UNIDAD 2: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ACTORES QUE INTERVIENEN
Asignatura: Contrataciones con el Estado
Docente: Mg. Jorge Abel Ruiz Bautista
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA, LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES QUE INTERVIENEN
Logro
1. El estudiante será capaz de entender las funciones y responsabilidades de los actores que intervienen dentro del procedimiento de selección.
2. El estudiante será capaz de organizar las etapas del procedimiento de selección de la contratación pública.
UNIDAD 2
2.3. Procedimiento de selección en cada método.
Procedimiento de Selección (2da etapa):
1ER PASO
Convocatoria
Se publicará en el portal del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), que lo administra el OSCE. Todas las bases se publicarán en mérito al principio de publicidad.
2DO PASO
Se publicará las Bases no integradas aún, sino estandarizadas en donde constará los TDR, los criterios de evaluación y calificación, la proforma del contrato, etc.
Publicación de las Bases
3ER PASO
Cronograma de Contratación
La publicación de una convocatoria debe informar el cronograma de contratación:
Procedimiento de Selección (2da etapa):
4TO PASO
Formular consultas y observaciones a las Bases
Lo presento ante el Comité de Selección dirigido al presidente de este.
5TO PASO
¿Cómo resuelve el Comité de Selección? Acoger (se modifican las bases) y No Acoger (va a subsistir esos requisitos) . Si no acoge tiene 3 días siguientes de su publicación para presentar un escrito de elevación del pliego de absolución de consultas y observaciones ante la Dirección de Riesgos del OSCE, que va a emitir un pronunciamiento dentro de los 12 días posteriores.
Absolución de Consultas y Observaciones
6TO PASO
Elevación
Este paso es opcional, ya que si lo elevan es por requerimiento del postor.
7MO PASO
Bases Integradas o Pronunciamiento
El Comité de Selección publicará las bases integradas que son las reglas definitivas.
Procedimiento de Selección (2da etapa):
8VO PASO
La fecha de presentación de ofertas
Lo cual se hará ante el Comité de Selección.
10MO PASO
FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
Elegir al mejor postor.
9NO PASO
Calificar y Evaluar las ofertas
El Comité Selección admite o no las ofertas, evaluación y calificación.
Elaboración del Expediente Técnico y la Oferta Económico
En el Expediente Técnico todos los requisitos contemplados en las bases. En la Oferta Económica el precio del postor.
11VO PASO
Perfeccionamiento del Contrato
Se dan 2 cosas, la primera; es la presentación de documentos (8 días hábiles) y; el segundo, firma del contrato (2 días hábiles).
ACTORES QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
NOCIONES PRELIMINARES:
¿Cuál es el Rol de cada actor interviniente en la contratación pública?
OEC y el Titular de la Entidad
Área Usuaria y OEC
El Comité de Selección, el OEC y el OSCE
Se encargan de la
Planificación
Se encargan de el Requerimiento y de los Actos Preparatorios
Se encargan del Proceso
de Selección
NOCIONES PRELIMINARES:
¿Cuál es el Rol de cada actor interviniente en la contratación pública?
El Área Usuaria y el
Titular de la Entidad
El Área Usuaria, el Titular de la Entidad y el OSCE
Se encargan de la
Ejecución Contractual
Se encargan de verificar el cumplimiento de la necesidad pública
La Responsabilidad se determina de acuerdo al régimen jurídico sin
perjuicio de las responsabilidades civiles y penales
ENTIDAD
encargar a otra
entidad las
el
actuaciones preparatorias y/o
procedimiento de selección.
El cumplimiento recae ene el Titular de la Entidad
Tiene las facultades de :
oficio.
adicional de obra.
directas, la ejecución de obras por concurso oferta.
homologación
El titular de la Entidad
EL ÁREA USUARIA
¿Qué es?
¿Qué
hace?
Es la dependencia que cuenta con los conocimientos técnicos necesarios para definir las características técnicas de los bienes, servicios y obras que se habrán de contratar
órgano.
EL ÓRGANO ENCARGADO DE CONTRATACIONES (OEC)
¿Cuáles son sus responsabilidades?
¿De donde
proviene?
Cada Entidad identidad en su Reglamento de Organización y Funciones u otros documentos de organización y/o gestión al órgano encargado de las contrataciones, de acuerdo con lo que el Reglamento.
Es el órgano encargado de las contrataciones y tiene como función la gestión administrativa del contrato lo cual involucra:
-El trámite del perfeccionamiento del contrato.
-La aplicación de penalidades.
-El procedimiento de pago en lo que corresponda.
-Otras actividades de índole administrativo.
Art. 5 RGLCE
Se exige por ley la certificación de sus servidores que debe hacerse por niveles
COMITÉ DE SELECCIÓN
¿Cómo se conforma?
¿Qué es?
