadanaMecanismos de exigibilidadMecanismos de cancelación del apoyo, en su casoPeriodo evaluadoMecanismos de evaluaciónInstancia(s) evaluadora(s)Hipervínculo a resultados de informe de evaluaciónSeguimiento a las recomendaciones (en su caso)Indicadores respecto de la ejecución del programa
Tabla_403259
Formas de participación socialArticulación otros programas sociales (catálogo)Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articuladoEstá sujetos a reglas de operación (catálogo)Hipervínculo Reglas de operaciónInformes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones
Tabla_403301
Hipervínculo al padrón de beneficiarios o participantesHipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del BienestarÁrea(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la informaciónFecha de validaciónFecha de actualizaciónNota
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5074FB70F74FC68FA165D3C9B67B7C35202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCEMAIVAsesoria juridicaNoCEMAIVLEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DE ASISTENCIA SOCIALhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingEl Programa «Familias de grandeza» ha sido diseñado conformidad a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales. Estatales, así como por la Gula para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales40539942641662.63596408.19374272.24Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que conforme al artículo 4 de la ley sobre el sistema estatal de asistencia social, tienen derecho a la asistencia social, siempre y cuando la intervención pueda concluirse durante el ejercicio fiscal 2020 de acuerdo a las consideraciones del equipo multidisciplinario.el acceso al programa es atravez de la canalizacion por parta de las instituciones publicas de cualquier ambito de gobierno, que en el ejercicio de sufunciones detecten alguna famiia multiproblematica. Los requisitos son: comprobante de domicilio, CURP.NANANAI. Cuando una persona solicite cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa.
II. Cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma
III. Cuando no se pueda satisfacer toda demanda de incorporación al programa por restricción presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sean claras o equitativas y sin favoritismos, ni descripción
NA2020Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa.NANA40539942NANoNAhttps://drive.google.com/file/d/1GdMGL-PvRzQsfGEj12OfEKyi4N11N-9g/view?usp=sharing40539942https://drive.google.com/file/d/11_LMiqPH7vu8cC2JimWsU1AftO1ZU-ny/view?usp=sharingCEMAIV03/01/202203/01/2022
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B2D482B4A673447AD8046897115EB6AE202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCEMAIVConsultaNoCEMAIVLEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DE ASISTENCIA SOCIALhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingEl Programa «Familias de grandeza» ha sido diseñado conformidad a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales. Estatales, así como por la Gula para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales40539943641470.16596408.19374272.24Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que conforme al artículo 4 de la ley sobre el sistema estatal de asistencia social, tienen derecho a la asistencia social, siempre y cuando la intervención pueda concluirse durante el ejercicio fiscal 2020 de acuerdo a las consideraciones del equipo multidisciplinario.el acceso al programa es atravez de la canalizacion por parta de las instituciones publicas de cualquier ambito de gobierno, que en el ejercicio de sufunciones detecten alguna famiia multiproblematica. Los requisitos son: comprobante de domicilio, CURP.NANANAI. Cuando una persona solicite cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa.
II. Cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma
III. Cuando no se pueda satisfacer toda demanda de incorporación al programa por restricción presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sean claras o equitativas y sin favoritismos, ni descripción
NA2020Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa.NANA40539943NANoNAhttps://drive.google.com/file/d/1GdMGL-PvRzQsfGEj12OfEKyi4N11N-9g/view?usp=sharing40539943https://drive.google.com/file/d/11_LMiqPH7vu8cC2JimWsU1AftO1ZU-ny/view?usp=sharingCEMAIV03/01/202203/01/2022
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D9251B5D77509A910B1B4BA3BFFC55C0202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCEMAIVplaticaNoCEMAIVLEY SOBRE EL SISTEMA ESTATAL DE ASISTENCIA SOCIALhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingEl Programa «Familias de grandeza» ha sido diseñado conformidad a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales. Estatales, así como por la Gula para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales40539944641470.16596587.13374272.24Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que conforme al artículo 4 de la ley sobre el sistema estatal de asistencia social, tienen derecho a la asistencia social, siempre y cuando la intervención pueda concluirse durante el ejercicio fiscal 2020 de acuerdo a las consideraciones del equipo multidisciplinario.el acceso al programa es atravez de la canalizacion por parta de las instituciones publicas de cualquier ambito de gobierno, que en el ejercicio de sufunciones detecten alguna famiia multiproblematica. Los requisitos son: comprobante de domicilio, CURP.NANANAI. Cuando una persona solicite cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa.
II. Cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma
III. Cuando no se pueda satisfacer toda demanda de incorporación al programa por restricción presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sean claras o equitativas y sin favoritismos, ni descripción
NA2020Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa.NANA40539944NANoNAhttps://drive.google.com/file/d/1GdMGL-PvRzQsfGEj12OfEKyi4N11N-9g/view?usp=sharing40539944https://drive.google.com/file/d/11_LMiqPH7vu8cC2JimWsU1AftO1ZU-ny/view?usp=sharingCEMAIV03/01/202203/01/2022
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15AE69F31CAEB0B814A1F0280A431A86202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosDonativosN/ANoDonativosReglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.https://drive.google.com/file/d/15e4TuRNmd2EWngUlbQBmU-eDjha7C3ln/view?usp=sharingNoEL PROGRAMA HA SIDO DISEÑADO CON LAS FACULTADES DE LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE CELAYA GTO.4043699650001732523.352355523.352006207.880381112.98Ser una asociación humana que brinda atención a personas de bajos recursos.Oficio de peticiónDonativo en especie acorde a lo autorizadoDonativo en especie acorde a lo autorizadoPOR MEDIO DEL BUZON DE QUEJAS Y SUGERERENCIAS, Y ACUDIR A LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS.NAA reserva de la autorización de Dirección Generaloct.nov.dic 202140436996LA ASOCIACION POR MEDIO DE UN OFICIO DE PETICION, DIRIGIDO A DIRECCION GENERAL, SOLICITA LOS RECURSOS NECESARIOS, LOS CUALES PODRA REPARTIR A LAS PERSONAS NECESITADAS.No40436996https://drive.google.com/file/d/1qbNCKPjCektU-AIUvLn7i82UGRX-NH7G/view?usp=sharingDonativos03/01/202203/01/2022
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CDA7A3D2E4CE76B16C9F90D36C0BA958202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosASESORIA LEGALASESORIA LEGALSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALAbogadoLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A4043820918N/A351036.25321313.05249156.550249156.55N/ANingunaN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438209N/ANoN/ANo40438209https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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C6767439B032D8D8F7627682101DC7A9202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCAMPAÑA REGISTROCAMPAÑA REGISTROSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALTrabajo SocialLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A404382108N/A351036.25321313.05249156.550249156.55N/ACartilla de vacunación, fe de bautismo, actas de nacimiento de hijos en su caso, comprobante de domicilio, INE, certificados de estudiosN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438210N/ANoN/ANo40438210https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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9F1EC25B77A1DF1113E17A4B41FCF404202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCARTA DE IDENTIDADCARTA DE IDENTIDADSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALTrabajo SocialLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A404382112N/A351036.25321313.05249156.550249156.55N/AActa de nacimiento, comprobante de domicilio, dos fotografías, certificado o credencial de la escuela con fotografía, dos testigos con credencial de elector.N/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438211N/ANoN/ANo40438211https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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1EC9C1B7A04D43DD8FB18C17340F0B82202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCITATORIOCITATORIOSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALAbogadoLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A4043821239N/A351036.25321313.05249156.550249156.55N/ANingunaN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438212N/ANoN/ANo40438212https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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944BECB21441B9311D61CFD5D3BB6849202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosPERITAJE PSICOLOGICOPERITAJE PSICOLOGICOSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALPsicologiaLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A4043821399N/A350790.6321088.21248982.160248982.16N/ADocumentos que acrediten su situación economica y socialN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438213N/ANoN/ANo40438213https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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B99E4F95679055780B12859FFCE098BC202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosPERITAJE TRABAJO SOCIALPERITAJE TRABAJO SOCIALSiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALTrabajo SocialLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A404382141N/A350790.6321088.21248982.160248982.16N/ADocumentos que acrediten su situación economica y socialN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438214N/ANoN/ANo40438214https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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4EE984073D3772CCCEEB140EF61B77A8202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosCONVIVENCIA SUPERVISADACONVIVENCIA SUPERVISADASiPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIALPsicologiaLey sobre el Sistema Estatal de Asistencia socialhttps://drive.google.com/file/d/1_EtPkqEE_1ieK4GvqoemdGqtQCTQlIJr/view?usp=sharingSi19/09/198601/08/2019N/A404382153N/A350790.6321088.21248982.170248982.17N/AIdentificación OficialN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/AN/A40438215N/ANoN/ANo40438215https://drive.google.com/file/d/172an1qQLBLR0qiyHnOQ9n30OK-YTSQrp/view?usp=sharingPROCURADURIA EN MATERIA Y ASISTENCIA SOCIAL03/01/202203/01/2022
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04B9247D4807E70521584AC0E1E5916A202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosRed MovilRed Móvil Salud y Bienestar Comunitario.NoRed MovilReglas de operación del programa Red Móvil Salud y Bienestar comunitario para el ejercicio fiscal 2021https://drive.google.com/file/d/15397v4rE7XhJ7IN6TYfxRIWwxvRW8BJe/view?usp=sharingSi01/01/202131/12/2021El diseño de este programa se sujeta a los actos y procedimientos establecidos en el Reglamento, así como la Guía de Operación del Monitoreo y la Evaluación de los Programas Sociales Estatales.40447991446Estadistica y Proyección358301.5358301.5298500.8459800.66Artículo 19. Pueden ser elegidas como beneficiarias para la intervención del programa a través de la conformación de grupos de desarrollo comunitario, las localidades que cumplan con los criterios de
elegibilidad siguientes:
I. Contar con una población mayor a 100 habitantes, independientemente de su categoría política,
de acuerdo al artículo 22 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato;
II. No haber sido apoyada por el programa, por lo menos en dos años inmediatos anteriores al
ejercicio fiscal en curso; y
III. Que su población presente una o varias de las condiciones siguientes:
a. Se encuentre en situación o en riesgo de pobreza, desnutrición, marginación, rezago, exclusión
social o se encuentre afectada por desastres naturales;
b. Presente riesgos psicosociales;
c. Sea hablante de lengua indígena; o
d. Presente insuficiencia de infraestructura de servicios públicos, equipamiento básico o servicios
de alimentación, educación, salud, empleo o vivienda segura.
