Directrices para el ordenamiento ambiental para la Sabana de Bogotá
Marco Legal
• Establecer reglas y criterios de ordenamiento ambiental territorial.
• Determinar normas y regulaciones generales sobre medio ambiente.
• Aplicar estas normas a asentamientos humanos y evitar daños ambientales.
• Regular las condiciones generales para el uso, manejo, conservación, restauración de los recursos naturales.
• Prevenir, controlar o mitigar impactos de actividades que contaminen, deterioren o destruyan el entorno o el patrimonio natural.
• Dirigir y coordinar las actividades ambientales de las entidades del SINA.
Ley 99 de 1993
Artículo 5
Constitución 1991
Artículos 8, 58, 79, 80
Marco Legal
Las directrices se establecen como determinante ambiental de nivel 1 para el ordenamiento territorial, como norma de superior jerarquía y Orienta actuaciones de autoridades ambientales y esquemas y entidades territoriales
Declarase la Sabana de Bogotá, sus páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos como de interés ecológico nacional, cuya destinación prioritaria será la agropecuaria y forestal.
El Ministerio del Medio Ambiente determinará las zonas en las cuales exista compatibilidad con las explotaciones mineras.
Los municipios y el Distrito Capital expedirán la reglamentación de los usos del suelo, teniendo en cuenta las disposiciones de que trata este artículo y las que a nivel nacional expida el Ministerio del Medio Ambiente
Para la protección de la Sabana de Bogotá, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible formulará los lineamientos para el ordenamiento ambiental de la región
Ley 99 de 1993
Artículo 61 �
Ley 2294
de 2023
Ley 388 de 1997
Artículo 10 �
Establecer directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá, como área de interés ecológico nacional, con el fin de garantizar su integridad ecológica, orientar su transición y adaptación territorial y al cambio climático e implementar el ordenamiento alrededor del agua
Propósito para avanzar en una Visión integral de la Sabana
Objetivo de la Estrategia para expedir la Resolución
Cumplir con la orden judicial del 14 de marzo de 2025, reiniciando y agotando las etapas del proceso de expedición de Directrices de ordenamiento ambiental para la Sabana de Bogotá, garantizando la participación, contradicción y controversia de los documentos y pruebas técnicas por parte de todos los actores involucrados.
Objetivos Específicos
1. Ampliar los Espacios de Diálogo y Coordinación (Más de 44 espacios al 2 de julio)
2. Recepción y Análisis de Aportes
3. Comunicación Asertiva
1. Ampliar los Espacios de Diálogo y Coordinación
Mesas o sesiones de Trabajo: Elementos que se han tenido presentes para las mesas: envío previo de información, resolver dudas, recibir aportes/argumentación y balance.
1. Ampliar los Espacios de Diálogo y Coordinación
Diálogos Ciudadanos:
Se ha convocado o participado en asambleas, foros y talleres para ampliar la participación de la comunidad en general. Por ejemplo:
Mesas con Entidades Sectoriales del Orden Nacional: Se han realizado mesas de trabajo con entidades sectoriales del orden nacional para la articulación de las directrices con otras políticas nacionales.
2. Recepción y Análisis de Comentarios al DTS y Proyecto de Resolución
¿A qué situaciones responden las directrices?
Pérdida de integridad ecológica
Crisis climática
Bogotá D.C y 9 municipios de Sabana con valores de riesgo Muy alto y Alto por cambio climático
IDEAM, 2017
Baja
315
Mil/ha
119
Muy baja
Mil/ha
Muy baja
Baja
Media
IAvH 2023
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Mapa Resolución 2001 de 2016
Mapa Proyecto Resolución Directrices
Bosques
Andinos y Subxerofitia
Determinante con destinación forestal:�Los remanentes de bosque andino y subxerofitia en suelo rural deben preservarse, restaurarse y recuperarse.
Deben integrarse en los POT como parte de la EEP, con medidas de manejo aprobadas por la autoridad ambiental, e identificarse con mayor detalle.
�Correr la ruta para su declaratoria como áreas protegidas.
En suelo urbano se aplicará el POT vigente sin alterar situaciones jurídicas consolidadas y promoviendo su protección en suelo de expansión con estudios de mayor detalle.
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
En suelo rural los humedales permanentes y temporales naturales, deben destinarse a la protección, conectividad hídrica y restauración.
Los humedales temporales transformados mantendrán su funcionalidad ecológica.
En suelo urbano y de expansión, el Mapa Nacional de Humedales es una guía indicativa para reducir riesgos y para identificar posibles nuevos humedales y su reconocimiento a partir de estudios detallados.
Se debe actualizar la delimitación de rondas hídricas (priorizando río Bogotá) y humedales permanentes, incorporar estos ecosistemas en los POT como parte de la EEP con sus respectivas medidas de manejo, aplicar la Política Nacional de Humedales.
Directrices para minimizar las afectaciones por intervenciones a humedales que no requieren licencia.
Las áreas rurales sin ocupar, con amenazas altas por inundación, movimientos en masa y avenidas torrenciales (POMCA y POT) deben destinarse a la adaptación y reducción de riesgos basados en ecosistemas
Humedales
Áreas en amenaza alta
No son retroactivas, aplican al futuro, se reconocen preexistencias y situaciones jurídicas consolidadas.
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Coordinación para definir objetivos y proyectos priorización de rondas, páramos, subxerofitia, agua, entre otros.
Medidas para su protección frente a proyectos en la Sabana de Bogotá
Adopción de guías para mitigar el impacto de las edificaciones
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Biodiversidad urbana
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Infraestructuras
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Integridad ecológica en zonas compatibles con minería.
Fuente: CAR Cundinamarca
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Conservación del suelo
La Tasa de crecimiento poblacional está en declive:
Bogotá: De 1,8% anual en 2020 a -0,3% en 2035.
Sabana de Bogotá: De 1,7% anual en 2020 a 0.3% en 2035.
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA INTEGRIDAD ECOLÓGICA
Zonas de recarga de acuíferos
Determinante ambiental: Las zonas rurales de recarga identificadas en POMCA y planes de manejo deben conservar las áreas de infiltración y protegerse las aguas subterráneas.
Regulación en áreas urbanas y de expansión: Se deben aplicar medidas de ecourbanismo y construcción sostenible para mejorar la infiltración y evitar la contaminación.
Estudios y planificación: pueden redefinirse con estudios técnicos más precisos. Las nuevas medidas deben incorporarse en licencias y planes parciales sin modificar el ordenamiento territorial vigente.
DIRECTRICES PARA LA REGULACIÓN Y SOSTENIBILIDAD HÍDRICA
Seguridad hídrica
DIRECTRICES PARA LA REGULACIÓN Y SOSTENIBILIDAD HÍDRICA
DIRECTRICES PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO
Información
Conocimientos, educación y redes ambientales
Conocimiento ancestral y sitios sagrados
Una Sabana que transita hacia la armonización de su ocupación alrededor del agua, para enfrentar la crisis ambiental y garantizar tanto el interés ecológico nacional como su destinación prioritaria agropecuaria y forestal.
Créditos: Colprensa, Gobernación de Cundinamarca, Alcaldía de Tenjo y Funza, IAVH, IGAC, Humedalesbogota, Minambiente