Es el Órgano encargado de seleccionar al proveedor que brinde bienes, servicios y obras requeridos.
obras, consultoría en general, consultoría de obras y modalidad mixta, de los tres
(3) miembros que forman parte del comité de selección, por lo menos, dos (2)
deben contar con conocimiento técnico en el objeto de la contratación. . (…).
Art. 44 RGLCE
EL COMITÉ DE SELECCIÓN
ADEMÁS
PARTICIPA
SE ENCARGA DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN HASTA SU CULMINACIÓN
El comité de selección actúa en forma colegiada y es autónomo en sus decisiones, las cuales no requieren ratificación alguna por parte de la Entidad. Todos los miembros del comité de selección gozan de las mismas facultades, no existiendo jerarquía entre ellos. Sus integrantes son solidariamente responsables por su actuación, salvo en relación a los actos por los cuales aquellos hayan señalado en el acta correspondientes u voto discrepante.
¿Cómo deben ser las decisiones del Comité?
Art. 46 RGLCE
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
¿Qué es?
¿De qué se
encarga?
Ministerio de Economía y Finanzas, con
personería de Derecho Público.
Art. 51 LCE
Art. 52 LCE
resultados.
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
Estado.
Nacional de Secretarios Arbitrales.
Art. 5 LCE
PERÚ COMPRAS
Otros Aspectos
Relevantes
¿Qué es?
Una plataforma virtual creada para el control del ciudadano.
La misma reúne información de las contrataciones que realiza el
Estado a través del uso de servicios que administra y promueve. Su finalidad es optimizar las contrataciones públicas a nivel nacional, a través de sistemas y procedimientos más dinámicos y eficientes.
Debe promover la trasparencia e integridad en la contratación
pública a través de la participación ciudadana.
Brinda información de acceso libre sobre herramientas y estrategias que son administradas e impulsadas por PERÚ COMPRAS.
PERÚ COMPRAS
Se conforma por:
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
La obtención
de las prestaciones que cubrirán las
necesidades de las Entidades Públicas debe pasar por un proceso de selección. Este tiene por objeto individualizar de un conjunto de agentes de mercado (potenciales proveedores del Estado) a la mejor oferta a los fines de la Entidad; para tal efecto elabora el documento denominado por nuestra legislación como “Bases”.
DEFINICIÓN
Las Bases están constituidas por un conjunto de
Entidad y que tienen
conocer las reglas
como objetivo dar
que orientarán
disposiciones elaboradas al interior de la
a
el
procedimiento de selección; desde el inicio del trámite, pasando por sus diferentes etapas, las formalidades requeridas para cada una de ellas, así como el establecimiento de las principales obligaciones contractuales que se originarán con el proveedor seleccionado.
NATURALEZA
Las Bases son instrumentos de
carácter público, toda vez que es necesario que su contenido sea conocido por una mayor cantidad de potenciales proveedores existentes en el mercado, y de esta manera, incentivar su participación en el procedimiento de contratación pública
CONTENIDO MINIMO
procedimiento y de ejecución contractual
aplicables a los
procedimientos de
en la normativa de
selección previstos
contrataciones del
Estado. Asimismo,
contienen una sección específica que
contempla las condiciones particulares del procedimiento de selección, así como los formatos y anexos. Corresponde a cada
Entidad consignar la información que
corresponda al objeto de la convocatoria.
DIRECTIVA N° 001-2019-OSCE/CD (BASES Y SOLICITUD DE EXPRESIÓN DE INTERÉS ESTÁNDAR PARA LOS PROCEDIMINETOS DE SELECCIÓN A CONVOCAR EN EL MARCO DE LA LEY N°30225
Detalle de Requerimiento Técnico Mínimo
El área usuaria requiere los
bienes, servicios u obras a
contratar, siendo responsable
de formular
las
técnicas,
especificaciones términos de expediente
referencia o
técnico,
respectivamente, así como los
requisitos además finalidad
pública de
de calificación;
de justificar la
la
bienes,
contratación. servicios u requieran
Los obras deben
que se
estar
orientados al cumplimiento de
las funciones de la Entidad
Las especificaciones técnicas,
términos de referencia o expediente técnico deben formularse de forma objetiva y
precisa por el área usuaria;
alternativamente pueden ser
formulados por el órgano a
cargo de las contrataciones y aprobados por el área usuaria. Dichas especificaciones técnicas,
términos de referencia o
expediente técnico deben
proporcionar acceso al proceso
de contratación en condiciones
de igualdad y no tienen por
efecto la creación de obstáculos
ni direccionamiento que
perjudiquen la competencia en
el mismo.
El requerimiento puede incluir
que la prestación se ejecute bajo las modalidades de concurso oferta, llave en mano u otras que se establezcan en el reglamento.
ART. 16 DE TUO DE LA
LEY
Detalle de Requerimiento Técnico Mínimo
El requerimiento no se hace referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los bienes o servicios ofrecidos por un proveedor determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertos proveedores o ciertos productos.