Artículo 20. Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que cumplan con los criterios
de elegibilidad siguientes:
I. Para su integración en el padrón grupo de desarrollo comunitario:
a. Contar con la documentación descrita en el artículo 22, fracción I de estas reglas; y
b. Residir en la localidad en la que interviene el programa.
II. Para acceder a los apoyos individuales del programa:
a. Estar inscrita en el padrón de grupo de desarrollo comunitario;
b. Ser mayor de edad y contar con la documentación descrita en el artículo 22, fracción II de
estas reglas; y
c. Participar activamente en las actividades del grupo de desarrollo comunitario.

Los apoyos individuales en casos extraordinarios pueden otorgarse a personas habitantes de la localidad
intervenida por el programa, aún y cuando no sean parte del grupo de desarrollo comunitario, cuando así lo
determinen las personas integrantes del grupo de desarrollo comunitario, por la condición de vulnerabilidad de
la persona, el resultado de su ficha situacional familiar y porque su situación requiera de una atención
Artículo 42. Para recibir los apoyos derivados del programa, las personas beneficiarias deben cubrir una cuota de recuperación del veinte por ciento del total del valor económico del apoyo. Las cuotas deben enterarse en un plazo de diez días a partir de la fecha en que se notifica a la persona beneficiaria que se le otorga el apoyo, a DIF Estatal, mediante depósito en cuenta concentradora, de la que se
debe proporcionar número de referencia a la persona beneficiaria a través de la persona promotora municipal.
La falta de aportación de la cuota de recuperación es motivo para negar el acceso al apoyo respectivo.
Las cuotas de recuperación deben destinarse al fortalecimiento de los apoyos derivados del DIF Estatal, quien
en su caso el DIF Estatal determinará la aplicación de las mismas para otras acciones, y estarán sujetas a lo
dispuesto por el artículo 12 bis del Estatuto Interno de la Junta de Gobierno del DIF Estatal.
La Dirección puede condonar las cuotas a que se refiere este artículo cuando por sus circunstancias
socioeconómicas, la persona beneficiaria no esté en posibilidad de enterarlas o estando en posibilidad de
hacerlo, el cubrirla les impida el acceso a satisfactores y bienes de consumo básicos. Para efecto de lo anterior la Dirección debe aplicar un diagnóstico socioeconómico y revisar la información contenida en éste sobre la persona beneficiaria a fin de acreditar que ésta no se encuentra en condiciones para aportar la cuota de recuperación. La Dirección debe emitir un oficio de condonación de cuota de recuperación cuando ésta proceda. La aportación de cuota de recuperación no es aplicable a los insumos otorgados por el DIF Estatal a las personas integrantes del grupo de desarrollo comunitario, en capacitación de instalación de proyectos sustentables, ni en instalación de proyectos comunitarios, tanto sociales como productivos.
Artículo 16. A través del programa pueden otorgar a las personas integrantes del grupo de desarrollo
comunitario, los apoyos siguientes:
I. Talleres, capacitaciones y/o asesorías técnicas que permiten a la población adquirir
conocimientos con base en los Componentes de Salud y Bienestar Comunitario que puedan
contribuir a la instrumentación de proyectos comunitarios y que propicien la organización,
participación social y autogestión comunitaria; y
II. Apoyos individuales en especie a los que se puede acceder mediante la organización
comunitaria. Los apoyos individuales se deben otorgar una sola vez durante un mismo ejercicio
fiscal, cuando se trate de un mismo tipo de apoyo.

Entre los apoyos individuales puede otorgarse la instalación de proyectos sustentables tales como estufa
ecológica, huerto familiar y/o aves de doble propósito (de traspatio), entre otros, de acuerdo a las necesidades
presentadas por la localidad intervenida y el grupo de desarrollo comunitario; los insumos entregados por el
DIF Estatal durante las capacitaciones para la instalación de proyectos sustentables no tienen el carácter de apoyos.
Acudir a las intalaciones del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto. Ubicado en Av. Irrigación s/n Colonia Alfredo V. Bonfil.Artículo 45. Se puede exigir el cumplimiento de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos:cuarto trimestre 2021Informe mensual.SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO.40447991Artículo 40. Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad
con los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación Social.
La Dirección debe propiciar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y
vigilancias de cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados
al programa.
Nohttps://drive.google.com/file/d/15397v4rE7XhJ7IN6TYfxRIWwxvRW8BJe/view?usp=sharing40447991https://drive.google.com/file/d/1LE8Qq5HRmgO-UeQyMkhd5SIdJCOY_roU/view?usp=sharingRED MÓVIL03/01/202203/01/2022
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21AF41216843927A9B78D9E90662C068202101/10/202131/12/2021Programas de serviciosCADINoCOORDINACION DE EDUCACION Y DESARROLLO INFANTILREGLAS DE OPERACION 2021 PARA LOS CENTROS DE ATENCION, CUIDADO, DESARROLLO INTEGRAL INFANTILhttps://drive.google.com/file/d/10F_ZAV97cguWTfy1JOOuBo72t7xSWpsL/view?usp=sharingNo01/01/202131/12/2021El programa Club de peques en desarrollo ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el estado de guanajuato en materia de monitoreo y evaluacioon para los programas Estatales.4044645955SEIMAS3399957.73200122.222006379.150264455.74CADI NIÑOS DE 43 DIAS DE NACIDOS A 3 AÑOS DE MADRES TRABAJADORAS SIN SEGURIDAD SOCIALSOLICITUD DEL SERVICIO 3 COPIAS DE ACTA DE NACIMIENTO 3 COPIAS DE CURP 3 COPIAS DE CARTILLA DE VACUNACION, 2 COPIAS DE EXAMEN DE ANALIS GRAL. DE ORINA, 2 COPIAS DE ANALISIS DE COPRO, ORIGINAL Y COPIAS DEL CERTIFICADO MEDICO DEL NIÑO, COMPROBANTE DE DOMICILIO, 3 COPIAS DE INE PAPAS, 2 DE PERSONAS AUTORIZADAS, DOS FOTOS INFANTILES, 2 FOTOS DE PAPAS, Y 2 DE LAS PERSONAS AUTORIZADASServicio de atenciónServicio de atenciónCualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, a través de los medios siguientes: I. De forma presencial o por escrito en las oficinas de la Dirección General ubicadas en Conjunto Administrativo irrigacion , sin número, código postal 38010; en las oficinas de la Dirección General del sistema dif.Artículo 39. Las personas interesadas en recibir los apoyos o beneficios del programa, así como las personas beneficiarias de los mismos que se vean afectadas por actos o resoluciones administrativos de la Dirección o de la Coordinación derivados del programa, pueden interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad previsto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.ACUMULACION DE INASISTENCIAS4TO trimtesSUPERVISIONES DIFSistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.40446459Art. 40 Las personas beneficiadas pueden participar en la implementacion del programa de conformidad con los lineamientos para la integracion y funcionamiento de estructuras de participación social. La direccion debe proporcionar a las personas beneficiadas en el proceso de seguimiento my vigilancia del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos publicoas asignadas al programa.Nohttps://drive.google.com/file/d/10F_ZAV97cguWTfy1JOOuBo72t7xSWpsL/view?usp=sharing40446459https://drive.google.com/file/d/1AdeGSe8UBzBPR8Q_SIkfDtqHBugj9WKk/view?usp=sharingCOORDINACIÓN DE EDUCACION Y DESARROLLO INFANTIL03/01/202203/01/2022
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F6EEFA199317EF7CEA5D636F37BD5B9B202101/10/202131/12/2021Programas de serviciosCAICNoCOORDINACION DE EDUCACION Y DESARROLLO INFANTILREGLAS DE OPERACION 2021 PARA LOS CENTROS DE ATENCION, CUIDADO, DESARROLLO INTEGRAL INFANTILhttps://drive.google.com/file/d/10F_ZAV97cguWTfy1JOOuBo72t7xSWpsL/view?usp=sharingNo01/01/202131/12/2021El programa club infantil comunitario ha sido diseñado de conformidad con lodispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el estado de guanajuato en materia de monitoreo y evaluacioon para los programas Estatales.4044646029SEIMAS311949.13311949.13223553.950264455.74CAIC NIÑOS DE 3 A 6 AÑOS DE FAMILIAS VULNERABLES EN ZONAS MARGINALESACTA DE NACIMIENTO DEL MENOR CURP, CARTILLA DE VACUNACION, COMPROBANTE DE DOMICILIO,CURP DEL PADRE Y LA MADRE, INE DEL PADRE Y LA MADREServicio de atenciónServicio de atenciónCualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, a través de los medios siguientes: I. De forma presencial o por escrito en las oficinas de la Dirección General ubicadas en Conjunto Administrativo irrigacion , sin número, código postal 38010; en las oficinas de la Dirección General del sistema dif.Artículo 39. Las personas interesadas en recibir los apoyos o beneficios del programa, así como las personas beneficiarias de los mismos que se vean afectadas por actos o resoluciones administrativos de la Dirección o de la Coordinación derivados del programa, pueden interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad previsto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.ACUMULACION DE INASISTENCIAS4TO trimtesSUPERVISIONES DIFSistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.40446460Art. 40 Las personas beneficiadas pueden participar en la implementacion del programa de conformidad con los lineamientos para la integracion y funcionamiento de estructuras de participación social. La direccion debe proporcionar a las personas beneficiadas en el proceso de seguimiento my vigilancia del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos publicoas asignadas al programa.Nohttps://drive.google.com/file/d/10F_ZAV97cguWTfy1JOOuBo72t7xSWpsL/view?usp=sharing40446460https://drive.google.com/file/d/1AdeGSe8UBzBPR8Q_SIkfDtqHBugj9WKk/view?usp=sharingCOORDINACIÓN DE EDUCACION Y DESARROLLO INFANTIL03/01/202203/01/2022
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A29A028D459C3A68DB32D125DBC46A98202101/10/202131/12/2021Programas de serviciosVinculación ciudadanaNoVinculación CiudadanaReglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.https://drive.google.com/file/d/1Uspr1dQeTO5k6tuA5pCJ_2TRzkXs4kNh/view?usp=sharingNoEl siguiente programa ha sido creado de acuerdo a la normatividad dentro de las facultades administrativas de la Dirección General40438026137estadistica y proyección00solicitar de manera verbal el apoyo a la campaña o taller de interes.cubrir
los requerimientos que por campaña le apliquen
