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�INFORMACIÓN�SOBRE�DESPIDOS��

Resumen de información útil sobre qué

hacer ante una situación de despido

Información elaborada por los Comités

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Tipos de Despido (“nombre”)

  • La Empresa sólo puede hacer legalmente 3 tipos de despido:

    • Colectivo
    • Objetivo individual
    • Disciplinario individual

  • Nota: En todo tipo de despido se tiene derecho a cobrar el paro

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Tipos de Despido (“apellido”)

  • La Justicia le pondrá el “apellido” al despido hecho por la empresa:

    • Procedente
    • Improcedente
    • Nulo

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Protección contra el Despido (1)

  • Hay una serie de situaciones en las que el trabajador se encuentra protegido frente a un despido:
    • Reducción voluntaria de jornada
    • Ser delegado personal o delegado sindical
    • Maternidad
    • Excedencia por cuidado
    • Demandar y/o denunciar a la empresa
    • Permiso de paternidad
    • Adopción

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Protección contra el Despido (2)

  • La diferencia entre un trabajador protegido y otro desprotegido existe sólo cuando el despido es declarado improcedente
    • Cuando se trata de un trabajador protegido es obligatoria la readmisión en el mismo puesto y mismas condiciones (pagándole y cotizando los salarios de tramitación)
    • Cuando se trata de un trabajador no protegido la empresa lo puede despedir pagándole la indemnización por despido improcedente

NOTA: El despido de un trabajador protegido es posible, siempre que sea procedente

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Indemnización (1)

    • Por cualquier tipo de despido improcedente son:
      • Con contrato con anterioridad al 12/02/2012 tendrás derecho a una indemnización hasta la citada fecha de 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades
      • Si se formalizó con posterioridad, tienes derecho a una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades
      • Si a 12/02/2012 ya has generado derecho al tope de 24 mensualidades no generarás más indemnización, aunque si podrás cobrar todo lo generado con el máximo de 42 mensualidades

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Indemnización (2)

    • Por despido objetivo o colectivo procedente son 20 días/año con un máximo de 12 mensualidades
    • Por despido disciplinario procedente no hay indemnización

------------------------- ATENCIÓN ------------------------

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Finiquito

  • El finiquito o liquidación se debe pagar en cualquier tipo de despido
  • Conceptos del finiquito:
    • Días de indemnización
    • Días de vacaciones no disfrutados
    • Parte proporcional de las pagas extras pendiente de cobrar
    • Cualquier deuda que tenga la empresa con el empleado generada en los últimos 12 meses

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Comunicación de Despido �Derechos

  • Tienes derecho a solicitar la presencia inmediata del delegado del comité de empresa que tú quieras
  • Debes recibir copia fechada, firmada y sellada por la empresa de la comunicación de despido
  • Debes recibir el finiquito (liquidación)
  • Debes recibir la documentación necesaria para gestionar el paro

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Comunicación de Despido �Recomendaciones

  • Firmar siempre “Recibí No Conforme” en la comunicación de despido / Firmar y poner la fecha del día en todas las hojas del documento

  • Como regla general no firmar el documento de saldo y finiquito ya que puede incluir cláusulas o fórmulas de aceptación y conformidad

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Después del despido Recomendación

  • ASESORARSE LEGALMENTE DE FORMA URGENTE
    • Es muy importante que el afectado busque rápidamente asesoramiento jurídico sobre la legalidad o no del mismo y de la liquidación económica que pueda corresponder

    • Desde los Comités de Empresa y/o Secciones Sindicales se está a disposición del afectado para ayudarle en todo lo que haga falta

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Después del despido - Plazos

  • El plazo para poder reclamar ante los tribunales contra el despido es de 20 días hábiles
  • El plazo para poder reclamar ante los tribunales por cantidades es de 12 meses

  • El plazo para poder solicitar la prestación por desempleo es de 15 días hábiles a partir de la fecha de efectos del despido

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Después del despido - Derechos

  • Permiso retribuido por despido objetivo:
    • En todo despido objetivo el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de 6 horas semanales para buscar empleo
    • Este permiso sólo se puede disfrutar en el período de preaviso, que es de 15 días, a menos que la empresa despida sin preaviso y abone el importe de estos 15 días

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ANEXO

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Extinción voluntaria contrato

  • Es la situación en la que el trabajador opta por rescindir su contrato con la empresa al no aceptar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o un traslado
  • No se trata de un despido sino de una decisión del trabajador
  • En este caso la indemnización es:
    • De 20 días/año con un máximo de 9 mensualidades para el caso de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo
    • De 20 días/año con un máximo de 12 mensualidades para el caso de un traslado

En ambos casos se puede percibir subsidio de desempleo