Salvo | | las |
excepciones | | |
previstas | en | el |
reglamento. | | |
Cuándo es necesario realizar una contratación haciendo referencia a una fabricación o procedencia determinada el área usuaria deberá elaborar un informe técnico de estandarización debidamente sustentado y este debe ser aprobado por el Titular de la Entidad
ART. 16 DE TUO DE LA LEY
DIRECTIVA N° 004-
2016-OSCE/CD
Detalle de Requerimiento Técnico Mínimo
LINEAMIENTOS PARA
LA
CONTRATACIÓN EN LA QUE SE
HACE REFENCIA
A DETERTMINADA MARCO O TIPO PARTICULAR
DIRECTIVA N° 004-
2016-OSCE/CD
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN
SUMA ALZADA
Cuando la magnitud total y detalle del requerimiento está plenamente determinado.
El postor formula su oferta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución, para cumplir con el requerimiento. Por ejemplo, compra de muebles.
ART. 35 REGLAMENTO DE LCE
PRECIOS
UNITARIOS
Cuando no se pueda definir la magnitud o cantidad total sino sólo uno referencial.
Ejemplo: Compra de combustible
ART. 35 REGLAMENTO DE LCE
ESQUEMA MIXTO
Esquema mixto de suma alzada, tarifas y/o precios unitarios, aplicable para la contratación de servicios en general, obras y consultoría de obras.
Ejemplo: En caso de ejecución de obra, cuando en el expediente técnico de una obra existan componentes técnicos cuyas magnitudes y cantidades se encuentren totalmente definidos y tenga otros componentes técnicos que no puedan ser definidos con precisión, el sistema es de Esquema Mixto dado que hay componentes a suma alzada y otros a precios unitarios
ART. 35 REGLAMENTO DE LCE
Las Entidades pueden contratar por medio de los
siguiente Procedimientos de Selección:
En armonía con los principios de las contrataciones con el
Estado, los tratados y los compromisos internacionales.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2
3
¿Cómo se determina un proceso de selección?
OBJETO
Bienes, Servicios u
Obras
VALOR
ESTIMADO/REFERENCIAL
Ley de Presupuesto
MAYOR INCIDENCIA
PORCENTUAL
NATURALEZA DE LA
PRESTACIÓN
1
4
Si en la
contratación hay un conjunto de prestaciones
de distinta
naturaleza, el objeto se determina en función a la
prestación que
represente mayor incidencia porcentual en valor referencial
¿Cuáles son
los montos tope para
cada Contratación?
LICITACIÓN PÚBLICA (LP) O CONCURSO PÚBLICO PARA SERVICIOS GENERALES
Art.22 (LCE)
La licitación pública se utiliza
para la contratación de bienes
y obras.
concurso público
para
contratación de servicios.
Mientras que el
la En
ambos casos, se aplican a las contrataciones cuyo valor estimado o valor referencial, segunda corresponda.
¿Qué es?
LICITACIÓN PÚBLICA (LP) O CONCURSO PÚBLICO PARA BIENES, OBRAS Y SERVICIOS
SEXTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO
La implementación de licitaciones públicas y concursos públicos electrónicos se realiza de forma progresiva, de acuerdo a lo establecido por el OSCE mediante comunicado. En tanto no se implemente lo dispuesto en el numeral anterior, la presentación de ofertas y otorgamiento de la buena pro, según corresponda, se realizan en acto público en presencia de notario o juez de paz en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria, salvo que estos se posterguen de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento.
1
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza de manera electrónica a través del SEACE durante periodo establecido en la convocatoria, salvo que este se postergue de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento.
Art.22 (LCE) y Sexta Disposición
Complementaria (RLCE)
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
encuentra actualizada;
forma independiente sin mediar
comunicación, acuerdo, arreglo o
consulta,
convenio
con ningún proveedor; y, conoce las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas;
2
ADMISIÓN DE LAS OFERTAS.
Para la admisión de las ofertas, el comité
de selección
presentación de
debe verificar la
los documentos
requeridos en los literales a), b), c), e) y f) del Art.52 del Reglamento:
Art 52 Contenidos mínimo de las ofertas.-
quien suscribe la oferta.
así
de
incurrir en actos de corrupción, como a respetar el principio integridad;
Art.22 (LCE) y Art.70 (RLCE)
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
c) Declaración jurada
y/o documentación que acredite el cumplimiento de las
2
condiciones y reglas del procedimiento de selección;.
el procedimiento;
perfeccionar el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro.
especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, según
corresponda.
Art.22 (LCE) y Art.70 (RLCE)
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
-Mejor Puntaje
-Orden de Prelación
-Sorteo (en caso de Empate)
3
de dos
Se evalúan las ofertas admitidas.
El objeto es determinar la oferta dependiendo
factores.
-Mejor Puntaje
-Orden de Prelación de las Ofertas
(Esto de acuerdo a las Bases.)