servicio de acuerdo al taller o campaña solicitadaservicio de acuerdo al taller o campaña solicitadabuzon de sugerencias en Dif Irrigación, y/o asistencia personal del area de vinculaciónno existen ya que Dif no aporta economicamente para el apoyo de los beneficiarios en la campaña unicamentepersonal, a veces publicidad y vehiculo4to Trimestre40438026La asistencia personal para acudir a la campaña o taller requerida al usuarioNoNo40438026https://drive.google.com/file/d/1OAb3CMtfCQhfnfhJEDFMvJIyDpYVqa5x/view?usp=sharingVinculación Ciudadana03/01/202203/01/2022
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E3D4E30C77AFA13CA2DAB16963FA63C2202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosJefatura de VoluntaridoDesarrollo personalNoJefatura de voluntariadoReglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya Gto.https://www.celaya.gob.mx/cya/wp-content/uploads/2017/06/images_direcciones_UAIP_reglamentos_Reglamento_DIF.pdfHa sido diseñado de conformidad con lo establecido de las facultades administrativas de lo estipulado en el Reglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.40439656154560677.59545677.59308236.86237440.73Que la comunidad o colonia haga la solicitud para la apertura de grupoAcudir a las Instalaciones del Sistema DIF Irrigación, y entrevistarse en la Jefatura de Voluntariado para solicitar la apertura del grupo.Recibir los talleres de desarrollo personal con herramientas para mejorar su calidad de vida.Platicas o talleresAcudira al Sistema DIF para levantar un reporte en el area de Direccion Opérativa.Comunidades o colonias de vulneravilidad alta o que soliciten el abrir un grupo de voluntariado.Falta de interes en los usuarios para asisitir a las sesiones de los talleres impartidos.4 to trimestre del 2021Gestionar talleres de temas de interes que demande cada grupo en lo particular40439656A traves de las voluntarias de DIF Celaya.SiNo40439656https://drive.google.com/file/d/19sDnGDOOvmRUbziwtgnsgb2GR-5yevao/view?usp=sharingJefatura de Voluntariado03/01/202203/01/2022
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544A96E1FA276E5D3CBC32EDF17791F3202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosPrograma de Atención para Personas Adultas MayoresEspacios de Desarrollo para Personas Adultas MayoresNoCoordinación de Adulto MayorReglas de Operación del programa "Espacios de Desarrollo para personas Adultas Mayores" para el Ejercicio Fiscal 2021https://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharingNo01/01/202131/12/2021El Programa de Espacios de Desarrollo para Personas Adultas Mayores, ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuatoen Materia de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales Estatales, así como por la Guía para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.404372071585No aplica3384457.83319943.581905272.96Capítulo III. Artículo 19. Pueden ser elegidos como beneficiarios del programa los DIF Municipales que cumplan con los criterios de elegibilidad siguientes: I. Que el predio en donde se encuentren los Espacios sea propiedad del DIF solicitante o, en su defecto que, el municipio correspondiente compruebe el inicio de las acciones conduncentes para la regularización y/o transmisión de la propiedad a nombre de DIF Municipal en un plazo determinado; II. Que el edicio en donde se encuentren ubicados los Espacios cuente con un área suficiente y adecuada para la ampliación, mejoramiento y construcción de espacios nuevos; III. Entregar vía oficio la totalidad de la documentación a que se refiere el artículo 20 de estas reglas dentro de los plazos establecidos para tal efecto; y IV. Para caso del Centro bástara con la detección de necesidades de mejoramiento o infraestructura complementaria.Actividades, Pláticas y Talleres, acorde al interés.Actividades, Pláticas y Talleres, acorde al interés.Capitulo X. Artículo.64 Fracc. Cualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en qur incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, a través de los medios siguientes: I. Presencialmente o por escrito en el Órgano de Control Interno de DIF Estatal con domicilio en Privada de Chan sin número, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato; II. Personalmente en la Dirección de Investigación B de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas con domicilio en Conjunto Administrativo Pozuelos sin número, codigo postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato; III. Por vía Telefónicaal 01 800 470 7500 ó 01 800 HONESTO (4663786) ó al 4737324803; IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias_strc@guanajuato.gob.mx y contraloriasocial@guanajuato.gob.mx; y V. A través de la pagina https//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/ y con la aplicación móvil Guanajuato Abierto (GTO Abierto) descargable en http://strc.guanajuato.gob.mx/gtoabierto/. La denuncia a que se refiere este artículo puede presentarse de manera anónima en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.Capítulo V. Artículo 38. Las personas interesadas en recibir los apoyos o beneficios del programa, así como las personas beneficiarias de los mismos que se vean afectadas por actos o resoluciones administrativos de la Dirección o de la Coordinación derivados del programa, pueden interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad previsto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.No AplicaOct-Dic/2021Capítulo IX. Artículo 55. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación y seguimiento de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de inegrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el articulo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación.Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de GuanajuatoCapítulo IV. Artículo 32. El DIF Estatal a través de la Coordinación realizará una programación interna de visitas de supervisión que se realizarán sin previo aviso al municipiio o al DIF Municipal, con el obejtivo de dar seguimiento a los avances de la obra y/o acciones convenidas como parte del mejoramiento del espacio de desarrollo para personas adultas mayores, pudiendo solicitar la información y la documentación que considere necesaria al municipio y al DIF Municipal respecto de los procesos constructivos y administrativos de la obra, en las mencionadas visitas se levantará una minuta de seguimiento en la cual quedará asentada las acciones que se observaron y estará firmada de conformidad por las instituciones participantes en ella. En el caso de que DIF Estatal detecte irregularidades durante su visita de supervisión, las consignará en la minuta de seguimiento y concederá al Municipio un plazo razonable para solventarlas. Si el municipio no solventa las irregularidades detectadas, procederá a dar visita a los órganos de control competentes a fin de que proceda en consecuencia.40437207Capítulo V. Artículo 39. Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad con los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación Social. La Dirección debe propiciar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y vigilancias del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados al programa.Nohttps://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharing40437207https://drive.google.com/file/d/1vM90p07qgc4BjLVHoFsXB7Gg7E24xGu6/view?usp=sharingCoordinación de Adulto Mayor03/01/202203/01/2022
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4BA5671C8D971A0684F9838FD29FC5C2202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosPrograma de Atención para Personas Adultas MayoresAprendiendo a envejecerNoCoordinación de Adulto MayorReglas de Operación del programa "Aprendiendo a Envejecer" para el Ejercicio Fiscal 2021https://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharingNo01/01/202131/12/2021El Programa Aprendiendo a envejecer, ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales Estatales, así como por la Guía para la Operacion del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.40437208No aplicaCapítulo III. Artículo 19. Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que cumplan los criterios de elegibilidad siguientes: I. Para el caso de las capacitaciones, se deberá acreditar cualquiera de los siguientes criterios: a) Pertenecer alpadrón de beneficiarios del programa de atención para personas adultas mayores de los DIF Municipales; b) Que participe activamente en la ejecución del programa de atención para personas adultas mayores; c) Que sea persona adulta mayor o familiar de éste; y d) Que sea mayor de 18 años. II. Para el caso de los diplomados , se deberá acreditar los siguientes criterios: a) Ser mayor de 18 años; y b) Encontrarse laborando en alguna de las Entidades de la administración pública estatal o municipal, y que se encuentren relacionadas en acciones de atención de las personas adultas mayores, o fungir como persona voluntaria gerontológica.Capítulo III. Requisitos Artículo 20. Para poder ser seleccionadas como beneficiarias del programa, las personas interesadas deberán: I. En relación a las capacitaciones, las personas interesadas deberan llenar un registro al momento de la realización del evento de capacitación correspondiente; y II. En relación a los diplomados, las personas interesadas deberán: a) copia simple de una identificación oficial con fotografía; b)Copia simple de la Clave Única del Registro de Población (CURP); y c) Copia simple del nombramiento del servidor público o su credencial de trabajo, o del nombramiento de la persona promotora voluntaria gerontológica.Capacitación, Cursos y DiplomadosCapacitación, Cursos y DiplomadosCapítulo XI. Artículo 59. Cualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, a través de los medios siguientes: I. Personalmente, proporcionando las pruebas que considere pertinentes para fundamentar la denuncia en caso de tenerlas o señalando a la autoridad el lugar donde se encuentren, en la Dirección de Investigación <<B>> adscrita a la Dirección General de Asuntos Juridícos de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas con domicilio en Conjunto Administrativo Pozuelos sin número código postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato. II. Presencialmente o por escrito en el órgano de control interno de DIF Estatal con domicilio en Paseo de la Presa, número 89-A, Zona Centro, código postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato, así como al télefono 01(473)73353300; III. Por vía telefónica al 018004707500, al 018004707500, al 01800HONESTO(4663786) ó al 4737324803, IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias_strc@guanajuato.gob.mx y contraloriasocial@guanajuato.gob.mx y V. A través de la página http//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/_ y con la aplicación móvil Guanajuato Abierto (GTO Abierto) descargalo en http://strc.guanajuato.gob.mx/gtoabierto/.Capítulo V. Artículo 38. Se puede exigir el cumplimiento de lo establecido de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos: I. Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el Programa; II. Cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla con el programa en tiempo y forma; y III. Cuando no se puede satisfacer toda la demanda de incorporación al programa por restricción presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sean claras o equitativas y sin favoritismos, ni discriminación.No AplicaOct-Dic/2021Capítulo VIII Art 50. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación y seguimiento de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de inegrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el articulo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación.Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de GuanajuatoCapítulo IX. Artículo 56. La Coordinación de Planeación y Seguimiento de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al artículo 33 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atención a las recomendaciones a la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaria.40437208Capítulo V. Artículo 39. Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad con los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación Social. La Dirección debe propiciar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y vigilancias del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados al programa.Nohttps://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharing40437208Coordinación de Adulto Mayor03/01/202203/01/2022
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CCC8945679AC4BC9B183C29F28C4BBF5202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosPrograma de Atención para Personas Adultas MayoresGrandes SonrisasNoCoordinación de Adulto MayorReglas de Operación del programa "Grandes Sonrisas" para el Ejercicio Fiscal 2021https://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharingNo01/01/202131/12/2021El Programa Grandes Sonrisas, ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales Estatales, así como por la Guía para la Operacion del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.40437209No aplicaCapítulo III. Artículo 19. Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que cumplan los criterios de elegibilidad siguientes: I. Tener 60 años de edad cumplidos o más; II. Residir en el Estado de Guanajuato; III. Encontrarse en estado de vulnerabilidad de acuerdo al cuestionario socioeconómico aplicado por los DIF Municipales del municipio que residan en términos del ANEXO 1. Se entenderá que una persona se encuentra en estado de vulnerabilidad cuando se encuentre alguno de los cuatro niveles a que se refiere el cuestionario socioecómico; IV. No haber sido beneficiado por el programa en los úlimos 3 ejercicios fiscales; V. Encontrarse en condición edéntula o parcialmente edéntula ideal, evaluada por personal del DIF Estatal o el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato; VI. En caso de requerir tratamientos pre-protésicos, ser valorados y remitidos por personal de DIF Estatal; VII. Todo aspirante debe encontrarse en uno de los 4 niveles que refleja el cuestionario socioeconómico (Anexo 5) de lo contrario no podrá acceder al apoyo; y VIII. Encontrarse en condiciones bucales óptimas.Capítulo III. Requisitos Artículo 20. Para poder ser seleccionadas como beneficiarias del programa, las personas interesadas deben presentar ante la Dirección, la Jefatura y/o los DIF Municipales, dentro de los plazos establecidos para tal efecto, los requisitos siguientes: I. Copia de identificación oficial vigente con fotografía: II. Copia de comprobante de domicilio deno más de tres meses de antigüedad; y III. Copia de la Clave única de Registro de Población (CURP)Apoyo con prótesis dentales y tratamientos pre-protésicosApoyo con prótesis dentales y tratamientos pre-protésicosCapítulo X. Artículo 64. Cualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, a través de los medios siguientes: I. Presencialmente o por escrito en el Órgano de Control Interno de DIF Estatal con domicilio en Privada de Chan sin número, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato; II. Personalmente en la Dirección de Investigación B de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas con domicilio en Conjunto Administrativo Pozuelos sin número, codigo postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato; III. Por vía Telefónicaal 01 800 470 7500, al 01 800 HONESTO (4663786) ó al 4737324803; IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias_strc@guanajuato.gob.mx y contraloriasocial@guanajuato.gob.mx; y V. A través de la pagina https//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/ y con la aplicación móvil Guanajuato Abierto (GTO Abierto) descargable en http://strc.guanajuato.gob.mx/gtoabierto/. La denuncia a que se refiere este artículo puede presentarse de manera anónima en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.Capítulo V. Artículo 39. Las personas interesadas en recibir los apoyos o beneficios del programa, así como las personas beneficiarias de los mismos que se vean afectadas por actos o resoluciones administrativos de la Dirección o de la Coordinación derivados del programa, pueden interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad previsto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.No AplicaOct-Dic/2021Capítulo IX. Artículo 56. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación y seguimiento de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de inegrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el articulo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación.Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de GuanajuatoCapítulo IX. Artículo 57. La Coordinación de Planeación y Seguimiento de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al artículo 33 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atención a las recomendaciones a la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaria de Desarrollo Social y Humano.40437209Capítulo V. Artículo 40. Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad con los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación Social. La Dirección debe propiciar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y vigilancias del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados al programa.Nohttps://drive.google.com/file/d/12ZT-tpgMKP3sxQ9qFlsgIg6xiHzJsR-R/view?usp=sharing40437209Coordinación de Adulto Mayor03/01/202203/01/2022
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123A1698B7CCC6B249549061B9BDE21A202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosDesarrollo de competencias y habilidades parentalesDesarrollo de competencias y habilidades parentalesNoCoordinación de Acciones a Favor de la InfanciaReglas de operación del programa "Desarrollo de competencias y habilidades parentales" para el ejercicio fiscal 2020https://drive.google.com/file/d/1CoC9cZ8Wi_IXAJ_Kr17Im77wkEoMjnde/view?usp=sharingSi11/12/201931/12/2021El programa <<Desarrollo de competencias y habilidades parentales>>ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales Estatales, así como por la Guia para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.40437105354317381336925133253940.8600https://drive.google.com/file/d/17lL1yQ1HygYND6mSEW_exTmchAFjHjPx/view?usp=sharingCapitulo III. Servicios.Criterios de elegibilidad. Articulo 19.Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa la población en general, preferentemente padres, madres, Niñas, Niños y Adolescentes de los 46 municipios del Estado de Guanajuato, que cuenten con el interés y disposición para participar e integrarse a las actividades relativas al programa.Capitulo III Requisitos. Art. 20 Para poder ser seleccionadas como beneficiarias del programa, las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deben presentar ante la Coordinación, los requisitos siguientes: I.- Para los servicios a los que se refiere la fracción del artículo 16, será requisito la presentación de solicitud por parte de: a) el DIF Municipal; b) de la persona interesada; o, c) de Institución pública o privada. II.- para el caso de servicio de intervención preventiva o familias en situación de vulnerabilidad, será requisito: a) en caso de identificación que realice la dirección, la ficha informativa que se haya generado; o, b) el oficio de canalización.PláticasPláticasCapitulo IX. Disposiciones complementarias. Denuncias. Art. 60. Cualquier persona puede denunciar la comision de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas a través de los medios siguientes: I. Personalmente,proporcionando las pruebas que considere pertinentes para fundamentar la denuncia en caso de tenerlas o señalando a la autoridad el lugar donde se encuentren, en la Dirección de investigación adscrita a la dirección general de asuntos jurídicos de la secretaría de la Transparencia y Rendición de cuentas con domicilio en conjunto administrativo Pozuelos sin número código postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato. II. Presencialmente o por escrito en el Órgano de Control interno de DIF Estatal con domicilio en Paseo de la Presa , número 89 A Zona centro, Código Postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato, así como al teléfono 014737353300. III. Por vía telefónica al 018004707500, al 01800 HONESTO (4663786) ó al 4737324803. IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias strc@guanajuato.gob.mx y contraloriasocial@guanajuato.gob.mx V. A través de la página https//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/ y con la aplicación móvil Guanajuato Abierto (GTO. Abierto) descargable en http://strc.guanajuato.gob.mx/gtoabierto/. La denuncia a que se refiere este artículo puede presentarse de manera anónima en los términos de la ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.Capitulo V. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias. Derechos. Art. 34 Son derechos de las personas beneficiarias del programa los siguientes: I. A ser tratados con dignidad y respeto; II. A recibir orientación sobre los criterios de eligibilidad y selección, requisitos, procedimientos de acceso a los apoyos o beneficiarios del programa y demás cuestiones relacionadas con el mismo de manera clara, completa y/oportuna; III. A ser informados sobre el estado que guardan sus peticiones; IV. A que se les notifique por escrito la resolución definitiva que recaiga a sus solicitudes. V. A recibir oportunamente los apoyos o beneficios del programa cuando cumplan los requisitos establecidos y resulten seleccionados de conformidad con los criterios aplicables; VI. A ser escuchados por las autoridades o personas servidoras públicas responsables del programa cuando así lo soliciten; VII. A interponer los medio s de defensa que alude el articulo 37 de estas reglas de operación; VIII. A contar con la asistencia de una persona traductora cuando no hablen el Español; IX. A que sus datos personales sean recabados y tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato; y X. Los demás que se desprendan de estas reglas de operación y del resto del marco jurídico aplicable. Las personas interesadas tienen los mismos derechos de las personas beneficiarias a excepción de lo establecido en la fracción V de este artículo. Todas las personas servidoras públicas que intervengan en la ejecución del programa son responsables de garantizar, de acuerdo a sus respectivas funciones y atribuciones, los derechos a que alude este artículo. La persona titular de la Dirección debe proveer lo necesario para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.No aplica01/10/2021-31/12/2021Capitulo VIII. Monitoreo, Evaluación y Seguimiento a recomendaciones. Mecanismos de evaluación. Articulo 49. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores deben de considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación, Seguimiento y Desarrollo Institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación. La gestión de evaluación comenzará una vez que se haya ejecutado al menos el 50% de los recursos financieros asignados al mismo según lo publicado en la ley del presupuesto general de egresos del estado de guanajuato para el ejercicio fiscal 2020 o en su caso según lo disponga la Secretaría.Capitulo VIII. Monitoreo, Evaluación y Seguimiento a recomendaciones. Mecanismos de evaluación. Articulo 49. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores deben de considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación, Seguimiento y Desarrollo Institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación. La gestión de evaluación comenzará una vez que se haya ejecutado al menos el 50% de los recursos financieros asignados al mismo según lo publicado en la ley del presupuesto general de egresos del estado de guanajuato para el ejercicio fiscal 2020 o en su caso según lo disponga la Secretaría.https://drive.google.com/file/d/1h3SeQnY667WpE9d77YDoBw7WsUna5exk/view?usp=sharingNo aplica40437105Capitulo V. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias. Derechos. Formas de Participación Social y Corresponsabilidad Social. Art. 39 Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad con los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación Social. La Dirección debe proporcionar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y vigilancia del cumplimiento del objetivo y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados al programa.No2https://drive.google.com/file/d/1CoC9cZ8Wi_IXAJ_Kr17Im77wkEoMjnde/view?usp=sharing40437105https://drive.google.com/file/d/1TzVmPAVlHwJhZQxHWv7K_8SUzlgkotpG/view?usp=sharingCoordinación de Acciones A Favor de la Infancia03/01/202203/01/2022
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FE88290610CE21035840A505E80CD361202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosNiñas, Niños y Adolescentes desarrollan estilos de vida saludablesNiñas, Niños y Adolescentes desarrollan estilos de vida saludablesNoCoordinación de Acciones a Favor de la InfanciaReglas de Operación para el Programa "Niñas, Niños y Adolescentes desarrollan estilos de vida saludables" para el Ejercicio Fiscal 2020https://drive.google.com/file/d/1w8IJKYcWdUK1KJnDDFTs5uvV6tUFH5ni/view?usp=sharingSi31/12/201931/12/2021El Programa «Niñas, Niños y Adolescentes desarrollan estilos de vida saludables» para el Ejercicio Fiscal 2020 ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales Estatales, así como por la Guía para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.404371041403317381336925133253940.8600https://drive.google.com/file/d/17lL1yQ1HygYND6mSEW_exTmchAFjHjPx/view?usp=sharingCapitulo III. Apoyos y Servicios. Art. 19. Pueden ser elegidas como beneficiarias del programa las personas que cumplan los criterios de elegibilidad siguientes: I. Para los apoyos para la prevención de riesgos psicosociales en Niñas, Niños y Adolescentes: puedan ser elegibles las Niñas, Niños y Adolescentes de 6 a 17 años con 11 meses, de espacios educativos y comunitarios que se encuentren en zonas de atención prioritaria; y II en caso de los apoyos económicos a proyectos de DIF Municipales y OSCs: a) Las OSCs que tengan como objeto la atención y/o prevenció de Niñas, Niños y Adolescentes de seis a diecisiete años en situación o riesgo de trabajo infantil, con una experiencia minima de un año en la temática; b) los DIF Municipales que colaboran con la ejecucion del programa, que presenten dentro de los tiempos establecidos y observando los requisitos aplicables, un proyecto cuyo objeto sea eliminar el impacto de las situaciones de riesgo que inducen a Niñas, Niños y Adolescentes a vivir y/o trabajar en espacios callejeros; y c) aquellos que no presenten anomalías e irregularidades en caso de haber recibido recurso de este programa en ejercicios anteriores.Capitulo III Servicios. Requisitos. Art. 20. Fracción I y II. Para ser seleccionados como beneficiarios del programa, las personas interesadas deben presentar ante la Coordinación, dentro de los plazos establecidos para tal efecto los requisitos siguientes: I. Para los apoyos para la prevención de riesgos psicosociales en niñas, niños y adolescentes: a) Las instituciones educativas y organizaciones interesadas deberán entregar por escrito su intención y conformidad de colaborar con su ejecución en los términos de estas reglas de operación; y b) para recibir los servicios del programa, las Niñas, Niños o Adolescentes, por conducto de las instituciones participantes, deberán proporcionar su clave única de resgistro de población, así como la información necesaria para la integración de la lista de personas beneficiarias (ANEXO 1)PláticasPláticasCapitulo X. Disposiciones complementarias. Denuncias. Art. 71. Cualquier persona puede denunciar la comision de faltas administrativas en que incurran personas servidoras públicas en la operación del programa ante la Secretaria de Transparencia y Rendición de Cuentas a través de los medios siguientes: I. Personalmente,proporcionando las purebas que considere pertinentes para fundamentar la denuncia en caso de tenerlas o señalando a la autoridad el lugar donde se encuentren, en la Dirección de investigación adscrita a la dirección general de asuntos jurídicos de la secretaría de la Transparencia y Rendición de cuentas con domicilio en conjunto administrativo Pozuelos sin número código postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato. II. Presencialmente o por escrito en el Órgano de Control interno de DIF Estatal con domicilio en Paseo de la Presa , número 89 A Zona centro, Código Postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato, así como al teléfono 014737353300. III. Por vía telefónica al 018004707500, al 01800 HONESTO (4663786) ó al 4737324803. IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias strc@guanajuato.gob.mx y contraloriasocial@guanajuato.gob.mx V. A través de la página https//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/ y con la aplicación móvil Guanajuato Abierto (GTO. Abierto) descargable en http://strc.guanajuato.gob.mx/gtoabierto/. La denuncia a que se refiere este artículo puede presentarse de manera anónima en los términos de la ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.Capitulo VI. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias. Articulo 43. Son derechos de las personas beneficiarias del programa los siguientes: I. A ser tratados con dignidad y respeto. II. A recibir orientación sobre los criterios de elegibilidad y selección, requisitos, procedimiento de acceso a los apoyos o beneficios del programa y demás cuestiones relacionadas. Con el mismo de manera clara, completa y oportuna. III. A ser informados sobre el estado que guardan sus peticiones. IV. A que se les notifique por escrito la resolución definitiva que recaiga a sus solicitudes. V. A recibir oportunamente los apoyos o beneficios del programa cuando cumplan los requisitos establecidos y resulten seleccionados de conformidad con los criterios aplicables. VI. A ser escuchados por las autoridades o personas servidoras públicas responsables del programa cuando así lo soliciten. VII. A interponer los medios de defensa a que alude el artículo 47 de estas reglas de operación. VIII. A contar con la asistencia de una persona traductora cuando no hablen el idioma Español. IX. A que sus datos personales sean recabados y tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato. X. Los demás que se desprenden de estas reglas de operación y del resto del marco jurídico aplicable. Las personas interesadas tienen los mismos derechos de las personas beneficiarias, a excepción de los establecidos en la fracción V de este artículo. Todas las personas servidoras públicas que intervengan en la ejecución del programa son responsables de garantizar de acuerdo a sus respectivas funciones y atribuciones, los derechos a que alude este artículo. La persona titular de la Dirección debe proveer lo necesario para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.No aplica01/10/2021-31/12/2021Capitulo IX. Monitoreo, Evaluación y seguimiento a recomendaciones. Mecanismos de Evaluación. Art. 60. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa
Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación, Seguimiento Desarrollo Institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el artículo 35 del Reglamento; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación. La gestión de la evaluación comenzará una vez que se haya ejecutado al menos el 50% de los recursos financieros asignados al mismo según lo publicado en la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2020 en su caso según lo disponga la Secretaría.