¿Cómo actúa el Crédito Presupuestario?
-Sí la oferta supera el valor estimado para considerarse válida tiene que contar con la certificación de crédito presupuestario y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de 5 días hábiles, contados desde la fecha prevista para le otorgamiento de Buena Pro
-Sí no se cuenta con la certificación de crédito
presupuestario se rechazará la oferta.
LOS FACTORES DE
EVALUACIÓN SON
LICITACIÓN
PÚBLICA
CONCURSO
(LP) O PÚBLICO
El Comité debe calificar al primer y segundo lugar por orden de prelación:
4
|
Se Realiza un sorteo. |
El Comité calificara a los postores admitidos según orden de prelación hasta identificar a dos que cumplan, salvo caso se pueda identificar a uno. |
CALIFICACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA (LP) O CONCURSO PÚBLICO
5
6
calificación y evaluación. Adicionalmente, se puede notificar a los correos de los postores.
PERIODO DE TIEMPO:
día de su notificación.
El Comité debe remitir el Expediente de
Contratación al OEC, para que ejecute los
actos destinados a formalización del contrato.
Al día siguiente de producido.
OTORGAMIENTO DE LA
BUENA PRO
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
¿
¿Quién lo hace?
¿Cuándo se publica?
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
7
Se da cuando:
válidas
parciamente desiertos:
ítems
¿Qué sucede en este caso?
Simplificada
DECLARACIÓN DE
“DESIERTO
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
8
¿Qué puede suceder?
firma del contrato.
negativa justificada de la Entidad
CULMINACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
¿QUÉ SUCEDE POSTERIORMENTE?
REGISTRA EN EL SEACE AL DÍA SIGUIENTE
9
CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
¿EN QUÉ CIRCUNSTANCIAS?
PRO.
ASIGNADO
TENGA
SEA
QUE
4.PRESUPUESTO INSUFICIENTE DESTINARSE
O
A EMERGENCIAS
DECLARADAS EXPRESAMENTE.
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
10
NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO
CAUSALES
INCOMPETENTE
LICITACIÓN
CONCURSO
PÚBLICA (LP) O
PÚBLICO
Licitación pública y concurso público (servicios en general)
CONVOCATORIA
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
EVALUACIONES DE
OFERTAS
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES (INTEGRACIÓN DE BASES)
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
CALIFICACIÓN DE OFERTAS DEL 1ER Y 2DO LUGAR
OTORGAMIENTO DE LA
BUENA PRO
Min. 10 días
Min. 22 días
Max. 5 días
Min. 7 días
A través del SEACE
A través del SEACE
A través del SEACE
A través del SEACE
CONCURSO PÚBLICO PARA CONSULTORIA
Documentos de admisión (todos los postores) Admitida
No admitida
ADMISIÓN
Se verifica
los
documentos de
admisión y si las
ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de los TdR
Factores de evaluación (solo postores admitidos) Calificada
Descalificada
EVALUACIÓN
Se determina si
las ofertas técnicas cumplen los requisitos de calificación.
Factores de evaluación y oferta económica
(solo postores calificados) Evaluación técnica 100 puntos Evaluación económica 100 puntos
Se evalúa la oferta técnica aplicando
factores de evaluación.
Se evalúa las ofertas económicas de
puntaje mínimo. En el caso
los postores que alcanzaron el
de
consultorías de obras , rechaza las ofertas que exceden los limites del valor referencial.
Luego , se determina el puntaje toda
de la oferta técnica y económica .
CALIFICACIÓN BUENA PRO
Previamente , se revisa las
ofertas económicas de la
conformidad con lo
establecido para el rechazo
de ofertas (art 68° del
RLCE).
Concurso Público para Consultoría
CONCURSO PÚBLICO (CP) O CONCURSO PÚBLICO (PROYECTOS ARQUITECTONICOS)
Art.85 RLCE
Es utilizado para la contratación de consultorías de obra para la elaboración de expediente técnico de obras urbanas , edificaciones y afines , mediante el cual se realiza la evaluación de la propuesta arquitectónica , además de designar un comité de selección.
Se contrata a un jurado independiente para la evaluación arquitectónica , el cual
esta compuesto por tres arquitectos.
CONCURSO PÚBLICO (CP) O CONCURSO PÚBLICO (PROYECTOS ARQUITECTONICOS)
El Concurso de Proyectos Arquitectónicos se rige por lo dispuesto en los artículos 79 al 84 del RLCE , referidos a la contratación de consultorías , debiendo observarse en adición lo siguiente:
“Propuesta arquitectónica”.
ADJUDICACIÓN
BIENES Y SERVICIOS EN
SIMPLIFICADA (AS) PARA
GENERAL
CONVOCATORIA Y
PUBLICACIÓN DE BASES
2 días h.
No puede solicitarse la elevación del OSCE
REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 2 días h Absolu. Máximo 2 días h
INTEGRACIÓN DE BASES
PRESENTACIÓN DE
OFERTAS
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS
OTORGAMIENTO DE
BUENA PRO
A través del SEACE
A través del SEACE
Min. 3 días h.
Adjudicación Simplificada para Bienes y Servicios en General
Art.23 (LCE) y Art.88 (RLCE)
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
¿Para qué se utiliza?
Art.23 LCE Y Art.88 RLCE
Para la Contratación de bienes y servicios, con excepción de los servicios a ser prestados por consultores individuales, así como para la ejecución de obras, cuyo valor estimado o valor referencial, según corresponda , se encuentre dentro de los márgenes que establece la ley de presupuesto del sector público.
¿Qué no es posible?
No es posible convocar un concurso de proyectos arquitectónicos. Tampoco se puede solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones.
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
¿Si hay empate?
BIENES, SERVICIOS EN GENERAL Y OBRAS
La Buena Pro se otorga:
personas con discapacidad
CONSULTORÍAS
La Buena Pro se otorga:
discapacidad
micro y pequeñas empresas (REMYPE)
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA (AS) PARA EJECUCIÓN DE OBRAS
Presentación de ofertas
Se puede realizar de manera electrónica
a través del SEACE en el periodo previsto en las Bases
Se puede realizar a los tres días hábiles contados desde la publicación del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de las bases.
Posee las siguientes características
La Contratación de Bienes y Servicios en General y Ejecución de Obras , se rigen por las reglas previstas para la Licitación Pública.
La Contratación de Consultoría se rige por las reglas previstas para el Concurso Público para consultoría
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA (AS) PARA EJECUCIÓN DE OBRAS
Restricciones
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA (AS)
PARA EJECUCIÓN DE OBRAS
2 días h.
No puede solicitarse la elevación del OSCE
REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 3 días h Absolu. Máximo 3 días h
INTEGRACIÓN DE BASES
PRESENTACIÓN DE
OFERTAS
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS
OTORGAMIENTO DE
BUENA PRO
CONVOCATORIA Y
PUBLICACIÓN DE BASES
A través del SEACE
A través del SEACE
Min. 3 días h.
Adjudicación Simplificada Ejecución de Obras
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA (AS) PARA EJECUCIÓN DE OBRAS
¿Si hubiera un empate a quién se le otorga la Buena Pro?
SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES (SCI)
Máx. 3 días hab.
CALIFICACIÓN Y
EVALUACIÓN
OTORGAMIENTO DE BUENA PRO
Factores:
Art.24 (LCE) y Art.92 (RLCE)
CONVOCATORIA
A través del SEACE
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
A través del SEACE
RECEPCIÓN DE EXPRESIONES DE INTERES Y SELECCIÓN
A través del SEACE
Máx. 5 días hab.
SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES (SCI)
Selección de Consultores
Exclusivamente para consultoría general (menos para consultoría en obras)
la persona natural
¿CÓMO?
A través del SEACE el Comité de selección realiza una convocatoria
de carácter público, indicando un plazo máximo de presentación.
¿Qué debe
contener?
El perfil que debe presentar el consultor y los términos de referencia del servicio
requerido están incluidos en la convocatoria.
Las expresiones de interés deben presentarse a través del SEACE
SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES (SCI)
puntaje y se publica en el SEACE.
realizara a través de un sorteo.
publicado en el portal institucional de la Entidad
contratante , salvo la información calificada como secreta ,
confidencial o reservada por la normativa de la materia.
El Comité de selección evalúa
a los postores calificados asignando puntajes conforme a los siguientes
Factores
la
-Experiencia en especialidad: 60 puntos
-Entrevista: 10 puntos
-Calificaciones: 30 puntos
LA BUENO PRO
SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES (SCI)
CONSETIMIENTO DE UNA BUENA PRO
Consentimiento de una Buena Pro
notificación.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Art.26 (LCE) y Art.110 (RLCE)
Subasta Inversa Electrónica
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Subasta Inversa Electrónica
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Etapas
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
Art.27 (LCE) y Art.100 (RLCE)
articulo 60 de la Constitución.
¿Cuándo se da?
DIRECTA (CD) POR SITUACIÓN DE EMERGENCIA
afectan defensa o seguridad nacional ocurra
acontecimientos catastróficos o situaciones que
de
manera inminente.
d) Emergencia sanitaria , declarada por el Ministerio de
Salud.
¿Qué se considera situación de Emergencia ?
debidamente comprobadas de que cualquiera de los
¿Qué sucede?
Contratación inmediata de bienes , servicios y obras
estrictamente necesarios
DIRECTA (CD) POR DESABASTECIMIENTO
¿QUÉ IMPLICA?
incluya disposiciones contrataciones públicas ,
sobre cuando
desabastecimiento se hubiese originado
por negligencia
, dolo o culpa
inexcusable del funcionario o servidor.
atender
necesario para desabastecimiento
servicios , actividades u operaciones de Entidad
extraordinaria e imprevisible
DIRECTA (CD) POR SECRETO, SECRETO MILITAR U ORDEN INTERNO
Nacional de Inteligencia
DIRECTA (CD) POR PROVEEDOR ÚNICO
de un determinado proveedor.