Capitulo IX. Monitoreo, Evaluación y seguimiento a recomendaciones. Mecanismos de Evaluación. Art. 60. Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa
Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación, Seguimiento Desarrollo Institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el artículo 35 del Reglamento; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación. La gestión de la evaluación comenzará una vez que se haya ejecutado al menos el 50% de los recursos financieros asignados al mismo según lo publicado en la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2020 en su caso según lo disponga la Secretaría.
https://drive.google.com/file/d/1h3SeQnY667WpE9d77YDoBw7WsUna5exk/view?usp=sharingNo aplica40437104Capitulo VI. Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias. Articulo 47. Son derechos de las personas beneficiarias del programa los siguientes: I. A ser tratados con dignidad y respeto. II. A recibir orientación sobre los criterios de elegibilidad y selección, requisitos, procedimiento de acceso a los apoyos o beneficios del programa y demás cuestiones relacionadas con el mismo de manera clara, completa y oportuna. III. A ser informados sobre el estado que guardan sus peticiones. IV. A que se les notifique por escrito la resolución definitiva que recaiga a sus solicitudes. V. A recibir oportunamente los apoyos o beneficios del programa cuando cumplan los requisitos establecidos y resulten seleccionados de conformidad con los criterios aplicables. VI. A ser escuchados por las autoridades o personas servidoras públicas responsables del programa cuando así lo soliciten. VII. A interponer los medios de defensa a que alude el artículo 47 de estas reglas de operación. VIII. A contar con la asistencia de una persona traductora cuando no hablen el idioma Español. IX. A que sus datos personales sean recabados y tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato. X. Los demás que se desprenden de estas reglas de operación y del resto del marco jurídico aplicable. Las personas interesadas tienen los mismos derechos de las personas beneficiarias, a excepción de los establecidos en la fracción V de este artículo. Todas las personas servidoras públicas que intervengan en la ejecución del programa son responsables de garantizar de acuerdo a sus respectivas funciones y atribuciones, los derechos a que alude este artículo. La persona titular de la Dirección debe proveer lo necesario para asegurar el cumplicmiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.No1https://drive.google.com/file/d/1w8IJKYcWdUK1KJnDDFTs5uvV6tUFH5ni/view?usp=sharing40437104https://drive.google.com/file/d/1TzVmPAVlHwJhZQxHWv7K_8SUzlgkotpG/view?usp=sharingCoordinación de Acciones A Favor de la Infancia03/01/202203/01/2022
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60D1B1424FCDA026CC9C391E4E5711EE202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de servicios¨Asistencia Alimentaria GTO¨.Paquetes De Desayunos Escolares CalientesNoDesarrollo AlimentarioReglas de operación del programa "Asistencia alimentaria GTO"para el ejercicio fiscal 2021. Paquetes de Desayunos escolares calientes.https://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharingSi12/08/202131/12/2021F) El programa Asistencia Alimentaria GTO. ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de la ley de desarrollo social y humano para el estado y los municipios de Guanajuato en materia de monitoreo y evaluacion de programas sociales estatales, a si como por la guia para la operacion del monitoreo y evaluacion de los programas sociales estatales.404371541909BENEFICIARIOS723399.54711387.58647417.153749.66Art. 20 Pueden ser elegidos como beneficiarias de los apoyo del programa, en su modalidad de desayunos escolares, las personas o espacios alimentarios que cumplan los criterios siguientes: 1.- a) Estar incrito en un plantel educativo oficial; b)tener menos de 18 años de edad c)no ser persona beneficiaria de otro tipo de apoyo del programa. d)tener su domicilio en municipio, localidades o AGEB rurales, urbanaso indigenas de alto y muy alto grado de marginacion, o estar inscrito en un plantel educativo oficial con una prevalencia mayor o igual al 15% de estudiante con desnutricion, independiente del grado de marginacion.Artículo 21. Para poder ser seleccionadas como beneficiarios de los apoyos del programa, en su modalidad de desayunos escolares, las personas o espacios alimentarios interesados deben presentar los requisitos siguientes: Para el caso de los apoyos a que alude el artículo 17, fracciones I y II, de estas reglas de operaci6n: Copia simple de la CURP o clave provisional; y Para el caso del fortalecimiento a que se refiere el artículo 17, fracciones Ill de las reglas de operaci6n: Solicitud escrita indicando al menos, municipio, localidad, clave escolar o número de identificaci6n de espacio alimentario asignado por la Oirecci6n y una descripci6n breve de los motives por los que solicita el apoyo, por parte del espacio alimentario por conducto de cualquier integrante del comité o de las personas beneficiarias, señalando nombre y teléfono de la persona que realiza la solicitud.en especieen especieCap. X Articulo, 114 Cualquier persona podra solicitar asesoría o, en su caso, presentar denuncia por la probable comisión de faltas administrativas en la operación del programa, ante el DIF estatal y/o su organo interno de control a través de los siguientes medios: I: presencialmente ante el DIF estatal y/o su organo interno de control, en el domicilio en Paseo de la Presa numero 89-A, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato. II. Por escrito al que se presente en el domicilio referido en la fraccioón anterior. III. Por llamada telefónica al numero (473)7353300. La denuncia que se refiere ese artículo puede presentarse de manera anónima en los terminos de la ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato, y para las demas disposiciones aplicadas.Cap. VI Art. 90 Se puede exigir el cumplimiento de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos: 1.- Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa. 2.- cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma 3.- cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación al programa por restriccion presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sea claras o equitativas y sin favoritismos ni discriminacion.Cap. VI Art.89 Las personas beneficiarias del programa pueden ser sujetas a las sanciones previstas en las dispociciones legales y reglamentarias aplicables. Los procedimientos sancionatorios correspondientes serán conocidos, sustanciados y resueltos por las autoridades competentes. En caso de incumplimiento a la obligacion establecida en la fraccion II Art. 86 de las reglas de operación, las personas beneficiarias del programa, no podran ser susceptibles de apoyo para este programa para el siguiente ejercicio fiscal, y se hará de conocimiento de las autoridades competentes. Las personas servidoras públicas que incumplan con las disposiciones previstas en estas reglas de operación serán sujetas a la Ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato y demas normativas que resulta aplicable para cada caso en concreto.4to. trimestreCap. IX Art. 103 Los mecanismos de evaluación del progrma incluyendo sus indicadores, eben considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y/o percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la coordinación de planeacion, seguimiento y desarrrollo institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la unidad administrativa competente de la secretaria, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el art. 35 del reglamento; asi como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervición, y seguimiento de la evaluación.DIF EstatalCap. IX Art. 106 La coordinacion de planeacion, seguimientoy desarrollo institucional de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al articulo 33 del reglamento. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atenciaon a las recomendaciones a la direccion general de planeacion y evaluacion de la secretaria.40437154Cap. IV seccion 1 art. 54 Para lograr el objetivo del programa en su modalidad de desayunos escolares pueden colaborar las intancias siguientes: I. DIF municipales de conformidad con estas reglas de operación y el convenio de colaboración correspondiente. II. Los comités de los desayunos escolares, realizando las funciones asignadas a cada uno de los integrantes en los terminos de lo acordado en el escrito de comité. III. La SEG que permite la operacion del programa dentro de los planteles educativos oficiales, de conformidad con el convenio de colaboración corrrespondiente.Nohttps://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharing40437154https://drive.google.com/file/d/1icjzs7lUxhKuWpr9dHcFmFlEXOAjLs7v/view?usp=sharingDesarrollo Alimentario03/01/202203/01/2022
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DC801D1C56A5C364C4CC720E8BCD5246202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de servicios¨Asistencia Alimentaria GTO¨.Desayunos Escolares FriosNoDesarrollo AlimentarioReglas de operación del programa "Asistencia alimentaria GTO" para el ejercicio fiscal 2021. Desayunos escolares frios.https://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharingSi12/08/202131/12/2021F) El programa Asistencia Alimentaria GTO. ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de la ley de desarrollo social y humano para el estado y los municipios de Guanajuato en materia de monitoreo y evaluacion de programas sociales estatales, a si como por la guia para la operacion del monitoreo y evaluacion de los programas sociales estatales.404371531513BENEFICIARIOS723399.54711387.58647417.153749.66Art. 20 Pueden ser elegidos como beneficiarias de los apoyo del programa, en su modalidad de desayunos escolares, las personas o espacios alimentarios que cumplan los criterios siguientes: 1.- a) Estar incrito en un plantel educativo oficial; b)tener menos de 18 años de edad c)no ser persona beneficiaria de otro tipo de apoyo del programa. d)tener su domicilio en municipio, localidades o AGEB rurales, urbanas o indigenas de alto y muy alto grado de marginacion, o estar inscrito en un plantel educativo oficial con una prevalencia mayor o igual al 15% de estudiante con desnutricion, independiente del grado de marginacion.Artículo 21. Para poder ser seleccionadas como beneficiarios de los apoyos del programa, en su modalidad de desayunos escolares, las personas o espacios alimentarios interesados deben presentar los requisitos siguientes: Para el caso de los apoyos a que alude el artículo 17, fracciones I y II, de estas reglas de operaci6n: Copia simple de la CURP o clave provisional; y Para el caso del fortalecimiento a que se refiere el artículo 17, fracciones Ill de las reglas de operaci6n: Solicitud escrita indicando al menos, municipio, localidad, clave escolar o número de identificaci6n de espacio alimentario asignado por la Oirecci6n y una descripci6n breve de los motives por los que solicita el apoyo, por parte del espacio alimentario por conducto de cualquier integrante del comité o de las personas beneficiarias, señalando nombre y teléfono de la persona que realiza la solicitud.en especieen especieCap. X Articulo, 114 Cualquier persona podra solicitar asesoría o, en su caso, presentar denuncia por la probable comisión de faltas administrativas en la operación del programa, ante el DIF estatal y/o su organo interno de control a través de los siguientes medios: I: presencialmente ante el DIF estatal y/o su organo interno de control, en el domicilio en Paseo de la Presa numero 89-A, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato. II. Por escrito al que se presente en el domicilio referido en la fraccioón anterior. III. Por llamada telefónica al numero (473)7353300. La denuncia que se refiere ese artículo puede presentarse de manera anónima en los terminos de la ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato, y para las demas disposiciones aplicadas.Cap. VI Art. 90 Se puede exigir el cumplimiento de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos: 1.- Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa. 2.- cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma 3.- cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación al programa por restriccion presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sea claras o equitativas y sin favoritismos ni discriminacion.Cap. VI Art.89 Las personas beneficiarias del programa pueden ser sujetas a las sanciones previstas en las dispociciones legales y reglamentarias aplicables. Los procedimientos sancionatorios correspondientes serán conocidos, sustanciados y resueltos por las autoridades competentes. En caso de incumplimiento a la obligacion establecida en la fraccion II Art. 86 de las reglas de operación, las personas beneficiarias del programa, no podran ser susceptibles de apoyo para este programa para el siguiente ejercicio fiscal, y se hará de conocimiento de las autoridades competentes. Las personas servidoras públicas que incumplan con las disposiciones previstas en estas reglas de operación serán sujetas a la Ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato y demas normativas que resulta aplicable para cada caso en concreto.4to. trimestreCap. IX Art. 103 Los mecanismos de evaluación del progrma incluyendo sus indicadores, eben considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y/o percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la coordinación de planeacion, seguimiento y desarrrollo institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la unidad administrativa competente de la secretaria, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el art. 35 del reglamento; asi como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervición, y seguimiento de la evaluación.DIF EstatalCap. IX Art. 106 La coordinacion de planeacion, seguimientoy desarrollo institucional de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al articulo 33 del reglamento. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atenciaon a las recomendaciones a la direccion general de planeacion y evaluacion de la secretaria.40437153Cap. IV seccion 1 art. 54 Para lograr el objetivo del programa en su modalidad de desayunos escolares pueden colaborar las intancias siguientes: I. DIF municipales de conformidad con estas reglas de operación y el convenio de colaboración correspondiente. II. Los comités de los desayunos escolares, realizando las funciones asignadas a cada uno de los integrantes en los terminos de lo acordado en el escrito de comité. III. La SEG que permite la operacion del programa dentro de los planteles educativos oficiales, de conformidad con el convenio de colaboración corrrespondiente.Nohttps://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharing40437153https://drive.google.com/file/d/1icjzs7lUxhKuWpr9dHcFmFlEXOAjLs7v/view?usp=sharingDesarrollo Alimentario03/01/202203/01/2022
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31C94F0F1E6D90937C08E97A0CE85667202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosOrientacion y Calidad alimentaria GTO.Orientacion y Calidad alimentaria GTO.NoDesarrollo AlimentarioReglas De Operación Del Programa Orientación Y Calidad Alimentaria Gto. Para El Ejercicio Fiscal 2020.https://drive.google.com/file/d/11V0dg9jV-wk4cUx2jSnxOo248G_EvWhk/view?usp=sharingSi12/08/202131/12/2021El programa de Orientacion y Calidad AlimentariaGTO ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de la ley de desarrollo social y humano para el estado y los municipios de Guanajuato en materia de monitoreo y evaluacion de programas sociales estatales, a si como por la guia para la operacion del monitoreo y evaluacion de los programas sociales estatales.40437155300BENEFICIARIOS482266.36474258.38431611.562499.77Cap. III Art. 19 PueDen ser elegidas como personas beneficiadas del programa las que cumplan los criterios de elegibilidad siguientes. 1-.Que sean personas beneficiarias del programa de Asistencia Alimentaria GTO., bajo los siguientes tipos de apollo: Desayunos escolares modalidad caliente, Desayunos escolares Modalidad fria, Atencion alimentaria a sujetos bulnerables modalidad desayuno o comida caliente, Asistencia Alimentaria a sujetos bulnerables modalidad paquete de insumos alimentarios, Atencion alientaria a menosres de cinco años en riesgo, no escolarizados, modalidad de desayuno o comida caliente. Atencion alimentaria a menores de cinco años en riesgo, no escolarizados, modalidad paquete de insumos alimentario . 2.- que al mometo de la accion de la Orientacion se encuentreen los espacios Alimentarios donde opere el programa de Asistencia Alimentaria GTO. 3.- aquellas personas beneficiarias de otros programas de DIF Estatal 4.- `Poblacion en General.Cap. III Art. 20 Para poder ser seleccionadas como personas beneficiarias del programa las personas interesadas deben: 1.- Realizar su registro en la lista de asistencia que sea proporcionada al momneto de la prestacvion del servicio de Orientacion Alimentaria2.- Para el caso de que otorgue el servicio a la poblacion en general debera entregarse previamente una solicitud por escrito para acceder al servicioorientacionorientacionCap. X Articulo, 114 Cualquier persona podra solicitar asesoría o, en su caso, presentar denuncia por la probable comisión de faltas administrativas en la operación del programa, ante el DIF estatal y/o su organo interno de control a través de los siguientes medios: I: presencialmente ante el DIF estatal y/o su organo interno de control, en el domicilio en Paseo de la Presa numero 89-A, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato. II. Por escrito al que se presente en el domicilio referido en la fraccioón anterior. III. Por llamada telefónica al numero (473)7353300. La denuncia que se refiere ese artículo puede presentarse de manera anónima en los terminos de la ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato, y para las demas disposiciones aplicadas.Cap. VI Art. 90 Se puede exigir el cumplimiento de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos: 1.- Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa. 2.- cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma 3.- cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación al programa por restriccion presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sea claras o equitativas y sin favoritismos ni discriminacion.Cap. VI Art.89 Las personas beneficiarias del programa pueden ser sujetas a las sanciones previstas en las dispociciones legales y reglamentarias aplicables. Los procedimientos sancionatorios correspondientes serán conocidos, sustanciados y resueltos por las autoridades competentes. En caso de incumplimiento a la obligacion establecida en la fraccion II Art. 86 de las reglas de operación, las personas beneficiarias del programa, no podran ser susceptibles de apoyo para este programa para el siguiente ejercicio fiscal, y se hará de conocimiento de las autoridades competentes. Las personas servidoras públicas que incumplan con las disposiciones previstas en estas reglas de operación serán sujetas a la Ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato y demas normativas que resulta aplicable para cada caso en concreto.4to. trimestreCap. IX Art. 103 Los mecanismos de evaluación del progrma incluyendo sus indicadores, eben considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y/o percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la coordinación de planeacion, seguimiento y desarrrollo institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la unidad administrativa competente de la secretaria, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el art. 35 del reglamento; asi como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervición, y seguimiento de la evaluación.DIF EstatalCap. IX Art. 106 La coordinacion de planeacion, seguimientoy desarrollo institucional de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al articulo 33 del reglamento. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atenciaon a las recomendaciones a la direccion general de planeacion y evaluacion de la secretaria.40437155Cap. IV art. 45 para lograr el objetivo del programa atravez del apoyo de desayunos escolares se requiere de la participacion: 1.- DIF Municipales: colaboracion conforme a las reglas de operación, asi como lo estipulado en el convenio de colaboracion correspondiente. 2.- los comites de espacios alimentarios: colaboracion conforme a los terminos acordados en el escrito de comite, observando en lo conducente para el programa. 3.- SEG: Permite la operacion del programa dentro de los planteles educativosa oficiales, de conformidad con el convenio de colaboracion corrrespondient.Nohttps://drive.google.com/file/d/11V0dg9jV-wk4cUx2jSnxOo248G_EvWhk/view?usp=sharing40437155https://drive.google.com/file/d/1icjzs7lUxhKuWpr9dHcFmFlEXOAjLs7v/view?usp=sharingDesarrollo Alimentario03/01/202203/01/2022