DIRECTA (CD) POR PROVEEDOR ÚNICO
de un determinado proveedor.
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
de un trabajo previo
ejecutado por un consultor individual a conformidad de Entidad.
selección individual de consultores.
de mantener el enfoque técnico de la consultoría original.
Público.
Servicios de Consultoría Individual
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
Bienes o Servicios Científicos
Tecnológicos
, experimentación o desarrollo de carácter
científico o tecnológico ,
disposiciones de sus espacios
Arrendamiento y Adquisición de
inmuebles
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
mercado.
Servicio de Asesoría Legal , contable , económica o afín para Defensa de Funcionarios
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
que estaba
impedido de contratar con Estado
urgente de continuar con ejecución de las
prestaciones no ejecutadas
participaron en procedimiento y
los demás postores que
no se hubiese obtenido
aceptación a dicha invitación .
Contratos Resueltos o Declarados Nulos
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
Servicios Educativos de
Capacitación
Para contratar servicios educativos de capacitación que cuenten con un procedimiento de admisión o selección para determinar el ingreso o aceptación de las personas interesadas por parte de las entidades educativas que los brindan.
CONTRATACIÓN DIRECTA (CD)
¿Qué sucede cuando se aprueba la Contratación Directa?
Una vez que la contratación directa se encuentre aprobada , la Entidad procederá a efectuarla mediante acciones inmediatas , requiriéndose invitar a un solo proveedor , cuya oferta posea todas las características y condiciones establecidas en las Bases , que deben contener como mínimo:
La oferta puede ser obtenida por cualquier medio de comunicación.
SUPUESTOS EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE AMPLICACIÓN PERO SUJETOS A SUPERVISIÓN
posibilidad de contratar con más de un proveedor.
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (BIENES Y SUMINISTROS)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (BIENES Y SUMINISTROS)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (SERVICIOS EN GENERAL)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (SERVICIOS EN GENERAL)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (CONSULTORIA EN GENERAL)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (CONSULTORIA EN GENERAL)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (CONSULTORIA EN OBRAS)
FACTORES DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN (CONSULTORIA EN OBRAS)
FÓRMULAS DE REAJUSTE
OPINIÓN N°004-
2017/DTN
VALOR REFERENCIAL
La Entidad debe establecer el valor estimado de las contrataciones de bienes y servicios y el valor referencial en el caso de ejecución y consultoría de obras, con el fin de establecer la aplicación de la
norma y el tipo de procedimiento de en los casos que corresponda, así como
presente selección, gestionar
la asignación
necesarios, siendo de
de recursos presupuestales
su exclusiva responsabilidad
dicha determinación, así como su actualización
ART. 18 DEL TUO DE LA LEY 30225
APROBACIÓN
Contenido del expediente de contratación
El órgano encargado de las contrataciones es el responsable de remitir el expediente de contratación al
funcionario competente para su aprobación, en forma previa a la convocatoria, de acuerdo a sus normas de
organización interna. Para su aprobación, el expediente de contratación contiene:
a) El requerimiento, indicando si este se encuentra definido en una ficha de
homologación incluida en el Listado de Requerimientos Homologados, en una ficha técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes, o en el Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco.
b) La fórmula de reajuste, de ser el caso
c) La declaración de viabilidad en el caso de contrataciones que forman parte
de un proyecto de inversión o la aprobación de las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación reguladas en la normativa aplicable
ART. 42.3 DEL REGLAMENTO DE LA
LEY 30225
APROBACIÓN
Contenido del expediente de contratación
El órgano encargado de las contrataciones es el responsable de remitir el expediente de contratación al
funcionario competente para su aprobación, en forma previa a la convocatoria, de acuerdo a sus normas de
organización interna. Para su aprobación, el expediente de contratación contiene:
d) En el caso de obras contratadas bajo la modalidad llave en mano que cuenten con equipamiento, las especificaciones técnicas de los equipos requeridos.
e) En el caso de ejecución de obras, el sustento de que procede efectuar la entrega parcial del terreno, de ser el caso
f) El informe técnico de evaluación de software, conforme a la normativa de la
materia, cuando corresponda.
APROBACIÓN
Contenido del expediente de contratación
El órgano encargado de las contrataciones es el responsable de remitir el expediente de contratación al
funcionario competente para su aprobación, en forma previa a la convocatoria, de acuerdo a sus normas de
organización interna. Para su aprobación, el expediente de contratación contiene:
g) El documento que aprueba el proceso de
estandarización, cuando corresponda.
h) La indagación de mercado realizada, y su
actualización cuando corresponda.
i) El valor referencial o valor estimado, según
corresponda
j) La opción de realizar la contratación por
paquete, lote y tramo, cuando corresponda
k) La certificación de crédito presupuestario y/o la previsión presupuestal, de acuerdo a la normativa vigente.
l) La determinación del procedimiento de selección, el
sistema de contratación y, cuando corresponda, la modalidad de contratación con el sustento correspondiente.
m) El resumen ejecutivo, cuando corresponda.
n) Otra documentación necesaria conforme a la normativa que regula el objeto de la contratación.
OBJETO DE LA EVALUACIÓN
Los requisitos de calificación y factores de evaluación por cada objeto de contratación así como el detalle de cada requisito y factor, según el tipo de procedimiento y objeto a contratar
METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN
74.1. La evaluación de ofertas consiste
en la aplicación de los factores de evaluación a las ofertas que cumplen con lo señalado en el numeral 73.2 del artículo 73, con el objeto de determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas
73.2. Para la admisión de las ofertas, el comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos en los literales a), b), c), e) y f) del artículo 52 y determina si las ofertas responden a las características y/o
requisitos funcionales y condiciones de las especificaciones técnicas especificadas en las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN: DETERMINACIÓN DE PUNTAJE
74.2. a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y se otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
74.2. b) En el supuesto de que dos (2)
o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo
METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN: CALIFICACIÓN
75.1. Luego de culminada la evaluación, el comité de selección califica a los postores que obtuvieron el
primer y segundo lugar, según el orden de prelación, verificando que cumplan con los requisitos de calificación especificados en las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación es descalificada.
75.2. Si alguno de los dos (2) postores no cumple con los requisitos de calificación, el comité de selección verifica los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación,
hasta identificar dos (2) postores que cumplan con los requisitos de calificación; salvo que de la revisión de las ofertas, solo se pueda identificar una (1) que cumpla con tales requisitos.
75.3. Tratándose de obras, se
aplica lo dispuesto en el numeral 75.2, debiendo el comité de selección identificar cuatro (4) postores que cumplan con los requisitos de calificación.
ASPECTOS PRÁCTICOS: PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
En esta etapa corresponde a los participantes presentar sus ofertas y adquieren la condición de postores. En los procesos de bienes, servicios en general y ejecución de obras se presenta en una sola oferta la parte técnica y económica y en consultorías cada postor presenta tanto la oferta técnica, así como, la oferta económica. Las ofertas se presentan a través del SEACE salvo en el procedimiento de selección de Comparación de precios y contratación directa.
ASPECTOS PRÁCTICOS: VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
cumplimiento de documentos
Ni bien se presentan las ofertas, corresponde aperturar la oferta del postor y verificar el
los de
admisión señalados en
los documentos del
de
procedimiento
selección.
Bienes
73.2. Para la admisión de las ofertas, el comité de selección verifica la presentación de lo exigido en
los literales a), b), c), e) y f) del artículo 52 y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales y condiciones de las especificaciones técnicas especificadas en las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida”.
Servicios
Obras
73.3. Adicionalmente, en el caso de obras, el
comité de selección declara no admitidas las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencia
ASPECTOS PRÁCTICOS: SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS
Art. 60 del RGLAMT. LCE
60.1. Durante el desarrollo de la admisión, evaluación y calificación, el órgano a cargo del procedimiento solicita, a cualquier postor que subsane alguna omisión o corrija algún error material o formal de los
documentos presentados, siempre que no alteren el contenido esencial de la oferta
60.5. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE
ASPECTOS PRÁCTICOS: SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS
Art. 60 del
RGLAMT. LCE
60.2. Son subsanables, entre otros, los siguientes
errores materiales o
formales:
a) La omisión de determinada información en
formatos y declaraciones juradas, distintas al plazo parcial o total ofertado y al precio u oferta económica;
b) La nomenclatura del procedimiento de selección y falta de firma o foliatura del postor o su
representante;
c) La legalización notarial de alguna firma. En este supuesto, el contenido del documento con la firma legalizada que se presente coincide con el contenido del documento sin legalización que
obra en la oferta;
d) La traducción de acuerdo a lo previsto en el artículo 59, en tanto se haya presentado el documento objeto de
traducción;
e) Los referidos a las fechas de emisión o
denominaciones de las constancias o
certificados emitidos por Entidades públicas;
f) Los referidos a las divergencias, en la
información contenida en uno o varios documentos, siempre que las circunstancias materia de acreditación existiera al momento de la presentación de la oferta;
g) Los errores u omisiones contenidos en
documentos emitidos por Entidad pública o
un privado ejerciendo función pública;
h) La no presentación de documentos
emitidos por Entidad Pública o un privado
ejerciendo función pública.
ASPECTOS PRÁCTICOS: PROPUESTA ECONÓMICA
Artículo 52 del Decreto Supremo N°376-2019-EF
Contenido mínimo de
las ofertas
a) Acreditación de la
representación de quien
suscribe la oferta.
b)Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento.
documentación que acredite el cumplimiento de las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, según corresponda.
e) Promesa de consorcio legalizada, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el
porcentaje equivalente a dichas
obligaciones. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de
procedimientos de selección según
relación de ítems.