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82870E9432B0A16FD177F09C5FA9CB2A202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de servicios¨Asistencia Alimentaria GTO¨.Paquete de insumos alimentarios en los primeros mil dias de vida para niñas y niños.NoDesarrollo AlimentarioReglas de operación del programa "Asistencia alimentaria GTO"para el ejercicio fiscal 2021. Paquete de insumos alimentarios en los primeros mil dias de vida para niñas y niños.https://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharingSi12/08/202131/12/2021F) El programa Asistencia Alimentaria GTO. ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de la ley de desarrollo social y humano para el estado y los municipios de Guanajuato en materia de monitoreo y evaluacion de programas sociales estatales, a si como por la guia para la operacion del monitoreo y evaluacion de los programas sociales estatales.40437156478BENEFICIARIOS482266.36474258.38431611.562499.77Articulo 38. Pueden ser elegidas... Para el caso de los paquetes de insumos alimentarios referidos en el artlcule 35, fracci6n II, pueden ser elegidas como beneflciarias, las niñas y niños de 6 meses a 2 alles de edad que esten registrados en un centro de atención que cuente con dictamen favorable de protección civil municipal, o en caso de ausencia de un dictamen, o de contar con un dictamen negativo, una carta en la que el centro de atenci6n se comprometa a obtener un dictamen favorable, asf coma el visto bueno del DIF Municipal para la aplicaci6n del pregrama en dicho centro de atención o tener su domicilio en una localidad donde se forme un grupo de atención alimentaria.Articulo 30. Para poder ser...Para el caso de los insumos alimentarios a que alude el artlculo 26, fracci6n I de estas reglas de operaci6n, copia de la CURP; Ill. Para el caso del fortalecimiento a que se alude el articulo 26, fracci6n Ill , solicitud escrita indicando al menos, municipio, localidad, clave escolar o numero de identificaci6n de espacio alimentario asignado por la Direcci6n y una descripci6n breve de Jos motives por los que solicita el apoyo sel'lalando nombre y telefono de la persona que realiza la solicitud.en especieen especieCap. X Articulo, 114 Cualquier persona podra solicitar asesoría o, en su caso, presentar denuncia por la probable comisión de faltas administrativas en la operación del programa, ante el DIF estatal y/o su organo interno de control a través de los siguientes medios: I: presencialmente ante el DIF estatal y/o su organo interno de control, en el domicilio en Paseo de la Presa numero 89-A, Zona Centro, codigo postal 36000 en Guanajuato, Guanajuato. II. Por escrito al que se presente en el domicilio referido en la fraccioón anterior. III. Por llamada telefónica al numero (473)7353300. La denuncia que se refiere ese artículo puede presentarse de manera anónima en los terminos de la ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato, y para las demas disposiciones aplicadas.Cap. VI Art. 90 Se puede exigir el cumplimiento de los servicios o entrega de apoyos del programa, en los siguientes casos: 1.- Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios para acceder a determinado derecho, garantizado por el programa. 2.- cuando la persona beneficiada, exija que se cumpla el programa en tiempo y forma 3.- cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación al programa por restriccion presupuestal y las personas exijan que las incorporaciones no sea claras o equitativas y sin favoritismos ni discriminacion.Cap. VI Art.89 Las personas beneficiarias del programa pueden ser sujetas a las sanciones previstas en las dispociciones legales y reglamentarias aplicables. Los procedimientos sancionatorios correspondientes serán conocidos, sustanciados y resueltos por las autoridades competentes. En caso de incumplimiento a la obligacion establecida en la fraccion II Art. 86 de las reglas de operación, las personas beneficiarias del programa, no podran ser susceptibles de apoyo para este programa para el siguiente ejercicio fiscal, y se hará de conocimiento de las autoridades competentes. Las personas servidoras públicas que incumplan con las disposiciones previstas en estas reglas de operación serán sujetas a la Ley de responsabilidades administrativas para el estado de Guanajuato y demas normativas que resulta aplicable para cada caso en concreto.4to. trimestreCap. IX Art. 103 Los mecanismos de evaluación del progrma incluyendo sus indicadores, eben considerar el analisis del diseño, operación, resultados, impacto y/o percepción social, basados en la matriz del marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la coordinación de planeacion, seguimiento y desarrrollo institucional de DIF Estatal debe coordinarse con la unidad administrativa competente de la secretaria, a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el art. 35 del reglamento; asi como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervición, y seguimiento de la evaluación.DIF EstatalCap. IX Art. 106 La coordinacion de planeacion, seguimientoy desarrollo institucional de DIF Estatal debe atender y dar seguimiento a los resultados y las recomendaciones de las evaluaciones conforme al articulo 33 del reglamento. Para ello deben remitir el seguimiento de los resultados de atenciaon a las recomendaciones a la direccion general de planeacion y evaluacion de la secretaria.40437156Cap. IV seccion 3 art. 66. Para lograr el objetivo del programa a través de su modalidad de Asiatencia Alimentaria en los primero mil dias de vida, pueden colaborar las instancias siguientes: I. DIF Municipales: de conformidad a las reglas de operación, y el convenio de colaboracion correspondiente. II. La secretaria; III. Los comites de espacios alimentarios realizando las funciones asignadas a cada uno de los integrantes en los terminos de lo acordado en el escrito del comité; IV. Centrtos de atencion permitiendo la operación del programa al interior del espacio; V. Ventanilla única de los centros de gobierno.Nohttps://drive.google.com/file/d/1f1CPTJMX5E0_oA_jtxmST72hEX3ofWNu/view?usp=sharing40437156https://drive.google.com/file/d/1icjzs7lUxhKuWpr9dHcFmFlEXOAjLs7v/view?usp=sharingDesarrollo Alimentario03/01/202203/01/2022
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620A10135791D0A25DEEDA0589CED4AC202101/10/202131/12/2021LocalProgramas de serviciosAPOYOS DE SALUD Y PSICOLOGÍAAPOYOS DE SALUD Y PSICOLOGIANoTRABAJO SOCIALREGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA TODOS ADELANTE GTO EJERCICIO FISCAL 2021https://drive.google.com/file/d/1cWCcYERmh5fG9f4EofC1spJ5JFnLaz4L/view?usp=sharingSi01/01/202131/12/2021El programa Todos adelante GTO, ha sido diseñado de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato en Materia de Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales, así como por la Guía para la Operación del Monitoreo y Evaluación de los Programas Sociales Estatales.404373202083No aplica4888309.674736424.094173959.0100Puede ser elegido como beneficiaria o beneficiario del programa cualquier persona que radique o transite por el estado de Guanajuato y que por su condicación de indefensión, pobreza o desventaja social, se encuentre en un estado de riesgo.Para poder ser seleccionados como persona beneficiaria del programa, los interesados deben reunir los requisitos siguientes: I. Estudio socioeconómico y diagnóstico social de los que se desprenda que su nivel de vulnerabilidad es medio o alta. II. Solicitud en la que explique brevemente el motivo de su petición, así como el apoyo que requiere. III. Copia simple del acta de nacimiento de la persona beneficiaria. IV. Clave única de registro de la población (CURP) de la persona beneficiaria. V. Copia simple de un comprobante de domicilio de la persona beneficiaria. VI. Copia simple de la credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral del solicitante en caso de ser mayor de edad; y VII. Copia simple de la credencial de elector. La documentación presentada por la persona beneficiaria quedará bajo resguardo de la coordinación.Los apoyos en dinero o en especie que se otorguen a las personas beneficiarias no podrán exceder de 30 mil pesos. El monto a que se refiere el párrafo anterior puede ser rebasado hasta llegar al máximo de 70 mil pesos en los supuestos siguientes: I. Cuando se trate de algún bien o servicio indivisible necesario para la integración del solicitante a una vida plena y productiva; y II. Cuando se acredite que, de no recibir el apoyo, la vida de la persona se encuentra en riesgo. Este monto máximo no aplicará para los apoyos que resulten por concepto del pago de servicios de albergue, asilo o alojamiento de las personas sujetas de asistencia social.Los apoyos en dinero o en especie que se otorguen a las personas beneficiarias no podrán exceder de 30 mil pesos. El monto a que se refiere el párrafo anterior puede ser rebasado hasta llegar al máximo de 70 mil pesos en los supuestos siguientes: I. Cuando se trate de algún bien o servicio indivisible necesario para la integración del solicitante a una vida plena y productiva; y II. Cuando se acredite que, de no recibir el apoyo, la vida de la persona se encuentra en riesgo. Este monto máximo no aplicará para los apoyos que resulten por concepto del pago de servicios de albergue, asilo o alojamiento de las personas sujetas de asistencia social.Cualquier persona puede denunciar la comisión de faltas administrativas en que incurran personas servidoras en la operación del programa ante la Secretaría de la Transparencia y Rendición de cuentas, a través de los medios siguientes: I. Presencialmente o por escrito en el Órgano de Control Interno de DIF Estatal con domicilio en Privada del Chan son número, Zona Centro, código postal 36080 en Guanajuato, Guanajuato. II. Personalmente en la Dirección de Investigación B de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de cuentas con domicilio en Conjunto Administrativo Pozuelos s/n, C.P. 36080 en Guanajuato, Guanajuato. III. Por Vía telefónica al 01800470 7500, al 01 800 HONESTO (4663786). IV. Por correo electrónico a las direcciones quejasydenuncias:strc@guanajuato.gob.mx. V. A través de la página http//strc.guanajuato.gob.mx/reporteciudadano/. La denuncia a que se refiere este articulo puede representarse de manera anónima en los términos de la Ley de Responsabilidad Administrativas para el Estado de Guanajuato.Las personas interesadas en recibir los apoyos o beneficios del programa, así como las personas beneficiarias de los mismos que se vean afectadas por actos o resoluciones administrativos de la Dirección o de la Coordinación derivados del programa, pueden interponer el recurso de inconformidad del juicio de nulidad previsto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.Falta de interés del Ciudadano. Visitas Realizadas sin respuesta positiva, así como que el beneficiario ya no requiera el apoyo solicitado.01/10/2021 - 31/12/2021Los mecanismos de evaluación del programa, incluyendo sus indicadores, deben considerar el análisis de diseño, operación, resultados, impacto y/o de percepción social, basados en la matriz de marco lógico del programa. Para la evaluación del programa, la Coordinación de Planeación y Seguimiento de DIF Estatal debe coordinarse con la Dirección General de Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a fin de integrar el programa anual de evaluaciones a que se refiere el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato; así como para definir el proyecto y, de ser aplicable, la contratación, supervisión y seguimiento de la evaluación.No aplicaNo aplica40437320Las personas beneficiarias pueden participar en la implementación del programa de conformidad con los Lineamientos para la integración y Funcionamiento de Estructuras de Participación social. La dirección debe propiciar la participación de las personas beneficiarias en los procesos de seguimiento y vigilancias del cumplimiento del objeto y metas programadas y la aplicación de los recursos públicos asignados al programa.NoNo aplicahttps://drive.google.com/file/d/1cWCcYERmh5fG9f4EofC1spJ5JFnLaz4L/view?usp=sharing40437320https://drive.google.com/file/d/1tTGF7WcFER0K4HQTLURw2UzYD7Nef-CB/view?usp=sharingTRABAJO SOCIAL03/01/202203/01/2022
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