ASPECTOS PRÁCTICOS: PROPUESTA ECONÓMICA
Artículo 52.f) del Decreto Supremo N°376-2019-EF
Contenido mínimo de las ofertas
El monto de la oferta
El desagregado de partidas de la oferta en obras convocadas a suma alzada
El detalle de precios
unitarios
Tarifas
Porcentajes
Honorario Fijo
Comisión de éxito
El monto de la oferta de la prestación accesoria, cuando corresponda
Tratándose de compras corporativas, el postor formula su oferta considerando el monto por cada Entidad participante.
Tributos
Seguros
Transporte
Inspecciones
Pruebas
Costos Laborales conforme a la legislación vigente
Cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio en general, consultoría u obra a adquirir o contrata
ASPECTOS PRÁCTICOS: EVALUACIÓN DE CONSORCIOS
DIRECTIVA N°005-
2019-OSCE/CD
EN
DE EN LAS DEL
PARTICIPACIÓN PROVEEDORES CONSORCIO CONTRATACIONES ESTADO
TIENE POR FINALIDAD PRECISAR Y UNIFORMIZAR LOS CRITERIOS QUE DEBEN SER OBSERVADOS POR LAS ENTIDADES Y LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN CONSORCIO EN LAS CONTRATACIONES QUE REALIZAN LAS ENTIDADES
CALIFICACIÓN DE LA OFETA
EXPERIENCIA DEL POSTOR
documentación aportada por el
1. La acreditación de la experiencia del
postor, se realiza en base a la
o los
integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar conjuntamente las obligaciones vinculadas directamente al objeto materia de la contratación, de acuerdo con lo declarado en la promesa de consorcio, conforme al numeral 49.5 del artículo 49 del Reglamento. Para dicho
efecto se deben seguir los siguientes
pasos:
PRIMER PASO:
Obtener el monto de facturación por cada integrante del consorcio
TERCER PASO:
Sumatoria de la experiencia
de los consorciados
SEGUNDO PASO:
Vverificar que el integrante del consorcio que acredita la mayor experiencia cumpla con un determinado porcentaje de participación
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
El Área usuario requiere los bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsables de formular las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, respectivamente, así como los requisitos de calificación; además de justificar la finalidad pública de la contratación. Los bienes, servicios u obras que se requieran deben estar orientados al cumplimiento de las funciones de la Entidad.
Art. 16.1 LCE
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
El Área usuario requiere los bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsables de formular las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, respectivamente, así como los requisitos de calificación; además de justificar la finalidad pública de la contratación. Los bienes, servicios u obras que se requieran deben estar orientados al cumplimiento de las funciones de la Entidad.
Art. 16.1 LCE
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
documentos del procedimiento de selección, a fin de determinar que estos cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato. Para ello, en los documentos del procedimiento de selección se establecen de manera clara y precisa los requisitos que cumplen los postores a fin de acreditar su calificación
La Entidad verifica
la calificación de
los postores
conforme a los requisitos
que se indiquen en los
Art. 49.1. del Reglamento de la LCE
Los requisitos de calificación pueden adoptarse a los siguientes:
a) Capacidad Legal:
habilitación
para llevar a cabo la actividad
materia de
económica contratación.
b) Capacidad técnica y profesional: aquella relacionada al equipamiento estratégico, infraestructura estratégica, así como la experiencia del personal clave requerido. Las calificaciones del personal pueden ser requeridas para
servicios en general y obras. Tratándose de consultoría en general y consultoría de obra los requisitos de calificación comprenden
obligatoriamente las calificaciones y
experiencia del personal clave.
c) Experiencia del postor en la
especialidad
Art. 49.2. del Reglamento de la LCE
La capacidad técnica y profesional
OBRAS Y CONSULTORIA EN OBRAS
es verificada por el órgano
encargado de las contrataciones para la suscripción del contrato.
La Entidad no puede imponer
distintos a los
en el numeral
requisitos señalados precedente.
Art. 49.3. del Reglamento de la LCE
En el caso de consultoría en general, puede incluirse como factor de evaluación las calificaciones y/o experiencia del personal clave con formación, conocimiento,
CONSULTORIA EN GENERAL
competencia y/o experiencia similar al campo o especialidad que se propone. Adicionalmente, en el caso de consultoría en
de obra, las Bases
general o consultoría
Estándar que
apruebe el OSCE pueden
establecer otros factores de evaluación tales como aquellos relacionados con la sostenibilidad ambiental y social."
Art. 51.5. del Reglamento de la LCE
Experiencia en la especialidad
CONSULTORES INDIVIDUALES
Art. 51.6. del Reglamento de la LCE
Calificaciones
Entrevista
Considera